CONTRATO DE PATROCINIO
CONTRATO DE PATROCINIO
En Madrid, a 1 de septiembre de 2018
REUNIDOS
De una parte,
LIGA NACIONAL DE FÚTBOL PROFESIONAL (en adelante, “LaLiga”), con domicilio social sito en Madrid, calle Torrelaguna 60, 28043 y CIF G- 78069762, representada en este acto por D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, mayor de edad, de nacionalidad española, con D.N.I. nº 52650354L y con domicilio a estos efectos en Madrid, xxxxx Xxxxxxxxxxx 00, 00000 x Xxx. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, mayor de edad, de nacionalidad española, con D.N.I. nº 03104798M, actuando en nombre y representación de la entidad en virtud de las facultades que les corresponden en su condición, respectivamente, de Director General Corporativo y de Directora de Activación Corporativa de Marca, en virtud, respectivamente, de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, D. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, de fecha 23 de enero de 2015, bajo el número 110 de su protocolo y de la escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, D. Xxxxx Xxxxx Xxxxx, de fecha 18 xx xxxx de 2016, bajo el número 823 de su protocolo.
Y de otra parte,
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx, con NIF número 00000000X, en nombre y representación de la Real Federación Española de Béisbol y Sófbol, con NIF número Q2878007-J y con domicilio social en la xxxxx Xxxxxxx, 00, 0x Xxxx, 00000, Xxxxxx, en calidad de Presidente.
En adelante, a LaLiga y a la Federación serán referidas conjuntamente como las “Partes”, e individualmente la “Parte”.
Las Partes manifiestan la vigencia de sus cargos, según intervienen, y reconociéndose mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria y suficiente para la celebración del presente Contrato de Patrocinio (en adelante “Contrato”),
EXPONEN
I. Que LaLiga es una entidad privada, constituida de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, que se rige por el mencionado precepto, el Capítulo V del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones deportivas y registro de asociaciones deportivas y por sus Estatutos y Reglamento General.
LaLiga tiene por objeto, entre otros fines, organizar y promover las competiciones oficiales de fútbol de ámbito estatal y carácter profesional, y velar por su adecuado funcionamiento; estando previsto en sus Estatutos la posibilidad de celebrar convenios con organismos públicos y privados.
II. Que para el desarrollo y cumplimiento de sus fines y actividades propios, la Federación está interesada en la obtención de financiación a través de la celebración de acuerdos de
colaboración o contratos de patrocinio con entidades del máximo prestigio y solvencia al objeto de apoyar la difusión del deporte federado.
III. Que LaLiga, como entidad de referencia en el sector, se encuentra interesada, en promover su imagen, marca y valores en los distintos estamentos y competiciones del fútbol como un elemento de cohesión, impulso y crecimiento del sector que coadyuve al fortalecimiento y desarrollo de las competiciones oficiales de fútbol de ámbito estatal y carácter profesional.
IV. En este contexto, LaLiga, contando con una especial sensibilidad hacia el deporte federado, está interesada en colaborar con la Federación a través de la celebración del presente Contrato, de modo que ambas Partes puedan cumplir los objetivos mencionados en los expositivos precedentes. Todo ello, de acuerdo con las contraprestaciones de patrocinio que al respecto asuman las respectivas Federaciones deportivas españolas con LaLiga y que, en lo que se refiere con carácter concreto a la Federación, se definen en el presente Contrato.
V. Que, resultando de común interés a ambas Partes, acuerdan suscribir el presente Contrato de conformidad con las siguientes
ESTIPULACIONES
1. Definiciones
- “Contrato” significa el presente Contrato y sus Anexos.
- “Partes” significa la Federación y LaLiga conjuntamente, e individualmente, cada uno de ellos, será referido indistintamente como la “Parte”.
- “Contraprestaciones de Patrocinio” significa el conjunto de retornos y activos al que tendrá acceso LaLiga, cuya descripción se adjunta como Anexo 1 al presente Contrato.
- “Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial xx XxXxxx” significa los signos distintivos xx XxXxxx adjuntos como Anexo 2.
2. Objeto
El objeto del presente Contrato consiste en la difusión por parte de la Federación de la colaboración xx XxXxxx como Patrocinadora, en todas aquellas actividades de carácter deportivo, artístico, cultural, científico o cualesquiera otras actuaciones que organice, así como de obligarse a llevar a cabo las Contraprestaciones de Patrocinio descritas en el Anexo 1 y 4, todo ello a cambio de la contraprestación económica indicada en la cláusula 5, que será abonada por LaLiga.
Los objetivos fundamentales del patrocinio van encaminados a dar difusión en los medios de comunicación y en las actividades propias de la Federación de la marca xx XxXxxx, a través de la programación de formatos de programas educativos, culturales y deportivos y a potenciar la colaboración entre las partes, la difusión de actividades promocionales y la imagen xx XxXxxx y sus marcas y empresas patrocinadoras.
De igual manera, formarán parte del objeto del Contrato la difusión por LaLiga de los contenidos audiovisuales, fotográficos y otros, propiedad de la Federación o sobre los que posea los pertinentes derechos para su comunicación pública a través de los propios activos digitales xx XxXxxx y/o cualquier otra plataforma, que LaLiga estime oportuno.
Además, las partes, promocionarán la imagen de los deportistas pertenecientes a la Federación, así como la imagen xx XxXxxx, mediante colaboración mutua.
3. Condición xx XxXxxx como patrocinador de la Federación.
LaLiga adquiere la condición de patrocinador de la Federación, lo que conlleva que pueda disfrutar de las Contraprestaciones de Patrocinio previstas en el Anexo 1 y 4.
4. Propiedad Intelectual e Industrial xx XxXxxx
La Federación se compromete a utilizar los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial xx XxXxxx adjuntos como Anexo 2, en todas las campañas de publicidad y comunicación que lleve a cabo, en los términos establecidos en las Contraprestaciones de Patrocinio, debiendo contar en todo caso con la autorización previa y por escrito xx XxXxxx antes de iniciar cualquier campaña de publicidad o comunicación. Las Partes acuerdan que los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial xx XxXxxx adjuntos como Anexo 2 puedan ser modificados a instancia xx XxXxxx, cuando ésta lo considere necesario.
Las Partes se autorizan, recíprocamente, para la utilización de los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de los que sean titulares respectivamente a los exclusivos efectos de poder dar debido cumplimiento a este Contrato.
Las Partes no usarán los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial de los que sea titular la otra Parte de ninguna manera que comprometa o influya desfavorablemente en el buen nombre, en el fondo de comercio, en la reputación y en la imagen de la titular de estos Derechos.
Por otro lado, en lo que se refiere a la utilización de los Derechos de Propiedad Intelectual e Industrial o derechos de imagen de terceros prevista como Contraprestaciones de Patrocinio en el presente Contrato, la Federación se compromete a recabar los debidos consentimientos y las autorizaciones que resulten precisas a fin de poder dar cumplimiento al presente Contrato, manteniendo en todo caso indemne a LaLiga de cualquier reclamación que pudiera originarse por este motivo. A estos efectos, se xxxxxxx xxxx Xxxxx 0 un modelo de autorización.
5. Remuneración
Como remuneración por su condición de patrocinador de la Federación, LaLiga abonará a la Federación la cantidad total de 44.214,65 €, cantidad a la que habrá que añadir el Impuesto sobre el Valor Añadido correspondiente.
La Liga abonará el importe total en dos plazos conforme al siguiente calendario de pago:
- 22.107,32 €- 50% a la firma del contrato
- 22.107,32 €- 50% el 31 de diciembre de 2018 y una vez revisada la Memoria Intermedia de seguimiento de activos. El 25% de este importe quedará sujeto al cumplimiento del índice de Transparencia de las Federaciones Deportivas, que Transparencia Internacional ha confeccionado y que se detalla en la Cláusula Séptima punto f) del presente Contrato.
El importe será abonado en la cuenta corriente de la Federación que se enuncia a continuación: XX00 0000 0000 0000 0000 0000. La Federación declara que la precitada cuenta corriente es de su exclusiva titularidad.
LaLiga abonará los referidos importes más el IVA que en su caso corresponda, previa recepción de la correspondiente factura, por transferencia a la cuenta corriente que le indique la Federación.
A efectos de justificar los desembolsos realizados, la Federación emitirá los correspondientes justificantes de pago siendo responsable de destinar las cantidades económicas percibidas de acuerdo, en todo momento, con los fines descritos en la estipulación 7 del presente Contrato.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la estipulación 10 del presente Contrato, en el supuesto de que una determinada contraprestación de las descritas en el Anexo 1 y 4 no pueda llevarse a cabo por la Federación, ésta se compromete a prestar otra contraprestación de naturaleza similar por un importe equivalente.
En caso de que lo anterior no fuera posible, o de que la contraprestación ofertada no fuera de interés xx XxXxxx o de que no se alcanzara una valoración de las contraprestaciones equivalente a la remuneración satisfecha por LaLiga o bien que el destino de las aportaciones fuese distinto a lo estipulado en el presente Contrato, la Federación se compromete a la devolución de la parte proporcional de la remuneración satisfecha por LaLiga.
6. Ejecución del Contrato
Corresponde exclusivamente a LaLiga la determinación de las actuaciones, campañas de imagen y publicidad y actividades promocionales que comprenden las contraprestaciones de Patrocinio, velando en todo momento por el más escrupuloso respeto a la independencia de las propias instituciones y de las personas que participan en sus actividades.
La Federación se compromete a ofrecer y cumplir en todo momento con las contraprestaciones asumidas en el presente Contrato.
La Federación deberá mantener informada a LaLiga de los aspectos más destacados relacionados con la ejecución de las Contraprestaciones de Patrocinio, poniendo a su disposición la información que precise, mostrando los materiales generados y solicitando la previa aprobación xx XxXxxx antes de iniciar cualquier campaña de publicidad y comunicación.
7. Obligaciones de la Federación
Son obligaciones de la Federación:
A) Haber firmado la Declaración Responsable y haber presentado antes de la firma del Contrato los documentos oficiales que certifiquen estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social. A estos efectos, se adjuntan los referidos documentos como Anexo 6 al presente Contrato.
B) Cumplir el contenido del presente Contrato en lo que se refiere a la ejecución de las contraprestaciones acordadas a las que se hace referencia en el Anexo 1 y 4.
C) Presentar la Memoria Intermedia de seguimiento de activos. Ésta deberá justificar el cumplimiento de las contraprestaciones establecidas en el Anexo 1 y 4 y deberá ser entregada a LaLiga antes del 31 de diciembre del 2018.
D) Dar traslado a LaLiga de una memoria descriptiva de las actividades llevadas a cabo por la Federación y que tengan que ver con el objeto del presente Contrato a los efectos de acreditar el destino correcto de las cantidades económicas percibidas xx XxXxxx como
consecuencia del presente Contrato de acuerdo con los criterios e instrucciones recibidos por parte xx XxXxxx.
En concreto, la remuneración satisfecha por LaLiga será destinada con carácter general a los fines y objetivos acordados conjuntamente entre la Federación y LaLiga que han quedado estipulados en el presente Contrato.
A estos efectos, la Federación deberá elaborar una memoria justificando las actividades llevadas a cabo atendiendo a los siguientes puntos:
1. Destino de los fondos procedentes xx XxXxxx. La totalidad de los fondos, o la parte que se considere como contraprestación por el xxxxxxxxxx xx XxXxxx se aplicarán a proyectos concretos, dentro del ámbito federativo, individualizados, y que no estén subvencionados por el CSD y/o por otros patrocinadores. Todo ello, con el fin de que no se dupliquen los fondos para cubrir un mismo proyecto o actividad, ya financiado por otros fondos aportados por otras entidades, lo que no obsta a que se puedan sumar fondos para un mismo proyecto, siempre que cada importe asuma una parte de dicho proyecto.
Se tendrán en cuenta todos los proyectos que se desarrollen entre el 1 de julio de 2018 y el 30 xx xxxxx de 2019
Siempre que sea posible, se destinarán los recursos económicos percibidos xx XxXxxx a proyecto o actividades que repercutan de modo igualitario al 50% en el deporte masculino y femenino.
2. Documentos acreditativos del gasto incurrido. A estos efectos se deberán aportar los documentos que justifiquen el gasto incurrido en cada una de las actividades a las que se han destinado los fondos percibidos xx XxXxxx.
3. Plazos. Este informe deberá ser entregado a LaLiga antes del 31 de julio de 2019.
Asimismo, junto a la Memoria descriptiva de las actividades, la Federación deberá hacer entrega del modelo de declaración responsable que se adjunta como Anexo 5, debidamente firmado.
E) En el supuesto de que la Federación esté interesada en ceder a un medio de comunicación las imágenes de cualquiera de los eventos que en virtud del presente Contrato y que se detallan en el Anexo I del mismo, la Federación ha cedido a LaLiga, en exclusividad, la Federación estará obligada de obtener el previo y expreso consentimiento xx XxXxxx.
Dicho lo cual, y siempre y cuando haya obtenido el previo y expreso consentimiento xx XxXxxx, la Federación estará obligada a proporcionar a dicho medio de comunicación, el documento que se adjunta como Anexo 7. Una vez cumplimentado y firmado por el representante legal del medio de comunicación solicitante, la Federación remitirá el mismo a LaLiga. LaLiga se reserva el derecho de no aprobar la citada cesión de las citadas imágenes.
La Federación se compromete a cumplir con el índice de Transparencia de las Federaciones Deportivas, que Transparencia Internacional-España ha confeccionado y que se adjunta como Anexo 8 del presente Contrato. Se tendrán en cuenta 30 indicadores, a través de los cuales se evaluará la transparencia de la generalidad de las Federaciones deportivas españolas. La valoración permitirá definir el importe del segundo pago, que será del 100% si la nota alcanzada es de 5 puntos o más (10 puntos) en 26 de los 30 indicadores. En caso
de no lograr una nota inferior a 5 puntos en más de 26 de los 30 indicadores, el importe del segundo pago se verá reducido en un 25%.
8. Obligaciones xx XxXxxx:
Son obligaciones xx XxXxxx:
A) Satisfacer a la Federación la remuneración establecida en la cláusula 5 del presente Contrato.
B) Suministrar a la Federación la cartelería o soportes publicitarios necesarios y aprobados por LaLiga para que la Federación pueda dar cumplimiento a sus obligaciones publicitarias.
C) Asesorar en todos aquellos temas en los que LaLiga pueda ofrecer un valor añadido a través del equipo de trabajo de LaLiga4Sports, siempre que sea posible.
D) Publicar y promocionar los contenidos tanto audiovisuales como de noticias escritas y fotografías, en los activos digitales de LaLiga4Sports, y/o cualquier otra plataforma u entorno que LaLiga considere, siempre respetando la línea editorial y los tiempos marcados por LaLiga4Sports.
9. Vigencia
El presente Contrato entra en vigor el día de su firma y terminará su vigencia el 30 xx xxxxx de 2019.
En este sentido, las Partes acuerdan que en el supuesto de que la Federación alcance un acuerdo de un patrocinio con un tercero para ceder los derechos cedidos en el presente Contrato de cara a la próxima temporada 2019/2020, LaLiga ostentará de un derecho de preferencia que se le dispone en virtud del presente Contrato.
Dicho derecho preferente que ostenta LaLiga estará limitado al plazo de un (1) mes desde que la Federación comunique a LaLiga la oferta presentada por el patrocinador y tendrá validez, siempre y cuando, LaLiga alcance o supere la oferta presentada por el citado tercero.
10. Extinción
Además de la terminación de su vigencia, serán causa de extinción del Contrato las siguientes:
- El incumplimiento por cualquiera de las Partes de sus obligaciones, debiendo mediar requerimiento previo a la Parte incumplidora por la otra Parte, para que en el plazo de treinta
(30) días desde la recepción de dicha notificación remedie la situación que originó la causa de terminación. Si transcurrido dicho plazo la Parte incumplidora no remedia tal situación, el Contrato quedará resuelto de forma inmediata y automática.
- La no debida justificación, en tiempo y forma, por parte de la Federación, del destino correcto de las cantidades económicas percibidas xx XxXxxx como consecuencia del presente Contrato, de acuerdo con los criterios e instrucciones recibidos por parte xx XxXxxx. El incumplimiento de esta obligación conllevará el deber de devolución a LaLiga de las cantidades economicas por esta aportadas a la Federación.
En todo caso, el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del presente Contrato obligará a la parte incumplidora que lo hiciere al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
En caso de incumplimiento, las Partes se devolverán recíprocamente los documentos y materiales que pudieran haberse entregado durante el periodo de vigencia del Contrato.
11. Confidencialidad
Las Partes deberán garantizar el carácter confidencial de toda la información a que tengan acceso durante la duración del presente Contrato, debiendo en consecuencia mantenerla reservada.
A modo enunciativo, pero no limitativo se entenderá por información confidencial de cada una de las Partes, toda la información incluido el presente Contrato excepto la posibilidad que se reconoce a LaLiga de reproducir y comunicar públicamente la existencia del presente contrato, las contrapartes, el objeto, naturaleza o fin perseguido, importe y duración del mismo, por motivos de transparencia, reservándonos el derechos a, que obtenga o le sea expuesta por la otra, así como la resultante de los servicios realizados conforme al presente Contrato, sin que, en ningún caso, se pueda hacer uso de ella para actividades distintas a las que constituyen el objeto del presente Contrato.
No tendrán la consideración de confidenciales los datos o informaciones proporcionados por la otra parte que (i) sean de dominio público o que pasen a ser de dominio público sin infracción de la otra parte por revelarlos, (ii) hayan sido creados, suministrados, descubiertos, desarrollados u obtenidos por una de las partes sin utilizar la información confidencial de la otra, (iii) hayan sido legítimamente recibidos por una de las Partes de un tercero sin violación del presente compromiso de confidencialidad, (iv) la propia existencia del Contrato. Tampoco se considerará un incumplimiento de la obligación de confidencialidad prevista en esta cláusula las comunicaciones que las Partes pudieran realizar a sus asesores (siempre que éstos mantengan el mismo compromiso de confidencialidad) o las que pudieran realizarse a las Administraciones Públicas o Tribunales de Justicia en cumplimiento de la Ley.
La obligación de confidencialidad por parte de cada una de las Partes será aplicable durante la vigencia del presente Contrato y con posterioridad a su finalización.
12. Seguimiento, notificaciones y comunicaciones
Las Partes acuerdan designar a las siguientes personas de contacto indicadas en la presente Estipulación, para cualquier comunicación, consulta, etc., que pueda surgir en relación con el desarrollo del presente Contrato.
Cualquier notificación y/o comunicación entre las Partes se efectuará por escrito, en el domicilio y a la atención de las personas que cada una de las Partes designan a continuación:
LaLiga
Att. D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx
Dirección: X/ Xxxxxxxxxxx, 00 – 00000 - Xxxxxx Teléfono: 000000000
Email: xxxxxx@xxxxxx.xx Con copia a:
Att. D. Pipe Xxxxx
Dirección: X/ Xxxxxxxxxxx, 00 – 00000 - Xxxxxx Teléfono: 000000000
La Federación
Att. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
Dirección: Xxxxx Xxxxxxx, 00, 0x Xxxx, 00000, Xxxxxx Teléfono: 000000000
Se considerará que han sido debidamente entregadas y recibidas el día de su envío si han sido transmitidas a los destinatarios y a los domicilios arriba indicados mediante cualquier medio que conste con fehaciencia, tanto de la fecha de su envío como de su contenido y recepción. Asimismo, se entenderán entregadas y recibidas las comunicaciones y/o notificaciones efectuadas por e-mail, telegrama, telefax y/o burofax siempre que sea confirmada su recepción en el mismo día de envío o transmisión.
Cualquier cambio de domicilio o interlocutores deberá notificarse de forma expresa a la otra parte.
13. Datos de carácter personal
En cumplimiento con lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos, 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 y su normativa de desarrollo, las Partes informan a los firmantes que actúan en nombre y representación de cada una de las Partes en el presente Contrato, de que los datos de carácter personal que faciliten en virtud del mismo o aquellos que pudiera proporcionar con posterioridad, serán incorporados a los ficheros titularidad de cada una de las Partes cuya finalidad es el mantenimiento, cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente Contrato.
Si los firmantes que actúan en nombre y representación de cada una de las Partes desean ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, en aquellos supuestos en que sea posible, y oposición, podrán hacerlo mediante un correo electrónico dirigido a la respectiva Parte a las direcciones que constan en el encabezamiento del presente Acuerdo adjuntando una fotocopia de un documento acreditativo de su identidad.
LaLiga declara y garantiza que los datos de carácter personal de su titularidad que pueda comunicar a la Federación en el marco de la presente relación se limitarán, única y exclusivamente, a los datos de contacto de las personas físicas que presten servicios al Patrocinador, los cuales están previstos en el artículo 2.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD, esto es, nombre y apellidos, funciones o puestos desempeñados, dirección postal o electrónica, teléfono y número de fax profesionales.
En el supuesto de que LaLiga deba comunicar a la Federación datos de carácter personal que excedan de los listados en el mencionado artículo en el marco de la presente relación, el Patrocinador se compromete y obliga a cumplir con la normativa en materia de protección de datos de carácter personal y, en particular, con el deber de informar y obtener el consentimiento de los afectados con carácter previo a la comunicación de los datos a la Federación.
En virtud de lo anterior, la Federación garantiza, que ha obtenido el consentimiento informado de todos y cada uno de los afectados para el tratamiento de sus datos de carácter personal y para la cesión de los mismos a LaLiga con las finalidades propias del presente contrato. En ese sentido,
se compromete a dejar indemne a LaLiga por cualquier daño, perjuicio, gasto (incluyendo, sin limitación, honorarios de abogados) o responsabilidad civil o administrativa derivada de cualquier reclamación, judicial o extrajudicial, incoada contra LaLiga que alegue o guarde relación con el incumplimiento por parte de la Federación de las obligaciones y garantías dispuestas en esta cláusula “Datos de carácter personal” o en la normativa sobre protección de datos de carácter personal”.
14. Impuestos
Las Partes soportarán los Impuestos que se deriven del presente Contrato según Ley.
Las Partes estarán obligadas a liquidar los impuestos directos o indirectos que por repercusión o retención legalmente les corresponda.
15. Responsabilidad Penal.
a) Delito de corrupción entre particulares.
Las partes manifiestan que, la firma del presente Contrato se ha realizado atendiendo a las necesidades particulares de cada una de las partes, y únicamente, basándose en los criterios comerciales de las mismas, sin que dicho Contrato se firme como consecuencia de una promesa, ofrecimiento o concesión realizada por ninguna de las partes, o de un beneficio o ventaja de cualquier naturaleza no justificados que pudieran favorecer a los contratantes o a otros terceros.
b) Medidas de prevención de delitos.
Por medio de la presente cláusula, el licenciatario manifiesta que dispone en su organización interna de medidas suficientes de control, prevención y detección de la comisión de cualquier tipo de conducta que pudiera ser considerada como ilícito penal, cometida con los medios o bajo la cobertura del propio club y/o a través de cualquier persona física integrante o dependiente del mismo.
A los efectos de lo expuesto en el párrafo anterior, el licenciatario manifiesta que su actuación en el ámbito del presente Contrato estará regida en todo momento por los principios de la buena fe contractual y convenientemente sujeta a Derecho, de manera que en ningún momento participará, ni colaborará en la comisión de ninguna conducta que pudiera encontrarse tipificada penalmente en el ordenamiento jurídico.
c) Compromiso de denunciar cualquier actuación sospechosa de constituir un delito.
El licenciatario se compromete expresamente a denunciar en todo momento ante las autoridades policiales y/o judiciales competentes, cualquier conducta que pudiera apreciar tanto en la actuación de las personas físicas dependientes del licenciatario, de las co-licenciantes, como de aquellas otras personas físicas y/o jurídicas con las que mantenga cualquier tipo de relación directa o indirecta como consecuencia de la ejecución de este Contrato, y que puedan considerarse delictivas de conformidad con lo dispuesto en el Código Penal.
En el caso previsto en el párrafo anterior, el licenciatario colaborará en lo posible con las autoridades policiales y/o judiciales, para esclarecer las responsabilidades penales dimanantes de los hechos denunciados.
d) Incumplimiento contractual.
El ejercicio por cualquiera de las partes contratantes y/o cualquiera de las personas físicas integrantes o dependientes de las mismas, de alguna de las conductas que pudieran ser calificadas como ilícitas y constitutivas de responsabilidad penal, podrá constituir un incumplimiento contractual y, por tanto, erigirse en causa de resolución del presente Contrato, dando lugar a la indemnización que pudiera resultar procedente en concepto de daños y perjuicios.
16. Modificaciones
En el supuesto de que se impusieran a la Federación nuevas exigencias o limitaciones que pudieran entrar en contradicción o imposibilitasen el cumplimiento de las estipulaciones del presente Contrato, las Partes, al objeto de preservar el espíritu del mismo y las actuaciones realizadas hasta tal fecha, se comprometen a modificar el mismo haciendo sus mejores esfuerzos para adaptar sus términos a las nuevas condiciones sobrevenidas. Asimismo, las Partes realizarán sus mejores esfuerzos para modificar los términos del presente Contrato en el supuesto de que los derechos y prerrogativas de los que pudieran beneficiarse los patrocinadores se vieran ampliados y/o incrementados.
17. Legislación aplicable
El presente Contrato se regirá por la legislación española.
18. Sumisión y fuero aplicable
Liga Nacional de Fútbol Profesional
D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Dña. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Federación
Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxx
ANEXO 1 CONTRAPRESTACIONES DE PATROCINIO
De acuerdo con lo previsto en la estipulación 2 de este Contrato, la Federación se compromete a prestar las siguientes Contraprestaciones de Patrocinio:
1. Otorgar espacios publicitarios a LaLiga en los siguientes soportes, siempre y cuando i) ello no colisione con ninguna marca comercial gestionada por la Federación y/o la normativa federativa vigente en cada evento; y ii) la Federación disponga del espacio correspondiente en los siguientes elementos:
1.1. en las equipaciones de juego o, en su caso, en la ropa de paseo oficial de la Federación.
1.2. en los espacios publicitarios de los eventos organizados por la Federación. Dichos espacios se dividirán en:
a) espacios en la instalación o recinto deportivo donde se realice el evento. Ejemplos: valla estática o perimetral;
b) soportes publicitarios que actúen como vehículo de promoción y comunicación del evento. Ejemplos: cartelería, newsletter, spots publicitarios de promoción del evento o inserciones en prensa, materiales deportivos y vehículos de la Federación.
1.3. en las retransmisiones del evento, ya sea por televisión o por internet, siempre y cuando la Federación sea titular de los derechos correspondientes y éstos puedan ser susceptibles de ser cedidos o compartidos con LaLiga.
A estos efectos, la Federación se compromete a trabajar conjuntamente con LaLiga en la mejora de la calidad audiovisual de sus contenidos, colaborando con LaLiga en la elaboración de un libro de estilo con el objetivo de aumentar la calidad técnica de sus imágenes y elevar el nivel de realización de éstas. Asimismo, la Federación hará sus mejores esfuerzos en la creación de formatos atractivos para el público.
1.4. en los soportes digitales titularidad de la Federación, entre los que cabe destacar los siguientes: página web, apps, newsletter y redes sociales.
A efectos organizativos, la Federación estará obligada a proporcionar a LaLiga con suficiente antelación, los horarios de los eventos en los cuales LaLiga dispondrá de espacios publicitarios.
Asimismo, la Federación se compromete con LaLiga a informar y hacerle llegar en primer lugar y antes que, a cualquier otro medio de comunicación, los futuros eventos que vayan a ser retransmitidos, así como los contenidos elaborados, de cara a la comunicación pública a realizar por LaLiga.
En el Anexo 4 se incluye el detalle pormenorizado de los espacios publicitarios otorgados a LaLiga. Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que las Partes así lo acuerden, siempre con el fin de aprovechar sinergias y oportunidades que se puedan dar durante la
duración del presente Contrato, los activos descritos en el Anexo 4 podrán ser modificados por otros que sean de interés para las Partes.
2. Otorgar a LaLiga el derecho de comunicación pública de los eventos, organizados por la Federación o aquellos de los que la Federación disponga de sus derechos, así como de las noticias y cualquier otro Contenido que se detallan en el Anexo 4 y/o que la Federación entregue a LaLiga al efecto.
3. Publicitar la comunicación pública (entre otros de la retransmisión en streaming a través xxxxxx0xxxxxx.xx, y/o cualquier otra plataforma que LaLiga considere) que realizará LaLiga de los Contenidos, y en concreto, xx xxxxxxx audiovisuales oficiales de la Federación o de terceros.
4. Autorizar a la reproducción, distribución, emisión, difusión y comunicación pública de los Contenidos, ya sean imágenes grabadas o fotografías de los deportistas como miembros federados de la Federación que la Federación entregue a LaLiga. Ceder a LaLiga, sin limitación alguna, sus derechos de imagen como miembro federado de la Federación en relación con los Contenidos, ya sean imágenes grabadas o fotografías que la Federación ceda a LaLiga de su persona, con facultad de sublicenciarlas a terceros, todo ello a fin de dar cumplimiento con el proyecto “4Sporters”, y los fines que se detallan en este contrato, así como para campañas promocionales o asistencia a eventos que organice LaLiga, los fines que se detallan en este documento, así como para aquellas campañas y proyectos que sirvan para dar difusión a los propios deportistas de la Federación y/o a la Federación, así como a proyectos destinados a fines sociales y/o de difusión de los valores del deporte en general y del fútbol en particular, respetando, en todo momento el programa de patrocinio de la Federación y/o el deportista, así como la legislación vigente en cada momento aplicable en la materia. La Federación se compromete a recabar el debido consentimiento de los deportistas a estos efectos, así como a hacer sus mejores esfuerzos para que los deportistas que no le hayan cedido sus derechos puedan ceder los mismos a LaLiga de cara a la realización de las actividades descritas en este punto. En general, la Federación se compromete a recabar los debidos consentimientos y las autorizaciones que resulten precisas a fin de poder dar cumplimiento al presente Contrato, y específicamente el Anexo 3 firmado por cada uno de los deportistas.
5. La Federación reconoce expresamente que al poner a disposición xx XxXxxx cualquier contenido, vídeo, imagen, música (incluyendo de manera específica el facultar a LaLiga la posibilidad de embeber en cualquier plataforma xx XxXxxx, y por tanto, a realizar una comunicación pública xx xxxxxxx audiovisuales oficiales de la Federación o de terceros
- por ejemplo streaming de un canal de Youtube) y cualquier otro contenido similar o análogo, (para este contrato los “Contenidos”) éstos han sido obtenidos, producidos y/o adquiridos directamente por la propia Federación, de forma tal que ostenta todos los derechos necesarios, incluidos derechos de propiedad intelectual sobre los mismos, con legitimación suficiente para cederlos a LaLiga en los términos y condiciones establecidos en este documento.
Así, en virtud del presente documento y mediante el referido acto de puesta a disposición, la Federación estará otorgando:
(I).- A favor xx XxXxxx, una licencia mundial, exclusiva, sublicenciable y transferible para realizar cualquier uso de los Contenidos, incluido su explotación comercial, así como para usos publicitarios y comerciales, reproducir, distribuir, comunicar públicamente y
transformar los Contenidos, realizar obras derivadas del Contenido, todo ello en relación con la consecución del objeto del presente contrato y de la actividad xx XxXxxx, incluyendo sin limitación alguna, a efectos de promoción y redistribución de la totalidad o de una parte (y de sus obras derivadas) en cualquier formato y a través de cualquier canal de comunicación;
(II).- A favor de cada usuario que acceda a los Contenidos, una licencia mundial, no exclusiva y exenta de royalties para acceder a los Contenidos. Esta licencia tiene carácter perpetuo e irrevocable, sin perjuicio de sus derechos de propiedad, cuya titularidad le corresponderá al Usuario en todo momento, conforme a lo estipulado en el epígrafe anterior.
La Federación otorga las siguientes garantías respecto a los Contenidos :
a Que el Contenido no supone ni contiene una difamación o calumnia para cualquier persona, empresa o asociación, que no infringe la normativa de protección del honor, intimidad personal y propia imagen vigente en España en el momento de remitir el Contenido, y que nada en el mismo infringe derechos de propiedad intelectual, propiedad industrial, o cualquier otro derecho que pertenezca a terceros. En ese sentido, la Federación garantiza que cuenta con la capacidad para otorgar esta licencia de uso, así como que la reproducción y comunicación pública de los vídeos por LaLiga no devengará pago alguno a las entidades de gestión de derechos correspondientes.
b Que para hacer la presente cesión de derechos, cuenta con las autorizaciones de las personas que aparecen en el Contenido.
c Que es titular de todas licencias y todos los derechos, consentimientos y permisos que se necesitan para permitir a LaLiga utilizar el Contenido.
e Que el Contenido no contendrá material sujeto a derechos de propiedad intelectual de terceros o material sujeto a otros derechos de propiedad industrial de terceros (incluyendo derechos de exclusividad o publicidad), salvo que el titular legal de dichos derechos le haya otorgado una licencia o autorización formal, o esté legalmente autorizado de cualquier otra forma, para publicar el material en cuestión y para otorgar a LaLiga la licencia indicada anteriormente.
Al tener conocimiento de cualquier incumplimiento de estas Condiciones, LaLiga se reserva el derecho (si bien no estará obligada) a decidir si el Contenido cumple con los requisitos de Contenido estipulados en las presentes Condiciones, y podrá eliminar dicho Contenido y/o cancelar el acceso de cualquier Usuario para cargar Contenido que infrinja las presentes Condiciones en cualquier momento, sin necesidad de preaviso y a su elección exclusiva.
6. La Federación se compromete a hacer sus mejores esfuerzos para obtener el consentimiento de los deportistas para que, a través de sus redes sociales, hagan de vehículo de comunicación de mensajes xx XxXxxx.
7. Asesorar y desarrollar materiales y contenidos educativos, formativos, normativos y de interés para LaLiga.
8. Compartir contactos de las Federaciones Nacionales y/o Internacionales, así como de clubes, equipos, deportistas o cualquier agente relacionado con la Federación, con el fin
de poder compartir conocimiento, proyectos, desarrollo de actividades, publicaciones, etc… Además de compartir, la Federación realizará los mayores esfuerzos para alcanzar acuerdos con los distintos agentes nombrados anteriormente, con el objeto de conseguir los fines marcados.
9. Subir como mínimo dos noticias al mes, y la actualización mensual del calendario de competiciones, a través del back office de xxxxxx0xxxxxx.xx. Dichas noticias tendrán carácter deportivo, en ningún caso será un contenido sobre la política de la Federación.
10. Las Partes acuerdan la posibilidad de que la Federación asuma la cobertura de gastos (desplazamiento, alojamiento y manutención) de un miembro del Departamento de Comunicación xx XxXxxx para que realice una cobertura mediática del Campeonato del Mundo, Campeonato Europeo, o competición Internacional de gran relevancia para la Federación, siempre que sea previamente aprobado por el responsable xx XxXxxx. Dicho acuerdo será previo y expresamente acordado por las Partes.
Las Partes acuerdan la posibilidad de que la Federación asuma la cobertura de gastos (desplazamiento, alojamiento y manutención) de un redactor y/x xxxxxx/editor xx XxXxxx, para producir contenido audiovisual de las competiciones, a nivel nacional, que sean de interés para la Federación, siempre que sea previamente aprobado por el responsable xx XxXxxx. Dicho acuerdo será previo y expresamente acordado por las Partes.
11. Realizar sus mejores esfuerzos para realizar una comunicación a sus federados, estando autorizada para ello, con el fin de informar a sus usuarios si desean recibir comunicaciones comerciales xx XxXxxx, insertando link que permita acceder al registro de la web xx XxXxxx.
12. Derecho a que LaLiga disponga de un número determinado y preferencial de entradas del máximo nivel (entradas VIP, o de 1ª categoría o similar) a los eventos organizados por la Federación. La Federación valorará en cada uno de esos eventos el número de entradas a suministrar a LaLiga, llevando a cabo todos sus esfuerzos para atender las necesidades que, en cada momento, pueda plantear LaLiga al respecto.
13. Derecho a que LaLiga disponga de un número determinado y preferencial de entradas del máximo nivel (entradas VIP, o de 1ª categoría o similar) a los eventos internacionales de Campeonatos del Mundo, Campeonatos de Europa, Copas del Mundo, para la asistencia de personal xx XxXxxx, Patrocinadores xx XxXxxx, Proveedores xx XxXxxx, Broadcaster, etc. La Federación valorará en cada uno de esos eventos el número de entradas a suministrar a LaLiga, llevando a cabo todos sus esfuerzos para atender las necesidades que, en cada momento, pueda plantear LaLiga al respecto. Se establece un mínimo de dos entradas a entregar a LaLiga para el Campeonato del Mundo y el Campeonato de Europa, sólo en el caso de que LaLiga lo solicite.
14. Gestionar el acceso a los Deportistas para poder generar contenido informativo (audiovisual, noticias escritas, fotográficas) tanto para uso xx XxXxxx, como de los Broadcasters colaboradores xx XxXxxx.
15. Disponer en un máximo de cinco (5) ocasiones de la Dirección y Cuerpo Técnico de la Federación (máximo 4 personas) para que asistan e intervengan como ponentes en las conferencias u eventos que LaLiga organice y a que cedan su imagen para la producción
de contenido audiovisual que sirva para transmitir información y conocimiento sobre el deporte que representa la misma.
Además de los puntos anteriores, y como complemento a los mismos, en el Anexo 4, se recoge una descripción más detallada de las acciones a llevar a cabo por parte de la Federación.
En caso de que alguna de las Contraprestaciones de Patrocinio descritas en este Anexo no pudiera llevarse a efecto, la Federación se compromete a ofrecer a LaLiga otra contraprestación de naturaleza similar e importe equivalente. En caso de que la citada contraprestación no sea de interés para LaLiga o de que su importe no sea equivalente al de la inicialmente acordada será de aplicación lo previsto en la estipulación 5 en relación con la devolución proporcional de la remuneración.
ANEXO 2
NOMBRE COMERCIAL, LOGOTIPOS Y MARCAS XX XXXXXX
ANEXO 3
Yo D/Doña:………………………………………….. con DNI como deportista federado en
la xxx (en adelante la “Federación”), AUTORIZO a la citada Federación a que ceda a la Liga Nacional de Fútbol Profesional (en adelante, “LaLiga”) las imágenes, vídeos u cualesquiera que la Federación considere oportunas a fin de dar cumplimiento con el proyecto “4Sporters” y los fines que se detallan en este documento, así como para aquellas campañas y proyectos que sirvan para dar difusión a los propios deportistas de la Federación y/o a la Federación, así como a proyectos destinados a fines sociales y/o de difusión de los valores del deporte en general y del fútbol en particular.
Con la firma de este documento usted:
• Autoriza a la reproducción, distribución, emisión, difusión y comunicación pública de los Contenidos, ya sean imágenes grabadas o fotografías de los deportistas como miembros federados de la Federación que la Federación entregue a LaLiga.
• Cesión a LaLiga, sin limitación alguna, sus derechos de imagen como miembro federado de la Federación en relación con los Contenidos, ya sean imágenes grabadas o fotografías que la Federación ceda a LaLiga de su persona, con facultad de sublicenciarlas a terceros, para campañas promocionales o asistencia a eventos que organice LaLiga, respetando en todo momento la legislación vigente en cada momento aplicable en la materia.
• Reconoce que la cesión de los anteriores derechos no está sometida a contraprestación económica, por lo que no tiene ningún derecho a percibir ni reclamar ninguna cantidad por parte xx XxXxxx o cualesquiera otras personas o entidades autorizadas para ello, por la utilización que éstas hagan de la imagen.
• Da su consentimiento para que los datos personales que se recojan de su persona como miembro federado la Federación, formen parte de un fichero titularidad xx XxXxxx, con domicilio social en la Xxxxx Xxxxxxxxxxx 00, 00000 Xxxxxx, y con CIF X-00000000, y que serán tratados por LaLiga para su uso en el proyecto xx XxXxxx “4Sporters”, que incluye su publicación en dicha web.
Está informado de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, cancelación, rectificación y/u oposición, dirigiéndose a xxxx@xxxxxx.xx, o mediante carta a la atención xx XxXxxx, a la dirección arriba indicada, incluyendo en cualquiera de las dos vías la Referencia “Protección de Datos de Carácter Personal”. La solicitud deberá contener nombre, apellidos del interesado, copia del DNI y, en los casos que se admita, de la persona que lo represente, así como documento acreditativo de la representación, petición en que se concreta la solicitud, domicilio a efectos de notificaciones, fecha y firma del solicitante y documentos acreditativos de la petición que formula. Si la solicitud no reúne los requisitos especificados se requerirá su subsanación. Respecto al derecho de acceso, únicamente se denegará cuando la solicitud sea formulada por persona distinta del afectado. No se exigirá contraprestación alguna por el ejercicio de los derechos.
ANEXO 4
EVENTOS DE LA FEDERACIÓN QUE LALIGA COMUNICARÁ PÚBLICAMENTE
ANEXO 5 DECLARACIÓN RESPONSABLE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. [nombre completo del Firmante], con DNI [nº DNI del firmante], en su calidad de [cargo en la Federación] de la [denominación completa de la Federación] (en adelante, la Federación), con NIF [NIF Federación] y domicilio en [dirección completa de la Federación]
DECLARA
PRIMERO.- Que toda la documentación entregada a la Liga Nacional de Fútbol Profesional (en adelante, LaLiga) en cumplimiento de lo dispuesto en el Contrato de Patrocinio firmado entre LaLiga y la Federación el pasado [fecha de firma del Contrato de Patrocinio] (en adelante, el Contrato de Patrocinio) es completa y veraz.