MODELO DE CONTRATO DE AGENCIA INTERNACIONAL.
MODELO DE CONTRATO DE AGENCIA INTERNACIONAL.
ACUERDO CON UN AGENTE COMERCIAL:
Este acuerdo tiene lugar el……………..de…………..de………. entre………………..
(En lo sucesivo denominada la Compañía) cuyo domicilio social se encuentra en………. Por una parte y (En lo sucesivo denominado el Agente) cuyo
domicilio se encuentre en por la otra parte.
POR EL PRESENTE SE ACUERDA lo siguiente
PRIMERO: NOMBRAMIENTO DE AGENTE.
1- Por el presente documento la Compañía nombra al Agente como agente exclusivo de la Compañía con la finalidad de asegurar pedidos en los países a los que hace referencia al Anexo Primero del presente documento (en lo sucesivo denominado el Territorio) para los productos fabricados y/o manufacturados por la Compañía, los cuales se especifican en el Anexo Segundo (en lo sucesivo denominados los Productos).
2- EL nombramiento del Agente comenzará en la fecha del presente y, sujeto a las estipulaciones de terminación detalladas más adelante, continuará durante un período de años a partir de dicha fecha, salvo y hasta que sea terminado
bien porque el Agente o bien porque la Compañía dé a la otra parte notificación por escrito con una antelación no inferior a meses, expirando al final de
dicho plazo o en cualquier momento posterior al mismo.
SEGUNDO: OBLIGACIONES DEL AGENTE.
3- El Agente, por el presente Acuerdo y durante el plazo del mismo, se compromete a:
3.1 Efectuar sus mejores esfuerzos para promover la venta de los Productos solamente a clientes de situación comercial aceptable dentro del Territorio y a informar con regularidad a la Compañía de sus actividades a este respecto y del progreso y desarrollo xxx xxxxxxx para los Productos dentro del Territorio y de todas las regulaciones que afecten a la importación, venta, utilización y montaje de los Productos en el mismo.
3.2 Mantener una oficina permanentemente y personal en el Territorio y pagar todos los gastos cualesquiera que sean en conexión con las actividades del Agente incluidos gastos de papelería y desplazamiento.
3.3 Tener tratos únicamente con clientes dentro del Territorio y a no solicitar pedidos de Productos de clientes de fuera del Territorio con la condición de que esto no impida al Agente (con el consentimiento previo de la Compañía y sujeto a las condiciones de comisión y otras que pudieran acordarse con la Compañía) tener tratos o solicitar pedidos de clientes de fuera del Territorio respecto de Productos para vender dentro del Territorio.
3.4 Salvo que cuente con el previo consentimiento escrito de la Compañía, no llegar a estar directamente o indirectamente ocupado, implicado o interesado en la venta, distribución, suministro o fabricación de mercancías competitivas respecto de los Productos.
3.5 No revelar a otras personas que no sean los empleados del Agente, cualquier secreto comercial o información de naturaleza confidencial revelado al Agente por la Compañía como consecuencia de este Acuerdo y a asegurar que esta estipulación
sea observada por los empleados del Agente. Esta obligación se extenderá más allá de la finalización de este Acuerdo una vez finalizado el cual el Agente devolverá todas las especificaciones, dibujos y demás datos a la Compañía o representantes que actúen en su nombre.
3.6 Salvo que cuente con el previo consentimiento escrito de la Compañía, no firmar ningún contrato ni efectuar adquisiciones ni incurrir en ninguna responsabilidad civil en nombre de la Compañía o de alguna forma comprometer el crédito de la Compañía o de cualquier filial o compañía asociada.
3.7 Transmitir a la Compañía toda consulta o pregunta referida a los Productos tan pronto como sea recibida por el Agente.
3.8 No asignar, transferir o cargar de ninguna forma sea cual sea este Acuerdo o los derechos del Agente bajo este Acuerdo sin la obtención previa del consentimiento escrito de la Compañía.
3.9 Comunicarse con la Compañía en Castellano y traducir a dicho idioma toda información o materiales transmitidos o comunicados por el Agente.
CUARTO: CONDICIONES DE COMERCIO.
4.1 El agente no hará ninguna representación ni dará ninguna garantía respecto de los Productos que no sean representaciones o garantías que puedan de vez en cuando incluirse en la publicidad y especificaciones de literatura promocional y otros materiales que sean suministrados al Agente en conformidad con este Acuerdo.
4.2 El Agente procurará hacer negocios sobre la base de las Condiciones de Venta normales de la Compañía notificadas al Agente cada cierto tiempo, y sujeto al pago mediante carta de Crédito irrevocable confirmada u otras condiciones de pago que pudieran acordarse.
4.3 Cuando así lo solicite la Compañía, el Agente procurará obtener el pago de cuentas vencidas y debidas a la Compañía y el agente remitirá con prontitud e íntegramente a la Compañía sin deducción de ninguna clase todas las cantidades tales obtenidas por el Agente.
4.4 La Compañía tendrá derecho exclusivo a su entera discreción y según considere adecuado de aceptar o negarse a aceptar cualquier pedido de los Productos transmitida a la misma por el Agente. Los contratos en relación con todos los pedidos obtenidos por el Agente y aceptados por la Compañía para la venta de los Productos se harán directamente entre la Compañía y el cliente, salvo que sea acordado de otro modo por la Compañía.
QUINTO: COMISIÓN.
5- El Agente recibirá un pago por parte de la Compañía una comisión con respecto a pedidos de productos aceptados por la Compañía y ya pagados según figura en el Anexo Tercero.
5.1- El precio pertinente a efectos del cálculo de la comisión será el precio desde la fábrica o el almacén (ex Works) de la Compañía (excluidas las cantidades atribuidas a fletes, seguros, embalaje, impuestos, derechos de exportación e importación y gastos de despacho aduanero) de los Productos afectados que sea vigente en el momento de aceptación del pedido.
5.2- La comisión será remitida de la forma y en los plazos especificados en el Anexo Tercero. Si alguna factura respecto de la cual no se haya pagado la comisión no es satisfecha a su vencimiento, la cuantía de la comisión pagadera al Agente será reducida proporcionalmente; y cualquier pago de comisión en exceso será devuelta inmediatamente por el Agente.
5.3 Tras la terminación del Acuerdo, toda comisión debida al Agente respecto de pedidos aceptados por la Compañía antes de la terminación se seguirá pagando en conformidad con las estipulaciones precedentes como si el Acuerdo continuara vigente. No se pagará comisión alguna al Agente por ningún pedido aceptado por la Compañía después de la fecha de terminación.
5.4 La Compañía enviará al Agente copias de todas las cotizaciones, pedidos, acuses de recibo y facturas enviadas por el cliente en el Territorio en relación con los Productos. Cuando dichos documentos especifiquen un precio distinto en aquel en que está basado la comisión del Agente, la Compañía informará al Agente del precio ex Works pertinente a efectos del cálculo de la comisión.
SEXTO: PUBLICIDAD.
6- La promoción y publicidad de los Productos se realizará solamente bajo o en relación con el nombre de la Compañía y cualesquiera otros nombres que pueda especificar cada cierto tiempo la Compañía. El Agente no tendrá ningún derecho a usar le nombre de la Compañía de ninguna manera como una descripción o nombre de su propia empresa. La Compañía proporcionará al Agente la literatura y materiales publicitarios y promocionales que la Compañía considere necesarios. Dicha publicidad será pagada por el Agente salvo que la Compañía acuerde de otro modo por escrito.
SÉPTIMO: RESOLUCIÓN.
7- Sin perjuicio de ningún derecho o recurso que la Compañía pueda tener ante el Agente la Compañía tendrá libertad mediante notificación por escrito al Agente de dar por terminado inmediatamente estés Acuerdo si al Agente se le hubiese impuesto un administrador judicial de quiebra o entrase en alguna composición o arreglo con sus acreedores o en el caso de cualquier suceso equivalente según las leyes del Territorio o si el Agente descontinuase o amenazase con descontinuar su actividad.
7.1 Si el Agente incumpliese alguna de las estipulaciones del presente que han de ser observadas y realizadas por su parte y no remediase dicho incumplimiento en caso de poderse remedia dentro de veintiún días desde la notificación de dicho incumplimiento por la Compañía, entonces la Compañía tendrá el derecho mediante notificación por escrito al Agente a inmediatamente dar por terminado este Acuerdo al expirar o tras la expiración de dicho plazo de veintiún días. Si dicho incumplimiento no es susceptible de ser remediado, la Compañía tendrá el derecho mediante notificación según lo escrito arriba a inmediatamente dar por terminado este Acuerdo.
7.2 Se acuerda expresamente entre las partes del presente que la Compañía no estará obligada a pagar al Agente ninguna compensación que surgiese como resultado de la terminación de este Acuerdo por ninguna causa sea cual sea.
Este Acuerdo a todos los efectos se regirá y será interpretado en concordancia con la legislación española y el Agente se somete por el presente a la jurisdicción de los Tribunales de……………………..
En…………………….a……………..de mes de…………de…………….