ACUERDO DE SUMINISTRO DE GAS PROPANO
ACUERDO DE SUMINISTRO DE GAS PROPANO
ENTRE REPSOL BUTANO, S.A.
Y
FEDERACIÓN PROVINCIAL DE HOSTELERÍA Y TURISMO DE GRANADA
En Granada, a 01 de Diciembre de 2016
REUNIDOS
De una parte D.XXXXX XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXX, con D.N.I. núm. 02.879.776-S, como
Delegado Territorial para Andalucía de Repsol Butano, S.A., en adelante REPSOL, con CIF A- 28076420 y domicilio en Madrid, xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, nº 44, actuando en su nombre y representación.
Y de otra X. XXXXXXXXXX XXXXXXX CATALÁ con D.N.I. núm. 18.966.321-S, como Presidente de la Federación Pronvicial de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada, en adelante FEDERACION, con CIF X-00000000 y domicilio en Granada, xxxxx Xxx Xxx Xxxx, 9 Bajo, actuando en su nombre y representación.
EXPONEN
I. Que REPSOL realiza actividades para el almacenamiento, distribución y comercialización de gas propano comercial (en adelante ´gas de REPSOL´) tanto a granel como envasado y tiene como objetivo comercial la combinación de este combustible altamente respetuoso medioambientamente con tecnologías y soluciones eficientes energéticamente.
En particular, desarrolla el diseño, implantación y promoción de instalaciones de utilización del gas de Repsol para sus clientes, que tienen como base para la eficiencia enrgética la implantación de tecnologías avanzadas contributivas a la sostenibilidad.
II. Que la FEDERACION es una Organización empresarial de carácter no lucrativo, cuyo objeto es la representación, defensa y promoción de los intereses comunes y propios del sector de establecimientos de turísticos.
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- REPSOL facilita la implantación de soluciones para mejora de la eficiencia y los costes energéticos del conjunto de las aplicaciones energéticas de los establecimientos asociados a la FEDERACION, a través de un paquete integral de servicios energéticos, fundamentado en el consumo del gas de Repsol y la hibridación con otras energías convencionales y renovables y la disposciión de las tecnologías más avanzadas y eficientes.
REPSOL realiza esta oferta de gas combinando la posibilidad de un paquete integral de SERVICIOS ENERGÉTICOS, sin ningún coste adicional y contando con un equipo de profesionales expertos, que comprende:
• Asesoría gratuita y elaboración de propuestas con soluciones eficientes y competitivas para todos los usos energéticos.
• Coordinación en la implantación, (llave en mano): ingeniería, instaladores, proveedores, etc.
• Fórmulas de financiación preferentes para clientes de las inversiones y gestión de ayudas de las Administraciones.
• Seguimiento y mantenimiento de la eficiencia implantada.
SEGUNDA.- La FEDERACION se compromete a la promoción y divulgación entre sus asociados de estas soluciones energéticas que considera de alto interés para la competitividad de sus establecimientos de hostelería. En especial en aquellos procesos de rehabilitación o renovación energética o integral, por su alto potencial de mejora de eficiencia con las soluciones basadas en el gas de REPSOL.
TERCERA.- Para facilitar en su conjunto la implantación de estas soluciones, REPSOL ofrece a la FEDERACION un planteamiento de precios de gas que sirva de fomento entre los asociados para la implantación paulatina de usos del gas de REPSOL y estas soluciones de alta eficiencia energética.
Este acuerdo establece que el precio de venta del gas a pie de tanque de cada instalación será, para cada suministro, el precio resultante de la aplicación de la Tarifa Repsol Gas Gran Consumidor.
La Tarifa Repsol Gas Gran Consumidor en €/kg se determina con arreglo a la siguiente fórmula:
PFRG = MP + F + C, siendo
MP: Coste de la materia prima en €/kg. Se calculará para los suministros de cada mes en función de la media de los precios en dólares USA de la tonelada métrica del butano y propano en el Mar del Norte (precio (BPAP) y Golfo Xxxxxxx (precio CP-SAUDI ARAMCO), correspondiente al mismo mes de los suministros y publicados en el “Platt’s Oilgram”, sobre la base de una composición 20% de butano y un 80% de propano.
F: Coste del flete en €/kg. Se calculará para los suministros de cada mes en función de la media de la cotización en dólares USA xxx xxxxx por tonelada métrica Rass Tanura-Mediterráneo en el mes anterior al de los suministros, publicada en el “Potten and Partner”.
La conversión a €/kg de MP y F se realizará en función de la media aritmética del cambio dólar/€ xxx xxxxxxx de divisas en el mes anterior al de los suministros.
C: Coste de operación.
Sobre los preciso resultantes se aplicará en todo caso el Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH), el IVA y cualquier otro legalmente repercutible, que estén vigentes en el momento del suministro, salvo las exenciones legalmente previstas.
CUARTA.- Para los establecimientos de hostelería que sean consumidores de gas envasado, REPSOL, establece el siguiente régimen de bonificaciones, de aplicación en todas la instalaciones de envases de 35 kilos acogidas al presente Acuerdo, en función del siguiente escalado por consumo individual de cada instalación.
Consumo anual individual por instalación (Kgs) | Nº envases por año | Descuento Consumo €/envase (sin iva) |
De | 0 | a | 399 | < 11 | 0 |
De | 400 | a | 699 | De 11 a 20 | 0,87 |
De | 700 | a | 1.199 | De 20 a 34 | 0,87 |
De | 1.200 | a | 2.999 | De 34 a 86 | 2,6 |
De | 3.000 | Más de 86 | 3,6 |
Los pedidos del envase de 35 kilos se realizarán por teléfono al número que comercialmente tenga señalado REPSOL para la recepción de pedidos, a día xx xxx, 901 150 100 .
La FEDERACION coordinará con REPSOL las incorporaciones o bajas de las instalaciones individuales, así como cualquier incidencia que tenga lugar a este respecto.
QUINTA.- REPSOL facturará el gas y las cuotas de servicio correspondientes a nombre y NIF de cada asociado de la FEDERACION que se haya dado de alta como cliente de REPSOL.
REPSOL se reserva el derecho de fijar las condiciones de pago de cada una de las instalaciones integradas.
SEXTA.- REPSOL prestará asesoramiento técnico a los asociados de la FEDERACION respecto al mejor uso del propano en el sector y se compromete a realizar Jornadas Técnicas de difusión y conocimiento con los asociados a la FEDERACION, siempre y cuando sean consideradas por ambas entidades, de las mejores opciones energéticas y tecnológicas para instalaciones térmicas de los establecimientos de hostelería asociados para conseguir el mejor balance técnico, medioambiental y económico.
SÉPTIMA.- Adicionalmente, para la FEDERACION se establecen las siguientes bonificaciones en función del nivel de prescripción, dependiendo si a la fecha de la firma de este acuerdo, la instalación es ya cliente de REPSOL. La FEDERACION recibirá un rappel por consumo anual agrupado de todas las instalaciones asociadas a la misma.
Ya es cliente de Repsol
Si no es cliente de Repsol todavía
5
10
Bonificación
(€/Tn, impuestos excluidos)
Cliente
OCTAVA.- Se establece una duración de este Acuerdo de cinco años a partir de su firma, prorrogándose a la finalización del mismo, o de cualquiera de sus prórrogas, por periodos de igual duración al indicado, salvo que cualquiera de las partes denuncie el presente acuerdo mediante escrito a la otra con una antelación de tres meses a la finalización de cada periodo.
No obstante, y si durante dicho plazo, o el de sus prórrogas, la aplicación del sistema resultara especial y justificadamente gravosa para alguna de las partes, éstas acuerdan notificarlo a la otra parte en forma fehaciente y al domicilio indicado en el Acuerdo, al objeto de proceder bajo el principio de buena fe a establecer un nuevo marco y condiciones, abriéndose un periodo de negociación durante un plazo máximo de 30 (treinta) días, durante el cual los suministros efectuados tendrán como precio el resultado de los anteriores párrafos.
Transcurrido dicho plazo sin que se llegue a un entendimiento mutuamente satisfactorio, se considerará resuelto el presente Acuerdo de forma automática, salvo mutuo acuerdo que amplíe el plazo de negociación, acuerdo que deberá fijar las condiciones transitorias de precio.
NOVENA.- La FEDERACION y REPSOL manifiestan su intención de divulgar públicamente en el Sector la relación comercial existente entre ambas partes y de tener la posibilidad de entrega rde material promocional en las Asambleas de la FEDERACION.
De conformidad con lo expuesto, firman el presente Acuerdo en el lugar y fecha arriba señaladas.
Por REPSOL BUTANO S.A. Por Federación Provincial de Empresas de Hostelería y Turismo de Granada
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxx.: Trinitario Xxxxxxx Xxxxxx Delegado Territorial para Andalucía Presidente