EXPEDIENTE N° 100.165/16
EXPEDIENTE N° 100.165/16
LICITACIÓN PÚBLICA N°
OBJETO: Servicio de mantenimiento de 5 (cinco) grupos electrógenos por el término de dos (2) años a partir del 01.07.17, con opción a favor de la Institución de prorrogar el mismo por única vez por un período de hasta 12 (doce) meses.
GERENCIA DE CONTRATACIONES
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DIA MES AÑO HORA Fecha de apertura de las ofertas: - - - - DIA MES AÑO HORA Fecha tope de recepción de consultas: - - - - DIA MES AÑO HORA Fecha tope de visita: - - - - GERENCIA DE CONTRATACIONES | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 2 |
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CONDICIONES PARTICULARES Art. 1° - OBJETO: El Banco Central de la República Argentina llama a Licitación, con el objeto de contratar el servicio de mantenimiento de cinco grupos electrógenos, detallados en las Características del Servicio. La presente contratación se realizará bajo la modalidad de Orden de Compra abierta. Art. 2° - PLAZO DE PRESTACION: El plazo de prestación del servicio se establece por un período de veinticuatro (24) meses a partir del 01.07.17, con opción a favor de la Institución de prorrogar el mismo por única vez por un período de hasta 12 (doce) meses. Art. 3° - VERIFICACION PREVIA: La participante, antes de formular su oferta, deberá efectuar una verificación del estado en que se encuentran los grupos electrógenos objeto de la presente contratación, con la finalidad de realizar una correcta evaluación de los trabajos a ejecutar. Las visitas deberán coordinarse anticipadamente con personal de Mantenimiento y Conservación – de la Gerencia de Infraestructura este Banco, Edificio N° 4 – Xxx Xxxxxx, 0x xxxx, xxxxxxx Xx 0000, teléfono (000) 0000-0000,- fax (000) 0000-0000, en el horario de 09:00 a 14:00. Las mismas deberán efectuarse, indefectiblemente, hasta el SEXTO día hábil bancario, inclusive, anterior a la fecha de apertura de las ofertas. Al finalizar la visita de inspección, la concurrente recibirá un duplicado del respectivo comprobante de asistencia, el que deberá ser presentado junto con su oferta. La adjudicataria no tendrá derecho a interponer reclamo alguno por trabajos incluidos en el objeto y contenido del presente pliego de condiciones que adujera desconocer. Art. 4° - CONSULTAS Y/O PEDIDO DE ACLARACIONES: Las consultas y/o pedido de aclaraciones se deberán realizar por escrito hasta el QUINTO día hábil anterior al acto de apertura del primer sobre. Estarán dirigidos a la Gerencia de Contrataciones e ingresados por la Mesa de Entrada del Banco, en el horario de 10:00 a 15:00. Art. 5° - REQUISITOS A CUMPLIR POR LA OFERENTE: 1 - Constancia del registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL): La oferente, tanto al momento de la apertura de sobres, como al de la Adjudicación, no deberá poseer sanciones en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (conforme. Ley 26.940). | ||
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2 - Certificado Fiscal para Contratar con el Estado: En caso que la propuesta fuera igual o superior a $ 50.000.-, la oferente deberá adjuntar copia del Certificado Fiscal para Contratar otorgado por la A.F.I.P., o en su defecto, constancia de haber iniciado el trámite ante la misma. (Resolución General Nº 1814/05). Todo esto, en razón de que deberá encontrarse habilitado fiscalmente para contratar antes de la eventual adjudicación, como así también a la fecha de la notificación de la Orden de Compra correspondiente a la presente contratación. 3 - Referencias: Los oferentes deberán presentar junto con su oferta, una nómina de las empresas u organizaciones, públicas o privadas, de las cuales haya sido proveedor, prestatario de servicios y obras similares a los solicitados en el presente pliego. En dicha nómina constará: ✓ Denominación, dirección y teléfono de la empresa u organización. ✓ Nombre y apellido de la persona que puede ser consultada en cada una de las empresas y organizaciones. ✓ Detalle de los elementos entregados y/o servicios prestados. El B.C.R.A. se reserva el derecho de corroborar la información de antecedentes y/o referencias presentadas. NOTA: Exceptúese de lo establecido precedentemente a aquellas firmas que registren antecedentes de haber realizado, en los últimos cinco años, provisiones o servicios en este Banco similares a los aquí solicitados, debiendo detallar solamente el/los número/s de Orden/es de Compra a través de la cual/es hayan sido adjudicatarios. Asimismo, deberán mantener debidamente actualizada la documental que así los habilite. La evaluación de las referencias y antecedentes será efectuada sobre la información aportada por la empresa, para lo cual deberá consignar todos los datos que contribuyan a posibilitar su análisis particular, y la ponderación cualitativa y cuantitativa respecto de los otros oferentes. La oferta estará debidamente firmada en todas sus hojas, por el representante legal o apoderado con facultades suficientes, de la oferente. Art. 6° - ORDENES DE SERVICIO: La adjudicataria o su representante deberán notificarse, dentro de las veinticuatro horas de requerido, de las órdenes de servicio que la Supervisión imparta durante la vigencia del contrato. Cuando la adjudicataria observe que una orden de servicio excede los términos del contrato, deberá notificarse de ella sin perjuicio de presentar al Banco, en el plazo de 24 horas, un reclamo claro y terminante, fundamentando detalladamente las razones que le asisten para no cumplimentar dicha orden. Transcurrido ese plazo sin haber presentado la observación correspondiente quedará obligada a cumplirla de inmediato y sin reclamación posterior. Las observaciones de la adjudicataria que se opongan a cualquier orden de servicio no la eximirán de la obligación de cumplirla si la misma fuera reiterada, pudiendo el Banco mandar a ejecutar en cualquier momento y a xxxxx de la adjudicataria, los trabajos ordenados, deduciendo su importe de los pagos que se le adeudaran o, en su defecto, del depósito de garantía constituido. | ||
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Sin perjuicio de lo establecido precedentemente y con el objeto de agilizar el cumplimiento de estas solicitudes, la Gerencia de Infraestructura podrá anticipar estas órdenes, de ser posible, mediante mensaje enviado a través de su equipo de fax (nro.: 0000-0000), en el horario de 10:00 a 17:00. La prestataria del servicio o su representante ratificará su recepción por la misma vía y dentro de las 2 (dos) horas de recibido. En tal sentido, la oferente deberá indicar en su propuesta los números de fax que posea para el intercambio de los citados mensajes con esta Institución. Art. 7° - FORMA DE COTIZAR: Se deberá establecer el valor mensual del servicio, por cada uno de los equipos, como así el total general por los 24 meses de prestación (ANEXO I - Cuadro 1). Se deja expresa constancia que la adjudicación se realizará en forma indivisa. Los valores correspondientes a la provisión del combustible necesario, para hacer frente a los consumos, serán establecidos en base a los valores vigentes de plaza al momento de la efectiva provisión, adicionándoseles el valor porcentual de logística, por litro, el que deberá ser consignado en la Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, XXXXX X - Xxxxxx 0. Los importes que se establezcan deberán ser finales, luego de haberles incorporado todo impuesto, tasa, gravamen, etc. que corresponda aplicar en cumplimiento de disposiciones emanadas de autoridad competente. A tales efectos se informa que el B.C.R.A. reviste la categoría de “Exento del Impuesto al Valor Agregado”. Art. 8° - RECOMPOSICIÓN DE LA ECUACIÓN ECONÓMICO FINANCIERA: Según lo determinado en el Capítulo XIV del Reglamento de Contrataciones, si durante el transcurso del presente contrato se produjesen alteraciones significativas en los precios, por causas no imputables a las partes, la adjudicataria podrá solicitar, luego de transcurridos como mínimo SEIS (6) meses de la ejecución del contrato, la recomposición de la ecuación económica financiera del mismo, siempre que la Variación de Referencia sea superior al ONCE POR CIENTO (11%) tomando como base al precio original del valor de la adjudicación. La recomposición de la ecuación económica financiera del contrato no resultará automática por la sola verificación de las variaciones en los índices de referencia, siendo potestad de esta Institución el análisis de la procedencia de la solicitud. No será aplicable el presente procedimiento para las ofertas cotizadas en moneda extranjera, o cotizadas con una alícuota variable en función de valores de referencia. A esos fines, los oferentes deberán consignar en sus ofertas la estructura de costos que especifique la totalidad del precio ofertado, sus ponderaciones y los índices o precios de referencia que sean relevantes (ANEXO IV). Art. 9° - ACLARACIONES SOBRE EL USO DE OPCION: Se deja expresa constancia que la adjudicación se efectuará por 24 meses, siendo potestad unilateral del Banco el uso de opción contemplado en el presente pliego, por lo que, para la constitución de las garantías de oferta, como de adjudicación se deberán tomar solamente los valores cotizados para el primer período de contrato (24 meses). | ||
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GARANTIA DE ADJUDICACIÓN: - Por el quince por ciento (15%) sobre el precio total de la Orden de Compra la cual deberá ser entregada indefectiblemente al momento de retirar la correspondiente Orden de Compra. A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 50° del Reglamento de Contrataciones, se deberá tener en cuenta que este Banco destinará para reparaciones, provisiones eventuales y carga de combustible, un monto máximo de $ 230.000.- (pesos doscientos treinta mil) bianuales. Consecuentemente, el monto de las garantías a constituir se determinará en base a la sumatoria del importe antes mencionado más el precio cotizado para la prestación del servicio (ANEXO I - Cuadro 3). Estas garantías se constituirán conforme a lo establecido en el artículo N° 51 del Reglamento de Contrataciones de este B.C.R.A. Las garantías constituidas con pólizas de seguro de caución deberán estar certificadas por escribano público. Se deja constancia que la garantía de adjudicación será restituida una vez cumplido el plazo de la garantía técnica. Art. 13° - PENALIDADES: Establécense para esta contratación las sanciones que a continuación se detallan, las mismas en ningún caso, podrán superar el valor total adjudicado: a) 1 % (uno por ciento) del monto total mensual del servicio, por cada día hábil bancario de atraso si la adjudicataria o su representante no firmara, por ausencia o negativa, una orden de servicio dentro de las 24 horas de impartida. b) 2 % (dos por ciento) del monto total mensual del servicio, por cada día hábil bancario de atraso en la realización de lo ordenado y/u observado en una orden de servicio, una vez vencido el plazo que en la misma se indique. c) 2 % (dos por ciento) del monto total mensual del servicio por cada día hábil bancario de atraso en cumplir en forma integral con lo indicado en el apartado II. Mantenimiento Preventivo, de las “CARACTERISTICAS DEL SERVICIO”. d) 1 % (uno por ciento) del monto mensual del servicio por cada hora de demora y por cada unidad que presente inconvenientes, en atender un reclamo conforme al plazo establecido en el apartado VI. Servicio de Emergencia, de las “CARACTERISTICAS DEL SERVICIO”. e) 10 % (diez por ciento) del monto total mensual del servicio, por cada oportunidad que no se activen el/los grupo/s en casos xx xxxxxx en el suministro eléctrico de red, según lo establecido en el primer párrafo del apartado VI. Servicio de Emergencia, de las “CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO”. | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 7 |
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f) 2 % (dos por ciento) del monto total mensual del servicio, por cada día hábil bancario de demora en presentar un presupuesto en el plazo previsto en el apartado VII - REPARACIONES NO ESPECIFICADAS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO, de las “CARACTERISTICAS DEL SERVICIO”. Esta sanción se aplicará también sobre los plazos fijados en la misma. g) 2 % (dos por ciento) por día corrido de demora en la provisión de combustible, según lo establecido en el ítem V “LOGISTICA DE COMBUSTIBLE” de las "CARACTERISTICAS DEL SERVICIO ". Esta penalidad podrá ser multiplicada hasta 5 (cinco) veces si, por consecuencia del incumpliendo, pusiera en riesgo u ocasionara inconvenientes derivados de tal. Art. 14° - COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD: El adjudicatario que, por su relación con este Banco Central, pudiera tomar conocimiento de información confidencial, deberá suscribir el “Acta de Compromiso de Confidencialidad”, en lo que respecta al tratamiento de la información de la Institución (ANEXO II). Art. 15° - CLÁUSULA DE INDEMNIDAD: El personal asignado por las empresas para ejecutar las tareas objeto de la prestación de los servicios solicitados en el presente Pliego de Bases y Condiciones, no mantiene vínculo contractual alguno con el B.C.R.A., no existiendo por parte de esta entidad responsabilidad alguna por lo que esta Institución no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial, respecto del referido personal de la firma adjudicataria de los servicios prestados. En el caso de que el B.C.R.A. debiese anticipar alguna suma en virtud de reclamo de cualquier índole, la adjudicataria se compromete a reembolsar los importes adelantados por este Banco, dentro de los cinco 5 (cinco) días hábiles de notificada. A tales efectos la oferente deberá suscribir la Declaración Jurada del ANEXO III. Art. 16° - RESERVA: El Banco se reserva la potestad de dejar sin efecto en cualquier tramo del iter licitatorio, el presente llamado siempre que medien razones que comprometan el interés general, sin que ello genere obligación alguna de resarcimiento, sin perjuicio de la devolución de las correspondientes garantías de mantenimiento de ofertas y adjudicación si correspondiera. El Banco se reserva la facultad, a su exclusivo arbitrio, de conferir al proponente un plazo para subsanar los errores u omisiones no esenciales. | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 8 |
EXPEDIENTE N° 100.165/17 LICITACIÓN XXXXXXX Xx 000/00 | ||
X) XXXXXXXXX XXXX XX X.X.X.X.: El abajo firmante manifiesta en carácter de declaración jurada que la oferente, cuyos datos se detallan a continuación, no registra deudas impositivas o previsionales exigibles por la Administración Federal de Ingresos Públicos. { Nombre de la Empresa: ................................................................................................................................. { Domicilio Fiscal: ............................................................................................................................................. { Número de C.U.I.T.: ....................................................................................................................................... B) DOMICILIO ESPECIAL: A los efectos del cumplimiento de sus obligaciones, la oferente constituye domicilio especial en ........................................................................................................................., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aceptando someterse, en caso de controversia, a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, haciendo renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. C) IDENTIFICACION DEL FIRMANTE DE LA PROPUESTA: { Nombre y Apellido: ........................................................................................................................................ { Tipo y número de documento de identidad: ................................................................................................. { Carácter invocado: ........................................................................................................................................ { Teléfono: ……………………………………………………………………………………………………... D) PERSONAS AUTORIZADAS A RETIRAR GARANTIAS CONSTITUIDAS EN CHEQUE: { Nombre y Apellido - tipo y número de documento: ..................................................................................... | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 9 |
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CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO I. DETALLE DE LOS EQUIPOS: | |||||
Características | Potencia | Ubicación | |||
1 | Motor MTU, tipo 12 V 2000 G22, generador Xxxxx Xxxxx mod. LSA 491 M5. | 700 KVA | Reconquista 250 | ||
2 | Motor Volvo, modelo Penta TD10106, Rpm. 1500, Generador Partner Xxxxx Xxxxx. | 200 KVA | Xxxxxxxxxxx 000 | ||
3 | Motor MWM, 6 cilindros turbo c/intercooler Bomba Inyectora Bosch, generador Cramaco. | 130 KVA | San Xxxxxx 235 Terraza | ||
4 | Motor Xxxxxxx 6 cilindros, generador Xxxx. | 00 XXX | Xxx Xxxxxx 000 Terraza | ||
5 | Motor Xxxx, mod. Taunus de 4 cilindros 2.3 lts. Generador Xxxxxx Xxxxxxx Mono Fase. | 12 KVA | Central de Alarmas (Reconquista 266) | ||
TOTAL: CINCO GRUPOS ELECTRÓGENOS | |||||
II. MANTENIMIENTO PREVENTIVO: La adjudicataria deberá realizar mensualmente las siguientes operaciones: ✓ Inspección general del grupo motor/generador, verificando posibles pérdidas de agua, aceite o combustible, efectuando su limpieza y reparación en caso de ser necesario. ✓ Control de los niveles óptimos de aceite lubricante, su viscosidad, líquido refrigerante y combustible y su provisión en caso de faltante. ✓ Limpieza de filtros (aire, aceite, combustible, etc.). ✓ Verificación y ajuste de tuercas, tornillos, abrazaderas, mangueras y correas. ✓ Control de calefactor y termostato. ✓ Verificación de tableros de control y comando, conexiones, parámetros normales: tensión, amperaje, fase, carga de batería, electrolito, bornes. Limpieza general y ajustes de bornes. ✓ Verificación de tensión del cargador de la batería. ✓ Prueba del equipo en forma manual y automática verificando su funcionamiento, en vacío y bajo carga; de acuerdo con las pautas que en cada caso coordine e indique la Supervisión del servicio. VER CRONOGRAMA DE PRUEBAS ✓ Prueba y mantenimiento de todo el sistema de distribución y abastecimiento de combustible, desde la boca de carga hasta cada uno de los grupos generadores con inclusión de todos sus componentes. ✓ Limpieza xx Xxxx de Grupos, plataformas y gabinetes. Estas tareas deberán ser efectuadas durante los primeros 5 (cinco) días hábiles de cada mes, salvo expresa modificación o aprobación por parte de la Supervisión. III. MANTENIMIENTO CORRECTIVO: III.1. Comprenderá los trabajos necesarios, para subsanar las deficiencias observadas durante la ejecución de los trabajos detallados en el punto anterior “Mantenimiento Preventivo” u | |||||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 10 |
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observadas por la Supervisión del servicio, e incluirá la provisión de los componentes de reposición legítimos o elementos necesarios para hacer frente a tal cumplimiento. Asimismo, durante la vigencia del contrato, se proveerán las siguientes prestaciones: ✓ Cambio de aceite y filtro del motor. ✓ Cambio del filtro de combustible. ✓ Cambio del filtro de aire. ✓ Limpieza del sistema de refrigeración y del tanque de combustible. ✓ Control del alternador y del sistema de arranque. ✓ Provisión e instalación de baterías de arranque. ✓ Provisión de combustible (ver Art. 7° Forma de Cotizar). III.2. REPUESTOS, INSUMOS Y PROVISIONES INCLUIDOS EN EL ABONO DE MANTENIMIENTO: Se encuentran incluidos dentro del abono de mantenimiento los siguientes productos: Filtros de aire, aceite y combustible. Lubricantes, refrigerantes, aditivos para combustible, aceite y refrigeración. Grasas y desengrasantes. Repuestos menores tales como: bujías, correas, bulonería, mangueras, abrazaderas, borneras, lámparas de tableros, interruptores, etc III.3. PLAN DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO - INFORME TÉCNICO DE LOS EQUIPOS: Durante los primeros 10 (diez) días hábiles del inicio del contrato, la prestataria deberá presentar un detallado informe técnico sobre el estado de los equipos, debiendo para ello, efectuar un completo diagnóstico, pruebas necesarias y consideración del historial de mantenimientos efectuados. Sobre dicha base, la Supervisión elaborará el Plan de Mantenimiento Correctivo, estableciendo prioridades, plazos tentativos, presupuestos desglosados y fechas de próximos correctivos (cambio de filtros, aceite, baterías, refrigerante, etc.) Aprobado el mismo, se procederá a formalizar su implementación mediante Orden de Servicio, estableciéndose así el plan anual que regirá la ejecución de dichos mantenimientos. Durante el último mes del primer año, se procederá bajo las mismas condiciones, el plan para el segundo período anual. IV. CRONOGRAMA DE PRUEBAS: Al inicio del servicio, se establecerá el cronograma anual de pruebas en vacío y con cargas, siendo las cantidades mínimas al menos de una por mes calendario. Las fechas, cantidades, alcances y tipos de pruebas, podrán ser reprogramadas por la Supervisión, ya sea para coordinar oportunidad y no afectar procesos críticos o bien, para asegurar el adecuado funcionamiento ante la detección xx xxxxxx que implique potenciales riesgos a la generación de energía ante contingencias. Para este último caso, no serán reconocidos mayores costos que la adjudicataria podría alegar. La Supervisión podrá solicitar pruebas a una carga que se aproxime al 100% de la potencia de los grupos, durante un tiempo determinado, por lo que deberá oportunamente instalar bancos de carga | ||
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resistivos adecuados conectados directamente al generador e inyectando cargas escalonadas, hasta conseguir los parámetros que sean proyectados. V. LOGISTICA DE COMBUSTIBLE Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá mantener las reservas de combustible necesarias quedando bajo su entera responsabilidad el reabastecimiento del tanque principal y de los distintos grupos. Cuando ocurran contingencias que puedan demandar el funcionamiento pleno y continuo de uno o más grupos, la adjudicataria deberá proceder al reabastecimiento en tiempo y forma, para asegurar que tanto los grupos como el tanque principal cuenten con reserva de combustible necesario para afrontar con suficiencia el consumo a que diera lugar tal situación. El adjudicatario deberá presentar y llevar un registro con respaldo documental, de las cargas efectuadas, coordinando previamente con la Supervisión la cantidad y oportunidad de cada reabastecimiento, salvo casos de extrema urgencia. IMPORTANTE: Será de total responsabilidad de la adjudicataria, incluso si procediera a la subcontratación de algún servicio/provisión alcanzados en el presente contrato, el ajustarse estrictamente a todas las normas reglamentarias vigentes en materia de transporte, deposición, seguridad ambiental, de higiene y seguridad, etc., emanadas de los entes e instituciones con competencia en estos temas, debiendo contar con todas la habilitaciones, autorizaciones y permisos que sean pertinentes. VI. SERVICIO DE EMERGENCIA – FALLA EN LA PUESTA EN SERVICIO DEL/OS GRUPO/S: VI.1. FALLAS EN LA PUESTA EN SERVICIO EN CORTE REAL: De acontecer cortes de energía y los grupos generadores no se activaran de acuerdo al proyecto para afrontar contingencias, serán de aplicación inmediata la penalidad establecida en el Art. 13, inciso e). La Adjudicataria podrá alegar la aplicación de dicha medida, la que sólo será evaluada y considerada si se comprobare que las causas resultan totalmente ajenas, a las responsabilidades establecidas en el presente pliego de condiciones. VI.2. SERVICIO DE EMERGENCIA: Este servicio deberá estar disponible durante las 24 (veinticuatro) horas del día, tanto en días hábiles como feriados, y se deberá cumplimentar dentro de las 2 horas de efectuado el pedido. En caso de que las instalaciones del Centro de Procesamiento de Datos (CPD) puedan ser las afectadas por fallas atribuibles a los grupos a su cargo, el plazo de atención se reducirá a los 60 (sesenta) minutos. VI.3. MEDIOS DE COMUNICACIÓN: La adjudicataria indicará los números de teléfono, radiomensaje o celular a los cuales el Banco podrá requerir este servicio, los que deberán asegurar se encuentren activos en forma | ||
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permanente durante el período contractual, debiendo informar cualquier modificación que pudiera acontecer. IMPORTANTE: Para afrontar posibles situaciones de crisis en el abastecimiento de energía de red, la empresa deberá disponer y priorizar la instalación de los grupos que el Banco a través de la Supervisión informe, tendientes a abastecer y complementar los suministros críticos para, en contingencia, asegurar la continuidad de los procesos esenciales del Banco. A tales efectos, junto con su propuesta deberá presentar los recursos propios o de terceros que dispondrán en dichos casos y un Acta Compromiso de priorizar la atención del Banco en los plazos y prioridades que sean solicitadas. VII. REPARACIONES NO ESPECIFICADAS EN LA DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO: Para los casos eventuales en que resulte necesario efectuar reparaciones, provisiones, reposiciones, etc. que no se encuentren contempladas, especificadas o bien excedan los alcances de la Características del Servicio, la adjudicataria deberá informarlas luego de haberlas detectado, y estará obligada a presentar un presupuesto dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas de recibir el pedido del Banco, detallando en él los trabajos a efectuar, el lapso que su realización demandará y los períodos y alcances de la garantía que cubra los trabajos. Para afrontar este tipo de tareas, además de los correctivos descriptos en el ítem III.3, se previsionará la suma máxima total (dos años) de $ 150.000.- (pesos ciento cincuenta mil). VIII. HORARIOS: Los trabajos detallados en los ítems II a V y VII deberán ser realizados en días y horarios a determinar según efectos o consecuencias que puedan causar las tareas, tanto a las instalaciones como a las actividades del Banco. Consecuentemente, no se reconocerán mayores costos derivados de tipo de horarios y/o días. IX. RETIRO Y ENTREGA DE ELEMENTOS El transporte para el retiro y entrega de elementos será por cuenta de la adjudicataria, quien será la única responsable de los mismos. En caso de extravío, robo o destrucción por cualquier causa, deberá proceder a la reposición o indemnización correspondiente, que estará determinada por el valor en plaza de una unidad o elemento de igual tipo y característica, en el momento que ello ocurra. El plazo para el retiro o devolución de los elementos será convenido en cada oportunidad, mediante Orden de Servicio suscripta por la adjudicataria. X. COMPROBANTES DE TRABAJO – REPORTES TÉCNICOS – PROTOCOLO Y CHECK LIST DE PRUEBAS DE GRUPOS: La adjudicataria, en cada oportunidad que concurra para el cumplimiento de los servicios y suministros contratados, presentará a la Supervisión, un comprobante (original y duplicado) en el que se consignarán los trabajos realizados, la fecha de dicha atención y las novedades registradas. Toda vez que se realicen las pruebas programadas, las mismas deberán estar respaldadas por un protocolo conformado (tiempos, tipos de pruebas, secuencias, etc.) debiendo asentar los datos técnicos y observaciones más relevantes en la respectiva Check list. | ||
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A los efectos de la certificación mensual de los mantenimientos deberá presentar un comprobante por duplicado. XI. INFORMACION DE ANORMALIDADES O DEFICIENCIAS: La adjudicataria estará obligada a informar de inmediato y por escrito a la Supervisión acerca de cualquier anormalidad o deficiencia que observe en las instalaciones a su cargo, a efectos de prevenir mayores inconvenientes y sin que ello la exima de la realización de las reparaciones que se encuentran amparadas por este abono, detallando claramente sus características y sugiriendo sus posibles soluciones. | ||
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ESPECIFICACIONES GENERALES I - PERSONAL DE LA ADJUDICATARIA: El personal designado para desempeñarse en esta institución deberá ser idóneo en las tareas que le correspondan, debiendo además poseer buena presencia, trato y conducta intachables. El personal de la adjudicataria antes mencionado deberá ajustarse, además, a las normas internas vigentes para las personas ajenas al Banco, debiendo la adjudicataria proporcionar, previo al inicio del servicio, una nómina de aquellos con los números de sus respectivos documentos nacionales de identidad, fecha de nacimiento y domicilio, la que será actualizada en forma simultánea con los reemplazos y ampliaciones en su dotación. IMPORTANTE: Asimismo, deberá presentar original y fotocopia del Certificado de Reincidencia y/o de Antecedentes Penales, expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y Carcelaria, actualizado a la fecha de comienzo de la prestación, de todo el personal que prestará servicios en el Banco, como así también, de aquellas personas que se utilizarán para posibles reemplazos por ausencia y de los miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de la sociedad. Si a la fecha de comienzo del servicio no obraran, en la Gerencia de Seguridad Interna, los mencionados certificados, la misma queda facultada a impedir el ingreso del personal de la contratada. Esta limitación no eximirá a la adjudicataria de la responsabilidad del cumplimiento del servicio contratado. Asimismo, en caso de ser requerido, la adjudicataria deberá presentar el original de los Certificados de Antecedentes expedidos por la Policía Federal del personal operativo, actualizado a la fecha del comienzo de la prestación del servicio en el Banco. La adjudicataria procederá al inmediato relevo de aquellos agentes que no reúnan las condiciones exigidas, o bien que, por cualquier motivo incurriera en faltas, a juicio del Banco y a su sola indicación. Aún en el caso de que, como consecuencia directa o indirecta de este relevo, la adjudicataria se viera obligada a indemnizar por despido o cualquier otro concepto al referido personal, el Banco no responderá ni estará obligado a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial, efectuado por aquélla. Queda entendido, no obstante, que el consentimiento para la actuación de su personal no libera a la adjudicataria de ninguna de sus responsabilidades contractuales. El Banco proveerá a la adjudicataria, las credenciales de proximidad necesarias para que su personal pueda acceder a las instalaciones, debiendo afrontar el costo de las mismas en caso que sus dependientes las extravíen o bien no proceda a la oportuna devolución. NOTA: se deja establecido que el Banco no aceptará, para la iniciación del servicio, ningún comprobante de iniciación de trámite, con miras a la obtención de los certificados mencionados en el segundo párrafo. II - RESPONSABILIDAD DE LA ADJUDICATARIA: Toda actividad que la adjudicataria realice con miras o propósitos de encubrir vicios, deficiencias o irregularidades en el trabajo encomendado, sin perjuicio de las medidas que pudieran corresponderle, será observada mediante orden de servicio o telegrama colacionado, según su gravedad o urgencia, debiendo subsanar el inconveniente en un plazo que no excederá las 48 (cuarenta y ocho) horas. Caso contrario, sin perjuicio de la aplicación de las medidas punitivas que correspondan, el Banco quedará | ||
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facultado, sin más trámite, para encomendar a terceros dicha tarea a exclusivo cargo de la adjudicataria. La adjudicataria se compromete a tomar a su cargo el servicio contratado en forma incondicional, esto es, sin esgrimir limitaciones que afecten la prestación de dicho servicio en forma integral, aceptando la atención del mismo en el estado en que se encuentren los bienes objeto de la prestación. La atención deberá ser permanente durante la vigencia del contrato, no admitiéndose interrupción alguna por vacaciones u otras causas. III - EJECUCION DEL CONTRATO: La contratada deberá poseer la capacidad y medio humanos y materiales para encarar y resolver, correcta e inmediatamente, las situaciones de cualquier índole relacionadas con los trabajos, estipulados en el presente contrato, que debido a su intervención directa o indirecta pudiera hacer peligrar la continuidad de servicios esenciales del Banco y/o interrumpir el normal desenvolvimiento de sus actividades propias. Sin perjuicio del derecho del contratista a pedir las aclaraciones que estime corresponder, queda establecido que la adjudicataria será responsable de la correcta interpretación del presente pliego de condiciones, de la documentación contractual, y de las directivas que la Supervisión le imparta, para la realización de los trabajos comprendidos en la presente contratación y responderá de los defectos que puedan producirse durante la vigencia del contrato. Será responsable, además, de cualquier reclamo o demanda que pudiera originar la provisión o el uso indebido de materiales, sistemas de ejecución de trabajos o implementos patentados. Las demoras en la terminación de los trabajos con respecto a los plazos estipulados y/o los que se estipulen, dará lugar a la aplicación de multas o sanciones de acuerdo con la importancia del atraso (Art. 15 de las Condiciones Particulares). La contratada quedará constituida en xxxx por el solo hecho del transcurso del/de los plazo/s establecido/s en el contrato. La atención del servicio objeto de la presente contratación deberá ser permanente durante la vigencia del contrato. No se admitirá interrupción alguna en la prestación por causas de cualquier índole. IV - REGISTRO DE CONTROL DIARIO: Respecto de los operarios designados para actuar en el Banco, se aclara que éstos deberán someterse al cumplimiento del REGISTRO DE CONTROL DIARIO, a cuyo efecto les será habilitado el sistema correspondiente. V - PROHIBICIONES AL PERSONAL: Queda terminantemente prohibido al personal de la empresa hacer uso indebido de los elementos del Banco. El personal restringirá su circulación, permanencia y desarrollo de tareas en los ámbitos de emplazamiento de las instalaciones atendidas, no permitiéndose el tránsito y/o ingreso a otras dependencias. Si las tareas a realizar así lo exigieren, deberá solicitar la autorización pertinente de la Gerencia de Infraestructura. | ||
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VI - UNIFORME Y CREDENCIAL: El personal de la adjudicataria deberá estar debidamente individualizado mediante credencial identificatoria – exhibida en forma permanente sobre el bolsillo superior izquierdo de su camisa -, en la cual se consignará razón social o denominación de la empresa, fotografía del agente, nombre y apellido y tipo y número del documento de identidad. VII - RESPONSABILIDAD SOBRE DAÑOS: La adjudicataria será responsable de los daños ocasionados por sus trabajos y/o agentes en las construcciones o cosas existentes en los edificios, de propiedad del Banco o de terceros, fijas o móviles, y estará obligada a reparar o reemplazar por completo y a su xxxxx, según lo indique la Supervisión, todo elemento o parte de él, que por causa de su intervención fuera afectado. Las reparaciones o reposiciones deberán efectuarse dentro de los plazos que determine el Banco en cada oportunidad. Si, en cada caso, la adjudicataria deseara formular algún descargo al respecto, deberá dejar expresa constancia de esta situación en la respectiva Orden de Servicio al notificarse del hecho. En este caso el plazo comunicado podría ser reconsiderado por el Banco. Dicho descargo no será aceptado si se realizara con posterioridad al plazo otorgado o si la empresa expresara, en principio, su conformidad en la respectiva comunicación. Vencido el plazo, el Banco procederá -con cargo a la adjudicataria- a efectuar la reparación y/o reposición, ya sea con materiales y mano de obra propios o a contratar con terceros, según ello responda mejor a sus intereses, aplicándose además un recargo del 10% en concepto de gastos administrativos, el que será deducido de las respectivas facturas. Igual temperamento se adoptará cuando las reposiciones o reparaciones efectuadas por la empresa no conformaran al Banco. Asimismo, la responsabilidad de la adjudicataria alcanza a los accidentes que ocurran, en razón de los trabajos contratados, a sus obreros, propiedades o terceras personas, ya sea por su culpa directa, por acción de los elementos o por causas eventuales, y estará a su cargo la reparación y/o indemnización del daño producido. VIII -INGRESO Y EGRESO DE MATERIALES, HERRAMIENTAS, EQUIPOS Y ELEMENTOS DE TRABAJO: La adjudicataria deberá notificarse de las dificultades y/o restricciones que el Banco interponga para efectuar el ingreso de materiales, herramientas, equipos y elementos de trabajo, los días hábiles bancarios y los no laborables. El personal de la adjudicataria estará sujeto al cumplimiento de la totalidad de las disposiciones que tengan vigencia en el Banco, con el fin de registrar las entradas y salidas de materiales, herramientas, equipos y elementos de trabajos en todos los edificios que ocupa la Institución, permitiendo, asimismo, los controles que eventualmente le sean requeridos. La adjudicataria deberá proporcionar a su personal un inventario de las herramientas de su propiedad que ingresen al Banco. Este será entregado a los responsables de la portería, quienes se encargarán de reintegrarlo al momento de hacer abandono de la Institución, procediendo a la verificación del herramental transportado. | ||
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IX - VIGILANCIA Y LIMPIEZA DE LOS LUGARES DE TRABAJO: La Contratada deberá adoptar todas las precauciones necesarias para prevenir el robo y/o deterioro de sus materiales, máquinas, equipos, herramientas, instrumental, elementos de trabajo y otros bienes de su propiedad y/o provistos por el Banco, quedando a su exclusivo cargo los perjuicios que pudiera experimentar ante tales situaciones y el resarcimiento de aquellos que pudiera ocasionar al Banco. La Contratada deberá evitar obstaculizar el tránsito y/o movimientos propios de la actividad del Banco en las áreas donde realice los trabajos comprendidos en el Contrato, manteniendo éstos y los aledaños perfectamente limpios y libres de materiales de cualquier índole, o de deshechos, después de finalizar cada jornada laboral. Las herramientas y demás elementos de trabajo deberán trasladarse y preservarse en forma prolija y ordenada. Los materiales y/o equipos que la Contratada utilice para la Seguridad del Trabajo serán provistos por ella en toda oportunidad que resulte necesaria su utilización, sea por espontánea decisión o a requerimiento del Banco, a su exclusivo costo. Se realizará la limpieza diaria de todos los sectores en que se tuvo intervención. X - SUPERVISION DEL SERVICIO: Estará a cargo de personal de la Gerencia de Infraestructura – Subgerencia de Mantenimiento y Conservación, Xxxxxxxxxxx 000, xxxxxxxx Xx 0 (Xxx Xxxxxx), 0x xxxx Xx.0000, teléfonos 0000-0000, Int. 2418 / 3986. En consecuencia, ésta instruirá sobre los aspectos que entienda pertinentes para la correcta ejecución de los trabajos, como así también, las órdenes para efectuar modificaciones. Asimismo, tendrá derecho a rechazar los materiales/trabajos que juzgare defectuosos o cuya calidad no se ajuste a lo contratado, obligando a la adjudicataria a rehacer los trabajos que, a su juicio, estuvieran mal ejecutados. La empresa aceptará todos los controles que el Banco estime conveniente establecer, con relación a las tareas y a su personal. La Supervisión no eximirá a la adjudicataria de las responsabilidades por errores, negligencias o culpas de cualquier índole en la ejecución de los trabajos. | ||
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ANEXO I Cuadro N° 1 Cuadro N° 2 Logística de combustibles TOTAL Logística de combustibles (%litro) % (incremento respecto del precio vigente del litro de nafta/gas oil) Cuadro N° 3 | ||
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Servicio de mantenimiento de grupos electrógenos | |||
Grupos Electrógenos | Valor unitario Mensual | Valor total por los 24 meses | |
1 | 700 KVA | ||
2 | 200 KVA | ||
3 | 130 KVA | ||
4 | 80 KVA | ||
5 | 12 KVA | ||
TOTAL POR CINCO GRUPOS ELECTRÓGENOS |
DESCRIPCIÓN | MONTO TOTAL BIANUAL |
Servicio de mantenimiento de 5 grupos electrógenos. (Cuadro N° 1) | |
Logística de combustibles. ( %) (Cuadro N° 2) | |
Previsión para eventuales reparaciones y mantenimientos correctivos. | $ 150.000.- |
Previsión para provisión de combustible | $ 80.000.- |
IMPORTE TOTAL DE LA OFERTA POR 2 AÑOS |
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ANEXO II ACTA DE COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN En Buenos Aires, sede del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxx, a los días del mes de del año dos mil , siendo las horas, se procede a labrar la presente acta para dejar debida constancia de las normas de confidencialidad que rigen para este Banco, para lo cual se pone en conocimiento de los abajo firmantes que toda la información que se les proporcione para sus tareas en los trabajos que se les encomienden, o que adquiera en el desarrollo de los mismos, el adjudicatario asegurará la estricta confidencialidad en el manejo de toda documentación y/o información que sea puesta a su disposición por el B.C.R.A. o de la que tome conocimiento de cualquier otra manera, comprometiéndose a que la misma no será cedida, intercambiada, publicada o revelada de ningún otra forma a ningún tercero, incluyendo fotocopias, facsímiles, correo electrónico o cualquier otro tipo de reproducción, sin el expreso consentimiento del B.C.R.A, obligación que continuará vigente luego de la extinción del vínculo contractual. • EMPRESA: • Domicilio: • Titular o apoderado: o Apellido y nombres: o D.N.I. Nº: o Domicilio: | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 20 |
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ANEXO III DECLARACIÓN JURADA La firma… declara bajo juramento que en caso de resultar Adjudicataria las personas designadas para ejecutar las tareas objeto de la prestación del presente servicio contratado y sus posibles ampliaciones, no mantiene vínculo contractual alguno con ese B.C.R.A., no existiendo por parte de esa Entidad ningún tipo de responsabilidad, por lo que no responderá ni estará obligada a hacerse cargo de ningún pago, total o parcial a cualesquiera de las personas que intervengan por la firma…………………………………………………en el cumplimiento del servicio que prestará la misma. En caso que el B.C.R.A. debiera abonar suma alguna en virtud de algún reclamo, cualquiera sea su índole, que le efectuara cualquiera de las personas que esta firma.…………………………….........................................designe en la prestación del servicio contratado y sus posibles ampliaciones, y siempre que el importe a pagar sea judicialmente determinado y con intervención en juicio de nuestra parte, a fin de garantizar la debida defensa, esta firma……..……………………………………………………compromete a reembolsar los importes abonados por el B.C.R.A. En caso de reclamos como el referido, y a fin de tornar oponible esta cláusula de indemnidad, el B.C.R.A. deberá notificar fehacientemente a la firma dentro de los diez días de tomado conocimiento del mismo, adjuntando copia de la documentación que corresponda (correspondencia remitida por el reclamante, cédula con traslado de demanda, notificación de mediación, etc.). • Empresa: • Domicilio: • Titular o apoderado: • Firma: | ||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 21 |
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ANEXO IV MODELO DE ESTRUCTURA DE COSTOS | ||||
Componente | Ponderación | Índice / Indicador | ||
1) Mano de Obra | % | Índice/Indicador: Convenio colectivo de trabajo correspondiente | ||
2) Insumos/ Materiales Nacionales | % | Índice/Indicador: IPC GCBA / IPC INDEC | ||
3) Viáticos / Vales / Hospedajes | % | Índice/Indicador: IPC GCBA / IPC INDEC | ||
4) Gastos Generales | % | Índice/Indicador: IPC GCBA / IPC INDEC | ||
5) Impuestos desagregados | % | Ítem sin indicador | ||
6) Beneficio | % | Ítem sin indicador | ||
Total | 100 % | |||
Nota: El presente ejemplo con todos sus componentes constituye el contenido mínimo a consignar en la estructura de costos a presentar, sin que ello restrinja, acote o limite en forma alguna la presentación que en definitiva cada oferente realice. | ||||
Lugar y Fecha: | Firma y sello | BCRA | 22 |