MODELO DE CONTRATO DE SUBVENCIÓN
MODELO DE CONTRATO DE SUBVENCIÓN
CONSIDERANDO
El Reglamento del Consejo (CE) 1080/2006 de 5 de Julio, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional;
El Reglamento del Consejo (CE) 1083/2006 de 11 de Julio, que establece las disposiciones generales sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional , el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión;
El Reglamento del Consejo (CE) 1989/2006 de 21 de Diciembre, que altera el Anexo III Reglamento (CE) 1083/2006;
El Reglamento del Consejo (CE) 1828/2006 de 8 de Diciembre, que prevé las normas de ejecución del Reglamento (CE) 1083/2006 y del Reglamento (CE) 1080/2006;
La Decisión de la Comisión Europea CCI 2007CB 16.3 XX 000 del 20 de Septiembre de 2007, referente a la aprobación del Programa Operacional para el período 2007-2013 y que concede el apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER);
Los sistemas de gestión y control adoptados en el Programa de Cooperación Transnacional Espacio Atlántico,
CONSIDERANDO ADEMAS
La candidatura presentada a financiamiento FEDER en XX/XX/XXXX, La Decisión del Comité de Seguimiento del XX/XX/XXXX,
La carta de notificación de la decisión del Comité de Seguimiento XX/XX/XXXX.
ENTRE
La Comissão de Coordenação e Desenvolvimento Regional do Norte, en calidad de Autoridad de Gestión del Programa de Cooperación Transnacional Espacio Atlántico 2007-2013 con sede en Xxx Xxxxxx X. Xxxxxxxxx 000 – 0000-000, Xxxxx, Xxxxxxxx, con NIF 600074404, representada por su Vicepresidente,
Y la,
“NameOrganisationPartner1”, con sede en “AddressOrganisationPartner1”, “CodPost” “City”, “Country” representada por “NameSurnameLegalRepresentativePartner1”, beneficiario principal de la financiación FEDER, con NIF “TaxIdentificationNumberPartner1”.
SE CELEBRA EL PRESENTE CONTRATO DE SUBVENCION
ARTICULO 1. Objeto y Objetivos
1.1 El presente contrato tiene por objeto la concesión de una subvención FEDER para la financiación del proyecto del Espacio Atlántico nº “ProjectNumber”, “Acronymeproject” – “AddressProject” (prioridad: “PriorityProject”, objetivo: “ObjectiveProject”) según las condiciones del Contrato y los Anexos que lo constituyen.
El objetivo es definir las condiciones de implementación y financiación del proyecto, tal y como fue descrito en el respectivo formulario de candidatura y en la decisión de financiación y anexos, que forman parte integrante del presente contrato.
El proyecto es coordinado por el Beneficiario Principal e implementado, en los términos recogidos en el Acuerdo de Partenariado Trasnacional, con la colaboración de las siguientes organizaciones, que constituyen beneficiarios finales de la cofinanciación FEDER:
Socios | País | Nombre de la Organización miembro del Partenariado Transnacional |
Partner 1 | “CodeCountryPartner1” | “NameOrganisationPartner1” |
Partner 2 | “CodeCountryPartner2” | “NameOrganisationPartner2” |
Partner 3 | “CodeCountryPartner3” | “NameOrganisationPartner3” |
……. | …….. | ....... |
Socios asociados | País | Nombre de la Organización miembro del Partenariado Transnacional |
« AssociatePart ner x » | “CodeCou ntryPartne rx” | “NameOrganisationAssociatePartnerx” |
……. | …….. | ....... |
1.2 Los documentos Anexos que forman parte integrante del presente Contrato de Subvención, son los siguientes:
• Copia de la Carta de XX/XX/XXXX que notifica la Decisión del Comité de Seguimiento (anexo 1).
• Formulario de Candidatura Aprobado (anexo 2).
• Acuerdo de Partenariado Trasnacional (anexo 3).
• Documentos acreditativos de la disponibilidad de cofinanciación nacional (anexo 4).
• Documento acreditativo de la solvencia del Beneficiario Principal, excepto en el caso de las Administraciones Públicas cuya solvencia se considera demostrada (anexo 5).
• Datos de identificación bancaria del Beneficiario Principal: (anexo 6).
ARTICULO 2. Cuantía Máxima de Subvención
2.1 Teniendo como base el plan de trabajo y el presupuesto de la candidatura aprobada, el máximo previsto de financiación FEDER es de «2.totalERDF», representando «2.rateERDF» del coste total elegible de «2.totalEligibleCost».
2.2 El Beneficiario Principal declara que verificó el cumplimiento de las reglas legales y los reglamentos relativos a la financiación de cada socio,
2.3 El montante FEDER final está sujeto a la condición de la implementación de las actividades descritas en el plan de trabajo presentado en la candidatura aprobada. Este montante será calculado con base a los gastos efectivamente realizados y debidamente certificados, deduciendo los eventuales ingresos generados y recaudados.
ARTICULO 3. Período Contractual
3.1 El Contrato de Subvención entra en vigor a partir de la fecha de la firma por ambas partes y se mantiene válido hasta la declaración de cierre del proyecto por la Autoridad de Gestión.
3.2 Si en la fecha de celebración del contrato, el proyecto aun no se hubiese iniciado, deberá realizarse en el plazo de tres meses desde la firma del Contrato de Subvención.
El no cumplimiento de este plazo implicara un recurso de decisión del Comité de Seguimiento, a solicitud de la Autoridad de Gestión, para una eventual anulación del Contrato de Subvención.
3.3 El Beneficiario Principal debe comunicar por escrito a la Autoridad de Gestión el inicio de las actividades. El inicio del proyecto se considerará efectivo a partir de la fecha de la referida comunicación.
3.4 El período contractual de ejecución del proyecto se define en el Formulario de Candidatura aprobado.
3.5 El proyecto se considerará cerrado, una vez que hayan concluido todas las actividades, realizado el pago de todos los gastos por parte de los beneficiarios, presentado el Informe Final de Ejecución, el pago de la cofinanciación FEDER y se incluya el proyecto en una declaración de cierre del Programa.
3.6 Después de la declaración del cierre del proyecto, el Beneficiario Principal, deberá respetar las obligaciones estipuladas en el Artículo 4, línea i).
ARTICULO 4. Obligaciones del Beneficiario Principal
El Beneficiario Principal tiene las siguientes obligaciones:
a) Asegurar la coordinación general del proyecto, su gestión financiera y la representación oficial ante la estructura de Gestión del Programa y la Comisión Europea;
b) Supervisar las actividades que los socios desarrollan en el ámbito del proyecto;
c) Asumir ante la Autoridad de Gestión la responsabilidad completa de la ejecución del proyecto;
d) Asegurar que los controladores financieros de cada socio, sean designados por cada beneficiario y validados por el Estado Miembro respectivo, antes de la presentación del primer informe de ejecución y solicitud de reembolso. Asimismo, deberá asegurar que los beneficiarios no localizados en un país del Espacio Atlántico (dentro o fuera de la Unión Europea), han firmado un protocolo entre la Autoridad de Gestión y las Autoridades competentes del país respectivo, particularmente, en relación a las modalidades de control financiero de los gastos de estos socios. Este protocolo deberá estar firmado antes del presente contrato entre el Beneficiario Principal y la Autoridad de Gestión;
e) Coordinar el proyecto respetando el Contrato de Subvención, el Acuerdo de Partenariado Trasnacional, que regula las relaciones entre los socios del proyecto, y las reglas nacionales y comunitarias, en particular, en materia de contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades. Debe mantenerse siempre informado e informar a los restantes beneficiarios (socios), sobre las modificaciones que puedan surgir en los dispositivos legales aplicables;
f) Comunicar previamente cualquier modificación a lo estipulado en el Acuerdo de Partenariado Trasnacional durante la implementación del proyecto, la cual deberá ser autorizada por la Autoridad de Gestión antes de su respectiva aplicación;
g) Si en la fecha de celebración del presente contrato el proyecto aun no se hubiese iniciado, debe proceder a su implementación en el plazo de tres meses desde la firma del Contrato de Subvención, según el calendario definido en el formulario de candidatura aprobado;
h) Coordinar la ejecución del plan de trabajo definido en el formulario de candidatura aprobado, promover el cumplimiento riguroso de las tareas por parte de los socios responsables, gestionar el presupuesto del proyecto en los términos contractualizados con la Autoridad de Gestión, y asegurar por parte de todos los socios, la aplicación de los principios de buena gestión financiera, la actualización de los registros contables separados o de un
código contable adecuado que permita, desde la perspectiva de control y seguimiento, documentar la ejecución del proyecto y efectuar verificaciones y auditorias a la regularidad de los gastos del proyecto cofinanciado por FEDER;
i) Verificar y asegurar, que él y todos los socios se comprometen a conservar los originales, o copias autentificadas, de todos los comprobantes de los gastos auditados/ certificados referidos al proyecto, por lo menos durante los tres años siguientes al cierre del Programa Operacional o, en caso de que este haya sido objeto de un cierre parcial, tres años después del cierre parcial del Programa. Ese período de tiempo será interrumpido en caso de acciones judiciales o de una demanda motivada de la Comisión Europea;
j) Verificar y asegurar que todos los socios del proyecto se comprometen a respetar todas las disposiciones necesarias para garantizar que cualquier auditoria, notificada por la estructura de gestión del Programa o cualquier autoridad regional, nacional o comunitaria debidamente autorizada, pueda ser realizada, colaborando en la entrega de la información solicitada en relación al proyecto, facilitando el acceso a los libros contables, documentos justificativos y cualquier otra documentación relacionada con el proyecto;
k) Garantizar que las actividades realizadas o a realizar en el marco del proyecto no fueron ni serán objeto de apoyo financiero de otros fondos europeos;
l) Asumir la responsabilidad de reembolso a la Autoridad de Certificación, de todos los montantes que en el ámbito de los procedimientos de control del Programa, han sido considerados montantes indebidos en base a irregularidades detectadas en los gastos declarados. Asimismo, asume la responsabilidad de la recuperación de los montantes entre los beneficiarios responsables de las irregularidades;
m) Coordinar la preparación de los informes de actividad periódicos (intermedios y final), de las declaraciones de gasto y procedimientos de verificación y control, de la documentación complementaria inherente a la ejecución del proyecto y a las declaraciones financieras, y, asegurar la consolidación de los informes de ejecución y pedidos de pago del proyecto y su respectivo envío a la Autoridad de Gestión, en los términos de las normas en vigor;
n) Coordinar y promover, en los términos definidos por la Autoridad de Gestión, la utilización y actualización continúa del dominio atribuido al proyecto en la Plataforma de Comunicación del Programa Espacio Atlántico;
o) Coordinar y promover la aplicación de las medidas de comunicación y publicidad de conformidad con lo estipulado en el Formulario de Candidatura aprobado, en los reglamentos de la Comisión y en el Plan de Comunicación del Programa Operacional;
p) Responder a todas las demandas de información relativas al proyecto que sean solicitadas por las autoridades competentes del Programa;
ARTICULO 5. Informes de Ejecución y Pedido de Pago
5.1 <Semestralmente/Trimestralmente> deben ser preparados y enviados a la Autoridad de Gestión informes de ejecución y de pedidos de pago/ reembolso. Además de incluir
declaraciones de xxxxx, los informes de ejecución deberán describir en los términos definidos por las normas del Programa Operacional y el formulario de candidatura aprobado, los detalles de las actividades desarrolladas en el ámbito del proyecto, los progresos y resultados alcanzados en relación a los objetivos e indicadores de seguimiento, las iniciativas de información y publicidad realizadas y los gastos pagados. Asimismo, y en su caso, deben explicarse las eventuales contrariedades en la ejecución del plan de trabajo y en los objetivos pretendidos así como informar sobre las medidas correctivas adoptadas o propuestas;
5.2 En cada Informe de Ejecución, deberá declararse si las reglas relativas a la contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades fueron respetadas. Igualmente, deberá informarse de cualquier aspecto susceptible de no respetar alguna de las reglas indicadas así como las medidas de corrección adoptadas. En el caso de realizar contratos públicos, deberá informarse sobre las cuantías y los procedimientos de contratación que han sido desarrollados.
ARTICULO 6. Modalidades de pago/ reembolso FEDER
6.1 La subvención aprobada será pagada en varios plazos, bajo reserva de la disponibilidad de dotación financiera comunitaria, en los términos definidos por la normativa del Programa y de acuerdo con los siguientes tres tipos de modalidades de pago.
6.1.1 Pago Anticipo
Después de la firma del Contrato de Subvención, podrá ser atribuido a petición del Beneficiario Principal un anticipo de hasta el 3% de la cuantía máxima de financiación europea de acuerdo con el párrafo 2 del artículo 78 del Reglamento del Consejo (CE) 1083/2006. Asimismo, deberá asegurarse que en el caso de beneficiarios no localizados en un país del Espacio Atlántico (dentro o fuera de la Unión Europea), se haya firmado un protocolo entre la Autoridad de Gestión y las Autoridades competentes del país respectivo, particularmente, en relación a las modalidades de control financiero de los gastos de estos socios. Este protocolo deberá estar firmado antes del contrato entre el Beneficiario Principal y la Autoridad de Gestión.
Es necesario presentar conjuntamente con la solicitud de anticipo, una declaración al Secretariado Técnico Conjunto que verifique el inicio de las actividades. Este montante será descontado en el primer pedido de pago/ reembolso.
6.1.2 Pago Reembolso
El Beneficiario Principal debe presentar en nombre del Partenariado al menos una solicitud de pago en cada anualidad del desarrollo del proyecto.
Uno o varios pagos intermedios, en donde el montante acumulado y el montante del anticipo, no puede exceder el 90% del montante máximo de financiación FEDER.
Será necesario presentar un informe de ejecución y pedido de pago en los términos establecidos en el Artículo 4 línea d) aportando información sobre:
- el estado actualizado de las actividades del proyecto;
- el valor acumulado de los gastos pagados, anexando las copias digitales de los documentos originales o autentificados sobre los cuales se solicita el reembolso y las correspondientes declaraciones de certificación del control de primer nivel.
6.1.3 Pago de Saldo Final
El importe final de la subvención FEDER se calcula utilizando la tasa de cofinanciación de los gastos certificados y aprobados, que se limitará al importe máximo especificado en la decisión de financiación.
El saldo final será calculado hasta el límite del montante máximo de financiación FEDER después de haber deducido el anticipo, en su caso, los pagos intermedios y los ingresos generados y recibidos. Esta petición de pago, debe ser presentada por medio de un informe final de ejecución y pedido de pago, informando sobre la finalización de las actividades del proyecto y el valor acumulado del total de los gastos pagados y certificados.
Deberán anexarse copias digitales certificadas de los documentos de los gastos finales presentados para el reembolso, las correspondientes declaraciones de certificación del control de primer nivel y certificación de que toda la financiación ha sido recibida y que el proyecto no ha sido objeto xx xxxxx financiación durante su período de ejecución.
El pedido de reembolso/ presentación del pago final, tendrá que ser efectuado imperativamente en el plazo de noventa días a contar desde la fecha final del período contractual de ejecución del proyecto.
6.2 Los documentos de gastos declarados por cada uno de los socios del proyecto serán verificados y certificados en los términos definidos por el Programa Operacional, por el controlador financiero designado por cada socio después de su validación por el responsable del Estado Miembro correspondiente y de acuerdo con el sistema de control establecido en cada Estado Miembro.
6.3 La certificación de los documentos de gastos se realizará a través de la utilización de los documentos originales de gasto, el sello específico del programa y la firma del controlador asignado. Esta documentación debe ser enviada en copia digital junto con el Informe de ejecución a la Autoridad de Gestión a través de la Plataforma de Comunicación del Programa.
6.4 Bajo reserva de la disponibilidad de financiación comunitaria, el montante de la subvención será retirado de la cuenta única del Programa por la Autoridad de Certificación y pagado, por orden de la Autoridad de Gestión al Beneficiario Principal, el cual, en el plazo límite de dos semanas después de que la transferencia haya sido realizada, procederá al pago de los montantes correspondientes a los restantes socios del proyecto.
Finalizado el procedimiento interno de pagos, el Beneficiario Principal aportará los documentos justificativos de las transferencias realizadas a la Autoridad de Gestión.
6.5 En caso de incumplimiento del plazo referido en el artículo anterior, no será efectuado ningún otro pago al Beneficiario Principal en cuanto no se haya verificado que la situación señalada ha sido regularizada.
6.6 En la preparación y envío de los informes de ejecución y pedido de pago, deben ser observados los plazos indicados en la siguiente tabla:
(Tabla a presentar en el caso de escoger periocidad trimestral)
Informe de Ejecución nº | Período de Referencia | Fecha Limite de envío a la Autoridad de Gestión |
1 del año 2012 | 1º Trimestre año 2012 + Gastos Preparación | Fin xx Xxxx del año 2012 |
2 del año 2012 | 2º Trimestre año 2012 | Fin xx Xxxxxx del año 2012 |
3 del año 2012 | 3º Trimestre año 2012 | Fin de Noviembre del año 2012 |
4 del año 2012 | 4º Trimestre año 2012 | Fin de Febrero del año 2013 |
1 del año 2013 | 1º Trimestre año 2013 | Fin xx Xxxx del año 2013 |
A continuar hasta la fecha de fin del proyecto |
(Tabla a presentar en el caso de escoger periocidad semestral)
Informe de Ejecución nº | Período de Referencia | Fecha Limite de envío a la Autoridad de Gestión | |||||||
1 del año 2012 | 1º Semestre año 2012+ Gastos Preparación | Fin xx Xxxxxx 2012 | |||||||
2 del año 2012 | 2º Semestre año 2012 | Fin de Febrero 2013 | |||||||
1 del año 2013 | 1º Semestre año 2013 | Fin xx Xxxxxx 2013 | |||||||
A continuar hasta la fecha de fin del proyecto | ……. |
6.7 La Autoridad de Gestión del Programa declina cualquier responsabilidad por los eventuales daños y perjuicios que puedan ocasionarse, debido al atraso en el pago de los fondos o a la suspensión, reducción o anulación de la subvención FEDER.
ARTÍCULO 7. Elegibilidad de los gastos
7.1 Elegibilidad de los gastos
El Beneficiario Principal se compromete a incluir en la base de cálculo de la subvención, solo los gastos conformes a las disposiciones de los reglamentos comunitarios y las reglas nacionales aplicables en los Estados Miembros que participan en el Programa de Cooperación Transnacional Espacio Atlántico.
Asimismo, se compromete a respetar las reglas de elegibilidad aprobadas por el Comité de Seguimiento para la convocatoria de proyectos 2009, marco en el cual ha sido aprobado el objeto de este contrato.
7.2 Gastos de Preparación
Los gastos de preparación solo son elegibles para los proyectos aprobados por el Comité de Seguimiento.
Dichos gastos serán elegibles sólo si son reales, justificables y corresponden a gastos incurridos entre el 1 de enero de 2007 y la fecha de la firma del Contrato de Subvención por la Autoridad de Gestión.
En la fase de elaboración del presupuesto y del calendario del proyecto, es responsabilidad del Jefe de Fila identificar cuáles son las actividades y los costes dedicados a esta fase de preparación.
En este sentido, estas actividades se pueden corresponder a las tareas de preparación antes del envío de la candidatura, así como a eventuales actividades relacionadas con la contractualizacion del proyecto en caso de aprobación (tiempo dedicado a realizar el ajuste de los contratos, evidencias de de las garantías financieras nacionales…)
Los costes de preparación están sujetos a un límite máximo del 5% del coste total elegible y a un máximo de 20.000€. Será considerado elegible el coste menor de ambas posibilidades.
Dependiendo de su naturaleza, el coste será incluidos en la rúbrica correspondiente.
7.3 Período de elegibilidad de los gastos
Gastos relacionados con la implementación del proyecto.
Los gastos son elegibles a partir de la fecha de inicio y hasta la fecha de fin del proyecto indicada en el formulario de candidatura aprobado, parte integrante del contrato de Subvención.
ARTICULO 8. Control Financiero y Auditorias
8.1 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, son conscientes de que la información referida a la realidad y validez de las acciones y los gastos elegibles a financiar por el FEDER, es responsabilidad del socio que las presenta.
El Beneficiario Principal es responsable de verificar que los procedimientos y normas de control financiero del proyecto han sido realizados.
8.2 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, son conscientes de que la aceptación de cofinanciación FEDER supone aceptar la realización de los controles de verificación y auditoria previstos en el sistema de gestión y control del Programa.
8.3 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, se compromete a asegurar todas las diligencias necesarias para garantizar que cualquier auditoria notificada por la estructura de gestión del Programa o por las autoridades regionales, nacionales o comunitarias debidamente autorizadas, pueda ser realizada, colaborando en la entrega de la información solicitada en relación al proyecto, facilitando el acceso a los libros contables, documentos justificativos y cualquier otra documentación relacionada con el proyecto.
ARTICULO 9. Irregularidades y recuperaciones
9.1 Si a través del sistema de control y auditoria del programa se constata que todos o parte de los montantes pagados no fueron utilizados en conformidad con el compromiso asumido, el Beneficiario Principal será obligado a reembolsar a la cuenta del programa los montantes correspondientes, en el plazo de 30 días después de la recepción del documento de notificación de recuperación de montantes indebidamente pagados.
9.2 El Beneficiario Principal es responsable de establecer los procedimientos para proceder a la recuperación de los montantes indebidamente pagados, entre los socios del proyecto responsables de las irregularidades detectadas. Asimismo, debe enviar a la Autoridad de Gestión, los documentos justificativos previstos para el procedimiento relativo a irregularidades y recuperaciones.
ARTICULO 10. Modificaciones
10.1 El presente Contrato de Subvención solo puede ser modificado a través de una adenda. En este caso, el Beneficiario Principal, se compromete a informar previamente al Secretariado Técnico Conjunto y cumplir con los plazos establecidos en la Norma del Programa relativa a “Normas y Procedimientos relativos a modificaciones del Proyecto y de revisión de las decisiones de financiación” y en la Guía “Reglas y procedimientos de modificaciones de proyectos y de revisión las decisiones de financiación”.
10.2 Las modalidades y los procedimientos de modificación están definidos en la norma referida en el Artículo anterior (10.1)
10.3 La solicitud de modificación debe ser comunicada por el Beneficiario Principal al STC con 30 días de antelación antes de su eventual (si es aprobada) implementación. El Beneficiario
Principal enviará la solicitud a través de la Plataforma Colaborativa de Comunicación (PCC) en la sección de proyectos, “Revisiones de Proyectos” / “Pedidos de Revisión”
10.4 Cualquier alteración a los documentos oficiales mencionados en el presente contrato (Programa Operacional, Normas y Procedimientos relativos a modificaciones del Proyecto, así como otras normas y manuales) que hayan sido aprobados por el Comité de Seguimiento, y cuando proceda, por la Comisión Europea, son automáticamente aplicables al presente contrato.
ARTÍCULO 11. Comunicación y Publicidad.
11.1 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, se comprometen a aplicar las medidas de comunicación y publicidad en conformidad con los reglamentos de la Comisión Europea, el Plan de Comunicación del Programa Operacional y lo estipulado en el formulario de candidatura aprobado.
11.2 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, aceptan que los resultados del proyecto sean de disposición pública. Asimismo, aceptan desempeñar un papel activo en la organización de acciones tendentes a capitalizar, difundir y valorizar los resultados del proyecto.
11.3 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, asumen el compromiso de mencionar en todas las acciones de comunicación y publicidad que el proyecto fue implementado con el apoyo financiero de los fondos del Programa. En todas las acciones implementadas, debe aparecer la mención “Cofinanciado con el apoyo de la Unión Europea FEDER- Programa Espacio Atlántico”, así como la bandera de la Unión Europea, el logotipo y el slogan del Programa “Invistiendo en nuestro futuro común”
11.4 La Autoridad de Gestión está autorizada a publicar, en cualquier forma y formato, informaciones relativas a las operaciones objeto de financiación, entre otros: formulario de candidatura, nombre del Beneficiario Principal y socios, acrónimo, localización geográfica, coste de la operación y montante de la cofinanciación, estado de ejecución y otras informaciones pertinentes.
ARTÍCULO 12. Derechos de Propiedad Intelectual
12.1 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, teniendo presente las disposiciones de las legislaciones nacionales relativas a la propiedad intelectual, aseguran que todos los productos desarrollados en el ámbito del proyecto están exentos de todos los derechos.
12.2 El Beneficiario Principal, y en consecuencia, el resto de socios del proyecto, toman conocimiento y aceptan renunciar a todos los derechos patrimoniales relativos al material didáctico, las metodologías y otros productos de cualquier naturaleza resultantes del proyecto.
ARTÍCULO 13. Cesión
13.1 Cualquier transferencia de derechos y obligaciones que deriven de este contrato hacia un tercero, no podrá realizarse en ninguna circunstancia sin el acuerdo previo escrito de la Autoridad de Gestión y del Comité de Seguimiento.
ARTÍCULO 14. Moneda y Tasas de Cambio
14.1 Las informaciones financieras del proyecto y los pedidos de pago serán presentados en Euros.
14.2 En el caso de gastos realizados con una moneda diferente al Euro, el socio debe convertir los gastos en Euros utilizando la tasa media de cambio mensual ofrecida por la Comisión Europea (xxxx://xx.xxxxxx.xx/xxxxxx/xxxxxxxxx/xxxxx.xxx) del mes del pago de la factura. Los valores deben ser redondeados con dos decimales, reteniendo el valor centesimal más próximo al valor inicial antes del redondeo.
Los beneficiarios utilizaran los valores convertidos para la solicitud de los pedidos de pago.
ARTÍCULO 15. Penalizaciones
15.1 La Autoridad de Gestión se reserva el derecho de suspender sin previo aviso los pagos o pedir el reembolso de la totalidad o de una parte de la financiación cuando:
• El Beneficiario Principal no respetase los términos o las obligaciones del presente Contrato de Subvención;
• El Beneficiario Principal obtuviese financiación a través de falsas declaraciones;
• Se realizasen alteraciones sustanciales y/ o materiales indebidas sobre la naturaleza, dimensión, coste o ejecución del proyecto sin el consentimiento previo del Comité de Seguimiento;
• Se alterase el objetivo de la subvención o la atribución de la inversión subvencionada sin autorización;
• No se respetase la legislación comunitaria o nacional en materia de contratación pública, ayudas estatales, protección del medio ambiente e igualdad de oportunidades;
• Se enajenasen los bienes que fueron financiados, parcialmente o totalmente, por el fondo comunitario durante su vida económica;
• Se produjese un incumplimiento total o parcial en la implementación del proyecto,
• Se utilizase indebidamente la subvención o en caso de recusación a un control o auditoria;
• Si el proyecto no fuese implementado en el tiempo debido, nominalmente, en los términos de las anualidades previstas en el Formulario de candidatura aprobado;
15.2 El Contrato de Subvención puede ser igualmente cancelado a petición del Beneficiario, comprometiéndose a reembolsar las sumas indebidamente recibidas, a más tardar en el mes siguiente a la recepción del documento de pedido de devolución de los fondos.
ARTÍCULO 16. Casos de Fuerza Mayor
16.1 Se considerara que ninguna de las partes ha faltado a sus obligaciones contractuales, si el respeto de tales obligaciones ha sido impedido por cualquier causa de “Fuerza Mayor”, ocurrido después de la fecha de la firma del contrato por la Autoridad de Gestión o de la fecha del inicio de las actividades, en función de lo que se produzca con anterioridad.
16.2 En la aceptación del presente contrato se entienden como causas de “Fuerza Mayor “, las consecuencias de fuerzas naturales, lock-outs u otros conflictos laborales, actos terroristas, situación de guerras, bloqueos, insurrecciones, motines, epidemias, cataclismos naturales, explosiones o cualquier otra ocurrencia imprevisible que las partes no puedan evitar o superar;
16.3 Las causas de Fuerza Mayor exoneran a las partes de ejecutar parcial o totalmente las obligaciones estipuladas en el presente Contrato durante el tiempo en que se produjesen y si fuesen debidamente justificadas.
ARTÍCULO 17. Disposiciones Finales
17.1 En todos los aspectos no cubiertos específicamente por el presenta contrato, serán de aplicación las disposiciones legales comunitarias y nacionales vigentes,
17.2 Este contrato se rige por la Ley Portuguesa. Para todas las cuestiones relativas al presente contrato, a su ejecución o a la resolución de conflictos que resulten de su aplicación, es competente el Tribunal Administrativo y Fiscal xx Xxxxx (Portugal)
17.3 Cualquier comunicación en el ámbito del presente contrato debe ser efectuada por escrito, indicando el número y el titulo del proyecto, a través de la Plataforma de Comunicación del Programa.
17.4 Cuando por cualquier motivo imprevisible, no pueda ser cumplido lo estipulado en el punto anterior, la comunicación será realizada por otros medios legalmente admitidos, sin prejuicio del posterior registro en la referida Plataforma de Comunicación del Programa
ARTÍCULO 18. Firma
Hecho en tres originales de la lengua española, dos de los cuales serán destinados a la Autoridad de Gestión y uno al Beneficiario Principal
Hecho en , a
(ciudad) (fecha)
Nombre Apellido:
Del Representante del Beneficiario Principal Función: Firma:
Hecho en Oporto a
Representante de la Autoridad de Gestión Función: Vice Presidente
Firma:
(Sello si disponible) (Sello )