ORDEN ESS/1680/2015, DE 28 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL NUEVO MODELO DE CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE LAS ETT CON LAS EMPRESAS USUARIAS
CIRCULAR LABORAL 17/2015
ORDEN ESS/1680/2015, DE 28 DE JULIO, POR LA QUE SE APRUEBA EL NUEVO MODELO DE CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIÓN DE LAS ETT CON LAS EMPRESAS USUARIAS
BOE 08/08/2015
Entrada en vigor: 01/09/2015
El Reglamento de las empresas de trabajo temporal remite expresamente a las disposiciones de desarrollo del real decreto en lo relativo tanto a la asignación del número de autorización administrativa de las empresas de trabajo temporal como para el establecimiento de los modelos oficiales del contrato de puesta a disposición y de la relación de contratos celebrados que debe ser remitida mensualmente por las empresas a la autoridad laboral competente.
El contrato de puesta a disposición se formalizará en el siguiente modelo
Empresa de trabajo temporal
Don/Doña | DNI | En concepto de (1) |
Nombre o razón social | NIF | CCC |
Domicilio | Localidad | |
Número de autorización |
(1) Director, Gerente, etc.
Empresa usuaria
Don/Doña | DNI | En concepto de (2) |
Nombre o razón social | NIF | CCC |
Domicilio | Localidad | Provincia |
Domicilio del centro de trabajo | Localidad | Provincia |
(2) Director, Gerente, etc.
Supuesto de celebración (3) (4)
……………………………………………………………………………………………………………….
(3) Deberá indicarse el supuesto de celebración, con expresión concreta de la causa que lo justifica según lo previsto en el art. 6.2 de la Ley 14/1994, de 1 xx xxxxx.
(4) En el supuesto de contrato para la formación y el aprendizaje deberán consignarse expresamente dentro de las cláusulas adicionales los datos de la persona de la empresa usuaria designada para tutelar el desarrollo de la actividad laboral del trabajador.
Características del puesto de trabajo
Cualificación requerida | |
Funciones | |
Información sobre riesgos laborales del puesto de trabajo y medidas preventivas(5) | |
Lugar y horario de trabajo(6) | Servicios comunes e instalaciones colectivas |
Retribución total | |
Convenio colectivo aplicable |
(5) Informaciones previstas en el art. 2 del RD 216/1999, de 5 de febrero.
(6) Cuando el trabajador preste servicios a bordo de una embarcación, deberá reflejarse el identificador de esta.
Duración del contrato (7)
Desde | Hasta |
(7) Deberá indicarse la duración prevista del contrato de puesta a disposición.
Precio convenido
Cláusulas adicionales:
(Será nula la cláusula del contrato que prohíba la contratación del trabajador por la empresa usuaria a la finalización del contrato de puesta a disposición).
En .............. a ........... de .............. de 20 ......
Por la empresa de trabajo temporal | Por la empresa usuaria |
(firma y sello) | (firma y sello) |