PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
INCISO: 08- MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
UNIDAD EJECUTORA: 002: DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº: 07/2013
1.- OBJETO:
Contratación de una empresa proveedora de Servicio de Seguridad, Auxiliar de Vigilancia/Recepción, Mensajería y Chofer para la Dirección Nacional de Industrias (en adelante DNI).
2.- FORMA DE PAGO
30 días a mes vencido.
3.- ESPECIFICACIONES:
3.1.- XXXXXXXX Y ACTIVIDADES A CUMPLIR:
El personal desempeñará funciones en el Edificio Ciudadela, ubicado en la xxxxx Xxxxxxx 000 0xx. xxxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxxxxxxx.
3.2.- SERVICIO DE SEGURIDAD:
1 (un) servicio de seguridad a desempeñar por 3 (tres) operarios en forma conjunta o alternada, de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 7.45 AM y las 19.00 PM en días hábiles (art. 113 Decreto 500/991).
Excepcionalmente, según las necesidades del servicio y a solicitud de la DNI se podrá requerir desempeñar funciones los días xxxxxxx, xxxxxxxx o feriados, en dicho caso la DNI solicitará a la empresa proveedora este servicio adicional con un plazo mínimo de 24 horas de antelación.
Los tres operarios podrán ser destinados a cumplir un servicio de:
SERVICIO DE VIGILANCIA SIN PORTE DE ARMA/XXX.XX RECEPCION:
Cumplirá funciones en la recepción como servicio de vigilancia sin porte de arma/auxiliar de recepción, implica la coordinación de actividades designadas por la Administración de DNI vinculadas al registro y contralor de documentos, correspondencia y materiales recibidos por DNI; así como también el registro, contralor y derivación de personas/visitantes o representantes de otras organizaciones que ingresan/egresan al/del organismo, a las
secciones o áreas que correspondan. En ausencia de la telefonista, recibe y deriva las llamadas telefónicas y cumple las rutinas de trabajo propias de la recepción de DNI.
Asimismo, en coordinación con el personal de limpieza, verifica la disponibilidad de las salas de capacitación y sus materiales/insumos, para las reuniones, seminarios o talleres que fuesen necesarios.
SERVICIO DE MENSAJERÍA:
Cumplirá funciones en la ciudad de Montevideo, llevando documentos, paquetes de menor volumen a pie en un entorno de 10 cuadras en relación a las oficinas de DNI, o en ómnibus si supera esta distancia. Los gastos de transporte serán abonados por DNI contra presentación de los comprobantes correspondientes.
De encontrarse el vehículo oficial disponible y realizar una hoja xx xxxx que cubra varios destinos y coincida con los puntos de destino de la documentación/paquetes a entregar, se utilizará el mismo.
El servicio comprenderá tareas auxiliares tales como la colocación de bidones de agua en los dispensadores dispuestos a tales efectos, el acondicionamiento de los artículos de limpieza, cortinas, la colaboración en los movimientos de materiales/escritorios/equipos en las oficinas y pequeños depósitos internos de la Administración.
SERVICIO DE CHOFER:
Implicará el traslado del Director Nacional o representantes de la DNI (a solicitud de éste) para el desempeño de sus funciones en los días, horarios y destinos determinados por la DNI.
Asimismo, se podrán solicitar otras tareas de apoyo logístico/coordinación de envíos/traslados de materiales y equipos necesarios para el desarrollo de actividades a realizar por la DNI (retiro de equipamiento informático de MIEM-Informática, retiro, traslado y devolución de equipamiento de audio de MIEM-Servicios Generales/Administración), para lo cual irá siempre acompañado de la persona que desempeñará las funciones de mensajería.
En ausencia de traslados a realizar y dentro del horario de servicio, se le podrá solicitar funciones de apoyo al personal de vigilancia desarmada/auxiliar de recepción vinculadas al control de documentación, control de ingreso y registros y otras actividades.
El chofer deberá retirar y entregar el vehículo oficial de la DNI en el estacionamiento de la Unidad Ejecutora DINAMIGE, ubicado en la calle Hervidero 2861.
Con referencia al servicio, la mayoría de los traslados se realizarán en la ciudad de Montevideo, aunque por necesidades de servicio y a requerimiento del Director Nacional, podrá ser necesaria la realización de traslados al interior del país.
A tales efectos, la empresa deberá cotizar como alternativa, la tarifa valor hora/operario/a por actividades a realizarse fuera del departamento de Montevideo (traslados), indicando valor-hora-destino, por:
Tarifa de hasta 8 horas – sin pernocte
Tarifa de 8 a 12 horas – sin pernocte
Tarifa de más de 12 horas – sin pernocte (sale y retorna a MVD en el día).
Tarifa de más de 12 horas – con pernocte.
Dichas tarifas deberán incluir los gastos de alojamiento y dietas (gastos de alimentación). No se aceptarán propuestas que no coticen esta alternativa.
3.3.- CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
La empresa deberá proveer al personal que afecte al cumplimiento del servicio, todos los implementos de seguridad así como uniforme de trabajo y tarjeta de identificación en lugar visible del mismo.
El registro de control horario se deberá realizar mediante el sistema de huella digital en los relojes ubicados a tales efectos.
Para el mensajero y el auxiliar de recepción/vigilancia desarmada, se realizará en el local de la DNI sito en Sarandí 690 2do. entrepiso, para el chofer se realizará en el local de DINAMIGE, sito en Hervidero 2861.
Durante los feriados laborales no se desempeñará funciones en DNI, y por ese concepto para el régimen de jornaleros, no serán abonados.
Se valorará aquellas empresas que otorguen licencia a los operarios que desempeñan funciones en DNI durante los feriados de Carnaval y Semana de Turismo. En tal sentido, la empresa deberá especificarlo en su oferta.
Se valorará aquellas empresas que absorban el personal que actualmente desempeña funciones en la DNI. En tal sentido, la empresa deberá especificarlo en su oferta.
Las empresas deberán especificar en su oferta referencias de trabajos realizados para otros organizaciones (tanto públicas como privadas), incluyendo nombre de la organización, nombre del contacto, teléfono y correo electrónico. La Comisión Asesora de Adjudicaciones realizará la solicitud de ampliación de información si lo entiende necesario.
3.4.- VISITA PROGRAMADA:
Se realizará una sola visita el día martes 28 xx xxxx de 2013 a la hora 11:00 la que será coordinada por la Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx al edificio mencionado en el numeral.1 de este pliego. Dicha visita no será obligatoria para la participación en el presente llamado a licitación. El no concurrir a la misma no da lugar a reclamación alguna.
3.5.- FORMA DE COTIZAR:
Se deberá cotizar el mismo valor hora/operario/a del servicio prestado (tanto para servicio de chofer, mensajería como servicio de vigilancia desarmado / auxiliar de recepción), impuestos incluidos. En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio estipulado en la misma comprende todos los impuestos.
La cotización deberá establecer además, el salario nominal/hora que percibirá el personal que se afecte al servicio, discriminando por categoría de acuerdo a los requerimientos establecidos en los puntos 3,3.1, 3.2, 3.3 del presente pliego.
Será requisito para la consideración de la cotización, que el salario a que refiere el párrafo anterior sea superior en un 20% al laudo establecido por Consejo de Salarios, correspondiente al Grupo y Subgrupo.
Asimismo y como punto de referencia, se presentará el monto mensual estimado tomando como referencia un mes de 30 días (22 días de lunes a viernes).
En función de sus necesidades, la Administración podrá requerir al adjudicatario, la ampliación o reducción de personal, lo que deberá ser cumplido por la adjudicataria en el plazo de 24 horas. En especial el servicio de chofer, el cual podrá reducirse a una jornada mínima de 8 horas o ampliarse en función de las necesidades del servicio.
Se deberá cotizar un valor/hora operario/a.
Se deberá cotizar un valor/hora extra/operario/a.
No se abonarán horas extras sin autorización expresa y por escrito de la Dirección Nacional de Industrias.
Las horas extras se abonarán tal cual lo establece la normativa vigente.
El contratante se reserva el derecho de cambiar el horario de acuerdo a las necesidades del servicio o por los horarios dispuestos oportunamente por el Poder Ejecutivo e incluso incrementar o disminuir el horario.
En especial, de requerirse para traslados de RRHH, equipamiento o materiales para la realización de eventos, seminarios, los operarios podrán realizar otros horarios.
La Administración podrá requerir al oferente respectivo, en un término complementario, que presente aclaración de la oferta, sin que en ningún caso, pueda admitirse que el mismo modifique el monto total originalmente cotizado, como así también no se tendrán en cuenta aquellas ofertas que no se ajusten a la forma de cotización establecida.
Se valorará la oferta que proponga absorber la contratación del personal que se encuentre hoy cumpliendo tareas en esta Secretaría de Estado y que cuente con el visto bueno de la Administración. En tal sentido, la empresa deberá especificarlo en su oferta.
3.6.- REAJUSTE:
Los precios se ajustarán de acuerdo a la variación xxx xxxxx del Grupo y Subgrupo que corresponda; siempre y cuando el servicio realizado durante el primer período haya sido a satisfacción del organismo.
En caso de que el Poder Ejecutivo promueva pautas generales respecto a los períodos en que se aplican los ajustes de precios, los mismos podrán ser modificados en tal sentido.
De proponerse otra fórmula o condiciones de ajuste, la oferta no será considerada.
Respecto a los ajustes, el mes correspondiente al ajuste la empresa abonará a los operarios al valor vigente, hasta que el MTSS otorgue copia del Acta del Consejo de Salarios, a partir del cual en dicho mes se realizará una factura adicional por el aumento establecido. De la misma manera, la empresa proveedora realizará 2 facturas a la Administración, una por las horas realizadas durante dicho mes, y una adicional por el ajuste de precio correspondiente.
Bajo ningún concepto la Administración aceptará facturas con aumentos estimativos calculados por la empresa adjudicataria, sin la copia efectiva del Acta del Consejos de Salarios vigente y correspondiente a dicho ajuste.
3.7.- PLAZO DE CONTRATACION:
El plazo de contratación será de 1 (año) año prorrogable por hasta dos períodos de un año cada uno.
El contrato podrá rescindirse por la Administración comunicándolo mediante telegrama colacionado con 30 (treinta) días de antelación; sin derecho a indemnización alguna.
3.8.- FORMA Y PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deberán presentarse en el Departamento de Adquisiciones y Proveeduría del Ministerio de Industria, Energía y Minería (M.I.E.M.) sito en la calle Rincón 723 piso 1º oficina 103, de lunes a viernes en el horario de 10:00 a 15:00 hrs., en sobre cerrado en cuyo exterior se establecerá el nombre del oferente, número y objeto de la licitación, la oferta original que deberá presentarse en papel (además de dos copias en CD, DVD o pen drive, conteniendo la oferta en 1 solo archivo e idéntica a la oferta original impresa), redactadas en forma clara y precisa, firmada por el oferente o sus representantes.
No se aceptarán ofertas llegadas vía fax o correo electrónico. Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Administración, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.
Las ofertas deberán venir acompañadas de la siguiente documentación:
- Formulario completo de identificación del oferente.
- Fotocopia del recibo que acredite la compra del presente Pliego de Condiciones.
- Recibo de depósito de garantía de mantenimiento de oferta en caso de corresponder.
- Se deberá acreditar la habilitación del Ministerio del Interior y la inscripción en el Registro Nacional de Empresas Prestadoras de servicios de Seguridad, Vigilancia y Afines (XX.XX.XX.XX.).
- Certificado vigente emitido por DINAPYME (si la empresa es Pyme o MIPYME y desea ampararse al régimen de beneficios para compras estatales).
3.8.1.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA:
Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 90 días, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas, a menos que antes de expirar dicho plazo la Administración ya se hubiera expedido respecto a ellas. El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, a no ser que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta o en caso de falta de pronunciamiento de esta última en el término xx xxxx días hábiles y perentorios.
3.8.2.- PLAZO DE DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO:
El plazo a partir del cual el oferente debe comenzar a realizar el servicio cotizado no podrá exceder los cinco (5) días corridos contados a partir de la notificación de la respectiva adjudicación.
3.9.- COSTO XXX XXXXXX:
El presente pliego tendrá un costo de $ 1.000 (pesos uruguayos un mil) y deberá ser adquirido en el Departamento de Finanzas (Tesorería) del M.I.E.M., ubicado en la calle Rincón 723, 1º piso, en días hábiles en el horario de 10:00 a 13:00 hrs.
3.10.- CONSULTAS, ACLARACIONES Y PRÓRROGAS:
Las consultas y aclaraciones sobre el pliego podrán presentarse por escrito en el Departamento de Adquisiciones y Proveeduría o por correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx hasta 5 días hábiles de antelación a la apertura de las ofertas las que podrán ser respondidas antes de las 48 horas de la fecha fijada para la apertura.
Todas las preguntas y sus respuestas serán publicadas en la página web de compras estatales sin identificar al oferente que realizó la consulta.
Cualquier adquiriente xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares podrá solicitar prórroga de la apertura de las ofertas, por escrito en el Departamento de Adquisiciones y Proveeduría o por correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx con 5 días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura de las ofertas, debiendo para ello constituir garantía de mantenimiento de oferta para presentar luego una oferta responsable. La solicitud se considerará denegada si la notificación del organismo a la empresa potencial oferente no se produjera 24 horas antes del día y hora previstos originalmente para la apertura de ofertas.
El monto de la garantía será de $ 500 (pesos uruguayos quinientos) los que serán devueltos solamente si en el acto de apertura de ofertas la empresa oferente efectivamente ha presentado una propuesta correspondiente a este llamado.
4.- ACTO DE APERTURA:
Las ofertas se recibirán hasta el día martes 18 de junio2013, hora 11:30 día y hora en que se realizará el acto de apertura de las mismas en el Departamento de Adquisiciones y Proveeduría del M.I.E.M., sito en Xxxxxx 000 - 0x xxxx, Xxxxxxx 000.
No serán admitidas las propuestas que fueren presentadas luego de la hora prevista para la apertura.
4.1.- PLAZO COMPLEMENTARIO:
Si en la apertura se constata la omisión de la presentación de documentación o información, cuya agregación posterior no altere materialmente la igualdad de los oferentes, la Administración podrá otorgar un plazo de 2 días hábiles e improrrogables, a efectos de que los interesados puedan subsanar la omisión, de acuerdo a lo establecido en el art. 65 del TOCAF.
5.- ESTUDIO Y EVALUACION DE LAS OFERTAS:
A los efectos del análisis de las ofertas, se realizará una evaluación primaria respecto del
cumplimiento de los requisitos formales exigidos en el presente Xxxxxx.
Posteriormente serán evaluadas todas las ofertas que cumplan con los aspectos sustanciales exigidos en la forma que establece el artículo 66 del T.O.C.A.F., estando facultada la Comisión para hacer uso de las facultades que en dicha norma se establecen.
En la evaluación de las ofertas la Comisión podrá tener en consideración además de la calidad y precio del servicio ofrecido, los antecedentes del oferente con el Organismo, la Administración o en plaza, siempre que resulten acreditados fehacientemente.
En este sentido la empresa oferente deberá indicar expresamente en la oferta referencias del servicio brindado en otros organismos u organizaciones (tanto públicas como privadas) indicando lugar, período del servicio cumplido, tareas realizadas, contacto, teléfono y correo electrónico; información que será analizada por la Comisión Asesora de Adjudicaciones.
6.- ADJUDICACIÓN:
La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la oferta que considere más conveniente para sus intereses, aunque no sea la de menor precio, así como también desestimar las cotizaciones que no se ajusten a las condiciones del presente pedido o de rechazarlas todas si las considera no convenientes para esta Unidad Ejecutora (artículo 68 del T.O.C.A.F.) la Administración podrá establecer negociaciones reservadas y paralelas tendientes a mejorar las condiciones de las ofertas.
7.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO:
Dispuesta la adjudicación y notificada al adjudicatario, cumplidos los trámites constitucionales y legales correspondientes, así como acreditado que fueran cumplidas por el adjudicatario las obligaciones establecidas en la cláusula No. 8, en el plazo que la misma establece, se entenderá perfeccionado el contrato por servicios a que refiere este pliego.
Si estuviera vigente la prestación de un servicio anterior, las obligaciones emergentes del contrato así como el cómputo del plazo establecido en el presente quedan suspendidas hasta el día siguiente de la finalización del plazo del contrato anterior.
8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO:
Serán obligaciones del adjudicatario:
8.1.- El adjudicatario deberá acreditar que está en condiciones formales de contratar, en un plazo perentorio de 4 (cuatro) días hábiles contados a partir de la notificación. Dentro de ese plazo deberá presentar:
8.1.1. Comprobante de inscripción en la Tabla de Beneficiarios del Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F).
8.1.2. Para el caso que el adjudicatario sea una persona jurídica certificación notarial de control, vigencia y representación de la misma, expedida como máximo con 15 (quince) días de antelación a la fecha de la Resolución de Adjudicación.
8.1.3. Para el caso de que el adjudicatario sea una persona física o si es una persona jurídica por sus Directores o Administradores, se deberá presentar Certificado expedido por el Registro Nacional de Actos Personales, al día anterior a su presentación, que acredite que los mismos no están comprendidos en los sujetos mencionados en la Ley Nro. 18.244 de fecha 27 de diciembre de 2007.
8.1.4.- Será responsable de la prestación del servicio que ofrezca, por medio de personal capacitado y eficiente en el cumplimiento de sus tareas respectivas y presencia adecuada.
8.1.5.- Xxxxxxxx informada a la Administración acerca del personal que afecte al cumplimiento del servicio, el que deberá mantener una conducta acorde a la moral y las buenas costumbres, observar un trato adecuado con el personal de esta Secretaría de Estado y usuarios. Además, el personal afectado al servicio deberá poseer un nivel de estudio que permita que el servicio se desarrolle en óptimas condiciones.
8.1.6.- Será responsable ante cualquier daño o perjuicio que fuera causado en el cumplimiento de dicho servicio.
8.1.7.- Deberá equipar de uniforme al personal, debiendo estar el mismo en perfectas condiciones de aseo. El personal deberá lucir obligatoriamente el uniforme e identificación.
8.1.8.- Toda la información a los que los operarios tengan acceso en atención al servicio prestado por el oferente, se mantendrá en carácter reservado por parte del personal de la empresa adjudicataria, pudiendo ser solamente suministrada la misma ante requerimientos de la Administración; por lo cual no podrá ser divulgada, teniendo ésta carácter de compromiso y si se verificara dicha situación, la Administración podrá de pleno derecho, rescindir el contrato respectivo sin que ello dé lugar a reclamación alguna.
8.1.9.- Abonar dentro de los plazos legales las retribuciones a los empleados que prestaron servicio en la Administración.
8.2.- Presentar documentación que acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral así como los recaudos que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo así como las contribuciones de seguridad social, como condición previa al pago de los servicios prestados. Las empresas deberán comunicar a la Administración, en caso que éste se lo requiera, los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio a efectos de que se puedan realizar los controles correspondientes. La Administración se reserva el derecho de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
Toda rotura de equipos, materiales, pérdida o extravío de bienes que mediante recibo fuese entregado al personal (por recepción ó traslado de equipos/materiales) será responsable la empresa adjudicataria, que deberá reponerlos en un plazo máximo de 30 días.
En caso de constatarse en la ronda final previo al cierre de oficinas, de alguna rotura o vidrios, ventana o puerta mal cerrada por desperfecto en su funcionamiento, el personal deberá informar en forma inmediata a la empresa adjudicataria, y se deberá disponer de un servicio de vigilancia nocturna, no debiendo abandonar el sitio hasta que la situación se haya resuelto satisfactoriamente.
9.- GARANTIAS Y PENALIDADES:
9.1.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
No corresponde; con excepción de que la empresa potencial oferente solicite prórroga de la fecha de apertura de ofertas. En dicho caso se cumplirá de acuerdo al punto 3.9 de este pliego.
9.2.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
Se establece una garantía de fiel cumplimiento de contrato, por un monto equivalente al 5% del valor adjudicado, la que podrá efectivizarse mediante depósito en efectivo, fianza o aval bancario certificado notarialmente, póliza de seguro de fianza o en valores públicos por el valor nominal correspondiente. Esta garantía deberá constituirse dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la adjudicación. Si el adjudicatario no efectuara el depósito de garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo estipulado a contar desde la fecha de notificación de la adjudicación, la Administración podrá aplicar una multa equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto de la adjudicación y asimismo podrá dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso se responsabilizará al adjudicatario por los perjuicios que cause su incumplimiento, por los montos correspondientes. La garantía de fiel cumplimiento de contrato se devolverá inmediatamente después de cumplidas totalmente las obligaciones contraídas, si la oficina competente constatara que no hay reclamaciones pendientes. En caso contrario, se devolverán una vez resueltas las mismas.
A los efectos de considerar el monto sobre el cual se calcularán las garantías a establecer, se considera el monto anual de contratación.
9.3.- Producida la adjudicación, en caso de que el adjudicatario no cumpla con lo ofertado se le impondrá una multa del 25% del monto adjudicado, sin perjuicio de las indemnizaciones por daños y perjuicios que pudieran corresponder.
10.- CONFORMIDAD DEL SERVICIO:
Los servicios prestados serán controlados por la División Administración de la DNI, la que procederá a dar su conformidad por escrito, pudiendo realizar observaciones al mismo si a su juicio entiende que no se ajusta a lo pactado, según lo establecido en el pliego de condiciones, normativa vigente, oferta y contrato respectivo.
11.- NORMATIVA APLICABLE:
Esta contratación se enmarca, en lo pertinente, en lo dispuesto por las siguientes normas:
T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto Reglamentario N° 150/012 de 11 xx xxxx de 2012.
Art. 8º de la Ley N° 16.134 de 24 de setiembre de 1990.
Decreto Reglamentario N° 288/993 de 22 xx xxxxx de 1993 (consideración de productos nacionales).
Decreto Reglamentario N° 53/993 de 28 de enero de 1993 (Pliego único de Bases y Condiciones Generales para los contratos de suministros y servicios no personales).
Art. 42 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996 y su Decreto Reglamentario N° 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera).
Decreto Reglamentario N° 342/999 de 26 de octubre de 1999 (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el Decreto Reglamentario N° 20/2002 de 16 de enero de 2002.
Ley N° 17.250 de 11 xx xxxxxx de 2000 y su Decreto Reglamentario Nº 244/2000 de 23 xx xxxxxx de 2000. (Relaciones de Consumo).
Decreto Reglamentario N° 500/991 de 27 de setiembre de 1991 (Procedimiento administrativo).
Decreto Reglamentario N° 475/05 de 14 de noviembre de 2005.
Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de la licitación.
La presentación de la oferta implica por parte del oferente el conocimiento de la legislación nacional vigente.
Se recuerda a los oferentes que para amparase al régimen de PYME o MIPYME para el cuadro comparativo de ofertas, deberán presentar junto con la oferta copia del Certificado vigente emitido por DINAPYME, que acredite que la empresa está inscripta en el Registro de Empresas PYMES o MIPYMES.
12.- DOCUMENTOS INTEGRANTES:
Se considerarán documentos integrantes de la presente licitación, este pliego de condiciones particulares, el T.O.C.A.F. y demás Leyes, Decretos, Resoluciones del Poder Ejecutivo y Resoluciones del M.I.E.M. en la materia, vigentes a la fecha de apertura de las ofertas, así como las demás normas específicas en materia de licitaciones legales que regulan los llamados a licitación vigentes a la fecha del llamado a licitación y el pliego de Bases y Condiciones Generales aprobado por Decreto Nº 53/993 de 28 de febrero de 1993.
13.- EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD:
La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno de los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios.
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