LICITACIÓN Nº 50/16
LICITACIÓN Nº 50/16
OBJETO: Por la contratación del servicio de comedor para el personal de INTERCARGO S.A.C. que cumple tareas en el Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y en el Aeroparque Metropolitano Xxxxx Xxxxxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cumplirse por el término de DOS (2) años, con opción a prórroga hasta por UN (1) año más en cabeza exclusiva de INTERCARGO S.A.C.
VALOR XXX XXXXXX: Sin valor económico
RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES: Los días hábiles en el horario de 9:00 a 16:00 horas en el Departamento
de Compras de INTERCARGO S.A.C., sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos.
También podrá solicitarse por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx; o bien descargarse de la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones, xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; de la página web de INTERCARGO S.A.C.,
xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx.xxxx;
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx
o
de
la
página
del
Ministerio
de
Transporte
En todos los casos los interesados deberán notificar la obtención xxx xxxxxx informando razón social, domicilio,
correo electrónico, teléfono y/o fax por mail al Departamento de Compras.
VISITA OBLIGATORIA AL LUGAR DE PRESTACION DEL SERVICIO:
Primera visita: el día 19/01 en EZEIZA y AEROPARQUE. Horario a definir. Se recibirán solicitudes hasta el día 16/01.
Segunda visita: el día 26/01 en EZEIZA y AEROPARQUE. Horario a definir. Se recibirán solicitudes hasta el día 23/01.
CONSULTAS: Hasta CINCO (5) días antes de la fecha máxima de presentación de ofertas, en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aires o por mail a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, desde la casilla constituida como Domicilio de Comunicaciones.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS (Sobres 1 y 2 conjuntamente): Hasta las 16 horas del día hábil anterior a la fecha de apertura de ofertas en la Recepción de INTERCARGO S.A.C. sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aires.
ACTO DE APERTURA:
Sobre 1: El día 3 de Febrero de 2017 a las 10 horas, en el Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aire.
Sobre 2: Se notificará oportunamente.
El mismo tendrá carácter privado, sin asistencia de los oferentes, y en presencia de un escribano público.
ÍNDICE
1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
2.- PLAZOS
3.- RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE
4.- RETIRO DE PLIEGOS
5.- COMUNICACIONES
6.- DOMICILIO DE COMUNICACIONES
7.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
8.- COTIZACIÓN – OFERTAS ALTERNATIVAS Y VARIANTES
9.- GASTOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRECIO COTIZADO
10.- MANTENIMIENTO DE OFERTA - PRÓRROGAS
11.- RÉGIMEN DE GARANTÍAS
12.- APERTURA DE OFERTAS
13.- ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS - REQUISITOS NO SUBSANABLES
14.- MEJORA DE OFERTAS
15.- INVARIABILIDAD DE PRECIOS
16.- ADJUDICACIÓN - CRITERIO DE SELECCIÓN
17.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
18.- PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA O CESIÓN DEL CONTRATO O DERECHOS DERIVADOS
19.- GARANTÍA DE INDEMNIDAD
20.- PAGO
21.- RESERVAS
22.- RESCISIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA – RESCISIÓN POR CULPA
23.- PENALIDADES – PAGO DE LAS MULTAS – CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
24.- CONSULTAS
25.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
26.- CONFIDENCIALIDAD
27.- CLAUSULA ANTICORRUPCION
28.- COMPRE XXXXXXXXX
XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales será de aplicación obligatoria para los procedimientos de contratación regulados en la Norma y Procedimiento de Compras de INTERCARGO S.A.C., debiéndose respetar lo normado en el mismo.
2.- PLAZOS
Todos los plazos se computarán por días corridos y serán perentorios e improrrogables, salvo que en forma expresa se disponga lo contrario. Si un vencimiento se produjera en día inhábil, se considerará prorrogado hasta el día hábil inmediato posterior.
3.- RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE
Es responsabilidad exclusiva de los oferentes conocer las disposiciones legales que regulan la materia, todas las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones (Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas) y sus correspondientes anexos.
La presentación de la oferta implica el pleno conocimiento del oferente, de todas las normas que rigen el proceso de la contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación, en su totalidad, de las bases y condiciones estipuladas. Consecuentemente, los oferentes presentados no podrán con posterioridad, en cualquiera de las etapas, invocar en su favor eventuales errores en que pudieren haber incurrido al formular la oferta, así como duda o desconocimiento acerca de las cláusulas y disposiciones legales aplicables.
4.- RETIRO DE PLIEGOS
El Pliego podrá ser solicitado por los interesados en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C., sita en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxxx, s/n, Piso 2° Xxxxxxxx XXX-XXX, (X0000XXX) Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, todos los días hábiles en el horario de 9:00 a 16:00 horas.
Los interesados también podrán solicitar el Pliego en forma digital a la dirección de mail xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, indicando el número de referencia asignado al procedimiento de compra del que se trate. Una vez recibido, deberán enviar un acuse de recibo con una referencia del mismo. Asimismo, los interesados podrán descargarlo de la página web de INTERCARGO S.A.C. o de la página web del Ministerio de Transporte, debiendo luego remitir un correo electrónico a la dirección mencionada, indicando la descarga del documento.
5.- COMUNICACIONES
Las comunicaciones que realice INTERCARGO S.A.C. a los interesados, oferentes o adjudicatarios, podrán cursarse personalmente, por correo electrónico, por fax, por carta documento, por carta certificada con aviso de entrega, por telegrama colacionado con aviso de entrega o por cualquier otro medio fehaciente, dirigido al “Domicilio de Comunicaciones” que se hubiere informado conforme al artículo 6º, constituyendo plena prueba de la notificación realizada y de su fecha, el documento que en cada caso la registre, la copia certificada por el personal de INTERCARGO S.A.C. interviniente en la notificación, el reporte emitido por el equipo telefónico utilizado, o el aviso de entrega recibido.
En el caso de las notificaciones cursadas por correo electrónico el registro se acreditará con la constancia de envío generada por INTERCARGO S.A.C. y la fecha y hora de notificación será la registrada en su servidor.
Las comunicaciones de los interesados, oferentes o adjudicatarios a INTERCARGO S.A.C., podrán ser efectuadas por escrito, en el domicilio de las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. o por correo electrónico a la dirección de mail xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, indicando el número de referencia asignado al procedimiento de compra del que se trate.
6.- DOMICILIO DE COMUNICACIONES
Al momento de retirar el Pliego de las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C., los interesados deberán informar nombre, documento e indicar la razón social de la empresa por la cual actúan, de ser ese el supuesto, junto con la correspondiente Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), y constituir un Domicilio de Comunicaciones (indicando domicilio, teléfono, fax y correo electrónico de la persona que será responsable de las comunicaciones). Esta obligación también deberá cumplirse en caso de solicitud xxx Xxxxxx vía correo electrónico, o descarga de la página web de INTERCARGO S.A.C.
Si el interesado no constituyese un Domicilio de Comunicaciones, se tendrán por validos los consignados en el Registro de Proveedores de INTERCARGO S.A.C. o los informados por la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, en ese orden de prelación, bien sea que la inscripción esté o no vigente. Para el caso que no se constate ninguno de los supuestos mencionados, se tomará como Domicilio de Comunicaciones aquel que verosímilmente surja del sitio web del interesado o de cualquier otra información del mismo.
Por último, los oferentes deberán constituir, al momento de presentar sus ofertas, un domicilio especial el cual será válido como domicilio legal. En el caso de que la oferta sea presentada por oferentes inmersos en cualquier tipo de contrato de colaboración empresaria u otra forma de asociación de personas físicas o jurídicas, el domicilio constituido deberá ser único para la agrupación, y para todas y cada una de las empresas que la integran.
7.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas hasta el día y hora fijadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. INTERCARGO S.A.C. no considerará ninguna oferta que sea presentada o recibida con posterioridad a la fecha y hora límite fijada para la presentación de las mismas. Para el caso de las compras habituales y de no se asignarse horario de entrega se debe considerar las 24:00 horas del día de entrega de ofertas
La posibilidad de modificar la oferta finalizará con el vencimiento del plazo para presentarla, rechazándose sin más trámite las presentadas una vez vencido dicho término.
En el caso de Licitaciones, no se admitirán más ofertas que las presentadas en la Secretaría General de INTERCARGO S.A.C., rechazándose las remitidas por correo electrónico o cualquier otro procedimiento distinto al previsto, siendo esta situación causal de rechazo total de la oferta, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se disponga lo contrario. La presentación de ofertas deberá efectuarse en original y duplicado, en un sobre o paquete sin identificación, perfectamente cerrado, indicando Nº de contratación, objeto, fecha y hora máxima de presentación de las ofertas, debiendo estar firmada por el oferente o su representante legal, y debiendo acreditarse el carácter invocado en todos los casos. El sobre
o paquete deberá contener toda la documentación solicitada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
En caso de duda o discrepancia entre el original y el duplicado, prevalecerá el texto original.
En los procedimientos de Licitación de etapa múltiple, la oferta deberá ser presentada en dos (2) sobres rotulados como “Sobre Nro. 1” y “Sobre Nro. 2”, contenidos en un solo sobre o caja cerrada, y firmado por el oferente o su representante legal. El Sobre Nro. 1 deberá contener la documentación vinculada a las cualidades del oferente y de los bienes o servicios requeridos, incluyendo a modo ejemplificativo, los antecedentes empresariales y técnicos, la capacidad económico-financiera, las garantías y la propuesta técnica a realizar, prescindiendo de cualquier información vinculada a la propuesta económica, que de existir esta referencia económica en el sobre técnico será causal de rechazo total de la oferta. Por su parte, el Sobre Nro. 2 deberá contener la propuesta económica, salvo que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se disponga lo contrario.
En el caso de Compras Especiales cuyos montos estimados sean mayores a $500.000,00 (PESOS ARGENTINOS QUINIENTOS MIL CON 00/100), las ofertas deberán ser enviadas por correo electrónico a la dirección de mail xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, o a la casilla de mail del comprador, con copia a la casilla xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, firmadas por el oferente o su representante legal, indicando el número de referencia asignado al procedimiento de compra del que se trate.
En el caso de Compras Habituales, las ofertas también deberán ser enviadas por correo electrónico a las direcciones de mail indicadas previamente, sin necesidad de ser firmadas.
Toda solicitud y/o presentación a ser realizadas por los oferentes, así como la redacción del contrato y sus anexos, de corresponder, deberán ser confeccionadas en idioma español, salvándose toda testadura, enmienda o palabra interlineada, salvo que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares determine expresamente lo contrario.
La documentación presentada en idioma extranjero deberá contar con su correspondiente traducción al español. En caso de discrepancias entre la versión en idioma extranjero y su traducción al español, prevalecerá esta última.
No será necesario traducir la folletería o documentación técnica que se encuentre expresada en idioma inglés. Sin embargo, INTERCARGO S.A.C. podrá exigir al oferente que traduzca las piezas que le requiera dentro del plazo razonable que le fije.
8.- COTIZACIÓN – OFERTAS ALTERNATIVAS Y VARIANTES
En el caso de Licitaciones, será obligatoria la presentación de la Planilla de Cotización, de conformidad con el modelo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
En aquellos procedimientos de compra estructurados bajo la forma de Compra Habitual y Especial, no será obligatoria la formulación de la cotización utilizando el formato de la mencionada Planilla de Cotización, sin perjuicio de lo cual, la cotización deberá contener toda la información requerida en el presente Pliego.
La cotización se efectuará en moneda nacional de curso legal, a menos que en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se determine otro tipo de moneda de cotización. En el caso en el cual, se deba cotizar en moneda nacional de curso legal, y alguna oferta contenga referencias a una moneda distinta, el precio cotizado será convertido a moneda nacional de curso legal tomando el tipo de cambio informado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día anterior al indicado para la apertura de ofertas.
La cotización deberá especificar el precio unitario y el precio total de cada renglón en números; y el precio total general de la oferta en letras y números. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados serán expresados en cifras con dos decimales.
Cuando no se correspondan los precios totales (bien sea por renglón, por grupo de renglones o por el total general de la oferta) con los unitarios, éstos últimos se tomarán como base para determinar aquellos y el total de la oferta.
Los oferentes podrán formular ofertas por todo o parte del objeto de la contratación, debiendo en este último caso completar sólo los espacios oportunos indicando “no cotiza” en los renglones sobre los que no se presenten ofertas, salvo que dicha facultad se vea limitada por lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Siempre se admitirán ofertas alternativas (entendiendo por las mismas, aquellas que cumpliendo en un todo las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ofrecen distintas soluciones técnicas que hacen que pueda haber distintos precios para el mismo producto o servicio), y variantes (entendiendo por las mismas, aquellas que modificando las especificaciones técnicas de la prestación previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, ofrecen una solución con una mejora no prevista por INTERCARGO S.A.C.) a menos que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares lo prohíba.
9.- GASTOS NO CONTEMPLADOS EN EL PRECIO COTIZADO
Para elaborar las ofertas, los oferentes deberán tener en cuenta las condiciones establecidas en los Pliegos de Bases y Condiciones (Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas) y sus correspondientes anexos, así como todos los costos directos e indirectos que demande la habilitación de la empresa para operar en los distintos aeropuertos del país. Se cita a modo de ejemplo, cánones aeroportuarios, habilitación de los vehículos, credenciales para el personal, entre otros.
INTERCARGO S.A.C. no reconocerá ningún cargo, gasto ni erogación por ningún concepto, más allá de los precios cotizados. Todos los aranceles, tasas, fletes y otros gastos directos o indirectos, correrán por cuenta exclusiva de los oferentes o de los adjudicatarios, según corresponda.
En ningún caso INTERCARGO S.A.C. reconocerá o reembolsará gasto alguno en que hubiera incurrido el oferente en la preparación y presentación de la oferta, aun cuando la convocatoria fuera dejada sin efecto previo a la adjudicación, por la razón que fuere.
10.- MANTENIMIENTO DE OFERTA - PRÓRROGAS
La presentación de una oferta en un procedimiento de contratación de INTERCARGO S.A.C., importará la obligación de su mantenimiento durante un plazo de sesenta (60) días a partir de la fecha máxima de presentación de las ofertas, entendiendo por presentación de ofertas tanto la presentación original de oferta, presentación de mejoras, y /o cualquier otra oferta que se presente durante la validez del procedimiento. Dicho plazo quedará prorrogado automáticamente hasta la adjudicación, salvo que el oferente manifieste su voluntad expresa en contrario, con una antelación mínima de CINCO (5) días de anticipación al vencimiento del plazo.
11.- RÉGIMEN DE GARANTÍAS
11.1. Sólo serán requeridas la garantía de mantenimiento de oferta en aquellas ofertas cuyos montos superen los $500.000,00 (PESOS ARGENTINOS QUINIENTOS MIL CON 00/100), y la garantía de fiel cumplimiento de contrato para aquellas órdenes de compra que superen el monto antes indicado
11.2. GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA – La Gerencia de Suministros determinará la garantía de mantenimiento de oferta que se fijará en un porcentaje del valor total de la oferta o un monto fijo, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), debiendo constituirse en la forma indicada en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, debiendo tener validez por igual plazo al de la validez de la oferta. Siempre que la oferta sea prorrogada, ya sea en forma expresa o tácita, se entenderá que la garantía de mantenimiento que la acompaña ha sido también ampliada en su validez, debiendo acompañar el oferente, las constancias de dicha prórroga cuando corresponda.
En los casos de Licitaciones de Etapa Múltiple, la garantía de mantenimiento de oferta será establecida en un monto fijo, según lo que se establezca en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
La garantía de mantenimiento de oferta se pondrá a disposición de los oferentes luego de transcurridos diez (10) días de la notificación de la orden de compra o de la firma del contrato, en su caso, a los oferentes que no resulten adjudicatarios; y a los adjudicatarios una vez integrada la garantía de adjudicación. En las Licitaciones de Etapa Múltiple, se devolverá esta garantía a los oferentes que no hayan sido preseleccionados para la apertura del Sobre N°2, de la forma establecida en el artículo 12.
La garantía de mantenimiento de oferta podrá ser ejecutada por INTERCARGO S.A.C. si:
a) El oferente:
a.1.) Retira su oferta durante el período de validez de la misma;
a.2.) Falsea la información consignada con carácter de declaración jurada, o
b) El adjudicatario:
b.1.) No firma el contrato, o se niega a retirar la orden de compra, según sea el caso, de acuerdo a lo estipulado en este Pliego; o
b.2.) No suministra la garantía de adjudicación, de conformidad con lo dispuesto por este Xxxxxx.
11.3. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO - La garantía de fiel cumplimiento de contrato se fijará en un porcentaje equivalente al 10% del valor total de la contratación adjudicada, sin el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), debiendo constituirse de cualquiera de las formas indicadas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, dentro del término de cinco (5) días de recibida la notificación de la adjudicación, y con validez por hasta TRES (3) meses después de la efectiva finalización del contrato u orden de compra, y hasta la satisfacción de las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuenta del adjudicatario.
Para el caso en el cual el adjudicatario no cumpla con los requisitos establecidos en el párrafo precedente, INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de convocar a la segunda mejor oferta, y así sucesivamente.
Esta garantía tendrá por objeto amparar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que habrá de asumir el adjudicatario.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato permanecerá en poder de INTERCARGO S.A.C., en respaldo del correcto cumplimiento del objeto del contrato o de la orden de compra, pudiendo ser ejecutada en caso de
incumplimiento, o para imputarla a los gastos en que incurra INTERCARGO S.A.C. por cuenta del adjudicatario, originados por responsabilidad de éste, sin interpelación previa alguna.
La ejecución de la garantía de adjudicación no exonera al adjudicatario de la satisfacción de los daños y perjuicios que sus incumplimientos ocasionen a INTERCARGO S.A.C.
11.4. GARANTÍA DE IMPUGNACIÓN – Es requisito para la presentación de impugnaciones que, las mismas sean realizadas por escrito, previo pago en efectivo en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C., de un importe de $30.000,00 (PESOS ARGENTINOS TREINTA MIL CON 00/100), salvo que se establezcan otras condiciones en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Dicho importe será devuelto en caso de resolverse favorablemente la impugnación.
11.5. GARANTÍA DE ANTICIPO FINANCIERO – En caso de requerir el oferente la entrega de un anticipo financiero, aquel deberá constituir, en forma previa a su entrega, una garantía por el monto total del mismo, mediante alguna de las formas que se indiquen en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en beneficio y a satisfacción de INTERCARGO S.A.C., cuya vigencia deberá extenderse hasta el efectivo cumplimiento de sus obligaciones.
11.6. RESERVAS - INTERCARGO S.A.C. no reconocerá intereses ni actualización monetaria ni diferencias de cotización ni indemnización alguna, por los depósitos de dinero y/o valores entregados en garantía.
Asimismo, si el oferente o el adjudicatario, luego de notificados fehacientemente por INTERCARGO S.A.C. que alguna de las garantías se encuentra a su disposición, no la retirasen, podrán reclamar su devolución dentro de un plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de tal notificación. La falta de presentación dentro del plazo señalado por parte del titular del derecho, implicará la renuncia tácita del mismo a favor de INTERCARGO S.A.C.
12.- APERTURA DE OFERTAS
En aquellos procedimientos de compra estructurados bajo la forma de Licitación de etapa múltiple, se determinará en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares si, se celebrará un acto público de apertura de ofertas en presencia de las autoridades correspondientes de INTERCARGO S.A.C., invitando en consecuencia a los oferentes e indicando el lugar, día y hora correspondientes, el cual finalizará con la confección de un acta de apertura la cual será firmada por los presentes; o se llevará a cabo un acto privado de apertura de ofertas con la presencia exclusiva de las autoridades correspondientes de INTERCARGO S.A.C. junto con un escribano público que de fe del acto.
En las Licitaciones de Etapa Múltiple se considerará como fecha de apertura de ofertas la de apertura del Sobre Nro. 1. En dicha oportunidad se procederá a la apertura de las ofertas debiéndose guardar la totalidad de los Sobres Nro. 2, en un único sobre o envoltorio, el cual será cerrado y firmado por la autoridad de INTERCARGO S.A.C. presentes.
INTERCARGO S.A.C. notificará a los oferentes el resultado de la precalificación y la fecha y hora en que tendrá lugar la apertura del Sobre Nro. 2, a la cual sólo podrán asistir los oferentes en el caso en el cual se haya determinado que el mismo será público. Se procederá al acto de apertura de los Sobres Nro. 2, en el mismo lugar en que fue llevado a cabo el acto de apertura del Sobre Nro. 1, y con las mismas formalidades.
En ese mismo acto, siempre que se haya determinado que el mismo sería público, se procederá a la devolución de los Sobres Nro. 2 de aquellas ofertas que no hubiera precalificado, o a la destrucción de los mismos de no estar presentes los oferentes en cuestión. A continuación se realizará la apertura de los Sobres Nro. 2 de los oferentes que correspondan, en su orden correlativo.
De tratarse de un acto privado, se notificará a aquellos oferentes cuyas ofertas no hubieran precalificado que podrán proceder a su retiro. El oferente tendrá un plazo de treinta (30) días a contar desde la fecha de tal notificación para proceder al mismo. La falta de retiro dentro del plazo señalado, implicará la conformidad tácita para su destrucción.
En aquellos procedimientos de compra estructurados bajo las formas de Compra Habitual o Compra Especial cuyos montos estimados sean iguales o inferiores a $500.000,00 (PESOS ARGENTINOS QUINIENTOS MIL CON 00/100), se prescindirá del acto formal de apertura de ofertas.
Todas las ofertas que se hubieren presentado se agregarán al legajo respectivo según el orden de su recepción. El Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. suscribirá un acta donde constará lo actuado.
A partir de la hora límite fijada para la recepción de ofertas no podrán recibirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Ninguna oferta entregada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura de ofertas. Sólo podrán desestimarse en dicho acto las ofertas que pretendan ser entregadas fuera del horario consignado.
Sólo ante Licitaciones de Etapa Múltiple, los duplicados de las ofertas estarán disponibles para los oferentes que requieran tomar vista de las mismas, durante un plazo de dos (2) días desde la fecha de apertura.
13.- ESTUDIO DE LAS PROPUESTAS - REQUISITOS NO SUBSANABLES
INTERCARGO S.A.C. procederá al análisis y evaluación de las ofertas presentadas, para lo cual tendrá en cuenta los documentos que integran el respectivo trámite de contratación, pudiendo solicitar a los oferentes cualquier aclaración y/o documentación complementaria, que sea necesaria para su análisis. Asimismo, verificará que las ofertas se ajusten sustancialmente a lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones de la contratación (General, Particulares y Especificaciones Técnicas) y sus correspondientes anexos.
El Pliego de Bases y Condiciones respectivo establecerá con claridad los factores y parámetros que serán tenidos en cuenta para la evaluación de cada una de las ofertas. En los procedimientos de etapa múltiple el Pliego fijará los factores a considerar a los efectos de la precalificación y los que deberán ser tenidos en cuenta para la adjudicación.
En caso de verificarse omisiones o errores materiales o formales en las ofertas presentadas, se podrá requerir al oferente correspondiente su subsanación. Las omisiones o errores que a continuación se detallan, serán consideradas como “no subsanables”:
a) Que estuviera incompleta o escrita con lápiz, o tuviera raspaduras, enmiendas o interlineas en el precio, cantidad, plazo de entrega u otro elemento que hiciera a la sustancia de la contratación a realizar y no estuviera debidamente salvada; o
b) Si el precio cotizado mereciera la calificación de precio vil.
c) Si la forma de presentación de la oferta no se ajusta a lo estipulado para el tipo de procedimiento
14.- MEJORA DE OFERTAS
INTERCARGO S.A.C. podrá solicitar a todos los oferentes cuyas ofertas sean técnicamente admisibles una mejora de oferta.
Las formalidades que guiarán la apertura de mejora de ofertas seguirán lo referido en el artículo 12 del presente.
15.- INVARIABILIDAD DE PRECIOS
Los precios de las ofertas que se presenten y de las contrataciones que se formalicen serán invariables durante la vigencia de la contratación, excepto estipulación en contrario en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Cualquier variación en las alícuotas de los impuestos nacionales, provinciales y tasas municipales vigentes o a crearse en un futuro, no serán idóneas para modificar el precio final por el que se adjudique la contratación.
Sólo será posible la revisión del precio contratado, en los contratos de tracto sucesivo con prestaciones recíprocas pendientes que por su extensión en el tiempo así lo amerite, por causas objetivas debidamente fundadas y mediante acuerdo escrito y expreso entre ambas partes.
La revisión del precio contratado sólo podrá ser concedida para las prestaciones a ser ejecutadas con posterioridad a la solicitud de reconocimiento de variación de precios.
Tanto el/los adjudicatario/s como INTERCARGO S.A.C., podrán solicitar el reconocimiento de variaciones en los precios del contrato. Tal solicitud podrá realizarse únicamente cada seis (6) meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato o notificación de la orden de compra, según sea el caso, y/o desde el último reajuste realizado, y deberá ser resuelto de común acuerdo entre las partes.
Para tales supuestos, con la presentación de la oferta deberá ser presentado un informe sobre la composición de los costos de manera analítica. A tal fin, a partir de la fecha de notificación de la solicitud de revisión de precios, se iniciará un periodo de negociaciones que no podrá exceder el plazo de treinta
(30) días, salvo que, de común acuerdo, se decida la prórroga de éste. Si no se arribase a un acuerdo amistoso, se entenderá que los precios del contrato son los definidos por INTERCARGO S.A.C. En este caso, el adjudicatario podrá solicitar la rescisión del contrato notificando fehacientemente a INTERCARGO S.A.C. con una antelación mínima de cincuenta (50) días, sin que ello de lugar a reclamo de indemnización alguna. Este derecho deberá ser ejercido dentro de los diez (10) días contados desde la fecha de notificación de la negativa a su propuesta, o desde la fecha de notificación del precio definido por INTERCARGO S.A.C., lo que suceda en primer término.
16.- ADJUDICACIÓN - CRITERIO DE SELECCIÓN
La adjudicación podrá realizarse por renglón o grupos de renglones, conforme lo estipulado por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para el caso concreto.
En los casos en que se permita la cotización parcial, la adjudicación podrá ser parcial, aun cuando el oferente hubiere cotizado por el total de la cantidad solicitada para cada renglón.
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente para INTERCARGO S.A.C., teniendo en cuenta la calidad, el precio, la forma de pago, la idoneidad del oferente y demás condiciones de la oferta, analizados globalmente. Se entiende por oferta más conveniente aquella que cumpla sustancialmente con las exigencias establecidas en el llamado y satisfaga las necesidades planteadas para la compra o contratación. La oferta más conveniente no significará necesariamente la de menor precio.
INTERCARGO S.A.C. podrá rechazar todas las ofertas sin incurrir por ello en responsabilidad alguna respecto del o de los oferentes afectados y sin obligación alguna de informar las razones de la decisión adoptada. Esta decisión será en todos los casos irrecurrible.
Solo en los Procedimientos de Compra encuadrados bajo la forma de Licitación de Etapa Múltiple, se notificará la precalificación a los oferentes, quienes podrán efectuar impugnaciones a la misma, por escrito, previo depósito de la correspondiente garantía, dentro de los dos (2) días de su notificación.
INTERCARGO S.A.C. procederá a continuar el procedimiento notificando la fecha de apertura del Sobre Nro. 2, conforme lo estipulado en el artículo 12 del presente Xxxxxx, y la resolución de las impugnaciones en caso de existir alguna.
Asimismo, solo en los Procedimientos de Compra encuadrados bajo la forma de Licitación de Etapa Múltiple, una vez notificada la adjudicación, podrán efectuar impugnaciones a la misma, por escrito, previo depósito de la correspondiente garantía, dentro de los dos (2) días de su notificación.
Las impugnaciones deberán presentarse en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C.
17.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
La contratación será perfeccionada únicamente mediante constancia de recepción de la respectiva orden de compra o con la suscripción del contrato propiamente dicho, o carta reversal, según sea el caso.
Una vez notificada la adjudicación, los oferentes adjudicados deberán suscribir el contrato respectivo, cumplir con la condición tácita de aceptación en caso de tratarse de una carta reversal, o retirar la orden de compra, según corresponda, constituir la garantía de adjudicación dentro del plazo previsto en el artículo
11.3 del presente Xxxxxx y, cumplir con las obligaciones asumidas, bajo apercibimiento de ejecutar las garantías correspondientes.
Forman parte del contrato y con el siguiente orden de prelación:
La Orden de Compra o el Contrato suscrito o la Carta Reversal correspondiente.
El Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
El Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Los anexos requeridos;
Las Especificaciones Técnicas;
Las Circulares con o sin consulta, las ampliaciones, respuestas y aclaraciones brindadas, las verificaciones efectuadas, las pruebas y demostraciones realizadas, las muestras presentadas, los resultados de las visitas efectuadas y demás documentación que, requeridas por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares o las Especificaciones Técnicas, hubieren aportado a la adjudicación;
Las ofertas aceptadas.
18.- PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA O CESIÓN DEL CONTRATO O DERECHOS DERIVADOS
El contrato no podrá ser transferido ni cedido por el adjudicatario sin el previo consentimiento escrito de INTERCARGO S.A.C. Se prohíbe expresamente la transferencia o cesión de derechos y/o facturas originados y/o causados en el respectivo contrato o en la orden de compra, sin el previo consentimiento escrito de INTERCARGO S.A.C.
19.- GARANTÍA DE INDEMNIDAD
El adjudicatario se compromete a mantener indemne a INTERCARGO S.A.C. por cualquier reclamo administrativo y/o acción judicial y/o extrajudicial, de cualquier índole (laborales, civiles, comerciales, tributarios, sociales, sindicales, etc.), entablada por dependientes y/o terceros con motivo y/o como consecuencia de la ejecución de la contratación en cuestión, o en la que el hecho litigioso y/o sus consecuencias pretendieran ser vinculadas a la misma, incluyendo las costas que se pudieran derivar de aquella.
En tales supuestos, la/s firma/s que resulte/n adjudicataria/s asumen por sí o por sus compañías de seguros, las indemnizaciones, costos, costas y gastos que por tal motivo se hubieren originado, judicial y/o extrajudicialmente, eximiendo a INTERCARGO S.A.C. de las consecuencias y responsabilidades derivadas de los hechos y/o actos mencionados.
Consecuentemente, el adjudicatario será el único responsable de los actos de sus director/es y/o gerente/s y/o dependiente/s, tanto en lo referente a la esfera civil, penal, comercial, laboral, o cualquier otra; reconociendo en forma expresa y plena las obligaciones laborales y previsionales correspondientes a su personal, eximiendo a INTERCARGO S.A.C. de cualquier eventual responsabilidad que imponga solidaridad en el pago de cualquier tipo de indemnización prevista en la Ley de Contrato de Trabajo u otra reglamentación.
Asimismo el adjudicatario se compromete a mantener indemne a INTERCARGO S.A.C. en relación a cualquier pago que se deba efectuar en adición al monto adjudicado, debiendo ser abonado los mismos por el adjudicatario, y no pudiendo este someter el cumplimiento de sus obligaciones al pago de aquellos.
Ante el supuesto que INTERCARGO S.A.C. sea obligada a abonar suma alguna de dinero, el adjudicatario se obliga a reintegrar la totalidad de las erogaciones efectuadas dentro de los dos (2) días de notificado, estando facultado INTERCARGO S.A.C. a reclamar las indemnizaciones por los daños y perjuicios que esta situación le ocasione.
INTERCARGO S.A.C. tendrá derecho a descontar los montos que haya afrontado de la facturación del adjudicatario, o en su caso, a retener la misma hasta el límite del monto cuestionado.
De no existir facturación pendiente y no verificarse el reintegro por parte del adjudicatario, el mismo deberá pagar a INTERCARGO S.A.C., además de las sumas que le adeudare, un interés punitorio equivalente a la Tasa Activa del Banco de la Nación Argentina, hasta el momento del efectivo pago.
20.- PAGO
El adjudicatario deberá presentar sus facturas conforme a lo que se determine en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el cual también se consignarán las condiciones de pago. INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de observar las facturas presentadas, por inconsistencia con los bienes entregados, los servicios prestados o los precios facturados por el adjudicatario, como por cualquier otro concepto.
21.- RESERVAS
INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho, en cualquier estado del trámite previo a la adjudicación, a dejar sin efecto cualquier procedimiento de contratación. En tal caso, los oferentes carecerán del derecho a ser adjudicados. En igual sentido, carecerán del derecho a reclamar indemnización o reintegro alguno de gastos en que hubieren incurrido para la preparación y presentación de sus ofertas.
Asimismo INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho a declarar el fracaso de cualquier procedimiento de contratación, si ninguna de las ofertas cumpliera con las Bases y Condiciones establecidas en los Pliegos Generales, Particulares y Especificaciones Técnicas.
Por último, en aquellas contrataciones de tracto sucesivo en las que INTERCARGO S.A.C. comunique su voluntad de prorrogar la vigencia, el adjudicatario deberá manifestar fehacientemente su voluntad, con un plazo de antelación mínimo de cuarenta (40) días a la finalización de la misma. Ante el silencio del adjudicatario o la negativa manifestada dentro del plazo mencionado, INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho a exigir la continuidad en la prestación del servicio en idénticas condiciones a las estipuladas en la orden de compra o contrato, según sea el caso, por el plazo de cuarenta (40) días más, a computarse desde la finalización de la vigencia original, a lo cual, el adjudicatario no podrá oponerse.
22.- RESCISIÓN SIN EXPRESIÓN DE CAUSA – RESCISIÓN POR CULPA
INTERCARGO S.A.C. podrá resolver el contrato o la orden de compra en cualquier momento, sin expresión de causa ni derecho a indemnización o compensación alguna, con la sola condición de notificar tal decisión al adjudicatario, por medio fehaciente, con veinte (20) días corridos de anticipación a la fecha de rescisión, lapso durante el cual se mantienen vigentes los derechos y obligaciones de ambas partes.
INTERCARGO S.A.C. tendrá la facultad de proceder a la rescisión unilateral del contrato por culpa del adjudicatario, sin que a éste le corresponda indemnización alguna, y sin intimación ni comunicación previa, en los siguientes casos:
a) Incumplimiento total o parcial de cualquiera de las obligaciones contraídas por el adjudicatario;
b) Que el adjudicatario falleciere, fuere declarada su incapacidad, solicitare su concurso de acreedores u otorgare un Acuerdo Preventivo Extrajudicial, le fuere declarada su quiebra y no fuere dejada sin efecto inmediatamente, celebrare cualquier otro acto que significare una considerable disminución de su solvencia económica o perdiere cualquiera de las habilitaciones y/o permisos necesarios para la prestación del servicio.
c) Cuando en la oferta se hubiera incurrido dolosamente en inexactitudes graves que determinaron la adjudicación.
d) Cuando el adjudicatario sea culpable de fraude o negligencia, o incumpla las obligaciones y condiciones estipuladas en el contrato.
e) Vencido el plazo de cumplimiento de contrato o en caso de su prórroga, sin que se hubiese ejecutado la totalidad del objeto de la contratación.
f) Cuando exista cesión de todo o parte del contrato, orden de compra, facturas, o derechos, sin que la misma haya sido autorizada previamente por INTERCARGO S.A.C.
g) Cuando las multas superen el xxxx xxx XXXX POR CIENTO (10%) del monto del contrato u orden de compra, según sea el caso.
h) La venta o transmisión de la empresa del adjudicatario o su transformación en otra entidad jurídica, por los medios legalmente establecidos.
i) El incumplimiento de la legislación vigente, por parte del adjudicatario.
j) La existencia de embargos y/o retenciones de créditos decretados por órganos judiciales o administrativos.
k) En caso de siniestro o accidente que ocasione daños a las personas, bienes o al medio ambiente.
l) La existencia de inexactitudes graves en la información ofrecida por el adjudicatario, especialmente en lo relativo a la calidad, seguridad e higiene, sistemas de gestión medioambiental, condiciones y cumplimiento de requisitos laborales.
m) El incumplimiento de las obligaciones de confidencialidad exigidas en el presente Xxxxxx.
n) El incumplimiento de las obligaciones laborales y de la seguridad social, por parte del adjudicatario o de sus subcontratistas.
En estos casos, la rescisión se producirá de pleno derecho y surtirá efectos desde que INTERCARGO S.A.C. notifique al adjudicatario, por medio fehaciente, su voluntad de resolver.
En los casos en que proceda la rescisión del contrato por culpa del adjudicatario, N C S. .C. podrá adoptar todas o algunas de las siguientes medidas:
a) Suspender los pagos pendientes hasta la entera satisfacción de cualquier crédito que haya podido surgir a favor de INTERCARGO S.A.C. como consecuencia de la rescisión;
b) Ejecutar las garantías que el adjudicatario tuviere constituidas;
c) Retener los bienes y elementos del adjudicatario que estuvieran en poder de INTERCARGO S.A.C. hasta la entera satisfacción de cualquier crédito que haya podido surgir a favor de esta como consecuencia de la rescisión; y
d) Reclamar los daños y perjuicios ocasionados.
En caso de que, al momento de la rescisión del contrato por culpa del adjudicatario, existieren saldos a favor de INTERCARGO S.A.C. por cualquier concepto, este podrá retener los mismos de los importes que deba al adjudicatario, sin necesidad de consentimiento alguno, no teniendo el adjudicatario nada que reclamar.
23.- PENALIDADES – PAGO DE LAS MULTAS – CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
INTERCARGO S.A.C. podrá aplicar las multas y/o penalidades previstas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus anexos.
Las multas y/o penalidades que se apliquen al adjudicatario, se cancelarán en el orden siguiente:
a) Con las acreencias resultantes de las facturas emergentes del contrato que estén al cobro o en trámite;
b) Con la correspondiente garantía; y
c) Con cualquier otro crédito que INTERCARGO S.A.C. adeudare al adjudicatario.
Las penalidades referidas no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor debidamente documentados por el/los adjudicatarios y aceptado por INTERCARGO S.A.C. La/s parte/s afectada/s por un caso fortuito o un evento de fuerza mayor hará/n todos los esfuerzos razonables para mitigar los efectos de dicho evento sobre la ejecución del contrato y por cumplir sus obligaciones contractuales.
La existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos, deberá ser puesta en conocimiento de INTERCARGO S.A.C. dentro de las VEINTICUATRO (24) horas hábiles siguientes a haberse ocasionado sin excepción alguna, quedando a criterio de esta última la evaluación de los mismos y su eventual aceptación.
Se entenderá por fuerza mayor cualquier evento extraordinario y anormal que esté fuera del control del adjudicatario o de INTERCARGO S.A.C., según sea el caso, y que sea inevitable, incluyéndose entre estos supuestos, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, los siguientes:
a) guerra, hostilidades u operaciones bélicas (ya sea que se haya declarado o no un estado xx xxxxxx), invasión, acto del enemigo extranjero y guerra civil;
b) rebelión, revolución, insurrección, levantamiento, usurpación del gobierno civil o militar, conspiración, motín, disturbios civiles y actos terroristas;
c) sabotaje, epidemia, cuarentena, peste;
d) terremoto, avalancha, actividad volcánica, incendio, inundación, maremoto, tifón o ciclón, huracán, tormenta, rayos u otras condiciones atmosféricas inclementes, ondas de choque y ondas nucleares u otros desastres naturales o físicos;
e) escasez de mano de obra, materiales o servicios públicos, cuando sean causados por circunstancias que constituyen en sí fuerza mayor.
24.- CONSULTAS
Los interesados y oferentes en los procedimientos de compras de INTERCARGO S.A.C., podrán efectuar consultas aclaratorias por escrito, hasta tres (3) días antes de la fecha máxima de presentación de ofertas. Las mismas serán formuladas vía e-mail a la cuenta xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx, desde la casilla constituida como Domicilio de Comunicaciones, o en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. y harán concreta referencia a los puntos a aclarar. Si a criterio de INTERCARGO S.A.C. la consulta resultare pertinente y contribuyere a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx, se elaborará una Circular Aclaratoria, la cual será notificada.
INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de emitir, en cualquier momento o etapa del proceso de selección y hasta la apertura de las ofertas, Circulares Aclaratorias. Igualmente, podrán disponerse, por Circular Aclaratoria, prórrogas para la presentación de ofertas y del Acto de Apertura.
25.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
La ley aplicable al presente Pliego será la de la República Argentina. Para cualquier divergencia que pueda surgir respecto de la interpretación, ejecución y/o cumplimiento xxx Xxxxxx, las partes se someterán expresamente a la competencia exclusiva de los Tribunales Nacionales en lo Civil y Comercial Federal de la Capital Federal. La presentación de la oferta importará la aceptación de la presente cláusula compromisoria, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
26.- CONFIDENCIALIDAD
Los oferentes y/o adjudicatarios deberán guardar el más íntegro y amplio deber de confidencialidad, el cual incluye abstenerse de divulgar cualquier dato, información, detalle o referencia, por más intrascendente o poco significativo que ello pudiera ser, directa o indirectamente vinculados a INTERCARGO S.A.C. y/o cualquiera de sus marcas, socios, directivos o empleados, asumiendo las responsabilidades civiles y penales que del obrar contrario al presente compromiso asumido se pudieran derivar. La obligación de confidencialidad se mantendrá por cinco (5) años a contar desde la fecha de apertura de ofertas, para el caso de oferentes no adjudicados, y desde el cumplimiento del objeto de la contratación de que se trate o finalización de la relación contractual entre INTERCARGO S.A.C. y el adjudicatario, para el caso de este último, por cualquier causa que fuera.
27.- CLAUSULA ANTICORRUPCION
Será causal determinante del rechazo sin más trámite de la propuesta u oferta en cualquier estado del procedimiento, o de la rescisión de pleno derecho de la orden de compra o contrato, dar u ofrecer dinero o cualquier otra dádiva a fin de que:
a) Funcionarios o empleados de INTERCARGO S.A.C. con competencia referida a cualquier contratación, orden de compra o contrato, hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones;
b) Para que hagan valer la influencia de su cargo ante otro funcionario o empleado de INTERCARGO S.A.C. con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones; o
c) Xxxxxxxxx persona haga valer su relación o influencia sobre un funcionario o empleado de INTERCARGO
S.A.C. con la competencia descripta, a fin de que éstos hagan o dejen de hacer algo relativo a sus funciones.
Serán considerados sujetos activos de esta conducta quienes hayan cometido tales actos en interés del adjudicatario directa o indirectamente, ya sea como representantes, administradores, socios, mandatarios, gerentes, factores, empleados, contratados, gestores de negocios, síndicos, o cualquier otra persona física o jurídica.
Las consecuencias de estas conductas ilícitas se producirán aun cuando se hubiesen consumado en grado de tentativa.
28.- COMPRE ARGENTINO
El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales se encuentra alcanzado por la Ley de “Compre rabajo
rgentino” N° 25.551 y su Decreto Reglamentario 1.600 de fecha 28 xx Xxxxxx de 2002, por lo cual a fin de garantizar su efectivo cumplimiento, toda oferta nacional deberá estar acompañada por una declaración jurada mediante la cual se acredite el cumplimiento de las condiciones requeridas para ser considerada como tal. La falta de presentación configurará una presunción, que admite prueba en contrario, de no cumplimiento de las prescripciones vigentes con relación a la calificación de oferta nacional.
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
ARTÍCULO 1º.- OBJETO DE LA LICITACIÓN
La presente licitación es de etapa múltiple. El objeto de la misma constituye la contratación del servicio de comedor para el personal de INTERCARGO S.A.C. que cumple tareas en el Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y en el Aeroparque Metropolitano Xxxxx Xxxxxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cumplirse por el término de DOS (2) años, con opción a prórroga hasta por UN (1) año más en cabeza exclusiva de INTERCARGO S.A.C. según las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo VIII del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares
ARTÍCULO 2º.- RETIRO XXX XXXXXX
Todos los días hábiles en el horario de 9:00 a 16:00 horas en el Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C., sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC-TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aires y hasta TRES (3) días antes de la fecha máxima de presentación de ofertas
También podrá solicitarse por correo electrónico a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx; o bien descargarse de la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones, xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; de la página web de INTERCARGO S.A.C., xxxx://xxxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx o de la página del Ministerio de Transporte xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxx
ARTÍCULO 3º.- REQUISITOS A CUMPLIMENTAR POR LOS OFERENTES
Toda la documentación que se detalla a continuación deberá presentarse, por duplicado, encarpetada, foliada y dispuesta en el orden establecido en el presente artículo y firmada en todas y cada una de sus hojas por el representante o apoderado del oferente con la correspondiente aclaración de firma y cargo.
Índice: obligatoriamente deberá completarse la Planilla “Índice” que se acompaña al presente. 3.1.- Pliego de bases y condiciones Generales, Particulares y circulares firmado en todas sus hojas.
3.2.- Especificaciones Técnicas, Planilla de control de comedor, Normas de buenas Practicas de Manipulación (BPM), Menú y Penalidades (Anexos VIII, IX, X, XI y XII) firmados en todas sus hojas.
3.3.- Planilla de cotización conforme Anexo I del presente pliego
3.4.- Garantía de oferta: Los oferentes deberá constituir una Garantía de Oferta de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00-) y se deberá constituir en una de las siguientes formas:
3.4.1.- En efectivo, mediante depósito en el Departamento Tesorería sito en el Aeropuerto Internacional Ministro Xxxxxxxxx, Xxxx Nacional A002 Autopista Teniente General Xxxxx Xxxxxxxxx, s/n, Piso 2° Edificio TUC- TCA, (B1802EZE) Ezeiza- Provincia de Buenos Aires.
3.4.2.- En Cheque certificado, librado contra una entidad bancaria de esta plaza, o Giro Postal, o Bancario, los que serán depositados dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de recibidos.
3.4.3.- Aval Bancario, a entera satisfacción de INTERCARGO S.A.C., constituyéndose el fiador, cuando así corresponda, como deudor solidario, liso y llano y principal pagador, con renuncia de los beneficios de división y excusión, en los términos del Artículo 2.013 del Código Civil.
3.4.4.- Póliza de Caución a entera satisfacción de INTERCARGO S.A.C., debidamente certificada por la autoridad emisora, la cual deberá ser presentada en original.
3.5.- Cumplimentar la totalidad de los datos solicitados en el Anexo II -Registro de Proveedores-. A tal fin deberán presentar:
Nota:
Los proveedores que registran inscripción vigente a la fecha de apertura podrán presentar una nota indicando el número de proveedor.
Personas físicas
Formulario de solicitud de inscripción (Anexo II) suscripto y certificado por entidad bancaria.
Nombre completo, DNI, domicilio real y domicilio legal.
Constancia de Inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.).
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos TRES (3) años o desde el inicio de actividades si el plazo es menor.
Declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar.
Declaración jurada sobre juicios con el ESTADO NACIONAL, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad demandada.
Detalle de las actividades de la firma a efectos de su clasificación. Esta categorización será tenida en cuenta al momento de elegir los proveedores que serán invitados a participar en los procedimientos de selección que lleve a cabo INTERCARGO S.A.C.
Personas jurídicas
Formulario de solicitud de inscripción (Anexo II) suscripto y certificado por entidad bancaria.
Constancia de Inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.).
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención.
Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración
Copia certificada del contrato social y del poder que faculta al firmante.
Copia certificada del último Acta de designación de autoridades donde consten fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos TRES (3) años o desde el inicio de actividades si el plazo es menor.
Declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar.
Declaración jurada sobre juicios con el ESTADO NACIONAL, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad demandada.
Detalle de las actividades de la firma a efectos de su clasificación. Esta categorización será tenida en cuenta al momento de elegir los proveedores que serán invitados a participar en los procedimientos de selección que lleve a cabo INTERCARGO S.A.C.
Agrupaciones de colaboración y Uniones Transitorias de Empresas
Identificación de las personas físicas o jurídicas que los integran.
Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención.
Fecha del compromiso de constitución y su objeto.
Fecha y número de inscripción registral o de la constancia de iniciación del trámite respectivo.
Declaración de solidaridad de sus integrantes por todas las obligaciones emergentes de la presentación de la oferta, de la adjudicación y de la ejecución del contrato.
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos TRES (3) años o desde el inicio de actividades si el plazo es menor.
Declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar.
Declaración jurada sobre juicios con el ESTADO NACIONAL, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad demandada.
Detalle de las actividades de la firma a efectos de su clasificación. Esta categorización será tenida en
cuenta al momento de elegir los proveedores que serán invitados a participar en los procedimientos de selección que lleve a cabo INTERCARGO S.A.C.
Toda la documentación deberá estar certificada por escribano público con firma legalizada en el respectivo Colegio de Escribanos.
Organismos públicos
Cuando el proveedor perteneciere a la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PROVINCIAL o MUNICIPAL o al GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, sólo deberá proporcionar denominación, CUIT, rubro en el que haya efectuado provisiones o prestado servicios y domicilio.
3.6.- En caso que el firmante de la propuesta sea un apoderado, se deberá adjuntar el correspondiente poder legalizado ante Escribano Público con firma certificada ante respectivo Colegio de Escribanos.
3.7.- Declaración jurada de no encontrarse en concurso, quiebra o proceso de liquidación sin quiebra; no hallarse en estado de interdicción judicial ni haber sufrido inhibición; no encontrase dentro de las causales de impedimento para contratar con el Estado Nacional, según Xxxxx XXX. Dicha cláusula se extiende a los Directores, representantes legales y síndicos de la Sociedad.
3.8.- Nota mediante la cual el oferente autoriza a INTERCARGO S.A.C. y al Ministerio de Transporte nacional a solicitar la información que considere necesaria ante organismos oficiales, entidades financieras y/o toda persona o entidad relacionada con la documentación, datos, antecedentes y requisitos presentados, tanto en el desarrollo de la licitación como durante la vigencia del contrato resultante (Anexo IV).
3.9.- En caso que el oferente se presente bajo la forma jurídica de Unión Transitoria de Empresas (UTE), deberán presentar los documentos de constitución del consorcio en los que deberá constar:
3.9.1.- El compromiso expreso de responsabilidad principal, solidaria e ilimitada de todas y cada una de
las empresas consorciadas durante el proceso de licitación, el cumplimiento de todas las obligaciones del contrato, su responsabilidad patronal, su responsabilidad frente a terceros y a todas las demás obligaciones y responsabilidades legales y contractuales.
3.9.2.- El compromiso de mantener la vigencia del Consorcio o asociación, hasta que se hayan cumplido todas las obligaciones emergentes del Contrato.
3.9.3.- El compromiso de mantener la composición del consorcio o asociación durante el plazo mencionado en el inciso anterior, así como también de no introducir modificaciones en los estatutos de las empresas integrantes que importen una alteración de la responsabilidad sin la aprobación de INTERCARGO S.A.C.
3.9.4.- El oferente deberá asignar uno o más representantes legales que acrediten mediante poder,
otorgado por escritura pública, facultades suficientes para obligar a su mandante.
3.9.5.- De los documentos por los que se confiere los poderes y por los que se constituye el consorcio o asociación, deberá resultar que los otorgantes o firmantes lo hicieron legalmente, en ejercicio de las atribuciones que les corresponden como autoridades de cada una de las empresas en funciones, en el momento del acto respectivo.
3.9.6.- Las empresas serán solidariamente responsables por el cumplimiento del Contrato en caso de adjudicación.
3.9.7.- Déjase establecido que toda la documentación requerida en los ítems precedentes deberá presentarse por cada una de las empresas integrantes de la Unión Transitoria de Empresas (UTE) y/o asociaciones, con excepción del recibo de pago xxx xxxxxx y de la/s constancias de visita.
3.10.- En caso que el oferente sea una Cooperativa, se deberá acompañar adicionalmente a lo solicitado en los incisos precedentes de este artículo, la siguiente documentación:
3.10.1.- Copia certificada por Escribano Público del Acta del Consejo de Administración donde se fijan las proporciones de las que participaría cada socio de los ingresos provenientes del eventual contrato que derive de la presente Licitación.
3.10.2.- Nómina de Socios, con su correspondiente C.U.I.T. y fecha de alta como socio cooperativo.
Asimismo se debe acompañar por cada socio la Constancia de inscripción ante la AFIP, así como copia de la boleta de pago de los aportes como trabajador autónomo de los últimos DOCE (12) meses.
3.10.3.- Constancia del Ministerio de Trabajo de la Nación donde se acredite que los socios que conforman el listado del plantel del personal que prestará servicios en INTERCARGO S.A.C. no están comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, ni en el Convenio Colectivo de Trabajo que regula la actividad.
3.10.4.- Deberá presentar un plan de supervisión y dirección de los trabajos que realicen los socios que conformen la nómina del plantel del personal que prestará servicios en INTERCARGO S.A.C.
3.11.- Antecedentes y referencias:
3.11.1.- Comerciales:
3.11.1.1.- Clientes: Demostrar fehacientemente poseer capacidad para la eficiente prestación del servicio que se licita, presentando a tal fin la nómina de las entidades públicas y/o privadas con las cuales realiza o realizó prestación del servicio de envergadura similares y las certificaciones emitidas por dichos organismos y/o empresas contratantes, con fecha de emisión no mayor a los TREINTA (30) días anteriores a la fecha de apertura de ofertas, indicando en forma precisa:
-Denominación y domicilio de la institución o empresa donde se realizó el trabajo y fecha de realización.
-Nombre, apellido y cargo de las personas que puedan ser consultados.
-Características del servicio y características técnicas del equipamiento utilizado.
- Concepto sobre el desempeño de la empresa.
3.11.2.- Bancarias: Se deberá indicar nombre de la institución, tipo y número de cuenta y las líneas de crédito que en su caso posean.
3.11.2.1.- Todo otro dato que se considere de interés para ampliar el conocimiento de los antecedentes bancarios del oferente.
3.11.3. Capacidad económica y financiera del oferente: De acuerdo a lo establecido en el presente pliego se deberá acompañar la siguiente documentación:
3.11.3.1 Estados contables e informes de auditoría correspondientes a los últimos dos (2) años, certificados por autoridad competente.
3.11.3.2 Certificaciones bancarias y/o de proveedores y/o Casa Matriz, de las líneas de crédito otorgadas y disponibles, emitidas con una antelación no mayor a veintiún (21) días de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas, las cuales deberán estar supeditadas a la adjudicación del contrato objeto de la licitación.
3.11.3.3 A los efectos de determinar la capacidad del oferente para prestar correctamente en servicio y contar con un respaldo adecuado, la facturación anual ofertada en la presente licitación no podrá superar el 50% de la facturación total anual considerando el último balance del oferente.
3.11.4. Otras pruebas para demostrar que el Oferente tiene suficiente capital de trabajo para el cumplimiento del Contrato.
3.12.- Se deberá adjuntar una nota detallando:
3.12.1. Razón social.
3.12.2.- Domicilio legal y comercial. A todos los efectos de esta contratación, los oferentes deberán constituir domicilio legal en la República Argentina.
3.12.3.- Fecha de vencimiento del contrato social y objeto de la sociedad.
3.13.- Constancias de pago y Declaración Jurada (Formulario 931 –SUSS–) de los Recursos de la Seguridad Social de los últimos TRES (3) meses anteriores a la fecha de apertura.
3.14.- Boletas de pago y Declaración Jurada del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (I.V.A.) de los últimos TRES
(3) meses anteriores a la fecha de apertura.
3.15.- Inscripción ante las Direcciones xx Xxxxxx, provinciales y/o municipales de aquellas jurisdicciones en las cuales desarrolle actividades, presentando fotocopia del formulario de inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, y de corresponder, en el Convenio Multilateral, con más las Boletas de pago de los últimos TRES (3) meses anteriores a la fecha de apertura de la/s jurisdicción/es donde registra inscripción.
3.16.- Habilitaciones de la empresa por parte de los organismos de control correspondientes que acrediten estar autorizados para el desarrollo de la actividad.
3.17.- Certificados de libre deuda, con fecha de emisión no mayor a QUINCE (15) días anteriores a la fecha de apertura de ofertas de la presente licitación, emitidos por:
3.17.1.- La Obra Social correspondiente en cumplimiento con lo establecido en la Ley Nº 22.269.
3.17.2.- El Sindicato correspondiente, en donde conste asimismo el no mantenimiento de conflictos laborales con la firma oferente.
3.18.- Constancia que acredite el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene establecidas para la actividad con las correspondientes certificaciones por la autoridad competente.
3.19.- Informe emitido por Contador Público debidamente certificado por el respectivo Consejo Profesional en Ciencias Económicas donde conste:
3.19.1.- Nómina de empleados que conforman el plantel para la prestación del servicio. 3.19.2.- Que el Libro del Artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo se lleva en legal forma.
3.19.3.- Que los sueldos y/o jornales están liquidados correctamente y que se da cumplimiento a las obligaciones de la seguridad social.
3.20.- Estado Patrimonial Resumen actualizado a la fecha de apertura, de acuerdo al modelo del Anexo V, firmado por el representante legal del oferente y acompañado de un certificado emitido por Contador Público cuya firma deberá estar debidamente legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.
3.21.- Detalle de las características de la/s planta/s elaboradora/s que posea el oferente y ubicación geográfica de la/s misma/s. (Ver artículo 15º de las especificaciones técnicas)
3.22.- Se deberá presentar el plan, programa o proyecto de implementación del servicio para el cumplimiento de la prestación específica del objeto del llamado indicando los plazos estipulados. Dentro de este plan se pide también detallar los siguientes aspectos:
3.22.1.- Personal afectado al servicio (cantidad, cargos y funciones). Indicar en este punto que cantidad de este personal es propio del oferente, es decir, que ya formen parte de su nómina de empleados.
3.22.2.- Equipamiento a invertir por el oferente según lo requerido para las instalaciones existentes para la prestación del servicio (hornos, cocinas, heladeras, cámaras, etc.). El monto que depare la inversión en equipamiento deberá estar contemplado dentro del costo de las raciones.
3.22.3.- Materia prima, de acuerdo a lo indicado en el artículo 5º de las especificaciones técnicas detallar que marcas serán las utilizadas por el oferente en la prestación del servicio.
3.22.4.- Vehículos, de acuerdo a lo indicado en el artículo 7º de las especificaciones técnicas detallar que vehículos utilizará la firma para la prestación del servicio (marca/modelo, antigüedad, capacidad, habilitaciones, etc.).
3.23.- Régimen de capacitaciones al personal. Se pide detalle y certificaciones de las capacitaciones que el oferente brinde a su personal, ya sea los requeridos por ley o los estipulados por la empresa.
3.24.- La presente contratación se encuentra alcanzada por el Régimen de Compre Trabajo Argentino, por lo cual los oferentes deberán presentar la declaración jurada que se acompañan como Anexo VI con las firmas debidamente certificadas.
ARTÍCULO 4º.- CIRCULARES CON Y SIN CONSULTA
Es requisito que previo a la presentación de la oferta que se realicen visitas técnicas a las instalaciones de INTERCARGO S.A.C. a fin de comprender claramente el alcance de los servicios y las posibilidades de prestación del servicio (ver articulo Nº 16 “V S BL L LU D P S C ÓN”).
No obstante lo mencionado en el párrafo anterior, en caso de requerir información aclaratoria se deberá enviar una solicitud por correo electrónico a la dirección de xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx los días hábiles en el horario de 9 a 16 horas hasta CINCO (5) días antes de la fecha máxima de presentación de ofertas.
Las Circulares con o sin consulta serán comunicadas por correo electrónico. Las mismas deberán presentarse firmadas en el sobre Nro. 1.
ARTÍCULO 5º.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS y APERTURA
Las ofertas deberán presentarse en sobre cerrado hasta la fecha y hora estipulada en el presente pliego de la siguiente forma:
SOBRE Nro. 1: OFERTA TÉCNICA
Este sobre contendrá todos los documentos requeridos en los puntos 3.1 / 3.2 / 3.4 / 3.5, las circulares con o sin consulta y toda información adicional solicitada en el presente pliego de bases y condiciones particulares y detallada en el índice como así también en el pliego de bases y condiciones generales o que a criterio del oferente considere incluir. La garantía de mantenimiento de oferta tiene que estar incluida en el sobre Nro. 1. NO DEBERÁN INCLUIR EN EL SOBRE Nro. 1 LA PLANILLA DE COTIZACIÓN NI REFERENCIA ALGUNA A LOS
COSTOS DEL PROYECTO. Aquel sobre Nro. 1 que contenga información sobre la oferta económica será impugnado no pudiendo continuar en el proceso de licitación.
En el lugar, día y hora determinados para la apertura del sobre Nro. 1, se procederá a abrir los sobres, cajas o paquetes con las propuestas técnicas en un acto privado a realizarse en las oficinas de INTERCARGO S.A.C. sin asistencia de oferentes en presencia xx xxxxxxxxx público y de funcionarios de INTERCARGO S.A.C., labrándose el acta correspondiente.
Una vez concluido el acto de apertura, se procederá a evaluar el contenido de los Sobres Nro. 1, pudiendo desestimar las ofertas que así considere en base a los criterios de evaluación.
Se analizará el contenido de las propuestas técnicas presentadas, y emitirá el dictamen de preselección, el cual será comunicado a todos los oferentes en el plazo de dos (2) días desde la emisión del mismo. El comunicado será aprobado a través del Acto Administrativo correspondiente.
Asimismo, INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de efectuar visitas a las plantas de los oferentes.
SOBRE Nro. 2: OFERTA ECONÓMICA
Luego de aprobada la preselección por autoridad competente, el sobre conteniendo las ofertas económicas de quienes hubieran sido preseleccionados, se abrirán en un acto privado en las oficinas de INTERCARGO X.XX., sin asistencia de oferentes en presencia xx xxxxxxxxx público y de funcionarios de INTERCARGO S.A.C., labrándose el acta correspondiente.
Una vez concluido el acto de apertura de Sobres Nro. 2 se procederá a evaluar el contenido de aquellos que hubiesen sido preseleccionados. Se establecerá el orden de mérito de las ofertas que se ajustan al presente y recomendará sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento, para lo cual procederá a elaborar el documento denominado: "dictamen de adjudicación" El dictamen no será vinculante.
Las impugnaciones serán resueltas en el mismo acto que disponga la adjudicación.
Para este proceso en particular se fija en concepto de garantía de impugnación un importe de PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00), las mismas deberán ser realizadas por escrito, previo pago en efectivo del monto correspondiente en las oficinas del Departamento de Compras de INTERCARGO S.A.C. Dicho importe será devuelto en caso de resolverse favorablemente la impugnación.
ARTÍCULO 6º.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL VIGENTE APLICABLE A LOS SALARIOS RESULTANTE DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO
Los oferentes deberán discriminar adecuadamente en los Anexos de la Planilla de Cotización su estructura de costos, la que será tomada en cuenta por el área técnica requirente como parámetro de evaluación, a los efectos de determinar si la misma responde a la normativa laboral vigente y a los salarios resultantes de los convenios colectivos de aplicación a la rama de actividad contratada, ello a fin de evitar distorsiones de la sana competencia originadas por la falta de equivalencia de las prestaciones laborales entre oferentes; así como el posterior cumplimiento en los pagos de los haberes u otras formas de remuneración propias de la relación laboral entre la firma y sus empleados/dependientes.
ARTÍCULO 7º.- PLAZO Y LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
La entrega e instalación de todos los bienes necesarios para cumplir con el servicio solicitado en la presente contratación deberá ser dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la notificación de la adjudicación del servicio y el plazo de prestación se extenderá por el término de VEINTICUATRO (24) meses con opción a prórroga hasta por DOCE (12) meses más en cabeza exclusiva de INTERCARGO S.A.C y de común acuerdo con el prestatario.
Si existieran razones de fuerza mayor o ajenas al oferente que imposibilitaran el cumplimiento de la prestación/entrega en el plazo estipulado por INTERCARGO S.A.C., las mismas deberán comunicarse al momento de la presentación de la oferta, informando además el plazo de entrega (en días corridos) del/los renglón/es afectado/s.
Los plazos consignados sólo podrán ser ampliados o modificados por causas de fuerza mayor debidamente justificadas por el adjudicatario y aceptadas expresamente por INTERCARGO S.A.C., En el caso que la demora en la prestación/entrega no haya sido aceptada por INTERCARGO S.A.C., esta podrá aplicar las penalidades establecidas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
La entrega e instalación de los equipos y la prestación del servicio deberán coordinarse con el responsable que INTERCARGO S.A.C. designe a tal efecto, lo cual será debidamente notificado al momento de la adjudicación. Toda mercadería que no se ajuste a las reglas aquí establecidas dará lugar al rechazo automático de la misma por parte de INTERCARGO S.A.C.
ARTICULO 8º.- FACTURACIÓN - FORMA DE PAGO
La factura se presentará mensualmente en la Recepción de INTERCARGO S.A.C. ubicada en el Xxxxxxxx XXX- XXX, Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, o por medio electrónico a xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx del 1 al 15 del mes siguiente de la prestación de los servicios discriminada por lugar de prestación (Módulos y hangares Ezeiza, TUC-TCA y Oficinas externas Ezeiza, Módulos y Hangares
Aeroparque y Oficinias XxXxx Aeroparque).
El pago se efectuará a los TREINTA (30) días corridos de la fecha de presentación de la facturación, debiendo estar la misma acompañada por el detalle de los bienes entregados y/o servicios prestados en el periodo facturado y con la correspondiente certificación. INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de observar dentro del plazo mencionado la facturación por no estar de acuerdo con los bienes y/o servicios efectivamente prestados.
Período de facturación: mensual a mes vencido.
ARTÍCULO 9°.- PENALIDADES
Sin perjuicio de otras sanciones, cuando INTERCARGO S.A.C. observase faltas por parte del adjudicatario en la prestación del servicio a su cargo, que no constituyan un incumplimiento total, la adjudicataria será pasible de las penalidades establecidas en el ANEXO XII.
ARTÍCULO 10º.- CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR
Las penalidades referidas no serán aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor debidamente documentados por el/los adjudicatarios y aceptado por INTERCARGO S.A.C.
La/s parte/s afectada/s por un caso fortuito o un evento de fuerza mayor hará/n todos los esfuerzos razonables para mitigar los efectos de dicho evento sobre la ejecución del contrato y por cumplir sus obligaciones contractuales.
ARTÍCULO 11º.- COMUNICACIÓN DE CASOS FORTUITOS O FUERZA MAYOR
La existencia de un caso fortuito o de fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos, deberá ser puesta en conocimiento de INTERCARGO S.A.C. dentro de las VEINTICUATRO (24) horas hábiles siguientes a haberse ocasionado sin excepción alguna, quedando a criterio de esta última la evaluación de los mismos y su eventual aceptación.
Se entenderá por fuerza mayor cualquier evento extraordinario y anormal que esté fuera del control del adjudicatario o de INTERCARGO S.A.C., según sea el caso, y que sea inevitable. En este sentido, se tendrá en cuenta el art. 1730 del Código Civil y Comercial de la Nación, el cual entiende por fuerza mayor o caso fortuito al hecho que no ha podido ser previsto o que, habiendo sido previsto, no pude evitarse., incluyéndose entre estos supuestos, sin que la siguiente enumeración sea taxativa, los siguientes:
a) guerra, hostilidades u operaciones bélicas (ya sea que se haya declarado o no un estado xx xxxxxx), invasión, acto del enemigo extranjero y guerra civil;
b) rebelión, revolución, insurrección, levantamiento, usurpación del gobierno civil o militar, conspiración, motín, disturbios civiles y actos terroristas;
c) sabotaje, epidemia, cuarentena, peste;
e) terremoto, avalancha, actividad volcánica, incendio, inundación, maremoto, tifón o ciclón, huracán, tormenta, rayos u otras condiciones atmosféricas inclementes, ondas de choque y ondas nucleares u otros desastres naturales o físicos;
f) escasez de mano de obra, materiales o servicios públicos, cuando sean causados por circunstancias que constituyen en sí fuerza mayor.
ARTÍCULO 12º.- RESCISIÓN
Si por cualquier motivo, el Comitente dejase de ser titular de la concesión el contrato quedará resuelto de pleno derecho sin que ninguna de las partes pueda reclamar indemnización alguna.
ARTÍCULO 13º.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO – AUMENTOS Y DISMINUCIONES
INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de aumentar o disminuir la prestación objeto de la contratación la cual deberá ser realizada en forma razonable. Cuando la modificación exceda en un TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) en más o en menos del monto total del contrato, se deberá requerir la conformidad del co- contratante y si éste no la aceptara, el contrato podrá ser rescindido sin culpa de las partes.
ARTÍCULO 14º. – GRAVÁMENES
Impuesto al Valor Agregado (“IVA”): los precios que contengan las ofertas deberán ser informados sin IVA, el que será adicionado, de corresponder, en renglón aparte al momento de la facturación.
Regímenes de retención: INTERCARGO S.A.C. es agente de retención del IVA (RG18), del Impuesto a las Ganancias (RG830), de Contribuciones de la Seguridad Social (RG 1556, 1769 y 1784), del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Resolución N° 533) y del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires (DN 43/96), Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Misiones (Resolución Xxxxxxx 00/0000) x xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx (Resolución General 19/2012).
Forma de facturación: las facturas deberán ser emitidas en cumplimiento con las normas de facturación vigentes según lo dispuesto por la RG (AFIP) 1415 y la RG (AFIP) 100.
ARTÍCULO 15º.- SEGUROS
1.- a) Seguro de Vida Obligatorio de todo personal afectado al servicio.
b) Seguro de Riesgos del Trabajo (Ley N° 24.557) para todo el personal en relación de dependencia afectado al servicio incluyendo la siguiente cláusula:
"(Nombre de la ART) renuncia en forma expresa a reclamar o iniciar toda acción de repetición o de regreso contra INTERCARGO S.A.C., sus funcionarios, empleados u obreros, el ORSNA, Aeropuerto Argentina 2000 y el Estado Nacional bien sea con fundamento en el artículo 39.5 de la ley N° 24.557 o en cualquiera otra norma jurídica, con motivo de las prestaciones en especie o dinerarias que se vea obligada a otorgar, contratar o abonar al personal dependiente o ex - dependiente de (Nombre del Adjudicatario) alcanzados por la cobertura de la presente póliza, por accidentes de trabajo o enfermedades profesionales sufridos o contraídos por el hecho o en ocasión del trabajo o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo y viceversa, como así también mantener indemne a INTERCARGO S.A.C. ante una acción judicial que pudiera plantearse en forma conjunta y en invocación de una supuesta responsabilidad solidaria, incluyendo el planteo de la inconstitucionalidad de la ley 24.557.
Esta cláusula de no repetición cesará en sus efectos si el empresario comitente a favor de quién se emite, no cumple estrictamente con las medidas de prevención e higiene y seguridad en el trabajo, o de cualquier manera infringe la Ley N° 19.587, su Decreto Reglamentario N° 351/79 y las normativas que sobre el particular ha dictado la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de su competencia.
"(Nombre de la ART) se obliga a comunicar a INTERCARGO S.A.C. en forma fehaciente los incumplimientos a la póliza en que incurra el asegurado y especialmente la falta de pago en término de la misma, dentro de los diez
(10) días de verificados".
“La nómina del personal que realizará los trabajos en el eropuerto, deberá estar consignada en el certificado de cobertura y las altas y bajas que en lo sucesivo se produzcan se informarán a INTERCARGO S.A.C. mediante copia de la información remitida al asegurador certificada por este”.
c) Seguro de Accidentes Personales con cláusula de no repetición contra INTERCARGO S.A.C., el ORSNA, Aeropuerto Argentina 2000 y el Estado Nacional, cuando el adjudicatario sea considerado frente a la AFIP- DGI como trabajador autónomo, o cuando utilizare personal que no esté bajo relación de dependencia, en lugar de los seguros mencionados en a) y b) deberá contratar un seguro de accidentes personales. Esta
disposición también es aplicable a los Socios y/o Directores y/o Accionistas del Adjudicatario, cuando estén afectados directamente al servicio.
La cobertura, en todos los casos, deberá comprender los riesgos de muerte e incapacidad total y/o parcial permanente -incluyendo los accidentes laborales-. El monto mínimo a asegurar será igual a la suma de UN MILLON NOVENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 pesos $ 1.090.945,00 por persona y la
póliza deberá designar, hasta ese monto, a INTERCARGO S.A.C. como primer beneficiario por las obligaciones legales y/o convencionales de las que sea responsable; segundo beneficiario el personal asegurado y/o sus herederos legales según corresponda.
d) Seguro de Vehículos Automotores: El adjudicatario deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil hacia terceros transportados y no transportados, por los montos estándares vigentes en el mercado de acuerdo a los vehículos de que se trate.
Deberá hacer constar en la póliza presentada la cláusula Nº 21 o 22 según compañía de seguro (para ingreso a aeródromos y campos petrolíferos).
e) Seguro de responsabilidad civil: El Adjudicatario deberá contratar un seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva que específicamente incluya dentro de la cobertura las tareas a llevar cabo por adjudicatario, con la cláusula de Responsabilidad Civil Cruzada por un importe no inferior a us$ 100.000.-, nombrando a INTERCARGO S.A.C. como asegurado adicional o tercero según corresponda. Además deberá incluir las siguientes cláusulas:
1) Una cláusula de renuncia a la subrogación contra INTERCARGO S.A.C.
2) Que el pago del premio y la franquicia estará exclusivamente a cargo del Asegurado Principal.
3) Que la franquicia a cargo del Asegurado no podrá exceder del 10% de la indemnización, con un mínimo del 1% y un máximo del 3%, ambos de la suma asegurada al momento del siniestro, por cada acontecimiento.
4) Una cláusula de NO anulación, modificación, o suspensión sin previo aviso de manera fehaciente de con al menos 30 días al Asegurado Adicional.
El Adjudicatario cumplirá con la exigencia en materia de los seguros descriptos mediante la presentación de los Certificados de Xxxxxxxxx dentro de las 48 horas de suscrito el contrato, pero siempre previo al comienzo de las tareas. Asimismo, el adjudicatario deberá entregar a INTERCARGO S.A.C. copia fiel de las pólizas y de los recibos oficiales emitidos por las Aseguradoras por el pago del premio dentro de los quince (15) días de suscrito el contrato y en cualquier caso antes del comienzo de los trabajos. En el caso del pago en cuotas, antes del vencimiento de cada cuota deberá presentar el correspondiente recibo de pago.
2.- Disposición Nº 72/1994 del Ex – Comando de Regiones Aéreas:
Se informa que conforme la citada disposición:
Las empresas deberán contratar y mantener vigentes, como mínimo, los siguientes seguros: 1.- Responsabilidad Civil Aeronáutica
Monto DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES (U$S 100.000.000) por Siniestro Cláusula Xxxxx. DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTICINCO MILLONES (U$S 25.000.000) por Daños a personas.
2.- Responsabilidad Civil Aeronáutico (para vehículos que entren y salgan del aeropuerto).
3.- Incendio (sobre bienes inmuebles cedidos por la Autoridad del Aeropuerto en carácter de Permiso de Uso). Importante: El Seguro de Responsabilidad Civil Aeronáutica quedará a cargo de INTERCARGO S.A.C.
4.- Accidentes de trabajo y Seguro de Vida Obligatorio.
Los montos a asegurar surgirán de la evaluación técnica de cada riesgo o de los montos mínimos que establezca la autoridad del Aeropuerto.
Los seguros serán contratados a Compañías de primera línea, a satisfacción de las Autoridades del Aeropuerto.
En todas las pólizas, deberá figurar como co-asegurado la Autoridad del Aeropuerto y/o aquellas que ella designe.
Las empresas deberán presentar a las Autoridades del Aeropuerto, los originales de las Pólizas de Xxxxxxx contratados, así como la certificación fehaciente del efectivo pago inicial de las mismas y mantenimiento de la vigencia.
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas será motivo de la cancelación de la habilitación otorgada.
ARTÍCULO 16º.- VISITA OBLIGATORIA AL LUGAR DE PRESTACIÓN:
Para programar las visitas a las instalaciones de INTERCARGO S.A.C. el oferente deberá enviar una nota con membrete de la empresa al Departamento de Compras a través de correo electrónico a la casilla xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx con copia a xxxxxxx@xxxxxxxxxx.xxx.xx hasta el día fijado en la portada (Conforme Anexo VII), indicando: Nombre y Apellido, Número de Documento Nacional de Identidad y Certificado de Cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo de la/s persona/s que concurrirá/n a visitar las instalaciones.
En caso de personal autónomo deberá remitirse el Seguro de Accidentes Personales. Se informa que no podrán concurrir más de DOS (2) personas por oferente.
INTERCARGO S.A.C. no se responsabiliza por la imposibilidad de realizar las visitas, debido a la no presentación en tiempo y forma de los datos solicitados, así como por la falta de credenciales impersonales.
La obligatoriedad de la presente cláusula radica fundamentalmente en la necesidad de establecer en forma concreta que el potencial adjudicatario no podrá alegar desconocimiento alguno sobre el espacio físico donde cumplirá diariamente su prestación.
ARTÍCULO 17º.- PERSONAL
El personal utilizado por la adjudicataria para realizar los trabajos no adquiere por esta licitación pública ningún tipo o forma de relación de dependencia con INTERCARGO S.A.C., siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. Queda bajo exclusiva responsabilidad de la firma adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados o no con la prestación del servicio como asimismo el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, obra social, sindicales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y todas las obligaciones y responsabilidades emergentes de la relación laboral que existan o pudieren surgir durante la prestación del servicio, sin excepción reservándose INTERCARGO S.A.C. la facultad de solicitar la exhibición de los comprobantes y auditar in situ su cumplimiento. El adjudicatario deberá destacar la cantidad de personal conforme cada tarea encomendada lo requiera, y mantenerla hasta la finalización integral de la prestación.
La empresa queda obligada a ocupar el personal que necesite con arreglo a las disposiciones legales vigentes. El personal utilizado por la adjudicataria deberá ser idóneo y estará provisto de ELEMENTOS DE SEGURIDAD, establecidos por los Organismos que reglamentan la actividad.
La adjudicataria será directa y exclusivamente responsable por los accidentes o daños que sufra el personal a cargo de estos trabajos y de los que ocasionen a personal y/o cosa de esta repartición o terceros.
ARTÍCULO 18º.- CREDENCIALES
Debido a que las tareas se desarrollarán en una zona aeroportuaria de acceso restringido, el adjudicatario gestionará, previo al inicio de la prestación del servicio, las credenciales operativas que otorga la Policía de Seguridad Aeroportuaria, para el personal y los vehículos asignados a las tareas, a cuyos efectos deberá entregar la documentación que exija dicha institución. De existir costo alguno para la emisión de estas credenciales el costo del mismo estará a cargo de la empresa adjudicataria. En caso de desvinculación del personal, las credenciales serán entregadas sin excepción al organismo emisor.
ARTÍCULO 19º.- ELEMENTOS Y EQUIPOS
El adjudicatario deberá proveer a su personal de todos los elementos y equipos indispensables para prestar un servicio eficiente. Salvo autorización expresa, el personal del adjudicatario no podrá utilizar ningún elemento que pertenezca a INTERCARGO S.A.C.
Será responsabilidad exclusiva del adjudicatario el envío y transporte de todos los equipos que compongan su oferta, de la documentación correspondiente y de las condiciones de llegada.
ARTÍCULO 20º. – IMPEDIMENTOS PARA LA REALIZACION DEL SERVICIO
En el caso que por cualquier motivo se interrumpiera el servicio una vez éste iniciado, correrá por cuenta y responsabilidad del adjudicatario la provisión del medio sustituto necesario a los efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Las demoras en este aspecto serán analizadas para establecer la eventual corrección de las medidas de solución aportadas y/o las sanciones que por incumplimiento pudieran corresponder.
Será obligación del adjudicatario efectuar por sí mismo la total prestación del objeto que conforma el presente, siendo de su absoluta responsabilidad obtenerlos y proveerlo a su exclusivo cargo para asegurar la continuidad del mismo, aún ante eventuales medidas de fuerza resultantes de conflictos gremiales que pudieren suscitarse o que afectaren al personal del que se vale para el cumplimiento del presente.
ARTÍCULO 21º.- REQUISITOS AL MOMENTO DE SER ADJUDICADO.-
1 - Al momento de retirar la orden de compra respectiva, el adjudicatario deberá presentar:
a) Constancia de pago de la última obligación previsional vencida.
b) Nómina completa del personal, con indicación de C.U.I.L.
c) una cuenta corriente bancaria de la cual sea titular.
2 - Al presentar cada factura por los trabajos/servicios adjudicados, deberá presentar:
a) Constancia de pago de las remuneraciones del personal declarado según apartado b) precedente, correspondiente al mes del trabajo/servicio facturado, o inmediato anterior para el caso que los pagos de las remuneraciones se efectúe con posterioridad a la presentación de la factura.
b) Constancia de pago de la obligación previsional del personal declarado según apartado b) precedente correspondiente al mes del trabajo/servicio facturado, o inmediato anterior para el caso que los pagos de las remuneraciones se efectúe con posterioridad a la presentación de la factura.
c) Formulario 931 AFIP – Aporte y Contribuciones Sociales del personal declarado según apartado b) del punto anterior, correspondiente al mes del trabajo/servicio facturado, o inmediato anterior para el caso que los pagos de las remuneraciones se efectúe con posterioridad a la presentación de la factura. En caso de corresponder presentar seguro de accidentes personales.
3 - Con la primera factura:
a) Póliza de cobertura vigente en materia de riesgo de trabajo (A.R.T.) y con las facturas subsiguientes, comprobante de pago al día de dicha póliza. Este seguro deberá incluir las siguientes cláusulas:
b) Póliza de cobertura vigente en materia de seguros de vida obligatorio, y con las facturas subsiguientes, comprobante de pago al día de dicha póliza.
A los puntos precedentes deberá adjuntarse la nómica del personal según apartado b) detallado por número de C.U.I.L., importe que le corresponde y firma del mismo en prueba de conformidad.
Nota importante: en aquellos casos en que INTERCARGO S.A.C. verifique que el adjudicatario no ha cumplimentado las obligaciones previsionales (aportes y contribuciones) y A.R.T. de sus empleados o parte de ellos, procederá a notificar fehacientemente a la prestataria demuestre que ha cumplido con sus obligaciones previsionales y de pago de A.R.T. y Seguro de Vida Obligatorio, reservándose la facultad de rescindir el contrato.
En caso que durante la vigencia del contrato, y hasta seis meses posteriores a su finalización establecida en orden de compra, se produzca alguna baja de personal, incluido en la nómina presentada, el adjudicatario deberá dar cuenta por nota a INTERCARGO S.A.C. de dicha circunstancia, adjuntando la pertinente liquidación xx xxx practicada suscripta de conformidad por parte de dicho personal, y nota del mismo que no tiene más que reclamar.
Asimismo, si el personal dado de baja fuere reemplazado, el adjudicatario deberá denunciar el alta correspondiente y cumplimentar los apartados 2 y 3 de este punto.
ARTÍCULO 22º.- RESERVAS Y REQUERIMIENTOS DE INTERCARGO S.A.C.
Durante la prestación del servicio se llevarán a cabo auditorias operativas y se evaluará al personal de la firma proveedora en cualquier momento y sin previo aviso.
INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de requerir la separación del servicio a personal que considere inadecuado para la prestación del mismo. La separación y el reemplazo del personal alcanzado por dicho requerimiento deberán ser inmediatos y no requerirá de ningún requisito formal ni por escrito por parte de INTERCARGO S.A.C.
INTERCARGO S.A.C. notificará al proveedor las trasgresiones que compruebe respecto del incumplimiento de normas e instrucciones en que incurra el personal, a efectos de que adopte las medidas correctivas necesarias. El adjudicatario deberá informar a INTERCARGO S.A.C. las medidas adoptadas, dentro de las VEINTICUATRO (24) horas de formulado el reclamo.
Asimismo, INTERCARGO S.A.C. se reserva el derecho de efectuar controles por cualquier medio y cuando lo considere oportuno de los equipos, materiales y operatoria, así como también al personal, teniendo la posibilidad de realizar toma fotográfica en las oportunidades que lo considere necesario.
ARTÍCULO 23º.- CONTRALOR DIARIO DE ENTREGA DE RACIONES:
INTERCARGO S.A.C. realizará el contralor de la provisión de raciones diarias. Este se realizará en función de las cantidades efectivamente recepcionadas y con el sistema actualmente vigente.
La empresa adjudicataria deberá implementar su propio sistema de control a los efectos de su posterior facturación, priorizando la mínima molestia al personal de INTERCARGO S.A.C.
INTERCARGO S.A.C., se reservar la facultad de realizar los controles que estime correspondientes a fin de auditar la provisión de raciones diarias. En caso de detectarse discrepancias INTERCARGO S.A.C. podrá solicitar el cambio del sistema electrónico de control. En estos casos se tendrán como válidas las cantidades que surjan de los controles realizados por INTERCARGO S.A.C.
ARTÍCULO 24º.- RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES LEGALES:
La prestadora del servicio dará pleno cumplimiento a las obligaciones que le imponen las normas laborales, previsionales y de seguridad social, con respecto al personal que destine al cumplimiento del servicio que se pretende contratar, quedando específicamente comprometida a cumplir con todas las Leyes y disposiciones en vigencia o que se dicten durante el curso de la prestación del servicio a su cargo, respecto a horarios, cargas sociales, seguros obreros y accidentes de trabajo a que esté ligado el personal. Asimismo, tomará a su cargo la solución de los inconvenientes de orden gremial que puedan surgir al respecto.
Correrán por cuenta de la firma que resulte adjudicataria del servicio todos los gastos que se originen para dar cumplimiento a estas obligaciones, siendo además único responsable de:
a) Las infracciones a las Leyes, Decretos y reglamentos nacionales, provinciales y/o municipales, vigentes o que se dicten durante el transcurso de la prestación del servicio.
b) Los accidentes que, como consecuencia directa o indirecta del trabajo de su personal, pudieran ocurrir a éstos, así como a los agentes de INTERCARGO S.A.C. o a terceros.
c) Los actos u omisiones cometidos por su personal en función de la realización del servicio.
d) Sus obligaciones frente a los organismos previsionales correspondientes.
ARTÍCULO 25º.- OMISIONES
Toda omisión en el desarrollo del presente pliego deberá considerarse accidental, y no implicará la falta de provisión de materiales y/o mano de obra que afecte la buena prestación de los bienes y/o servicios a proveer, de acuerdo a las reglas del buen arte.
Este organismo no admitirá ningún tipo de reclamo por desconocimiento xxx xxxxxx y/o de los trabajos a realizar.
DETALLE DE LOS ANEXOS
ANEXO I Planilla de cotización
ANEXO II Registro de proveedores
ANEXO III Declaración jurada quiebra, concurso, inhibición
ANEXO IV Autorización a solicitud de información
ANEXO V Estado patrimonial - Resumen
ANEXO VI Declaración Jurada Ley de Compre Trabajo Argentino ANEXO VII Requisitos para obtener la credencial para visita ANEXO VIII Especificaciones técnicas
ANEXO IX Planilla de control de comedor
ANEXO X Normas de Buenas Prácticas de Manipulación (BPM)
ANEXO XI Menú
ANEXO XII Penalidades
ANEXO XIII Matriz de ponderación
ÍNDICE
REQUISITO | DESCRIPCION | Nº FOJA INICIAL | Nº FOJA FINAL |
Índice | 01 | 01 | |
3.1 | Pliego de bases y condiciones generales, particulares y circulares firmado en todas sus hojas. | ||
3.2 | Especificaciones Técnicas, Planilla de control de comedor, Normas de buenas Practicas de Manipulación (BPM), Menú y Penalidades (Anexos VIII, IX, X, XI y XII) firmados en todas sus hojas. | ||
3.3 | Planilla de Cotización conforme Anexo I del presente pliego. | CORRESPONDE AL SOBRE Nro. 2 | |
3.4 | Garantía de oferta | ||
3.5 | Registro de Proveedores | ||
Formulario de solicitud de inscripción (Anexo II) suscripto y certificado por escribano público o entidad bancaria. | |||
Constancia de Inscripción en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (A.F.I.P.). | |||
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención. | |||
Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración. | |||
Copia certificada del contrato social y del poder que faculta al firmante. | |||
Copia certificada del último Acta de designación de autoridades donde consten fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización. | |||
Información sobre los principales clientes del sector público y privado según monto de facturación, en los últimos TRES (3) años o desde el inicio de actividades si el plazo es menor. | |||
Detalle de las actividades de la firma a efectos de su clasificación. Esta categorización será tenida en cuenta al momento de elegir los proveedores que serán invitados a participar en los procedimientos de selección que lleve a cabo INTERCARGO S.A.C. | |||
3.6 | Poder legalizado del firmante ante Escribano Público | ||
3.7 | Declaración jurada del oferente de que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar. Declaración jurada sobre juicios con el ESTADO NACIONAL, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, número de expediente, monto reclamado, fuero, juzgado y secretaría y entidad demandada. Conforme Anexo III | ||
3.8 | Nota mediante la cual el oferente autoriza a INTERCARGO S.A.C. a solicitar la información. Anexo IV | ||
3.9 | UTE | ||
3.10 | Cooperativa | ||
3.11 | Antecedentes y referencias | ||
Comerciales | |||
Bancarias | |||
Capacidad económica y financiera | |||
Otras pruebas | |||
3.12 | Nota detallando: Razón social, Domicilios, Fecha de vencimiento del contrato social y objeto, integrantes de los organismos de Adm. y Fiscalización, y fechas inicio/fin mandatos | ||
3.13 | Constancias de pago y Declaración Jurada (Formulario 931 –SUSS – ) de los Recursos de la Seguridad Social de los últimos TRES (3) meses | ||
3.14 | Constancia de pago y Declaración Jurada del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) de los últimos TRES (3) meses. | ||
3.15 | Inscripción ante Direcciones xx Xxxxxx, IIBB, etc. | ||
3.16 | Habilitaciones de la empresa | ||
3.17 | Certificados de libre deuda | ||
3.18 | Constancia que acredite el cumplimiento de las normas de seguridad e higiene establecidas para la actividad | ||
3.19 | Informe (RRHH) emitido por Contador Público debidamente certificado |
3.20 | Estado Patrimonial Resumen (Anexo V) emitido por Contador Público debidamente certificado. | ||
3.21 | Planta elaboradora | ||
3.22 | Plan de implementación | ||
3.23 | Régimen de capacitación | ||
3.24 | Declaración Jurada Compre Argentino, conforme Anexo VI | ||
Constancia de visita |
ANEXO I
PLANILLA DE COTIZACIÓN
El que suscribe Documento Nº
en nombre y representación de la Empresa con domicilio legal en la calle Nº Localidad
Teléfono Fax Nº de CUIT y con poder
suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, luego de interiorizarse de las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente compulsa, cotiza los siguientes precios:
MODULOS Y HANGARES AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI | |||||
Ítem | DESCRIPCION | CANTIDAD ESTIMADA MENSUAL | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL MENSUAL | SUBTOTAL x 24 meses |
1 | DESAYUNO o MERIENDA | 19.000 | |||
2 | ALMUERZO o CENA | 17.000 | |||
TUC-TCA Y OFICINAS EXTERNAS AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI | |||||
Ítem | DESCRIPCION | CANTIDAD ESTIMADA MENSUAL | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL MENSUAL | SUBTOTAL x 24 meses |
3 | DESAYUNO o MERIENDA | 2.640 | |||
4 | ALMUERZO o CENA | 2.640 | |||
MODULOS Y HANGARES AEROPARQUE XXXXX XXXXXXX | |||||
Ítem | DESCRIPCION | CANTIDAD ESTIMADA MENSUAL | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL MENSUAL | SUBTOTAL x 24 meses |
5 | DESAYUNO o MERIENDA | 7.500 | |||
6 | ALMUERZO o CENA | 6.300 |
OFICINAS XX XXXXX AEROPARQUE XXXXX XXXXXXX | ||||||
Ítem | DESCRIPCION | CANTIDAD ESTIMADA MENSUAL | PRECIO UNITARIO | SUBTOTAL MENSUAL | SUBTOTAL x 24 meses | |
7 | ALMUERZO o CENA | 1.500 | ||||
De acuerdo a la Ley 23.349 (IVA) Artículo 3º, Inciso e.1 estos servicios se encuentran exentos de dicho impuesto. | TOTAL: |
Son PESOS:
(En letras)
No podrán presentarse ofertas en forma parcial, debiendo los oferentes cotizar todos los renglones solicitados.
IMPORTANTE
La presentación de la oferta implica el pleno conocimiento del oferente de todas las normas que rigen el proceso de la contratación, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas sin que pueda alegarse su desconocimiento.
FIRMA, ACLARACIÓN Y CARGO DEL OFERENTE
ANEXO I (a) ESTRUCTURA DE COSTOS
En la siguiente planilla se deberá discriminar los porcentuales asignados a cada uno de los ítems que se detallan, y que forman el resultado total de la oferta:
Estructura de Costos | ||
Materia prima y materiales | % | |
Equipos y Maquinarias | % | |
Personal: Mano de Obra* (incluye cargas sociales, etc.) | % | |
Seguros, ART | % | |
Gastos Generales (discriminar detalladamente los mismos) | % | |
Impuestos | IVA | % |
Ingresos Brutos | % | |
Impuesto a las Ganancias | % | |
Beneficio Industrial | % | |
TOTAL: | 100,00 % |
* Ver Anexo III (b) – Detalle Estructura de Costos.
Firma |
Aclaración |
Cargo |
ANEXO I (b) DETALLE DE ESTRUCTURA DE COSTOS
En dicho cuadro deben discriminarse los valores y porcentajes asignados a cada uno de los ítems detallados, relacionados con los salarios del personal que prestarán los servicios.
Estructura de Costos | ||
Personal: Mano de Obra (incluye cargas sociales, etc.) | Valor en $ | Porcentaje |
Xxxxxx Xxxxxx según C.C.T. vigente | $ | % |
Viáticos | $ | % |
Aportes y Contribuciones (Jubilación, Fondo Nacional de empleo, INSSJP, OSPM + ANSSAL, SAC, Art. 52 CC Maestranza Aporte Empresario, etc.) | $ | % |
TOTAL: | $ | % |
(*) Se aclara que para la presentación de oferta deberá completarse la totalidad de los datos indicados en el cuadro precedente, y ampliarlos de resultar necesario.
Firma |
Aclaración |
Cargo |
REGISTRO DE PROVEEDORES SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN
ANEXO II
Fecha:…./…../….
Razón Social………………………………………………………………………………………………………..
Grupo Económico……………………………………………………………………………………………………
Domicilio legal:
Calle:…………..……………………....……… Nº……… Piso……… Dpto……… Código Postal……………
Localidad…………………………....……Provincia……………….Tel………………Fax……………….
Domicilio comercial:
Calle:…………..…………………………....….Nº……… Piso……… Dpto……… Código Postal……………
Localidad………………………....…..…Provincia…………….Tel…………………Fax………………..
Contacto:………………………....……………..Cargo…………….Tel…………………Fax……………
Actividad: Principal:…………………………………….....………
Tipo de actividad: Proveedor…….…Fabricante….……Distribuidor….…Representante….…Contratista……..
Inicio de actividades…../…../…..
Cantidad de empleados:……………
Cantidad de sucursales……....………...
Actividades o rubros ofrecidos................................................................................................. ......... .........
Detalle de maquinarias y Equipos…....…………………………………………………………………............
Referencias bancarias:
Banco……………………….…Sucursal……………………………..Cta.Nº……....……………Tel…..
Banco……………………….…Sucursal……………………………..Cta.Nº………....…………Tel…..
Banco……………………….…Sucursal……………………………..Cta.Nº…………....………Tel…..
Referencias comerciales:
Empresa.…….............................................Dirección:………………………………….Tel……………….
Empresa………………....……Dirección:…………………………………….…...….Tel……….……….
Empresa..…………………………………...Dirección:…………………………….....Tel……….………
APODERADOS QUE TIENEN FACULTAD PARA CONTRATAR Y OBRAR EN NOMBRE DE LA EMPRESA | ||
Nombre | Cargo | DNI |
Asimismo declaramos bajo juramento:
a) Que los datos consignados en este formulario son correctos.
b) Que nos comprometemos a comunicar de inmediato cualquier modificación que experimente la declaración precedente.
c) Que tenemos capacidad legal para contratar.
d) Que no nos encontramos incluidos en ninguno de los puntos que inhabilitan a contratar con INTERCARGO S.A.C.
Nombre y apellido del declarante…………………………………………………………………………..
……………………………………… Firma y Sello
Certifico que la firma que antecede es auténtica…..…………………………………………………..
Firma y Sello Entidad Bancaria x Xxxxxxxxx Público
APÉNDICE
Denominación Social | |||
Domicilio | |||
Código Postal | Teléfono/Fax | ||
Número de C.U.I.T. | (adjuntar comprobante de inscripción) |
Valor Agregado Condición ante el impuesto Responsable Inscripto Exento
Responsable No Inscripto Consumidor Final
No responsable
R.S. Monotributista No Categorizado
Agente de Retención/Percepción (*)
Resolución General | ||
Resolución General |
Ganancias
Condición ante el impuesto
Responsable Inscripto Exento (adjuntar constancia)
Agente de Retención (*)
Resolución General | ||
Resolución General |
(*) Resolución y/o Disposición en la cual se encuentra comprendido. Adjuntar constancia.
Ingresos Brutos
Número de Inscripción Contribuyente Local
Convenio Multilateral Exento
Detalle de las Jurisdicciones en las que se encuentra inscripto.
Provincia | CO X | X | X | X | Xxxxxxxxx | XX X | X | X | X |
Xxxxxxx Xxxxxxx | 901 | Xxxxxxx | 000 | ||||||
Xxxxxx Xxxxx | 000 | Xxxxxxxx | 914 | ||||||
Catamarca | 903 | Neuquén | 915 | ||||||
Xxxxxxx | 000 | Xxx Xxxxx | 916 | ||||||
Xxxxxxxxxx | 000 | Xxxxx | 000 | ||||||
Xxxxx | 906 | Xxx Xxxx | 000 | ||||||
Xxxxxx | 907 | Xxx Xxxx | 000 | ||||||
Xxxxx Xxxx | 908 | Santa Xxxx | 920 | ||||||
Formosa | 909 | Santa fe | 921 | ||||||
Xxxxx | 000 | Xxxxxxxx xxx Xxxxxx | 922 | ||||||
La Pampa | 911 | Tierra del Fuego | 923 | ||||||
La Rioja | 912 | Tucumán | 924 |
-A Inscripto como contribuyente
- B Inscripto como Agente de Retención/Percepción
– C Exento
Junto con la solicitud de inscripción, deberá acompañar la documentación respaldatoria que a continuación se detalla:
CONTRATACIONES MAYORES A $500.000 | |
REQUISITOS A CUMPLIR POR: | DOCUMENTACIÓN REQUERIDA |
PERSONAS FÍSICAS | Formulario de solicitud de inscripción al Registro de Proveedores -suscripto - o Declaración de N° de proveedor. |
Constancia de inscripción en A.F.I.P. | |
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención | |
Antecedentes y referencias comerciales y bancarias de los últimos 3 años o desde el inicio de la actividad si el plazo fuese menor. | |
DD.JJ. del oferente, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar - Punto IV.1, Res Pres 12/10 - . | |
DD.JJ. sobre juicios con el Estado Nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, nro. de Expte, monto, fuero, juzgado y secretaria, y entidad demandada. | |
Copia del poder o instrumento que faculte al firmante, en caso de presentarse por representante legal. | |
Nota adjuntando: Nombre, Domicilio legal y comercial (en Rca Arg). | |
PERSONAS JURÍDICAS | Formulario de solicitud de inscripción al Registro de Proveedores -suscripto - o Declaración de N° de proveedor. |
Constancia de inscripción a A.F.I.P. | |
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención | |
Copia de la última acta de designación de autoridades donde consten fechas de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración. | |
Copia del contrato social o estatuto Nota adjuntando: Nombre o Razón social, Domicilio legal y comercial (en Rca Arg). | |
Copia del poder o instrumento que faculte al firmante | |
Antecedentes y referencias comerciales y bancarias de los últimos 3 años o desde el inicio de la actividad si el plazo fuese menor | |
DD.JJ. del oferente, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar - Punto IV.1, Res Pres 12/10 - . | |
DD.JJ. sobre juicios con el Estado Nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, nro. de Expte, monto, fuero, juzgado y secretaria, y entidad demandada. | |
AGRUPACIONES DE COLABORACIÓN Y UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS - AC Y UTE- | Identificación de las personas físicas o jurídicas que integran la AC o UTE. |
Identificación de las personas físicas o jurídicas que integran cada empresa que conforma la AC o UTE | |
Constancia de inscripción de Ingresos Brutos o certificados de exención de la AC o UTE | |
Fecha y numero de inscripción registral o de la constancia de indicación del trámite respectivo. | |
Antecedentes y referencias comerciales y bancarias de los últimos 3 años o desde el inicio de la actividad si el plazo fuese menor; tanto de la AC o UTE, como de sus integrantes. | |
DD.JJ. de la AC o UTE, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar - Punto IV.1, Res Pres 12/10 - . | |
DD.JJ. sobre juicios de la AC o UTE con el Estado Nacional, o sus entidades descentralizadas, individualizando en su caso: carátula, nro. de Expte, monto, fuero, juzgado y secretaria, y entidad demandada. | |
Formulario de solicitud de inscripción al Registro de Proveedores -suscripto - o Declaración de N° de proveedor. |
Copia de la Escritura de Constitución de la AC o UTE. Nota adjuntando: Nombre o Razón social, Domicilio legal y comercial (en Rca Arg). | |
COOPERATIVAS | Formulario de solicitud de inscripción al Registro de Proveedores -suscripto - o Declaración de N° de proveedor. |
Constancia de inscripción en A.F.I.P. | |
Constancia de inscripción en Ingresos Brutos o certificado de exención | |
Certificado de inscripción de la cooperativa ante la autoridad competente | |
Nota adjuntando: Nombre o Razón social, Domicilio legal y comercial (en Rca Arg). Nómina de socios y fecha de alta como socio cooperativo. C.U.I.T de la cooperativa. | |
Antecedentes y referencias comerciales y bancarias de los últimos 3 años o desde el inicio de la actividad si el plazo fuese menor. | |
DD.JJ. del oferente, manifestando que no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar - Punto IV.1, Res Pres 12/10 - . |
Nota:
Los proveedores que registran inscripción vigente a la fecha de apertura podrán presentar una nota indicando el número de proveedor.
DECLARACIÓN JURADA – QUIEBRA, CONCURSO, INHIBICIÓN
El que suscribe Documento
en nombre y representación de la Empresa con domicilio legal en la calle
Nº Localidad
Teléfono
Fax
Nº de
CUIT y con poder suficiente para obrar en su nombre, según consta en contrato poder que acompaña, manifiesta –en carácter de declaración jurada-que la firma que represento no se encuentra en concurso, quiebra o proceso de liquidación sin quiebra; no se halla en estado de interdicción judicial ni ha sufrido inhibición; y no se encuentra dentro de las causales de impedimento para contratar con el Estado Nacional. Asimismo, esta declaración jurada se extiende a los Directores, representantes legales y síndicos de la Sociedad.
Firma |
Aclaración |
Cargo |
AUTORIZACIÓN A SOLICITUD DE INFORMACIÓN
Por medio de la presente se autoriza a INTERCARGO S.A.C. a solicitar la información que considere necesaria ante organismos oficiales, entidades financieras y/o toda persona o entidad relacionada con la documentación, datos, antecedentes y requisitos presentados en la presente oferta, tanto en el desarrollo de la licitación como durante la vigencia del contrato resultante.
Firma |
Aclaración |
Cargo |
ESTADO PATRIMONIAL RESUMEN
ACTIVO | PASIVO | ||
ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | ||
Cajas y Bancos | Deudas Comerciales, Deudas Bancarias | ||
Créditos | Deudas Fiscales | ||
Inversiones Temporarias | Otras deudas | ||
Bienes de Cambio | Total pasivo Corriente | ||
Total Activo Corriente | PASIVO NO CORRIENTE | ||
ACTIVO NO CORRIENTE | Deudas Fiscales | ||
Inversiones permanentes | Otras deudas | ||
Muebles y útiles, Maquinarias | Total Pasivo no Corriente | ||
Rodados | TOTAL PASIVO | ||
Inmuebles | PATRIMONIO NETO | ||
Total Activo no Corriente | |||
TOTAL ACTIVO | TOTAL PASIVO - PN | ||
RESULTADOS (DESDE ULTIMO CIERRE A LA FECHA DE APERTURA) | |||
INGRESOS OPERATIVOS | EGRESOS OPERATIVOS | ||
OTROS INGRESOS | OTROS EGRESOS |
DECLARACIÓN JURADA LEY DE COMPRE TRABAJO ARGENTINO
Licitación Nº 50/2016
Bienes o Servicios: Por la contratación del servicio de comedor para el personal de INTERCARGO S.A.C. que cumple tareas en el Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y en el Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Conforme dispone el artículo 11°, inc. B), ap. I) del Decreto 1.600/02, reglamentario de la Ley 25.551, DECLARO BAJO JURAMENTO que la oferta que presento cumple con las condiciones requeridas por dichas normas legales para ser considerada oferta nacional.
Firma de Apoderado: ..................................................
Aclaración: ...................................................................
Razón Social de la Empresa: .....................................
Xxxxx y Fecha: ............................................................
Requisitos para obtener credencial para visita:
Nota con membrete de la empresa pidiendo autorización para que los señores (nombre y apellido de las personas, indicando su número de DNI) realicen la visita al lugar de los trabajos establecida en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Certificado de cobertura de ART de las personas que llevarán a cabo las visitas, dicho certificado deberá tener una cláusula de no repetición a favor de: Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA); Aeropuertos Argentina 2000 (AA2000); Estado Nacional; e INTERCARGO SAC.
En el caso de no poseer ART se deberá traer un certificado de póliza de seguro de accidentes personales hasta $450.000 con cláusula de no repetición igual a la anterior.
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (1º y 2º hoja) de las personas que realizarán las visitas; si se tratase de extranjeros deberán presentar su correspondiente certificado de residencia.
ESPECIFICACIONES TECNICAS, CONDICIONES DEL SERVICIO
ARTÍCULO 1º.- GENERALIDADES COMEDOR MODULOS Y HANGARES EZEIZA
El servicio de comedor a contratar para el personal de INTERCARGO S.A.C. consistirá en la provisión diaria de desayuno/merienda, almuerzo/cena según corresponda, a todo el personal de INTERCARGO S.A.C., que presta servicios en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires.
El comedor deberá funcionar todos los días del año.
Para el personal administrativo que preste servicio en el “sector operativo de Módulos o Hangares” el servicio se prestará de lunes a viernes y ocasionalmente xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados; para el personal operativo todos los días.
Los servicios de desayuno, almuerzo, merienda y cena se servirán en los lugares que oportunamente se indiquen en las respectivas visitas a las sedes de INTERCARGO S.A.C., dentro de las estaciones aeroportuarias citadas.
En el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, INTERCARGO S.A.C. posee DOS (2) comedores para el personal, UNO (1) ubicado en el sector denominado “módulo norte”, otro en la zona denominada “Hangares”.
COMEDOR MÓDULO NORTE y HANGARES AEROPARQUE
El servicio de comedor a contratar para el personal de INTERCARGO S.A.C. consistirá en la provisión diaria de desayuno/merienda, almuerzo/cena según corresponda, a todo el personal de INTERCARGO S.A.C., que presta servicios en el Aeroparque Metropolitano Xxxxx Xxxxxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El comedor deberá funcionar todos los días del año.
Para el personal administrativo que preste servicio en el “sector operativo de módulo norte o hangares” de Aeroparque el servicio se prestará de lunes a viernes y ocasionalmente xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados; para el personal operativo todos los días.
Los servicios de desayuno, almuerzo, merienda y cena se servirán en los lugares que oportunamente se indiquen en las respectivas visitas a las sedes de INTERCARGO S.A.C., dentro de las estaciones aeroportuarias citadas.
En el Aeroparque Internacional "Xxxxx Xxxxxxx", INTERCARGO S.A.C. posee un comedor en el sector módulo norte donde se elabora la comida y otro en el sector hangares. Este último deberá contar con los elementos para conservar y calentar la comida.
COMEDOR TUC-TCA Y OFICINAS EXTERNAS DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL MINISTRO PISTARINI EZEIZA
El servicio de comedor a contratar para el personal de INTERCARGO S.A.C. consistirá en la provisión diaria de desayuno/merienda, almuerzo/cena según corresponda, a todo el personal de INTERCARGO S.A.C., que presta servicios Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx, sector TUC-TCA y oficinas externas del Aeropuerto.
El comedor deberá funcionar todos los días del año.
Los servicios de desayuno, almuerzo, merienda y cena se servirán en los lugares que oportunamente se indiquen en las respectivas visitas a las sedes de INTERCARGO S.A.C. dentro de las estaciones aeroportuarias citadas.
En particular para el sector denominado TUC-TAC deberá asignar dos personas de 07:30 a 9:00 horas y de 12:30 a 14:30 horas de lunes a viernes laborables para servir el desayuno y almuerzo al personal. Independientemente de ello el adjudicatario deberá enviar el menú a los otros sectores, en caso de solicitarlo, cuando por cuestiones de trabajo así se lo demande.
COMEDOR OFICINAS ARBUS DEL AEROPARQUE XXXXX XXXXXXX
El servicio de comedor a contratar para el personal de INTERCARGO S.A.C. consistirá en la provisión diaria de desayuno/merienda, almuerzo/cena según corresponda, a todo el personal de INTERCARGO S.A.C., que presta servicios Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx.
Para el personal administrativo el servicio se prestará de lunes a viernes y ocasionalmente xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados; para el personal operativo todos los días.
Los servicios de desayuno, almuerzo, merienda y cena se servirán en los lugares que oportunamente se indiquen en las respectivas visitas a las sedes de INTERCARGO S.A.C. dentro de las estaciones aeroportuarias citadas.
GENERALIDADES PARA TODOS LOS SECTORES
Para los sectores de Módulos y Hangares Ezeiza la elaboración de la comida será en el mismo comedor, por lo que el concesionario deberá proveer todos los elementos (cocinas, hornos, congeladores y heladeras, etc.) necesarios para dicha tarea.
Para los sectores de Módulo norte y Hangares Aeroparque la elaboración de la comida será en el mismo comedor, por lo que el concesionario deberá proveer todos los elementos (cocinas, hornos, congeladores y heladeras, etc.) necesarios para dicha tarea.
Para el sector oficinas TUC-TCA y oficinas externas de Ezeiza el adjudicatario deberá proveer el servicio a través de viandas (en cumplimiento del C.A.A.).
Para el sector oficinas ArBus Aeroparque el adjudicatario deberá proveer el servicio a través de viandas (en cumplimiento del C.A.A.).
l adjudicatario deberá proveer, para cada uno de los comedores “Módulos, Hangares y eroparque”: CUATRO (4) microondas; DOS (2) hornos eléctricos, DOS (2) heladeras para el personal y la vajilla correspondiente.
Respecto a las Oficinas Externas y Oficina xx XxXxx será para cada oficina o lugar de trabajo: Un Microondas, un horno, una heladera y la vajilla correspondiente.
El adjudicatario deberá disponer de personal y movilidad aptos para cumplir la tarea encomendada en tiempo y forma, manteniendo inalterables las características térmicas del menú.
Para los sectores que corresponda el servicio mediante la entrega de vianda, las mismas deberán entregarse en el establecimiento, quince minutos (15) antes de ser servidas y a temperatura adecuada al momento del consumo, según lo establecido, en el nexo “Normas de BPM” en cuyo caso el tiempo de preparación no deberá ser mayor de veinticuatro horas (24) y si son elaborados en planta, deberán contar con rótulo interno que indique fecha de elaboración y/o vencimiento.
El espacio cedido, el equipamiento, las condiciones de higiene y seguridad, las materias primas, la elaboración y conservación de los alimentos, el personal a cargo de la elaboración, así como el transporte y manipuleo de los alimentos y tratamiento de los residuos deberán cumplir estrictamente con las disposiciones del CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO (C.A.A.) y sus actualizaciones.
El servicio será exclusivo para el personal de INTERCARGO S.A.C. o personas autorizadas por INTERCARGO S.A.C.
ARTÍCULO 2º.- HORARIOS – SERVICIOS Y CANTIDADES DIARIAS ESTIMADAS.
Servicios | Horario | MÓDULOS | HANGARES | ||
LU - VIE | SA - DO | LU - VIE | SA - DO | ||
Desayuno | 6:30 a 9:30 | 350 | 240 | 85 | - |
Almuerzo | 11:30 a 14:30 | 335 | 250 | 85 | - |
Merienda | 16:00 a 18:00 | 260 | 225 | - | - |
Cena | 20:00 a 24:00 | 195 | 190 | - | - |
Los servicios deberán prestarse en función de los horarios que se indican a continuación: Módulos y Hangares Ezeiza:
TUC - Ezeiza:
Servicios | Horario | TUC/TCA | OF. EXTERNAS |
LU - VIE | LU - VIE | ||
Desayuno | 7:30 a 9:00 | 80 | 40 |
Almuerzo | 12:30 a 14:30 | 80 | 40 |
Nota: Oficinas externas (recepción de materiales, lavadero, transporte, comercial y FBO)
Módulos y Hangares Aeroparque:
Servicios | Horario | MÓDULOS y HANGARES | |
LU - VIE | SA - DO | ||
Desayuno | 6:30 a 9:30 | 140 | 120 |
Almuerzo | 11:30 a 14:30 | 130 | 110 |
Merienda | 16:00 a 18:00 | 120 | 100 |
Cena | 20:00 a 24:00 | 80 | 80 |
Arbus Aeroparque:
Servicios | Horario | MÓDULOS y HANGARES | |
LU - VIE | SA - DO | ||
Almuerzo | 12:30 a 14:30 | 55 | 32 |
En caso de que la empresa solicite alguno de los servicios fuera de los horarios estipulados, el comedor deberá dejar preparado dicho servicio de forma tal que el personal de INTERCARGO S.A.C. pueda acceder a este a través de personal propio de comedor o bien en forma personal, en el lugar que el concesionario e INTERCARGO S.A.C. acuerden para dicho fin, el que deberá poseer los elementos necesarios para calentar o refrigerar los alimentos y/o bebidas.
ARTÍCULO 3º.-PERSONAL
3.1.-REQUISITOS, el personal dependiente del adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Mayor de 18 (dieciocho) años de edad.
b) Contar con libreta sanitaria habilitante y actualizada.
c) Ser competente en su cometido. A tales fines la empresa deberá garantizar que todo el personal que manipule alimentos cuente con el Curso de Manipulación Higiénica de los Alimentos.
3.2. CANTIDAD MÍNIMA DE PERSONAL
a) Servicio de comedor y viandas, las comidas serán servidas en el local del comedor de INTERCARGO
S.A.C. por personal del adjudicatario, el que dispondrá al efecto, del personal necesario de cocineros, ayudantes, camareros, peones y choferes que aseguren la correcta entrega de servicios de lunes a viernes, sábados y domingos y feriados. La cantidad de personal total deberá garantizar asimismo, la correcta elaboración y prestación del servicio en tiempo y forma. INTERCARGO S.A.C. le podrá exigir el aumento del plantel de personal para garantizar un correcto servicio, todo a exclusivo cargo del adjudicatario. INTERCARGO S.A.C exigirá una nómina del personal afectado a los servicios brindados por el concesionario del comedor.
*El personal que cumpla las funciones de Jefe de cocina General y Xxxxxxxx deberá acreditar su idoneidad mediante certificado de estudios y/o experiencia laboral en puestos similares no menor a dos
(2) años.
3.3.- VESTIMENTA Y ACCESORIOS, el adjudicatario deberá a su exclusivo cargo y costo proveer a su personal de todas las prendas de vestir y accesorios que sean necesarios para la función que desempeñen, conforme se detalla a continuación:
1) Cocineros/as-Camareros/as-Peón-Ayudante de cocina: Vestirán guardapolvos o chaquetas y pantalones de colores claros. Las faldas o pantalones deberán cubrir las rodillas.
2) El/la cocinero/a deberá utilizar delantero semi-impermeable (tipo lona) y gorro o birrete cubriendo la totalidad xxx xxxxxxx.
3). Al momento del servicio los/as camareros/as deberán vestir delanteros de colores claros y cofia que cubra la totalidad xxx xxxxxxx.
4) El calzado debe ser de suela antideslizante, con taco bajo y capellada cerrada, todo de colores claros.
5) Todo el personal debe utilizar guantes descartables cada vez que manipule alimentos listos para el consumo.
6) En la elaboración de alimentos, tanto en las plantas elaboradoras como en los establecimientos de INTERCARGO S.A.C., el personal deberá utilizar barbijos.
7) La empresa además, deberá proveer de cofias descartables para el personal de contralor que ingrese a la cocina.
8) Toda la vestimenta deberá estar completa y en perfectas condiciones de presentación e higiene.
9) Todo el personal deberá exhibir en su chaqueta o guardapolvo una credencial con nombre, apellido y función que desempeña.
3.4 IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL, la totalidad del personal de la empresa adjudicataria deberá contar con la credencial que otorga la POLICIA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA para circular por sectores aeroportuarios. La misma será tramitada por el adjudicatario a su exclusivo costo. Asimismo, el personal al momento del servicio, deberá lucir su credencial identificadora colocada en la solapa izquierda o bolsillo superior de la prenda que vista.
3.5.- LIBRETAS SANITARIAS, todo el personal deberá contar con la correspondiente Libreta Sanitaria habilitante expedida por el órgano de aplicación correspondiente. El adjudicatario deberá presentar todas las Libretas del personal que designe para la realización del servicio, junto con una fotocopia de las mismas, en el mismo momento en que entregue la nómina de personal a la Gerencia de Servicios. Una vez que el establecimiento verifique la autenticidad de los documentos, devolverá al adjudicatario los originales. En el caso de designar personal suplente, el adjudicatario dará cumplimiento a los requisitos del presente pliego y previo al momento en que dicho personal se presente a cubrir el servicio en el establecimiento.
3.6.- SALUD DEL PERSONAL, el adjudicatario no podrá brindar el servicio, sin tomar los resguardos correspondientes, respecto a que ningún manipulador padezca, o sea vector de enfermedades de transmisión alimentaria, posea heridas, infecciones cutáneas, llagas, diarreas, enfermedades respiratorias, y otra causa que pueda poner en riesgo la seguridad alimentaria. El adjudicatario deberá presentar ante la Gerencia de Servicios el alta médica, de aquellos dependientes que hayan padecido alguna enfermedad infectocontagiosa y/o que implique un potencial riesgo de la seguridad alimentaria.
3.7.- COMPORTAMIENTO, el comportamiento del personal deberá ser en todo momento correcto y eficiente, pudiendo las autoridades de INTERCARGO S.A.C., emplazar a la empresa para la separación perentoria de aquél que así no lo hiciere.- Asimismo, INTERCARGO S.A.C. a través de la Gerencia de Servicios se reserva el derecho de exigir al adjudicatario el reemplazo de cualquier miembro de su personal que presta servicio, lo que deberá ser cumplido de manera inmediata una vez que el adjudicatario haya recibido la notificación correspondiente.
3.8.-LUGARES DE PERMANENCIA Y CIRCULACIÓN, el personal del adjudicatario deberá permanecer en sus respectivos lugares de trabajo, evitando su circulación por las restantes dependencias del edificio, y su vinculación con el personal de INTERCARGO S.A.C., salvo en los casos que así lo exijan razones de servicio.
ARTÍCULO 4º EQUIPAMIENTO, VAJILLA, UTENSILIOS Y ELEMENTOS DE COCINA
El adjudicatario deberá proveer la totalidad de utensilios de cocina y vajilla necesarios para cumplir debidamente y con eficacia la totalidad de los servicios y raciones adjudicados. Para el servicio de comedor, se deberá contar con la cantidad de utensilios y vajilla necesaria para la totalidad de raciones, independientemente de la cantidad de turnos. Se deberán cumplimentar las características que se detallan a continuación:
a) Platos playos: xx xxxx xxxxxx, vidrio térmico, plástico duro aprobado por el C.A.A., libres de porosidades, ralladuras, rajaduras, cascados y toda otra imperfección que contribuya a la retención de cuerpos extraños o residuos de alimentos. Su tamaño será de veinte (20) a veintitrés (23) centímetros de diámetro.
b) Cubiertos: Comprenden cuchillos, tenedores y cucharas de postre. Deberán ser xx xxxxx inoxidable con empuñadura xx xxxxx inoxidable o plástico, sin hendiduras ni relieves. Los cuchillos tendrán el borde xx xxxxx aserrado con extremo xxxx o redondeado. No se admitirán cuchillos de punta y/o filo liso. Los cubiertos deberán mantenerse en perfecto estado de conservación y deberán ser reemplazados cada vez que sea necesario para evitar el desgaste por su normal uso.
c) Vasos y Tazas: Tendrán una capacidad de quinientos centímetros cúbicos (500 c.c.). Se aclara que no podrán utilizarse los mismos vasos para el servicio de desayuno y el servicio de comedor. En cuanto al material constitutivo de los vasos y tazas se admitirán las siguientes alternativas:
Vidrio térmico, transparente, sin roturas. No se admitirá bajo ningún concepto la utilización de estos con bordes irregulares y/o fisurados.
Plástico descartable, semi-rígido. Serán de calidad normal de plaza. No se admitirá bajo ningún concepto su lavado para el recupero y la reutilización de los mismos.
Policarbonato transparente y rígido.
Acero Inoxidable.
Se podrán utilizar vasos o tazas de plástico rígido, sin hendiduras ni relieves, en perfecto estado de conservación.
d) Compoteras: serán de plástico descartable, semi-rígido, no se admitirá bajo ningún concepto su lavado para el recupero y reutilización de los mismos, acero inoxidable, plástico rígido, policarbonato con una capacidad de doscientos (200cc) a doscientos cincuenta centímetros cúbicos (250cc). Para las viandas se utilizarán compoteras de plástico descartable transparente con tapa. Si se utilizaran compoteras de plástico rígido, deberá cumplirse para este material lo mismo establecido para los vasos y/o tazas. Para el servicio de la fruta del postre pueden utilizarse platos tamaño postre de plástico rígido. El material de envase debe almacenarse en condiciones higiénicas, en lugares destinados a tal fin. El material utilizado debe ser aprobado para estar en contacto con los alimentos (según las especificaciones previstas en el C.A.A.). Se prohíbe la utilización de envases que hayan sido destinados para otro fin (envases de 2° uso). El envasado deberá hacerse en condiciones higiénicas evitando la contaminación del producto. El personal afectado a dicha tarea debe utilizar indumentaria correspondiente.
e) Servilletas: serán de papel absorbente, de calidad comercial, con medidas de 15 cm. x 15 cm. o tamaño similar existente en el mercado. No se admitirá el uso de servilletas de tela. Se deberán proveer en todos los servicios: comedor / vianda en la cantidad de una (1) por cada beneficiario.
f) Elementos para servir: cucharones, espátulas o espumaderas, tablas para cortar/picar de material sanitario.
g) Termómetro: cada comedor y las plantas elaboradoras deberán contar con termómetros pincha carne, con vástago metálico, digital o electrónico en buen estado de funcionamiento.
h) Termos: para utilizarse en el servicio de desayuno o merienda si fuera necesario, en perfecto estado de conservación e higiene.
i) Carros de transporte: deberán ser de material adecuado, en perfecto estado de uso y conservación sin presencia de óxido. Serán utilizados en aquellos servicios que por las características edilicias los requieran.
j) Ante el requerimiento de INTERCARGO S.A.C. el adjudicatario deberá proveer de platos y/o cubiertos de plástico descartable, para los servicios que la empresa estime necesarios. No se admitirá bajo ningún concepto el lavado de los mismos para su reutilización. El pedido deberá quedar registrado en el Libro de Órdenes.
K) Cualquier elemento que INTERCARGO S.A.C. crea sea necesario para el normal desarrollo de las actividades del comedor deberán ser provistos por el adjudicatario, a saber: elementos de trabajo, estanterías, mostradores, servilletas, mantelería para eventos especiales, cestos, personal de cocina, servicio xx xxxx y limpieza, máquinas lavavajillas y los medios y personal necesarios para la correcta atención en el salón comedor y para efectuar los envíos).
El adjudicatario será responsable del uso, mantenimiento y reemplazo de ser necesario, de todos los elementos y artefactos que se encuentran en las instalaciones cedidas.
ARTÍCULO 5º.- MATERIAS PRIMAS
Las materias primas que se utilicen para la confección de cada una de las comidas deberán ser de primera calidad y de marca reconocida en plaza.
Deberá prestarse especial atención a los procedimientos de manipuleo de materias primas, a las condiciones de almacenamiento y conservación en heladeras o cámaras frigoríficas, de acuerdo a las estipulaciones del Anexo X del presente pliego y en atención a lo establecido por el Código Alimentario Argentino.
Para la prestación del servicio deberá primar la higiene y el orden en los lugares destinados a depósito.
ARTÍCULO 6º.- MENU
Deberá cumplirse con el menú sugerencia en el ANEXO XI Sólo se aceptarán sin previa autorización, cambios o alteraciones del menú vigente que no resulten sustanciales y que respondan a casos de fuerza mayor o imposibilidad de cumplimiento justificada, con la correspondiente notificación previa.
Cualquier otra alteración deberá contar con la expresa autorización de INTERCARGO SAC; la solicitud de autorización deberá elevarse con cuarenta y ocho horas (48) de antelación por nota a la Gerencia de Servicios. Asimismo deber quedar asentada la solicitud y su autorización en el Libro de Órdenes.
ARTÍCULO 7º.- VEHÍCULOS Y CONTENEDORES ISOTERMICOS
7.1.- VEHÍCULOS, el oferente deberá contar con vehículos propios o contratados para el transporte de comidas elaboradas y/o sustancias alimenticias, víveres frescos y secos, habilitados por todos los organismos técnicos pertinentes, en su área de competencia (Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, SENASA, y cualquier otra autoridad nacional, provincial y/o municipal con competencia en la materia). En caso de tratarse de vehículos contratados, respecto de los mismos debe existir un convenio de exclusividad a favor del oferente, por un período no menor a la duración de la prestación de los servicios adjudicados. Requisitos para los vehículos: ART 154 bis del C.A.A. y legislación complementaria vigente. Habilitación municipal y SENASA, exhibido el número de inscripción en el exterior. Todos deberán presentar verificación técnica vehicular y los vehículos que provengan de provincia deberán contar con el apto bromatológico del municipio. Construido de material sanitario, ventilado o refrigerado. La unidad de trasporte de alimentos -UTA- debe estar separada de la cabina del chofer. La UTA deberá estar en buenas condiciones de higiene. La UTA debe estar provista de un sistema de medición de temperaturas, iluminación y puertas y cerraduras herméticas. El transportista debe poseer uniforme adecuado, libreta sanitaria y curso de capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura (BPM). Deberá poseer la documentación del producto que transporta. Certificado Sanitario de SENASA si correspondiera y/o factura de productos cárnicos. Los alimentos en el momento del transporte deben estar protegidos. El tipo de medio de transporte o recipiente necesario dependerá de la naturaleza del alimento y de las condiciones en que se transporte. Los alimentos se deben transportar en condiciones que impidan su contaminación y/o adulteración. Se deberá contar con la cantidad de vehículos necesarios para poder mantener correctamente la cadena de frío y/o calor de los alimentos y/o preparaciones que distribuyen en los establecimientos.
El oferente deberá prever como mínimo la utilización de DOS (2) vehículos para el transporte interno de alimentos, uno para ser utilizado dentro del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, otro para ser utilizado dentro del Aeroparque Metropolitano Xxxxx Xxxxxxx.
7.2. – CONTENEDORES ISOTERMICOS, los contenedores Isotérmicos que se utilicen para la prestación de los servicios de vianda podrán ser de propiedad del adjudicatario o por él contratados. Estos contenedores deberán mantenerse íntegros y conservar por el tiempo que sea necesario, según el servicio y las características del alimento, elementos perecederos o sensibles a las variaciones de temperatura. Deberán ser de material que asegure el mantenimiento de la cadena de frío o de calor y poseer una eficiente barrera contra el vapor (por ejemplo de plástico reforzado con fibra xx xxxxxx-PRFV, con una aislación de poliuretano).No se aceptará el uso de contenedores de polietileno expandido, excepto para el traslado de helados de agua que podrán utilizarse siempre que se mantengan las condiciones de higiene del mismo y la temperatura e integridad del producto.
ARTÍCULO 8º.- HIGIENE Y LIMPIEZA
8.1.- HIGIENE, el adjudicatario deberá mantener en perfectas condiciones de salubridad e higiene:
a) Los sectores, instalaciones y elementos cedidos en uso.
b) Los desagües de tales sectores e instalaciones, debiendo utilizar productos que no dañen las cañerías y evitando el contacto de dichos productos de limpieza con alimentos y elementos para cocinar.
c) Las plantas elaboradoras y depósitos que utilice, con sus instalaciones y equipos.
d) Los vehículos con los que transporte las mercaderías.
e) Los contenedores isotérmicos que se utilicen para prestar los servicios.
8.2.- LIMPIEZA, asimismo deberá realizar diariamente la limpieza de la cocina, el comedor, depósito de víveres asignado y bienes de uso necesarios para el cumplimiento de la prestación del servicio, quedando a su exclusivo cargo la afectación del personal, el aprovisionamiento y los gastos que demande la adquisición de los elementos destinados para el logro de tal fin. Todos los artículos que se utilicen para la limpieza deberán estar aprobados por la legislación vigente, claramente identificados y ubicados en un sector adecuado, bien separados del área de manipuleo de alimentos y de la vajilla. El
adjudicatario deberá proveer a la cocina de cestos de basura con tapa, en cantidad necesaria de acuerdo al servicio, toallas descartables y jabón líquido o detergente de manos.
8.3.- PERSONAL AFECTADO A TRABAJOS DE LIMPIEZA, el personal afectado a las tareas de limpieza profunda, ventiladores en altura del sector comedor, boca xx xxxxxxx en techos, ventanales y lucarnas de difícil acceso, registro de cámaras y cañerías fuera del área cocina y de conformidad al art 138 punto 11 “in fine” del Código limentario rgentino debe ser realizado por personal de mantenimiento de la empresa concesionaria.
La higiene de la cocina y el comedor, una vez finalizado cada servicio, estará a cargo del personal indicado en el art. 3º del presente anexo, designado a las tareas de limpieza. El mismo, deberá cumplir con las normas de buenas prácticas mencionadas en el artículo 4º del Anexo XI del presente.
ARTÍCULO 9º.- DESINFECCIONES y CONTROL DE PLAGAS
El adjudicatario deberá efectuar, toda vez que sea necesario y como mínimo con una frecuencia mensual, la desinsectación y desratización de todos los sectores que se le ceden en uso, para la efectiva realización de la prestación del servicio, incluyendo sin que implique limitación, los sectores de cocina, depósitos de víveres y vestuarios, tanto en los establecimientos de INTERCARGO S.A.C. como en las plantas elaboradoras. A tal efecto deberá contratar a las empresas que están habilitadas por el Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx o bien por Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en un todo de acuerdo con las normas vigentes. Las actividades mencionadas deberán realizarse con productos autorizados por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T); después del horario del servicio. Deberá adjuntarse mensualmente al Libro de Órdenes la fotocopia de cada uno de los servicios de control de plagas que se realicen en el establecimiento.
ARTÍCULO 10º.- CONTROLES BROMATOLÓGICOS
El adjudicatario deberá instrumentar en todos los comedores de INTERCARGO S.A.C., controles de laboratorio bromatológicos y microbiológicos muestreando mensualmente. En los establecimientos donde se preste el servicio a celiacos se deberá realizar, análisis para que se evalúe la ausencia de gluten. En las plantas elaboradoras también se podrán realizarán y/o solicitar controles de laboratorio una vez por mes o cuando INTERCARGO S.A.C. lo requiera.
Dichos análisis deberán realizarse mediante la contratación de laboratorios externos e independientes de la firma prestadora del servicio. A esos efectos, la adjudicataria deberá presentar, en forma previa al inicio de la prestación, un listado proponiendo al menos tres (3) laboratorios, los que quedarán sujetos a la aprobación de INTERCARGO S.A.C. En caso de que ninguno de los laboratorios propuestos resulte elegible, la adjudicataria deberá incrementar el listado de laboratorios.
De no cumplir en fecha con la entrega mensual de los análisis en cuestión, INTERCARGO S.A.C. podrá llevar a cabo la realización de estos con cargo exclusivo al adjudicatario y sin la necesidad de notificación previa, asimismo y sin ser excluyente a la realización de los análisis la empresa adjudicataria que incumpla en una o más ocasiones con la entrega del análisis e informe de control bromatológico y microbiológico de forma injustificada o sin justificación suficiente será pasible de sanción de acuerdo al ANEXO XII.
Los laboratorios deberán ajustarse a las Buenas Prácticas de acuerdo a las pautas generales de calidad enunciados en la NORMA ISO/IEC 17025:2005, al igual que los protocolos de análisis que deberán ser redactados como lo especifica dicha norma y de acuerdo a los arts. 6 y 156 tris del C.A.A.
En las plantas elaboradoras o en los comedores de elaboración, se deberá conservar una ración (muestra testigo) del menú del día, sea comedor, vianda, según corresponda en cada caso, durante un
mínimo de dos (2) días colocado en heladera, con fecha de elaboración y envuelta, la misma podrá ser solicitada por personal de contralor de la Gerencia de Servicios, en caso de eventuales intoxicaciones para su posterior análisis por el laboratorio.
Los controles bromatológicos deberán contar con auditoria de los siguientes puntos:
a. Planta física, requisitos edilicios y funcionales del local.
b. Aplicación de buenas prácticas de manufactura.
c. Control higiénico sanitario del establecimiento.
d. Del personal.
e. Control de la materia prima en la recepción y almacenamiento.
f. Manejo higiénico de los alimentos durante la elaboración.
g. Documentación y requerimientos legales obligatorios.
h. Registros.
i. Atención al cliente.
ARTÍCULO 11º.- RELACIÓN ENTRE LAS PARTES
La fiscalización del servicio estará a cargo de personal de la Gerencia de Servicios. A efectos de mantener una fluida comunicación deberán preverse reuniones periódicas (Una (1) por quincena como mínimo) entre ambas partes.
ARTÍCULO 12º.- SUGERENCIAS Y CANTIDADES MÍNIMAS POR PORCIÓN:
Las cantidades aquí señaladas corresponden a los platos elaborados y listos para servir los cuales deben respetar las cantidades y los gramajes establecidos en el ANEXO XI.
ARTÍCULO 13º.- MENUES DIETAS ESPECIALES
En el caso de agentes que, por prescripción médica, necesiten cumplir con alguna dieta especial, el prestador deberá prever las raciones necesarias para cada caso en particular, poniendo especial énfasis en su composición y elaboración. A tal efecto el Servicio Médico de INTERCARGO S.A.C. elevará un listado de los agentes afectados, el tipo de dieta indicada y la duración de la misma.
ARTÍCULO 14º.- SERVICIOS ESPECIALES
INTERCARGO S.A.C. podrá solicitar al oferente la realización de servicios especiales, con cuarenta y ocho horas (48) de antelación a la fecha del servicio.
ARTÍCULO 15º.- PLANTA ELABORADORA
El oferente deberá contar con una planta para la elaboración de comidas, la que deberá poseer cámara frigorífica y equipamiento gastronómico, de forma tal de contar con capacidad de elaboración de por lo menos el 40 % (cuarenta por ciento) de las raciones de comedor que le sean adjudicadas conforme la orden de provisión, para los eventuales casos en los que la planta física “cocina” de los establecimientos no se encontrara en condiciones de uso, y/o para la elaboración del 100% (cien por ciento) de las raciones y viandas adjudicadas y según la orden de provisión.
INTERCARGO S.A.C. podrá realizar análisis bromatológicos en la planta de elaboración de comidas del adjudicatario, sin la necesidad de notificación previa.
ANEXO IX
PLANILLA DE CONTROL DE COMEDOR
Fecha: ....................................... | Hora: ......................................... | AEROPUERTO | |
Controló: ................................... | Responsable:............................. | Ezeiza | Aeroparque |
Control de Comidas:
Tipo de Comida | Menú | Cantidad | Calidad | Sabor | Observaciones |
Desayuno/ Merienda | |||||
Entrada | |||||
Plato Principal | |||||
Sopa | |||||
Postre | |||||
Bebida | |||||
Ensaladas | |||||
Dieta | |||||
Aclaración: Calidad: (B) Buena – (R) Regular – (M) Mala
Cantidad: (A) Abundante – (N) Normal – (E) Escasa Sabor: (A) Agradable – (D) Desagradable – (I) Insípido
Control de higiene:
Lugar físico | Limpio | Regular | Sucio | Observaciones |
Comedor | ||||
Cocina | ||||
Interior Heladera | ||||
Hornos | ||||
Cocina |
Depósito de Mercadería | ||||
Lavaplatos | ||||
Pileta lavaplatos | ||||
Pileta de verduras | ||||
Vidrios de ventanas | ||||
Mesas | ||||
Sillas | ||||
Paredes | ||||
Bandejas | ||||
Receptáculo de residuos | ||||
Utensilios | ||||
Platos | ||||
Cubiertos | ||||
Vasos |
Higiene del Personal:
Ítem | Limpio | Regular | Sucio | Observaciones |
Uniformes | ||||
Guantes | ||||
Calzado | ||||
Cofia | ||||
Barbijo |
………………………………………. ….……………………………….
Por INTERCARGO S.A.C. Por CONTRATISTA
ANEXO X
Normas de Buenas Prácticas de Manipulación (BPM)
Índice
1 - Introducción
2 - Objeto y campo de aplicación 3 - Establecimiento elaborador
4 - Requisitos de higiene de la planta física 5 - Higiene personal y requisitos sanitarios 6 - Requisitos de higiene en la elaboración. 7 - Materias primas seguras
8 - Control de procesos.
9 - Transporte de materias primas y preparaciones
10-Control de alimentos y preparaciones-Documentación
1. INTRODUCCIÓN
La prestación alimentaria en comedores de INTERCARGO S.A.C. tiene como objetivo ofrecer a personal una alimentación inocua, es decir que el alimento no cause daño a la salud de los consumidores, con una calidad nutricional que satisfaga las necesidades energéticas y nutritivas, que sea suficiente, adecuada, acorde a los diferentes grupos etarios y que la calidad organoléptica contemple los hábitos de los trabajadores, considerando las tareas desarrollada.
Teniendo en cuenta las Normas de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) 80/96 del MERCOSUR - incorporado en la legislación – Código Alimentario Argentino en el año1997, se establece la presente “Norma específica para Comedores de N C S. .C.”.
2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta Norma considera las pautas básicas de higiene en base a las BPM adaptadas a las necesidades de la empresa.
El campo de aplicación de esta norma incluye plantas de elaboración de los adjudicatarios y las plantas de elaboración en los establecimientos de INTERCARGO S.A.C. en todas las instancias del proceso de la prestación alimentaria.
3. ESTABLECIMIENTO ELABORADOR
3.1. Planta física de la empresa
3.1.1 Habilitación. Certificado de inscripción del establecimiento d) Habilitación La planta de elaboración deberá contar con habilitación a nombre del oferente para la elaboración de comidas, otorgada por los organismos técnicos municipales, provinciales, nacionales o del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, competentes en la jurisdicción donde aquella esté ubicada. Las plantas donde se elabore o fraccione alimentos deberán tener Registro Nacional de Establecimiento (RNE) de acuerdo a la normativa vigente. La habilitación de la planta de elaboración de comidas con la que cuenten las empresas deberá corresponder a la planta declarada en la oferta. Si se realizaran modificaciones en las plantas, éstas deberán estar registradas en la habilitación.
3.1.2. Características edilicias
3.1.2.1. Los edificios e instalaciones deberán ser de construcción sólida y sanitariamente adecuada. Todos los materiales usados en la construcción y mantenimiento no deberán transmitir sustancias tóxicas a los alimentos.
Deberá disponer de espacios suficientes para cumplir de manera satisfactoria todas las etapas del proceso productivo.
El diseño debe ser tal que permita una limpieza fácil y adecuada facilitando la circulación para realizar la supervisión de las tareas.
Las estructuras e instalaciones de la planta deben permitir separar, en forma física o funcional, las operaciones susceptibles de causar contaminación.
El mantenimiento preventivo y/o correctivo, continuo, de la planta física y sus instalaciones, debe ser realizado de modo tal que no afecte a la inocuidad de los alimentos y de las preparaciones.
3.1.2.2. En zonas de manipulación de los alimentos:
Los pisos deberán ser de materiales resistentes al tránsito, impermeables, lavables, antideslizantes. Sin grietas, de fácil limpieza y desinfección. Los líquidos deben escurrir hacia los sumideros.
Las paredes deberán ser construidas o revestidas con materiales no absorbentes y lavables, de color claro, hasta la altura establecida en el art. 18 inc. 15 de C.A.A. Deberán ser lisas, sin grietas, ni pintura descascarada. Los ángulos entre las paredes y los pisos y entre las paredes y techos deberán ser de fácil limpieza.
Los techos y cielorrasos deberán ser construidos de manera tal que impida la acumulación de suciedad y se reduzca al mínimo la condensación y la formación de mohos, los mismos deberán ser de fácil limpieza.
Las mesadas de trabajo deberán mantenerse íntegras y estar construidas de materiales no absorbentes y lavables.
Las aberturas deben ser de material no absorbente y de fácil limpieza.
Las escaleras, montacargas y estructuras auxiliares, como plataformas, rampas, deberán estar situadas y construidas de manera que no sean causa de contaminación.
3.1.2.3 Las zonas de elaboración y almacenamiento deberán estar libres de elementos en desuso para evitar eventuales focos de contaminación.
3.1.2.4. Abastecimiento de agua: Agua de uso y consumo.
Debe cumplir con las normas microbiológicas para el agua potable establecida en el C.A.A. (Capítulo 12º art.982). Suficiente volumen y/o presión de agua fría y caliente.
La limpieza del tanque debe realizarse cada 6 meses, por una empresa habilitada, con análisis de calidad microbiológica y físico-química correspondiente. Deberán mantenerse los registros que acrediten dicho control en el establecimiento.
3.1.2.5. Desagües y rejillas deben ser suficientes para evacuar las aguas residuales y efluentes de producción, deben estar en correcto estados de funcionamiento e higiene.
3.1.2.6. Ventilación –tiraje natural y/o forzada- adecuada y suficiente para evitar el calor excesivo, la condensación de vapores, la acumulación de polvo y olores extraños, que puedan afectar a los alimentos. La instalación de estos equipos debe realizarse de manera tal que asegure el cumplimiento de la norma. La dirección del flujo de aire sea natural o artificial debe provenir de una zona limpia. Las campanas de extracción ubicadas sobre las unidades de calor y/o los extractores de pared deben ser de fácil limpieza.
3.1.2.7. Las aberturas al exterior ubicadas dentro de la zona de elaboración y/o servicio estarán protegidas con mallas anti-insectos, en buen estado de mantenimiento y limpieza.
3.1.2.8. Instalaciones para el lavado y secado de manos en zona de elaboración y en el área de almacenamiento -jabón líquido y toallas descartables- convenientemente situadas para ser utilizadas “siempre” que así lo exija la naturaleza de la operación.
3.1.2.9. Xxxxxx en cantidad y capacidad adecuada y suficiente para el lavado de contenedores, enseres, utensilios.
3.1.2.10. Vestuarios, sanitarios y cuartos de aseo: iluminados, ventilados y no tendrán comunicación directa con la zona donde se manipulen alimentos. Completos y diferenciados por sexo, con elementos de higiene personal. Deberán tener avisos en los que indique al personal que debe lavarse las manos luego de usar los servicios.
3.1.3. Equipamiento y utensilios
Todo equipo y utensilios empleados en la zona de manipulación de alimentos y que puedan entrar en contacto con los mismos deben ser de materiales no absorbentes y resistentes a la corrosión, capaces de soportar repetidas operaciones de limpieza y desinfección. Los mismos no deben transmitir sustancias tóxicas, olores, gustos ni colores. Deben mantenerse óptimas condiciones de uso.
3.1.3.1. Unidades de frío:
a) Heladeras/Freezers: en buen estado estructural, buen estado de los burletes, con dispositivos de registro de temperatura, para asegurar el mantenimiento de temperaturas y planillas de registros de temperatura que garanticen su óptimo funcionamiento.
b) Cámaras frigoríficas: el piso, las paredes y el techo serán construidos de material impermeable y lisos. En su interior deberá estar revestida con material sanitario, decolores claros. Los ángulos de las paredes entre sí y estas con los pisos y cielorraso serán redondeados. Iluminación adecuada y cierre hermético accionado de adentro y de afuera. Debe contar con termómetro. El agua de condensación de los equipos debe ser retenida por un dispositivo para evitar que se escurra en el suelo o sobre los alimentos almacenados.
3.1.3.2. Unidades de calor suficientes y en buen estado estructural, y de funcionamiento.
3.1.4 Instalación de gas adecuada según la autoridad competente.
3.1.5 Las instalaciones eléctricas deberán ser empotradas o exteriores, en este caso deben estar perfectamente recubiertas por caños aislantes y adosadas a paredes y techos, no permitiendo cables colgantes sobre la zona de elaboración de alimentos. Las luces deberán estar protegidas contra roturas.
3.1.6. Matafuegos suficientes considerando la superficie de la planta física acorde a la normativa vigente.
3.2 Planta física del establecimiento.
3.2.1. Abastecimiento de agua potable. Se debe disponer de un suministro de agua a presión y temperaturas adecuadas. Asegurar la limpieza del tanque y control bacteriológico del agua semestralmente. Deben quedar las mismas consignadas en el Libro de Órdenes.
3.2.2. Las aberturas al exterior deben estar protegidas o cerradas para evitar el ingreso de plagas.
3.2.3. Proveer elementos para el lavado y secado de manos en la zona de elaboración y vestuarios. Se recomienda que los dispensers de jabón y toallas de papel se encuentren fijos en la pared.
3.2.4. Unidades de frío: En buen estado estructural, buen estado de burletes, funcionamiento y capacidad suficiente, con instrumentos de medición de temperatura y planillas de registros de temperatura que garanticen su óptimo funcionamiento.
3.2.5. Unidades de calor: deben presentar buen estado estructural, y de funcionamiento
3.2.6. Instalación de gas adecuada según la autoridad competente.
3.2.7. Electricidad: cables cubiertos y luces protegidas contra roturas.
3.2.8. Xxxxxxxxxx provistos por el GCBA, deberán estar controlados por el usuario para asegurar su aptitud.
3.2.9 Contar con vajilla suficiente para el total de raciones diarias y en condiciones adecuadas de mantenimiento Según art. 4º del Anexo IX.
4. REQUISITOS DE HIGIENE DE PLANTA FÍSICA DE LA EMPRESA
4.1. Estandarizar un sistema de limpieza considerando tanto la frecuencia y el responsable de cada operación como los materiales a utilizar, teniendo en cuenta el recambio de cada elemento para asegurar el uso adecuado de esponjas, trapos, secador de piso, entre otros. Registrar las operaciones en una planilla que demuestre la frecuencia, el funcionamiento y responsable del procedimiento.
4.2. Mantener limpios paredes, pisos, techos, luces, extractores, superficie de trabajo, estanterías de almacenamiento, equipos, termotanques, unidades de calor y de frío, carros, utensilios, vajilla y todo material utilizado en el servicio.
4.3. Los insumos y materias primas deberán ubicarse sobre tarimas plásticas en buen estado de conservación, no menor de 0.14 metros del piso y separados de las paredes para permitir la correcta higienización de la zona.
4.4. Utilizar artículos de limpieza (desengrasantes y sanitizantes) con rótulos habilitados por la legislación vigente. No está permitido utilizar sustancias odorizantes a los efectos de evitar la contaminación por los mismos y no enmascarar los olores. Las esponjas abrasivas utilizadas, no deben desprender material metálico. Los elementos de limpieza se deben almacenar de manera adecuada, acorde al espacio físico disponible y alejado de la zona de elaboración y/o alimentos.
4.5. Estandarizar el manejo de los residuos, deberán utilizarse recipientes con tapa cerrada, de fácil limpieza y bolsas de residuo resistentes, y asegurar que no permanezcan dentro de la zona de elaboración para evitar la atracción de insectos cuando pueden ser foco de contaminación cruzada.
4.6. Evitar el ingreso de animales domésticos al sector de elaboración y/o servicio.
4.7. Implementar un control integral de plagas: debe ser realizado por una empresa habilitada por la autoridad competente, la misma deberá evaluar los espacios físicos y objetos donde pudieran anidar vectores y/o plagas. La aplicación de productos químicos deberá ser supervisada por personal técnico especializado. Se deberá proteger todas las superficies, equipos, utensilios y alimentos antes de aplicar
los productos químicos y al finalizar deberán limpiarse todas las superficies minuciosamente para asegurar que no queden residuos en los mismos.
4.8. La ropa y efectos personales de los operarios deberá permanecer correctamente guardados y alejados de la zona de elaboración, considerando que no representen un foco de contaminación, física o biológica.
4.9. No se admitirá la utilización xx xxxxxxxx y manteles de tela en los sectores de elaboración y de servicio.
5. HIGIENE PERSONAL Y REQUISITOS SANITARIOS
5.1. Contar con libreta sanitaria.
5.2. Todos los manipuladores deben estar capacitados en (Buenas Prácticas de Manipulación) BPM.
5.3. El profesional técnico deberá controlar la correcta implementación de las buenas prácticas de manipulación en la empresa y en los comedores de la empresa.
5.4. Todos los manipuladores deben mantener un aspecto personal higiénico, mantener uñas cortas y sin pintura. No usar aros, ni piercing, pulseras u otro accesorio que pueda provocar contaminación física.
Uso de uniforme limpio, que cubra la vestimenta, delantero y cofia, todo de colores claros. Calzado cerrado, antideslizante, exclusivo para el uso en producción.
Toda la vestimenta deberá estar completa y en perfectas condiciones de presentación e higiene.
5.5. Los manipuladores no podrán trabajar en el servicio con enfermedades infecciosas, no podrán manipular alimentos o superficie presentando heridas que no hayan sido completamente protegidas con revestimientos de materiales impermeables (ej.: dediles de goma).
5.6. Uso de guantes descartables adecuados según la tarea: deben utilizarse principalmente para manipular alimentos listos para el consumo (por ejemplo, el sostén xx xxxxxx cocidas para su cortado, frutas o vegetales sanitizados, armado de sándwiches, cortado del pan, entre otros), fundamentalmente cuando se dificulte el uso de utensilios adecuados (pinzas, tenedores, cucharas).
No exime xxx xxxxxx frecuente de manos. El uso de alcohol o geles, no reemplaza el uso de guantes.
5.7. LAVADO DE MANOS: estandarizar el proceso xx xxxxxx de manos hasta los codos con agua y jabón por al menos 20 segundos y enjuague completo, secado con papel descartable, cuando se comienza la tarea de elaboración y cada vez que se cambie de procedimiento. Considerando que las manos son el vector más importante de contaminación, se debe concientizar a los manipuladores de esta práctica sanitaria fundamental.
5.8. El uso de barbijo debe pautarse de acuerdo a los procesos realizados, es indispensable para el manejo de alimentos terminados y productos listos para el consumo en producciones especialmente en planta, donde evite que el manipulador sea vector de contaminación.
5.9. El manipulador no debe comer, tomar mate, no usar celular, ni masticar chicle durante la elaboración de alimentos, no debe fumar en el horario laboral.
5.10. Supervisión: deberá asignarse la responsabilidad a una persona específica dentro del plantel de cocina, sobre el cumplimiento de todos los manipuladores respecto de los requisitos señalados.
5.11. Toda persona que ingrese al sector de elaboración (cocina) deberá hacerlo con vestimenta adecuada, previo lavado de manos y cubriéndose el cabello.
5.12. Los instrumentos de medición de temperatura deben estar en perfecto estado de funcionamiento. Para su uso deberá capacitarse al personal en cuanto a la correcta utilización y sanitización de los mismos.
6. REQUISITOS DE HIGIENE Y PRÁCTICAS SANITARIAS EN PRODUCCIÓN
Se deben tener en cuenta los procedimientos respecto de las materias primas, prevención de contaminación cruzada, elaboración, transporte y servicio.
6.1. Materias primas: se debe realizar un control de todas las materias primas que ingresan a la planta y al establecimiento y almacenarse en condiciones adecuadas según la naturaleza del alimento para evitar su deterioro. Debe asegurarse su óptima rotación.
6.2. Prevención de la contaminación cruzada: se tomarán medidas eficaces para no provocar contaminaciones del alimento por contacto directo o indirecto.
6.3. Parámetros de calidad higiénico–sanitaria, bromatológica y organoléptica:
a) Los alimentos frescos deberán ser entregados y elaborados en el establecimiento el mismo día del consumo. Si hubiera sobrantes, los mismos deberán ser desechados para evitar riesgos sanitarios.
b) La elaboración de los menús debe ser diaria, a excepción de postres y sándwiches que requieren enfriamiento, en cuyo caso el tiempo de preparación no deberá ser mayor de veinticuatro horas (24) y si son elaborados en planta, deberán contar con rótulo interno con fecha de elaboración y/o vencimiento.
c) Los caracteres organolépticos deberán ser satisfactorios y genuinos de cada ingrediente y preparación.
d) Especificaciones y Temperatura adecuada de conservación, distribución, servicio y cocción:
ESPECIFICACIONES Y TEMPERATURA ADECUADA DE CONSERVACIÓN, DISTRIBUCIÓN, SERVICIO Y COCCIÓN | |||
ALIMENTO | TEMPERATUTRA EN º C DE CONSERVACION EN EL CENTRO DE LOS ALIMENTOS | TEMPERATURA DE COCCION MINIMA EN EL CENTRO DEL ALIMENTO- CARCTERISTICAS VISUALES | ESPECIFICACIONES |
LACTEOS Y POSTRES | 2 a 8º C (o según rótulo) | - | Leche en polvo: genuina, características sensoriales adecuadas. Fluida: pasteurizada, ultra-pasteurizada o esterilizada. |
CARNE VACUNA FRESCA, PIEZA ENTERA | 0 a 5 º C - Envasada al vacío 3 a -1ºC o según rótulo, | 80º C - hasta desaparición de jugos rosados | Carne cruda: color purpura en el interior, rojo brillante en presencia de oxígeno. PH 5,4 a 6, carne firme. Carnes envasadas al vacío: rojo purpura oscuro, por ausencia de oxígeno. Debe controlarse que el envase no tenga pinchaduras o fugas, Nº SENASA |
CARNE VACUNA PICADA | 0 A 5º c - Envasada al vacío 3 a -1 o según rótulo | 80º C - hasta desaparición de jugos rosados | Carne cruda: color purpura en el interior, rojo brillante en presencia de oxígeno. Desgrasada. PH 5,4 a 6,4. Nº SENASA |
POLLO | -2 a 2º C o según rótulo | Entero: 95º C en la pata o muslo hasta que en las articulaciones no se observe sangre. Deshuesado: 80ºC. Hasta carne color blanco opaco. | Pollo crudo: piel blanca amarillenta parejo, olor agradable. pH menor a 7 |
PESCADO REFRIGERADO | 0º C | 80º C Características según corresponda la naturaleza del producto | Pescado crudo, carne firme, olor agradable. pH hasta 7,3 |
PRODUCTOS CONGELADOS INDUSTRIALES PEELABORADOS (MEDALLON A BASE DE CARNE VACUNA, PESCADO O POLLO, REBOZADOS) | A -18º C En freezer. Transporte hasta -12º C. La conservación refrigerada deberá realizarse sólo cumpliendo las condiciones que sugiere el fabricante. Indicando con rótulo interno el día de ingreso del producto en planta. | 80ºC Características según corresponda la naturaleza del producto | Piezas congeladas duras. No deben presentar cristales de agua grandes. Nº DE SENASA |
FIAMBRES | 2 a 8 ºC o según rótulo | RNE, RNPA y Nº DE SENASA | |
QUESO BARRA, RALLAR, CREMOSO | 2 a 8 ºC o según rótulo | RNE, RNPA y Nº DE SENASA | |
PASTA FRESCAS PASTEURIZADAS CRUDAS O COCIDAS, ARROZ PRECOCIDO | 2 a 8 ºC o según rótulo | 80ºC (gelatinización completa del almidón) | Envasadas y rotuladas |
ENLATADOS | Ambiente 25º C | Sin abolladuras, sin oxido, conservados lejos xx xxxxxxx de calor. | |
HUEVOS | refrigerados de 8 a 15º C | 80ºC Coagulación completa clara y yema | Fecha de postura o vencimiento. Almacenados en xxxxxx de primer uso en buenas condiciones higiénicas, Registro de SENASA |
HORTALIZAS Y FRUTAS | Menos a 10º C Transporte a Tº ambiente | 80º C Ablandamiento y terneza | En caso de tubérculos conservar en espacios frescos, ventilados. |
SANDWICHES | Hasta 8º C | Envasados y rotulados. | |
HELADO DE AGUA | -18º C | Conservación en contenedores isométricos en buen estado de higiene y mantenimiento. Con RNE y RNPA. |
e) Vida útil estimada de los alimentos entre 0º a 5º C refrigerada o a -18º congelada para almacenamiento en plantas elaboradoras:
-Carne vacuna entera: hasta 4 días refrigerada/ hasta 6 meses congelada.
-Carne vacuna picada: hasta 24 horas refrigerada/ 3 meses congelada.
-Pollos: hasta 3 días refrigerado o según rotulado/ 3 meses congelado.
-Pescado: hasta 24 hs. refrigerado/3 meses congelado o según rótulo.
-Congelados: industriales: según rotulado / preparaciones de elaboración propia: hasta un mes (con rótulo interno de congelación)
-Huevos: 21 a 30 días desde la postura o según el rótulo.
El vencimiento de los alimentos estandarizados por la industria corresponde a las condiciones de almacenamiento que establece el elaborador. Si se almacena hasta la fecha establecida en el rótulo, deberá respetarse la temperatura de conservación recomendada en el rótulo.
6.4- Elaboración
a) El proceso de elaboración de los menús debe planificarse, de acuerdo a las unidades de calor y los turnos de comida, considerando que NO se pueden marcar los alimentos debido a que si quedan crudos en el interior existe mayor riesgo sanitario y perjudica las características organolépticas. Las cocciones deben ser completas, a las temperaturas estipuladas para cada alimento que aseguran la eliminación de bacterias patógenas. Las preparaciones calientes no deben permanecer a temperatura de riesgo sanitario, podrán estar alejadas xx xxxxxxx de calor sólo el tiempo suficiente para manipularlas, considerando que las preparaciones siempre salen de la cocción a temperaturas superiores de 80ºC. Se considerará aceptable una disminución “regulada” de la temperatura por el acondicionamiento de las preparaciones para el servicio, como cortar las piezas o colocar en bandejas. Si el alimento disminuyó su temperatura por estos procedimientos deberán ser re- calentadas a temperaturas de seguridad (superior a 74ºC).
Los alimentos no deberán llegar a la temperatura del ambiente de la cocina, podría considerarse que el producto permaneció mayor tiempo que el seguro sin cadena de calor. Por lo tanto es indispensable regular el inicio de la cocción para cumplir con las pautas sanitarias. Las preparaciones se deben mantener calientes hasta el servicio en xxxxx xxxxx o en el horno, conservadas en recipientes adecuados provistos de tapas o protegido con papel aluminio o papel sulfito apto para el contacto con alimentos. Recordar que no deberán encontrarse alimentos calientes entre 60ºC a 30ºC en el centro del alimento por más de 1 hora, para evitar la producción de toxinas bacterianas.
El profesional de la empresa deberá justificar los procesos si se modificara alguno de estos parámetros.
b) La elaboración de preparaciones frías se deben planificar para asegurar que puedan alcanzar la temperatura adecuada, por lo tanto se podrá preparar a primer ahora, si fuera necesario, y acondicionar para su óptimo enfriamiento y mantenimiento en frío hasta el momento del servicio.
El profesional técnico de la empresa deberá justificar los procesos si modificara alguno de estos procedimientos.
c) Para la elaboración de ensaladas de hortalizas, verduras o frutas, deben estandarizarse la limpieza y sanitización de las mismas, el pelado y/o cortado se hará con guantes descartables, en superficies exclusivas y limpias.
d) Estandarización de las preparaciones.
Todas las preparaciones deben ser estandarizadas y evaluadas para asegurar que sean del agrado del personal teniendo en cuenta la terneza de la carne, el punto de las pastas y preparaciones a base de arroz, uso de sal y condimentos, entre otros.
6.5. Distribución y servicio de las preparaciones
a) Temperatura de los alimentos calientes en el cargado de los contenedores isotérmicos: mínima 80ºC en el centro del alimento.
b) Mantenimiento en caliente: no inferior de 65ºC en el centro del alimento.
- Temperatura de los alimentos calientes en el servicio en plato, no inferior a 60ºC en el centro.
c) Mantenimiento en frío:
- Postres y ensaladas, transportar en contenedores isotérmicos, temperatura inferior a 8º C en el centro.
- Sandwichería, transportar en contenedores isotérmicos o camiones refrigerados en canastos.
d) Las temperaturas del aire de las unidades de frío deberá estar regulada para asegurar que los alimentos que se introducen para refrigerar disminuyan la temperatura de 21º a 5º C (o a la temperatura adecuada según cuadro adjunto punto 6.2 d) en menos de 2 horas y que los alimentos refrigerados se mantengan a las temperaturas óptimas, evitando fluctuaciones de acuerdo al uso de los mismos.
6.6. Sobrantes.
Los sobrantes de las preparaciones deberán descartarse. No deben ser re-utilizados, ni repartidos entre el personal o niños.
6.7. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN Y TRANSPORTE DE VIANDAS
a) Viandas calientes: luego de la cocción completa, según las temperaturas detalladas en el punto 6 inc.
d) de la presente, se deben cargar los contenedores, en buen estado de estructura e higiene. Se puede precalentar el recipiente con agua hirviendo si el producto lo requiere, con el propósito que no pierda calor, y se puede secar con papel descartable si los alimentos que se vayan a incorporar tienden a humedecerse. Es recomendable envasar en contenedores de plástico, acero inoxidable o envases descartables y evitar el transporte a granel directamente en el contenedor, por ser una modalidad que aumenta los riesgos sanitarios. Si se envasara en forma directa en los contenedores de transporte deberán realizarse controles bacteriológicos periódicos para confirmar la eficiencia de la modalidad. El cargado de los contenedores, limpios, debe realizarse a temperaturas superiores a 80ºC. Cada empresa debe realizar los ensayos pertinentes para asegurar que el producto llegue en las condiciones óptimas de temperatura- mayor 65ºC- seguras y organolépticas satisfactorias.
b) Viandas frías: Ensaladas y postres. Deben elaborarse con los procedimientos necesarios para que sean envasadas frías, en contenedores isotérmicos, manteniendo la cadena de frío. El enfriamiento puede acelerarse en los abatidores, indispensables en servicios con muchas raciones, o en heladeras o freezer de uso exclusivo, con agua fría, fraccionando la preparación para enfriar optimizando los procesos.
En todos los casos el profesional técnico de la empresa debe realizar un flujo de elaboración para corroborar su óptimo procedimiento y realizar registros de temperaturas de cargado y servicio de todas las preparaciones.
c) Las condiciones sanitarias de transporte y almacenamiento deben ser adecuadas: Los contenedores deben estar en perfecto estado de mantenimiento e higiene. Nunca deben apoyarse directamente sobre el piso, cuando es recibido deben colocarse sobre superficies limpias.
d) La recepción de las viandas debe ser controlada y se debe verificar que se ha respetado las cadenas de frío y/o calor.
e) el envase debe contener la siguiente INFORMACION OBLIGATORIA a menos que se indique otra cosa en el presente Reglamento Técnico o en un reglamento específico, la rotulación de alimentos envasados deberá presentar obligatoriamente la siguiente información: - Denominación de venta del alimento - Lista de ingredientes - Contenidos netos - Identificación del origen - Nombre o razón social y dirección del importador, para alimentos importados. - Identificación del lote - Fecha de duración - Preparación e instrucciones de uso del alimento, cuando corresponda. Declaración de aditivos alimentarios en la lista de ingredientes. Los aditivos alimentarios deberán declararse formando parte de la lista de ingredientes.¨ ¨Información Nutricional: Porción....... g o ml (medida casera). Valor energético kcal
=...... kJ (… %VD*); Carbohidratos ….g (…%VD); Proteínas ….g (….%VD); rasas totales ….g (….%VD);
rasas saturadas ….g (….%VD); rasas trans ….g; Fibra alimentaria ….g (….%VD); Sodio ….mg (….%VD). No aporta cantidades significativas de. (Valor energético y/o el/los nombre/s del/de los nutriente/s)
(Esta frase se puede emplear cuando se utilice la declaración nutricional simplificada) * % Valores Diarios con base a una dieta de 2.000 kcal u 8.400 kJ. Sus valores diarios pueden ser mayores o menores dependiendo de sus necesidades energéticas.¨ En el rótulo también debe figurar: Número del certificado de autorización del producto otorgado por la autoridad sanitaria competente (RNPA) y número de inscripción del establecimiento elaborador (RNE o RPE) y El número de aprobación de SENASA para alimentos de origen animal. AGUA POTABLE (Art. 982 C.A.A. – Modificado por R 494/94) La que es apta para la alimentación y uso doméstico. No deberá contener sustancias o cuerpos extraños de origen biológico, orgánico, inorgánico o radioactivo.
7. MATERIAS PRIMAS SEGURAS
7.1. Los alimentos deberán adquirirse en proveedores habilitados, que cumplan con las BPM. Todas las materias primas deben estar rotuladas de acuerdo al C.A.A. y responderá las especificaciones de víveres detalladas en el presente pliego.
7.2. Los equipos de frío en las plantas elaboradoras de las empresas deberán estar divididos de acuerdo al tipo de alimentos:
A- Lácteos, fiambres, postres y productos terminados. B- Carnes refrigeradas
C- Alimentos congelados, separados crudos y cocidos D- Hortalizas y frutas
E- Huevos
7.3. Heladeras y freezers: Si no es posible almacenar los alimentos separados físicamente en los establecimientos de INTERCARGO S.A.C., se deberán almacenar separados funcionalmente. Lácteos, fiambres y preparaciones terminadas en la parte superior y alimentos crudos tapado o envueltos con materiales adecuados, en la parte inferior para evitar la contaminación cruzada.
7.4. Las carnes picadas se deben adquirir en frigoríficos habilitados por SENASA y con controles mensuales, mínimos, de ausencia de Escherichiacoli 0H157:H7 y de Salmonella de acuerdo a la
legislación vigente (art.255 C.A.A.). Las empresas deben presentar los certificados de ser solicitados por la Gerencia de Servicios.
7.5. Los fiambres y quesos se deben adquirir en proveedores habilitados que realicen los controles de calidad de acuerdo a la legislación vigente (7.1 de este anexo) que aseguren la inocuidad de estos alimentos, que son de alto riesgo por ser listos para el consumo.
Los análisis de control deben incluir los parámetros bacteriológicos: Para fiambres se define en el art.360 bis del C.A.A. y el contenido de nitritos en el producto terminado según especificaciones del
C.A.A. para cada uno. Para quesos se define los estándares bacteriológicos en el art.605 actualizado al 2006 del C.A.A., considerando el tipo de producto de acuerdo a su humedad.
7.6. Almacenamiento de víveres secos en plantas elaboradoras.
Debe disponerse de un espacio exclusivo, aireado, suficiente para almacenar los víveres secos. Estibarlos en estanterías y/o tarimas para permitir un adecuado orden, con acceso para controlar los rótulos y la higiene, con criterios de uso para asegurar la renovación correspondiente de la mercadería.
Deberán realizarse registros de ingreso y egreso de mercadería para poder detectar lotes, esto asegura la identificación de los alimentos, para cumplir rápidamente con acciones correctivas si fuera detectada una modificación de algún parámetro de la calidad. Pudiendo definir si fue originada por la materia prima o por la manipulación incorrecta y hacer el reclamo con los datos precisos a la industria si fuera necesario.
8. CONTROL DE PROCESOS
8.1. Preparaciones frías: se deberá estandarizar un proceso que garantice la seguridad sanitaria, deberá incluir lavado y sanitización de vegetales crudos, con controles bacteriológicos y certificación del proceso avalado por profesional técnico.
Estandarizar y registrar temperaturas y tiempos de enfriamiento para minimizar riesgos. Controlar el mantenimiento de la cadena de frío, de forma fehaciente.
8.2. Preparaciones calientes: se deberán estandarizar procesos de preparación y cocción de cada tipo de preparación que garantice la seguridad sanitaria y la optimización de las características organolépticas. Registrar temperaturas de cocción, temperaturas en etapa de acondicionamiento para su transporte y/o servicio.
9. TRANSPORTE DE MATERIAS PRIMAS Y PREPARACIONES
9.1. Los vehículos que se utilicen para trasladar alimentos y/o preparaciones deberán estar habilitados por todos los organismos técnicos pertinentes, en su área de competencia (Gobierno de la Provincia de BS. AS., SENASA, etc.) y cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente pliego de bases y condiciones.
9.2. Almacenamiento en vehículos cumpliendo con las BPM- Estandarizar y registrar proceso que garantice la seguridad sanitaria. Contenedores de transporte, tarimas para estiba, higiene, sistemas de descargue.
9.3. Mercaderías registradas y almacenadas en espacios limpios, ventilados, adecuados según temperaturas.
10. CONTROL DE ALIMENTOS Y PREPARACIONES – DOCUMENTACIÓN
10.1. Controles de laboratorio: según art. 10º de las Especificaciones Técnicas (Anexo IX). Deben realizarse análisis bacteriológicos para corroborar el éxito de la aplicación de las BPM.
Esto implica una evaluación de los resultados, por parte de los profesionales correspondientes, que permita realizar las acciones correctivas si fuera necesario. Los procedimientos deben ser debidamente documentados.
10.2. Control Bromatológico: Cada empresa deberá contar con un laboratorio de referencia y un profesional bromatólogo que tenga las incumbencias de realizar los análisis, la interpretación y de ser necesarias las correspondientes acciones correctivas. Debe contar con un laboratorio habilitado, éste debe realizar un muestreo representativo para asegurar el buen funcionamiento del servicio.
Reserva de muestra: por cada muestra extraída y analizada por el profesional a cargo se deberá congelar una muestra testigo en la planta, y conservarla durante 1 mes, que podrá ser analizada por la autoridad sanitaria cuando se lo solicite.
10.3. Modelos de referencia de análisis bacteriológicos:
Para unificar criterios de control, el profesional a cargo del muestreo y del análisis deberá basarse en la legislación del C.A.A. Art. 156 tris (vigente desde el 27 xx xxxxx de 2013).
10.3.1- Protocolo de análisis recomendado según art 156 tris del C.A.A. para alimentos y preparaciones con tratamientos térmicos, listos para el consumo
PROTOCOLO DE ANALISIS RECOMENDADO SEGUN ART 156 TRIS DEL C.A.A. PARA ALIMENTOS CON TRATAMIENTO TERMICO
Parámetro | Valor aceptable |
Recuento de bacterias aerobias mesófilas (ufc/g) | m=104 M=105 |
Recuento Enterobacterias (ufc/g) | m=102 M=5X102 |
Recuento de Escherichiacoli (NMP/g) | Menos de 3 |
Recuento de Estafilococos coagulasa positiva (NMP/g) | m=10 M=102 |
Salmonela spp | Ausencia en 25 g |
Listeria monocytogenes | Ausencia en 25 g |
Recuento clostridium perfringens (UFC/g) | m=102 M=103 |
Solo para carnes | |
Recuentos de presuntos Baciluscereus (ufc/g) Solo alimentos con cereales, papa, amiláceos. | m=102 M=103 |
E coli 0157:H7NM en alimentos a base de carne picada, tales como albóndigas, pasteles o similares, | Ausencia en 65 g |
PROTOCOLO DE ANALISIS RECOMENDADO SEGUN ART 156 TRIS DEL C.A.A. PARA ALIMENTOS SIN
TRATAMIENTO TERMICO (Sándwiches, ensaladas)
Parámetro | Valor aceptable |
Recuento de Enterobacterias (ufc/g) excepto para vegetales crudos. | m=103 M=104 |
Escherichiacoli (NMP/g) | Menos de 3 |
Recuento de Estafilococos coagulasa positiva (NMP/ g) | m=10 M=102 |
Salmonella | Ausencia en 25 g |
Listeria monocytogenes | Ausencia en 25 g |
Recuento clostridiumperfringens (UFC/g) Solo para carnes | m=102 M=103 |
Recuentos de presuntos Baciluscereus (ufc/g) Solo alimentos con cereales, papa, amiláceos. | m=102 M=103 |
E coli 0157:H7NM en alimentos a base de carne picada y/o vegetales crudos | Ausencia en 65 g |
Especificaciones:
Los valores de recuento de mesófilos y coliformes se tomaron valores promedio de las recomendaciones.
En el caso que los resultados estén muy cercanos al límite se considerará aceptable –siempre que no se detecten patógenos- pero se deberán tomar mayores medidas de higiene en los procesos de producción, con seguimiento bacteriológico posterior.
Este criterio se justifica por tratarse de servicios de alimentos y no de la industria. Los análisis se realizan luego de la elaboración y consumo. En producción y consumo diario.
*Las recomendaciones sanitarias del C.A.A. incluyen todo tipo de sandwichería dentro el rango descripto en el inc.10.3.2.
10.4. El profesional responsable del adjudicatario realizará una evaluación semestral sobre el estado y funcionamiento de la producción en planta y de cada comedor.
10.5. Realizar flujos de elaboración, - en planta y en comedor- considerando las prácticas habituales de cada servicio y asegurando un proceso que prevenga la manipulación incorrecta, la contaminación cruzada, la pérdida de caracteres organolépticos óptimos. Documentar los indicadores de seguridad sanitaria: Temperaturas de unidades de frío, Temperaturas de cocción, Temperaturas de preparaciones frías, Temperaturas de transporte de viandas calientes y frías, y temperaturas de servicio. Tiempos de riesgo entre elaboración y servicio. Horario de inicio de cada etapa de elaboración, transporte y servicio.
ANEXO XI
MENÚ
El servicio de comedor a contratar para el personal de INTERCARGO SAC consistirá en la provisión diaria de desayuno/merienda y almuerzo/cena según corresponda, a todo el personal de INTERCARGO S.A.C.; que presta servicios en el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires y el Aeropuerto Metropolitano Xxxxx Xxxxxxx, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El comedor deberá funcionar todos los días del año.
La confección del menú se realizó para todos los usuarios del servicio de comedor de acuerdo con criterios de alimentación sana y equilibrada.
Se diseñó un menú destinado al Personal Operativo y Administrativo y un menú opcional Reducido en Calorías.
No obstante, en el caso de dietas especiales, el adjudicatario deberá introducir las oportunas modificaciones para suministrar un menú adaptado a la correspondiente patología.
El adjudicatario queda obligado a suministrar materia prima o confeccionar las peticiones de menús de dietas especiales, siempre que dicha petición vaya acompañada de un informe médico.
El adjudicatario no podrá atender una solicitud de menú especial hasta que el especialista correspondiente determine de forma segura la alergia o intolerancia a un tipo determinado de alimento.
Dichos menús especiales, deberán ser lo más similar posible a los del resto de los comensales, tanto en calidad como en cantidad, con la obvia excepción de aquellos ingredientes o componentes dañinos para la salud del interesado, como en el caso de:
Enfermedad Celíaca (EC), enfermedad crónica autoinmune caracterizada por la inflamación del intestino xxxxxxx en individuos genéticamente predispuestos, debido a una intolerancia permanente al gluten. Éste es la fracción proteica que se encuentra en el Trigo, Avena, Cebada y Xxxxxxx.
Su tratamiento consiste en la suspensión definitiva del gluten en la dieta de por vida. No sólo basta con restringir la dieta a la selección de alimentos, sino que también toma un papel muy importante la manipulación de los mismos para evitar la contaminación cruzada y la ingestión de gluten oculto en los alimentos.
Indicación de dieta hiposódica en Hipertensión Arterial (HTA): Cuando se indica una dieta hiposódica se debe comer Sin SAL (Sodio), esto significa: No agregar sal a la comida, evitar los alimentos con elevado contenido en sodio y seleccionar adecuadamente los alimentos industrializados.
La elaboración de dichos menús especiales se realizará en cocinas independientes para que el equipamiento y utensilios se encuentren aislados de cualquier posible contaminación cruzada. El personal de cocina de estos menús deberá estar debidamente capacitado para la elaboración de los mismos.
Deberá cumplirse con el menú propuesto a continuación. Sólo se aceptarán sin previa autorización los cambios o alteraciones del menú vigente que no resulten sustanciales (por ejemplo podrán reemplazarse: empanadas por tartas con el mismo relleno).
Cualquier otra alteración deberá contar con la expresa autorización de INTERCARGO S.A.C.; La solicitud de autorización deberá elevarse con cuarenta y ocho horas (48) de antelación.
Cada servicio obligatoriamente estará compuesto según el Mosaico de “Menú mensual a cumplir” y de acuerdo a las siguientes consideraciones:
1) DESAYUNOS / MERIENDAS
- Infusión (Té, Café o Mate cocido) con o sin Xxxxx Xxxxxxxxxx *
- Yogur Descremado (Pote de 200cc) con cereales sin azúcar.
- Leche Descremada (Taza 250cc) con cereales sin azúcar o granola.
- Leche Descremada (Taza 250cc) con cacao.
* Azúcar y edulcorante presentados en sobres individuales para endulzar las infusiones.
OPCIÓN PARA DESAYUNOS / MERIENDAS
- Tostadas con queso untable descremado y/o mermelada light *
- Tostadas con manteca y/o mermelada común *
- Galletitas de agua, Galletitas dulces.
- Medialunas de manteca, medialunas de grasa o facturas.
- Alfajores.
* Queso untable, mermelada común y light y manteca presentados en envases individuales.
SUGERENCIAS Y CANTIDADES MÍNIMAS POR PORCIÓN | ||
MENÚ DESTINADO A PERSONAL OPERATIVO Y ADMINSTRATIVO. | MENÚ REDUCIDO EN CALORÍAS. | |
Queso Untable Descremado | Pote individual (10 gr) | Pote individual (10 gr) |
Mermelada Común | Pote individual (10 gr) | Pote individual (10 gr) |
Mermelada Diet | Pote individual (10 gr) | Pote individual (10 gr) |
Manteca | Pote individual (10 gr) | Pote individual (10 gr) |
Xxxxx | 000 xx | 000 xx |
Galletitas de Agua | 6 unidades (20gr) | 4 unidades (20gr) |
Galletitas dulces | 6 unidades (60gr) | 4 unidades (40gr) |
Tostadas (tipo Xxxxx) | 5 unidades (36 gr) | unidades (22 gr) |
2) ALMUERZO/CENA
- Entrada.
- Plato principal c/ Guarnición.
- Postre.
- Pan Blanco y pan negro.
- Fruta: Todos los días deberá haber una fruta de estación como opción de postre.
- Salad Bar: Todos los días deberá haber variedad de ensaladas como opción de guarnición.
- Bebida (con azúcar y sin azúcar)
- Aderezos en envases individuales.
SUGERENCIAS Y CANTIDADES MÍNIMAS POR PORCIÓN | ||
MENÚ DESTINADO A PERSONAL OPERATIVO y ADMINISTRATIVO | MENÚ REDUCIDO EN CALORÍAS | |
Xxxxx xx Xxxx | 350 gr | 350 gr |
Pollo | 000 xx | 000 xx |
Pescado | 250 gr | 250 gr |
Fiambre (Jamón cocido) | 2 fetas (40gr) | 2 fetas (40gr) |
Queso en barra | 1 feta (20 gr) | 1 feta (20 gr) |
Vegetales A | 200 gr | 200 gr |
Vegetales B | 200 gr | 200 gr |
Vegetales X (xxxx, xxxxxx) | 000 xx | 000 xx |
Frutas | 200 - 300 gr | 200 - 300 gr |
Ensalada de frutas | 1 taza (250cc) | 1 taza (250cc) |
Pastas simples (Fideos) | 250 gr | 250 gr |
Ñoquis | 250 gr | 250 gr |
Ravioles | 250 gr | 250 gr |
Empanadas | 50-60 gr | 50-60 gr |
Legumbres | 70 gr | 70 gr |
Pan xxxxx | 2 unidades (100gr) | 2 unidades (100gr) |
Galletitas de Agua | 6 unidades (20gr) | 6 unidades (20gr) |
Gaseosa/Jugo/Agua | 1 vaso (500 cc) | 1 vaso (500 cc) |
Gelatina | 1 taza (250cc) | 1 taza (250cc) |
Áspic (Gelatina + Fruta) | 1 taza (250cc) | 1 taza (250cc) |
Tartas | 1 porción (70 - 100 gr) | 1 porción (70 - 100 gr) |
Arrollados, Tartas, budines | 150 gr | 150 gr |
Mousse, flan, helado | 1 taza (250cc) | 1 taza (250cc) |
- Vegetales A: Acelga, ají, apio, tomate, zapallito, berenjena, lechuga, espinaca, espárrago, pepino, rábano, rabanito, radicha, radicheta.
- Vegetales B: Alcaucil, arvejas frescas, cebolla, cebolla de verdeo, zanahoria, zapallo, remolacha, chaucha, Palmitos.
- Vegetales C: Papa, Batata, Choclo.
SELECCIÓN DE ALIMENTOS PERMITIDOS:
Lácteos: Leche entera, fluida o en polvo, leche parcialmente descremada, fluida o en polvo, leche chocolatada, yogur entero, yogur descremado.
Quesos: Untable, entero sin sal agregada, ricota entera, frescos sin sal agregada, mozzarella magra sin sal agregada. Queso portsalut sin sal agregada.
Huevo: Entero, clara, yema, huevo batido.
Carnes: Xx xxxx, ave, pescado (frescas), atún en aceite o al natural sin sal atún o caballa sin sal. Pescados y mariscos frescos, pescados de mar. No: Fiambres, embutidos y productos congelados.
Vegetales: Frescas: todas. Puré de tomate y tomate perita en lata. No: productos congelados.
Envasadas: Pre-elaboradas, sólo vegetales al wok.
Frutas: Frescas: todas. Evitar enlatados.
Cereales: Arroz, trigo, avena, sémola, fideos secos, tapas xx xxxxxx seca, harina común, fécula. Pastas rellenas y pizzas rellenas sin sal. Tapas xx xxxxx y empanadas caseras sin sal. Rebozador (para freír o cocinar al horno).
Copos de cereal: Bocaditos de cereales, bocaditos de cereales con avena arrollada y trigo, Bocaditos de cereales con avena arrollada y avellana, granola de chocolate y avena, granola, aritos frutales y xx xxxxx y miel.
Legumbres: lentejas, porotos, garbanzos, soja (No enlatados). Productos de soja comerciales sin sal: Hamburguesas y milanesas.
Azúcar: refinada.
Dulces: Batata, membrillo, miel, jaleas, mermeladas. Dulce de leche.
Pan y Galletitas: Pan blanco, Pan de salvado, Multicereal sal. Productos de panadería (Grisines, marineras, etc.). Galletitas de agua, salvado sin Sal, galletas de arroz sin sal, tostadas, grisines.
Galletitas dulces: Surtidas.
Aceites: Girasol, Maíz y Xxxxx.
Manteca: Sin sal agregada.
Crema de leche
Condimentos: Laurel, orégano, nuez moscada, ajo, pimentón, limón, vinagre, semillas de mostaza, albahaca, tomillo, salvia, comino, ciboulete. Condimento para salsas y guisos, condimento para empanadas, condimentos para pescado, carnes, pizza. Mezcla de especias, adobo para pizza
Bebidas: Agua potable, agua mineral.
Gaseosas con azúcar: Cola, lima limón, naranja, pomelo y tónica. (Línea Coca Cola y/o Pepsi)
Gaseosas sin azúcar: Cola, lima limón, naranja, pomelo y tónica. (Línea Coca Cola y/o Pepsi)
Aguas saborizadas: variedad frutal (línea Coca-Cola, Villa del Sur, etc.)
Otros: gelatina común, gelatina diet, polvos para preparar flan, helados, postres, mousse. Helados de agua. Caldos comerciales sin sal usándolos solo diluidos según envase. Caldo para saborizar sin sal. Levadura.
Las materias primas que se utilicen para la confección de cada una de las comidas deberán ser de primera calidad.
MENÚ INVIERNO
Desayunos / Meriendas
DESAYUNOS / MERIENDAS (Infusiones) | |
1 | Infusión (Té, Café o Mate cocido) con o sin Xxxxx Xxxxxxxxxx * |
2 | Yogur Descremado (Pote de 200cc) con cereales sin azúcar. |
3 | Leche Descremada (Taza 250cc) con cereales sin azúcar o granola. |
* Azúcar y edulcorante presentados en sobres individuales para endulzar las infusiones.
DESAYUNOS / MERIENDAS (Sólidos) | |
1 | Tostadas con queso untable descremado y/o mermelada light * |
2 | Tostadas con manteca y/o mermelada común * |
3 | Galletitas de agua, Galletitas dulces. |
4 | Medialunas de manteca, medialuna de grasa o facturas. |
5 | Alfajor. |
* Queso untable, mermelada común y light y manteca presentados en envases individuales.
Menú Sugerido (Destinado a Personal Operativo y Administrativo) | ||||||||||
ALMUERZO/ CENA | LISTA 1 | LISTA 2 | LISTA 3 | LISTA 4 | LISTA 5 | LISTA 6 | LISTA 7 | LISTA 8 | LISTA 9 | LISTA 10 |
ENTRADA | Salpicón de atún | Tortilla de zapallitos | Berenjena, Tomate y cebolla grilladas | Arroz Tricolor | Empanada | Soufflé de Acelga | Mayonesa de ave | Soufflé de Humita | Ensalada de lentejas, papa y huevo duro | Milanesa de berenjena a la Suiza |
PLATO PRINCIPAL | Milanesa de pollo con ensalada de chaucha, zanahoria y tomate | Carne mechada con Batatas Doré | Ravioles de pollo y verdura con salsa Xxxx | Filete de merluza a la portuguesa con papas al natural | Día de pizzas: Napolitana Mozzarella y jamón | Pollo al horno a la mostaza con Arroz al verdeo | Milanesa de ternera con mil hojas xx xxxxx | Ñoquis de papa con salsa Bolognesa | Tarta de Atún | Carne al horno con puré mixto |
POSTRE* | Peras en almíbar | Mousse de dulce de leche | Budín de pan | Tarta de ricota | Flan casero | Ensalada de frutas | Áspic | Queso y xxxxx | Xxxxx de pan | Xxxxxxx xxxxx |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 11 | LISTA 12 | LISTA 13 | LISTA 14 | LISTA 15 | LISTA 16 | LISTA 17 | LISTA 18 | LISTA 19 | LISTA 20 |
ENTRADA | Tarta de puerros | Croquetas de arroz | Bombas de pollo a las hiervas | Tortilla española | Berenjenas a la criolla | Soufflé de Zanahoria | Matambre con arroz arvejado | Empanada de jamón y queso | Tomate relleno con atún | Budín Tricolor |
PLATO PRINCIPAL | Pastel de papa (con carne) | Día de Parrillada: Asado o Vacío, pollo, chorizo con papas fritas | Lasaña de ricota, jamón y queso, con salsa de tomates y aceitunas | Filete de merluza a la romana con arroz arvejado | Suprema de pollo rellena de jamón y queso con arroz primavera | Bife a la plancha con vegetales grillados | Canelones de pollo y verdura con salsa xxxx | Guiso de lentejas, carne y papas | Milanesa de ternera con ensalada mixta | Albóndigas caseras a la pomarola con arroz |
POSTRE* | Pasta Frola | Ensalada de frutas | Budín de pan | Arrollado de dulce de leche | Áspic | Postre de chocolate | Queso y dulce | Duraznos en almíbar | Áspic | Brownie |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 21 | LISTA 22 | LISTA 23 | LISTA 24 | LISTA 25 | LISTA 26 | LISTA 27 | LISTA 28 | LISTA 29 | LISTA 30 |
ENTRADA | Berenjenas a la parmesana | Sopa crema (de vegetales y pollo grillé) | Soufflé de zapallitos | Tortilla de papa | Xxxxxxxxx de pollo | Croquetas de acelga | Soufflé de choclo, puerro y queso por salud | Zapallitos a la romana | Bombas xx xxxxxxxx | Tarta de jamón y queso |
PLATO PRINCIPAL | Pollo al champigñon con puré xx xxxxx | Milanesa de ternera a la napolitana con batatas bastón | Spaguettis al huevo con estofado | Merluza a la romana con arroz amarillo | Risotto de pollo y tomates secos | Pan de carne con papas doré | Sorrentinos de jamón y mozzarella a la parisién | Suprema de pollo con papas fritas perejiladas | Bondiola de cerdo con batatas acarameladas | Torteletis con salsa pomodoro o salsa fileto |
POSTRE* | Ensalada de frutas | Áspic | Duraznos en almíbar | Queso y dulce | Flan casero | Ensalada de frutas | Budín de pan | Peras en almíbar | Duraznos en almíbar | Áspic |
Menú Sugerido (Reducido en Calorías) | ||||||||||
ALMUERZO/ CENA | LISTA 1 | LISTA 2 | LISTA 3 | LISTA 4 | LISTA 5 | LISTA 6 | LISTA 7 | LISTA 8 | LISTA 9 | LISTA 10 |
ENTRADA | Ensalada de tomate y hojas verdes | Ensalada de rúcula y parmesano | Berenjenas grilladas | Budín tricolor: calabaza, espinada y ricota descremada | Escabeche de verduras | Soufflé de acelga | Tomate relleno con atún | Soufflé de Humita | Terrina de choclo, calabaza y verdeo | Tarta de berenjena |
PLATO PRINCIPAL | Pechuga grillada con ensalada de chaucha, zanahoria y tomate | Carne mechada con colchón de verduras | Ravioles de verdura con salsa fileto | Rodajas de Salmón blanco al limón con ensalada mixta | Día de pizzas: Pizza integral de espinaca, salsa blanca y queso descremado | Tarta integral de pollo y espinaca con salsa blanca | Wok de carne, vegetales y brotes | Ñoquis xx xxxxxxxx con salsa fileto | Tarta integral de atún | Wok de vegetales y brotes |
POSTRE* | Peras en almíbar | Compota xx xxxx | Gelatina | Compota de manzana | Flan casero | Ensalada de frutas | Áspic | Manzana verde | Gelatina | Gelatina |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 11 | LISTA 12 | LISTA 13 | LISTA 14 | LISTA 15 | LISTA 16 | LISTA 17 | LISTA 18 | LISTA 19 | LISTA 20 |
ENTRADA | Tarta de puerros | Vegetales asados | Bocaditos de puerro | Calabaza gratinada | Ensalada Waldorf con mayonesa light | Soufflé de zanahoria | Matambre con mil hojas de vegetales | Ensalada de chauchas y huevo duro | Escabeche de pollo | Tortilla de espinaca |
PLATO PRINCIPAL | Zapallitos rellenos con vegetales y crema de choclo | Bife con ensalada tibia de espárragos, zanahoria, berenjenas y puerro | Creppes xx xxxxxxxx y queso por salud con salsa fileto | Filete de merluza con budín bicolor | Pollo al horno con zuchinis, brócoli y berenjenas al horno | Bife a la plancha con vegetales grillados | Canelones de verdura con salsa fileto | Pechuga al verdeo con cubitos de zapallo | Budín de zapallo y zanahoria con berenjenas grilladas | Filete de merluza con panaché de: calabaza, zanahoria y zapallitos |
POSTRE* | Compota xx Xxxx | Ensalada de frutas | Duraznos en almíbar diet | Peras en almíbar | Áspic | Áspic | Ensalada de frutas | Gelatina de frutilla | Pera | Compota de manzana |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 21 | LISTA 22 | LISTA 23 | LISTA 24 | LISTA 25 | LISTA 26 | LISTA 27 | LISTA 28 | LISTA 29 | LISTA 30 |
ENTRADA | Berenjenas grilladas | Sopa crema (de vegetales y pollo grillé) | Soufflé de zapallitos | Budín de zanahoria | Escabeche de verduras | Xxxxxxx xx xxxxxxxx, choclo y verdeo | Soufflé de choclo, puerro y queso por salud | Zapallitos grillados | Quiche de tomate, choclo y arvejas | Xxxxxxx xx xxxxxxxx |
PLATO PRINCIPAL | Pechuga grillada con ensalada de chaucha y huevo | Milanesa de soja con calabaza doré | Omelette capresse con vegetales salteados | Filete de merluza con vegetales al wok | Wok de vegetales y brotes | Bife a la plancha con enrrejado de verduras | Creppes de queso por salud, tomate y albahaca con salsa xxxx | 1/4 de pollo al horno con ensalada de zanahoria y huevo | Zapallitos rellenos de vegetales y carne picada | Hamburguesa de verdura y sémola con zapallitos al natural |
POSTRE* | Ensalada de frutas | Áspic | Duraznos en almíbar Diet | Fruta de estación | Pera | Ensalada de frutas | Gelatina de frutilla | Peras en almíbar | Duraznos en almíbar Diet | Áspic |
*Todos los días y en todos los menús deberá haber una fruta de estación como opción de postre.
MENUES DIETAS ESPECIALES: En el caso de agentes que, por prescripción médica, necesiten cumplir con alguna dieta especial, el prestador deberá prever las raciones necesarias para cada caso en particular, poniendo especial énfasis en su composición y elaboración.
MENÚ VERANO
Desayunos / Meriendas
DESAYUNOS / MERIENDAS (Infusiones) | |
1 | Infusión (Té, Café o Mate cocido) con o sin Xxxxx Xxxxxxxxxx * |
2 | Yogur Descremado (Pote de 200cc) con cereales sin azúcar |
3 | Leche Descremada (Taza 250cc) con cereales sin azúcar o granola |
4 | Leche Descremada (Taza 250cc) con cacao |
* Azúcar y edulcorante presentados en sobres individuales para endulzar las infusiones.
DESAYUNOS / MERIENDAS (Sólidos) | |
1 | Tostadas con queso untable descremado y/o mermelada light * |
2 | Tostadas con manteca y/o mermelada común * |
3 | Galletitas de agua, Galletitas dulces |
4 | Medialunas de manteca, medialunas de grasa o facturas. |
5 | Alfajor |
6 | Fruta de estación |
* Queso untable, mermelada común y light y manteca presentados en envases individuales.
Menú Sugerido (Destinado a Personal Operativo y Administrativo) | ||||||||||
ALMUERZO/ CENA | LISTA 1 | LISTA 2 | LISTA 3 | LISTA 4 | LISTA 5 | LISTA 6 | LISTA 7 | LISTA 8 | LISTA 9 | LISTA 10 |
ENTRADA | Salpicón de carne | Fiambre con ensalada rusa | Budín tricolor: calabaza, espinaca y ricota descremada | Bombas xx xxxxxxxx | Empanada de carne, pollo o jamón y queso | Pionono arrollado de jamón, queso, lechuga, tomate | Berenjenas a la criolla | Soufflé de Acelga | Tortilla española | Mayonesa de ave |
PLATO PRINCIPAL | Milanesa de pollo con ensalada de remolacha y choclo | Bife con mil hojas xx xxxxx | Tarta pascualina con ensalada de papa, huevo y orégano | Escalopes de carne con puré xx xxxxx. | Día de pizzas: Muzarella o Muzarella, Jamón y huevo | Pollo al horno a la mostaza con papas perejiladas | Milanesa de ternera con ensalada de chaucha, papa, zanahoria y tomate | Lasagña de ricota, verdura, jamón y queso con salsa mixta | Arroz con pollo | Suprema de pollo rellena de queso con batatas doré |
POSTRE* | Aspic | Mousse de chocolate | Budín de pan | Dos bochas de helado | Ensalada de frutas | Aspic | Peras en almíbar | Budín de pan | Queso y dulce | Ensalada de frutas |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 11 | LISTA 12 | LISTA 13 | LISTA 14 | LISTA 15 | LISTA 16 | LISTA 17 | LISTA 18 | LISTA 19 | LISTA 20 |
ENTRADA | Papas a la Tártara | Mil hojas de papa | Pionono arrollado de pollo | Tortilla de papa | Salpicón de pollo | Croquetas de acelga | Matambre con Ensalada rusa | Empanada de carne o pollo | Tomate relleno con atún | Ensalada de lentejas, papa y huevo duro |
PLATO PRINCIPAL | Chopsuey de pollo con arroz a la manteca | Carne al horno con colchón de verduras | Ravioles de pollo y verdura con salsa fileto | Pollo con papas fritas | Albondigas caseras a la pomarola con puré mixto | Sandwich de milanesa de ternera o de hamburguesa con lechuga, tomate y papas fritas | Canelones de pollo y verdura con salsa xxxx | Xxxxxx (Cazuela de arroz amarillo con pollo) | Milanesa de ternera a la napolitana con ensalada mixta | Tarta de atún |
POSTRE* | Dos bochas de helado | Manzana asada | Duraznos en almíbar | Queso y dulce | Ensalada de frutas | Flan casero con dulce de leche | Arrollado de dulce de leche | Budín de pan | Pasta frola | Dos bochas de helado |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 21 | LISTA 22 | LISTA 23 | LISTA 24 | LISTA 25 | LISTA 26 | LISTA 27 | LISTA 28 | LISTA 29 | LISTA 30 |
ENTRADA | Berenjenas a la parmesana | Tarta de verdura | Soufflé de zapallitos | Tortilla de acelga | Escabeche de verduras | Xxxxxxx xx xxxxxxxx, choclo y verdeo | Soufflé de choclo, puerro y queso por salud | Zapallitos a la romana | Quiche de tomate, choclo y arvejas | Empanada de humita o verdura |
PLATO PRINCIPAL | Pollo al champigñon con puré mixto | Milanesa de ternera con budín de zapallo y zanahoria | Creppes rellenos xx xxxxxxxx y queso por salud con salsa xxxx | Escalopes con vegetales al wok | 1/4 de pollo a la provenzal con arroz primavera | Pan de carne con enrrejado de verduras | Sorrentinos capresse con salsa xxxx | Suprema de pollo con verduras grilladas | Carne al horno con ensalada de remolacha, zanahoria y huevo | Torteletis con salsa fileto |
POSTRE* | Ensalada de frutas | Áspic | Duraznos en almíbar Diet | Queso y dulce | Flan casero | Ensalada de frutas | Budín de pan | Peras en almíbar | Duraznos en almíbar Diet | Áspic |
Menú Sugerido (Reducido en Calorías) | ||||||||||
ALMUERZO/ CENA | LISTA 1 | LISTA 2 | LISTA 3 | LISTA 4 | LISTA 5 | LISTA 6 | LISTA 7 | LISTA 8 | LISTA 9 | LISTA 10 |
ENTRADA | Escabeche de verduras | Ensalada Waldorf con mayonesa light | Budín tricolor: calabaza, espinaca y ricota descremada | Ensalada Xxxxxx | Ensalada de tomate y hojas verdes | Soufflé de Humita | Berenjenas grilladas | Soufflé de acelga | Terrina de choclo, calabaza y verdeo | Ensalada de chauchas y huevo duro |
PLATO PRINCIPAL | Pechuga grillada con ensalada de hojas verdes, lechuga morada y tomates cherry | Bife con mil hojas de vegetales | Creppes rellenos de ricota descremada y verdura con salsa de tomate y albahaca | Rodajas de Salmón blanco al limón con ensalada mixta | Milanesa de soja con puré mixto | Berenjenas a la napolitana con ensalada de chaucha y huevo | Wok de vegetales y brotes | Ensalada de arroz integral, atún y arvejas | Tarta de verdura, calabaza o zapallito con queso por salud gratinado | Pollo al horno con ensalada de remolacha |
POSTRE* | Aspic | Queso y dulce | Duraznos en almíbar Diet | Compota xx xxxx | Ensalada de frutas | Aspic | Gelatina | Peras en almíbar | Manzana asada | Aspic |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 11 | LISTA 12 | LISTA 13 | LISTA 14 | LISTA 15 | LISTA 16 | LISTA 17 | LISTA 18 | LISTA 19 | LISTA 20 |
ENTRADA | Vegetales asados | Escabeche de pollo | Ensalada de hojas verdes con tomates cherry | Tortilla de acelga | Soufflé de Humita | Matambre con mil hojas de vegetales | Ensalada Waldorf con mayonesa light | Tomate relleno con atún | Terrina de choclo, calabaza y verdeo | Bocaditos de puerro |
PLATO PRINCIPAL | Carne al horno con ensalada de rúcula y parmesano | Milanesa de soja con puré xx xxxxxxxx | Pollo con acelga a la crema | Berenjenas a la napolitana con ensalada de chaucha y huevo | Pan de carne con ensalada de zanahoria y huevo | Ensalada fría de verduras salteadas con fideos tirabuzón | Zapallitos rellenos con vegetales y crema de choclo | Budín de zapallo y zanahoria con berenjenas grilladas | Ensalada de hojas verdes, tomate, atún y zanahoria | Tarta de verdura, calabaza o zapallito con queso por salud gratinado |
POSTRE* | Ensalada de frutas | Duraznos en almíbar diet | Aspic | Ensalada de frutas | Aspic | Peras en almíbar | Gelatina de frutilla | Pera | Manzana Asada | Fruta asada |
ALMUERZO/ CENA | LISTA 21 | LISTA 22 | LISTA 23 | LISTA 24 | LISTA 25 | LISTA 26 | LISTA 27 | LISTA 28 | LISTA 29 | LISTA 30 |
ENTRADA | Berenjenas grilladas | Sopa crema (de vegetales y pollo grillé) | Soufflé de zapallitos | Budín de zanahoria | Escabeche de verduras | Xxxxxxx xx xxxxxxxx, choclo y verdeo | Soufflé de choclo, puerro y queso por salud | Zapallitos grillados | Quiche de tomate, choclo y arvejas | Xxxxxxx xx xxxxxxxx |
PLATO PRINCIPAL | Pechuga grillada con ensalada de chaucha y huevo | Milanesa de soja con calabaza doré | Omelette capresse con vegetales salteados | Suprema de pollo con vegetales al wok | Wok de vegetales y brotes | Bife a la plancha con enrrejado de verduras | Creppes de queso por salud, tomate y albahaca con salsa xxxx | 1/4 de pollo al horno con ensalada de zanahoria y huevo | Zapallitos rellenos de vegetales y carne picada | Hamburguesa de verdura y sémola con zapallitos al natural |
POSTRE* | Ensalada de frutas | Áspic | Duraznos en almíbar Diet | Fruta de estación | Manzana asada | Ensalada de frutas | Gelatina de frutilla | Peras en almíbar | Duraznos en almíbar Diet | Áspic |
*Todos los días y en todos los menús deberá haber una fruta de estación como opción de postre.
MENUES DIETAS ESPECIALES: En el caso de agentes que, por prescripción médica, necesiten cumplir con alguna dieta especial, el prestador deberá prever las raciones necesarias para cada caso en particular, poniendo especial énfasis en su composición y elaboración.
ANEXO XII
PENALIDADES
TIPIFICACION DE INCUMPLIMEINTOS CONTRACTUALES
1. ROTULOS Y CERTIFICADOS
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones: Almuerzo/Cena |
1,1 | Por entregar mercadería rótulos requeridos, con rótulo incompleto, ilegible o incorrecto. | 25 |
1,2 | Por entregar mercadería de origen animal sin identificación SENASA y certificado de transporte otorgado por la misma entidad. | 40 |
1.3 | Por no presentar o tener disponible los certificados de los controles de ausencia de EscherichiaColi OH157:H7/NM y salmonella spp según lo establecido en el Art. 9 y Anexo B de este pliego. | 40 |
1.4 | Por no presentar o tener disponible los certificados de los controles bacteriológicos de fiambres y quesos realizados por el establecimiento elaborador, según legislación vigente. | 40 |
2. CALIDAD DEL SERVICIO ALIMENTARIO
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
2.1 | Por entregar mercadería, alimentos o preparaciones con caracteres organolépticos no genuinos y/o alterados. | 100 |
2.2 | Por no cumplir con la temperatura de servicio en plato tanto para preparaciones calientes como frías en servicio de comedor, viandas y/o refrigerios. | 100 |
2.3 | Por no cumplir con las especificaciones de víveres detalladas en el Pliego. | 100 |
2.4 | Por no cumplir con las temperaturas de cocción, servicio y/o almacenamiento. | 100 |
2.5 | Por no transportar las viandas y/o refrigerios en óptimas condiciones, en contenedores adecuados de acuerdo a la temperatura del alimento. | 120 |
2.6 | Por proveer un menú diferente al establecido sin autorización fehaciente. | 50 |
2.7 | Por no proveer los menús especiales solicitados con prescripción médica. | 100 |
2.8 | Por no exhibir el menú y/o el horario de prestación del servicio de comedor en forma visible en el establecimiento. | 20 |
2.9 | Por almacenar víveres secos de manera inadecuada. | 30 |
2.10 | Por no cumplir los horarios de entrega de los servicios pautados con las autoridades y/o por no asentarlos en el Libro de Órdenes. | 30 |
3. EQUIPAMIENTO
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
3.1 | Por no contar con unidades de frio en cantidad suficiente y cantidad suficiente y capacidad adecuada según el nº de raciones que se manejen en la planta y/o establecimiento. | 50 |
3.2 | Por no colocar tela protectora anti insectos en alguna de las aberturas al exterior de la planta elaboradora. | 50 |
3.3 | Por no mantener la tela protectora en buen estado de conservación. | 20 |
3.4 | Por no proveer armario para guardar ropa y pertenencias del personal. | 50 |
3.5 | Por no tener cámara frigorífica y/o equipamiento gastronómico para elaborar, en caso de fuerza mayor, el 100% de las viandas y refrigerios. | 50 |
4. LIBRO DE ORDENES
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
4.1 | Por no proveer Libro de Órdenes o por no reponerlo y/o no mantenerlos durante toda la duración del contrato en el establecimiento. | 30 |
4.2 | Por no asentar en el Libro de Órdenes cuando se realiza la toma de muestras de alimentos para efectuar controles de laboratorio en los establecimientos. | 30 |
4.3 | Por no designar o no asentar en el Libro de Órdenes el representante responsable y/o representante técnico en cada establecimiento. | 30 |
4.4 | Por no asentar en el Libro de Órdenes el nº de celular del representante técnico. | 30 |
5. HIGIENE
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
5.1 | Por no analizar o realizar de modo ineficiente las tareas de higiene y limpieza en los sectores, instalaciones y elementos cedidos en uso, vehículos con los que se transporte mercadería y contenedores isotérmicos, cámaras frigoríficas, tanto en establecimientos como en plantas elaboradoras. | 100 |
5.2 | Por utilizar productos de limpieza que no estén aprobados por la legislación vigentes y/o no ubicarlos claramente identificados en un sector adecuado, bien separados del área de manipuleo de alimentos. | 150 |
5.3 | Por manejo inadecuado de residuos. | 50 |
5.4 | Por no realizar mensualmente la desinsectación y/o desratización de todos los sectores que le ceden en uso. | 50 |
5.5 | Por contratar a una empresa no habilitada por el Estado Nacional o Municipal, para realizar la desinsectación y/o desratización. | 30 |
5.6 | Por realizar las actividades mencionadas en el punto 5.4 con productos no autorizados por el ANMAT. | 150 |
5.7 | Por la falta de higiene en los utensilios, elementos de cocina y/o jabón líquido y toallas descartables. | 80 |
5.8 | Por presencia de un vector/plaga en establecimiento y/o planta elaboradora. | 150 |
6. PERSONAL
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
6.1 | Por la ausencia de alguna persona para completar la dotación de personal según nº de raciones y tipo de establecimiento. | 50 |
6.2 | Por estar incompleta la dotación de personal según nº de raciones y tipo de establecimiento. | 50 |
6.3 | Por no presentar o no actualizar la nómina de personal. | 50 |
6.4 | Por no estar presente en el establecimiento con facultades de decisión el representante técnico responsable. | 50 |
6.5 | Por carecer el representante técnico del título universitario requerido. | 50 |
6.6 | Por no visitar, el Responsable Técnico, el establecimiento una vez al mes | 50 |
6.7 | Por no contar o encontrarse vencidas las libretas sanitarias otorgadas por el organismo correspondiente. | 30 |
6.8 | Por falta de certificado vigente que acredite la realización de cursos de capacitación en BPM. | 30 |
6.9 | Por no cumplir el personal con la vestimenta y/o no utilizar guantes y barbijos. | 30 |
6.10 | Por no mantener el personal la identificación correspondiente. | 30 |
6.11 | Por transgredir alguna de las exigencias establecidas con respecto a la salud del personal. | 50 |
6.12 | Por malas prácticas de manipulación de los alimentos. | 50 |
6.13 | Falta de comportamiento adecuado del personal. | 40 |
6.13 | Falseamiento de documentación. Falseamiento de firmas en la documentación. Incumplimiento total o parcial de las obligaciones laborales, previsionales o cargas sociales. | 100 |
8. UTENCILLOS DE COCINA Y VAJILLA
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
8.1 | Por no cumplir con las exigencias establecidas en cuanto a la provisión y estado de los utensilios de cocina, vajilla, servilletas y termómetros | 40 |
8.2 | Por no cumplir con las exigencias establecidas en cuanto al carro de transporte. | 100 |
9. BIENES CEDIDOS DE USO
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
9.1 | Por no haber realizado inventario de los bienes cedidos en uso | 50 |
9.2 | Por no mantener en condiciones óptimas para su correcta utilización la totalidad de los bienes cedidos en uso. | 100 |
9.3 | Por no realizar el mantenimiento de la cámara desengrasadora. | 30 |
10.CONTROL BROMATOLOGICO
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
10.1 | Por no realizar controles de laboratorio en las plantas elaboradoras y en establecimientos educativos. | 50 |
10.2 | Por no remitir los resultados de los controles de laboratorio, a la DGSE o por remitirlos fuera del plazo estipulado. | 50 |
10.3 | Por no conservar muestras testigo de los controles de laboratorio. | 50 |
11.GRAMAJES Y CANTIDAD DE RACIONES Y/O MERCADERIA
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
11.1 | Por presentar gramaje inferior al indicado para cada menú para cada plato o para cada componente. | 100 |
11.2 | Por no proveer la balanza o por proveerla sin respetar las características establecidas. | 60 |
11.3 | Por no mantener la balanza disponible o no conservarla en perfecto estado de mantenimiento, calibración y funcionamiento. | 60 |
11.4 | Por entregar menor cantidad de mercadería estipulada para cada menú, según la cantidad total de cada establecimiento. | 100 |
11.5 | Por entregar una cantidad de raciones diferente a la establecida. | 80 |
11.6 | Por proveer menús con componentes y/o ingredientes incompletos o faltantes. | 100 |
12. REMITOS | ||
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
12.1 | Por no entregar remito de mercadería y/o de raciones. | 50 |
12.2 | Por no consignar en forma clara y precisa en los remitos la cantidad y tipo de mercadería entregada y el nº de raciones que se corresponde con la misma. | 50 |
14. VEHICULOS | ||
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
14.1 | Por no contar al menos con un vehículo equipado con cámara frigorífica. | 50 |
14.2 | Por no contar con la cantidad de vehículos suficientes para mantener la cadena de frio/calor acorde al nº de raciones y cantidad de establecimientos. | 50 |
14.3 | Por incumplir alguna de las especificaciones del Art. 154 bis del C.A.A. | 35 |
14.4 | Por utilizar vehículos de transporte no declarados en la oferta. | 25 |
15. VARIOS | ||
Inciso | Descripción del incumplimiento | Cantidad de raciones |
Almuerzo/Cena | ||
15.1 | Contenedores isométricos: por incumplir lo establecido en cuanto al material de constitución que deberá asegurar el mantenimiento de la cadena de frio/calor. | 50 |
15.2 | Por utilizar locales cedidos para otro uso que el que ha sido adjudicado. | 75 |
15.3 | Por no colaborar, por obstaculizar o impedir la fiscalización. | 80 |
15.4 | Por incumplir lo normado para el caso de nuevos servicios ya adjudicados, conforme pliego. | 50 |
15.5 | Por cualquier otro motivo no contemplado en los artículos anteriores, que como consecuencia provoque injustificadamente algún tipo de desabastecimiento, paralización o peligro en la salubridad (incumplimiento de alguno de los parámetros de C.A.A. y/o en el Anexo B). | 100 |
ANEXO XIII
MATRIZ DE PONDERACION
Empresa: Nombre de la Empresa | |||||||||||||||||
Criterios de Ponderación | Ponderacion Grupo | Valor Ponderado | |||||||||||||||
Puntaje Obtenido evaluación del oferente: | 60% | 60 | 60% | Puntaje mínimo requerido | |||||||||||||
Puntaje obtenido propuesta de servicio: | 40% | 40 | 70% | ||||||||||||||
Oferta Económica: Puntaje económico | 100,00 | 40% | |||||||||||||||
OK | |||||||||||||||||
Evaluación Oferente | |||||||||||||||||
Solvencia económica Cuadro patrimonial ANEXO V | resumen | 100 | La facturación anual ofertada en la presente licitación no podrá superar el 50% de la facturación total anual considerando el último balance del oferente. | 100 | Dimensión de la empresa - Form. 931 Articulos 3.13 y 3.19.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Antigüedad de la Empresa Oferente. Estatuto | 100 | Participacion en el mercado local (publico y privado) en empreseas de similar envergadura o mayor. 3.11.1.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Registro de capacitaciones específicas del personal del oferente. Articulo 3.23- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Planta de elaboradora, ubicación. Articulo 3.21- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Planta elaboradora, capacidad. Articulos 3.21- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | |
ANEXO V | |||||||||||||||||
Patrimonio neto mayor a 20 millones | 100 | hasta 25 % | 100 | Mayor a 1000 empleados | 100 | Mas de 10 años en el mercado | 100 | > 10 | 100 | El 100 % | 100 | Dentro de los 30 Km | 100 | El 100 % | 100 | ||
Entre 20 millones y 15 millones | 75 | más de 25 y hasta 40 % | 50 | Mayor a 800 hasta 1000 | 75 | Entre 5 y 10 años | 50 | > 8 | 75 | > 80% | 75 | Entre 30 y 40 Km | 75 | > 80% | 75 | ||
Entre 15 millones y 10 millones | 50 | más de 40% y hasta 50% | 25 | Mayor a 500 hasta 800 | 50 | Entre 3 y 5 años | 25 | > 6 | 50 | > 50% | 50 | Entre 40 y 50 Km | 50 | > 40% | 50 | ||
Menor a 10 millones | 25 | hasta 500 empleados | 10 | <= a 6 | 25 | <= 50% | 25 | Xxx xx 00 Xx | 00 | ||||||||
Xxxxxxxxxxx | 10% | 20% | 10% | 10% | 10% | 10% | 15% | 15% | |||||||||
Ver PM Ffood | |||||||||||||||||
Criterios - Propuesta del servicio | |||||||||||||||||
Personal personal afectado al servicio (cantidad, cargos y funciones). 3.22.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Personal personal propio nuevo del oferente afectado al servicio. 3.22.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Plan de implementacion estimado en tiempos y recursos 3.22.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Visita a instalaciones del oferente (en caso de no realizarse pondera al 100%) | 100 | Equipamiento a utilizar para la prestacion del servicio (hornos, cocinas, heladeras, camaras,etc.) 3.22.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | Materias pirmas - Utilizacion de primeras marcas - Proveedores 3.22.- xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares | 100 | ||||||
Muy satisfactorio | 100 | 100% | 100 | Muy satisfactorio | 100 | Muy satisfactorio | 100 | Muy satisfactorio | 100 | Muy satisfactorio | 100 | ||||||
Satisfactorio | 75 | => 80% | 70 | Satisfactorio | 75 | Satisfactorio | 75 | Satisfactorio | 75 | Satisfactorio | 75 | ||||||
Insuficiente | 50 | < 80% | 50 | Insuficiente | 50 | Insuficiente | 50 | Insuficiente | 50 | Insuficiente | 50 | ||||||
no presenta | 0 | no presenta | 0 | no presenta | 0 | no presenta | 0 | no presenta | 0 | ||||||||
Ponderacion: | 20% | 20% | 10% | 20% | 20% | 10% |