PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL PARKING DE COMPARTICIÓN EN EL ÁREA DE SERVICIO DE ARITZETA
PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA ASISTENCIA TÉCNICA Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL PARKING DE COMPARTICIÓN EN EL ÁREA DE SERVICIO XX XXXXXXXX
(CLAVE: 2018JKIR0007)
ÍNDICE
1.- ANTECEDENTES 2
2.- OBJETO GENERAL XXX XXXXXX 2
3.- DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS IMPLICADAS, COMPETENCIAS, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES 2
4.- RELACIONES DE LA ASISTENCIA PARA LA DIRECCIÓN DE OBRA CON LA ADMINISTRACIÓN 6
5.- DETALLE DE LAS FUNCIONES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y DIRECCIÓN DE OBRA 7
6.- ACTIVIDADES A REALIZAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS 8
7.- ACTIVIDADES PARA LA RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS 8
8.- ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR 9
9.- EQUIPO DE LA DIRECCIÓN DE OBRA 9
10.- RELACIONES DE LA DIRECCIÓN DE OBRA CON TERCEROS 9
11.- PLAZO DE EJECUCIÓN 10
12.- DOTACIÓN DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN DE OBRAS 10
13.- DESGLOSE DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA 11
14.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA ASISTENCIA TÉCNICA 12
15.- PRECIO DEL CONTRATO 13
1
1.- ANTECEDENTES.
En octubre de 2005 LKS INGENIERIA entregó al Departamento por la Ordenación y Promoción Territorial de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa el estudio “Alternativas de ubicación de Aparcamientos Disuasorios en el Entorno de la Autopista A-8”. En dicho estudio se planteaban posibles aparcamientos de compartición situados fuera de la A-8 (de modo que para acceder a ellas no hubiera que pagar peaje) pero en terrenos propiedad de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa. En total se planteaban 6 posibles ubicaciones.
En febrero de 2006, el Departamento para la Ordenación y Promoción Territorial de la Diputación Xxxxx de Gipuzkoa encargó a LKS INGENIERÍA la redacción del proyecto constructivo del aparcamiento en el área de servicio xx Xxxxxxxx y, una vez construido fue puesto en servicio en 2007.
Actualmente, en aras de seguir fomentando el uso compartido de vehículos en las grandes redes de comunicación de Gipuzkoa y dada la buena acogida por parte de los usuarios en el uso del parking, se ha visto conveniente realizar un acondicionamiento y ampliación del mismo.
La necesidad de aumentar la capacidad de plazas de aparcamiento ha promovido la redacción del proyecto y su ejecución de obra contemplado en el contrato de PROYECTO Y EJECUCIÓN DE LA OBRA PARA EL ACONDICIONAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL PARKING DE COMPARTICIÓN EN EL ÁREA DE SERVICIO XX XXXXXXXX (CLAVE: 2018JKIR0005). El
Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) es 1.829.824,92 €.
2.- OBJETO GENERAL XXX XXXXXX.
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, en adelante P.P.T., es describir y definir los trabajos y fijar las condiciones técnicas que regirán en el contrato de servicios de BIDEGI para la ASISTENCIA TÉCNICA Y DIRECCIÓN DE OBRA PARA LAS OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL PARKING DE COMPARTICIÓN EN EL ÁREA DE SERVICIO XX XXXXXXXX (CLAVE: 2018JKIR0007).
3.- DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS IMPLICADAS, COMPETENCIAS, FUNCIONES, RESPONSABILIDADES.
3.1. Definición de las personas físicas o jurídicas implicadas.
3.1.1. Administración.
A todos los efectos se entenderá por Administración a BIDEGI, S.A. que ejercerá sus competencias de acuerdo con la legislación vigente.
3.1.2. Responsable del contrato.
BIDEGI, S.A. nombrará un Responsable del contrato que ejercerá las funciones de representante de la Administración ante las restantes personas físicas o jurídicas implicadas. Puede contar con un equipo de colaboradores también nombrados por XXXXXX, S.A..
3.1.3. Director de Obra.
Es el Ingeniero de Caminos Canales y Puertos, asignado por el adjudicatario, con la aprobación del departamento técnico de BIDEGI, S.A., responsable de los trabajos que se definen en el presente Xxxxxx.
Es el Director Facultativo de la Obra.
3.1.4. Consultor.
Es la empresa adjudicataria de este contrato. Podrá ser identificado, igualmente, como contratista consultor a diferencia del contratista de obras.
3.1.5. Equipo de Asistencia Técnica.
Es el conjunto de recursos humanos, con titulación adecuada y conocimientos suficientes, dispuestos por el Consultor para el cumplimiento de este Contrato.
3.1.6 Dirección de Obra.
Es el equipo formado por el Director de Obra y sus posibles colaboradores y el equipo de Asistencia Técnica.
3.1.7 Delegado del Consultor.
Se entiende por Delegado del Consultor, a la persona expresamente nombrada por el Consultor y aceptada por la Administración para ostentar la representación del Consultor en todos los actos derivados del cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Podrá coincidir con el Director de la obra.
3.2. Funciones y competencias
3.2.1. Competencias y funciones de la Administración.
Las funciones y competencias de la Administración son las contenidas en la legislación vigente y serán desarrolladas de la forma legalmente prevista. En particular ejerce las facultades de receptor de las obras y servicios y en consecuencia tendrá la capacidad de aceptar o cesar al personal interviniente, siempre que existan argumentos para ello.
Así, cuando se incurran en actos u omisiones que afecten a la calidad y precisión del trabajo
a realizar de acuerdo con el proyecto y las Normativas que se hayan de aplicar, o se perturben y comprometa la buena marcha de la ejecución de las obras o el cumplimiento de los programas de trabajo, la Administración podrá exigir la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir restablecer el buen orden en la ejecución de los contratos correspondientes.
3.2.2. Competencias y funciones del Responsable del contrato.
El Responsable del contrato tendrá funciones administrativas, económicas y técnicas en relación con el Delegado del Consultor. En tal sentido los distintos Delegados y Responsables habrán de atender sus indicaciones, si bien el Responsable del contrato, en el marco de sus funciones, será responsable de aquellas decisiones que pueda imponer.
El Responsable del contrato no será responsable de las medidas de Seguridad y Salud laboral, señalización y balizamiento que corresponde al Contratista de las obras ni de las demás responsabilidades que el Contrato de Obras establece para el Contratista de las obras. Xxxxxxx será responsable de los ensayos realizados por el Contratista de las obras o por laboratorios exteriores, ni de la utilización de sus resultados.
3.2.3. Competencias y funciones del Director de Obra.
El Director de Obra desempeñará las funciones de director facultativo de la obra, dirigiendo, controlando y supervisando la actuación del Contratista de las obras, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses de la Administración. Sus funciones en general son las indicadas en el T.R.L.C.S.P., en el R.L.C.A.P., en el P.C.A.G. y en el PG-3 (artículo 101.3).
En puntos siguientes del presente Xxxxxx se definen las funciones específicas teniendo en cuenta que el Director de Obra deberá:
Definir las prioridades de actuación, cuando sea preciso.
En el caso en que sea imprescindible una modificación de unidades de obra o de nuevas unidades, habrán de ser aprobadas por la Administración, a la vista de la propuesta del Responsable del contrato.
En cualquier caso, el Director de Obra estudiará, si procediera, al menos dos alternativas constructivas de la modificación o de las nuevas unidades.
Asimismo, será responsable del Control de Calidad, de la exactitud de las tomas de muestras, ensayos, controles, verificaciones e informes de calidad que se realicen y de las decisiones ejecutivas que de tal Control se deriven.
El Director de Obra deberá cuidar por el correcto cumplimiento de los requisitos y régimen establecidos en la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, no pudiendo, por otra parte, autorizar la ampliación excepcional de la cadena de subcontratación a que se refiere el artículo 5.3 de dicha ley, sin contar con la autorización previa y expresa del órgano de contratación.
3.2.4. Funciones de la Dirección de Obra
El Director de Obra para ejercitar sus funciones contará con los medios personales y materiales aportados por el presente Contrato, con los que deberá conformar un equipo perfectamente integrado. La participación del personal en las funciones de la Dirección de Obra y en sus competencias se llevará a cabo en los términos derivados del organigrama del equipo, que deberá contar con la aprobación del Responsable del contrato.
Básicamente la Dirección de Obra actuará como defensora y administradora de las obras, en representación de XXXXXX, S.A., hasta la recepción de las mismas, por lo que cuidará de la exacta ejecución del proyecto tanto en sus aspectos técnicos como económicos y de plazo, realizando el control desde su inicio hasta la recepción.
Las funciones y actividades de la Dirección de Obra irán encaminadas a los siguientes objetivos:
Conseguir del Contratista el cumplimiento de las condiciones del Contrato.
Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado, y a las modificaciones debidamente aprobadas y al programa de trabajos.
Comprobar que los medios personales y materiales del Contratista, así como sus medidas de control y procedimientos garantizan la calidad exigida en las especificaciones del Proyecto o del Contrato.
Resolver las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de los documentos del Proyecto siempre que no se modifiquen las condiciones del Contrato.
Estudiar las incidencias o problemas planteados en la obra que impidan el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación.
Controlar que efectivamente se produce la calidad deseada mediante los necesarios ensayos de materiales y unidades de obra añadidos al autocontrol del Contratista, así como mediante la inspección directa de personal experimentado.
3.3. Responsabilidades
3.3.1. Director, Dirección de Obra y Asistencia Técnica para la Dirección de obra.
El Director de Obra, como director facultativo de la misma, será el responsable de sus decisiones y omisiones en el ejercicio de sus funciones.
Los miembros del Equipo de Asistencia Técnica serán responsables de la calidad técnica de los trabajos que desarrollen y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato siendo el Delegado del Consultor y el propio Consultor responsables de las acciones de su personal relacionadas con el contrato o con la obra.
3.3.2. Seguros.
El adjudicatario vendrá obligado a suscribir a su xxxxx y para toda la duración del contrato, una Póliza de Seguro con las características y alcance indicado en el artículo correspondiente xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas de este Contrato.
3.3.3. Visado.
El adjudicatario deberá visar la dirección de obra en el colegio correspondiente.
4.- RELACIONES DE LA ASISTENCIA PARA LA DIRECCIÓN DE OBRA CON XXXXXX.
El Responsable del contrato será el interlocutor del Consultor, al que consultará previamente cualquier decisión que implique modificación de cualquier tipo de las condiciones de calidad, precio o plazo, establecidas en los distintos documentos contractuales.
Las instrucciones de Bidegi al Consultor serán impartidas a través del Responsable del contrato.
Bidegi y en particular el Responsable del contrato tendrá en todo momento, libre acceso a las oficinas del adjudicatario de este Contrato para mejor inspección de los trabajos y garantía de su cumplimiento. Xxxxxx, además de las oficinas propias de obra que dispondrá el Consultor, podrá imponerle, motivadamente, que durante el período de ejecución de obra y de su plazo de garantía disponga de oficinas permanentes en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.
Todos los equipos y materiales podrán ser comprobados por los servicios de la Administración y deberán cambiarse si no se encuentran en perfectas condiciones.
El Director del Contrato podrá exigir al adjudicatario en cualquier momento y tantas veces como sea necesario, el cambio, en el plazo máximo de quince (15) días, de las personas que éste tenga adscritas al contrato si lo considera oportuno para la buena marcha del mismo.
5.- DETALLE DE LAS FUNCIONES DE LA ASISTENCIA TÉCNICA Y DIRECCIÓN DE OBRA.
De acuerdo con lo contemplado en la legislación vigente y en el Artículo 101 del PG-3, las funciones básicas comprendidas en la Dirección de Obra son las que, sin carácter exhaustivo, se relacionan a continuación:
Exigir al Contratista, directamente o a través del personal a sus órdenes, el cumplimiento de las condiciones del contrato de obras.
Garantizar la ejecución de las obras con estricta sujeción al proyecto aprobado o modificaciones debidamente autorizadas.
Garantizar el cumplimiento del Programa de Trabajos y por tanto el plazo de ejecución, emitiendo los correspondientes informes.
Activación y revisión del proyecto “As Built”.
Definir aquellas condiciones técnicas que los Pliegos de Prescripciones correspondientes dejan a la decisión del Director de Xxxx.
En casos excepcionales, tramitar anticipadamente, las propuestas correspondientes a las incidencias o problemas planteados en las obras que impidan el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación.
Xxxxxx personalmente y bajo su responsabilidad, en casos de urgencia o gravedad, la dirección inmediata de determinadas operaciones o trabajos en curso, para lo cual el Contratista deberá poner a su disposición el personal, maquinaria y medios de la obra.
Acreditar al Contratista las obras realizadas, conforme a lo dispuesto en los documentos del Contrato, para lo que llevará a cabo el control cuantitativo de la obra realizada.
Resolver todas las cuestiones técnicas que surjan en cuanto a interpretación de planos y de detalles, condiciones de materiales y su transporte y de ejecución de unidades de obra, de forma que no se produzcan retrasos en la obra.
Estudiar las incidencias o problemas planteados en las obras que impidan el normal cumplimiento del contrato o aconsejen su modificación, proponiendo soluciones alternativas a la Administración.
Participar en la recepción de las obras, elaborar la certificación final de las mismas y redactar el Proyecto de Liquidación de las obras conforme a las normas legales establecidas.
Cumplimiento y formalización de todas las demás relaciones contractuales que se deduzcan del presente Xxxxxx.
Elaborar el Informe Final de la Obra.
Llevar a cabo el control geométrico de las obras, en particular en lo relativo a replanteos, gálibos y otras dimensiones, espesores estructurales y regularidad superficial del pavimento.
Como responsable de la consecución de los objetivos establecidos, tendrá la autoridad de dar las órdenes oportunas al Contratista de las Obras en relación con las mismas, y en particular podrá rechazar obras realizadas que no estén de acuerdo con el contrato de obras, y exigir la paralización y rectificación de obras en marcha en las que, con razones fundadas, no se vayan a cumplir las condiciones del contrato de obras.
La Dirección de Obra contará para todas estas funciones con la colaboración de su Equipo de Asistencia Técnica.
6.- ACTIVIDADES A REALIZAR DURANTE LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS.
La Dirección de las obras a realizar incluirá como mínimo los trabajos básicos que se indican a continuación:
Replanteo.
Seguimiento y control de las obras:
-Seguimiento del Plan de Aseguramiento de la calidad realizado por el contratista.
-Seguimiento del programa de trabajo con una periodicidad mensual, informando al Responsable del contrato.
-Informe mensual de seguimiento (IMSO) con una periodicidad mensual.
-Control cuantitativo y certificaciones mensuales de obra.
-Seguimiento de la Seguridad Vial y de la Seguridad y Salud laboral.
-Informes de obra. Todos los informes, reuniones y contactos realizados por la Dirección de Obra deberán ser comunicados con antelación al Responsable del contrato.
-Informe final de obra. Dicho informe deberá tener una recopilación de las incidencias más destacadas ocurridas en la obra.
- Cualquier otro informe necesario para el desarrollo de las obras y que sea solicitado por XXXXXX en dicho contexto.
7.- ACTIVIDADES PARA LA RECEPCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS OBRAS.
Recepción de las obras.
Certificación final de las obras ejecutadas.
Liquidación de las obras.
Dichas actuaciones se realizarán conforme a lo regulado en el texto L.C.S.P. 3/2017
8.- ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR.
En caso de que fuese necesario y previa solicitud de la Dirección del Contrato o del Responsable del contrato deberán realizar aquellos trabajos complementarios que fuesen necesarios durante la fase de construcción incluyendo la redacción de modificados y complementarios.
9.- EQUIPO DE LA DIRECCIÓN DE OBRA.
Recepción de las obras.
Se entiende por tal el conjunto de personas, según lo indicado en el epígrafe 3 del presente Xxxxxx, para realizar debidamente las funciones indicadas en los artículos anteriores y los trabajos y actividades citados en los siguientes.
El equipo de Dirección de Obra estará formado por el Director de Obra (Ingeniero de caminos) designado por la asistencia técnica, en su oferta y como mínimo por el personal que figura en el Anexo nº1 del presente Pliego de Prescripciones Técnicas, como Equipo de Asistencia Técnica para la dirección de obra objeto de este contrato.
10.- RELACIONES DE LA DIRECCIÓN DE OBRA CON TERCEROS.
10.1. Relaciones con el Contratista de Obras y su Personal
Las decisiones y las órdenes al Contratista de Obra corresponden exclusivamente al Director de Obra y al Jefe del Equipo de Asistencia Técnica que lo harán basados en el sentido común y en la buena fe, tratando de interpretar los Xxxxxxx y las instrucciones correspondientes. Se canalizarán a través del Jefe de Obra, o en su caso a través del Delegado de Obra. El contenido de los mismos deberá figurar en las actas de obra, o en el correspondiente Libro de Órdenes o Libro de Incidencias. La comunicación por fax o, preferentemente, por correo electrónico tendrá la misma validez que si figurase en las actas o en los libros citados. De dichas órdenes o instrucciones se dará cuenta mediante copias de las mismas al Responsable del contrato para su conocimiento y efecto en el correspondiente IMSO del mes siguiente.
Si por razón de emergencia el Consultor impartiese órdenes que implicasen una modificación no autorizada del proyecto se remitirá, con carácter de urgencia, una copia de la correspondiente orden al Responsable del contrato.
A instancia de cualquiera de las partes se deberán celebrar reuniones periódicas y
ocasionales, cuyo contenido se refiera al desarrollo y marcha de los trabajos de ejecución de las obras, en las cuales deberá estar presente el Responsable del contrato.
10.2. Relaciones con el Público
El personal de la Dirección de Obra cuidará especialmente el trato con los afectados, y sus representantes, encargados y otro personal, colindantes, organismos, usuarios de la carretera, etc., recabando y dando la información que sea pertinente, solicitando autorización para acceder a las propiedades cuando fuere preciso, de la propiedad o su encargado, identificándose y explicando la razón del acceso, no produciendo daños ni molestias, cuidando que los hitos del replanteo y marcas que hubiera que colocar no constituyan peligro para las personas, ganados o maquinaria, etc.
Si se suscitase alguna reclamación o diferencia, actuará con la máxima corrección.
11.- PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del proyecto es de 4 meses, por lo que se estima la duración del contrato de la dirección de las obras en 5 meses, un mes más del plazo de las obras para la realización de la medición general de las obras, de la certificación final y del informe de liquidación.
12.- DOTACIÓN DEL EQUIPO DE DIRECCIÓN DE OBRAS.
El equipo que el Consultor dedicará a los trabajos de Dirección de Obra y restantes actividades incluidas en este contrato estará formado por una dotación de Personal, unas instalaciones y equipos, y unos medios de locomoción que como mínimo serán los que se especifican en este Pliego. Debe entenderse, en todo caso, que el servicio que se contrata no es una prestación de personal y equipos, y que en algún momento dado puede exigir mayores medios que los mínimos previstos para ser realizada correctamente.
12.1.- Personal
La dotación de personal, titulación y requisitos particulares con que deberá contar el Consultor para la ejecución del contrato, será como mínimo la que figura en el Anexo nº 1, debiendo adecuar la presencia de su personal para atender a las demandas flexibles del trabajo.
El Consultor presentará al Responsable del contrato un organigrama del funcionamiento de la Dirección de Obra en los quince primeros días de vigencia del contrato y posteriormente, siempre que sea preciso introducir algún cambio. Tendrá, así mismo, a disposición del
Responsable del contrato un Libro Registro de Personal, conformado por éste con indicación de altas y bajas motivadas, y relación laboral con el Consultor. Cualquier modificación de personal deberá ser previamente aprobada por el Responsable del contrato.
La jornada de trabajo del personal que realiza su función en la obra será la misma que la del Contratista de la obra, no teniendo derecho a reclamar aumentos de presupuesto por necesidad de mayor dedicación, horas extraordinarias, festivas o nocturnas, etc.
La dedicación prevista inicialmente a la obra es la que figura en el Anexo nº 1. Esta dedicación está planteada sobre la dotación mínima de personas y sobre la duración de los trabajos resultante del Programa de Trabajos del Proyecto. Podrá por tanto modificarse con el plazo de Adjudicación de las Obras, con el Programa de Trabajos definitivo de las Obras, y con la duración real de éstas. En todo caso también podrá mejorarse en la propia oferta.
12.2.- Equipos
Todos los integrantes del equipo contratado irán provistos de teléfono móvil que deberán mantener en todo momento cargado y conectado.
12.3. Vehículos
El Adjudicatario dispondrá de los vehículos mínimos para la realización de su trabajo en las obras, corriendo con todos los gastos de funcionamiento.
12.4. Especialistas externos
El Consultor deberá especificar en su oferta los especialistas, exteriores a su equipo, que realizarán la asesoría técnica y el campo de actuación de los mismos con detalle de su curriculum vitae.
Cuando estime necesario, el Responsable del contrato podrá requerir la asistencia de dicho especialista a la obra, debiendo efectuar la misma en un plazo inferior a diez días hábiles desde el requerimiento del Responsable del contrato.
13.- DESGLOSE DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA.
13.1. Precios básicos
Para obtener el presupuesto de la proposición económica se partirá de los precios básicos en euros/mes del personal y medios incluidos en la oferta, así como de gastos de funcionamiento, mantenimiento, consumo y amortizaciones.
13.2. Precios unitarios
Con los precios básicos, en función de las distintas etapas de la obra y necesidades de personal y medios correspondientes, se elaborarán, siguiendo el programa de trabajos del proyecto, los precios unitarios de los diferentes equipos para cada etapa de la obra.
13.3. Obtención de la oferta económica
Con estos precios unitarios, compuestos por los precios básicos, aplicados a los tiempos previstos para las diferentes etapas y con la adición de las partidas alzadas se compondrá la valoración en “ejecución material” del presupuesto de la oferta.
Para la formación de la valoración del Presupuesto Base de Licitación de la proposición económica se añadirá al presupuesto de “ejecución material” así obtenido el 19% de aumento en concepto de gastos generales y beneficio industrial, así como el 21% de impuesto sobre el valor añadido.
En el Anejo nº 2 se incluye a título orientativo una justificación de la cuantía económica de este contrato.
14.- MEDICIÓN Y ABONO DE LA ASISTENCIA TÉCNICA.
Los trabajos de la asistencia se abonarán mensualmente en base al equipo de personas y medios dispuestos, de acuerdo con la oferta presentada.
El resto de las unidades se abonará según el tiempo de servicios prestados. Si el tiempo fuera inferior a una semana, se abonará la parte proporcional correspondiente de días naturales (incluidos festivos) considerando meses de (30) treinta días.
Si como consecuencia de una modificación aprobada de las obras se produce un aumento del plazo de ejecución de obra autorizado, la administración podrá, si lo considera conveniente, y con el acuerdo del Consultor, tramitar la oportuna modificación del Contrato que recoja el aumento de plazo y en consecuencia la variación de presupuesto por aumento de la unidad correspondiente, sin que ello conlleve variación de los precios unitarios contractuales ni de los precios básicos. Si se produce una disminución del plazo de la obra se producirá una disminución de los meses dispuestos de las personas y equipos, con la consiguiente disminución de abono de la asistencia sin derecho del Adjudicatario a reclamaciones por este motivo.
Si se decreta la suspensión temporal de las obras, el contrato de asistencia para la dirección de obra quedará en suspenso hasta el reinicio de aquéllas. En caso de suspensión definitiva de las obras, el presente contrato de asistencia técnica también quedará suspendido transcurrido el tiempo previsto en este pliego para la realización de las medición y liquidación de las obras controladas. En todo caso tendrá derecho el Consultor a las indemnizaciones que legalmente le correspondan.
15.- PRECIO DEL CONTRATO.
El precio del contrato será el ofertado por el Adjudicatario, que no podrá ser superior a 41.724,38 EUROS (€) (sin IVA).
El precio total máximo se ha establecido teniendo en cuenta los precios unitarios máximos del anexo y las mediciones de las obras previstas. Las mediciones son estimadas por lo que pueden sufrir modificaciones en función de las necesidades de BIDEGI.
En la propuesta se detallarán los precios unitarios ofertados especificando los valores de los precios unitarios que serán vinculantes.
Zarautz, a 07 de julio de 2017
D OTACION DE PERSONAL
1. Dotación mínima de personal a pie de obra que integrará la Asistencia Técnica a la Dirección de Obra:
N º | Profesión | Cargo | Años Experiencia Especifica | Meses de D edicación |
1 | Ingeniero de Caminos Canales y Puertos | Director de las obras | 10 | 5 |
1 | Ingeniero Técnico de Obras Públicas o Aparejador | Control y vigilancia de ejecución de las obras | 5 | 5 |
1 | Auxiliar administrativo | Informes, copias, planos, etc | 3 | 5 |
1 | Asesor de estructuras | Comprobación o dimensionamiento estructural | 10 | 3 |
(*) Podrán ser de profesión similar de igual o superior categoría, pero siempre que quede perfectamente demostrada la experiencia específica.
JUSTIFICACIÓN DE LA CUANTÍA ECONÓMICA
CONCEPTOS | Precio Unitario | Medición | Importe | |
Dedicación | Mes | |||
ICCP-Director de Obra | 9.000 | 25,0% | 5 | 11.250 |
ITOP-Control y vigilancia | 6.500 | 50,0% | 5 | 16.250 |
Administrativo | 2.500 | 12,5% | 5 | 1.563 |
Asesor de estructuras | 8.000 | 25,0% | 3 | 6.000 |
Ppto. Ejecución Material | 35.062,50 |
Gastos Generales y B.I. (19%) | 6.661,88 |
TOTAL | 41.724,38 |
IVA (21%) | 8.762,12 |
Presupuesto de Licitación | 50.486,49 |