Contrato de Seguro de Móviles Condiciones generales
Contrato de Seguro de Móviles Condiciones generales
Contrato de Seguro de Móviles Modalidad Básica y Plus
Para tener derecho a cualquiera de las garantías objeto de esta póliza, el Asegurado ha de ponerse en contacto:
• desde España mediante llamada al teléfono 000 000 000
• desde el extranjero al teléfono x00 000 000 000 o fax 000 000 000
2 las 24 horas del día, 365 días al año.
LA DURACIÓN DEL SEGURO, EL ÁMBITO TERRITORIAL DE COBERTURA, ASÍ COMO LA MODALIDAD ELEGIDA Y SUS GARANTÍAS Y EXCLUSIONES, SERÁN LAS ESTIPULADAS EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA SEGÚN LA MODALIDAD CONTRATADA
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS
Orense, 4. 00000 Xxxxxx
Registro Mercantil de Madrid. hoja 35.694, Folio 80. Tomo 4.526 NIF A-28461994
CONDICIONES GENERALES
1. CONTRATO DE SEGURO DE MÓVILES
El presente Contrato de Seguro se rige según la legislación vigente y por lo con- venido en estas Condiciones Generales, así como las Especiales y Particulares de la Póliza que constituyen un todo unitario, fundamento del seguro, y que sólo cubre los riesgos en la misma especificados.
2. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN
Y GARANTÍAS
El Seguro de Móviles se puede contratar en una de las siguientes modalidades:
> Modalidad Básica
> Modalidad Plus
La/s modalidad/es elegida/s figurará/n en las Condiciones Particulares del Seguro junto con la relación de Xxxxxxxxxx y el período de cobertura.
3. DEFINICIONES COMUNES
ASEGURADO
La persona física, titular del interés expuesto al riesgo, a quien corresponden los derechos derivados del contrato.
ASEGURADOR
EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS, que asume el riesgo
definido en la póliza, en lo sucesivo “EUROP ASSISTANCE”.
AVERÍA
Cualquier deterioro o destrucción del Terminal que sea resultado de una causa exter- na, accidental e imprevisible y que impida que el Terminal funcione correctamente.
CONDICIONES PARTICULARES DE LA PÓLIZA
Documento que recoge las condiciones referidas expresamente a la póliza, aceptadas y firmadas por el cliente.
DAÑO INTENCIONADO
Aquel originado como consecuencia de un acto humano voluntario tendente a su producción. Normalmente los daños ocurridos intencionadamente por el tomador y
asegurado por la póliza de seguro suscrita por el tomador.
DAÑOS ACCIDENTALES
Cualquier deterioro o destrucción del Terminal Asegurado, externamente visible, que evite que éste funcione correctamente y que sea el resultado de una causa externa, repentina e imprevisible, siempre con sujeción a las exclusiones del presente condi- cionado.
FRANQUICIA
Importe fijo que el Asegurado abonará en caso de siniestro autorizado por el Ase- gurador.
GAMA
Categoría dentro de la que se encuadrará el terminal asegurado en función de su valor de compra o de sus especiales características y que determinará las coberturas y límites que le corresponderán conforme a la presente póliza.
HURTO
Apoderarse de un bien ajeno sin emplear para ello fuerza en las cosas para acceder al lugar donde éstas se encuentran, ni violencia o intimidación en las personas.
IMEI
Número de serie que identifica el Terminal Asegurado 3
NOTIFICACIÓN DEL SINIESTRO
Aviso que el Asegurado debe realizar al Asegurador, en caso de Siniestro.
PLAZO DE CARENCIA
El plazo de carencia es el tiempo en que, estando vigente la Póliza y este riesgo, si se produce un siniestro, no está cubierto.
PÓLIZA
El documento contractual que contiene las Condiciones Reguladoras del Seguro. For- man parte integrante del mismo las Condiciones Generales, las Particulares, las Espe- ciales, que individualizan el riesgo, y los suplementos o apéndices que se emitan al mismo para completarlo o modificarlo.
PRIMA
Precio del seguro que, en concepto de contraprestación por la cobertura de los riesgos que ésta le ofrece, ha de satisfacer el Tomador al Asegurador. El recibo incluirá ade- más, los recargos e impuestos de legal aplicación.
REEMPLAZO
Sustitución del equipo siniestrado en caso de robo o avería irreparable.
ROBO
Apoderarse de un bien ajeno empleando la fuerza en las cosas para acceder al lugar
donde éstas se encuentran o violencia e intimidación en las personas.
ROTURA
Separación de una cosa en trozos irregulares y/o abertura de una grieta o agujero en alguna superficie producidos por una causa violenta.
SINIESTRO
Todo hecho súbito, accidental, imprevisto y ajeno a la intencionalidad del Asegurado, cuyas consecuencias dañosas estén cubiertas por las garantías de esta póliza. Se considerará que constituye un solo y único siniestro el conjunto de daños derivados de una misma causa.
SUMA ASEGURADA
Cantidad establecida en la Póliza que representa el límite máximo de la indemniza- ción por cada siniestro.
TARJETA SIM
Tarjeta entregada junto con un contrato de telefonía móvil.
TERCERO
Cualquier persona que no sea el Tomador o el Asegurado, o el/la esposo/esposa, pareja de hecho, descendientes o ascendientes del Asegurado, o los empleados del
4 Asegurado cuando el Asegurado sea una persona jurídica; así como cualquier persona no autorizada por el Asegurado para la utilización del Equipo Asegurado.
TERMINAL ASEGURADO
Aparato telefónico móvil, de las marcas Microsoft, Motorola, LG, Samsung, Sony, Huawei, Alcatel, Wolder, ZTE, HTC BQ o Apple, asegurado durante los primeros 2 me- ses de vida del mismo, cuyos datos hayan sido facilitados, que los recibirá en nombre y representación del Asegurador, en el momento de la contratación de la Póliza o actualizados, en todo caso, con carácter previo a la Notificación del Siniestro.
TERMINAL REFURBISHED
Aparato telefónico móvil, previamente devuelto al fabricante y que, una vez testado y probado su correcto funcionamiento ha sido puesto de nuevo a la venta.
TOMADOR DEL SEGURO
La persona física o jurídica que con el Asegurador suscribe este contrato, y a la que corresponden las obligaciones que del mismo se deriven, salvo las que por su natu- raleza deban ser cumplidas por el Asegurado.
VALOR COMPRA DEL TERMINAL ASEGURADO
Precio que figura en la factura de compra, impuestos incluidos.
4. OBJETO DEL CONTRATO
Garantizar contra el robo, avería o daño accidental del Terminal cuyos datos hayan sido facilitados en el momento de la contratación del seguro o actualizados en la póliza por sustitución del Terminal original, con carácter previo a la Notificación de un Siniestro tal y como se especifica a continuación.
5. BASES DEL SEGURO
Si el contenido de la Póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el Tomador/Asegurado podrá reclamar al Asegurador en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la Póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la presente Póliza (Art. 8 LCS).
6. ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN DEL SEGURO
Los efectos del seguro comienzan en la fecha estipulada en las condiciones particula- res de la póliza y su vigencia será de 1 año a partir de esa fecha, siempre que estén firmadas y siempre que el Asegurador haya cobrado la prima correspondiente.
La póliza se prorrogará automáticamente por una (1) única anualidad, siempre y cuando el Asegurador, reciba el pago de la Prima correspondiente y salvo que el Tomador se oponga a la prórroga antes de 1 mes previo a la fecha de renovación o el Asegurador lo haga en el plazo de 2 meses antes de dicha fecha de renovación.
7. ÁMBITO TERRITORIAL
Las garantías aseguradas por esta póliza serán válidas en todos los países del mundo.
Las reparaciones serán realizadas por un SAT en España.
8. PAGO DE LA PRIMA
Las características del Terminal Asegurado son las bases que el Asegurador ha tenido en cuenta para determinar la prima aplicable y aceptar la emisión del contrato.
El Tomador del seguro está obligado al pago de la prima de acuerdo con las Condicio- nes Generales y Particulares del contrato.
NORMA GENERAL
PRIMA INICIAL
La prima inicial es la que se fija en las Condiciones Particulares, que correponde al periodo inicial de cobertura señalado en las mismas.
Si por causa del Tomador del seguro la prima no ha sido pagada, una vez formalizada la póliza o, en su caso, al vencimiento de la misma, el Asegurador tiene derecho a resolver la póliza o a exigir el pago de la prima debida en vía ejecutiva.
Salvo pacto expreso en contrario, si la prima no ha sido pagada antes de que se pro- duzca el siniestro, el Asegurador quedará liberado de su obligación.
PRIMAS SUCESIVAS
Para caso de prórroga tácita de la póliza, la prima del periodo sucesivo será la que resulte de aplicar a la suma asegurada las tarifas xx xxxxxx que fundadas en criterios técnico-actuariales, tenga establecidas en cada momento el Asegurador.
El Asegurador, con al menos dos meses de anterioridad al vencimiento del contrato, notificará al Tomador si la tarifa fijada para el nuevo período de cobertura implicase un incremento respecto a la aplicada en el período precedente.
El Tomador, sin perjuicio de lo establecido en estas Condiciones Generales, podrá dar por resuelto el contrato mediante notificación expresa al Asegurador, mediante correo electrónico (xxxxx_xxxxxx@xxxxx-xxxxxxxxxx.xx), con anterioridad al vencimiento del contrato (1 mes previo a la fecha de renovación), en cuyo caso el contrato quedará extinguido al vencimiento del período en curso.
En este caso si, por hallarse pactado el pago de la prima a través de tarjeta bancaria, el recibo fuese cargado en la cuenta del Tomador, el Asegurador le reintegrará su importe.
Para que la garantía entre en vigor es imprescindible que el Asegurador haya cobrado el importe de la póliza. No se admitirá ningún siniestro producido con anterioridad al cobro de la prima.
De no haber recibido el cobro en un plazo de treinta días después del vencimiento, la póliza quedará extinguida a todos los efectos.
PAGO A TRAVÉS DE TARJETA BANCARIA
PRIMERA PRIMA
La prima se supondrá satisfecha desde el día del efecto del contrato.
PRIMAS SUCESIVAS
Se realizará con cargo a la tarjeta bancaria. En caso de un impago o devolución del pago realizado con la tarjeta, el Asegurador se pondrá en contacto con el Asegurado, para intentar nuevamente el cobro. Si en el plazo de 30 días no ha sido posible, el Asegurador procederá a la cancelación de la póliza.
9. DESISTIMIENTO
El Tomador podrá cancelar la Póliza dentro de los 15 días naturales siguientes a su contratación, en cuyo caso, el Asegurador le devolverá íntegramente la Prima satisfe- cha y siempre y cuando el Asegurado no haya hecho uso de ninguna de las coberturas de la póliza.
La Póliza quedará asimismo automáticamente cancelada si el Tomador/Ase- gurado:
- Induce a error al Asegurador por omitir información, proporcionársela inco- rrectamente o presentar una reclamación falsa.
- Llega a algún tipo de acuerdo con terceros que le proporcione beneficios
indebidos defraudando así al Asegurador. 5
- Incumple los términos y condiciones de la Póliza o no actúa de buena fe.
- El Tomador/Asegurado deberá emplear los medios a su alcance para ami- norar las consecuencias del Siniestro.
- El incumplimiento de lo anterior por parte del Tomador/Asegurado con la manifiesta intención de perjudicar o engañar al Asegurador liberará al Ase- gurador de la prestación derivada del Siniestro.
10. TRÁMITES EN CASO DE SINIESTRO
ACCIONES GENERALES EN CASO DE SINIESTRO
La ocurrencia de un siniestro debe ser comunicada al Asegurador, lo antes posible y como máximo dentro de los 7 días siguientes de haber sido conocido por el Asegura- do o el Tomador del Seguro.
El Asegurado y el Tomador del seguro, según el caso, están obligados a:
- Facilitar al Asegurador cuanta información pueda necesitar respecto a las cir- cunstancias del siniestro.
- Notificar al Asegurador, cuando el siniestro afecte a la cobertura de Robo, la
posible recuperación de los bienes sustraídos. Si aparecieran antes de que trans- curran 60 días desde que fueron robados, el Asegurado, salvo pacto en contrario, estará obligado a recibirlos y, en su caso, devolver el terminal de reemplazo percibido.
EN CASO DE ROBO, EL TOMADOR/ASEGURADO DEBERÁ:
- Denunciar el Siniestro a la policía tan pronto como se produzca y se tenga cono- cimiento del mismo en un máximo de 24 horas.
- Notificar el Siniestro al Asegurador (en el plazo de 24 horas desde la denuncia en la policía), para que lo gestione llamando al teléfono de emergencia 24 horas habilitado a tal efecto 902 101 280, quedando grabada cualquier llamada reali- zada por motivos de seguridad.
- Proporcionar al Asegurador:
1. La factura de compra del Terminal siniestrado con el sello del establecimiento donde el Tomador adquirió el Terminal;
2. La copia de la denuncia de la policía en la que conste la fecha de los hechos los datos del Terminal y el Siniestro acaecido así como la forma de ocurrencia
6 de los hechos;
3. Fotocopia del DNI;
4. Formulario de autorización al Asegurador de bloqueo de terminal;
5. Notificación del operador confirmando el bloqueo de la tarjeta SIM y del IMEI, si no ha sido bloqueado por el Asegurador a través del beneficio descrito en el apartado 3.2.3 de este condicionado.
6. Para el caso que se produzcan llamadas fraudulentas. Fotocopia de la factura telefónica en el que figure el detalle de las llamadas efectuadas fraudulenta- mente (fecha y hora de la llamada, número llamado)
EN CASO DE AVERÍA, DAÑOS ACCIDENTAL O INMERSIÓN EN LÍQUIDOS EL ASEGURADO DEBERÁ:
- Notificar el siniestro al Asegurador dentro del plazo de 24 horas de la ocurrencia de los hechos, en el número de teléfono 000.000.000 y desde el extranjero al teléfono 39.91. 000.00.00 donde podrá indicar que se ha producido un siniestro y se le enviará un mensajero. En los casos en que el Asegurado solicitara la prestación de este servicio desde fuera de España, serán de su cuenta los gastos de envío del soporte y su posterior devolución.
- El Terminal será revisado por el proveedor de servicios de reparación y el Ase- gurador que confirmará si la reparación está fuera de las garantías de la póliza y que el coste de la misma no supera el valor del Terminal.
- En caso de recogida del Terminal Asegurado en Ceuta, Melilla y las Islas Canarias, el Asegurado se compromete a facilitar toda la documentación requerida para poder realizar los trámites de aduana, sin que EUROP ASSISTANCE sea respon- sable de los retrasos que estos trámites administrativos puedan suponer en la reparación del Terminal Asegurado.
11. RECLAMACIONES FRAUDULENTAS
O SIN FUNDAMENTO
Las reclamaciones formuladas al amparo de la póliza sin fundamento, o con carácter fraudulento, serán improcedentes y determinarán, en su caso, la devolución de la indemnización satisfecha.
12. TRÁMITES EN CASO DE QUEJA POR PARTE
DEL ASEGURADO
EUROP ASSISTANCE pone a disposición de los Asegurados un Servicio de Reclamacio- nes cuyo Reglamento se puede consultar en la página web xxx.xxxxx-xxxxxxxxxx.xx. Podrán presentar quejas los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudica- dos o causahabientes de cualquiera de los anteriores, en el apartado de “Defensa del Cliente” de la web, o dirigiéndose por escrito al Servicio de Reclamaciones:
Servicio de Reclamaciones X/ Xxxxxx, 0 – Xxxxxx 00
00000- XXXXXX
Dicho Servicio, que funciona de forma autónoma, atenderá y resolverá en un plazo máximo de 2 meses las quejas escritas que le son directamente dirigidas, cumpliendo así con la Orden ECO/734/2004 de 11 xx xxxxx y Ley 44/2002 de 22 de noviembre.
Agotada la vía del Servicio de Reclamaciones, el reclamante podrá formular su queja ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya dirección es:
Pº de la Castellana, 44 28046- MADRID
13. CLÁUSULA INFORMATIVA RELATIVA A TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER
PERSONAL
¿QUIÉN ES EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO DE TUS DATOS?
Identidad: EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. (en adelante,
la “Compañía Aseguradora”) CIF: X-00000000
Domicilio: Xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, 00000, Xxxxxx.
Delegado de Protección de Datos (DPO): puedes contactar con nuestro DPO mediante escrito dirigido al Domicilio de la Compañía Aseguradora, indicando en la referencia “Delegado de Protección de Datos”.
¿CON QUÉ FINALIDADES SE TRATARÁN TUS DATOS PERSONALES?:
El tratamiento será mixto (tratamientos automatizados y no automatizadas) y serán tratados para las siguientes finalidades:
- Llevar a cabo el cumplimiento y desarrollo de la relación contractual derivada de la póliza.
- Gestión contable, fiscal y administrativa de la póliza.
- Cobro xx xxxxxx y presentación de otras facturas.
- Realización de órdenes de adeudo domiciliadas en su cuenta.
- Realización de acciones comerciales y de marketing de otros productos y servicios de la Compañía Aseguradora.
- Elaboración de estudios de satisfacción de los clientes.
- Preparación, redacción y emisión de la documentación relativa al seguro.
- Realización de análisis de riesgo y siniestralidad.
- Realización de valoraciones necesarias tras la concurrencia de un siniestro o even- to cubierto por la póliza contratada.
- Realización de peritaciones internas o a través de terceros.
- Liquidación de siniestros o realización de las prestaciones contractualmente pac- tadas.
- Llevar a cabo cualquier obligación legalmente exigible o contractualmente acordada.
- Realización de acciones destinadas a la prevención, detección o persecución del fraude.
- En caso de impagos, incorporación a ficheros de solvencia y en ficheros comunes determinados por la normativa sectorial aplicable.
- Colaboración estadístico actuarial para la elaboración de estudios de técnica ase- guradora.
- Reclamación de deuda y defensa de reclamaciones, en las medidas legalmente previstas.
¿CUÁL ES LA LEGITIMACIÓN PARA EL TRATAMIENTO?
- Ejecución de un contrato entre el Tomador de la póliza, los asegurados y/o bene- ficiarios y la Compañía Aseguradora.
- Interés Legítimo.
- Habilitación Legal.
¿QUIÉNES SON LOS DESTINATARIOS DE TUS DATOS?
- Las empresas del Grupo de la Compañía Aseguradora, del xxxxxx xxxxxxxxxx. 0
- Xx xxxxxxx xxxxxxxx de la Compañía Aseguradora y las empresas de su Grupo y la entidad bancaria del titular de los datos para hacer efectiva la orden de domicilia- ción bancaria de acuerdo con la normativa vigente.
- Las entidades que actúan como mediador o distribuidor de seguros para la gestión de las pólizas de seguros por tal entidad tramitados.
- Los proveedores elegidos por la Compañía Aseguradora cuya intervención sea nece- saria para la gestión de la asistencia cubiertos por la póliza.
- El SEPBLAC con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos legalmente establecidos.
- La Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, de acuerdo a las previsiones establecidas legalmente.
- La Administración tributaria con competencia en la materia para el cumplimiento de finalidades estrictamente legales y fiscales.
- Las Administraciones Públicas en relación con las competencias que tienen atribuidas.
- En el supuesto de seguros de cobertura de fallecimiento, el Registro General de Actos de Última Voluntad, gestionado por la Dirección General de los Registros y del Notariado, de conformidad con la normativa aplicable en la materia.
- En las pólizas de seguro con cobertura de fallecimiento, el registro de pólizas.
COMUNICACIONES COMERCIALES:
TRATAMIENTO DE DATOS DE SALUD
La Compañía Aseguradora le informa que, para la gestión de los siniestros derivados de la póliza y de las coberturas en ella incluidas, es necesario que se traten datos personales relativos a su salud, ya sean obtenidos a través del cuestionario de salud o cualquier otro que en el futuro pueda aportar durante la vigencia de la relación contractual (como aquellos aportados en caso de agravación del riesgo) o que la Com- pañía Aseguradora pueda obtener de terceros (ya provengan de centros sanitarios públicos o privados o de otros profesionales sanitarios tanto nacionales como interna- cionales, de exámenes o reconocimientos médicos adicionales que puedan exigirse por la compañía aseguradora o de otras entidades públicas o privadas).
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TRATAMIENTO DE DATOS DE TERCEROS
En caso de que se faciliten datos relativos a terceras personas, el contratante de la póliza deberá haber obtenido la autorización previa de los mismos con relación a la transmisión de los datos a la Compañía Aseguradora para las finalidades acordadas en el presente documento.
¿DURANTE CUÁNTO TIEMPO CONSERVAREMOS LOS DATOS?
Los datos personales facilitadas por el interesado para la formalización y gestión de la relación contractual serán conservados durante 5 años desde su terminación, cual- quiera que sea la causa de finalización de la misma.
¿CUÁLES SON TUS DERECHOS?
Puedes ejercitar, mediante un escrito a EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., xxxxx Xxxxxx, xxxxxx 0, 00000, Xxxxxx, indicando en la Referencia “Protección de Datos”, adjuntando fotocopia de tu documento de identidad, en cual- quier momento y de manera gratuita, los siguientes derechos:
- Revocar el consentimiento otorgado para el tratamiento y la comunicación de tus datos personales.
- Acceder a tus datos personales.
- Rectificar los datos inexactos o incompletos.
- Solicitar la supresión de tus datos cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos.
- Oponerte al tratamiento de tus datos.
- Solicitar la portabilidad de tus datos.
- Reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, a través de la si- guiente dirección: Xxxxx xx Xxxxx Xxxx, 0, 00000 Xxxxxx, cuando consideres que la entidad EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. haya
vulnerado los derechos que te son reconocidos por la normativa de protección de datos.
El interesado podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos dirigiéndose a EUROP ASSISTANCE ESPAÑA, DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., xxxxx Xxxxxx, xxxxxx
0, 00000, Xxxxxx.
14. COMUNICACIÓN DE LOS DATOS
CONTENIDOS EN EL CONTRATO
El Tomador se obliga a comunicar a EUROP ASSISTANCE cualquier modificación de los datos facilitados durante la contratación de la póliza, por escrito y en el plazo de 24 horas, así como el cambio de los datos del Terminal. En el caso de incumplimien- to de esta obligación, EUROP ASSISTANCE se reserva el derecho a suspender las garantías aseguradas.
15. CONCURRENCIA DE SEGUROS
En caso de producirse sobre seguro por la existencia de más de un seguro amparando cualquiera de las coberturas incluidas en la presente póliza, los aseguradores contri- buirán al pago de la indemnización en proporción a la propia suma asegurada, sin que pueda superarse la cuantía del daño. Dentro de este límite, el Asegurado puede pedir a cada asegurador la indemnización debida, según el respectivo contrato de seguro.
16. RESPONSABILIDAD
Acaecido un siniestro, EUROP ASSISTANCE no asumirá ninguna responsabilidad
respecto a las decisiones y actuaciones que adopte el Asegurado contrarias a sus instrucciones.
17. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
El Asegurado y EUROP ASSISTANCE se someten a la legislación y jurisdicción española a los efectos del presente Contrato.
Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivadas del Contrato el del domicilio habitual del Asegurado.
18. ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES
DEL SEGURO
El Tomador conoce y acepta expresamente las cláusulas limitativas de la presente Xx- xxxx y sus exclusiones, y manifiesta haber recibido y aceptado los presentes términos y condiciones generales así como las condiciones particulares del seguro entregadas junto a estas condiciones generales.
Será juez competente para el reconocimiento de las acciones derivadas del Contrato el del domicilio habitual del Asegurado.
GARANTÍAS CUBIERTAS
1. BLOQUEO DE TELÉFONO MÓVIL
En caso de notificación por parte del Asegurado del robo o pérdida de su Terminal Asegurado, EUROP ASSISTANCE procederá a comunicar dicha circunstancia al opera- dor correspondiente solicitando el bloqueo del mismo.
EUROP ASSISTANCE no será responsable de los usos indebidos en ningún caso.
Se establece un periodo de carencia de 15 días desde la fecha de contratación de la póliza.
2. DAÑOS AL TERMINAL
Esta garantía cubre los costes de transporte y mano de obra para la reparación de ave- rías y la reposición de piezas o componentes que pudiera sufrir el Terminal Asegurado, siempre que hayan sido producidas por causa accidental:
- Caídas.
- Golpes.
- Derrame de líquidos.
- Sobretensión.
- Temperaturas extremas.
Solo queda cubierta la rotura de pantalla en la modalidad Plus.
Todos los trabajos de reparación realizados tienen una garantía de 90 días.
Si la reparación tuviera que realizarse por un Servicio Técnico no Autorizado, dicha reparación podría conllevar la pérdida de la garantía legalmente aplicable al Terminal Asegurado. EUROP ASSISTANCE no asumirá ninguna responsabilidad respecto a la pérdida de la mencionada garantía ni respecto a los costes de reparación que se pudieran originar por la pérdida de dicha garantía.
Si la reparación no es posible se procederá a la sustitución del Terminal Asegurado por otro igual o de similares características o prestaciones (excepto en diseño, color, tamaño y peso).
LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
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Se autorizará como máximo dos (2) siniestros de daños por anualidad del seguro para cada Terminal Asegurado. En caso de sustitución se proporcionará un terminal igual o de similares características o prestaciones (excepto en diseño, color, tamaño y peso), incluyendo la posibilidad de un terminal refurbished. El límite máximo de indemnización será el valor venal del Terminal Asegurado que se calculará teniendo en cuenta los porcentajes en base a las tablas de depreciación por años negociadas para cada producto.
Se establece una franquicia de 50 euros para cada siniestro en caso de reposición.
Se establece un periodo de carencia de 15 días desde la fecha de contratación de la póliza y de 30 días desde la fecha de reposición del terminal en caso de que se tenga que proceder a su sustitución.
3. ROBO DEL TERMINAL
Sustracción o apoderamiento ilegítimo del Terminal Asegurado contra la voluntad del usuario mediante actos que impliquen fuerza en las cosas.
Dentro de Robo se considera como cubierto, también, el apoderamiento ilegítimo del Terminal Asegurado contra la voluntad del usuario, mediante actos de intimidación y violencia en las personas.
LÍMITES DE INDEMNIZACIÓN
Se autorizará como máximo un (1) siniestro de robo por anualidad del seguro para cada Terminal Asegurado. En caso de sustitución se proporcionará un terminal igual o de similares características o prestaciones (excepto en diseño, color, tamaño y peso) ,
incluyendo la posibilidad de un terminal refurbished. El límite máximo de indem-
EXCLUSIONES
nización será el valor venal del Terminal Asegurado que se calculará teniendo en cuenta los porcentajes en base a las tablas de depreciación por años negociadas para
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cada producto.
Se establece una franquicia de 50 euros para cada siniestro en caso de repo- sición.
Se establece un periodo de carencia de 15 días desde la fecha de contratación de la póliza.
4. LLAMADAS NO AUTORIZADAS
En caso de robo del Terminal Asegurado, en su modalidad de contrato, si ha sido ob- jeto de llamadas no autorizadas EUROP ASSISTANCE abonará el coste de las mismas con un límite de 500 euros por siniestro, que será el límite máximo total por todos los siniestros ocurridos durante el Periodo anual de cobertura.
Si el Asegurado tiene un Terminal Asegurado de pre-pago, y es objeto de una recla- mación por robo, EUROP ASSISTANCE abonará el valor del importe de la Tarjeta no utilizada con un límite máximo de 500 euros en total y para todos los Incidentes ocurridos durante el periodo anual de cobertura.
En ambos casos será necesaria la presentación de la denuncia y justificantes oportunos.
Se establece un máximo de dos (2) siniestros por anualidad del seguro.
Se establece un periodo de carencia de 15 días desde la fecha de contratación de la póliza.
5. ENVÍO SMS
En caso de Robo del Terminal Asegurado, EUROP ASSISTANCE enviará a los 3 contac- tos facilitados por el Asegurado en el momento de la contratación del seguro, durante la Notificación del Siniestro o en cualquier momento anterior a la Notificación, un SMS comunicando el Siniestro. EUROP ASSISTANCE enviará los SMS con carácter inmediato y dentro del plazo máximo de 24 horas desde la Notificación del Siniestro sin perjuicio de que se produzca cualquier retraso en el envío por causas imputables a terceros ajenos a EUROP ASSISTANCE o de fuerza mayor.
El Asegurador no se hará cargo de los siniestros en los siguientes supuestos:
A. EXCLUSIONES GENERALES
1. Cuando el Terminal siniestrado no coincida con los datos que aparecen en la póliza.
2. Cuando el Asegurado no envíe la documentación solicitada por el Asegura- dor, necesaria para la gestión del siniestro.
3. Los siniestros correspondientes a bienes cuyo certificado de garantía conten- ga datos erróneos.
4. Cuando el Asegurado no esté al día en el pago de las primas.
5. Quedan excluidos los costes de accesorios o de cualquier parte consumible relacionada con el funcionamiento del Terminal Asegurado (módem, manos libres, cargador, batería distinta a la proporcionada en origen por el fabri- cante, tarjetas complementarias o cualquier accesorio que sea secundario al Terminal Asegurado).
6. Si no se puede verificar el número de IMEI (no está registrado previamente).
7. La pérdida, Hurto o extravío del Terminal.
8. Gastos producidos como consecuencia de contratos de permanencia con el operador.
9. Cualquier proceso de limpieza, servicio, inspección, mantenimiento, ajuste o reparación, no autorizado por el Asegurador. Esta exclusión no incluye las reparaciones por Avería en centros oficiales del fabricante que estuvieran amparadas por la presente Póliza.
10. Cualquier mal funcionamiento que resulte de una incorrecta configuración o reconfiguración del Terminal, o de una aplicacións.
11. Conductas fraudulentas con objeto de percibir alguna cobertura a las que da derecho esta póliza.
12. Daños Estéticos: daños causados a las partes externas del Equipo Asegurado cuando no impiden el funcionamiento adecuado del Terminal Asegurado, tales como arañazos y cualquier otro daño puramente externo.
13. Cualquier tipo de avería interna.
14. Siniestros fruto xx xxxxxx civil o extranjera, embargo, requisamiento, captu- ra o destrucción por orden de un Gobierno ó Autoridad Pública.
15. Los siniestros que tengan su origen o sean consecuencia directa o indirecta de: reacción o radiación nuclear o contaminación radiactiva.
16. Los siniestros que se produzcan fuera del ámbito territorial cubierto.
B. EXCLUSIONES EN CASO DE DAÑO ACCIDENTAL
1. Daños causados por un defecto latente en la fabricación.
2. Daños derivados de una instalación incorrecta o no legal, o llevada a cabo en lugares no aptos para el buen funcionamiento del bien garantizado. Por ejemplo, voltaje, constantes ambientales fuera de la tolerancia de los com- ponenteso.
3. Daños producidos por no observarse las instrucciones contenidas en los manuales de los fabricantes respecto de la instalación y uso del bien ga- rantizado.
4. Los daños causados por la manipulación de los equipos, componentes y pe- riféricos por personas no autorizadas por el fabricante.
5. Los daños que estén cubiertos por la propia garantía del fabricante (Pantallas, etc.).
6. Los perjuicios y pérdidas indirectas o derivadas de cualquier clase, así como responsabilidades civiles de cualquier naturaleza
7. Reclamaciones por pérdida de utilidad del aparato por falta de piezas de repuesto, o basadas en la disminución de la capacidad, potencia o calidad inicial, incluso tras la sustitución de un componente cubierto por la garantía.
8. Los costes de reposiciones de piezas o componentes llevadas a cabo fuera del ámbito territorial descrito.
9. Los costes de readquisición e instalación de cualquier tipo de software ex- cepto el Sistema Operativo y los incluidos por el fabricante en la compra inicial del equipo.
10. Averías, daños o deficiencias de funcionamiento debidas al software insta- lado, entendiendo por Software los programas instalados en el móvil que hagan inoperativo el Terminal Asegurado, por cualquier causa, desconfigu- raciones, virus, etc.
11. Los daños que sean consecuencia del hurto, robo y expoliación del bien garantizado.
12. Daños que sufra el bien garantizado en su transporte, si no se traslada como equipaje de mano en transportes públicos aéreos, marítimos o terrestres, o que no estén bajo vigilancia directa del usuario..
13. Todo accesorio externo al bien garantizado (baterías, fundas, cargadores, cables de alimentación y de conexión, accesorios del coche...)..
14. Rotura accidental en la que el usuario no presente el bien garantizado.
X. XXXXXXXXXXX XX XXXX XX XXXX
0. Cuando el teléfono siniestrado no lleve incorporado la tarjeta SIM
2. Cuando la sustracción se haya producido por dejarlo desatendido a la vista y en lugar público o fuera del alcance del propietario sin custodia ni con- trol sobre el Terminal Asegurado, o por cualquier omisión voluntaria o por mala fe.
3. Sustracción en cualquier emplazamiento donde se hubiera dejado desaten-
dido el Terminal Asegurado, salvo que se acredite que la entrada a dicho 11
emplazamiento se produjo por la fuerza o de forma violenta.
4. Sustracción del Terminal Asegurado de un vehículo a motor desatendido.
6. Cuando la tarjeta SIM y el IMEI no hayan sido bloqueados.
12
D. MODALIDAD PLUS
EXCLUSIONES EN GARANTÍA DE ROTURA DE PANTALLA
1. Daños en la pantalla causados por uso o desgaste.
2. Daños ocasionados por el sudor o condensación, aunque suponga la decolo- ración o pérdida de esmalte de la pantalla.
3. Cualquier daño en la pantalla causado por un acto intencionado.
4. Pequeños daños o pantallas astilladas en bordes o mínimas que no impidan la visibilidad y uso normal del terminal.
5. Reclamaciones no atribuibles a un solo evento concreto
Igualmente, quedan excluidos de todas las coberturas y garantías del contrato, ade- más de las limitaciones específicas de cada una de ellas, los siguientes supuestos:
1. Provocación intencionada del siniestro por parte del Asegurado.
2. Conflictos armados (haya o no mediado declaración oficial xx xxxxxx), actua- ciones tumultuaria producidas por el curso de reuniones o manifestaciones, rebelión, sedición, motín, o terrorismo.
3. Reacción o radiación nuclear o contaminación radioactiva.
4. Catástrofes naturales. Contaminación, polución o corrosión, así como cual- quier variación o influencia perjudicial del agua, aire o suelo y, en general, en el medio ambiente.
902 197 791
Cómo contactar con Europ Assistance
Madrid: Orense, 4 - planta 14. 00000 Xxxxxx
Xxxxxxxxx: Xxxxxx xx Xxxxxxxxx, 00-00 0x 0x. 00000 Xxxxxxxxx Xxxxxxx: Xxxxx Xxxxxxx, 00. Xxxxxxxx Xxxxx XXX. 00000 Xxxxxxx
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