Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES EN ADRA, INCLUIDO EN LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE E INTEGRADO (EDUSI) DE ADRA, COFINANCIADA POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020.
06/04/2018
CONTRATO MENOR.
1. Objeto del Contrato.
Es objeto del presente contrato la contratación del Servicio correspondiente a la consultoría y asistencia técnica para analizar objetivamente el grado de amabilidad que tiene la caminabilidad en un entorno edificado y saber si ese entorno construido es más o menos amistoso con la presencia de personas en esa zona, en la que viven, trabajan, hacen sus compras, van de visita, la transitan o pasan allí su tiempo libre. Este análisis será la base para el diseño de rutas o caminos escolares seguros con las que se pretende potenciar los desplazamientos peatonales y en bicicleta de los niños y las niñas hacia y desde sus centros escolares, siendo estos desplazamientos seguros, cómodos y permitiendo el disfrute de su autonomía.
En definitiva, el presente contrato tiene por objeto la definición e implantación de rutas escolares seguras en el Término Municipal de Adra, estando integradas dentro de las infraestructuras viales existentes y dando acceso a los diferentes edificios escolares.
Se encuentra dentro del Objetivo Temático 4, Línea de Actuación L2R. “MOVILIDAD SOSTENIBLE” del POCS de la Estrategia de Desarrollo Urbano Sostenible (EDUSI) del Ayuntamiento de Adra “Adra Ciudad 2020”, proyecto financiado en un 80% por Unión Europea-Fondos FEDER.
Se trata de un Contrato de Servicios, regulado en el art. 17 de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017, de 8 de noviembre).
2. Necesidades administrativas a satisfacer mediante el contrato.
Dentro de la Estrategia Integrada de Desarrollo Urbano Sostenible (Periodo 2014-2020), en este Plan se deberán proyectar las medidas a ejecutar en cuanto a la definición de los caminos escolares a nivel de señalización específica tanto horizontal como vertical de la ruta, así como los trabajos de adecuación de los viales existentes que proporcionen unas condiciones de accesibilidad y seguridad vial suficientes en el entorno del centro educativo para que sea factible el acceso seguro de los niños y niñas andando o en bicicleta sin que sea necesario el acompañamiento por parte de un adulto.
El contratista elaborará la documentación necesaria para las fases formales sucesivas, así como los documentos señalados en los apartados siguientes y los complementarios que resulten necesarios para justificar las propuestas.
El contratista está obligado a elaborar un proyecto para la participación ciudadana, con la elaboración de los documentos necesarios, así como participar en las reuniones que se establezcan.
El contratista está obligado a informar las posibles sugerencias, alegaciones y recursos surgidos en la tramitación de los documentos, e introducir las modificaciones necesarias para la aprobación definitiva.
3. Servicios mínimos a integrar en el contrato.
El diseño de los caminos escolares tendrá como base la siguiente documentación:
- Camino Escolar paso a paso. Dirección General de Tráfico (D.G.T.)
- Manual para la implementación de caminos escolares seguros. Colección Medio Ambiente Compartido (Diputación de Granada).
Los trabajos a realizar por la persona o entidad adjudicataria serán:
- FASE 1: Análisis de Caminabilidad del núcleo urbano de Adra
- FASE 2: Proyecto de Caminos Escolares en Adra.
- FASE 3: Dirección Facultativa de las obras del Proyecto de construcción de Caminos Escolares en Adra
Las características técnicas del Servicio a prestar vienen determinadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas que se aprueba junto con el presente Pliego de Cláusulas Administrativas.
4. Presupuesto base de licitación.
El presupuesto base de licitación tiene un importe de: CATORCE MIL QUINIENTOS EUROS (14.500,00.-€). Desglosado de la siguiente forma:
- Fase 1: Análisis de Caminabilidad. El presupuesto Base de Licitación (incluido el I.V.A.) asciende a la cantidad de nueve mil euros (9.000,00€).
- Fase 2 y Fase 3: Proyecto y Dirección Facultativa de Caminos Escolares. El presupuesto Base de Licitación (incluido el I.V.A.) asciende a la cantidad de nueve mil euros (5.500,00 €).
A la cantidad anterior, corresponde en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido: TRES MIL CUARENTA Y CINCO EUROS (3.045,00.-€).
El total del presupuesto de licitación asciende a un importe de DIECISIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS (17.545,00.-€).
El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 459.627.00 “PLAN ESTRATÉGICO CIUDAD E-DUSI” del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato de conformidad con su carácter finalista.
5. Duración del contrato.
El Contrato tendrá una duración máxima de 4 meses, a contar desde la firma del mismo. La ejecución se realizará de acuerdo con el calendario del Programa de Trabajo propuesto por el licitante.
Este plazo no podrá prorrogarse, conforme a lo establecido en el art. 29.8 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Una vez adjudicadas las obras y establecido el plazo de ejecución de las mismas, se procederá al ajuste del plazo de la Dirección de Obra y la Coordinación de seguridad y salud objeto de este pliego, de forma que coincida con el de las obras.
Cualquier modificación en los plazos de entrega parciales o finales deberá ser aprobada por el Órgano Contratante y por la Dirección Facultativa.
6. Derechos y Obligaciones de las partes.
Obligaciones por el Ayuntamiento de Adra.
- El Ayuntamiento de Adra está obligado al pago de las facturas totales o parciales que se fueran emitiendo por el adjudicatario.
- El Ayuntamiento de Adra está obligado a facilitar la información necesaria a las personas formalmente acreditadas por el adjudicatario a efectos de la conformación de los Planes.
Obligaciones por el Adjudicatario del contrato.
- A prestar el Servicio garantizando el adecuado cumplimiento de los Pliegos De Cláusulas que forman parte del presente expediente, así como con arreglo a las interpretaciones que, en el caso de dudas, se hicieran desde ésta Administración.
- Cumplir con el objeto del contrato en los términos de la Oferta presentada.
- Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes. Deberán de identificarse las personas encargadas de la prestación del servicio ante ésta Administración, así como sus variaciones.
- Deberá cumplir con todas las determinaciones de carácter obligatorio derivadas de la normativa legal de aplicación vigente en cada momento en materia laboral, de Seguridad Social así como prevención, garantizando la prestación de dichos Servicios al Ayuntamiento de Adra.
- Cumplir con las obligaciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, recayendo sobre su responsabilidad cualquier incumplimiento derivado de la prestación del Servicio.
- Considerar de carácter confidencial cualesquiera datos que resultaran obtenidos por parte del Ayuntamiento de Adra al objeto de la formación de los correspondientes Planes ya mencionados, los cuáles no podrán ser utilizados para cualquier otro destino o finalidad ni quedando autorizada su divulgación por parte del Adjudicatario.
7. Régimen jurídico del contrato y documentos que tienen carácter contractual. Este contrato tiene carácter Administrativo y se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción por la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) aprobada por Ley 9/2017, de 8 de noviembre y sus disposiciones de desarrollo; y, en su defecto, las normas de derecho privado.
Además del presente pliego tendrá carácter contractual el documento en que se formalice el contrato.
8. Procedimiento de adjudicación.
El contrato se adjudicará por el procedimiento previsto en la LCSP para los Contratos Menores
Art. 118. 1. “. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. Asimismo se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.”.
Art. 131.3: “Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 118.”.
9.- Invitaciones
En ejecución del Acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 02/12/2016, el Ayuntamiento formulará invitaciones, al menos a 3 empresas del Sector, para que formulen oferta al procedimiento de licitación.
10. Plazo de presentación de las ofertas y demás requisitos de las mismas.
Las empresas licitadoras deberán presentar sus ofertas dentro del plazo de 10 días hábiles; a contar desde el día siguiente al de recepción de la invitación cursada por el Ayuntamiento.
Las ofertas de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en este Pliego.
Las ofertas serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a su apertura en público de las mismas.
Cada licitador no podrá presentar más de una oferta, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes o mejoras cuando se permita su presentación.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
11. Presentación de ofertas.
La documentación para las licitaciones se presentará en sobres cerrados, identificados,
en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa, y un teléfono de contacto.
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente.
Los sobres se presentarán en las dependencias del Ayuntamiento de Adra sitas en Plaza Puerta del Mar, nº 3, durante los días hábiles, en horario de 8:45 a 14:15 horas, y si el final del plazo coincidiera en domingo o festivo se pasaría al primer día hábil siguiente; dando al presentador como acreditación recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y hora de la presentación.
De igual modo, las ofertas podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
12. Forma en que deben presentarse las ofertas.
Las ofertas se presentarán en DOS sobres numerados correlativamente:
Con carácter general, las proposiciones se presentarán en DOS sobres numerados correlativamente.
A. EL SOBRE NÚMERO 1, denominado “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”. Contendrá, de conformidad con lo que dispone el artículo 140 de la Ley de Contratos del Sector Público, la siguiente documentación que deberá reunir los requisitos de autenticidad previstos en las Leyes:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI; los empresarios personas jurídicas, la escritura o los documentos en que conste la constitución de la entidad y los estatutos por que se rija, debidamente inscritos en el Registro Mercantil o en el que corresponda.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente
o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 2º) Documentos acreditativos de la representación: Cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien
o quienes suscriban la proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o los apoderados.
3º) Documento de compromiso de constituir una Unión Temporal de Empresas:
En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal
aportarán además un documento, que podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que a cada uno de ellos corresponda en la UTE.
4º) Documento constitutivo de la garantía provisional o resguardo acreditativo de su constitución, cuando se haya exigido.
5º) Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar, y la de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. (Anexos III y IV).
6º) Acreditación de la solvencia cuando no proceda exigir la clasificación: La solvencia económica y financiera y la solvencia técnica y profesional del empresario exigida en el Pliego de Cláusulas Técnicas, deberá acreditarse, a criterio del órgano de contratación, en función del objeto del contrato, de su importe y de sus características por uno o varios de los medios siguientes:
- Solvencia financiera: Los licitadores deberán disponer de:
Seguro Responsabilidad Civil.
Xxxx acreditarse disponer de una cifra de negocios durante cada uno de los tres últimos años, superior al máximo licitado.
Xxxx acreditarse haber realizado al menos 5 Trabajos realizados en el ámbito de la Estrategia de Desarrollo Urbana Sostenible e Integrada.
Medios de justificación:
a) Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa, indicando el importe de la facturación de la empresa ha gestionado durante los tres últimos años.
- Solvencia técnica y profesional:
a) Las empresas que presenten ofertas para la realización de este Plan deberán ofertar la composición del equipo técnico. Como mínimo se debe contemplar cada uno de los campos que se relacionan a continuación. En la oferta se indicará la persona responsable, con nombre, titulación, tiempo dedicación y experiencia:
Jefe de equipo - Coordinador del Proyecto: Técnico superior con 10 años de experiencia contrastada mediante certificado en materia de movilidad urbana.
Dirección de obra: Técnico superior con 10 años de experiencia contrastada mediante certificado en materia de movilidad urbana.
Gestión de la movilidad peatonal: Técnico superior o medio con al menos 2 años de experiencia en la elaboración de medidas de gestión de la movilidad.
Participación Ciudadana: Técnico con al menos 2 años de experiencia en participación pública ligada a la movilidad.
Coordinación de seguridad y Salud: Técnico superior (master) en Prevención de Riesgos Laborales con al menos 5 años de experiencia.
7º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
8º) Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia podrá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax.
9º) Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad o en situación de exclusión social. Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional cuarta del Texto Refundido de la Ley de contratos del sector público, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere la citada disposición adicional.
B) EL SOBRE Nº 2, denominado “CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS Y CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR”; contendrá:
A) La Oferta Económica, único criterio valorable mediante la aplicación de fórmulas, en la que se expresará el precio de ejecución del Contrato de Servicios, debiendo figurar como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido. La oferta económica se presentará conforme al modelo que se incorpora como anexo I.
B) Criterios evaluables mediante Juicios de Valor.- Se incluirán aquellos documentos que sean precisos para la valoración de los criterios evaluables mediante Juicios de valor, contenidos en el apartado 13.
13. Criterios para la adjudicación del contrato.
La adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los siguientes criterios:
CRITERIOS DE VALORACIÓN (100 puntos)
13.1. MEDIANTE FÓRMULAS (30% de la valoración)
Precio: 30 puntos.
(Se valorará de conformidad con la siguiente fórmula): P = 30 x (min / Of), siendo:
P = Puntuación obtenida por cada oferta. min = Oferta más baja.
Of = Oferta correspondiente a cada licitador.
A. OFERTA TÉCNICA: HASTA 70 PUNTOS, REPARTIDOS DE LA MANERA SIGUIENTE:
13.2. MEDIANTE JUICIO DE VALOR (70% de la valoración)
A) Metodología para la realización de los trabajos. Hasta 35 puntos. Se valorará:
- Viabilidad e idoneidad de la metodología a seguir en relación con los trabajos de redacción de Proyecto Objeto de licitación, teniendo en cuenta la coherencia técnica y racionalidad de las previsiones consideradas, asimismo el grado de conocimiento de la realidad física del territorio en el que se sitúa la infraestructura a proyectar y construir, a partir de la descripción que se realice en la metodología sobre las características territoriales de su zona de ubicación, su emplazamiento y las circunstancias técnicas y económicas que concurren en las mismas.
- En la Memoria técnica se expondrá la metodología de los trabajos de redacción de Proyecto y Dirección Facultativa, describiendo pormenorizadamente las fases y forma de ejecución de los mismos con indicación del personal propuesto por el Consultor en cada una de ellas y grado de dedicación, y procedimientos a aplicar.
- Se hará una descripción de las características físicas territoriales en las que se ha de inscribir la infraestructura y sus posibles incidencias en la misma.
- Así mismo se deberá indicar detalladamente el alcance de los trabajos ofertados.
B) Equipo Técnico (Composición, nº de personas y mejora cualificación profesional). Hasta 10 puntos.
C) Programación de los Trabajos de redacción de proyecto de acuerdo con el desglose de actividades, indicando el plazo ofertado por el consultor. En la programación de los trabajos de Proyecto se pondrá de manifiesto la posibilidad de ejecutarlos, según los plazos parciales y necesarios para las distintas actividades. Se presentará un diagrama de precedencias xx xxxxxx (Diagrama xx Xxxxx). Hasta 20 puntos.
D) Cláusulas Sociales y Medioambientales (hasta 5 puntos).
Serán valoradas con un máximo de 5 puntos las empresas licitadoras que acrediten:
- Tener en su plantilla criterios sociales como la calidad en las condiciones de empleo, o de inserción sociolaboral de colectivos desfavorecidos o con diversidad funcional.
- Medidas de protección y salvaguarda del Medio Ambiente.
Síntesis Valoración:
Criterio | Puntos |
Mediante Fórmulas (30%) | |
Precio | 30 puntos |
Juicio de Valor (70%) | |
Metodología para la realización de los trabajos. | 35 puntos |
Equipo Técnico | 10 puntos |
Programación de los trabajos. | 20 puntos |
Cláusulas Sociales y Medioambientales | 5 puntos |
Las ofertas, con el fin de ser consideradas, deberán obtener un mínimo de la mitad de puntos en cada uno de los apartados de la oferta técnica, y de 35 puntos en su conjunto. Si no los obtuvieran, quedarán automáticamente excluidas.
Las ofertas podrán incluir gráficos, ilustraciones, bocetos, presentaciones multimedia o cualquier otro medio que el oferente estime adecuado. Deberá incluir la metodología a seguir para la realización de los trabajos y el alcance de los mismos, y detallará asimismo una planificación completa de cada uno de los trabajos y los medios a utilizar (trabajos de campo, encuestas, aforos, programas informáticos, etc.).
La metodología de los trabajos y la descripción de las características físicas territoriales tendrán, en conjunto, una extensión máxima de 30 páginas, incluidos documentación gráfica, cuadros, modelos de impresos, organigramas.
14. Apertura de las ofertas.
La apertura de las proposiciones se efectuará en el plazo máximo de 15 DÍAS HÁBILES contados desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
15. Adjudicación provisional y definitiva.
La adjudicación provisional se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del contrato y se publicará conforme a lo establecido en los artículos 63 y 151 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, la adjudicación provisional de los correspondientes contratos deberá efectuarse en el plazo máximo de 2 meses, contados desde aquel en que concluya el plazo de presentación de ofertas (art. 158 LCSP).
Para que la adjudicación provisional sea elevada a definitiva, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá además la certificación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Resguardo de la garantía definitiva y, en su caso, de la garantía complementaria
exigida. Cuando así se admita en dicho Cuadro de características, la constitución de estas garantías podrá acreditarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
- Cuando se exija expresamente con arreglo a lo dispuesto en el artículo 64.2 del texto Refundido, la documentación acreditativa de que el adjudicatario dispone de los medios materiales y personales que específicamente deba adscribir a la ejecución del contrato.
La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo establecido en la normativa vigente.
Cuando los licitadores hayan concurrido en Unión Temporal de Empresas, la escritura de constitución deberá aportarse antes de la formalización del contrato.
Igualmente, cuando se exija al adjudicatario que concierte algún tipo de seguro, antes de la formalización del contrato, deberá aportarse la póliza correspondiente.
16. Régimen de pagos.
Será el siguiente:
- El 50% del precio del contrato, a la fecha de la acreditación de haberse realizado el 50% de los trabajos contratados, previa conformidad del Ayuntamiento.
- El 50% restante, a la finalización de los trabajos y entrega del Estudio encargado, previa aceptación de los mismos por el órgano de contratación.,
Los plazos de presentación de las facturas por los proveedores o contratistas y abono de las mismas por la Administración, serán los vigentes en cada momento de la normativa de Contratación del Sector Público.
Y se abonarán, previa presentación de la correspondiente factura, con el importe del servicio, aprobada por la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
El adjudicatario presentará sus facturas a través del punto general de entrada de facturas electrónicas de la Administración General del Estado (FACE) (xxxx://xxxx.xxx.xx), según lo previsto en el art. 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.
El contratista tendrá derecho a percibir también abonos a cuenta en los términos establecidos en artículo 198 de la Ley de Contratos del Sector Público.
En todo caso, se le exigirá la constitución de garantía en forma de aval, u otra admitida por la Ley.
17. Aplicación de la normativa en materia de Contratos
Para el resto de cuestiones que afecten al contrato se aplicará la normativa vigente en materia de contratación, y en especial lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre.
18. Jurisdicción
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa, y contra los mismos se podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el
mismo órgano o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación.
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley de Contratos del Sector Público, de 8 de noviembre.
Cualquier conflicto que se plantee entre las partes, será resuelto por los Tribunales de Almería, renunciando las partes al fuero judicial que pudiere corresponderle.
19. Información y publicidad
La entidad adjudicataria estará obligada a cumplir las obligaciones de información y publicidad establecidas en el Anexo XII, sección 2.2 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
ANEXO I:
PROPOSICIÓN ECONÓMICA PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO MENOR DE SERVICIOS DE “CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES EN ADRA”.
D..............................................................................., mayor de edad, con
domicilio en .............................., con D.N.I nº............................., en nombre propio/o
como acredita, en nombre de..........................................................., enterado de la convocatoria de procedimiento menor para el contrato de Servicio señalado en el encabezamiento, toma parte de la misma, comprometiéndose a la ejecución por un importe de ...................................................€ (en letra y número) más. ,
correspondientes al tanto por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), con arreglo al pliego de cláusulas administrativas que afecta íntegramente.
En Adra, a …. de ……….…. de…....
ANEXO II: SOLICITUD
Don con D.N.I. n°. y domicilio en
Actuando:
en nombre y representación de , entidad con domicilio en y C.l.F ;
en relación con el procedimiento que a continuación se señala:
EXPEDIENTE:
CONTRATO MENOR DE SERVICIOS DE
“CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES EN ADRA””.
SOLICITA
Ser admitido en el procedimiento de licitación para la adjudicación del citado contrato.
En ,a de de Firmado:
XXXXX XXX: DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don con D.N.I. n°. y domicilio en
Actuando:
en nombre y representación de , entidad con domicilio en y C.l.F ;
en relación con el procedimiento de licitación que a continuación se señala:.
EXPEDIENTE: CONTRATO MENOR DE SERVICIOS DE “CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES EN ADRA””.
declara, bajo su personal responsabilidad:
1. Que el licitador persona física o los administradores de la persona jurídica que representa, incluidos los miembros de Alta Dirección, no se hallan comprendidos ni les afectan las causas de incompatibilidad, ni las prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público.
2. Que no forma parte de la entidad persona alguna incursa en los supuestos a que se refiere la Ley 12/1995, de 11 xx xxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos; Ley 5/1984, de 24 xx Xxxxx, modificada por Ley 4/1990, de 23 xx Xxxxx, sobre incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración Pública Andaluza; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de Administraciones Públicas; Decreto 8/1985, de 22 de enero, sobre Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y organismos dependientes; y
3. Que no ha participado en la elaboración de las especificaciones técnicas del contrato que se licita.
4. Que en relación con lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público:
□ No pertenece a ningún grupo de empresas en los términos establecidos en el artículo
42.1 del Código de Comercio.
□ Pertenece a un grupo de empresas compuesto por las que se indican en la relación adjunta señalando igualmente la relación de socios a que se refiere el artículo 86.2 del citado Reglamento General con indicación de los que se presentan a la licitación. La relación incluye el nombre y apellidos o denominación y el n° de identificación fiscal.
Y para que así conste y surta efecto donde quiera que pueda ser presentado hago la declaración precedente en
a de de dos mil dieciocho.
Fdo
*Señalar con una X lo que proceda.
ANEXO IV: DECLARACIÓN RESPONSABLE
Don con D.N.I. n°. y domicilio en
Actuando:
en nombre y representación de , entidad con domicilio en y C.l.F ;
en relación con el procedimiento de licitación que a continuación se señala:
EXPEDIENTE: CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LOS SERVICIOS DE REDACCIÓN DE PROYECTO, DIRECCIÓN DE OBRA Y COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD DE LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN DE CAMINOS ESCOLARES EN ADRA””.
declara, bajo su personal responsabilidad:
1. Que se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía y con la Seguridad Social así como en el Impuesto de Actividades Económicas previstas por la disposiciones vigentes tal como:
□Se acredita con la documentación que se acompaña
□Se acreditará con la documentación correspondiente comprometiéndose a aportarla con anterioridad a la adjudicación del contrato o en otro caso será excluido del procedimiento.
Y para que así conste y surta efecto donde quiera que pueda ser presentado hago la declaración precedente en
a de de dos mil dieciocho.
Fdo
*Señalar con una X lo que proceda.