CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO.
CONTRATO PARA LA ADQUISICION DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO.
Nro. DE CONTRATO | SIE-GADM-E-004-2021 |
Nro. XX XXXXXXX | 36.73.08.11.“ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ELÉCTRICOS, PLOMERÍA Y CARPINTERÍA” |
CONTRATISTA- PROVEEDOR | XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
VALOR | ($ 12361,90) MÁS IVA. |
FORMA DE PAGO | 100 % CONTRA ENTREGA DE BIENES |
PLAZO | 15 DÍAS CONTADOS DESDE LA RECEPCIÓN DE BIENES |
COMPARECIENTES:
Comparecen a la celebración del presente Contrato, por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx, representado por el señor Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, en su calidad xx Xxxxxxx, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATANTE; y por otra la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Revelo con RUC 0400579231001, que en adelante se le denominará LA CONTRATISTA- PROVEEDORA. Las partes son capaces para obligarse y contratar, quienes libre y voluntariamente, se obligan a suscribir el presente Contrato de adquisición, al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA. - ANTECEDENTES:
De conformidad con los artículos 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública LOSNCP, 25 y 26 de su Reglamento General, RGLOSNCP, en el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad, contemplala ADQUISICIÓN DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO
EN EL CANTÓN ESPEJO, conforme a la Certificación del Plan Anual de Contrataciones No. 063-NOVIEMBRE-2021 de fecha 16 de noviembre del 2021, emitido por la Ing. Xxxxxx Xxxxxxxxx, Analista de Compras Públicas.
Previo los informes y los estudios respectivos, la máxima autoridad de EL CONTRATANTE, mediante Resolución Administrativa Nro. 266-2021-ACQ-A del 17 de noviembredel 2021, resolvió aprobar los modelos obligatorios de los pliegos y autorizar el inicio del procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, signado con el código SIE-GADM-E-004-2021, para la ADQUISICIÓN DE TUBERÍAS Y
ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO.
1.1. Se cuenta con la Partida Presupuestaria No. 36.73.08.11 por la cantidad de $ 14.732,14 más IVA “ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ELÉCTRICOS, PLOMERÍA Y CARPINTERÍA”, conforme consta en la Referencia Presupuestaria 0100-DF, conferida por la Dra. Xxxxxxxxx Valencia P. Directora de Gestión Financiera del GADM-E, de fecha 14 de octubre del 2021
1.2. Se realizó la respectiva invitación el 17 de noviembredel 2021 a través del Portal Institucional (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
Luego del proceso correspondiente, el Alcalde del GADM-E en su calidad de máxima autoridad de EL CONTRATANTE mediante Resolución Nro. 303-2021-ACQ-A del 14 de diciembre del 2021, adjudicó la contratación “SIE-GADM-E-004-2021 PARA LA ADQUISICIÓN DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE
ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO” a la Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, con RUC 0400579231001, por un monto de DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 12361.90) MÁS IVA.
CLÁUSULA SEGUNDA. - DOCUMENTOS DEL CONTRATO:
2.1. Forman parte integrante del Contrato los siguientes documentos:
2.1.1. El pliego, condiciones generales y particulares xxx xxxxxx, incluyendo las especificaciones técnicas, o términos de referencia del objeto de la contratación;
2.1.2. Las condiciones generales de los contratos publicados y vigentes a la fecha de invitación en el portal institucional del SERCOP;
2.1.3. La oferta presentada por LA CONTRATISTA con todos los documentos que la conforman;
2.1.4. Las garantías presentadas por LA CONTRATISTA;
2.1.5. La Resolución Administrativa de adjudicación;
2.1.6. La certificación del Director de Gestión Financiera, que acredita la existencia de la partida presupuestaria y la constancia de que consta en el Plan Anual de contrataciones del año 2021;
2.1.7. Declaración Juramentada de las Inhabilidades;
2.1.8. RUC Y RUP;
2.1.9. Certificado de no adeudar al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx;
2.1.10. Título de crédito del pago de pliegos.
CLÁUSULA TERCERA. - INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS:
3.1. Los términos del Contrato deben interpretarse en su sentido literal, a fin de revelar claramente la intención de los contratantes. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas:
3.1.1. Cuando los términos estén definidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, LOSNCP, o en este Contrato, se atenderá su tenor literal;
3.1.2. Si no están definidos, se estará a lo dispuesto en el Contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los Contratantes. De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato;
3.1.3. El contexto servirá para ilustrar el sentido de cada una de sus partes, de manera que haya entre todas ellas la debida correspondencia y armonía;
3.1.4. En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, de la interpretación de los contratos.
3.2. Definiciones. - En el presente Contrato, los siguientes términos serán interpretados de la manera que se indica a continuación:
3.2.1. “Adjudicatario”. - Es el oferente a quien la máxima autoridad de El Contratante le adjudica al Contrato;
3.2.2. “Comisión Técnica”.- Es la responsable de llevar adelante el proceso licitatorio, a la que le corresponde actuar de conformidad con la LOSNCP, su reglamento General, los pliegos aprobados, y las disposiciones administrativas que fueren aplicables.;
3.2.3. “Contratista”. - Es el oferente adjudicatario;
3.2.4. “Contratante” “Entidad Contratante”. - Es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente Contrato;
3.2.5. “LOSNCP”. - Ley orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
3.2.6. “Oferente”. - Es la persona natural o jurídica, asociación o consorcio que presenta una “oferta”, en atención al llamado a licitación;
3.2.7. “Oferta”. - Es la propuesta para contratar, ceñida a los pliegos, presentada por el oferente a través de la cual se obliga, en caso de ser adjudicada, a suscribir el contrato y a la provisión de bienes o prestación de servicios;
3.2.8. “SERCOP”. - Servicio Nacional de Contratación Pública.
CLÁUSULA CUARTA. - OBJETO DEL CONTRATO:
LA CONTRATISTA-PROVEEDORA Xxx. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Revelo, se obliga para con EL CONTRATANTE a proveer DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO, en la
bodega del GADM-Espejo ubicada en las calles Sucre y Río Frío, de acuerdo a las características y especificaciones técnicas, constantes en la oferta, pliegos, términos de referencia, requerimiento, que se agrega y forma parte integrante de este Contrato.
4.1. Adicionalmente La Contratista-Proveedora, garantiza la adecuada calidad de los bienes, así mismo se compromete al retiro, traslado, y/o reposición sin recargo alguno para El Contratante, de los bienes que resultaren defectuosos o acusaren fallas, según las especificaciones técnicas.
4.2. TABLA DE DESCRIPCIÓN DE RUBROS, UNIDADES Y CANTIDADES
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN DEL BIEN | UNIDAD DE MEDIDA | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
36320 | TUBO ALCANTARILLADO CORRUGADO D=250 MM, L=6 M | UNIDAD | 182 | 67,9225 | 12.361,90 |
CLÁUSULA QUINTA. - VALOR DEL CONTRATO:
El valor que EL CONTRATANTE pagará a LA CONTRATISTA-PROVEEDORA es de DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 12361.90) MÁS IVA, de conformidad
con los pliegos y la oferta.
5.1. Los precios acordados por Subasta Inversa en el Contrato, constituirán la única compensación a La Contratista por todos sus costos, inclusive cualquier impuesto, derecho o tasa que tuviese que pagar, excepto el Impuesto al Valor Agregado que será añadido al precio del Contrato conforme se menciona en el numeral 5.1.
CLÁUSULA SEXTA. - FORMA DE PAGO:
El Contratante pagará a La Contratista-Proveedora DOCE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 90/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 12361.90) MÁS IVA. Por la ADQUISICIÓN DE TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL
CANTÓN ESPEJO, mediante Acta de Entrega-Recepción firmada, la factura y a entera satisfacción del GAD Municipal xx Xxxxxx;
6.1. Será causa de responsabilidad de los servidores municipales el que no cumplan oportunamente con las obligaciones de pago previstas en este Contrato, contando con los recursos económicos suficientes y se aplicará lo establecido en el Art. 101 de la LOSNCP.
CLÁUSULA SÉPTIMA. - GARANTÍAS:
7.1. En este Contrato La Contratista, rinde las siguientes garantías previstas en el artículo 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública:
7.1.1. Garantía Técnica. - Acorde a lo dispuesto por el Art. 76 de la LOSNCP, La Contratista rinde a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx la Garantía Técnica, con la finalidad de asegurar la calidad y funcionamiento de los bienes materia del contrato; además, la garantía del fabricante avala que los tubos son nuevos y construidos con materiales de alta calidad, por el plazo de 1 año calendario. Por lo tanto, el oferente se obliga mientras dure el plazo indicado a proceder a aplicar la respectiva garantía por los materiales que resulten defectuosos o inservibles, bien sea por la mala calidad de los materiales empleados o por defectos de fabricación.
7.2. Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 77 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y artículo
118 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Entre tanto, deberá mantenerse vigente, lo que será vigilado y exigido por la entidad contratante:
CLÁUSULA OCTAVA. - PLAZO:
8.1. El plazo para la entrega de TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO, materia del contrato, a entera satisfacción de EL CONTRATANTE es de (15 DÍAS), contados a partir de la suscripción del presente Contrato.
CLÁUSULA NOVENA. - PRÓRROGA DE PLAZO:
9.1. EL CONTRATANTE, prorrogará el plazo total o los plazos parciales, solo en los siguientes casos, y siempre que LA CONTRATISTA-PROVEEDORA, así lo solicite por escrito, justificando los fundamentos de aquello, dentro de las cuarenta y ocho horas subsiguientes a la fecha de producido el hecho que motiva la solicitud.
9.1.1. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, aceptados como tales por EL CONTRATANTE, LA CONTRATISTA-PROVEEDORA, tiene la responsabilidad de actuar con toda la diligencia razonable para superar la imposibilidad producida por causa de fuerza mayor o caso fortuito. En estos casos, el plazo se prorroga por un periodo igual al tiempo de duración de las causas indicadas;
9.1.2. Por suspensión ordenada por EL CONTRATANTE y que se deban a causas imputables a LA CONTRATISTA-PROVEEDORA;
9.1.3. Si EL CONTRATANTE no hubiera solucionado los problemas administrativos contractuales en forma oportuna, cuando tales circunstancias incidan en la ejecución del contrato.
9.2. Cuanto las prórrogas de plazo modifiquen el plazo total, se necesitará la autorización de la máxima autoridad de la Entidad Contratante, previo el informe del administrador del Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
10.1. Son obligaciones del Contratista:
10.1.1. LA CONTRATISTA-PROVEEDORA se compromete durante la ejecución del Contrato, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento relacionado con la ejecución del contrato, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías y métodos para resolverlos;
10.1.2. Queda expresamente establecido que constituye obligación de La Contratista- proveedora ejecutar el Contrato conforme a las especificaciones técnicas y/o términos de referencia establecidos en los pliegos y cumplir con el porcentaje mínimo del valor agregado ecuatoriano ofertado.
Los delegados o responsables técnicos de la Entidad Contratante, como el administrador del Contrato, deberán tener el conocimiento suficiente de la ejecución del contrato, así como la eventual realización de ulteriores desarrollos. Para el efecto, La Contratista se compromete durante el tiempo de ejecución contractual, a facilitar a las personas designadas por la Entidad Contratante, toda la información y documentación que le sea requerida, relacionada y/o atinente al desarrollo y ejecución del contrato.
10.2. OBLIGACIONES ADICIONALES DE LA CONTRATISTA:
10.2.1. La Contratista-Proveedora se compromete a ejecutar el Contrato derivado del procedimiento de contratación tramitado, sobre la base de las especificaciones técnicas o los términos de referencia elaborados por la Entidad Contratante y que fueron conocidos en la etapa precontractual; y en tal virtud, no podrá aducir error, falencia o cualquier inconformidad con los mismos, como causal para solicitar ampliación del plazo, o contratos complementarios. La ampliación del plazo, o contratos complementarios podrán tramitarse solo si fueren aprobados por la administración;
10.2.2. Cumplir con las especificaciones técnicas requeridas en los pliegos;
10.2.3. Cumplir con los plazos establecidos en los pliegos para la entrega de los bienes requeridos por la Entidad Contratante;
10.2.4. Entregar los bienes en óptima calidad que cumplan las normas técnicas;
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA. - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE.
11.1. Son obligaciones del contratante:
11.1.1. Las establecidas en las condiciones particulares xxx xxxxxx que son parte del presente Contrato;
11.1.2. Hacer cumplir las especificaciones técnicas establecidas en los pliegos.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. - DEL REAJUSTE DE PRECIOS:
12.1. El valor de este Contrato es fijo y no estará sujeto a reajuste por ningún concepto por tratarse de subasta inversa.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. - DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO:
13.1. EL CONTRATANTE designa al Ing. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Director de Gestión de Obras Públicas y Vialidad del GADM-E, en calidad de Administrador del Contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente Contrato.
13.2. EL CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del Contrato, para lo cual bastará cursar a LA CONTRATISTA-PROVEEDORA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA. - TERMINACIÓN DEL CONTRATO:
14.1. El contrato termina conforme a lo previsto en el artículo 92 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y las Condiciones Particulares y Generales del Contrato.
14.1.1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
14.1.2. Por mutuo acuerdo de las partes;
14.1.3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido de La Contratista-Proveedora;
14.1.4. Por declaración unilateral de El Contratante, en caso de incumplimiento de La Contratista-Proveedora;
14.1.5. Por disolución de la persona jurídica contratista que se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
14.2. Causales de terminación unilateral del contrato. - Tratándose de incumplimiento de La Contratista-Proveedora, procederá la declaración anticipada y unilateral de El Contratante, en los casos establecidos en el artículo 94 de la LOSNCP.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. - DE LA RECEPCIÓN DEFINITIVA DEL CONTRATO:
15.1. LaContratista-Proveedora, entregará a entera satisfacción de la Entidad TUBERÍAS Y ACCESORIOS PARA LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO EN EL CANTÓN ESPEJO, previstos en el contrato, cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual, la Entidad Contratante dispondrá que en el plazo de 3 días El Administrador del Contrato emita el informe, con las observaciones si las hubiere junto con las ordenes de ingreso de los bienes recibidos;
15.2. De Acuerdo con el Art. 81 de la Ley Orgánica de Contratación Pública, El Acta de Entrega-Recepción Definitiva, será suscrita por las partes una vez que haya entregado la totalidad de los tubos a entera satisfacción del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx dentro del plazo establecido en el Contrato, siempre que no exista observaciones pendientes en relación con los bienes motivo del presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. - LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO:
16.1. La liquidación final del contrato suscrita entre las partes se realizará en los términos previstos por el Art. 125 del RGLOSNCP y primordialmente en lo establecido en la cláusula sexta del presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA. - MULTAS:
17.1. Por cada día de retardo en la ejecución de las obligaciones contractuales por parte de La Contratista, se aplicará la multa del 1 por 1.000 del valor del contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. - SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
12.1. Si respecto de la divergencia o controversia existentes no se lograre un acuerdo directo entre las partes, éstas se someterán al Procedimiento Contencioso Administrativo, contemplado en el Código Orgánico General de Procesos; o a la normativa que corresponda, siendo competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad Contratante;
12.2. La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, La Contratista-Proveedora declara conocer el Ordenamiento Jurídico Ecuatoriano y, por lo tanto, se entiende incorporado el mismo en todo lo que sea aplicable al presente Contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. - DOMICILIO:
19.1. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
EL CONTRATANTE.- En el edificio del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal xx Xxxxxx, ubicado en esta ciudad de El Xxxxx, calle Esmeraldas y Salinas, Teléfonos: 0000000 y 0000000.
LA CONTRATISTA-PROVEEDORA.- Tulcán, xxxxx Xxxxxx 00-000 x Xxxxx, Teléfonos: 0000000 y 0000000, e-mail: xxxxxxx0@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
CLÁUSULA VIGÉSIMA. - ACEPTACIÓN DE LAS PARTES:
20.1.- Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.
Dado en la ciudad de El Xxxxx, a veintisiete de diciembre del dos mil veintiuno.
Ing. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
ALCALDE DEL GADM-E
Firmado electrónicamente por:
XXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX REVELO
Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Revelo
CONTRATISTA-PROVEEDORA
Elaborado por | Xx. Xxxxxx Xxxx |