INTRODUCCION
INTRODUCCION
O-I PELDAR cuenta con estándares, cuyos requisitos y procedimientos se consideran aplicables a las actividades desarrolladas en el marco de los contratos suscritos con sus CONTRATISTAS. Los requisitos de: Salud Ocupacional, Seguridad Industrial, Medio Ambiente, (EHS) formarán parte integral de la Invitación a Proponer, en la firma de los Contratos y/o respectivas órdenes de Servicios o Compra.
Las disposiciones de este manual servirán de referencia para la verificación y evaluación del desempeño del CONTRATISTA. En el desarrollo de este documento entiéndase como subcontratista a toda persona natural o jurídica contratada o subcontratada por el CONTRATISTA, distinta a sus empleados, para:
- Ejecutar todo o parte del Objeto del Contrato, siempre y cuando haya sido autorizado Previamente
- Ejecutar actividades conexas, complementarias o accesorias para el cumplimiento del Objeto contractual.
El contratista debe garantizar que sus subcontratistas, sus proveedores de servicios y bienes al interior del lugar de ejecución del Contrato, cumplan como mínimo con los requisitos establecidos en la resolución 1111 de 2017 y en el decreto 1072 de 2015 y con los estándares de seguridad establecidos por O-I Peldar.
1. OBJETIVO
Definir los procedimientos estándar, Requisitos Legales y los establecidos por la compañía en materia de seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente que deben cumplir las empresas contratistas que presten sus servicios en cada una de las plantas de O-l Colombia.
2. ALCANCE
Este procedimiento aplica para todas las Empresas Contratistas de O-I PELDAR que brinden sus servicios en cualquiera de las plantas de Colombia (Zipaquirá, Soacha, Buga y Envigado).
Este instructivo no exonera a los contratistas de su responsabilidad para cumplir con las políticas ambientales, de salud y seguridad según la legislación colombiana en materia de seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente.
3. DEFINICIONES:
Contratista Outsourcing: Se refiere al tipo de contratista que recibe órdenes directas de una persona de O-I (Personal Supervisado).
Contratista Obra: Personal que trabaja por Obra o proyecto y que no recibe ordenes directas de trabajadores de O-I.
Enfermedad profesional: Todo estado patológico, permanente o temporal, que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional.
Incidente: Evento que tuvo el potencial para generar lesión al trabajador, daño al medio ambiente o a la propiedad.
Accidente: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aun fuera del lugar y horas de trabajo.
Salud ocupacional: Campo de la salud que se dedica al estudio de los elementos de trabajo, sus interacciones e influencias para el ser humano, que pueden causar un accidente o una enfermedad profesional, para eliminarlos o controlarlos. Incluye los subprogramas de medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y seguridad industrial.
Normas para el manejo de la seguridad y salud ocupacional (OHSAS): Norma de la serie de gestión de seguridad que indica los requisitos para un sistema de administración de la salud ocupacional que permiten a una organización controlar sus riesgos y mejorar su desempeño.
Plan básico legal: Son las exigencias mínimas contempladas por la legislación colombiana para el cumplimiento de la salud ocupacional por parte de las empresas contratantes y contratadas.
Riesgo: Combinación de la probabilidad y la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso específico.
Factor de riesgo: Son todos aquellos objetos, instrumentos, instalaciones, condiciones ambientales, acciones humanas, etc. Que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales y cuya probabilidad de que ocurran las consecuencias, depende de la eliminación o control de estos.
Programa de vigilancia epidemiológica: Es el estudio, control y seguimiento que se realiza tanto a los riesgos que puedan producir deterioro en la salud, como a cada persona expuesta, con el objeto de prevenir enfermedades profesionales.
Acción preventiva: Acción adoptada para eliminar las causas de una no conformidad potencial, con el objeto de impedir su ocurrencia.
Acción correctiva: Acción tomada para eliminar las causas de una no conformidad real que impida su repetición y ocurrencia.
No Conformidad: Incumplimiento de un requisito legal, contractual o corporativo.
Análisis del riesgo por oficio: Método que permite la identificación de tareas, la determinación de los factores de riesgo asociado con cada uno de ellas y el establecimiento de medidas preventivas para eliminar o controlar los factores.
Interventor: Persona asignada por OI Colombia responsable de verificar que las condiciones de un contrato de prestación de servicios o de ejecución de obra se cumplan.
Medio ambiente: Entorno en el cual una organización opera incluidos el aire, el suelo, el agua, los recursos naturales, la flora, la fauna, los seres humanos y sus interrelaciones.
Aspecto ambiental: Elemento de las actividades, productos y servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente
Impacto ambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una organización.
Sistema de gestión ambiental: Parte del sistema de gestión de una organización empleada para implementar y desarrollar su política ambiental y gestionar sus aspectos ambientales.
Objetivo: Fin de carácter general coherente con la política que una organización se establece.
Política: Intenciones y dirección generales de la organización relacionadas con su desempeño ambiental, como las ha expresado formalmente la alta dirección.
Meta: Requisito de desempeño detallado aplicable a la organización o a partes de ella, que tiene su origen en los objetivos y que es necesario establecer y cumplir para alcanzar dichos objetivos
Auditoria interna: Proceso sistemático, independiente y documentado para obtener evidencias de la auditoria y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar la extensión en que se cumplen los criterios de auditoria del sistema de gestión ambiental fijado por la organización.
Prevención de la contaminación: Utilización de procesos, prácticas, técnicas, materiales, productos, servicios o energía para evitar, reducir o controlar (en forma separada o en combinación) la generación, emisión o descarga de cualquier tipo de contaminante o residuo con el fin de reducir impactos ambientales adversos.
Emergencia/accidente ambiental: Situación de carácter inesperado, no planificado o súbito que puede generar impacto ambiental o contaminación y que debe ser atendido de manera inmediata.
Residuo peligroso: Es aquel residuo que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.
Residuo: Es cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado sólido o semisólido o es un líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta, rechaza o entrega porque sus propiedades no permiten usarlo nuevamente en la actividad que lo generó o porque la legislación vigente así lo estipula.
4. RESPONSABILIDADES
4.1. Gerente EHS
Es responsable de crear y aprobar este manual y velar por su cumplimiento.
4.2. Gerente de Supply Chain
Designar a la persona responsable de evaluar a cada empresa contratista y proveedora para que verifique el cumplimiento del presente manual antes de la firma de los contratos.
4.3. Gerentes de Planta
Son responsables de hacer cumplir este instructivo por cada empresa Contratista que preste sus servicios dentro de sus Plantas de Producción.
4.4. Interventor de Contrato
Responsable de la aplicación, implementación y seguimiento de estas directrices por parte de la empresa Contratista durante la ejecución de las actividades planteadas al inicio del contrato.
4.5. Coordinadores HS y Ambientales (EHS)
Responsables de la implementación, seguimiento y auditorías a las empresas contratistas en cada una de las facilidades de O-I Colombia. Reportar a gerencia EHS y gerencia de Planta.
4.6. Plant Controller
Es el encargado de revisar la vigencia de los contratos, informar su status y notificar a los Interventores, gerente de Planta y Coordinador HS
4.7. Ingeniería
Responsable de garantizar el cumplimiento de todas las normas EHS incluyendo las actividades complementarias que resulten antes, durante y al cierre de proyectos.
4.8 Seguridad física
Responsable por el control de ingreso del personal contratista, revisión del pago de Planillas de Seguridad Social y protocolos de protección física.
4.9. Empresas Contratistas y proveedores
Son responsables de cumplir a cabalidad con las directrices en EHS descritas en este documento. De la misma manera son responsables por las acciones de los trabajadores contratados, al igual que de las empresas subcontratadas para la realización de las actividades dentro de las instalaciones. En casos de incumplimientos a las políticas y normas de salud, seguridad y medio ambiente establecidas por O-I, son responsables de asumir las sanciones administrativas y/o económicas que dieran lugar.
Por otro lado los contratistas deben garantizar que desarrollan sus actividades con las mejores prácticas y condiciones de operación, demostrando su compromiso con la prevención y control de los peligros y de los impactos ambientales, para disminuir la posibilidad de accidentes de alto potencial.
Notas aclaratorias
El acta de inicio deberá ser avalada por el departamento EHS de cada una de las plantas, en caso de que esta no cumpla con las especificaciones técnicas del presente documento, o no cumpla con una calificación del al menos el 60% de cumplimiento de requisitos mínimos, consignados en la resolución 1111 de 2017 no se podrá firmar el respectivo contrato.
5. Marco legal de referencia
Norma ISO 9001:2008
Norma ISO 14001:2004
OHSAS 18001:2007
Normas internas de la Organización
Seguridad industrial y salud ocupacional
Resolución 11 de 2017, Por la cual se definen los estándares mínimos del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
Decreto 1072 de 2015, Decreto único reglamentario del sector trabajo
Decreto 1443 de 2014, Disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de seguridad y salud en el trabajo.
Ley 9 de 1979, Para preservar, conservar y mejorar la salud de las personas en sus ocupaciones.
Resolución 2400 de 1979. Estatuto de seguridad industrial.
Resolución 2013 de 1986. Reglamenta la organización y funcionamiento de los comités paritarios de salud ocupacional en Colombia.
Resolución 1016 de 1989. Reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los
programas de salud ocupacional que deben desarrollar los empleadores.
Decreto ley 1295 de 1994. Determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales.
Ley 776 de 2002. Se dictan las normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Resolución 1409 de 2012 , Reglamento de Seguridad para la protección contra caídas en trabajo en alturas
Ley 1562 de 2012, Modificación al sistema de riesgos laborales.
El Código sustantivo del trabajo Título XI Higiene y seguridad en el trabajo, Título VI Reglamento de trabajo y mantenimiento del orden en el establecimiento.
Es responsabilidad de la firma contratista divulgar y verificar el conocimiento, comprensión y objeto de las normas anteriores por parte de su personal administrativo y operativo.
OI Colombia podrá solicitar o generar registros para la verificación del cumplimiento de esta sentencia. Esta reglamentación puede ser suministrada por las Administradoras de Riesgos Profesionales de las empresas contratistas.
Medio ambiente
Decreto 2811 de 1974 por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos naturales renovables y de protección al medio ambiente
Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio de medio ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el sistema nacional ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.
Decreto 1594 de 1984 este decreto regula los vertimientos líquidos producidos durante la obra realizada.
Resolución 541 de 1994, por medio de la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de escombros, materiales, concretos, y agregados sueltos de construcción, demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación.
Decreto 948 de 1995 relacionado con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
Resolución 910 de 2008 por la cual se reglamentan los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por fuentes móviles terrestres a gasolina o diésel y se definen los equipos y procedimientos de medición de dichas emisiones y se adoptan otras disposiciones.
Resolución 2309 de 1986 por medio de la cual se dictan las normas para la disposición de residuos especiales.
Decreto 1609 de 2003 por la cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por las carreteras y vías colombianas.
Decreto 4741 de 2005 por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejó de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral
Ley 1333 de 2005 por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones.
5. Acta de inicio de actividades en seguridad y salud en el trabajo
6. Requisitos para las empresas contratistas
6.1 Al inicio del contrato
Son obligaciones de la empresa contratista al inicio del contrato, cumplir con la normatividad Colombiana vigente y presentar la siguiente documentación ante el departamento de Compras de O-I PELDAR:
• Registro xx xxxxxx de comercio (existencia y representación legal), el cual será actualizado en cada negociación.
• Certificado de la evaluación inicial del SG-SST por parte de la ARL, en donde se indique el resultado obtenido.
• Certificado RUC actualizado (Se solicitará este requerimiento a partir de 2017).
• Contratos de trabajo y afiliaciones al sistema de seguridad social para todo el personal de la empresa contratista, además del certificado de los exámenes médicos ocupacionales de ingreso a la empresa contratista.
• Plan de trabajo detallado por actividades, donde se describan las operaciones, herramientas y materiales a utilizar.
• Relación del personal de la empresa contratista que realizará labores dentro de O-I Colombia
• Sistema de seguridad y salud en el trabajo o plan de acción a ejecutar durante el 2018 que contenga como mínimo los lineamientos dados en la legislación colombiana: Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el trabajo SG-SST (Decreto 1072 de 2015) y los requerimientos de la resolución 1111 de 2017
• Carta de nombramiento del representante legal (o quien haga sus veces) y vigía o coordinador SST (salud, seguridad y medio ambiente) con nombre, teléfono, dirección electrónica, quienes serán los interlocutores para la ejecución de los diferentes programas EHS de la firma contratista.
• Copia del acta de conformación del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo COPASST con las respectivas actas que demuestren su existencia y buen funcionamiento (3 últimas actas).
• Certificados de competencias laborales necesarias para desarrollar la actividad o cargo (según aplique), avaladas por una entidad o institución aprobada. Ejemplo: Trabajo en alturas, operadores de montacargas, grúas, mantenimiento de aires acondicionados, etc.
NOTA ACLARATORIA.
El puntaje que tenga el CONTRATISTA en RUC podrá ser un factor de selección de CONTRATISTAS y en ningún caso podrá ser inferior al 85% del puntaje total. En caso de no contar con el RUC, el CONTRATISTA podrá remplazar este requisito por la certificación de su sistema de gestión en EHS bajo la certificación de cumplimiento de requisitos mínimos, con una calificación de al menos el 61 %, alineándonos con lo dispuesto en la anteriormente mencionada resolución en donde deberá presentar:
- Plan de mejoramiento
- Certificado del envió a la ARL, el reporte de los avances en un término máximo de 6 meses después de su auto evaluación
- Plan de visita por parte del ministerio de trabajo.
6.2 Durante la ejecución del contrato
Toda empresa contratista durante la ejecución del contrato deberá cumplir las siguientes disposiciones:
• Realizar afiliaciones y pagos oportunos de salarios y cotizaciones al sistema de seguridad social para todo el personal de la empresa contratista. El área de Seguridad Física revisará el pago de la Seguridad Social de los trabajadores para autorizar su ingreso (Empresa Promotora de Salud, Administradora de Riesgos Laborales y Fondo Pensional)
• Suministrar la dotación completa y los Elementos de Protección Personal (EPP) de uso obligatorio cumpliendo las especificaciones técnicas requeridas incluyendo equipos para actividades especiales.
• Implementar el sistema de gestión de Salud y Seguridad en el trabajo, así como el de Medio Ambiente, los cuales debe mantener y auditar.
• Realizar inspecciones programadas regularmente. El alcance y la duración de un trabajo pueden establecer la frecuencia de estas inspecciones. Para ello, el contratista puede apoyarse en la lista de chequeo empleada por O-I Colombia
• Realizar actividades de capacitación continua con su personal en temas de seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente, incluyendo reinducciones anuales sobre los riesgos de seguridad e impactos ambientales presentes durante la realización de sus labores.
• Informar acerca de cualquier condición insegura o que pueda generar impacto ambiental y tomar medidas correctivas inmediatas cuando observen una violación de la seguridad del trabajo, un incendio o un impacto ambiental. Si un contratista no corrige el problema, O-I PELDAR podrá tomar medidas correctivas cuyo costo será responsabilidad del contratista.
• Llevar estadísticas de accidentalidad (frecuencia y severidad), y realizar investigaciones de incidentes y accidentes.
• Cumplir las políticas específicas de O-I PELDAR en caso de requerir recursos informáticos, solicitar el apoyo del interventor para contactar al departamento de Sistemas de la organización.
• Asegurar que los procedimientos propios estén alineados con los de O-I PELDAR Colombia.
• Disponer de los siguientes documentos durante la ejecución del contrato, en sitio:
• Orden de Trabajo: Documento que define el tipo de trabajo que se va a ejecutar, autoriza la realización del servicio contratado
- Permisos de trabajo: necesarios para realizar tareas de alto riesgo, diligenciados en su totalidad y autorizados por el interventor.
- Identificador de peligros / aspectos
• Reportar el tiempo que el personal permanecerá dentro de las instalaciones de O-I PELDAR a la oficina de Seguridad Física a través del interventor.
• Mantener las áreas de trabajo, los pasillos, las salidas de emergencia y escaleras libres de obstrucciones y residuos en todo momento, tanto dentro como fuera de los edificios
• Almacenar materiales, equipo y herramientas de manera ordenada.
• Limpiar diariamente el área de trabajo y eliminarlos en los contenedores de residuos ubicados para tal fin, de acuerdo con los lineamientos ambientales de O-I Colombia.
• Manejar sus residuos (especialmente los peligrosos) de forma coherente con la legislación y el plan de gestión integral de residuos de O-I Colombia.
• En obras civiles, separar los escombros de la tierra, y llevarlos al centro de acopio respectivo dentro de O-I Colombia.
6.3 Al finalizar el contrato
• Entregar las áreas en perfecto orden y limpieza.
• La zona de influencia directa e indirecta del proyecto debe estar libre de escombros y residuos.
• Los sumideros, pozos de inspección y cajas de servicios deben estar en perfecto estado.
• Se debe haber retirado toda la señalización temporal, equipos y herramientas suministrados.
• Se debe entregar las certificaciones, actas y/o documentación relacionada con el cierre de actividades y que haya solicitado EHS.
NOTA: El departamento de EHS a través de sus Coordinadores ambientales y HS de O-I Colombia e interventores, realizarán las respectivas inspecciones de cierre de trabajos a las empresas contratistas para verificar el cumplimiento de los procedimientos, objetivos y estándares corporativos al finalizar el contrato.
5.4 Para empleados de la firma contratista
• Saber leer, escribir y comprender las instrucciones, normas y procedimientos.
• Conocer y practicar los principios, política, procedimientos, objetivos y estándares corporativos de O-I Colombia, así como los procedimientos propios de la firma contratista.
• Tener una adecuada presentación personal.
• Portar en todo momento:
• Cédula de ciudadanía
• Carné de inducción de EHS
• Abstenerse de laborar en O-I bajo los efectos de alcohol o sustancias psicoactivas.
• Identificar los riesgos e impactos ambientales asociados a su trabajo, informar de los peligros observados o previstos a su supervisor y evitar trabajar en un entorno laboral que identifique como inseguro. Reportar cualquier anomalía.
• Utilizar los elementos de protección personal durante la ejecución de sus actividades:
• Casco Amarillo (Norma NTC 1523)
• Botas dieléctricas y con puntera (NTC 2396, 2257 y 1741)
• Pantalón y camisa marcados con el nombre de la firma, bandas reflectivas, cumpliendo con las especificaciones de O-I Colombia
• Protección auditiva (Norma NTC 2272)
• Protección visual (ANSI Z.87)
• Guantes (Norma NTC 1836 y NTC 2219)
Adicional a los EPP que se requieran para otras actividades especiales.
• Comportarse de manera segura y responsable con el entorno, durante la ejecución de los trabajos
• Acatar las señales visuales en la planta.
Nota aclaratoria:
El departamento de Seguridad Física se reserva el derecho de admisión del personal contratista a las instalaciones de O-I.
Igualmente, realiza aleatoriamente requisas y procedimientos de seguridad, en los cuales se incluyen requisa corporal con detector de metales, registro ante CCTV, revista xx xxxxxxx, revista de bolsos o paquetes, entre otros.
No permitir un registro o procedimiento de seguridad física, puede traer como consecuencia que al contratista se le prohíba el acceso a las instalaciones de O-I Colombia.
No está permitido el uso de cámaras fotográficas o filmadoras. En caso de ser necesario para el desarrollo de la labor, se debe solicitar autorización al departamento de Seguridad Física a través del interventor.
7. Acta de finalización de actividades en seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente.
Una vez finalizado el contrato, se debe elaborar y firmar la respectiva acta de finalización de actividades, este será el certificado xx xxx y salvo que evidenciara que no se tiene ningún pendiente relacionados con los compromisos asumidos al inicio del contrato, esta acta será prerrequisito para la facturación final del contrato, esta deberá ser firmada por el interventor del contrato y por el coordinador HS de cada y coordinadora ambiental de cada planta.
8. Cambios y/o desviaciones a las Obligaciones en HSEQ
Cualquier cambio de los compromisos contractuales del CONTRATISTA en materia de EHS debe ser previamente aprobado por O-I PELDAR y debidamente documentados, antes de iniciar cualquier actividad. No corregir una condición de riesgo ocasionará que se detenga el trabajo en el área afectada, éste no podrá reanudarse hasta que se corrija la situación.
Cualquier colaborador de O-I puede suspender la ejecución de un trabajo si lo considerara pertinente.
9. Clasificación
Grupo | Descripción | Control | |
I | Trabajos por contrato anual | Trabajos realizados por contratistas que permanecen en O-I PELDAR por más de 1 año • Mantenimientos a la nfraestructura y equipos • Servicios logísticos excepto transporte de PT y MP • Servicio Outsourcing Interno y externo • Servicios Medio Ambientales • Servicios de Salud • Servicio Alimentación, Cafetería y Proveeduría • Servicio Transporte a Empleados • Servicio de Vigilancia • Servicio de maquilas y reprocesos • Servicios Informáticos | |ngreso • Inducción de compañía + Examen • Planilla de pago mensual seguridad social (EPS, ARL, AFP) • Contrato firmado • Presentación de la autoevaluación del SG-SST • Interventoría • Plan estratégico de seguridad vial |
Los trabajos realizados por contratistas son priorizados según las siguientes categorías y se define su control según su significancia así:
i
• Asesoría y Consultoría • Gestión documental y mensajería • Operación de maquinaria amarilla | |||
II | Trabajos por orden de compra o de servicios | • Proveedores de químicos que operan en planta • Muestreos/Análisis Pruebas de e 1 día de duración • Servicios menores a 10 SMMLV, con estancia en planta no superior a 5 días al año y los servicios que no representan un trabajo de alto riesgo. | Ingreso • Inducción de compañía + Examen • Planilla de pago mensual seguridad social (en portería) Operación • Interventoría • Orden de trabajo |
• Transporte (transporte producto terminado, materias primas y transporte de personal) | • Inducción de compañía + Examen (Si son conductores permanentes) • Plan estratégico de seguridad vial • Certificación de curso de manipulación de sustancias químicas • Presentación de la autoevaluación del SG-SST • Planilla de pago mensual seguridad social (en portería) • Porte obligatorio de botas de seguridad, casco y chaleco reflectivo. | ||
III | Visitas operativas | Visitas que involucran ingreso a la operación: • CAR -CVC • Mantenimiento y calibración de equipos | • Inducción de compañía (Inducción o curso dictado por la persona que contacta el servicio) • Planilla de pago mensual seguridad social (portería) |
• Cargues / descargue de materiales / productos químicos / residuos | • Planilla de pago mensual seguridad social vigente (en portería) | ||
IV | Servicios asesorías | • Técnicos y consultores nacionales e internacionales • Auditores • Técnicos de Empresas municipales de Energía, Acueducto, alcantarillado, Gases. • Técnicos de seguridad electrónica, etc... | • Xxxxxxxxx corta por parte del responsable o interventor que requiere el servicio • Los técnicos nacionales de cualquier especialidad deben presentar planilla de pago mensual de seguridad social vigente (en portería). |
V | Visitas Generales | Visitas que no involucran ingreso a la operación: • Domicilios • Correo • Vendedores otras visitas de oficina • Proveedores de contratistas (ej alimentos) | • Planilla de pago mensual seguridad social vigente (en portería) |
VI | Visitas Especiales | Visitas que involucran ingreso a la operación: • Visitas familiares, universidades, Entrevistas • Clientes | • Clientes: Presentar planilla de pago mensual seguridad social vigente (Representante de ventas o encargado de la visita del cliente presenta esta documentación a EHS) |
10. Controles Operacionales.
Toda subcontratación deberá contar la notificación al Administrador de Contrato a través de los mecanismos que O-I PELDAR indique para ello. EL CONTRATISTA es el único responsable ante O-I PELDAR por el cumplimiento de los requisitos de EHS de sus Subcontratistas. Los requisitos y responsabilidades contenidas en la invitación a proponer, solicitud de oferta, el Contrato y/o la respectiva Orden, deben ser extendidos y ser cumplidos por los respectivos Subcontratistas, por lo cual, en cualquier subcontrato se deben incluir y cumplir los mismos requisitos y compromisos en materia de HSEQ contenidas en la invitación a proponer, el Contrato y/o la respectiva Orden.
10.1 Seguridad en las instalaciones
• Las áreas de alimentación y descanso serán utilizadas únicamente para consumir alimentos y bebidas, cómo para realizar pausas. Es compromiso de los empleados contratistas, velar por conservar el buen estado físico y de organización de estos lugares. No se permite consumir alimentos en las áreas operativas o de almacenamiento.
• No está permitido fumar en las zonas de producción.
• Al transitar por la planta, debe hacerlo por las aceras y cebras y las puertas designadas para el ingreso o salida de peatones.
• La velocidad máxima permitida dentro de las instalaciones es de 20km/h
• Sólo se puede estacionar en las áreas designadas.
• Todo vehículo que ingrese a O-I PELDAR es registrado. Los vehículos estacionados o usados en este sitio de trabajo están sujetos a registro sin aviso previo. No permitir un registro puede traer como consecuencia que al vehículo y al trabajador se les prohíba el acceso a las instalaciones de O-I Colombia.
• En caso de requerir un espacio dentro de O-I para ubicar oficinas, talleres, guardarropa, etc., debe solicitar autorización a Seguridad Física e interventor para indicarle el sitio adecuado para establecerse.
Toda firma contratista, en la ejecución de sus labores dentro de O-I está obligada a cumplir las siguientes normas de Seguridad Industrial y medio ambiente, sin prejuicio de las normas y procedimientos de seguridad física.
10.2 Permisos de trabajo
Para minimizar o eliminar el riesgo en la realización de ciertas actividades, se han establecido permisos escritos que acompañan la orden de trabajo, y que deben ser diligenciados y aprobados de manera previa a la ejecución de actividades de mantenimiento o producción. Para la autorización de permisos se deben cumplir los siguientes requisitos:
• Inspección documentada del sitio de trabajo, el entorno, los equipos y las herramientas por parte del interventor.
• Diligenciamiento del permiso por parte de los ejecutantes y el XXXX o supervisor de la firma contratista
• Verificación del cumplimiento de los requerimientos de procedimientos que apliquen en la ejecución del trabajo validada por el interventor.
• Firmar los permisos escritos por parte del interventor
• Autorización para la ejecución de la actividad durante máximo 8 horas de trabajo. De ser necesario continuar con el trabajo, se requiere un nuevo permiso.
• En las Plantas de O-I las actividades que requieren permiso escrito son:
• Trabajo en Espacios Confinados
• Trabajo en caliente (corte, soldadura, pulido, etc.)
• Trabajo en Alturas
• Izaje de Cargas
10.3 Requisitos generales para desarrollo de actividades de alto riesgo.
Trabajos en altura
De conformidad con la Resolución 1409 del 2012 y demás normas asociadas, todo CONTRATISTA que desarrolle trabajos en altura debe contar con un programa de protección contra caídas que incluya la disponibilidad en sitio de los elementos y sistemas de protección, sistemas de ingeniería para prevención de caídas, medidas colectivas de prevención, permiso de trabajo con certificados de apoyo para trabajo en alturas, sistemas de acceso y trabajos en suspensión, certificación de competencias para personal administrativo (supervisores), operativo básico (personal que usa facilidades fijas), avanzado (movimientos horizontales y verticales), coordinador de alturas y personal calificado, inspección y reposición de equipos, planes de emergencia para rescate y simulacros verificados y aprobados, y la competencia certificada del personal que desarrolla dichas actividades.
Los trabajos en altura con andamios y escaleras deben cumplir los procedimientos seguros de O-I PELDAR y solo se autorizará su uso previo aval del coordinador de trabajo en alturas de O-I Peldar. Para ello EL CONTRATISTA debe solicitar los procedimientos antes de instalar estos
elementos. Solo se aceptarán andamios avalados por una entidad certificadora idónea diferente al proveedor.
Para la ejecución de trabajos en alturas debe presentar listado y certificado de los Coordinadores de alturas y de los trabajadores que cumplen las 40 horas de entrenamiento avanzado, así como las certificaciones médicas de aptitud psicofísicas. Éste listado debe ser actualizado mensualmente si lo requiere.
Manejo de químicos y materiales peligrosos
EL CONTRATISTA debe tener el programa para el manejo de sustancias químicas y peligrosas a utilizar en el servicio ofertado el cual debe mantener actualizado durante todo el tiempo de la ejecución del Objeto del Contrato, este programa debe estar alineado con el Estándar establecido por O-I PELDAR, y debe incluir: un inventario de sustancias químicas y materiales peligrosos, sistemas de identificación y clasificación, etiquetado, EPP, y la forma en que se cumplen las sistemas de almacenamiento fijo (tanques y demás) conforme a requerimientos técnicos legales vigentes (Decreto 1609 de 2002) y sus actualizaciones o modificaciones posteriores.
Igualmente, deberá cumplir con los procedimientos establecidos, por las normas legales vigentes aplicables y por O-I PELDAR, para la compra e ingresos de materiales peligrosos.
Para el manejo de químicos debe presentar y mantener en el lugar de trabajo las Hojas de Seguridad de Materiales (MSDS), así mismo, definir un lugar para el almacenamiento de estas sustancias siguiendo los criterios de compatibilidad y con autorización de EHS y el interventor.
Bloqueo y etiquetado (lock out / tag out)
Las fuentes de energía deben aislarse cuando se realice mantenimiento de maquinaria o equipos donde se pueda producir arranques/encendido, o liberación de energía que pueda causar daños a las personas. Cualquier aislamiento de sistemas de energía mecánico, eléctrico, de proceso, hidráulico, neumático, térmico, etc. deberá ser ejecutado por personal competente y se utilizará el sistema de bloqueo y etiquetado. Los candados y tarjetas para identificación del personal contratista deberán ser suministrados por cada una de las empresas, mas sin embargo PELDAR O-I generara las facilidades para su instalación y aplicación del procedimiento.
10.4 Elementos de protección personal
EL CONTRATISTA debe contar un plan de suministro, control de uso, mantenimiento y reposición de los elementos de protección personal, para la totalidad de sus trabajadores presentes en el sitio de trabajo y de conformidad con los riesgos identificados en matriz de peligros. EL CONTRATISTA debe tener una matriz que contemple los riesgos asociados al cargo y los EPP necesarios
Los elementos de protección personal básicos, certificados bajo norma que se deben utilizar en las instalaciones de O-I son:
• Botas de seguridad: puntera y dieléctricas
• Protección auditiva
• Casco de seguridad dieléctrico con barbuquejo
• Gafas de seguridad
• Protección respiratoria (cuando se genere material particulado o vapores químicos durante la actividad)
• Guantes (cuando se maneje material áspero, astillado, caliente, afilado u objetos que puedan causar lesión, y sustancias químicas).
10.5 Planes estratégicos de seguridad Vial (PESV)
EL CONTRATISTA y los Subcontratistas que para la realización de sus actividades contractuales tenga que usar vehículos ya sea para la ejecución del Objeto del Contrato o transportar sus trabajadores en vehículos propios o alquilados, deben cumplir, además de todas las normas legales que regulan este servicio, con los requisitos y exigencias del estándar del plan estratégico de seguridad vial (PESV) y de los requisitos, normas o solicitudes referentes a seguridad vial de O-I PELDAR.
11. Programas EHS
El propósito de estos programas es establecer, implementar y ejecutar un método práctico y eficaz para prevenir accidentes, enfermedades y lesiones, y para proteger el medio ambiente. Estos programas incluyen responsabilidades y estrategias de control del área de trabajo.
Contenido
• Objetivos y metas SST y medio ambiente.
• Responsables de la gestión EHS dentro de la empresa contratista
• Matriz de peligros de las actividades desarrolladas.
• Identificación de aspectos e impactos ambientales de las actividades desarrolladas.
• Plan de capacitación, inducción y reinducción del personal en higiene, seguridad industrial y medio ambiente. Puede incluir (aunque no es exclusivo):
• Reuniones mensuales y comunicación sobre seguridad y medio ambiente
• Procedimientos laborales e instrucciones individuales de seguridad y medio ambiente, equipo de protección personal
• Programas de capacitación.
• Investigación e informe de accidentes, enfermedades y posibles incidentes de seguridad y contaminación ambiental, para determinar causas y medidas correctivas.
• Registro de incidentes y accidentes.
• Otros mecanismos de divulgación y promoción
• Plan de acción para el control de riesgos e impactos ambientales durante la ejecución del proyecto, que proporcione la protección suficiente de la propiedad pública y privada y del medio ambiente, así como garantizar la seguridad del público.
• Definición y uso de mecanismos para la detección y corrección temprana de prácticas y condiciones inseguras como por ejemplo, plan de inspecciones periódicas (según la duración del trabajo) y listas de chequeo respectivas.
• Plan de emergencias.
12. Preparación y respuesta ante emergencias
Plan general y coordinación de respuesta a emergencias
EL CONTRATISTA deberá presentar, previo al inicio de la ejecución del Contrato u Orden, un plan de manejo de emergencias que se pueden generar como consecuencia propia de su trabajo. El personal del CONTRATISTA deberá estar organizado y vinculado a los planes de emergencia de O-I PELDAR en el sitio y dispuesto a trabajar en las brigadas de respuesta de éste, si es necesario. Cada frente de trabajo deberá mantener un número de extintores adecuado y de acuerdo a las características del sitio de trabajo para proteger las instalaciones.
12.1 Atención de emergencias
EL CONTRATISTA debe presentar un esquema del plan de emergencias médicas que incluya un MEDEVAC alineado con el de O-I PELDAR, que incluya las personas que participarán en el plan de evacuación con sus datos de contacto, los recursos disponibles para traslado, centros de referencia en el área de influencia del Contrato el cual será presentado en la primera semana de ingreso al área de EHS.
13. Reportes a presentar
La empresa contratista debe entregar periódicamente (según la duración del contrato) los siguientes reportes al coordinador HS y coordinador ambiental de cada planta
• Reporte de gestión ambiental para empresas contratistas cada 4 meses que incluya las actividades, capacitaciones, mejoras logradas y accidentes ambientales ocurridos durante el periodo.
• Reporte mensual de Gestión EHS : Con el objetivo de establecer el cumplimiento y seguimiento de las actividades programadas, las empresas contratistas reportarán los siguientes indicadores según la periodicidad definida por la gerencia EHS:
Indicador | Expresión |
Accidentalidad: efectividad de la intervención. Incluir el número de accidentes de trabajo, discriminados incapacitantes y no incapacitantes, días de incapacidad. | Número de accidentes al mes. Días de incapacidad al mes |
Avances plan de trabajo anual SST | Número de actividades efectuadas/ actividades programadas (mensuales) |
El reporte deberá ser entregado los dos primeros días de cada mes en el formato establecido por O-I PELDAR.
Reporte semestral (Certificado) emitido por la ARL del CONTRATISTA y sus Subcontratistas sobre los eventos reportados en ese periodo de tiempo y paz y salvo de pagos y aportes a la ARL.
Reporte gestión Residuos: Todos los CONTRATISTAS que en sus actividades generen residuos o desechos peligrosos y que deban realizar su disposición deberán reportar la gestión de sus residuos en cumplimiento a lo establecido en el Decreto No. 4741 del 30 de Diciembre de 2005 y la Resolución No. 1362 del 2 xx Xxxxxx de 2007 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la Resolución No. 043 del 14 xx Xxxxx de 2007.
9.6 Medio ambiente
• La protección ambiental se considera una parte integral del control de calidad, la reducción de costos y la minimización de riesgos. Toda firma contratista es responsable del desempeño ambiental demostrado por sus empleados.
• Todos los incidentes o accidentes ambientales deben ser reportados de inmediato al interventor y al coordinador ambiental de O-I Colombia por parte xxx XXXX o supervisor de la firma contratista y realizar los respectivos correctivos.
• El contratista es solidariamente responsable por el manejo de sus residuos hasta que se garantice la disposición final de éstos.
• Toda actividad debe involucrar el manejo eficiente de los recursos naturales (agua y energía) y aplicar buena prácticas siempre que sea factible.
• La prevención de la contaminación debe ser parte del proceso de organización de los trabajos.
• Nunca se podrá verter agua directamente a cuerpos de agua o suelo por más limpia que esté. Siempre se debe dirigir a los desagües del alcantarillado de la planta.
• Verifique si se trata de una ampliación de infraestructura, se tengan planeadas las adecuaciones para el vertimiento de las aguas residuales resultantes en la red de efluentes.
9.6.1 Manejo de residuos
• Los residuos se separan así:
GRIS Residuos aprovechables Plástico, Cartón, zuncho, madera, papel-periódico | VERDE Residuos no aprovechables Papel sanitario, empaques de alimentos, Barreduras, elementos de protección personal como protectores | ROJA Residuos Peligrosos Sólidos, envases y empaques contaminados que contengan o hayan contenido: |
auditivos desechables, respiradores para polvos y humos metálicos. | Aceites, lubricantes, grasas, solventes y aerosoles, lodos aceitosos, productos químicos, elementos de protección personal, estopas, trapos escobillones contaminados. |
*Los residuos de manejo especial van directamente al centro de acopio y deben ser etiquetados
• Los aceites usados (hidráulicos, motor, dieléctricos sin PCB), ACPM contaminado y otros residuos de hidrocarburos, se almacenan en contenedores exclusivos para éstos, los cuales deben estar debidamente etiquetados según el estándar corporativo y se deben llevar al centro de acopio de residuos con la etiqueta de residuos. Estos tambores deben estar ubicados en áreas techadas, con piso en cemento y sistema de contención para evitar filtraciones y contaminación del suelo.
• Para todos los residuos peligrosos resultantes de actividades de limpieza (ej. Lodos de limpieza de tanques, derrames de químicos, achique de diques, etc.) que requieran servicio de recolección especial, se debe garantizar que éstos queden en tambores debidamente etiquetados y solicitar al interventor la programación del transporte al centro de acopio.
• Todo residuo debe llevarse a los sitios destinados por la planta para la recolección temporal de residuos, incluyendo la chatarra.
• Si es necesario llevar el residuo directamente al centro de acopio de O-I, debe contar con la respectiva etiqueta. En caso contrario no se recibirá.
• Los escombros sólo se pueden llevar al Acopio de Escombros
Ningún residuo (a excepción de tierra/suelo de excavación) se puede disponer dentro de las instalaciones de O-I Colombia
9.6.2 Manejo de residuos peligrosos
• Los contratistas que generen residuos peligrosos en sus actividades deben informar al interventor del contrato y al coordinador ambiental, quien les entregará las instrucciones para su manejo.
• Los recipientes que contengan residuos peligrosos deben estar claramente etiquetados en cuanto a su contenido según el formato establecido en O-I Colombia. Es responsabilidad del contratista transportarlos directamente al centro de acopio.
• Está prohibido eliminar residuos peligrosos o químicos en contenedores de basura de la empresa no destinados para ellos.
• Los contratistas podrán estar sujetos a inspecciones periódicas por parte del área ambiental, para garantizar que se sigan las prácticas de control, almacenamiento y documentación adecuadas.
9.6.3 Control y Prevención de Derrames y otros tipos de contaminación
• Para minimizar el riesgo de derrames o liberaciones al ambiente, los contratistas deben utilizar procedimientos de protección adecuados, tales como contenciones dobles, capacitación del personal, protección contra derrames y otras medidas como parte de las actividades que impliquen el uso, almacenamiento o manipulación de productos derivados del petróleo o materiales peligrosos dentro de O-I Colombia.
• Los recipientes de materiales peligrosos y productos derivados del petróleo se deben almacenar, en sitios en donde no estén expuestos a la lluvia, al agua superficial (río, canales de agua lluvia y aguas residuales) ni al suelo.
• En caso de ser necesario achicar un dique que haya acumulado agua, el contratista debe identificar previamente con su supervisor/interventor los canales de efluentes más cercanos para hacer allí la descarga. En caso que el agua del dique esté contaminada con lubricantes o combustibles, no se podrá enviar al efluente sino manejar como un derrame de químico y disponerlo como residuo peligroso.
• Cualquier derrame o liberación de sustancias químicas peligrosas o productos derivados del petróleo se debe limpiar inmediatamente. Una vez atendido, el contratista responsable debe informar a O-I Colombia (área ambiental) sobre el evento indicando el hecho ocurrido, las acciones implementadas para su atención y las medidas tomadas o planificadas para reducir, eliminar y evitar que vuelva a ocurrir.
• Solamente se pueden realizar los siguientes tipos de descargas a los canales de agua lluvia:
• Agua subterránea no contaminada
• Agua de desagües de cimientos y de lechos de cimentación
• Líquido condensado de aire acondicionado sin sustancias químicas agregadas
• Agua potable no contaminada
• Líneas de agua, sistema de rociadores y extinción del fuego por descarga de agua
• No se permite ninguna otra descarga de agua que no sea de lluvia, salvo que la apruebe por escrito el departamento EHS de O-I Colombia.
• No se puede eliminar ningún material peligroso, sustancias químicas ni productos derivados del petróleo en la red de alcantarillado de la empresa
• Está prohibido utilizar el alcantarillado de aguas residuales de forma indiscriminada para deshacerse de los residuos o derrames de productos químicos.
• Están prohibidas las quemas de residuos a cielo abierto en propiedad O-I Colombia.
10. Evaluación de contratistas
Las empresas contratistas serán evaluadas periódicamente, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la organización, y a los dispuesto en la legislación colombiana vigente,
decreto 1072 de 2015 y resolución 1111 de 2017, monitoreando de manera periódica el cumplimiento de estos requisitos legales y los definidos en el presente manual.
Las auditorías y evaluaciones de desempeño realizadas por OI- PELDAR o por otra entidad de control del gobierno identificarán hallazgos u oportunidades de mejora, todas ellas serán plasmadas en un plan de acción correctivo o preventivo que implementará EL CONTRATISTA y reportará periódicamente de manera escrita el avance.
En los casos que la evaluación no sea satisfactoria, se debe solicitar la presentación de un plan de mejora y se formalizará en un acta de compromisos. En caso de evidenciar que el plan de mejora no ha sido implementado, se debe considerar la aplicación de las cláusulas establecidas dentro del contrato.
El incumplimiento de los Subcontratistas en su gestión EHS afectará directamente la evaluación de desempeño EHS del CONTRATISTA. Los recursos necesarios para lograr el cierre de los hallazgos en HSEQ y de cumplimiento legal de los Subcontratistas serán asumidos en su totalidad por EL CONTRATISTA. Para todos los efectos, la conducta de los Subcontratistas será tenida como conducta atribuible directamente al CONTRATISTA.
10. Medidas disciplinarias
Cuando en el desarrollo del Contrato se determine que EL CONTRATISTA incurrió en omisión, negligencia, inobservancia de los deberes, impericia o imprudencia frente a los estándares EHS de O-I PELDAR o de la legislación HSEQ vigente, O-I PELDAR podrá iniciar la aplicación del procedimiento de sanciones y multas de acuerdo a los parámetros establecidos en el Contrato suscrito entre las Partes.
El incumplimiento de los requisitos de seguridad o ambientales contemplados en este documento se consideran de la misma forma como el incumplimiento de cualquier disposición contractual, y puede tener como consecuencia la interrupción del trabajo o la expulsión del empleado de las instalaciones. El incumplimiento deliberado o repetido puede tener como consecuencia el retiro del contratista y la terminación del contrato.
Si un gerente, supervisor o empleado del contratista participa en cualquiera de las siguientes actividades, significará su retiro permanente e inmediato de las instalaciones de O-I Colombia:
• Abiertamente ignorar, hacer caso omiso o no respetar las normas de seguridad industrial, salud ocupacional y medio ambiente
• Prueba de alcoholimetría positiva en cualquier rango.
• Falsifica documentos indagatorios o testimonios relacionados con una investigación.
• Involucrarse en peleas, violencia, amenazas de violencia, robo o destrucción de la propiedad
• Infringir deliberadamente los estándares corporativos establecidos que lo ponen en peligro o a otras personas o que pueden generar daño ambiental.
• Operar vehículos o maquinaria de forma imprudente, irresponsable o insegura
11. Revisión y aprobación.
Preparado/Revisado Xxxxxx Xxxxx Gerente EHS Colombia Febrero 08 2016 | Actualizado Xxxxxx Xxxx Aux. EHS Zipa Febrero 28 2018 | Edic. No. 1 2 3 | Fecha Edic. 8/02/2016 9/06/2017 28/02/2018 |