PROVINCIA DE CATAMARCA MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PROVINCIA DE CATAMARCA MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA Y FORMACION PROFESIONAL – UEJ INET CATAMARCA
CONTRATACIÓN DIRECTA N°26-0016-CDI21 MODALIDAD “COMPRA DETERMINADA”
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO: EX-2021-01115410- -CAT-DPA#ME
OBJETO DEL LLAMADO: COMPRA DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO Y EDUCACIONAL DESTINADO AL CENTRO DE FORMACION TECNICA ZONA SUR.-
MODALIDAD “COMPRA DETERMINADA”
PRESUPUESTO OFICIAL: TOTAL DE PESOS: SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y
UNDiMgitalIlyLsignSedEbyIGSDCECIaEtamNarcTa OS CON 00/100.- ($ 7.991.600,00)
DN: cn=GDECatamarca, c=AR, o=Tesoreria General de la Provincia, ou=Secretaria de Modernizacion
del Estado de Catamarca, serialNumber=CUIT 30636511354 Date: 2021.09.14 11:30:54 -03'00'
FECHA, HORA Y MODO DE
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: LAS OFERTAS DEBERÁN SER PRESENTADAS
ATRAVES DEL SISTEMA XXXXX.XX EN SITIO WEB
xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/ HASTA EL DÍA Y HORA DE APERTURA DE OFERTAS
FECHA DE LA APERTURA : DIA:20 DE SEPTIEMBRE DE 2021 A HORA: 10:00
CONSULTA Y DESCARGA XXX XXXXXX: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx
CONSULTAS E INFORMES: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño: Es de aplicación: Disposiciones de
la Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
PROVINCIA DE CATAMARCA
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES EX-2021-01115410- -CAT-DPA#ME CONTRATACIÓN DIRECTA 26-0016-CDI21 COMPRA DETERMINADA
COMPRA DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO Y EDUCACIONAL DESTINADO AL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ZONA SUR
JURISDICCION: MINISTERIO DE EDUCACIÓN
UNIDAD SOLICITANTE: DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACION TECNICA Y FORMACION PROFESIONAL SERVICIO ADMINISTRATIVO FINANCIERO (S.A.F.): SAF N° 26
CUIT S.A.F. N° 30-66811231-1
DOMICILIO FÍSICO S.A.F.: AV. REPÚBLICA DE VENEZUELA S/N CAPE, SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA (C.P. 4700)
DOMICILIO ESPECIAL ELECTRONICO S.A.F.: xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx
ARTICULO 1º: La presente Contratación se regirá por, las disposiciones de la Ley Nº 4938 que establece y regula la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial, por el Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y sus modificatorios Decreto Acuerdo N° 1573/2020 y Decreto Acuerdo N° 2036/2020, por la Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02, y por las disposiciones xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Resolución RESOL-2020-28-E-CAT-CGP#MHF y del presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Normativas a las que el oferente con la presentación de su propuesta, implica que las conoce, acepta y se somete a ellas.
La presentación de las propuestas sin observaciones al Pliego General y Particular, implica su conocimiento, aceptación y sometimiento a todas sus disposiciones. Igual tratamiento corresponde asignar en aquellos casos en que no se acompañen los pliegos a la propuesta o que aquellos no sean rubricados.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
ARTICULO 2º: El presente procedimiento de CONTRATACIÓN DIRECTA se regirá por la modalidad de contratación Compra Determinada, según lo establecido en el Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020, Artículo 22º inc. c) y Artículo 25º.
COMUNICACIÓN, MODALIDAD DE PRESENTACIÓN ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS
ARTICULO 3º: Los interesados presentarán sus ofertas a través del sistema electrónico de compras públicas xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx, aprobado por Decreto Acuerdo 751/2018 y puesto en funcionamiento por Resolución RES-2020-23-E-CAT-CGP#MHF.
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Los interesados en ofertar en los procesos de contratación del gobierno de provincia de Catamarca, podrán encontrar detallados instructivos en video y archivos PDF en el siguiente link xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx.
Los oferentes formularán sus propuestas a través del sistema electrónico de contrataciones en entorno web que administra Contaduría General de la Provincia de Catamarca denominado “Xxxxx.xx” (xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx). No se admitirá la presentación de la oferta mediante una forma distinta a la expuesta.
Se consideran ofertas presentas las ofertas CONFIRMADAS, para pasar la oferta a estado “Confirmada” debe completar el paso 5 del formulario que otorga el sistema XXXXX.XX a los proveedores, a continuación, se adjunta imagen de paso 5 “Confirmación e ingresar oferta”.
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Solamente las ofertas confirmadas serán recibidas por la UNIDAD LICITANTE en la fecha y hora establecidas para la apertura.
La presentación de oferta de un proveedor no inscripto en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, implicará la solicitud de inscripción en el mismo, debiendo el oferente completar la documentación pertinente dentro de los cinco (5) días corridos posteriores a la fecha del acto de apertura. Si el oferente no cumpliera, se tendrá por no inscripto y la oferta como no presentada. Por lo tanto, para ser preadjudicado el oferente debe estar en calidad de INSCRIPTO en el Registro de Proveedores del Estado Provincial.
El cómputo de los plazos se regirá por la fecha y hora oficial del sitio xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o el que en un futuro lo reemplace. A los efectos del cómputo de plazos fijados en días hábiles, la presentación en un día inhábil se entiende realizada en la primera hora del día hábil siguiente.
NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES: Todas las notificaciones y comunicaciones entre la Unidad Solicitante, Unidad Licitante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, se realizará a la dirección de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el proveedor, para el caso de la Unidad Licitante y la Unidad Solicitante al domicilio especial electrónico que consta en el encabezado de las presentes Bases de Contratación. Dichas notificaciones serán válidas desde el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente la constancia que el correo electrónico genere para el emisor.
El DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO constituido por los oferentes goza de validez y eficacia jurídica y producirá
siendo válidos y plenamente eficaces
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#MEen el ámbito administrativo los efectos del domicilio constituido, las
notificaciones, emplazamientos y comunicaciones, practicadas allí -párrafo cuarto Artículo 104 BIS Ley 4938 y sus modificatorias-.
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
ARTICULO 4º: La presente Contratación tiene por objeto la COMPRA DE EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO Y EDUCACIONAL PARA EL CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA ZONA SUR, según el ANEXO I del presente pliego, cuya publicación y difusión se realiza en el sistema XXXXX.XX en el sitio web xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx-.
PRESUPUESTO OFICIAL
ARTICULO 5º: El presupuesto oficial de la presente contratación, asciende a la suma de SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($ 7.991.600,00).
FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
ARTICULO 6º: Las ofertas se deberán presentar hasta el día y hora que se determine por acto administrativo de autoridad competente en la convocatoria que se publica a través del XXXXX.XX utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema, y cumpliendo todos los requerimientos del presente pliego, acompañando la documentación que la integre en soporte electrónico. Para el caso en que en los pliegos se solicite algún requisito que sólo sea posible efectuar en forma material, como la entrega de muestras, o la presentación de documentos que por sus características deban ser presentados en soporte papel en DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN TECNICA Y FORMACIÓN PROFESIONAL, estos serán individualizados en la oferta y serán presentados en la en la fecha, hora y lugar que se indique.
Todo archivo que se adjunte a la oferta ya sea adjunto a un ítem en particular, como en cumplimiento de los requisitos mínimos de participación o como anexos adicionales, para que se adjunten a las ofertas luego de seleccionar el archivo a adjuntar, deben pulsar el botón “INGRESAR ARCHIVO O ANEXO O IMAGEN”, los archivos que no sean ingresados de dicha forma no serán recibidas por la UNIDAD LICITANTE.
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ARTICULO 7º: APERTURA DE OFERTAS. - La apertura de ofertas se efectuará por acto público a través de XXXXX.XX el día 20 de Septiembre de 2021 a horas 10:00. En forma electrónica y automática se generará el acta de apertura de ofertas correspondiente."
ARTICULO 8º: En las propuestas que se confirmen por el sistema XXXXX.XX, únicamente será aceptada la propuesta económica que, se carga utilizando el formulario electrónico que para cada ítem otorga el sistema XXXXX.XX, y no serán tenidas en cuentas las propuestas económicas formuladas en archivos que se adjunten a las ofertas confirmadas. Asimismo, conjuntamente con la propuesta económica se presentará la siguiente documentación:
a) Declaración jurada denunciando el domicilio real y constitución de domicilio legal en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca (ANEXO IV). El cual será el utilizado para el supuesto de excepción planteado en el segundo párrafo y en el inciso b) del artículo 15° del Anexo I del Decreto Acuerdo N°1127/20 y modificatorios.
b) Declaración Jurada de sometimiento expreso a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Catamarca con renuncia expresa al Fuero Federal y a cualquier otro fuero que pudiere corresponder, para la resolución de controversias motivadas por el contrato en cualquiera de sus etapas. (ANEXO IV)
c) Declaración Jurada del oferente, de no encontrarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado Provincial para contratar con la provincia. (ANEXO V)
d) Formulario de CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO que forma parte de este pliego como (ANEXO III).
e) No obligatorio: Para gozar de los beneficios de la Ley N° 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Acuerdos Reglamentarios N° 1122/01 y Nº 445/02, certificados emitidos por: Dirección Provincial de Comercio y Dirección de Inspección Laboral. En caso de presentarse copias de los mencionados certificados, las mismas deberán estar certificadas por Escribano Publico o por Autoridad de Aplicación.
f) TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS de presentación de propuesta (sellado de oferta) xxx XXXX COMA CERO CINCO POR CIENTO (0,05%) calculado sobre el monto total de la oferta de conformidad a lo establecido por el artículo 27º de la Ley Impositiva Provincial Nº 5686, vigente para el Ejercicio Fiscal 2021. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/. Deberá/n ser presentados en forma digital junto a la oferta y además físicamente PmLeIdEiGan-2te02e1s-t0a1m1p7i5ll7a1s 3f-isCcAalTes-DePnAM#eMsaE de Entrada y Salidas de la Dirección Provincial de Programas Educativos, sita en xxxxx 0 xx Xxxxx 0000 – Escuela Activa,
San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, dentro de los dos días hábiles a la fecha de apertura de ofertas, en el horario de 8:00 a 12:30hs.
g) Garantía de mantenimiento de la oferta: cuando el monto total de la oferta fuere superior a PESOS NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL (9.018.000,00), corresponderá constituir dicha garantía por el UNO (1) % sobre el monto total de la oferta. En la oferta presentada a través del XXXXX.XX, el oferente individualizará la garantía de mantenimiento de la oferta mediante los datos que requiera el sistema. Además de los documentos digitales adjuntos en la oferta y además el documento físico deberá ser presentado en Mesa de Entrada y Salidas de la Dirección Provincial de Programas Educativos, sita en xxxxx 0 xx Xxxxx 0000 – Escuela Activa, San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, dentro de los dos días hábiles a la fecha de apertura de ofertas, en el horario de 8:00 a 12:30hs.
OFERTAS ALTERNATIVAS: se aceptarán ofertas alternativas de los ítems de la presente contratación. Se entiende por oferta alternativa a aquella que, cumpliendo en su totalidad con las especificaciones técnicas de la prestación prevista en las presentes Bases, ofrece distintas soluciones técnicas que impliquen distintos precios para el mismo producto o servicio. Podrán presentarse ofertas alternativas siempre y cuando la oferta principal del ítem que corresponda se ajuste a lo solicitado.
ARTICULO 9º: Los precios establecidos en las propuestas serán invariables. Los proponentes estarán obligados a mantener sus ofertas durante el plazo que se establece en el presente Pliego, Plazo que se empezará a contar desde la fecha de Apertura de las Propuestas.
ARTICULO 10º: Las cotizaciones deben realizarse en moneda de curso legal de la República Argentina y deberá consignarse precio unitario en números con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas particulares, el precio total del ítem en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta.
El precio cotizado será el precio final que deba pagar la UNIDAD SOLICITANTE por todo concepto.
Si en anexo I del presente Pliego se indicará marca o tipo de producto/s será al solo efecto de señalar características generales del objeto pedido sin que ello implique que no podrán proponerse artículos similares de otras marcas o tipos.
COSTO XXX XXXXXX
ARTÍCULO 11°: El presente pliego no tendrá costo alguno, debiendo ser descargado de manera totalmente gratuita de la página oficial de Contaduría General de la Provincia de Catamarca: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxxxx.xxx.xx/ o desde la página xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/
Se difundirá en el XXXXX.XX las circulares aclaratorias y las modificatorias al presente pliego que se emitan de oficio o como respuesta a consultas.
VISTA Y OBSERVACIONES O IMPUGNACIONES DE LAS OFERTAS
ARTICULO 12º: Los oferentes podrán tomar vista de las ofertas presentadas durante TRES (3) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente de la fecha de apertura y formular las observaciones e impugnaciones en ese mismo plazo, a través del usuario y los formularios provisto por el sistema COMPR.AR-.
La Dirección Provincial de Educación Técnica y Formación Profesional correrá traslado de las impugnaciones u observaciones de oficio, a la parte impugnada, la que podrá contestarlas dentro de los TRES (3) días posteriores al de la notificación del traslado. Con las observaciones o impugnaciones y, en su caso, las contestaciones respectivas, la misma autoridad resolverá, previo Informe de la Comisión de Evaluación y dictamen del servicio
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jurídico permanente, pudiendo hacerlo de manera independiente o en el acto de adjudicación. Si el acto que resuelve las observaciones o impugnaciones fuera recurrido, el trámite del mismo se hará por cuerda separada.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS
ARTICULO 13º: Los oferentes deberán mantener sus ofertas por un plazo no inferior a los TREINTA (30) días hábiles a contar desde la fecha de Apertura de las Propuestas. Cuando en una oferta no se fije expresamente dicho plazo, se entiende que se ajusta al plazo mínimo admitido en el presente Artículo. Si al vencimiento del término de mantenimiento de la oferta no se hubiera adjudicado la contratación, se prorrogará el plazo de mantenimiento de oferta en forma automática por un lapso igual al inicial ofertado, salvo que el oferente manifestara en forma expresa su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento con una antelación que no podrá ser inferior a CINCO (5) días corridos al vencimiento de cada plazo.
PLAZO DE ENTREGA
ARTICULO 14º: El plazo de entrega de los elementos, en la forma que se establece en Anexo I del presente pliego, no podrá ser superior a los DIEZ (10) días corridos a partir de la fecha de difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la casilla de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el mismo.
El plazo de entrega otorgado por el oferente debe especificarla en días hábiles y en ningún caso se aceptará término inmediato. Cuando en una oferta no se fije expresamente el plazo de entrega, se entiende que se ajusta al plazo máximo admitido en el presente Pliego. Asimismo, cuando el oferente indicare un plazo de entrega sin indicar hábiles o habiendo indicado corridos, a todos los efectos y principalmente en la puntuación del factor y su comparación con las demás ofertas, se considerará que ofertó dicho plazo en días hábiles.
LUGAR DE ENTREGA
ARTICULO 15º: El lugar y forma de entrega se efectuará según el detalle consignado en Anexo I del presente pliego.
El producto a proveer deberá responder a las características solicitadas y a la oferta presentada por la firma.
CAUSALES DE INADMISIBILIDAD
ARTÍCULO 16º: Serán causales de inadmisibilidad de las propuestas, las siguientes:
a) Cuando la oferta no fuera remitida por el sistema electrónico de compras (XXXXX.XX).
b) Que fuera formulada por personas inhabilitadas o suspendidas para contratar con la Provincia.
c) Que fuera condicionada.
d) Que contuviere cláusulas en contraposición con las normas que rigen la contratación.
e) Si el precio cotizado mereciera la calificación de vil o no serio.
f) Que no cumpla con el pago de los impuestos y tasas impositivas en materia de contrataciones, hasta la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, sin perjuicio de las sanciones que lPeLpIuEdGie-2re0n21c-o0r1re1s7p5o7n1d3e-Cr. AT-DPA#ME
g) Que el oferente no estuviere inscripto en el Registro de Proveedores del Estado Provincial, a la fecha de emisión del Dictamen de Evaluación, salvo las excepciones expresamente previstas.
Los errores intrascendentes de forma no serán causales de inadmisibilidad de la oferta.
ARTICULO 17º: SUBSANACIÓN DE DEFICIENCIAS. El principio de concurrencia de ofertas no deberá ser restringido por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones intrascendentes, debiéndose requerir a los oferentes incursos en dichas faltas, las aclaraciones que sean necesarias, dándoseles la oportunidad de subsanar deficiencias insustanciales, no pudiéndose alterar los principios de Igualdad y Transparencia establecidos en el artículo 91º de la Ley Nº4938, sus modificatorias y complementarias.
Durante el proceso de evaluación se podrá requerir la documentación e información que se considere necesario, sin que ello afecte el derecho de igualdad entre oferentes ni altere los términos de las ofertas presentadas. Dicha solicitud se efectuará a través del sistema xxxxx.xx, otorgando al oferente un plazo para cumplimentar el requerimiento a través de la misma vía, pasado dicho plazo, el no cumplimiento de documentación faltante y demás documentación solicitada al proveedor habilitará en el caso que lo considere y con miras en la mayor participación, a la Comisión evaluadora a rechazar tales ofertas, en forma total o parcial, según la naturaleza de la documentación solicitada.
ARTÍCULO 18º: Cualquiera de las Causales de Inadmisibilidad establecidas en el Artículo 16º del presente Xxxxxx, y que pasara inadvertida en el acto de Apertura de las propuestas, podrá surtir efecto durante el estudio de las mismas y hasta la adjudicación.
DESEMPATE DE OFERTAS
ARTICULO 19º: En caso de existir igualdad de puntaje, se adjudicará al oferente que cotizare al menor precio. En caso de igualdad de puntaje y de precios, la Dirección Provincial de Programas Educativos solicitará a través del sistema XXXXX.XX los respectivos oferentes y dentro del plazo común que se les fije, formulen una mejora de precios, conforme a lo establecido en el Art. 77º del Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 – Anexo I – Decreto Acuerdo Nº 1127/2020.
El silencio por parte del oferente será considerado mantenimiento de igual oferta. De subsistir nuevamente el empate, se procederá al sorteo público de las ofertas empatadas en el mismo acto, labrándose el acta correspondiente.
DE LA PREADJUDICACIÓN
ARTICULO 20º: La pre adjudicación será por ítem o renglón, o parte de éste, o por el total solicitado, según convenga a los intereses del Estado Provincial.
ARTICULO 21º: Los descuentos que se ofrezcan por pago dentro de un plazo determinado, no serán considerados a los efectos de la comparación de las ofertas, debiendo no obstante ser tenidos en cuenta para el pago, si la cancelación de las facturas se efectúa dentro de los términos fijados.
ARTICULO 22º: A los efectos de determinar la propuesta más conveniente, se ponderarán los siguientes factores:
a) Antecedentes como Proveedor 5 puntos
b) Precio de los Bienes a Proveer 85 puntos
c) Calidad de los Bienes a Proveer 5 puntos
d) Plazo de Entrega 5 puntos
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A los fines de lo mencionado precedentemente, la metodología a emplear será la siguiente:
a) ANTECEDENTES COMO PROVEEDOR (5 PUNTOS):
1) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial no hayan sufrido penalidad, ni suspensión ni inhabilitación alguna, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Cinco (5) Puntos.
2) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan sufrido alguna penalidad, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Tres (3) Puntos.
3) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan sufrido alguna suspensión, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: Dos (2) Puntos.
4) A los oferentes que, como proveedor del Estado Provincial hayan sufrido alguna inhabilitación, según lo informado oportunamente por el Registro de Proveedores del Estado Provincial: cero (0) Puntos.
b) PRECIOS DE LOS BIENES A PROVEER (85 PUNTOS): se asignará el mayor puntaje a la oferta que, siendo formal y técnicamente admisible, resulte ser la de menor precio. Las demás serán puntuadas conforme la regla de proporcionalidad inversa.
De corresponder se aplicará lo establecido en la Ley Nº 5038 “Compre y Contrate Preferentemente Catamarqueño” y sus Decretos Reglamentarios Nº 1122/01 y Nº 445/02 para valorar el presente factor como se detalla a continuación:
Formula =
MENOR PRECIO PONDERADO COMPUTABLE X MÁXIMO VALORACIÓN DEL FACTOR PRECIO PONDERADO COMPUTABLE DE LA OFERTA A CONSIDERAR
*PRECIO PONDERADO COMPUTABLE (P.P.C.): PRECIO OFRECIDO – (MENOR PRECIO OFRECIDO X F.P. DE OFERTA A CONSIDERAR).
*FACTOR DE PONDERACIÓN (F.P.) = VARIABLE EMPRESA x (0,08 x INSUMOS LOCALES + 0,04 x INSUMOS NO LOCAL COMPRADO LOCALMENTE + 0,04 x EMPLEO LOCAL).
c) CALIDAD DE LOS BIENES A PROVEER (5 PUNTOS): En cuanto a este factor, la puntuación se realizará tomando como base la calidad de los bienes ofrecidos en cuanto a si cumple con las cualidades solicitadas, la Comisión Evaluadora podrá solicitar informe técnico de peritos en la materia, si correspondiere, la calidad de los bienes a proveer se calificará de acuerdo a la siguiente escala:
MUY BUENO 5 Puntos
BUENO 3 Puntos
d) PLAZO DE ENTREGA ( 5 PUNTOS): A aquellas ofertas que propongan un plazo de entrega dentro de lo estipulado en el presente Pliego se asignará puntaje de acuerdo a la siguiente escala teniendo en cuenta el plazo de entrega fijado por cada oferente:
De un (1) a cinco (5) días hábiles 3 Puntos
De seis (6) a diez (10) días hábiles 2 Puntos
ARTÍCULO 23° - DICTAMEN DE EVALUACIÓN: El Dictamen de Evaluación de las ofertas que constará en un acta, deberá emitirse dentro del término de TRES (3) DÍAS CORRIDOS, contaPdLoIsEaGp-2a0rt2ir1-d0e1l1a7f5e7c1h3a-dCeArTe-cDepPcAió#nMdEe la actuación por la Comisión Evaluadora. Cuando la complejidad de las cuestiones a considerar impidiere el
ARTÍCULO 24° - DE LA ADJUDICACIÓN: La adjudicación será decidida por la autoridad competente conforme lo establecido en el Anexo I -Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938- del Decreto Acuerdo N° 1127/20 y modificatorios, y sobre la base del dictamen de la Comisión Evaluadora. Si la adjudicación fuera distinta a la aconsejada por la Comisión, deberá fundamentar dicha decisión. Podrá adjudicarse aun cuando se haya presentado una sola oferta. La autoridad facultada para adjudicar podrá rechazar todas las propuestas, sin que el adjudicatario tenga derecho a exigir indemnización o diferencia de precio. Se resolverá dentro del plazo de mantenimiento de las propuestas y recaerá en la propuesta que sea considerada más conveniente, de acuerdo a la normativa aplicable. La adjudicación será notificada dentro de los TRES (3) DÍAS de dictado el acto respectivo, mediante la difusión en el sitio de internet es: xxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx y se enviarán los avisos pertinentes mediante el sistema de mensajería automático de COMPR.AR.---
ARTICULO 25º: DE LA ORDEN DE COMPRA: Dentro del plazo de mantenimiento de oferta y luego de resuelta la adjudicación, se emitirá la Orden de Compra, que indicará la cantidad a entregar de cada ítem, y su notificación en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación a la dirección de correo electrónico publicada en el perfil del proveedor en el sistema XXXXX.XX., constituido como domicilio especial electrónico por el mismo, producirá el perfeccionamiento del contrato.
La Orden de Compra será emitida dentro de los Cinco (5) días corridos de resuelta la adjudicación y deberá contener las estipulaciones básicas de la contratación. En caso de errores u omisión, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del organismo que lo expidió, sin perjuicio de cumplir el Contrato conforme a las bases de contratación y a la propuesta adjudicada.
Cuando el adjudicatario rechace la Orden de Compra o por cualquier causa no se hiciere cargo de su obligación en el momento y forma prevista, o no constituyera la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo fijado para ello; la Administración resolverá la contratación sin responsabilidad alguna para la misma, y podrá adjudicar la contratación a la segunda oferta que resulte más conveniente a los intereses de la Provincia, teniendo en cuenta los factores de ponderación establecidos en este pliego, las especificaciones y características establecidas en el ANEXO I del presente pliego y el Dictamen emitido por la Comisión Evaluadora. El contratante incumplidor será pasible de la aplicación de las penalidades y sanciones respectivas, sin perjuicio de la responsabilidad que el incumplimiento pudiera producir.-
ARTÍCULO 26° - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Para afianzar el cumplimiento de todas las obligaciones, el oferente que hubiera resultado adjudicatario, deberá constituir una GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO del TRES POR CIENTO (3%) del valor total de la adjudicación, dentro de los CINCO
(5) DÍAS contados a partir del perfeccionamiento del contrato. Conforme lo establece los artículos 83° y 84° inc. b) del Anexo I –Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938– Decreto Acuerdo Nº 1127 y modificatorios.
De corresponder deberá acompañar la constancia del pago del ImpuePsLtIoEaGl-o2s02S1e-ll0o1s1e7q5u7i1v3a-leCnAteT-aDl PCeAr#oMcoEma sesenta por ciento (0,60%) sobre la Garantía de mantenimiento de Oferta cuando esta sea constituida por medio de avales y demás garantías personales o seguro de caución, de conformidad a lo establecido por el artículo 19º
Inc. 6 y 22° Inc. 1 de la Ley Impositiva Provincial Nº 5686 vigente para el Ejercicio Fiscal 2021. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/
La integración de la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO prevista precedentemente, se realizará por alguno de los medios de garantía establecidos en el artículo 27° del presente pliego de condiciones particulares.-
ARTÍCULO 27° - FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LA GARANTÍA: La GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA y
DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, si correspondieren, podrán constituirse de las siguientes formas, o combinaciones de ellas, según lo previsto por el Artículo 85º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 del Decreto Acuerdo Nº 1127/2020 y sus modificatorios:
a) En efectivo, exclusivamente mediante depósito o transferencia bancaria en la cuenta oficial de la Tesorería de la Dirección Provincial de Administración N°46601514-57 del Banco de la Nación Argentina - Sucursal Catamarca (0466)– CUIT 30-66811231-1.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, que opere preferentemente en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca. El organismo depositará el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones.
c) Con títulos públicos emitidos por el Estado Nacional y/o Provincial. Los mismos deberán ser depositados en una entidad bancaria a la orden del organismo contratante, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente, lo que deberá ser certificado por las autoridades bancarias al recibir dicho depósito. En caso de liquidación de los valores a que se refiere este inciso, se formulará cargo por los gastos que ello ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con fianza bancaria, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del Artículo N° 1574 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, así como al beneficio de interpelación judicial previa.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del organismo contratante.
f) Mediante la afectación de créditos que el proponente o adjudicatario tenga liquidados y al cobro en un organismo provincial, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la cesión pertinente.
g) Con pagaré sin protesto suscriptos por quienes tengan el uso de la firma social o actuaren con poder suficiente, cuando el monto de la garantía no supere el valor de VEINTE (20) MÓDULOS.
h) Toda otra garantía que, a propuesta del Organismo contratante, disponga por acto administrativo la Contaduría General de la Provincia.
Se deberá tener en cuenta lo establecido en la Ley Impositiva Provincial Nº 5686 vigente para el Ejercicio Fiscal 2021, impuesto de sellos. El mismo se podrá generar y pagar en forma online a través de la de la página de Internet: xxxxx://xxxxxxxx.xxxx.xxx.xx/ .Cuando estos sean repuestos en estampillas fiscales, y el soporte físico de las garantías establecidas precedentes, deberán ser presentados en forma digital junto a la oferta y además físicamente en Mesa de Entrada y Salidas de la Dirección Provincial de Programas Educativos, sita en xxxxx 0 xx Xxxxx 0000, Escuela Activa, San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca, dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores al día establecido para la presentación de la garantía, en el horario de 8:00 a 12:30hs.
ARTICULO 28° - EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS: En ofertas y/o adjudicaciones,
conforme al artículo 87° del Decreto Acuerdo Nº 1127, Anexo I y sus modificatorios – Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938, no será necesario presentar garantías en los siguientes casos: cuando el monto de la garantía no fuere superior a DIEZ (10) Módulos; cuando la ejecución de la prestaPciLóInEdGe-n2t0r2o1d-0e1l 1p7la5z7o13d-eCiAntTe-gDraPcAió#nMdEe la
garantía, o cuando el oferente o adjudicatario sea un organismo nacional, provincial o municipal o Sociedades del Estado Provincial.
ARTICULO 29°: PLAZO DE ENTREGA: El plazo de entrega, no podrá ser superior a los DIEZ (10) días CORRIDOS a partir de la fecha de difusión de la respectiva Orden de Compra en el sitio xxxxx://xxxxxxx.xxxxxxxxx.xxx.xx o en el que en un futuro lo reemplace o su notificación en el domicilio especial electrónico constituido por el proveedor. En caso de ofrecer plazo de entrega superior al requerido, se desestimará la oferta. El plazo de entrega otorgado por el oferente debe especificarla en días hábiles y en ningún caso se aceptará término inmediato. Cuando en una oferta no se fije expresamente el plazo de entrega, se entiende que se ajusta al plazo máximo admitido en el presente Pliego. Asimismo, cuando el oferente indicare un plazo de entrega sin indicar “hábiles”, a todos los efectos y principalmente en la puntuación del factor y su comparación con las demás ofertas, se considerará que ofertó dicho plazo en días hábiles.
ARTÍCULO 30° - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entrega del objeto de la presente Contratación Directa, se realizará en UNA (01) entrega, en el lugar, forma y cantidades establecidas en el ANEXO I, cuyas características y especificaciones técnicas se detallan en el ANEXO II. El producto a proveer deberá responder a las características solicitadas y a la oferta presentada por la firma. El suministro del bien objeto de la presente contratación se efectuará libre de impuestos, contribuciones, aranceles, tasas aplicables y otros gastos que genere, corriendo estos gastos por cuenta exclusiva del adjudicatario.
ARTÍCULO 31°: RECEPCIÓN: La recepción de los bienes en el lugar establecido, tendrá carácter de provisional y los recibos o remitos que se firmen serán de condición “a revisar”, sujetos a verificación posterior. Se deberá presentar remito que deberá cumplimentar lo dispuesto por la R.G. AFIP 1415, sin excepción.
La recepción se considerará efectuada, y definitiva, una vez verificada la misma y comprobada la calidad del bien adjudicado, la que se acordará dentro de los diez (10) días, el que se contará a partir del día siguiente al de la fecha de entrega de los elementos, de conformidad a lo dictado en el Art. 95º del Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley Nº 4938 aprobado por el Decreto Acuerdo N° 1127/2020.
PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO - FACTURACIÓN Y PAGO
ARTICULO 32º: La factura o documento equivalente, debe realizarse a la CUIT N° 30-66811231-1, deberá ser remitida de forma electrónica a la dirección de correo a las Direcciones de Administración, Servicios Administrativos Financieros o quienes hagan sus veces de las Jurisdicciones Solicitantes; conjuntamente con la Orden de Compra y la certificación de la recepción definitiva de los bienes objeto de la presente contratación; lo que dará comienzo al plazo para el pago que será de TREINTA (30) DÍAS.
La mencionada factura o documento equivalente, deberán reunir los requisitos legales que al efecto determina la AFIP, y en las mismas se deberá consignar:
- el tipo y número de la contratación.
- el número de orden de compra.
- la fecha de la facturación.
- el detalle de los bienes entregados.
Xxxxxx expresa constancia que en oportunidad de hacerse efectivo el pago por la provisión, al adjudicatario se le practicará la retención impositiva que le correspondiere por dicho importe, según las leyes impositivas vigentes
ARTICULO 33º: DE LAS PENALIDADES Y SANCIONES: El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios a la Contratación en particular y el reglamento de contrataciones en su caso,
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
dará lugar a la aplicación de las penalidades y sanciones, previstas en el Titulo IV - Anexo I - Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938 del Decreto Acuerdo Nº 1127/2020.
CONTRATACIÓN DIRECTA N°26-0016-CDI21 MODALIDAD “COMPRA DETERMINADA” EXPEDIENTE
ELECTRÓNICO: EX-2021-01115410- -CAT-DPA#ME
ANEXO I
ITEMS | DESCRIPCIÓN | CANTIDAD | PRECIO UNITARIO | PRECIO TOTAL |
1 | COMPUTADORAS; TIPO: DE ESCRITORIO, CODIGO ETAP: PC-002-00, VERSION ETAP: 23.0 | 22 | ||
2 | MONITORES; TIPO: TFT/LCD/LED P/DISEÑO GRAFICO, CODIGO ETAP: MN-007, VERSION ETAP: 23.0 | 22 | ||
3 | UPS; TIPO: P/CENTRO DE DATOS, CODIGO ETAP: UPS-003, VERSION ETAP: 22.0 | 8 | ||
4 | IMPRESORAS; TIPO: ELECTRO COLOR ALTO VOLUMEN, CODIGO ETAP: PR-020-00, VERSION ETAP: 23,0 | 19 | ||
5 | IMPRESORA 3D; TIPO: FDM, DIMENSION: 220 X 220 X 260 MM, RESOLUCION: SEGÚN PLIEGO, PRECISION: SEGÚN PLIEGO, ESPESOR CAPA: SEGÚN PLIEGO | 4 | ||
6 | COMPUTADORAS; TIPO: NOTEBOOK BASICA, CODIGO ETAP: PC-006, VERSION ETAP: 23.0 | 16 | ||
7 | TELEVISORES; P/NORMA: PAL-N/PAL-M/NTSC, CAPACIDAD CANALES: 204, VISION MULTICANAL: CON, RADIO: SIN VALOR, TAMAÑO PANTALLA: 46 pulg, CANTIDAD XX XXXXXXX: 204, NORMA: PAL-N/PAL-M/NTSC, APAGADO: CON, APAGADO AUTOMATICO: CON, PANTALLA: 46 pulg | 1 | ||
8 | FOTOCOPIADORAS; TIPO: ESCRITORIO, COLOR DE TONER: NEGRO, TAMAÑO MAX. ORIGINAL: DOBLE CARTA, TAMAÑO DE COPIA: A3, A4 Y OFICIO, ZOOM: 50% A 200%, VELOCIDAD DE COPIADO: 45 CPM, TIEMPO PRIMER COPIA: SIN VALOR, SISTEMA ALIMENTACION PAPEL: 2 CASSETTE, ORIGINALES AUTOMATICOS: CON, DOBLE FAZ: CON | 1 | ||
9 | GRAFICADOR INYEC. TINTA COLOR; ANCHO MAXIMO DE IMPRESION: 914 (A0 Y A4) mm, RESOLUCION (FINAL): 600 X 600 DPI, COLORES IMPRIMIBLES: 16,7 mill, CAPACIDAD DE BUFFER: 20 MB, MAXIMO ERROR ACUMULADO: (+ -) 0,015 pulg, DISCO DURO: 2 Gb, INTERFAZ: ETHERNET, INTERFASE: ETHERNET, RESOLUCION: 600 X 600 DPI, RESOLUCION (MEJORADA): SIN VALOR | 1 | ||
10 | UPS; TIPO: P/CENTRO DE DATOS, CODIGO ETAP: UPS-003, VERSION ETAP: 22.0 | 1 | ||
SON PESOS: |
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O
REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA PROPONENTE PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
ANEXO II-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Número renglón | Descripción | ||||||||
1 | COMPUTADORA DE ESCRITORIO COMPLETA CON LAS SIGUIENTES CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS: MICROPROCESADOR CON 4 NÚCLEOS, MEMORIA CACHE MÍNIMA DE 8M, FRECUENCIA DE RELOJ BASE MÍNIMA DE 4,0 GHZ. -- PLACA MADRE SEGÚN PLATAFORMA DE MICROPROCESADOR -- MEMORIA RAM DDR 4 A 2400MHZ O SUPERIOR, CAPACIDAD DE 16GB O SUPERIOR -- DISCO RIGIDO O DE ESTADO SÓLIDO SATA 3 DE 480 GB O SUPERIOR -- GABINETE CON FUENTE ATX DE 600W COMO MÍNIMO -- KIT DE TECLADO Y MOUSE. | ||||||||
2 | MONITOR TIPO GAMER CURVO DE 24 PULGADAS, FORMATO 16:9 CON RESOLUCIÓN FULL HD (1920 X 1080 PX) A 144HZ COMO MÍNIMO. | ||||||||
3 | UPS DE 3 KW SALIDAS MÚLTIPLES CON ENTRADA DE 220V AC Y SALIDAS DE 220V AC ESTABILIZADAS MÍNIMO 6 SALIDAS. | ||||||||
4 | IMPRESORA MULTIFUNCIÓN CON PROCESO CONTINUO DE TINTA TAMAÑO DE PAPEL A4 MÍNIMO. | ||||||||
5 | IMPRESORA 3D CARTESIANA PARA USO EDUCATIVO: TECNOLOGÍA DE IMPRESIÓN FDM, CON CAMA CALIENTE INCLUIDA, LARGO MÍNIMO DE LA ZONA DE IMPRESIÓN: 220 MM, ANCHO MÍNIMO DE LA ZONA DE IMPRESIÓN: 220 MM, ALTURA MÍNIMA DE LA ZONA DE IMPRESIÓN: 250 MM. | ||||||||
6 | COMPUTADORAS NOTEBOOK CON PROCESADOR CON FRECUENCIA BASE MÍNIMA DE 4GHZ , MEMORIA CACHÉ MÍNIMA DE 8 MB Y 4 NÚCLEOS -- MEMORIA RAM MÍNIMA DE 16 GB SDRAM DDR4- A 2666 GHZ -- DISCO DE ESTADO SÓLIDO CON CAPACIDAD MÍNIMA DE 4800GB -- SALIDAS HDMI, USB - CON PLACA DE RED WIFI Y ETHERNET - CAMARA WEB INCORPORADA - PANTALLA DE 15" COMO MÍNIMO. | ||||||||
7 | TELEVISOR LED SMART TV - FULL HD DE 42" COMO MÍNIMO. | ||||||||
8 | IMPRESORA FOTOCOPIAS) | MULTIFUNCIÓN | LÁSER | COLOR | TAMAÑO | A3 | (CON | FUNCIÓN | DE |
9 | IMPRESORA TIPO PLOTTER PARA IMPRESIÓN, DE 24 PULGADAS O 61CMCOMO MÍNIMO, CON WIFI Y PORTA ROLLO DE PAPEL. | ||||||||
10 | UPS 1000W 220 VOLT AC DE ENTRADA Y CON TRES SALIDAS ESTABILIZADAS MÍNIMO. |
LUGAR DE ENTREGA: DEPÓSITO DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN- SITO EN XXXXX XXXXX Xx 0000, X.X.X. DE CATAMARCA, MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
PLAZO DE ENTREGA: DIEZ (10) DÍAS CORRIDOS.-
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
ANEXO III:
CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL ELECTRÓNICO
En mi carácter de…………………..........................................de la Firma..............................................., CUIT/CUIL/CDINº..............................................................., constituyo
como domicilio especial electrónico , conforme a lo
dispuesto en el 4° párrafo Artículo 104 BIS Ley 4938 y sus modificatorias; y artículo 15° del Anexo I -Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938- del Decreto Acuerdo N° 1127/2020, modificado por el Decreto Acuerdo N°1573/2020.
A tal efecto, declaro aceptar en todos sus términos y condiciones que se indican a continuación:
PRIMERA: El domicilio especial electrónico constituido es de uso exclusivo de la razón social , constituyéndome en custodio de la confidencialidad de la clave de acceso al mismo, obligándome a no ceder, transferir o comunicar bajo ninguna circunstancia la misma, asumiendo la autoría y plena responsabilidad por las ofertas, documentos y presentaciones que bajo esta casilla ingresen en el domicilio especial constituido por la administración provincial para la presente contratación. Por lo tanto, asumo las consecuencias de su divulgación a terceros, liberando a la PROVINCIA DE CATAMARCA de toda responsabilidad que de ello derive. Renuncio expresamente a oponer defensas basadas en la inexistencia o defecto del uso del domicilio especial electrónico constituido, o en la acreditación de la existencia de la información electrónica que provenga de su uso.
SEGUNDA: En los términos del 4° párrafo Artículo 104 BIS Ley 4938, sus modificatorias y del artículo 15° del Anexo I -Reglamento Parcial Nº 2 de la Ley 4938- del Decreto Acuerdo N° 1127/2020, modificado por el Decreto Acuerdo N°1573/2020; reconozco que el domicilio especial electrónico que constituyo en el presente formulario goza de validez y plena eficacia jurídica, y producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio constituido; siendo válidos y plenamente eficaces las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones practicadas allí.
TERCERA: Las presentaciones electrónicas por medio del domicilio especial electrónico constituido, no podrán revocarse bajo ninguna forma o medio a mi alcance.
CUARTA: Asumo la responsabilidad por el uso indebido o inadecuado del domicilio especial electrónico constituido, haciéndome cargo de todos los daños y perjuicios correspondientes, sin que ello obste la facultad de la Administración a implementar las sanciones o penalidades respectivas.
QUINTA: La PROVINCIA DE CATAMARCA no asume ninguna responsabilidad por los inconvenientes que tuviera con el software, hardware, servidores o nodos ajenos al mismo.
SEXTA: Acepto la prueba de la existencia de la documentación y comunicaciones electrónicas que surjan de los domicilios especiales electrónicos constituidos tanto por la Administración de la PROVINCIA DE CATAMARCA como el constituido en la presente declaración.
SEPTIMA: Dejo expresa constancia que de mi parte renuncio expresamente a oponer, en sede administrativa o judicial, defensas relacionadas con la inexistencia de firma ológrafa de todos los documentos que se envíen desde el domicilio especial electrónico que constituyo por la presente; considerándose que dichos documentos que son enviados desde el mismo contienen mi rubrica y por lo tanto tienen los mismos efectos que la firma ológrafa en papel.
Firma:
Apellido y Nombre completo:
Lugar y fecha:
Documento:
CUIT/CUIL/CDI
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANPTLEIELGEG-2A0L2D1E-0L1A17F5IR7M13A-CPAROT-PDOPNAE#NMTEE.
ANEXO IV
DECLARACIÓN JURADA DE DOMICILIO Y FUERO
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA,....................................………………
Por la presente, para todas las cuestiones judiciales, nos sometemos a los tribunales ordinarios de la Provincia de Catamarca, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción. Para ello, deberemos agotar los reclamos de la vía administrativa.
Manifiesto:
- Domicilio
Real:
- Domicilio
Comercial:
Asimismo, aclaramos que constituimos domicilio legal en la ciudad de San Xxxxxxxx xxx Xxxxx de Catamarca en………………………………………………………………………………………………........
Firma y aclaración del proponente
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSPELDIEEGM-20A2N1-E0R11A7D57I1G3I-TCAALT-DPA#ME RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O
REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA PROPONENTE
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
ANEXO V
DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE CAUSALES DE INHIBICIÓN
SAN XXXXXXXX XXX XXXXX DE CATAMARCA, ….......................…………………………………….
Declaramos bajo juramento que el oferente………………………………………..................................................……………………………
1. No se encuentra inhibida para disponer y gravar bienes registrables; ni en Concurso Preventivo, Quiebra o Liquidación.
2. Asimismo, manifiesto, en carácter de declaración jurada, de no estar incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Provincia, ni suspendido en el Registro de Proveedores del Estado Provincial para contratar con la provincia, conforme a la normativa vigente.
Firma del oferente: …………………………………………………
Aclaración:…………........................……………………………………….
*IMPORTANTE: EL PRESENTE ANEXO DEBERÁ ADJUNTARSE DE MANERA DIGITAL RUBRICADA (FIRMA Y ACLARACIÓN) XX XXXX Y LETRA POR EL PROPIETARIO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA FIRMA PROPO NENTE.
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
Gobierno de Catamarca 2021
Hoja Adicional de Firmas Pliego
Número:
PLIEG-2021-01175713-CAT-DPA#ME
SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, CATAMARCA
Martes 14 de Septiembre de 2021
Referencia: PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES- EQUIPAMIENTO INFORMATICO
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DN: cn=GDECatamarca, c=AR, o=Tesoreria General de la Provincia, ou=Secretaria de Modernizacion del Estado de Catamarca, serialNumber=CUIT 30636511354
Date: 2021.09.14 11:30:54 -03'00'
Rodrigo Alejandro Pastrana Jefe de Area
Dirección Provincial de Administración - Ministerio de Educación Ministerio de Educación
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Date: 2021.09.14 11:30:56 -03'00'