Condiciones Generales de Venta de
Condiciones Generales de Venta de
ACPS Automotive Iberia, S.L. (negocio de repuestos)
Condiciones Generales de Venta
Las presentes Condiciones Generales de Venta son únicamente aplicables a las transacciones comerciales que tengan lugar a nivel nacional e internacional con empresas, personas jurídicas de derecho público y sociedades de derecho públi- co.
1. Ámbito de aplicación
1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta (en lo sucesivo también deno- minadas “Condiciones de Venta”) serán aplicables a todas las entregas reali- zadas por ACPS Automotive al Comprador, y todos los contratos posteriores deberán hacer mención expresa de su aplicabilidad.
1.2 Cualquier condición contraria o complementaria del Comprador o cualquier condición del Comprador que diverja de las presentes Condiciones de Venta no entrará a formar parte de ningún contrato, ni aun siendo entregada por el Com- prador con posterioridad a las presentes Condiciones de Venta, a no ser que ACPS Automotive hubiera aceptado expresamente y por escrito su validez. Las presentes Condiciones de Venta también serán de aplicación en el caso de que ACPS Automotive realice una entrega al Comprador de forma incondicional, a sabiendas de que las condiciones del Comprador contradicen o se desvían de las Condiciones de Venta de ACPS Automotive. Cualquier acuerdo comple- mentario o divergente de las presentes Condiciones de Venta que se celebre entre ACPS Automotive y el Comprador a efectos de la ejecución de un contrato deberá constar por escrito en dicho contrato. Lo mismo se aplicará a la renun- cia al requisito de la forma escrita.
2. Celebración del contrato
2.1 Las ofertas y los presupuestos de ACPS Automotive pueden ser modificados sin previo aviso y son vinculantes desde el momento en que se designan explí- citamente como oferta vinculante.
2.2 Las imágenes, los dibujos y las especificaciones de peso y medidas, así como cualquier otra descripción de la entrega o del servicio contenidos en los docu- mentos de la oferta, tienen carácter meramente orientativo, a no ser que se de- signen de forma expresa como vinculantes mediante un compromiso escrito o electrónico. No constituyen ningún acuerdo o garantía de la calidad corres- pondiente de la entrega o el servicio. En el caso de que la calidad del suministro o servicio estipulada se haya acordado de forma vinculante con el Comprador, ACPS Automotive estará autorizada a efectuar cambios en la medida en que estos sean aceptables para el Comprador o se realicen con arreglo a normas legales de obligado cumplimiento. Queda reservado el derecho a modificar la mercancía en cuanto a su diseño y forma, siempre que las modificaciones no sean sustanciales y sean aceptables para el Comprador. En caso de que el Comprador las considere inaceptables, este tendrá derecho a rescindir el con- trato. Queda excluida cualquier reclamación de mayor alcance.
2.3 A menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito, el objeto del
contrato estará limitado a la entrega de productos que tengan la calidad exigi- da. Esta calidad se acordará de forma definitiva en el pedido y en la confirma- ción del pedido. Salvo acuerdo expreso por escrito, no será necesario que los productos cumplan los requisitos objetivos establecidos en el Real Decreto Le- gislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (“LGDC”). En particular, los productos no tienen que ser aptos para el uso ordinario y/o no necesitan ser de la calidad típica de los productos del mismo tipo que el Comprador tiene derecho a esperar, teniendo en cuenta
(i) el tipo de productos y (ii) las declaraciones públicas hechas por o en nombre de ACPS Automotive o por otra persona en un punto anterior de la cadena con- tractual, especialmente como parte de un anuncio o en una etiqueta. Además, no será necesario que los productos sean de la misma calidad que una muestra o ejemplar que ACPS Automotive haya facilitado al Comprador antes de la ce- lebración del contrato.
2.4 Un pedido solo será vinculante cuando ACPS Automotive lo confirme por es- crito. No obstante, las confirmaciones de pedido creadas en procesos automa- tizados sin firma y sin nombre se considerarán confirmaciones de pedido por escrito. La falta de respuesta por parte de ACPS Automotive a las ofertas, pe- didos, solicitudes u otras declaraciones del Comprador solo se podrá interpre- tar como consentimiento si así se ha acordado explícitamente por escrito. Ade-
más, cualquier confirmación de pedido que contenga errores evidentes, faltas de ortografía o de cálculo no será vinculante para ACPS Automotive.
2.5 Si la celebración del contrato tiene lugar a través de plataformas de Internet, estará sujeta a las condiciones de uso de la plataforma en cuestión; por lo de- más, serán de aplicación las disposiciones de las presentes Condiciones de Venta.
2.6 ACPS Automotive se reserva todos los derechos de autor y de propiedad de las ofertas, dibujos, imágenes y otros documentos. Se prohíbe la divulgación de estos documentos a terceros sin el consentimiento previo por escrito de ACPS Automotive.
2.7 Los productos de ACPS Automotive cumplen con las normas y reglamentos aplicables en la Unión Europea. El Comprador será responsable de realizar to- das las pruebas requeridas y/o de la aceptación de productos conforme a nor- mas y reglamentos técnicos extranjeros, a menos que ACPS Automotive ofrez- ca expresamente los productos para estos otros países.
3. Entrega, plazos de entrega, retrasos en la entrega
3.1 Salvo acuerdo expreso en contrario, los suministros se realizarán EXW según los Incoterms® 2020 y con el embalaje habitual utilizado por ACPS Automotive. A petición, riesgo y expensas del Comprador, la mercancía se enviará a otro destino (en adelante, “expedición de mercancías”). El Comprador elegirá la modalidad de envío. El Comprador asumirá los gastos adicionales resultantes de la modalidad de envío, incluido el coste de la prima del seguro. Estos costes se comunicarán al Comprador antes de la celebración del contrato. Si el modo de envío seleccionado por el Comprador no estuviera disponible, ACPS Auto- motive podrá determinar el modo de envío. A petición y a cargo del Comprador, ACPS Automotive contratará un seguro de transporte que cubra los riesgos es- pecificados por el Comprador.
3.2 El alcance de suministro se establecerá por escrito en la confirmación de pe- dido de ACPS Automotive. Cualquier modificación del alcance de suministro o de los productos suministrados solicitada por el Comprador deberá ser confir- mada por escrito por ACPS Automotive para que sea legalmente válida.
3.3 ACPS Automotive tendrá derecho a realizar entregas parciales siempre que sea razonable para el Comprador.
3.4 Los plazos de entrega se acordarán por escrito. Los plazos de entrega no serán vinculantes, a menos que se designen expresamente como vinculantes.
3.5 El plazo de entrega comienza con el envío de la confirmación del pedido por parte de ACPS Automotive, pero no antes de la entrega de todos los documen- tos, permisos y autorizaciones que deba recabar el Comprador, de la recepción de los anticipos acordados y del cumplimiento puntual, completo y correcto de los demás actos de cooperación por parte del Comprador.
3.6 Los plazos de entrega acordados se considerarán cumplidos cuando ACPS Au- tomotive haya puesto la mercancía a disposición en el lugar de entrega acor- dado antes de la fecha de expiración de los plazos de entrega o –en el caso de una expedición de mercancía según lo descrito en el apartado 3.1 frase 2– la haya entregado a la persona designada para realizar el transporte o cuando el Comprador haya comunicado su negativa a aceptar la mercancía. La entrega se realizará bajo la reserva de que ACPS Automotive reciba los suministros de sus propios proveedores a tiempo y con la forma prevista.
3.7 Si el incumplimiento de los plazos de entrega se debe a causas de fuerza mayor y a otras perturbaciones no imputables a ACPS Automotive, tales como guerras, atentados terroristas, pandemias y epidemias, restricciones a la importación y a la exportación, incluidas las que afecten a los proveedores de ACPS Automo- tive, los plazos de entrega acordados se prolongarán por la duración del impe- dimento. Lo mismo se aplicará en el caso de producirse huelgas que afecten a ACPS Automotive y a sus proveedores.
3.8 Si se produce un retraso en la entrega, el Comprador solo tendrá derecho a rescindir el contrato si ACPS Automotive es responsable del retraso.
3.9 Cuando el Comprador haya suscrito un acuerdo marco con ACPS Automotive con un plazo fijo para las futuras entregas y el Comprador no recoja la mercan- cía a tiempo, ACPS Automotive tendrá derecho, una vez transcurrido un plazo xx xxxxxx razonable, (i) a entregar y facturar la mercancía o (ii) a rescindir el contrato o, si el Comprador ha actuado con negligencia, (iii) a reclamar una in- demnización por daños y perjuicios en lugar del cumplimiento.
3.10 Si el envío o la entrega se pospone a petición del Comprador, ACPS Automotive podrá facturar al Comprador, a partir de un mes después de la notificación de
la compleción o de la disponibilidad de envío, los gastos de almacenamiento por un importe del 0,5 % del importe total neto de la factura por cada mes ini- ciado. Los gastos de almacenamiento estarán limitados al 5 % del total neto de la factura, salvo que ACPS Automotive demuestre que los costes fueron supe- riores.
4. Colaboración del Comprador
4.1 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7.1, el Comprador deberá inspec- cionar sin demora injustificada la mercancía suministrada en el momento de su entrega para comprobar si existen daños externos visibles y notificar, en tal ca- so, los daños detectados al transportista o al agente de transporte y solicitarle una confirmación por escrito de los mismos. Si el Comprador no cumple con esta obligación, estará obligado a indemnizar a ACPS Automotive por los daños ocasionados.
4.2 Si la mercancía ha sido entregada al Comprador en europaletas o cajas de re- xxxxx u otros contenedores de carga (por ejemplo, palets de correo), el Compra- dor devolverá a ACPS Automotive el mismo número, tipo y calidad de contene- dores de carga en el lugar de la entrega original o, si no pudiera retornarlos al lugar de la entrega original, los devolverá a ACPS Automotive a su debido tiem- po y por cuenta del Comprador.
4.3 Los albaranes de entrega son generados por el sistema y enviados automáti- camente a la dirección de correo electrónico indicada por el Comprador. Para el envío se pueden especificar hasta tres direcciones de correo electrónico di- ferentes.
4.4 El Comprador será responsable y correrá con los gastos del despacho xx xxxx- nas, independientemente de que en el Incoterm acordado se especifique otra asignación de responsabilidad para el despacho de aduanas.
4.5 Cuando ACPS Automotive proceda a la retirada de productos, el Comprador estará obligado a cooperar adecuadamente en la realización de la retirada de productos de manera que pueda llevarse a cabo de forma eficiente. En caso de retirada de productos, el Comprador estará obligado, en particular, a informar a ACPS Automotive sobre el paradero de los envíos en la cadena de suministro posterior hasta la entrega al cliente final. Para ello, el Comprador deberá docu- mentar regular y adecuadamente el destino de las mercancías y presentar di- cha documentación a ACPS Automotive cuando esta así lo solicite. A petición de ACPS Automotive, el Comprador deberá retirar los bienes o productos sumi- nistrados por ACPS Automotive que el Comprador haya producido y comercia- lizado con mercancía suministrada por ACPS Automotive. El Comprador deberá acordar previamente con ACPS Automotive su propósito de realizar una retira- da de productos.
4.6 En la medida en que el Comprador sea responsable de la retirada de los pro-
ductos, correrá con los gastos de la misma. En cualquier caso, las Partes se comprometen a mantener el coste de la retirada lo más bajo posible.
5. Transferencia de riesgos, retraso en la aceptación
5.1. El riesgo de pérdida o deterioro accidental de la mercancía se transferirá al Comprador en el momento de poner ACPS Automotive la mercancía a disposi- ción del Comprador en el lugar de entrega de acuerdo con la frase 1 del apar- tado 3.1 o –caso de tratarse de una expedición de mercancías efectuada de acuerdo con la frase 2 del apartado 3.1– en el momento de hacer la entrega a la persona designada para realizar el transporte. Esto también se aplicará a las entregas parciales y a los casos en los que ACPS Automotive haya asumido los gastos de transporte, por derogación del apartado 3.1, frase 2.
5.2. Si el Comprador se demora en aceptar la mercancía, ACPS Automotive podrá exigir –a partir del momento de notificación de la fecha de puesta a disposición de la mercancía–una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por valor de un 0,5 % del precio neto del envío por cada día de retraso, hasta un importe máximo del 5 % del precio neto del envío. El riesgo de pérdida o de- terioro accidental de la mercancía se transferirá al Comprador en el momento de su falta de aceptación.
5.3. En caso de demora en la aceptación, la mercancía se considerará entregada, sobre todo en lo que respecta a los plazos de garantía y a la obligación de pa- go.
5.4. Con independencia de sus reclamaciones por vicios, el Comprador deberá aceptar las mercancías entregadas aun si presentan vicios no esenciales. El Comprador también estará obligado a aceptar la mercancía en caso de varia-
ciones de cantidad de hasta un 5 % o en caso de que la mercancía encargada y puesta a disposición se entregue con un ligero adelanto.
6. Precios
6.1. Se aplicará el precio acordado en euros, que se desprende de la confirmación de pedido, más el impuesto sobre el valor añadido legal vigente en la fecha de facturación.
6.2. Si el Comprador no recibe una confirmación de pedido o si la confirmación de pedido no contiene ninguna información sobre el precio, se aplicará la lista de precios vigente en el momento de la entrega disponible en.
6.3. Si entre la confirmación del pedido y la entrega hubieran transcurrido más de cuatro meses, y si durante dicho periodo de tiempo se hubieran producido au- mentos de precios, en particular debido a aumentos salariales, aumentos de los costes de las materias primas, aumentos generales de precios a causa de la inflación o a circunstancias equiparables, ACPS Automotive tendrá derecho a facturar un precio proporcionalmente mayor. Esto también se aplicará en el caso de haberse producido un cambio importante (de al menos un 10 %) en la confirmación de pedido tras la presentación de una oferta por parte de ACPS Automotive o, si ACPS Automotive ha celebrado un acuerdo marco en el que se conviene un precio fijo, un cambio sustancial en los precios de las materias primas de las respectivas mercancías o de otros factores de coste esenciales como, en particular, los costes energéticos, salariales, de transporte o de se- guros. En dichos casos, ACPS Automotive podrá aumentar los precios de forma razonable en la medida en que se vea afectada por el aumento de los costes. En este contexto, ACPS Automotive tendrá en cuenta los intereses legítimos del Comprador, en particular, los relativos a las obligaciones ya contraídas por el Comprador de suministrar posteriormente la mercancía a un precio determi- nado, por ejemplo, mediante reducciones de precio. A petición del Comprador, ACPS Automotive le proporcionará pruebas de los factores que han determi- nado el cambio de precio.
6.4. Cuando no estén cubiertos por la responsabilidad por daños materiales, los en-
víos de piezas de recambio y las devoluciones de artículos reparados estarán sujetos al cobro de una tarifa plana razonable de envío y embalaje, más la re- muneración por el servicio prestado por ACPS Automotive.
6.5. Las devoluciones de artículos Automotive encargados erróneamente deberán ser notificadas previamente por escrito a xxxxxxx@xxxx-xxxxxxxxxx.xxx. ACPS Automotive únicamente aceptará devoluciones de artículos en su emba- laje original que xxxx xxxxx para la reventa. El Comprador asumirá los gastos de devolución. ACPS Automotive puede negarse a aceptar la devolución de ar- tículos x xxxxxx debidos.
6.6. Según el artículo 1964 del Código Civil español, las reclamaciones de pago del precio de adquisición por parte de ACPS Automotive prescribirán a los cinco años.
7. Condiciones de pago
7.1. Salvo que se haya acordado otra cosa por escrito, todos los pagos se deberán realizar, sin deducción alguna, dentro de los 14 días siguientes a la fecha de la facture, pero no antes de la entrega.
7.2. Un pago se considerará efectuado en el momento en que ACPS Automotive pueda disponer del importe.
7.3. En caso de incumplimiento del plazo de pago, ACPS Automotive estará facul- tada para exigir intereses de demora por un importe del 9 % sobre el tipo básico (de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comer- ciales). ACPS Automotive se reserva el derecho a reclamar otros daños y per- juicios.
7.4. En el supuesto de que el Comprador incurra en xxxx, ACPS Automotive tendrá derecho a exigir el pago inmediato de todos los créditos derivados de la rela- ción comercial, aun cuando estos aún no sean exigibles.
7.5. El Comprador solo tendrá derecho a compensar las contrademandas con los pagos adeudados cuando estas tengan carácter legal inapelable o sean indis- cutibles. Además, el Comprador solo podrá ejercer el derecho de retención si la contrademanda se deriva de la misma re-lación contractual.
7.6. ACPS Automotive tendrá derecho a entregar las mercancías o prestar los ser- vicios aún adeudados solo contra el pago por adelantado o la constitución de una garantía, si tras la conclusión del contrato se tuviera conocimiento de cir-
cunstancias que pueden perjudicar sustancialmente la solvencia del Com- prador y poner en peligro el pago de los créditos pendientes del Comprador a ACPS Automotive en el marco de la respectiva relación contractual. Esto es igualmente válido para el caso de que el Comprador se niegue a realizar o no realice los pagos pendientes a ACPS Automotive y no existan objeciones irre- futables o establecidas por una resolución judicial firme contra los créditos de ACPS Automotive.
8. Garantía
8.1 La responsabilidad por defectos materiales y vicios jurídicos se fundamenta exclusivamente en la calidad acordada en el pedido y en la confirmación del pedido.
8.2 En caso de recibir mercancía defectuosa, los derechos del Comprador de- penderán de que se hayan cumplido los siguientes requisitos de inspección y notificación: en particular, la mercancía suministrada deberá ser inspeccio- nada en el momento de la entrega y se deberán notificar por escrito y sin de- xxxx a ACPS Automotive los vicios manifiestos y los vicios detectados en di- cha inspección. El suministro de cantidades menores de producto o los daños de transporte ocasionados por el envío de paquetes o envíos de un día a otro deberán notificarse por escrito sin dilación tras la recepción de la mercancía. Las reclamaciones sobre envíos realizados por transportistas deberán ser notificadas en un plazo de cinco días laborables a partir de la recepción de la mercancía.
El Comprador deberá notificar sin demora a ACPS Automotive los vicios ocul- tos y describirlos por escrito tras su detección. El término “sin demora” en la frase 1 significa “en un plazo de 8 días laborables”, siendo la fecha de recep- ción de la notificación en ACPS Automotive determinante para el cumplimien- to del plazo. Si el Comprador no inspecciona la mercancía y/o no notifica los vicios a ACPS Automotive, esta última quedará exenta de responsabilidad por el vicio.
8.3 Si una notificación del Comprador no estuviese justificada, ACPS Automotive tendrá derecho a exigir al Comprador una compensación por los gastos incu- rridos en la revisión del vicio, a menos que el Comprador demuestre que no se le puede atribuir ninguna culpa por la notificación injustificada del vicio.
8.4 Queda excluida cualquier reclamación de cumplimiento posterior por diver- gencias mínimas que sean razonables para el Comprador.
8.5 En el caso de productos defectuosos, ACPS Automotive tendrá derecho, a su discreción, al cumplimiento posterior mediante subsanación del vicio o bien a la entrega de productos libres de vicios.
8.6 En el caso de que la mercancía no se halle en el lugar de entrega, el Compra- dor correrá con todos los gastos adicionales en los que incurra ACPS Auto- motive para subsanar los defectos, salvo que el traslado a otro lugar corres- ponda a los fines contractuales.
8.7 La instalación de los productos entregados por ACPS Automotive deberá ser realizada únicamente por personal capaci-tado en talleres autorizados, de acuerdo con las instrucciones de instalación y/o mantenimiento de ACPS Au- tomotive, así como de acuerdo con las directrices de los respectivos fabri- cantes de vehículos.
8.8 Queda excluido el derecho del Comprador a reclamar defectos en caso de
- desgaste normal;
- defectos causados por una manipulación o instalación incorrecta después de la transmisión del riesgo (por ejemplo, por incumplimiento de las instrucciones de uso), almacenamiento o mantenimiento inadecuados o uso excesivo;
- defectos debidos a actos de fuerza mayor, en particular a influencias externas, que no estén descritos en el contrato, o defectos debidos al uso de los pro- ductos para fines no establecidos en el contrato o que no correspondan al uso habitual.
8.9 ACPS Automotive no será responsable de los defectos derivados del hecho de que el Comprador haya solicitado una elaboración o elegido un material que se desvíen de las especificaciones de ACPS Automotive.
8.10 En el caso de que los productos sean “productos digitales” o “artículos con elementos digitales”, ACPS Automotive responderá adicionalmente ante el Comprador de la provisión de actualizaciones únicamente por el periodo y el alcance que corresponda según la calidad acordada en el apartado 2.3 frase 2 o según lo acordado por escrito con el Comprador.
8.11 En caso de reventa, el Comprador se compromete a vender los productos úni-
camente con accesorios originales o con accesorios que tengan al menos la misma calidad que los accesorios originales, lo que se demostrará con un certificado escrito del fabricante de los Accesorios, que deberá obtenerse previamente.
A petición de ACPS Automotive, el Comprador deberá presentar dicho certi- ficado.
9. Responsabilidad
9.1 ACPS Automotive asumirá una responsabilidad ilimitada por los daños y per- juicios derivados del incumplimiento de la ga-rantía o de los daños a la vida, la integridad física o la salud, con independencia del fundamento jurídico. Esto mismo se aplicará a los daños provocados por una conducta deliberada o por negligencia grave por parte de los órganos o ejecutivos de la empresa. Queda excluida la responsabilidad de los simples auxiliares ejecutivos (artí- culo 1903 del Código Civil español) en la medida en que lo permita la ley.
9.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9.1, ACPS Automotive solo res- ponderá por negligencia leve en caso de incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales. Se consideran obligaciones contractuales esen- ciales aquellas que permiten en primer lugar la correcta ejecución del con- trato y en cuyo cumplimiento suele confiar y cabe esperar que confíe la parte contratante. En caso de incumplimiento negligente de las obligaciones con- tractuales esenciales, la responsabilidad de ACPS Automotive se limitará al importe de los daños típicos del contrato.
9.3 En cuanto al incumplimiento de un plazo de entrega, la responsabilidad de ACPS Automotive por los daños y perjuicios sufridos por el Comprador como consecuencia del retraso se limitará a un máximo del 5 % del precio neto acordado por incumplimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 9.1. Las Partes se reservan el derecho de hacer valer otras reclamaciones por da- ños y perjuicios, así como de aportar pruebas que demuestren que el perjuicio ha sido menor.
10. Prescripción
El plazo de prescripción de las reclamaciones por vicios que haga valer el Com- prador será de 12 meses a partir de la fecha de entrega de la mercancía defectuo- sa. El plazo de prescripción también se computará a partir de la fecha de no acep- tación por parte del Comprador. Se aplicará igualmente a las reclamaciones deri- vadas de un acto ilícito basado en un vicio de la mercancía. El plazo de prescrip- ción no volverá a computarse tras el subsiguiente cumplimiento. En los casos pre- vistos en el apartado 9.1, se aplicará el plazo de prescripción legal.
11. Reserva de propiedad
11.1 Los productos suministrados serán propiedad de ACPS Automotive hasta ha- berse pagado en su totalidad. Además, ACPS Automotive seguirá siendo pro- pietaria de los productos suministrados hasta el pago íntegro de todos los sal- dos pendientes que se deriven de la relación comercial entre el Comprador y ACPS Automotive.
11.2 El Comprador deberá tratar la mercancía vendida bajo reserva de propiedad (en lo sucesivo también denominada “mercancías sujetas a reserva de pro- piedad”) con el debido cuidado mientras dure la reserva de propiedad. En particular, el Comprador estará obligado a asegurar la mercancía de forma adecuada y a su cargo, por su valor de reposición, contra daños causados por incendios, hurtos y el agua. En virtud del presente contrato, el Comprador cede a ACPS Automotive todas las reclamaciones de indemnización en virtud de dicha póliza de seguro. ACPS Automotive acepta tal transferencia. Si la transferencia no fuera admisible, el Comprador ordenará irrevocablemente a su compañía de seguros que realice los pagos exclusivamente a ACPS Auto- motive. El derecho de ACPS Automotive a hacer valer otras reclamaciones no se verá afectado por ello. A petición de ACPS Automotive, el Comprador de- berá acreditar a ACPS Automotive la contratación de un seguro.
11.3 Si la mercancía sujeta a reserva de dominio se combina con otros artículos
no pertenecientes a ACPS Automotive para formar un solo producto, ACPS Automotive adquirirá la copropiedad del producto único en proporción al valor bruto de la mercancía sujeta a reserva de dominio con respecto a los otros ar- tículos en el momento de su combinación. Si las mercancías sujetas a reserva de dominio se combinan de tal manera que las mercancías del Comprador han de considerarse las principales, el Comprador cederá a ACPS Automotive
la copropiedad correspondiente de dichas mercancías. ACPS Automotive acepta esta cesión. Las disposiciones del presente apartado 11.3 se aplicarán correspondientemente si las mercancías sujetas a reserva de dominio se en- cuentran combinadas, mezcladas o procesadas con otros artículos.
11.4 El Comprador está autorizado de forma revocable a vender la mercancía bajo reserva de propiedad en el curso ordinario de sus negocios. El Comprador no está facultado para pignorar la mercancía bajo reserva de propiedad, cederla como garantía ni realizar cualquier otra disposición que ponga en peligro la propiedad de ACPS Automotive. En caso de embargo u otra intervención por parte de terceros, el Comprador deberá informar a ACPS Automotive sin de- xxxx por escrito y proporcionar toda la información necesaria, informar al tercero de los derechos de propiedad de ACPS Automotive y cooperar en las medidas adoptadas por ACPS Automotive para proteger la mercancía sujeta a reserva de dominio.
11.5 El Comprador cede a ACPS Automotive todas las reclamaciones derivadas de la venta de la mercancía sujeta a reserva de dominio por el importe bruto de la factura, así como todos los derechos accesorios. ACPS Automotive acepta esta cesión. Si la mercancía con reserva de dominio se vende junto con otros productos no suministrados por ACPS Automotive, los créditos derivados de la venta de la mercancía se cederán a ACPS Automotive por el valor bruto de la mercancía con reserva de dominio. Si la cesión no fuera admisible, el Com- prador instruirá irrevocablemente al tercero deudor para que este realice los pagos exclusivamente a ACPS Automotive.
11.6 ACPS Automotive autoriza de forma revocable al Comprador a cobrar los cré- ditos cedidos a ACPS Automotive en fideicomiso en su propio nombre. El de- recho de ACPS Automotive a cobrar estos créditos por sí misma no se verá afectado por ello. Sin embargo, ACPS Automotive no podrá reclamar los cré- ditos por sí misma ni revocar la autorización mientras el Comprador cumpla con sus obligaciones de pago. En caso de que el Comprador incumpla el con- trato –en particular, si no cumple con sus obligaciones de pago–, deberá pro- porcionar al proveedor información sobre los créditos cedidos y los respecti- vos deudores, notificar a los respectivos deudores la cesión de los créditos y presentar a ACPS Automotive todos los documentos e información necesarios para que ACPS Automotive pueda hacer valer sus créditos.
11.7 ACPS Automotive podrá revocar el derecho del Comprador a revender la mer- cancía, así como la autorización de cobro, cuando el Comprador no cumpla debidamente sus obligaciones de pago frente a ACPS Automotive, se retrase en el pago, cese los pagos o se inicie un procedimiento de insolvencia contra los bienes del Comprador.
11.8 A petición del Comprador, ACPS Automotive liberará las garantías existentes en la medida en que el valor recuperable de las mismas supere en más de un 10 % los créditos de ACPS Automotive derivados de la relación comercial con el Comprador, teniendo en cuenta los descuentos habituales de valoración bancaria. La selección de los valores que se van a liberar queda a discreción de ACPS Automotive.
11.9 En el caso de entregarse productos a otra jurisdicción en la que no tenga va- lidez legal la disposición de reserva de dominio de la presente cláusula 11, el Comprador otorgará a ACPS Automotive la correspondiente garantía real. En la medida en que se requieran otras medidas a tal efecto, el Comprador hará todo lo necesario para conceder a ACPS Automotive dicha garantía real sin demora alguna. El Comprador cooperará en todas las medidas necesarias y conducentes a la eficacia y ejecutabilidad de dichas garantías reales.
12. Fuerza mayor
12.1 Si una de las Partes se viera impedida a cumplir con sus obligaciones con- tractuales por actos de fuerza mayor, ACPS Automotive quedará eximida de la obligación de cumplimiento durante el tiempo que dure el impedimento más un plazo razonable, sin que se le exija el pago de una indemnización por daños y perjuicios a la otra Parte. Lo mismo se aplicará en el caso de que cuales- quiera de las Partes se viera obstaculizada o imposibilitada temporalmente por circunstancias imprevisibles y ajenas a su voluntad, en particular, por ac- ciones judiciales, medidas reglamentarias, escasez de energía o interrupcio- nes operativas importantes.
12.2 ACPS Automotive tendrá derecho a rescindir el contrato total o parcialmente si dicho impedimento se prolongara durante más de cuatro (4) meses. A peti- ción del Comprador, ACPS Automotive notificará su intención de ejercer dicho
derecho de rescisión o de entregar la mercancía en un plazo razonable una vez finalizado el periodo de cuatro meses.
12.3 Las Partes acuerdan expresamente que la concurrencia de circunstancias extraordinarias relacionadas con la pandemia de COVID-19 o con pandemias posteriores o acontecimientos similares que puedan tener lugar de ahora en adelante, no se considerará una causa de fuerza mayor que permita al Com- prador incumplir las obligaciones derivadas del presente Contrato, renun- ciando expresamente el Comprador a reclamar la aplicación de la doctrina rebus sic stantibus por cambio de las circunstancias concurrentes en el mo- mento de la ejecución del Contrato.
13. Rescisión del contrato
13.1 Si el Comprador incumple sus obligaciones contractuales, sobre todo por in- cumplimiento de pago, ACPS Automotive tendrá derecho, sin perjuicio de cualquier otro derecho contractual o legal, a rescindir el contrato una vez transcurrido un plazo xx xxxxxx razonable.
13.2 Tras la notificación de la rescisión del contrato, el Comprador deberá facilitar acceso a ACPS Automotive o sus representantes y devolver la mercancía su- jeta a reserva de dominio sin dilación alguna. Tras la oportuna notificación, ACPS Automotive podrá disponer de la mercancía sujeta a reserva de dominio con el fin de satisfacer los importes pendientes de pago por parte del Com- prador. El beneficio de la venta se compensará con las deudas del Comprador, previa deducción de los gastos de venta por un importe razonable.
13.3 Los derechos y las reclamaciones legales no se verán limitados por las dispo- siciones del presente artículo 13.
14. Confidencialidad
14.1 El Comprador se compromete a no revelar por tiempo indefinido cualquier in- formación puesta a su disposición por ACPS Automotive que haya sido califi- cada como confidencial o que obviamente pertenezca a la categoría de se- creto empresarial o comercial, y a no registrar, utilizar ni transferir dicha in- formación o hacerla accesible a terceros de cualquier otra forma.
14.2 El Comprador se asegurará, mediante acuerdos contractuales correspon- dientes con sus empleados y las personas autorizadas que trabajen para él, de que dichas personas se abstengan igualmente y por un plazo de tiempo in- definido de explotar, comunicar o registrar sin autorización previa dichos se- cretos comerciales o empresariales.
15. Ley aplicable, lugar de jurisdicción
15.1 La relación contractual entre el Comprador y ACPS Automotive se rige por el Derecho del Reino de España con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
15.2 La jurisdicción exclusiva para todos los litigios derivados de la presente rela- ción comercial serán los tribunales de la ciudad de Valencia (España). ACPS Automotive también podrá emprender acciones legales en el lugar del domi- cilio social del Comprador o en cualquier otro lugar de jurisdicción admisible.
16. Otras disposiciones
16.1 El Comprador solo podrá ceder derechos y obligaciones a terceros con el consentimiento previo y por escrito de ACPS Automotive.
16.2 El lugar de ejecución para todos los servicios prestados por el Comprador y ACPS Automotive será el domicilio social de ACPS Automotive.
ACPS Automotive Iberia, S.L. "DELS ARGENTERS, XxXXXXX" 00
00000 Xxxxxxxx Xxxxx