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CONVENIO DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE BECAS ENTRE EL PROGRAMA NACIONAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO Y LA UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES
Conste por el presente documento, el Convenio de Colaboración Interinstitucional para la Implementación de Becas, que celebran de una parte el PROGRAMA NACIONAL DE BECAS Y CRÉDITO EDUCATIVO, con RUC Nº 20546798152, con domicilio legal en Av. Arequipa Nº 1935, distrito xx Xxxxx, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por su Director de Oficina de Gestión de Becas, señor XXXXXX XXXXXXXX XXXXX, identificado con DNI N° 00000000, designado en el cargo mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 033-2022-MINEDU/VMGI-PRONABEC y con facultades para suscribir el presente Convenio otorgadas a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 001-2023-MINEDU/VMGI-PRONABEC, en adelante EL PRONABEC; y de la otra parte, la Institución de Educación Superior (IES), denominada, UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES con RUC Nº 20129588463, con domicilio legal en Av. Xxxxxxxx N° 230, distrito y provincia de Huancayo, departamento de Junín, debidamente representada por su Rector, señor XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000, proclamado mediante Resolución N° 044-2021-CEU-UPLA, de fecha 13 xx xxxx de 2021 y designado a través de Resolución N° 014-2021-AU, de fecha 10 xx xxxxx de 2021, en adelante LA IES según los términos y condiciones que se expresan en las cláusulas siguientes:
CLÁUSULA PRIMERA: | LAS PARTES |
1.1. EL PRONABEC es la Unidad Ejecutora N° 117 del Ministerio de Educación, que cuenta con autonomía técnica, administrativa, económica, financiera y presupuestal; encargado entre otras, del diseño, planificación, gestión, monitoreo y evaluación de becas y créditos educativos. Tiene por finalidad contribuir a la equidad en la educación superior garantizando el acceso a esta etapa, de los estudiantes de bajos recursos económicos y alto rendimiento académico, así como su permanencia, culminación y titulación.
1.2. LA IES es una institución autónoma destinada a impartir educación superior, promover la investigación y proyectarse a la comunidad a fin de contribuir al desarrollo nacional. Es una persona jurídica de derecho privado que se rige por los artículos pertinentes de la Constitución Política del Perú, por la Ley Universitaria N° 30220, por su estatuto y por sus propios reglamentos.
1.3. Para los efectos del presente Convenio, cuando se haga referencia a EL PRONABEC y a LA IES, se les denominará LAS PARTES.
CLÁUSULA SEGUNDA: | ANTECEDENTES |
2.1. Resolución Directoral Ejecutiva N° 167-2022-MINEDU/VMGI-PRONABEC de fecha 13 de setiembre de 2022 y sus modificatorias, que aprueba los instrumentos de naturaleza técnica denominados “Expediente Técnico del concurso Beca 18 – Convocatoria 2023” y “Bases del Concurso Beca 18 – Convocatoria 2023”.
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2.2. Resolución Jefatural Nº 3166-2022-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OBE de fecha 16 de diciembre de 2022 y sus modificatorias, que aprueba la Lista de Instituciones de Educación Superior, Sedes y Programas elegibles para el Concurso Beca 18 - Convocatoria 2023, entre las cuales se encuentra LA IES, con sus sedes y programas elegibles.
2.3. La Oficina de Gestión de Becas, sustenta la necesidad de suscribir el presente Convenio en el marco de las funciones establecidas en el artículo 46 y en el inciso
b) del artículo 47 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 705-2017- MINEDU, con la finalidad de establecer compromisos entre LAS PARTES, que permitan fomentar el acceso, permanencia y culminación de los estudios de educación superior de los becarios de la “Beca 18 - Convocatoria 2023” que cursan estudios en LA IES.
2.4. El presente Convenio de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; es de colaboración, sin fines de lucro.
CLÁUSULA TERCERA: | BASE NORMATIVA |
El presente Convenio tiene como base legal, los siguientes dispositivos:
3.1. Constitución Política del Perú.
3.2. Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias.
3.3. Ley N° 30220, Ley Universitaria y sus modificatorias.
3.4. Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, modificada por el Decreto Legislativo N° 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses.
3.5. Ley N° 29837, que crea el Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015.
3.6. Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, que regula la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga que conlleve manifestación de voluntad.
3.7. Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, y sus modificatorias.
3.8. Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023.
3.9. Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.
3.10. Decreto Legislativo N° 1071, que norma el Arbitraje, y sus modificatorias.
3.11. Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
3.12. Decreto Supremo N° 003-2008-PCM, que prohíbe el uso de la denominación de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, así como de las siglas y logos institucionales sin la autorización respectiva.
3.13. Decreto Supremo N° 052-2008-PCM, Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales y sus modificatorias.
3.14. Decreto Supremo N° 011-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación y sus modificatorias.
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