CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
ES
Oferta válida hasta el 15 de julio de 2018
Contrataciones en IBERDROLA CLIENTES, S.A.U para puntos de suministro de gas Baja Presión con un consumo anual inferior o igual a 50.000 kWh.
Oferta válida para consumidores con un máximo de tres puntos de suministro. Oferta no aplicable a Administraciones Públicas y Organismos Oficiales.
PRECIO GAS NATURAL | TARIFA 3.1 (≤ 5.000 kWh/año) | TARIFA 3.2 (> 5.000 kWh/año y <= 50.000 kWh/año) |
TÉRMINO FIJO | 4,36 €/mes | 8,84 €/mes |
TÉRMINO VARIABLE | 0,053153 €/kWh | 0,045731 €/kWh |
A estos precios les serán añadidos los impuestos indirectos (1) y el impuesto de gas natural establecido en la ley 15/2012, de 27 de diciembre de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
(1) Se aplicará el Régimen Económico Fiscal de cada Comunidad Autónoma (los tipos impositivos están sujetos a variaciones que apruebe el Gobierno y actualmente son los siguientes: el IVA, en Península y Baleares, es el 21%; el IGIC, en Canarias, es el 3% para la parte energética y un 7% para el resto de conceptos; el IPSI, en Ceuta y Melilla, es el 1%).
La energía se facturará como el producto del término variable por el consumo efectuado en el periodo más el producto del término fijo por los meses que comprenda el periodo a facturar correspondiente.
Los precios indicados están condicionados a la activación de la Factura Electrónica y a la gestión de la contratación a través de Mi Área Cliente. Si durante la vigencia del presente contrato, el Cliente solicita la baja del servicio de Factura Electrónica, se comunicarán al Cliente las nuevas condiciones económicas aplicables a partir del momento en que sea efectiva la baja de este servicio.
PRECIO DEL ALQUILER DE CONTADOR
El precio mensual del alquiler del contador de gas natural será el fijado en cada momento por el Ministerio de Industria, Energía y Agenda Digital para el caudal correspondiente que cobre la Empresa Distribuidora, al que se le incorporarán los impuestos indirectos no incluidos (1) y será indicado en las facturas que se emitan al Cliente. El Cliente podrá consultar en todo momento los xxx.xxxxxxxxx.xx.
DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del contrato es de 12 meses desde la fecha de inicio del suministro.
La fecha de inicio, condicionada a la existencia de un contrato de acceso con la distribuidora y a la actuación sobre las instalaciones cuando esto fuera necesario, será la del primer día del periodo de lectura establecido y que se indicará en la primera factura.
El contrato se podrá prorrogar por anualidades sucesivas de acuerdo con las Condiciones Generales.
CONDICIONES GENERALES
Los precios contratados serán actualizados según la variación correspondiente al IPC (2) el 1 de enero de cada año en que el contrato esté vigente.
PLAN GAS COMUNIDADES
(2) IPC: Valor acumulado real, del periodo de noviembre a noviembre del año anterior a la aplicación de la variación, del Índice de Precios al Consumo General, publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Se repercutirán en cada momento las variaciones a la baja o al alza en las tarifas y peajes de acceso, cánones y demás valores regulados que puedan ser aprobados por la Administración para su aplicación durante la duración del contrato, tomando como base la legislación en vigor que se puede consultar en Disposición General.