ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE
XXXXX XXX DECLARACIÓN RESPONSABLE
D./Dña……………………………………………………………………………………………….
Con N.I.F……………………
y domicilio en C/………………………………………………………………………………........
Población………………………...............
Con relación a la solicitud de participación en el Certamen Nacional Guión de Cortometrajes.
D E C L A R A
Que no está incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el Artículo 12.2 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que impiden la obtención de beneficiario/a de una subvención (Premio).
(De conformidad con lo dispuesto en el Artículo Único en su punto segundo de la Orden HAC/15/2006, de 11 xx xxxxxx, el órgano gestor controlará el cumplimiento de las obligaciones con el Gobierno de Cantabria por el beneficiario/a.)
En…………………………a………..de… de 2009
Firma.
09/12857
CONSEJERÍA DE EMPLEO Y BIENESTAR SOCIAL
Orden EMP/72/2009, de 21 xx xxxxxx, por la que se modifican la Orden EMP/18/2009, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2009 destina- das a incentivar la contratación estable de personas en situación de desempleo y promover el mantenimiento y posterior conversión en indefinidos de contratos de dura- ción determinada o temporales, la Orden EMP/33/2009, de 20 xx xxxxx, por la que se establecen las bases regu- ladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones destinadas a fomentar la participación, per- manencia y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo, y la Orden EMP/36/2009, de 24 xx xxxxx, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones para la promoción de proyectos en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo.
La Orden EMP/18/2009, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convo- catoria de subvenciones para el año 2009 destinadas a incentivar la contratación estable de personas en situación de desempleo y promover el mantenimiento y posterior conversión en indefinidos de contratos de duración deter- xxxxxx x xxxxxxxxxx (XXX xxx. 00, xx 0 xx xxxxxxx), xx Xxxxx EMP/33/2009, de 20 xx xxxxx, por la que se esta- blecen las bases reguladoras y se aprueba la convocato- ria para el año 2009 de subvenciones destinadas a fomen- tar la participación, permanencia y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo (BOC núm. 62, de 31 xx xxxxx), y la Orden EMP/36/2009, de 24 xx xxxxx, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones para la promoción de proyectos en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo (BOC núm. 65, de 3 xx xxxxx), establecieron la sujeción del régimen de ayudas que regu- laban a lo que dispone el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis, (DOUE n° L 379, de 28 de diciembre de 2006), por lo que los posibles beneficiarios de las mismas no podrían percibir, con carácter general, subvenciones superiores a 200.000 euros durante un período de tres años a partir de la fecha de concesión de la primera de ellas.
Mediante Comunicación 2009/C 16/01, la Comisión Europea ha aprobado el «Marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el
acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera» (DOUE C 16, de 22-01-2009).
Este marco forma parte de las medidas anunciadas por la Comisión Europea el 26 de noviembre de 2008 en su Plan de Recuperación de la Economía Europea, y ha sido aprobado tras la consulta con los Estados miembros.
La Comisión considera que la crisis financiera afecta no sólo a las empresas estructuralmente frágiles, sino tam- bién a las empresas que deberán hacer frente a una repentina escasez o incluso falta de crédito, y que la mejora de la situación financiera de estas empresas ten- drá efectos positivos sobre el conjunto de la economía europea. Por consiguiente, teniendo en cuenta la actual situación económica, ha juzgado necesario autorizar tem- poralmente, bajo determinadas condiciones, un importe limitado de ayuda que, no obstante, será objeto del campo de aplicación del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE, dado que supera el umbral indicado en el Reglamento de minimis mencionado.
A la vista de lo anterior, el Gobierno de España ha noti-
ficado a la Comisión Europea un régimen temporal de ayudas para conceder cantidades limitadas de ayuda compatible, que ha sido aprobado con fecha 8 xx xxxxx de 2009 (Ayuda de Estado nº N 307/2009 – España).
Teniendo en cuenta que la medida adoptada por la Comisión Europea puede tener efectos favorables en la economía regional, permitiendo que determinadas empre- sas con problemas de liquidez reciban un alivio temporal mediante una subvención limitada, se considera necesa- rio disponer la aplicación del «Régimen temporal de ayuda para conceder cantidades limitadas de ayuda com- patible» de España (Ayuda de Estado nº N 307/2009 – España), al régimen jurídico de las subvenciones estable- cido en las órdenes citadas.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en el ar- tículo 33 xx Xxx de Cantabria 6/2002, de 10 diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
DISPONGO
Artículo primero. Modificación de la Orden EMP/18/2009, de 28 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones para el año 2009 destinadas a incentivar la contratación estable de personas en situación de desem- pleo y promover el mantenimiento y posterior conversión en indefinidos de contratos de duración determinada o temporales.
Se añade un nuevo apartado, el tercero, a la disposición adicional primera de la Orden EMP/18/2009, de 28 de enero, con la siguiente redacción:
«3. No obstante lo establecido en los apartados prece- dentes, será de aplicación al régimen jurídico establecido en esta orden el “Régimen temporal de ayuda para con- ceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España (Ayuda de Estado nº N 307/2009 – España) en virtud del cual la cantidad total de ayudas de minimis y de ayudas por empresa concedidas al amparo del “Régimen temporal de ayuda para conceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España, en el período del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2010, no podrá exce- der de 500.000 euros, siempre que se trate de empresas que puedan percibir subvenciones de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.
La aplicación de lo establecido en el párrafo anterior
estará condicionada al cumplimiento de los requisitos exi- gidos en la Comunicación 2009/C 16/01 de la Comisión Europea, sobre el “Marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera”.»
Artículo segundo. Modificación de la Orden EMP/33/2009, de 20 xx xxxxx, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones destinadas a fomentar la participación, permanencia y promoción de las mujeres en el mercado de trabajo.
Se añade un nuevo apartado, el tercero, a la disposición adicional primera de la Orden EMP/33/2009, de 20 xx xxxxx, con la siguiente redacción:
«3. No obstante lo establecido en los apartados prece- dentes, será de aplicación al régimen jurídico establecido en esta orden el “Régimen temporal de ayuda para con- ceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España (Ayuda de Estado nº N 307/2009 – España) en virtud del cual la cantidad total de ayudas de minimis y de ayudas por empresa concedidas al amparo del “Régimen temporal de ayuda para conceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España, en el período del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2010, no podrá exce- der de 500.000 euros, siempre que se trate de empresas que puedan percibir subvenciones de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.
La aplicación de lo establecido en el párrafo anterior estará condicionada al cumplimiento de los requisitos exigidos en la Comunicación 2009/C 16/01 de la Comisión Europea, sobre el “Marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera”.»
Artículo tercero. Modificación de la Orden EMP/36/2009, de 24 xx xxxxx, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2009 de subvenciones para la promoción de pro- yectos en el ámbito de los Nuevos Yacimientos de Empleo. Se añade un nuevo apartado, el tercero, a la disposición adicional primera de la Orden EMP/36/2009, de 24 xx
xxxxx, con la siguiente redacción:
«3. No obstante lo establecido en los apartados prece- dentes, será de aplicación al régimen jurídico establecido en esta orden el “Régimen temporal de ayuda para con- ceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España (Ayuda de Estado nº N 307/2009 – España) en virtud del cual la cantidad total de ayudas de minimis y de ayudas por empresa concedidas al amparo del “Régimen temporal de ayuda para conceder cantidades limitadas de ayuda compatible” de España, en el período del 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2010, no podrá exce- der de 500.000 euros, siempre que se trate de empresas que puedan percibir subvenciones de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis.
La aplicación de lo establecido en el párrafo anterior estará
condicionada al cumplimiento de los requisitos exigidos en la Comunicación 2009/C 16/01 de la Comisión Europea, sobre el “Marco temporal comunitario aplicable a las medidas de ayuda estatal para facilitar el acceso a la financiación en el actual contexto de crisis económica y financiera”.»
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Solicitudes presentadas a la entrada en vigor de esta Orden
Las modificaciones que se introducen serán de aplica- ción a aquellas solicitudes de subvenciones respecto de las cuales no se haya formulado propuesta de resolución a fecha de la entrada en vigor de esta orden
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria».
Santander, 21 xx xxxxxx de 2009.–La consejera de Empleo y Bienestar Social, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxx.
09/12858
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Secretaría General
Notificación de resoluciones de expedientes de subvenciones de Plan Cantabria en Red 2008
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/99 de 13 de enero, se hace pública notificación de trámite de audiencia, para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación, pueda examinará el expediente, formular alegaciones o aportar la documentación que estime oportuna de las resoluciones de modificación de la resolución de concesión procediendo a su revocación y pérdida del derecho al cobro de la subvención, por haber incurrido en causa de incumplimiento previstas en la Orden de HAC/05/2208, de 14 xx xxxxx, modificada por Orden HAC/15/2008, de 17 de septiembre, por el que se establece las bases reguladoras de subvenciones para acceso a Internet, mediante conexión en alta velocidad, Plan Cantabria en Red-Banda Ancha 2008, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar. Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Gestión de Programas de Desarrollo Económico y Social de la Consejería de Economía y Hacienda, sito en X/ Xxxxxx Xxxxxx, Xx 0 xx Xxxxxxxxx.
EXPTE. | NIF | APELLIDOS -NOMBRE | DIRECCIÓN |
7847/2008 | 00000000X | Xxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxx | Xx. Xxxx xxx Xxxxxx, xx 0 Xxxx Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
2987/2008 | X5596163X | Xxxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx | X/ Xxxx Xxxxx Xxxxx, xx 0 0x Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
2570/2008 | X5712734V | Xxxxx Xxxxxx, Xxxx Xxxxx | X/ Xxxxxxxxx, xx 000 00000 Xxxxxx xx Xxxxx |
1555/2008 | 13867109H | Xxxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx | X/ Xxxxx Xxxxxx, xx 00 0x Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
7896/2008 | 72054744E | Xxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxx | Xx. Xxx Xxxxxx xx 00 Xxx. Xx Xxxxxx, xx 8 39318 Cudón |
6099/2008 | 13649920H | Xxxxxxx Xxxxxxxx, Xxxx Xxxx | X/ Xxxx Xxxxxxxx, xx 00 0x X 00000 Xxxxxxxxx |
1786/2008 | 72031940B | Xxxxxxxxx Xxxxx, Xxxxxxx | Xxx. Bellavista, nº 17 39764 Rada |
2396/2008 | 20209156E | Xxxxxx Xxxx, Xxx Xxxxx | Xxxx. xxx Xxxxxxx, xx 00 0x X 00000 Xxxxxxxxx |
2310/2008 | 72398365T | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | X/ Xxxxxxxxx, xx 00X 0x X 00000 Colindres |
2206/2008 | 09269178V | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx Xxxxxxx | Xx. Xx Xxxxxx, xx 00 Xxxx. X Xxxxxx X 00000 Xxxx |
1616/2008 | 13740370D | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx | X/ Xxxxx Xxxxxxxx, xx 00 0x Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
7007/2008 | 72127814K | Xxxxxxx Solar, Xxxxxx | X/ Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, xx 00 0x Xxxxxx 00000 Xxxxxxxxxxx |
7470/2008 | 13769661K | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxx | Xx. Xx Xxxxxxxx xx 00 0x X 00000 Xxx de Anero |
3993/2008 | X6293483Q | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx | Xxxx. Xxxxxxxx, xx 0 0x Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
5908/2008 | X5517258H | Xxxxx, Xxxxx | X/ Xxxxxxx Xxxx, xx 00 0x X 00000 Xxxxxxxxx |
5431/2008 | 72126816N | Xxxxxx Xxxxx, Xxxxx | X/ Xx Xxxxx, xx 00 00000 Xxxxxxxxxx |
347/2008 | 72030616K | Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxx | X/ Xxxxxxx Xxxxx, xx 0 Xxxx. X 0x X 00000 Xxxxxx Xxxxxxxx |
7335/2008 | X7636932N | Xx Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx Xxxxxx | Xx. Emperador, nº 15 Bloq. X 0x X 00000 Xxxxxx |
5928/2008 | 13725603P | Xxxx Xxxxx, Xxx Xxxxxx | X/ Xxxxxxx Xxxxxx, xx 000 Xxxx. 0 0x Xxxx 00000 Xxxxxxxxx |
1234/2008 | 13747153F | Xxxx Xxxxxxxx, Xxxx | X/ Xxxxxxx x/x Xxxx Xxxx 00000 Elechas -Marina de Cudeyo- |
186/2008 | 20196632X | De la Xxx Xxxxx, Xxxxxx | X/ Xxxxxxxxx Xxx. Xxxxx Xxxxx Xxxx. 0 Xxxxxx Xxxx 00000 Isla Playa |
3011/2008 | 46337349P | Xx Xxxxx Xxxxx, Xxxxxx | X/ Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxx, xx 0X Xxxx. xx 0 0x X 00000 Muriedas |