Contract
1. | OBJETO |
Constituye el objeto del presente pliego de condiciones técnicas fijar las reglas que deben servir de base para la adjudicación de contrato administrativo especial para el uso privativo para la instalación del chiringuito así como la explotación de los servicios de gestión de bar y mantenimiento del área verde e instalaciones a él vinculadas en Moniello
Conlleva los siguientes cometidos:
- La instalación de la edificación que albergue los servicios xx xxxxxxx, barra, cocina, comedor y zona de bar, conforme a las condiciones que se establecen en el presente pliego.
- La instalación de aseos, bien dentro del volumen del propio local de negocio destinado a bar o bien en un volumen independiente, que alberguen como mínimo dos aseos, uno de ellos accesible.
- La redacción de un Proyecto Básico y de Ejecución de instalación de edificación así como proyecto de adecuación para ser tramitado como Actividad Clasificada cumpliendo toda la normativa de aplicación.
- La tramitación de todas las autorizaciones pertinentes para su instalación
- Obtención del Certificado Final de Obra expedido por técnico competente junto con los certificados de instalación eléctrica, incendios y gas ( éste último en caso de estar instalado)
- La explotación del local con los siguientes contenidos mínimos:
o Servicio de cafetería y de bebidas frías y calientes
o Servicio de comidas ( mínimo bocadillos)
- Cuidar el buen orden del servicio
- Tomar cuantas medias sanitarias establece la legislación vigente para las explotaciones de este tipo.
- El mantenimiento y conservación de las instalaciones.
- El traslado de la fosa séptica hacia una zona no afectada por la Servidumbre xx Xxxxxx de 100m, así como las obras complementarias necesarias para su puesta en funcionamiento y las autorizaciones pertinentes para la ejecución de dichos trabajos.
- La limpieza periódica, tantas veces como sea necesario, de la fosa séptica.
- La apertura, cierre y limpieza periódica de los aseos. Estos servicios deben estar abiertos a disposición de cualquier persona durante el horario de apertura del local.
- El mantenimiento de la zona verde junto con las instalaciones en ella ubicadas delimitada en los planos.
- La instalación de contadores individuales de luz y agua para el uso de bar.
2.
CARACTERÍSTICAS DE LA INSTALACIÓN
La zona objeto de concesión se encuentra dentro de la parcela identificada catastralmente 52025A01400156, ubicada en Moniello, Xxxxx ( polígono 14 parte de la parcela 156), dentro del área recreativa xx Xxxxxxxx, al final de la carretera local GO-2.
El área objeto de cesión cuenta con una superficie de 1.900m².
En la actualidad la parcela cuenta únicamente con volúmenes de planta baja destinados a aseos y a almacén. Se disponen además diversos juegos infantiles y conjuntos de mesas y bancos.
El objeto de este pliego es, entre otros, la instalación de un chiringuito, o varias instalaciones, de superficie total construida no superior a 150m², distribuidos en una única planta, en los que se ubicarán una xxxx xx xxxxxxx, barra, cocina, zona de comedor y zona de bar y aseos
El diseño de la instalación estará en consonancia con el lugar en el que se ubica, en un entorno rural, una xxxx xx xxxx xxxxx xxxxxxxxxxxx xx xx xxxxx xxxxxxxxx. No se permitirá la instalación de elementos publicitarios en el exterior del local.
La cubierta será inclinada, terminada en teja o tégola siempre en color rojizo.
Se representa la zona verde vinculada a la instalación. Aproximadamente 1.900m².
3. | PERMISOS, LICENCIAS Y AUTORIZACIONES |
El adjudicatario presentará un Proyecto Básico y de Ejecución de la instalación junto con un proyecto de adecuación para el servicio de bar. Estos proyectos deberán ser informados favorablemente por la Administración Local.
Los proyectos deberá ser suscritos por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente.
Una vez obtenido el informe favorable del Ayuntamiento, el adjudicatario será el encargado de tramitar todas las licencias, autorizaciones y permisos pertinentes, entre los que se encuentran la tramitación de la instalación como actividad clasificada.
La ejecución de la instalación se llevará a cabo bajo el exclusivo riesgo y responsabilidad del adjudicatario, que deberá designar como Director de las Obras y Coordinadores de Seguridad y Salud a un facultativo competente
Las obras tendrán una duración máxima de 7 meses a contar desde la concesión de las autorizaciones permitentes.
Una vez finalizadas las obras se expedirá Certificado final de obra, que será presentado en el Ayuntamiento junto con los planos final de obra, si existiesen, certificados de la instalación eléctrica e incendios, así como un inventario, indicando marca y modelo de todo el mobiliario y maquinaria instalado en la cocina y xxxx xx xxxxx.
Toda la maquinaria y equipos que se instalen en el local deberán estar homologados y en perfecto estado de funcionamiento, debiendo cumplir sus especificaciones técnicas con la reglamentación que le resulte de aplicación.
4.
SEGUROS
Seguro de responsabilidad civil de la construcción
El adjudicatario o el constructor de la instalación deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil vigente durante el periodo de ejecución de la instalación que ampara de los daños ocasionados durante la misma.
Seguro de responsabilidad multi- riesgo de la actividad.
Antes de la apertura y puesta en funcionamiento de las instalaciones, el concesionario debe suscribir un seguro multi- riesgo de la actividad, con vigencia durante todo el periodo de la concesión que cubra las obras e instalaciones por un capital igual al valor de las mismas, incluido el incendio. Curbirá asi mismo la responsabilidad civil por los daños causados a los usuarios de las instalaciones o a terceros. Todo ello por un valor no inferior a 450.000€.
El concesionario está obligado a presentar un copia al Ayuntamiento xx Xxxxx de la póliza de responsabilidad civil de la construcción y multi-riesgo de la actividad. Sin ellas no se podrá dar inicio a la instalación ni a la actividad respectivamente.
5. | SUMINISTROS |
El concesionario de la instalación deberá gestionar con las compañía suministradoras las acometidas de agua y luz correspondientes, así como cualesquiera otros servicios que se quieran instalar, previa solicitud de la oportuna autorización municipal.
Las servicios con que cuente la instalación y sus zonas aledañas, responsabilidad del licitador, deberán poseer un contador independiente.
6.
OBRAS COMPLEMENTARIAS
El adjudicatario de la concesión estará obligado a la modificación de la ubicación de la fosa séptica, emplazándola fuera de la Servidumbre de Protección xx Xxxxxx, previo a la tramitación de todos los permisos y autorizaciones pertinentes.
La fosa séptica a instalar tendrá una capacidad para 20 personas como mínimo. La fosa séptica en caso de ser prefabricada deberá contar con marcado CE.
En el caso de construirse una fosa séptica in situ se realizará con HA-30/P/20/Qb (hormigón armado; resistencia característica de 30 N/mm2; tipo de consistencia plástica; tamaño de árido 20 mm; exposición a ambiente químico agresivo medio). Los espesores del suelo, paredes y techo han de ser de 225, 100 y 125 mm como mínimo. Se empleará de tubería de PVC de diámetro mínimo 150 mm y 2% de pendiente para la canalización de las aguas residuales a la entrada de la fosa séptica. Antes de la entrada a la misma se dispondrá de una arqueta de registro para resolver posibles atascos en la instalación. El extremo inferior de la pieza en forma de T para la entrada de aguas residuales debe quedar 550 mm por encima del fondo de la fosa séptica. La diferencia xx xxxx recomendada entre el punto de entrada y el de salida de la fosa es de 75 mm. La comunicación entre las cámaras se situará 450 mm por encima del fondo de la fosa séptica. La fosa séptica debe disponer de tapas de registro para efectuar las tareas de mantenimiento, vigilancia y evacuación de lodos. También incorporará un sistema de ventilación que permita la salida de los gases producidos durante la fermentación sin causar molestias. Para este fin, se recomienda la instalación en cada cámara de un conducto de 100 mm de diámetro con tapa conectado directamente a la cubierta.
Se instalarán en todo caso zanjas drenantes a la salida de la fosa séptica formadas por tubería perforada, grava y geotextil, la longitud de las zanjas será al menos 30m.
Se conectarán todos los desagües de la instalación y aseos a la fosa séptica. El concesionario será el responsable de su mantenimiento periódico.
7.
MANTENIMIENTO
El adjudicatario debe mantener en buen estado la porción de parcela de la concesión. Debe conservar, así como mantener el conjunto en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, sufragando todos los costes que se estimen necesarios.
Durante el plazo de la concesión, el adjudicatario está obligado de realizar a su cargo todas las reparaciones, mayores y menores, ordinarias y extraordinarias, que sean necesarias para mantener el conjunto en perfectas condiciones de uso y funcionamiento, a fin de conservarlo en estado de servir al uso al que están destinados.
Una vez concluido el plazo de concesión, el adjudicatario deberá abandonar y dejar libres las instalaciones en perfecto estado de uso. Revertirán al Ayuntamiento el continente de la instalación, así como el mobiliario de la barra y cocina tales como frigoríficos, neveras, cocinas, extractores de humos, freidoras, planchas, máquinas de hacer hielo, cortadoras, etc.. Es decir básicamente todo lo necesario para el funcionamiento de un local de hostelería salvo el menaje pequeño y las mesas y sillas de interior. También revertirán al Ayuntamiento los juegos infantiles que se puedan instalar en el exterior.
8. | HORARIO DE SERVICIOS |
La apertura será obligatoria en el periodo comprendido entre el 00 xx xxxx x xx 00 xx xxxxxxxxxx en horario de 11h a 20h todos los días de la semana, pudiéndose ampliar el horario de apertura según estime el adjudicatario.
El resto del año el establecimiento y área vinculada debe abrirse como mínimo los fines de semana y días festivos en horario de 11h a 20h.
9.
PERSONAL
El adjudicatario dispondrá del personal necesario para la prestación normal de los servicios de bar, siendo la organización del servicio la adecuada para mantener un óptimo nivel de calidad en los servicios objeto de explotación.
El personal necesario para la prestación normal del servicio, así como otro que pueda tomar transitoriamente para determinados casos, será contratado por el adjudicatario, siendo de su cuenta el pago de todas las obligaciones derivadas de estos contratos.
El personal que aporte y utilice el adjudicatario para la explotación objeto de contratación no tendrá derecho alguno frente al Ayuntamiento, ya que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario, quien ostentará todos los derechos y obligaciones en su calidad de empresario respecto del citado personal, con arreglo a la legislación laboral, fiscal y social vigente y a la que en lo sucesivo se pueda promulgar. En ningún caso podrá resultar responsable el Ayuntamiento de las situaciones, discrepancias u obligaciones que se originen entre el adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos o las medidas que se adopten sean como consecuencia directa o indirecta del incumplimiento o interpretación del contrato correspondiente.
El adjudicatario será responsable ante la jurisdicción de lo social de los accidentes que pudieran sobrevenir a su personal por el desempeño de sus funciones, y tal carácter comparecerá ante la mutua de accidentes de trabajo. En este sentido, el adjudicatario dotará a su personal de la formación y los medios de seguridad necesarios, obligándose a cumplir con cuantas disposiciones le sean aplicables en cuanto a seguridad y salud en el trabajo.
La empresa adjudicataria exigirá, en atención a la dignidad, seriedad y calidad del servicio, condiciones excepcionales de presencia, modales, compostura, etc., del personal a su servicio.
10. | LIMPIEZA Y MEDIO AMBIENTE |
La limpieza de local y zona verde vinculada, así como los materiales necesarios para prestar los servicios serán por cuenta de la empresa adjudicataria, quien deberá mantener el nivel de higiene que es exigible en cualquier establecimiento de hostelería.
La limpieza y mantenimiento del local incluye, en todo caso, el de los aseos y mantenimiento de fosa séptica.
El adjudicatario deberá guardar los recibos de la limpieza de la fosa séptica del año en curso y anterior, a fin de garantizar que los residuos se gestionan de forma adecuada.
Los aseos deberán permanecer abiertos como mínimo durante el periodo que se establece en este pliego para la apertura del establecimiento, y podrán ser usados por aquella persona que lo desee, sea o no cliente del local.
El adjudicatario tiene la obligación de mantener las instalaciones y zona verde en las debidas condiciones de limpieza, higiene, seguridad y ornato. A tal efecto, deberá adoptar las medidas necesarias para mantener limpia la zona verde vinculada disponiendo los correspondientes elementos de recogida y almacenamiento de los residuos que pudieran generarse.
Serán por cuenta de la entidad adjudicataria el traslado de los distintos residuos hasta el lugar donde se encuentren los correspondientes contenedores, para su posterior recogida por la empresa concesionaria del Servicio Municipal.
11.
FINALIZACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL
Una vez finalizado el contrato administrativo especial, el adjudicatario se pondrá en contacto con la administración para que ésta compruebe que se recibe la instalación en perfectas condiciones de uso.
Una vez finalizado el contrato revertirán al Ayuntamiento:
- En conjunto de edificaciones que se hayan instalado, según el Proyecto Básico y de Ejecución aprobado en su momento.
- Todas las instalaciones y mobiliario fijo instalado (tanto en el exterior como en el interior)
- El equipamiento y mobiliario de la cocina y de la barra a excepción de la cafetera. Se entiende incluido en este epígrafe, todos los muebles xx xxxxx inoxidable necesarios para la instalación así como los electrodomésticos especiales para hostelería tales como campana extractora, cocina, planchas, freidoras, botelleros, máquina de hacer hielo, lavaplatos, fregaderos, frigoríficos, etc...
- La fosa séptica.