REFORMA CENTRO DE TRATAMIENTO INTENSIVO
Pliego de Condiciones Particulares
LLAMADO DE EXPRESIÓN DE INTERES.
Contrato Nº 7/2022
OBJETO DEL LLAMADO:
REFORMA CENTRO DE TRATAMIENTO INTENSIVO
ESTABLECIMIENTO: HOSPITAL DE MERCEDES
Arquitectos Proyectistas: Arq. Xxxxxx Xxxxxx
(con el asesoramiento del Equipo técnico de la Dirección Arquitectura )
FECHA APERTURA:30/03/2022 (Apertura electrónica)
HORA: 10:00
Primer llamado- PLAZA Costo xxx Xxxxxx: SIN COSTO
INDICE
1- OBJETO DEL LLAMADO 4
2- CONDICIONES DE LA PROPUESTA 4
3- SUBCONTRATOS 6
4- RELACIÓN GENERAL DE OBRAS 7
5- PLAZO Y CRONOGRAMA DE OBRA 8
6- NOMINA DE SUBCONTRATISTAS 8
7- DETALLES 8
8- FLETES 8
9-ANTICIPOS FINANCIEROS Y AJUSTES 9
9- PLAZO DE PAGO DE CERTIFICADOS Y ANTICIPOS FINANCIEROS 10
10- PAGOS Y AJUSTES 10
11- RETENCIONES Y DESCUENTOS EN LOS PAGOS 10
12- RECEPCIONES DE OBRA 10
13- RECEPCIÓN DEFINITIVA 11
14- FORMA DE COTIZAR 12
15- NOTIFICACIÓN AL CONTRATISTA 13
16- FECHA DE INICIACIÓN, ATRASOS Y MULTAS 13
17- AJUSTES DE PRECIOS 14
19- ACLARACIONES Y PRORROGA 15
20- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 16
21- MANTENIMIENTO DE OFERTA 19
22- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN 19
23- MEJORAS DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES 22
24- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 23
25- DE LOS DEPÓSITOS DE GARANTÍA 23
26- PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS 25
27- DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 25
28- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE 27
29- INSTRUCCIONES PARA LAS OBRAS 28
30- LETREROS EN LAS OBRAS 28
31- DE LOS MATERIALES 28
32- VICIOS DE CONSTRUCCIÓN 28
33- CERTIFICADOS PAGOS 29
34- EVALUACIÓN DEL ADJUDICATARIO 31
35- EXCUSACIÓN – ARTICULO 72 TOCAF 31
36- COMUNICACIONES 31
37- ACEPTACIÓN 32
38- NORMAS QUE REGULAN EL PRESENTE LLAMADO 32
ANEXO I – PRESENTACIÓN DE LA OFERTA 33
ANEXO II - ARTÍCULO 46 DEL TOCAF 36
ANEXO II-I ARTÍCULO 46 DEL TOCAF 37
ANEXO III - RECOMENDACIONES SOBRE LA OFERTA EN LÍNEA 38
LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO LLAMA A LLAMADO A EXPRESIÓN DE INTERÉS POR EL SUMINISTRO DE REFERENCIA, SEGÚN LAS CONDICIONES QUE FIGURAN EN EL PRESENTE PLIEGO.
PRIMER LLAMADO PERIÓDICA – PLAZA
1.1- La Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de la UE 30, llama a empresas constructoras de plaza a cotizar precios para la realización de la obra: Reforma Centro de Tratamiento Intensivo Hospital de Mercedes, objeto que se describe ampliamente los distintos recaudos del Proyecto Ejecutivo, Planos técnicos, Memoria Descriptiva y Constructiva Particular, y demás recaudos técnicos proporcionados por la Dirección de Arquitectura de ASSE.
Los oferentes deberán incluir en el presupuesto todos los elementos que consideren necesarios para la realización completa y puesta en funcionamiento de las obras.
No se reconocerán adicionales al presupuesto por elementos que no hayan sido previstos, excepto cuando se originen por causas ocultas o imprevisibles.
1.2 Reunión y visita previa obligatoria :
- Visita previa obligatoria a realizarse el día 15/03/22 a las 10:30 en el Hospital de Mercedes.
Será obligatorio la presencia en dicha reunión de aquellas empresas interesadas en presentarse en el presente llamado. Se labrará un acta de Reunión, para constancia de concurrencia a la misma de los oferentes, que se agregará al expediente por parte de la Administración.
2- CONDICIONES DE LA PROPUESTA
a) Los oferentes deberán presentar su propuesta con el rubrado correspondiente, el que formará parte de la oferta, en las condiciones y forma que se establezcan en los pliegos respectivos pudiendo agregar cualquier otra información complementaria, pero sin omitir ninguna de las exigencias esenciales requeridas tanto en los pliegos, como en los recaudos, planos, rubrados y memorias descriptivas que rigen para el llamado.
La admisión inicial de una propuesta no será obstáculo a su rechazo posterior, si se constata luego defectos que violen los requisitos legales o aquellos sustanciales contenidos en el Pliego.
b) La presentación de una propuesta implica la aceptación de las cláusulas de este Pliego de condiciones y el compromiso liso y llano de ejecución de la obra, sobre entendiéndose que el proponente dispone del material indispensable o que lo adquirirá en el momento oportuno. Las dificultades posteriores en este sentido serán consideradas como resultado de su imprevisión, aplicándose en este caso las disposiciones generales con respecto a pérdidas de garantías y/o multa por atraso en los plazos, según corresponda.
c) Por la cantidad establecida en la propuesta, el Contratista está obligado a ejecutar todos los trabajos estipulados en el proyecto y demás recaudos sin que se sirva de excusa o de derecho alguno, el alegar cálculos erróneos, omisiones, etc., en el metraje detallado que haya presentado.
d) Dentro de la cantidad declarada como importe de la propuesta, se considerarán comprendidos todos los impuestos, derechos, etc. que las Leyes y disposiciones vigentes imponen, como también los costos de inspecciones reglamentarias ante UTE, ANTEL, OSE e INTENDENCIA MUNICIPAL. Se ajustará a lo establecido en la Ley N° 14.411 del 7/8/75 de unificación de aportes (BPS) debiéndose agregar en la propuesta, sin incluir en el presupuesto, la estimación de MONTO IMPONIBLE DE MANO DE OBRA GRAVADA. Al final de la propuesta se incluirá el I.V.A.
e) Los Montos Imponibles por concepto xx Xxxxx Sociales que los oferentes indiquen en sus propuestas, no podrán ser inferiores a los que resulten de la aplicación del porcentaje de la incidencia de mano de obra, explicitada en el rubrado. La empresa tiene obligación de realizar la presentación de planillas de actividad hasta 2 (dos) días hábiles antes del vencimiento de los plazos legales, en el Dirección de Arquitectura e Infraestructura de ASSE y de no ser así, las multas y recargos por presentación fuera de fecha de las planillas ante el B.P.S. serán de cargo del Contratista y se deducirán en el pago del avance correspondiente. - No se procesarán certificados de obra sin la constancia de la presentación de dicha planilla por el periodo inmediatamente anterior al del certificado a tramitar.
f) Las Leyes Sociales que paga la Comisión respecto al monto imponible declarado, será el porcentaje determinado por el BPS para el aporte unificado de la construcción ( Ley 14.411 del 7/8/1975 y reglamentado por el decreto 951/975) vigente a la fecha de apertura. Del monto imponible declarado en la oferta se descontarán los pagos de las facturas ante el BPS.- Los importes que excedan una vez agotado el monto de referencia, serán de cuenta del Contratista, las que serán descontadas de los pagos por avance pendientes o del 5% de garantía retenido. Una vez agotado el monto aplicado para las leyes
sociales en base al monto imponible declarado en la oferta, incluido los montos de imprevistos y adicionales, no se aplicará ajuste alguno.-
g) Será de cargo del Contratista el trámite y los impuestos que provengan de la colocación xx xxxxxxxx y pasarelas en la vía pública, como también los trámites ante UTE y ANTEL por retiro de líneas o inspecciones reglamentarias.
h) El Contratista tomará a su cargo las construcciones necesarias para proteger el paso o entrada de personal al sector de obras y aislar éste del resto del establecimiento.
i) Todo trabajo o elemento indicado en alguna de las piezas integrantes de los recaudos (planos, planillas, memorias, pliegos), aunque haya sido omitido en las restantes, deberá ser incluido en la propuesta, de tal modo que si algún rubro o trabajo solicitado en los recaudos no apareciera expresamente desglosado, se considerará incluido en la misma, por lo que se exigirá su realización.
El Contratista podrá subcontratar con arreglo a la ley los trabajos especiales, debiendo someter a la aprobación del Propietario, la nómina, capacidad y antecedentes de los Subcontratistas a emplear, los cuales no podrán iniciar sus trabajos hasta haber obtenido la correspondiente aprobación. A estos efectos, el Contratista junto con la oferta, adjuntará el listado de Subcontratistas que propone. En todos los casos el Propietario se reserva el derecho de rechazar a los Subcontratistas propuestos por la Empresa, lo que se le comunicará al Adjudicatario conjuntamente con la notificación de aceptación de su propuesta.
Ningún subcontrato autorizado por el Propietario, eximirá al Contratista de las obligaciones y responsabilidades derivadas del Contrato.
La responsabilidad emergente de las obras subcontratadas le corresponderá al Contratista como si las hubiera ejecutado directamente.
Una vez adjudicada la Obra, el Contratista estará obligado a dar intervención a los Subcontratistas que haya indicado en su propuesta, no pudiendo sustituirlos sin consentimiento del Propietario.
Toda sustitución de Subcontratistas. deberá solicitarse por escrito expresando sus causas, proponiendo el nombre de la firma reemplazante e indicando sus antecedentes.
Fuera de los subcontratos autorizados por el Propietario, el Contratista no podrá subcontratar con terceros la totalidad ni parte del contrato, sin la autorización expresa y escrita del Propietario y de acuerdo con las condiciones que éste apruebe.
Los Subcontratistas no podrán formular directamente reclamación ni petición alguna al Propietario.
El Propietario podrá exigir en cualquier momento, y sin responsabilidad de su parte, la rescisión de aquellos contratos cuyos Subcontratistas no cumplan a satisfacción de la Dirección de la Obra, las obligaciones asumidas. En tales casos el Contratista deberá sustituir al Subcontratista por otro a satisfacción del Propietario.
4- RELACIÓN GENERAL DE OBRAS:
a) Este llamado se hace por el precio total de las obras a contratarse; pero el oferente acompañará una relación con los precios globales de todos los renglones correspondientes a las distintas partes de la obra proyectada; agregando las que juzgue necesarias para la construcción total de la obra licitada.
b) En cada uno de los rubros de esta relación, el oferente indicará los precios unitarios y los metrajes que sirvieron para formularlos. La suma de estas partidas más el IVA, coincidirá con el monto total declarado en su propuesta, como también cada rubro será el producto de precio unitario por metraje; de no verificar ambas operaciones la Comisión se reserva el derecho de anular la propuesta.
c) Cada uno de los precios indicados en esta relación deberá formularse teniendo en cuenta que el valor declarado comprende los costos de todas las providencias constructivas que surjan para la ejecución del trabajo, que corresponde a la parte de la obra a que se refiere dicho precio, tales como andamios, útiles, apuntalamientos, máquinas y contralor, administración, utilidades, garantías, descuentos, pensiones, etc.
d) Esta relación comprenderá los renglones que se muestran en planilla adjunta, utilizando los mismos números y nombres del rubro.
El contratista deberá ajustarse al máximo al redactar su propuesta a la relación de obra.
De no corresponder en este llamado algunos de estos rubros, no se incluirán en la propuesta y en caso de existir otros no incluidos se detallarán en rubro aparte o en la denominación "varios".
e) En la propuesta deberá estar contemplado el laudo vigente a la fecha de apertura.
5- PLAZO Y CRONOGRAMA DE OBRA:
a) El plazo de obra deberá estipularse en la oferta. Dicho plazo se contará desde la fecha de Iniciación de las Obras, hasta la fecha de la Recepción Provisoria de las mismas. El plazo de obra a estipular en la oferta deberá establecerse en días hábiles, de no establecerse expresamente en la oferta, la Comisión tomará el plazo como días hábiles.
b) El Contratista presentará un cronograma detallado de Obra, en el cual la suma de los montos mensuales coincidirá con el monto total.
La Comisión controlará que se cumpla con el cronograma de obra presentado. En el caso que no se cumpla con los plazos establecidos en el mismo por razones ajenas a la misma o por causas injustificadas, se aplicarán las multas que correspondan sobre el monto no cumplido en el plazo.
6- NOMINA DE SUBCONTRATISTAS:
El oferente debe incluir en su propuesta una nómina de Subcontratistas, no pudiendo ser sustituidos sin previa autorización de la Comisión. En este caso lo solicitará por escrito expresando además del nombre del Subcontratista las causas de la sustitución, sin dar esto derecho a la modificación del monto del rubro.
Del mismo modo el propietario podrá pedir cambio del Subcontratista en las mismas condiciones.
Toda omisión de detalle en el Proyecto, Memoria y Pliego de Condiciones que no altere las condiciones del contrato será resuelta por el Director de la Obra, a cuyas indicaciones u órdenes se sujetará el Contratista.
En todos los casos se especificará en la propuesta si el precio de cada material es puesto en obra. De lo contrario se pasarán los fletes como rubro aparte y se liquidarán como los materiales.
9-ANTICIPOS FINANCIEROS Y AJUSTES:
El anticipo financiero se solicitará al comienzo de la obra, por nota dirigida a la Comisión.
El Propietario decidirá a su exclusivo juicio, la conveniencia de entregar un adelanto financiero y el monto del mismo.- Este adelanto financiero no podrá superar hasta el 30% del valor total del Contrato y se calculará sobre el sub total sin IVA. El anticipo se pagará contra recibo.-No se facturará.-
El pago del adelanto financiero por el Propietario comportará automáticamente la congelación del monto equivalente del Contrato, a partir de la fecha de su formalización. A tal efecto se deducirá del monto contractual sometido a reajuste por variaciones de costos, la parte acordada y adelantada. El pago del adelanto se hará dentro de los treinta días de recibida la nota de solicitud.-
El monto de la garantía a presentar por el oferente sobre el adelanto financiero deberá ser del 100% del valor anticipado.
Los depósitos de garantía por adelanto financiero deberán hacerse en avales bancarios, pólizas del Banco de Seguros del Estado o Aseguradoras habilitadas por el BCU, en Unidades Reajustables, Dólares ó Moneda Nacional, a favor de
A.S.S.E. - Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de Unidad 030 o certificación bancaria de que existe fondos depositados a la orden de
A.S.S.E. - Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de Unidad 030 en esa Institución.
Los documentos expedidos por Instituciones privadas deberán venir con certificación de firmas por escribano público. En los casos que los documentos de depósito establezcan fecha de vencimiento, la misma no podrá ser inferior a un año a contar de la fecha de adjudicación.- En el caso que el plazo de la obra supere el periodo de un año se deberá presentar nueva póliza.-
Esta póliza será devuelta una vez deducido de los avances el monto adelantado.-
La Comisión con el informe del Arquitecto responsable y de acuerdo a la magnitud de las Ampliaciones que tuviera la Obra principal, se reserva el derecho de otorgar otros anticipos, los que se solicitarán con la misma formalidad y en las condiciones ya establecidas.-
El ajuste sobre el anticipo financiero se realizará con la misma fórmula que los avances, siendo el IGCCo = Índice General de Costos de la Construcción (proporcionado por la Dirección Nacional de Estadística y Censo), correspondiente al penúltimo mes de la fecha de apertura de la licitación (2 meses antes) y el IGCC correspondiente al mes de la fecha de pago efectivo del anticipo
*Previo al pago del anticipo la firma adjudicataria deberá haber inscrito la Obra en el BPS y presentar la constancia extendida por la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social de haber inscrito la Obra en el respectivo Registro (Dcto.481 del 19/10/09)
9- PLAZO DE PAGO DE CERTIFICADOS Y ANTICIPOS FINANCIEROS:
El plazo de pago computado a partir del día siguiente de la facturación, luego de la aprobación por parte de la Supervisión de Obras y por el Contratista y de realizada la liquidación correspondiente, se establece en el Numeral 33.
En los casos que la obra no se terminara en la fecha estipulada por causas imputables al Contratista, la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras no le abonará al mismo las diferencias por ajustes en los precios de los meses posteriores a esa fecha ajustándose en este caso las diferencias de precios de adjudicación a la fecha prevista de terminación de las obras.
11- RETENCIONES Y DESCUENTOS EN LOS PAGOS:
Se descontará de cada certificado de pago el porcentaje que fija el Numeral 4 inciso c) por concepto de refuerzos de garantía, el que se calculará sobre el total del avance IVA incluido.- En el caso que correspondiere se aplicará lo establecido en el Numeral 16 inciso b) y c).
a) Las Recepciones Provisorias de cada una de las etapas de obra y la Recepción Definitiva deberán ser solicitadas por el Contratista por escrito, en papel membretado, con copia en papel simple.
b) Al solicitar la Recepción Provisoria de cada etapa de las obras, los trabajos deberán resultar completamente terminados y ejecutados, hasta en su más mínimo detalle, con la mayor prolijidad, haciéndose entrega de la obra con las instalaciones en perfecto estado de funcionamiento y absoluta limpieza xx xxxxxxx, zócalos, pisos, etc.
De efectuarse observaciones por parte de la Comisión n el tiempo que insuma el levantamiento de las mismas, se contabilizará en el plazo de obra original e incidirá en el plazo para otorgar la recepción definitiva.
c) No se realizará el acta de recepción provisoria sin la presentación del formulario de suspensión de obra (F9) firmado por la Empresa para presentar a posteriori de realizada el acta, ante el BPS.
d) También con la Recepción Provisoria de cada etapa, el Contratista entregará por duplicado el plano detallado y completo de todas las instalaciones realizadas (Sanitaria, Eléctrica, Calefacción, Datos y Tensiones Débiles, Instalaciones específicas medidas contra Incendio, Señalética, etc.) tal como han sido construidas y con ubicación de llaves xx xxxxx en el caso que de los servicios que lleven . En caso de no presentar los mismos no se podrá efectuar la Recepción Provisoria. Culminadas todas las recepciones provisorias el Contratista deberá solicitar al Arquitecto responsable la Planilla de “EVALUACIÓN Y ACTUACIÓN DE EMPRESAS CONSTRUCTORAS”.
e) Al solicitar la Recepción Definitiva el Contratista deberá presentar los certificados que acrediten que se encuentren al día con todas sus obligaciones.
El plazo mínimo de recepción definitiva será igual al que se emplea en construir la obra, desde que se inicia la 1a. etapa hasta que termine la totalidad de las mismas y se contará a partir de la fecha de la última recepción provisoria.
El plazo mínimo de Recepción Definitiva en ningún caso podrá ser inferior a 6 (seis) meses.
Durante este plazo, el Contratista está obligado a realizar todos los trabajos que se relacion en con la reparación y perfecto estado de la obra. Si no los iniciara dentro del término de 5 (cinco) días después de la respectiva comunicación o no los terminará en el plazo a fijarse, o no lo hiciera a satisfacción de la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras, ésta los realizará por cuenta de aquel, con cargo a la suma que se le adeuda y a la garantía del contrato retenida, cargándose además todos los gastos que se originen. Cuando a juicio de la Comisión, la naturaleza de los trabajos a efectuarse por concepto de arreglos, reparaciones, etc. requieran un período mayor de observación de las
obras, el plazo fijado para la recepción definitiva se empezará a contar desde la fecha del último arreglo por cuenta del Contratista.
Una vez realizada la recepción definitiva la Comisión no aceptará reclamos económicos que modifiquen el contrato original.
13.1- Se deberá cotizar en línea, en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, precio por el total de la obra, en pesos uruguayos, indicando por separado los impuestos. En caso contrario se considerarán los impuestos incluidos en el precio ofertado.
Deberá completar ANEXO I – Presentación de la oferta
Se deberá establecer el monto total de la oferta, impuestos incluidos, para el periodo solicitado.
La única oferta válida será la presentada en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales.
Los precios y cotizaciones deberán ser inequívocamente asociables (corresponder) con el ítem ofertado. Cualquier incongruencia al respecto podrá dar lugar a la descalificación de la oferta.
Cotizar bajo la modalidad: CRÉDITO
Para la comparación de precios se tomará en cuenta el valor de la cotización xxx xxxxx vendedor al día anterior a la fecha de apertura.
✓ NO SE ACEPTAN COTIZACIONES ALTERNATIVAS, NI VARIANTES. En caso de presentarlas, sólo se considerará la oferta indicada como básica o en su defecto, la ubicada en el primer orden de la cotización en línea.
✓ NO SE ACEPTARAN OFERTAS QUE INCLUYAN INTERESES POR XXXX o ajustes por pago fuera de fecha. Si la factura contuviera impresa alguna referencia a esos extremos, por el solo hecho de presentar oferta, se entiende que las firmas aceptan que la Comisión anule dicha referencia mediante sello u otro medio similar en forma previa a su tramitación.
15- NOTIFICACIÓN AL CONTRATISTA:
Una vez adjudicada la ejecución de la obra se notificará y emplazará al adjudicatario a presentarse dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En ese momento deberá acreditar, con el certificado respectivo, haber hecho el depósito de garantía de cumplimiento de contrato.
En caso de no presentarse, la Comisión podrá dejar sin efecto la adjudicación y podrá
ejecutar la garantía de mantenimiento de oferta.-
Toda comunicación entre las partes se hará por telegrama colacionado, carta con aviso de retorno, facsímil o cualquier otro medio fehaciente.-
16- FECHA DE INICIACIÓN, ATRASOS Y MULTAS:
a) El contratista dará comienzo a los trabajos dentro del plazo de 10 (DIEZ) días calendario que siguen a la notificación de la adjudicación de la obra.
b) Dentro del plazo establecido para comenzar la obra, la empresa adjudicataria deberá presentar ante la Dirección de Arquitectura e Infraestructura la documentación correspondiente para la inscripción de la Obra ante el BPS.- No podrá iniciarse la obra sin el número de registro ante el BPS. El no cumplimiento de esta instancia será motivo de sanción a determinar por la Comisión y es responsabilidad del adjudicatario ante cualquier organismo público, de las consecuencias de tal proceder.-
c) El contratista deberá ejecutar mensualmente la etapa correspondiente al cronograma de obra; en caso de no cumplirlo se aplicará una retención equivalente a la multa estipulada en el inciso siguiente la que se devolverá en el caso que se cumpla con el plazo establecido en la oferta para cada etapa o sector.-
d) Por cada día calendario de demora en la entrega de la obra, se aplicará al Contratista una multa que representa el
5% Valor total de la obra (oferta original SIN IVA). Días de plazo (plazo de oferta original)
La Comisión se reserva el derecho en caso de reiteración o de la magnitud del perjuicio que ocasione el atraso de las obras, de aumentar el porcentaje hasta un 10%
e) Para conformar atrasos justificados a efectos de prolongación del plazo, el certificado de avance correspondiente se acompañará del detalle de los días de atraso y sus causales. Para los atrasos por lluvia se acompañará del informe oficial de Meteorología
f) Si el atraso en las obras perjudica el normal funcionamiento de la prestación de servicios de la Institución o supera el 30% del plazo original la Comisión se reserva el derecho de rescindir el contrato.
g) Cuando el atraso en los plazos fuera por responsabilidad del contratista, además de la multa, el contratista se hará cargo de los honorarios del Director de Obra que se designe por el plazo de atraso.-
h) El abandono de la obra por más de treinta días calendario hará incurrir al contratista en responsabilidad constituyendo causal de rescisión del Contrato, sin perjuicio de la pérdida del depósito de garantía y de los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento lo que podrá ameritar encomendar la realización del objeto del contrato por un tercero a cuenta del adjudicatario omiso.
Las diferencias en el precio de los materiales, jornales y costo de vida se liquidarán mensualmente, posteriormente a los certificados de obra, a solicitud del Contratista en la forma siguiente:
P=Po (IGCC)
IGCCo
P= Valor de obra realizada en el mes, actualizado.
Po = Valor de obra realizada en el mes, a precio de oferta.
IGCC = Índice General de Costos de la Construcción (proporcionado por la Dirección Nacional de Estadística y Censo), correspondiente a dos meses antes del mes de obra.
IGCCo = Índice General de Costos de la Construcción (proporcionado por la Dirección Nacional de Estadística y Censo), correspondiente a dos meses antes de la fecha de apertura de la licitación.
Los ajustes de precios se harán mediante la aplicación del IGCC (Índice General de Costos de la Construcción), que brinda la Dirección Nacional de Estadísticas y Censos.
Los ajuste de jornales se harán de acuerdo al índice aprobado por los consejo de salarios del grupo correspondiente
Los ajustes de salarios por aportes se harán por el Índice General decretado por el Consejo de Salarios para la rama de la construcción.
19- ACLARACIONES Y PRORROGA:
Aclaraciones al pliego: Los oferentes podrán solicitarlas por escrito hasta seis (5) días hábiles antes de la fecha establecida para la apertura ante el Departamento de Adquisiciones de ASSE, teniendo la Comisión un plazo de 48 horas para evacuar las mismas.
Prórroga de la fecha de apertura de ofertas: Para solicitar prórroga de la fecha de apertura, deberá presentarse la solicitud por escrito con una antelación cinco (5) días hábiles antes a la fecha fijada para la apertura, acompañada de un depósito a favor de la Comisión equivalente a 10 Unidades Reajustables. La prórroga será resuelta por la Comisión, según su exclusivo criterio.
En ambos casos, vencidos los términos mencionados, esta Comisión no estará obligada a pronunciarse.
A todos los efectos de comunicación, se pone a disposición de los interesados la siguiente vía de contacto:
• Correo electrónico: xxxxx.xxxxxx @xxxx.xxx.xx y xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
• Se requiere que el oferente identifique claramente el número y objeto del presente contrato al momento de realizar una comunicación mediante la casilla de correo indicada anteriormente.
Todas aquellas modificaciones al pliego, aclaraciones y respuestas a consultas, que puedan surgir de parte de las firmas y/o de la Comisión serán publicadas en la página web de compras estatales.
Es responsabilidad de las empresas interesadas el consultar periódicamente dicho medio a fin de tomar conocimiento y notificarse de la misma, sin perjuicio que la Comisión notifique al interesado que realizó la consulta y/o solicitó la prórroga de la fecha de apertura de ofertas.
20- PRESENTACIÓN DE LA OFERTA:
20.1- Las propuestas serán recibidas únicamente en línea, tener en cuenta las siguientes consideraciones:
Los oferentes deberán ingresar sus ofertas (económicas y técnica completas en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. No se recibirán ofertas por otra vía. Se adjunta en Anexo III el instructivo con recomendaciones sobre la oferta en línea y accesos a los materiales de ayuda disponibles.
La documentación electrónica adjunta de la oferta se ingresará en archivos con formato pdf, así como en los formatos establecidos en Anexo III, sin contraseñas ni bloqueos para su impresión o copiado. Cuando el oferente deba agregar en su oferta un documento o certificado cuyo original solo exista en soporte papel, deberá digitalizar el mismo (escanearlo) y subirlo con el resto de su oferta.
En caso de resultar adjudicatario, y en caso que la Comisión lo requiera, deberá exhibir el documento o certificados originales.
Los oferentes incluirán en el campo “Observaciones” toda aquella información que considere necesario.
Las ofertas deberán ser redactadas en idioma castellano.
En caso de discrepancias entre la cotización ingresada manualmente por el oferente en la Tabla de Cotización del sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, y la oferta ingresada como archivo adjunto en dicho sitio, valdrá lo cotizado en línea.
A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), conforme a lo dispuesto por los Artículos 46 y 76 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado y el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 155/2013 de 21 xx xxxx de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO y ACTIVO.
En virtud de lo establecido en los artículos 9 y siguientes del Decreto mencionado, el registro en XXXX se realiza directamente por el proveedor vía internet, por única vez, quedando el mismo habilitado para ofertar en los llamados convocados por todo el Estado. Podrá obtenerse la información necesaria para dicho registro en xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxxxxxxx- estado/comunicacion/publicaciones/guias-para-inscripcion-xxxx
Para culminar el proceso de inscripción, según lo dispuesto en la normativa referida, el interesado deberá exhibir la documentación correspondiente en forma presencial, para lo cual deberá asistir a un punto de atención personalizada (ver lista de puntos de atención personalizada). El proceso culmina con la validación de la documentación aportada por el proveedor, por parte de un Escribano Público del Estado y la consiguiente obtención del estado “ACTIVO” en XXXX.
La apertura de ofertas se realizará en forma automática, el día y hora establecida, y el acta de apertura será publicada automáticamente en el sitio web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx. Simultáneamente se remitirá a la dirección electrónica previamente registrada por cada oferente en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), la comunicación de publicación del acta.
A partir de ese momento, las ofertas quedarán accesibles para la Comisión contratante , no pudiendo introducirse modificación alguna en las propuestas.
Asimismo, las ofertas quedarán disponibles para todos los oferentes, con excepción de aquella información ingresada con carácter confidencial.
Los oferentes podrán formular observaciones respecto de las ofertas dentro de un plazo de 2 días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la fecha de apertura. En caso de que las hubieren, las observaciones deberán ser cursadas a través de la dirección de correo xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx y remitidos por la Comisión contratante a todos los proveedores para su conocimiento.
a) Declaración Jurada del oferente de no ingresar en la incompatibilidad prevista en el Art 46 del TOCAF. En caso de tratarse de consorcios (constituido o a constituirse), dicha Declaración deberá presentarse por cada una de las empresas. Anexo II y/o Anexo II-i (en caso de corresponder). La Declaración Jurada deberá ser firmada por representante autorizado en RUPE.
b) Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Empresas del Ministerio de Transportes y Obras Públicas (art. 15 Dcto. 208/009 del 4 xx xxxx de 2009) y Certificado de Capacidad de Contratación (VECA) expedido por el mencionado Registro (este último podrá ser presentado al momento de la adjudicación).
c) Cronograma de obra y plazo de Obras.
d) Contar con un Representante Técnico (arquitecto o ingeniero) que se declarará en la oferta presentando el título habilitante, constancia de estar al día con la caja profesional o si es dependiente, planilla de trabajo donde consten sus datos.
e) Quienes se amparen a las normas de protección a la industria nacional deberán presentar Declaración Jurada Anexo X xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de Obra Pública.
f) “Resumen de confidencialidad” para el caso de presentar información confidencial conforme lo dispuesto en el Decreto N.º 232/2010.
g) Documentación que acredite lo solicitado en el numeral 22) “Evaluación de las ofertas y Adjudicación”.
h) Documento de depósito de garantía de mantenimiento de oferta en caso de corresponder según lo establecido en la cláusula referida a Garantías, documentación a presentar original y copia.
Importante: Se verificará que la persona/s que firmen la oferta (los formularios, las planillas de cotización de precios, así como cualquier otro documento que corresponda) y comparezca a lo largo del procedimiento licitatorio en representación de la empresa, esté acreditado en XXXX en calidad de titular o representante autorizado a esos efectos. En caso que al momento de la apertura la misma no se encuentre en XXXX, la Comisión podrá otorgar el plazo dispuesto en el Artículo 65, Inciso 7 del Tocaf a efectos de que el proveedor realice las gestiones pertinentes al respecto.
La Comisión podrá otorgar el plazo antes mencionado para salvar defectos, carencias formales o errores evidentes o de escasa importancia, el oferente deberá agregar en línea la documentación solicitada. No serán consideradas las ofertas que vencido dicho plazo no hubieran subsanado dichos errores, carencias u omisiones señaladas.
No se admitirá que una empresa oferte en un mismo llamado por sí y a su vez integrando una persona jurídica o un consorcio (constituido o a constituirse) con otra empresa oferente (Art. 4 Literal E) de la Ley N.º 18.159- Ley de Promoción y Defensa de la Competencia).
Los oferentes deberán mantener su oferta por el plazo de 150 (ciento cincuenta) días. Vencido dicho plazo, la vigencia de las ofertas se considerará automáticamente renovada por igual periodo, salvo manifestación expresa en contrario por parte de los oferentes, cursada con 30 días de anticipación al vencimiento de 150 (ciento cincuenta) días indicado.
22- EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN:
La evaluación de las ofertas será mediante PONDERACIÓN; la comparación de las ofertas para su posterior adjudicación, se efectuará al oferente que aportando la información solicitada, ajustándose en un todo a las Condiciones xxx Xxxxxx, cumpliendo con los requisitos del mismo, que obtenga el mayor puntaje de ponderación de acuerdo a los porcentajes que se describen a continuación.
Factores de ponderación:
1) Precio de 1 a 10 puntos, siendo 10 el de menor precio. El resto se puntuará por regla de tres inversa.
2) Antecedentes: Se considerarán los antecedentes de obras realizadas, similares a la licitada, en los últimos 5 años.- Otorgándole un máximo de 10 puntos, según la siguiente distribución:
a) Un punto por cada obra de la misma tipología y similar en área (>a300, >a800 y >a2000 metros cuadrados intervenidos) hasta un máximo de 4 puntos.
b) Un punto por cada obra vinculada a la Salud hasta un máximo de 3 puntos.
c) Un punto por cada obra general, no consideradas en los items anteriores hasta un máximo de 3 puntos
Los puntos serán adjudicados por obra según clasificación, con el tope máximo especificado. Para el caso de no presentar antecedentes documentados o no tenerlos , se puntuará con cero.
Se deberá presentar nómina de obras realizadas, con referencias y número telefónico de contacto.
La forma de presentación de la información de antecedentes será de la siguiente:
Descripción de la obra | Periodo | Contratante | Monto | M2 | REFERENCIA O CONTACTO |
3) Plazo. La Comisión considera que el plazo óptimo de la obra es de 18 meses calendario. A efectos de otorgar puntos se dará 10 puntos a las obras que se realicen en el plazo establecido o menor, distribuyendo los puntos de las ofertas con distinto plazo de acuerdo a regla de tres inversa.
Establecer el plazo de obra es de carácter obligatorio.
A efectos de la clasificación de los oferentes, el precio incidirá en un 55%. los antecedentes en un 20% y el plazo en un 25%.-
⚫ No será considerada la propuesta que no incluya la totalidad de los rubros que integran la obra, como también en caso de no presentar la totalidad de la documentación solicitada.
⚫ Las Administración verificará la exactitud de la información aportada por los oferentes
- Una vez propuesta la adjudicación por parte de la Dirección de Arquitectura e Infraestructura de ASSE y previo al dictado de la resolución correspondiente, la Comisión controlará que el/los proveedor/es propuesto/s:
• se encuentre/n inscripta en el XXXX en estado ACTIVO, así como que los certificados fiscales (certificado único DGI y común BPS) estén vigentes.
En caso contrario, la Comisión otorgará un plazo de 3 días a fin de que el/los mismo/s adquiera/n dicho estado y/o cuente/n con los certificados mencionados vigentes, bajo apercibimiento de adjudicar el llamado al siguiente mejor oferente en caso de no cumplirse este requerimiento en el plazo mencionado.
Es responsabilidad del proveedor mantener actualizada y vigente su información personal obrante en el XXXX, ingresando sus modificaciones y acreditando las mismas mediante la documentación que corresponda.
Las consecuencias que puedan resultar del uso por parte de la Comisión de información personal incorrecta, inexacta o desactualizada obrante en el XXXX, serán de entera responsabilidad del proveedor que haya aportado la misma u omitido hacerlo (Art. 14 Decreto 155/013).
• que el titular de la/s empresa/s unipersonal/es o los directores y administradores de las personas jurídicas, en su caso, no se encuentren inscriptos como deudores alimentarios (Art. 3° Ley 18244).
• que no cuente/n con:
- Advertencia alguna registrada en el XXXX por el mismo objeto del presente llamado en los últimos seis meses.
- Multa alguna registrada en el XXXX por el mismo objeto del presente llamado en los últimos doce meses.
- Suspensión alguna por cualquier plazo registrada en el XXXX por el mismo objeto del presente llamado en los últimos dieciocho meses.
- Suspensión por XXXX alguna por cualquier plazo registrada en el XXXX por el mismo objeto del presente llamado en los últimos veinticuatro meses.
- Incumplimiento alguno que hubiera motivado la rescisión del contrato con el mismo objeto del presente llamado registrado en el XXXX en los últimos treinta meses.
- Referente a empresas oferentes que deseen acogerse a los beneficios o márgenes de preferencia:
Se aplicará el margen de preferencia de acuerdo a lo establecido en el numeral
11.5.1 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Obra Pública Dec. 257/015 y modificaciones del Decreto 171/016.
LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO SE RESERVA EL DERECHO DE ADJUDICAR TOTAL O PARCIALMENTE EL LLAMADO O DEJAR SIN EFECTO EL MISMO EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCEDIMIENTO SEGÚN SE ESTIME CONVENIENTE A LOS INTERESES DE ESTA ADMINISTRACIÓN.
23- MEJORAS DE OFERTAS y NEGOCIACIONES:
Cuando se presenten dos o más ofertas de calificación similar la Comisión podrá invitar a los oferentes a mejorar sus ofertas, otorgándoles un plazo no menor a dos días hábiles para presentarlas.
Se consideran ofertas con calificación similar aquellas que no difieran en más de un 5% de la mejor calificada de acuerdo a los criterios cuantificados definidos en el Pliego Particular de Condiciones.
Dicha solicitud de mejora se formalizará por escrito, remitiéndose la misma a la dirección de correo correo electrónico que luce en el XXXX, con las condiciones correspondientes para su presentación.
En caso que se presenten ofertas similares, la Comisión podrá entablar negociaciones con los respectivos oferentes a efectos de obtener mejores condiciones técnicas, de calidad o precio.
Si los precios de la o las ofertas recibidas son considerados manifiestamente inconvenientes, la Comisión podrá solicitar directamente mejoras en sus condiciones técnicas, de precio, plazo o calidad.
24- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
El contrato se perfeccionará con la notificación al oferente del acto de adjudicación.
25- DE LOS DEPÓSITOS DE GARANTÍA:
− Aquellos oferentes cuyas ofertas (impuestos incluidos) superen el monto máximo establecido para las Licitaciones Abreviadas deberán presentar con carácter obligatorio depósito de garantía de mantenimiento de oferta por una suma de $ 220.240,00 (pesos uruguayos doscientos veinte mil doscientos cuarenta con 00/100).
− Los oferentes deberán realizar los depósitos de mantenimiento de oferta previo al acto de apertura en virtud del carácter obligatorio de dicho depósito declarado por la Administración de acuerdo a lo establecido por el art. 64 del TOCAF. En caso de tratarse de consorcio a constituirse bastará con la acreditación de la referida documentación por cualquiera de sus integrantes.
− Los adjudicatarios cuyo monto de adjudicación supere el 40% del monto máximo de la LA considerando a tales efectos impuestos incluidos deberán presentar dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación definitiva depósito de garantía de fiel cumplimiento del contrato por un monto equivalente al 5% de la adjudicación por el plazo original más sus respectivas prórrogas.
− Los depósitos deberán efectuarse a favor de Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras de Unidad 030, en efectivo o transferencia bancaria (solicitar número de cuenta), avales bancarios, póliza de Seguro o certificación bancaria, de que en la Institución existen fondos depositados en moneda nacional ó en dólares americanos, a la orden de la Comisión. Será carga del oferente proporcionar a la Comisión los datos que le permitan identificar el depósito de mantenimiento de oferta en forma previa a la apertura. Los documentos expedidos por bancos privados deberán contener firmas certificadas por escribano público.
− En los casos que los documentos de depósito de mantenimiento de oferta establezcan fecha de vencimiento la misma no deberá ser inferior a ciento cincuenta días, y deberán encontrarse vigentes hasta el comienzo de la ejecución de la contratación.
− La garantía de fiel cumplimiento deberá encontrarse vigente durante todo el período de la contratación. En caso de vencimiento sin haber finalizado el contrato, el proveedor deberá renovar la garantía con una antelación mínima de 30 días.
− En el caso que se adjudiquen adicionales o imprevistos, se deberá garantizar el 5% del monto adicional adjudicado. Esta garantía se destina a asegurar los arreglos y reparaciones que deban efectuar el Contratista, directamente a su cargo, en el plazo comprendido entre la Recepción Provisoria y la Definitiva. Esto no exime al Contratista de la obligación de efectuar por su cuenta reparaciones durante el plazo de garantía y el correspondiente a su responsabilidad decenal u otra que deriven del cumplimiento del contrato. Esta garantía será devuelta después de la Recepción Provisoria, siempre y cuando no haya observaciones. Si hubiera observaciones se liberará una vez que se levanten en tiempo y forma. De no cumplirse con los plazos otorgados para el levantamiento de las observaciones se devolverá en la Recepción Definitiva
− REFUERZO DE GARANTÍA: De cada certificado de pago por avance de obra ejecutada se retendrá un 5% (cinco por ciento) en efectivo o en su defecto el adjudicatario podrá solicitar por escrito antes del inicio de la obra, que se le acepte la presentación de una fianza de fondo de reparo de hasta el 50% , equivalente al 2,5% del valor del contrato IVA incluido y para el caso de existir imprevistos o adicionales entregar pólizas equivalentes a los mismos, reservándose la Comisión el derecho de rechazar o aceptar total o parcialmente esta modalidad.
− De aceptarse se aplicará a partir de haberse hecho efectivo las retenciones de hasta el 50%.
− Esta garantía de refuerzo se destina a los mismos fines que la garantía de cumplimiento de contrato y será devuelta al Contratista después de realizarse la recepción definitiva de las obras, por la misma cantidad retenida o presentada, sin ajustes. La suma retenida por concepto de refuerzo de garantía no podrá ser objeto de cesión por parte del adjudicatario.
Los documentos referentes a depósitos de mantenimiento de oferta así como los de fiel cumplimiento de contrato (en caso de corresponder) deberán presentarse
en Direccion de Arquitectura Xxxxxxx Xxxxxxx 1534 of. 101, en el horario de 9:00 a 15:00, quien emitirá el recibo correspondiente.
Los depósitos de garantía de mantenimiento de oferta deben presentarse antes de la hora y día fijado para la apertura.
Los documentos de depósito deben ser únicos y particulares para el presente llamado.
26- PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS:
La garantía de cumplimiento de contrato depositada por el Contratista de acuerdo con el Pliego será devuelta al mismo una vez aprobada la Recepción provisoria, siempre y cuando no existan observaciones. En las obras en que el plazo de garantía exceda de un año, al terminar éste, la Comisión Honoraria, previa consulta con el coordinador responsable de la Región de Arquitectura, podrá autorizar la devolución de la mitad de la suma depositada, siempre que no se oponga a ello el estado de las obras construidas o cualquier otra observación.
27- DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
a) El Contratista deberá tomar las precauciones necesarias para evitar perjuicios a personas, edificios, instalaciones públicas, árboles, etc. Y deberá reparar los daños causados o indemnizados en caso de no poder repararlos.
b) El Contratista deberá entregar los materiales de demolición, que hayan sido solicitados en la Memoria; en el lugar que indique la Dirección dentro de los límites del Edificio o en locales adyacentes. Será de su cargo el retiro de los materiales restantes.
c) Si el Contratista falleciera o se incapacita legalmente, la Comisión contratante podrá rescindir el contrato o bien exigir su cumplimiento por parte de herederos o causahabientes de aquel. En ninguno de ambos casos tendrán este último derecho a exigir indemnización.
d) El contratista no tendrá derecho a exigir indemnización alguna por daños y perjuicios por omisión de detalles o contradicciones entre piezas de los recaudos.
e) El Contratista deberá tener asegurado a todo su personal en el Banco de Seguros del Estado.
f) El Contratista será responsable de que se efectúen las inspecciones reglamentarias ante U.T.E., A.N.T.E.L., O.S.E. e Intendencia.
Los comprobantes respectivos serán adjuntados al Certificado de Obra correspondientes a esa etapa.
g) El contratista deberá hacerse cargo de la instalación del provisorio de UTE (luz de obra) y de los costos de su uso.-En ningún caso se podrá tomar energía eléctrica de la Unidad o Servicio de A.S.S.E.- No se procederá al pago del primer avance sino se ha realizado el trámite y la correspondiente conexión.-
h) El contratista deberá retirar a solicitud de la Dirección de obra cualquier persona que se considere que entorpezca la marcha de los trabajos.
i) El Contratista no puede por sí introducir modificaciones a las obras contratadas, pudiendo proponerlas con razones fundadas, quedando a consideración de la Dirección de Obra. Tampoco podrá efectuar modificaciones a solicitud de terceros. En ambos casos, los gastos originados por la realización de obras y la demolición de las mismas, serán de cuenta del Contratista.
j) Dar cumplimiento a la inscripción en el Registro Nacional de Obras de Construcción y su trazabilidad que establece la Ley 18.362 y su Dcto Reglamentario Nº481 del 19 de octubre de 2009.- En la solicitud deberá incluirse el correo electrónico de nuestra División xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx
k) Dar cumplimiento a lo establecido en el Dcto. 125/2014 debiendo tener en obra todas las memorias técnicas que corresponda según lo establecido en el mencionado Decreto.-
l) Dar cumplimiento a la obligación de tomar el personal a que se refiere el art.2º de la Ley 18.516 del 16/9/09, en las condiciones que establece la referida Ley.
28- CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN VIGENTE:
La empresa adjudicataria tiene la obligación de dar cumplimiento en cuanto a salarios, horas de trabajo y condiciones de empleo , a los laudos y los convenios colectivos vigentes, cumplir con las normas de seguridad e higiene dictadas para esa actividad y verter los aportes y contribuciones de Seguridad Social que correspondan.
El comitente se reserva el derecho de exigir a la Empresa adjudicataria, en cualquier momento durante la vigencia del contrato, y como condición previa al
pago, la documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los recaudos que justifiquen que está al día en el pago de la Póliza contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, y con las contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago.
Las Empresas deberán comprometerse a comunicar a la Comisión contratante los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio a efectos de que puedan realizarse los controles correspondientes; esto deberán realizarlo en forma previa al inicio del Contrato y en cada oportunidad que se modifique la nómina de trabajadores.
Asimismo deberá presentar fotocopia certificada por Escribano Público de la Planilla de trabajo donde figura el personal afectado a la obra.
Cuando el Comitente considere que la Empresa Adjudicataria ha incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes, dará cuenta a la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social a efectos de que se realicen las inspecciones correspondientes.-En caso de constatarse dichos extremos la Empresa infractora será sancionada en mérito a lo dispuesto por el art.289 de la Ley 15.903 en la redacción dada por el art.412 de la Ley N° 16736 del 12/01/996, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento contractual que se mencionan anteriormente.
29- INSTRUCCIONES PARA LAS OBRAS :
Antes de dar comienzo a cada clase de obras el Contratista deberá solicitar por escrito al Director de Obra y con la debida anticipación (no menor de una semana) las instrucciones, que también se harán extensivas a la organización y marcha general de todos los trabajos si estos lo requieren.
Al iniciar las obras el Contratista está obligado a colocar, construyéndose por su cuenta, en lugar bien visible o donde se le indique, un tablero con la inscripción de acuerdo con lo establecido en la Memoria Constructiva Particular.
a) Queda establecido que para todas las obras rigen las especificaciones contenidas en las normas técnicas UNIT aún cuando no estén mencionadas en las Memorias y siempre que no se contradigan con éstas.
b) Xxxxxxxx y Fábricas en las obras: sin estar expresamente autorizados por Arquitectura, el Contratista no podrá instalar fábricas o talleres dentro de las obras, ni aún en el predio de las mismas, para manufacturar ninguna de sus partes que puedan ejecutarse en Talleres particulares, como ser Carpintería, Herrería, baldosas, etc.
a) Xxxxxx aparentes - Cuando el Director de Obra, durante la ejecución de las mismas y hasta su recepción definitiva, advirtiera vicios de construcción en ellas, podrá disponer que el Contratista proceda a demolerlas y a reconstruirlas, sin que a éste le sirva de excusa ni le dé derecho alguno la circunstancia de que el Director o sus subalternos las hubieran inspeccionado anteriormente sin observación. En caso de no ser realizados, se aplicará el Art.7 inciso b).
b) Xxxxxx ocultos- Si el Director tuviese motivos para sospechar de la existencia, en la obra ejecutada, de vicios de construcción ocultos, ordenará en cualquier tiempo, antes de la recepción definitiva, los trabajos que sean necesarios para reconocer si hay efectivamente vicios de construcción. Los gastos de dichos trabajos y reconstrucciones que se ocasionen serán de cuenta del Contratista, siempre que los vicios existan realmente. En caso contrario serán de cuenta de la Administración.
Todas estas consideraciones no eximen a la empresa contratada de las responsabilidades que se tienen por la garantía decenal, que por Ley les comprende.
a) El pago de los trabajos se hará en moneda nacional de curso legal.
b) En el momento a procederse al primer pago a la Empresa adjudicataria, se exigirá la documentación que acredite estar al día en el pago de Obligaciones Tributarias Nacionales o Departamentales y de Inscripción en el Banco de Seguros del Estado, con la documentación que acredite que el personal está asegurado (Art. 61 de la Ley 16.074 del 10/10/89).
c) Las solicitudes de pagos que hará el Contratista, deberán ser presentadas dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente a la realización de los trabajos y ser acompañadas en hoja aparte por triplicado, por el metraje y detalle por renglones de las obras que corresponda abonar según modelo de la planilla que figura en el pliego. -Declarando en el mismo los días de paro y lluvia correspondientes al mes del avance.-
d) Deberá adjuntar fotocopia del último pago del B.P.S. que le hubiera correspondido realizar a la fecha. No se tramitará el certificado de pago sino se presentó en fecha, la planilla nominada correspondiente al mes de obra y el Plan de Seguridad definitivo.-
e) La Dirección de Arquitectura de A.S.S.E. y la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras verificarán el metraje y los precios unitarios aplicables a estas obras para dar conformidad al certificado correspondiente, dentro de los 10 (diez) días de presentado. Estos precios resultantes del metraje por precios unitarios, deben ser tales que el saldo restante a favor del Contratista, alcance siempre a cubrir el costo de las obras que falte realizar, de modo que el contrato se cumpla dentro de la suma determinada y fija por la cual se comprometió a realizar completamente todos los trabajos del proyecto. Si hubiera observaciones sobre el certificado presentado el plazo establecido correrá a partir de su corrección.-
f) Las obras cuyo importe se solicita, corresponderá desde el primero al treinta de cada mes y se certificará si se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 15 incisos b) y c) y Art.16 inciso f).
g) Las obras extraordinarias correspondientes a planos, detalles o instrucciones que se proporcionen al Contratista y que modifiquen las condiciones del Contrato, no deben ejecutarse sin la respectiva autorización escrita que solicitará el Contratista al Director de Obra de la Dirección de Arquitectura . Su precio debe ser convenido de antemano con el Arquitecto Director de la Dirección de Arquitectura y autorizado por la Comisión Honoraria de
Administración y Ejecución de Obras y los precios unitarios de estos imprevistos o adicionales deben ser igual a los precios de la oferta original.-
h) Los presupuestos presentados por imprevistos o adicionales que no establezcan plazo de obra o monto imponible se consideran en dichos conceptos con valor 0.
i) Las gestiones de estos pagos deberá ser acompañada de la aprobación del Director de Obra.
j) Todas las obras extraordinarias o adicionales al Contrato, realizadas dentro del mes, deberán liquidarse aparte y elevadas dentro de los 10 (diez) primeros días del mes siguiente, similar procedimiento al Certificado. El Contratista presentará el detalle a la Comisión Honoraria de Administración y Ejecución de Obras para conformidad del Arquitecto Director y certificación de su pago.
k) En caso de trabajos extraordinarios no se podrán cobrar sobrecargo por Xxxxxxx hasta un monto de obra que no supere el 20% del presente contrato.
l) Luego de transcurrido 20 (veinte) días hábiles de presentado el último certificado de una obra, no se aceptará ninguna liquidación por concepto de ajuste de precios, ni por ningún otro concepto.
m) Plazo de pago de las facturas. El plazo de pago será dentro de los TREINTA
(30) DÍAS de emitida la facturas correspondiente a dicho avance.-. La factura se emitirá luego de la liquidación del porcentaje certificado de avance de obra, deducidos los acopios, anticipos y porcentajes de retención, importe que deberá ser aceptado por la empresa adjudicataria.
n) NO SE ACEPTARÁN AJUSTES O INTERESES POR XXXX
34- EVALUACIÓN DEL ADJUDICATARIO :
Sin perjuicio de las evaluaciones que se realicen del cumplimiento del contrato, al finalizar el mismo, la Comisión o quién esta disponga, realizará un informe detallado y fundamentado de evaluación del cumplimiento del contrato, el que se comunicará por escrito al adjudicatario, se incorporará en los antecedentes de la
presente contratación y se archivará copia estando disponible para consulta por todas las Unidades de ASSE.
35- EXCUSACIÓN – ARTICULO 72 TOCAF:
Los ordenadores, asesores, funcionarios públicos, aquellos que desempeñen una función pública o mantengan vínculo laboral de cualquier naturaleza, de los órganos competentes de la Administración Pública deberán excusarse de intervenir en el proceso de contratación en las hipótesis previstas en el Artículo 72 del TOCAF.
Toda notificación que realice la Administración se hará en forma personal, telegrama colacionado (TCCPC), fax, correo electrónico u otro medio hábil de comunicación de acuerdo a los datos proporcionados en el Registro Único de Proveedores del Estado.
Las notificaciones vía correo electrónico se considerarán perfeccionadas a los tres días hábiles a partir de su remisión.
La sola presentación de la oferta implicará el conocimiento y la aceptación del presente pliego particular de condiciones por parte del oferente, así como de su obligación de confidencialidad respecto a los términos del contrato.
38- NORMAS QUE REGULAN EL PRESENTE LLAMADO:
✓ Apertura electrónica: Decreto Nº142/018 de 14 xx xxxx de 2018.
✓ Artículo 545 y 710 de la Ley 18.719 de 27/12/2010 y Decreto 94/014 de 10/04/2014.
✓ Acceso a la información pública: Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, modificativa Ley Nº 19.178 de 27 de diciembre de 2013.
✓ Decreto reglamentario de la Ley N° 18.381: Decreto Nº 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010.
✓ Protección de datos personales y acción de habeas data: Ley Nº 18.331 de 11 xx xxxxxx de 2008.
✓ Decreto reglamentario de la Ley N° 18.331: Decreto Nº 414/009 de 31 xx xxxxxx de 2009.
ACLARACIÓN: SE SUBIRÁN A LA PAGINA COMPRAS ESTATALES TODOS LOS PLANOS Y ANEXOS CORRESPONDIENTES, LOS CUALES FORMAN PARTE DEL PRESENTE PLIEGO.
ANEXO I – PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
La propuesta deberá hacerse por el total de la obra licitada y con la siguiente redacción sugerida: (nombre o razón social, domicilio en la calle ...........................................N°...................de la ciudad de ....................., inscripto en
el B.P.S. con el N° ......................se compromete a efectuar por la cantidad de............................................(son pesos uruguayos. M/N)
incluido el IVA, todas las obras relacionadas con las obras delxxxxxxxxxxxxxx de acuerdo a los planos, Memorias, Pliegos de Xxxxxxxxxxx y demás recaudos que obran en la Dirección de Arquitectura y que manifiesta conocer perfectamente; declarando expresamente que se somete a las Leyes y Tribunales del País con exclusión de todo otro recurso.
El monto imponible para el pago por Leyes Sociales al Banco de Previsión Social, asciende a (pesos uruguayos. M/N)
Plazo de obras… días hábiles.
Fecha..............................
Firma..........................
A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 xx xxxx de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO y ACTIVO.
ANEXO II - Artículo 46 del Tocaf
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA POR ARTÍCULO 46
DECLARACIÓN JURADA
En relación con el Contrato Nº /2022, quien suscribe (nombre completo)
en su calidad de
(titular/socio/apoderado, director, asesor o dependiente) en
nombre y representación de la persona jurídica
, declaro bajo juramento que la citada Empresa no está comprendida en las causales que expresamente le impidan contratar con el Estado, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 46 del TOCAF , quedando sujeto el/la firmante a las responsabilidades legales en caso de falsedad (artículo 239 del Código Penal).
Firma:
Documento de identidad:
Fecha:
Artículo 239 del Código Penal: “El que, con motivo de otorgamiento o formalización de un documento publico, ante un funcionario publico, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con 3 a 24 meses de prisión”.
ANEXO II-i Artículo 46 del Tocaf
MODELO DE DECLARACIÓN JURADA POR ARTÍCULO 46
DECLARACIÓN JURADA
En relación con el Contrato N º /2022, quien suscribe, en mi calidad de
(identificar el vínculo jurídico con la Administración) de la UE
, manifiesto mantener vínculo de (dependencia/representación/dirección) con
, y declaro bajo juramento de acuerdo con el Artículo 46 del TOCAF, no participar ni tener poder de decisión en el proceso de adquisición quedando sujeto el/la firmante a las responsabilidades legales en caso de falsedad (artículo 239 del Código Penal).
Firma:
Documento de identidad:
Fecha:
Artículo 239 del Código Penal: “El que, con motivo de otorgamiento o formalización de un documento publico, ante un funcionario publico, prestare una declaración falsa sobre su identidad o estado o cualquier otra circunstancia de hecho, será castigado con 3 a 24 meses de prisión”.
ANEXO III - Recomendaciones sobre la oferta en línea
Sr. Proveedor:
A los efectos de poder realizar sus ofertas en línea en tiempo y forma aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
a. Estar registrado en RUPE1 es un requisito excluyente para poder ofertar en línea. Si no lo está, recomendamos realizar el procedimiento de inscripción lo antes posible y como primer paso. Para más información xx XXXX ver el siguiente link o comunicarse al (x000) 0000 0000 de lunes x xxxxxxx de 8:00 a 21:00 hs.
b. Debe tener contraseña para ingresar al sistema de ofertas en línea. Si no la posee, recomendamos obtenerla tan pronto decida participar en este proceso.
ATENCIÓN: la contraseña de acceso al sistema de oferta en línea no es la misma contraseña de acceso al XXXX. Se obtiene directamente del sistema y se recibe en el correo electrónico registrado en RUPE. Recomendamos leer el manual y ver el video explicativo sobre el ingreso de ofertas en línea en link que se encuentra en el sitio web.
c. Al ingresar la oferta económica en línea, deberá especificar el precio, moneda, impuesto, cantidad a ofertar y otra serie de atributos por cada ítem cotizado (presentación, color, etc.). Recomendamos analizar los ítems para los que va a ingresar cotización, para tener la certeza de contar con todos los datos disponibles.
d. En caso que sea necesario podrá ingresar información de carácter complementario, la que deberá ajustarse tanto al tamaño máximo por archivo (100 Mb) como a las extensiones habilitadas: txt, rtf, pdf, doc, docx, xls, xlsx, odt, ods, zip, rar y 7z. Tener en cuenta que en caso de haber discrepancia entre la oferta económica cargada en la línea de cotización del sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, y la documentación cargada como archivo adjunto en dicho sitio, valdrá lo establecido en la línea de cotización.
e. Si usted desea cotizar algún impuesto, o atributo que no se encuentra disponible en el sistema, deberá comunicarse con la sección Catálogo de ACCE al correo electrónico xxxxxxxx@xxxx.xxx.xx para solicitar la inclusión y/o asesorarse acerca de la forma de proceder al respecto.
f. Recomendamos preparar los documentos que conformarán la oferta con tiempo. Es de suma importancia que separe la parte confidencial de la no confidencial. Tenga en cuenta
1 Para poder ofertar es suficiente estar registrado en XXXX en estado EN INGRESO
que una clasificación incorrecta en este aspecto, podría implicar la descalificación de la oferta.
g. Ingresar su cotización lo antes posible para tener la seguridad de que todo funcionó correctamente. De hacerlo a último momento pueden ocurrir imprevistos, como fallos en la conexión a Internet, caída de servidores, sistemas lentos por la gran cantidad de personas accediendo a lo mismo, etc., que no se podrán solucionar instantáneamente.
h. Tener presente que en caso de producirse problemas de funcionamiento en el sistema que impidan el ingreso de las ofertas al mismo durante las 24 horas corridas previas a la apertura, éste reprogramará una nueva fecha de apertura a fin de asegurar el plazo requerido para dicho ingreso2. Esta nueva fecha será publicada en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales.
i. De no haber sido posible el ingreso de la oferta en el plazo establecido en la convocatoria debido a problemas de funcionamiento del sistema, el proveedor podrá presentar el reclamo con la debida probanza ante el organismo contratante. Este último deberá presentar los recaudos correspondientes ante la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado a efectos de su análisis. En caso de constatarse la existencia de un problema que efectivamente imposibilitó el ingresó de ofertas, el organismo contratante procederá a la anulación del procedimiento de acuerdo a lo dispuesto en el tercer inciso del artículo 13 del Decreto N° 142/018 y conforme al artículo 68 del TOCAF.
j. Hasta la hora señalada para la apertura usted podrá ver, modificar y hasta eliminar su oferta.
k. A la hora establecida para la apertura usted ya no podrá modificar ni eliminar los datos y documentos ingresados al sistema. La oferta económica y los documentos no confidenciales quedarán disponibles para la Administración, el Tribunal de Cuentas y los restantes oferentes. Los documentos confidenciales solo quedarán disponibles para la Administración y el Tribunal de Cuentas.
Por dudas o consultas sobre la oferta en línea, podrá comunicarse con Atención a
Usuarios de ACCE al (x000) 0000 0000 de lunes a domingos 8 a 21 hs, o a través del correo xxxxxxx@xxxx.xxx.xx.
2 Salvo el caso dispuesto en el artículo 14 del Decreto N° 142/018 referido a “ interrupciones debidas x xxxxxx programados y/o de pequeña duración ocurridos fuera del horario de 09:00 a 17:00 horas de los días hábiles”