Condiciones particulares
Contrato de productos y servicios
Condiciones particulares
CONDICIONES GENERALES COMUNES |
1. Objeto El presente documento rige y agrupa -si fuesen varios- los contratos de los productos y servicios bancarios concertados en este acto ("los Productos y Servicios"), según se indica en las respectivas condiciones particulares, amparando distintas relaciones contractuales independientes si fuesen varias las convenidas. En caso de concertarse un contrato con pluralidad de titulares, el presente documento podrá amparar, a solicitud de todos los contratantes, otros Productos y Servicios de su titularidad individual, haciéndose constar que pueden contratarlos en documentos separados si así fuese su voluntad. 2. Titularidad La titularidad de cada uno de los Productos y Servicios es la expresada por los titulares en las respectivas condiciones particulares del contrato. En caso de pluralidad de titulares se entenderá, salvo pacto expreso en contrario, que la titularidad es indistinta, de modo que todos responderán solidariamente y uno cualquiera de ellos podrá ejercitar por sí solo todos los derechos derivados de la tal titularidad, incluso la cancelación del xxxxxxxx.Xx se pacta expresamente la titularidad conjunta será necesaria la firma y aceptación de todos o varios de ellos para realizar cualquier operación, incluida la cancelación. En adelante, la expresión "el contratante" o "el titular" los designará a todos si fuesen varios, salvo que del contexto resultase lo contrario. 3. Precio de los productos y servicios. Gastos Las comisiones necesariamente inherentes a los Productos y Servicios concertados se indican, junto con los parámetros para su liquidación, en las respectivas condiciones generales específicas o en las condiciones particulares, bajo la rúbrica "precio de los servicios" o análoga. Son independientes de las comisiones devengadas y de los gastos repercutibles por la prestación de otros servicios no comprendidos en el marco del presente contrato específicamente solicitados o aceptados por el titular. Cuando el contratante actúe como no Consumidor serán de su cargo los gastos derivados de las comunicaciones relacionadas con los Productos y Servicios contratados. En los demás casos, solo se repercutirán los gastos de las comunicaciones cuando una norma legal lo permita. En particular, podrán repercutirse los gastos de las comunicaciones cuando el contratante solicite información adicional, cuya remisión no sea legalmente obligatoria para CaixaBank, o la recepción de información a través de medios de comunicación distintos de los especificados en este contrato. Salvo que se especifique otra cosa, el importe de los gastos de las comunicaciones se calculará de acuerdo con las tarifas se los Servicios Postales de Correos vigentes en cada momento. Salvo indicación en contra por parte del titular, éste consiente que tales envíos incluyan publicidad o comunicaciones comerciales siempre que por tal causa no se incremente el importe del gasto repercutido. 4. Modificación de condiciones 4.1. CaixaBank podrá instar la modificación de las condiciones generales y particulares de los Productos y Servicios concertados por plazo indefinido mediante su comunicación al contratante, con un plazo de antelación de un mes respecto a la entrada en vigor de dicha modificación, en el domicilio de comunicaciones de acuerdo con lo estipulado en la condición general común 9, o bien, cuando el contratante no actúe como Consumidor, con un plazo de antelación razonable respecto a la entrada en vigor de dicha modificación, mediante la publicación en el tablón de anuncios de las oficinas y de la Web de la entidad CaixaBank o mediante cualquier otro medio reconocido en derecho. No obstante lo anterior, se podrán aplicar de manera inmediata todas aquellas modificaciones que resulten más favorables para el contratante. Cuando los Productos y Servicios afectados por la modificación tengan la consideración de servicios de pago, en particular, en el caso de depósitos a la vista, el plazo de preaviso antes mencionado será de dos meses. En caso de disconformidad, el contratante tendrá derecho a resolver el contrato del servicio concreto afectado, notificándolo antes de dicha fecha subsistiendo, en su caso, hasta su completo pago, las obligaciones de las que fuese deudor. 4.2 Las modificaciones relativas a tipos de interés o de cambio podrán aplicarse de inmediato y sin previo aviso cuando se basen en tipos de a interés o de cambio de referencia acordados en el contrato correspondiente. 5. Depósito asociado Para la contratación de determinados Productos y Servicios, puede ser necesaria que el contratante designe un depósito de dinero a la vista abierto en CaixaBank, asociado o vinculado, en el que se asentarán los cargos y abonos generados por la operativa de los Productos y Servicios. En tales casos, se reservará un espacio específico en las condiciones particulares, entendiéndose que la contratación de los Productos y Servicios no es posible sin efectuar dicha designación y que con ella, el contratante asume el compromiso de mantener operativo un depósito asociado o vinculado durante el periodo de vigencia de los Productos y Servicios contratados, siendo la cancelación sobrevenida del depósito asociado o vinculado causa de resolución del contrato, salvo que en las condiciones generales específicas de los Productos y Servicios se indique expresamente otra cosa. Las comisiones y gastos derivados de la apertura y mantenimiento del depósito a la vista asociado o vinculado serán las que se indiquen en el contrato de apertura de dicho depósito. 6. Duración y resolución del contrato 6.1 Duración Los Productos y Servicios específicos se contratarán por plazo indefinido, salvo que expresamente se indique otra cosa en sus respectivas condiciones generales específicas. 6.2 Resolución voluntaria Los contratos de los Productos y Servicios concertados por plazo indefinido podrán ser resueltos unilateralmente por cualquiera de las partes, sin necesidad de expresar causa. Si es XxxxxXxxx quien insta la resolución será necesario que preavise por escrito al contratante con una antelación mínima de dos meses. Si es el contratante quien la insta, bastará que el preaviso escrito se dirija a CaixaBank con un mes de antelación. El contratante sólo deberá satisfacer la parte proporcional adeudada de los gastos y comisiones de devengo periódico derivados de los Productos y Servicios afectados por resolución. Si los hubiera satisfecho totalmente por anticipado, CaixaBank le reembolsará la parte proporcional en el depósito asociado. CaixaBank podrá repercutir al contratante todos los gastos derivados de la resolución cuando éste no actúe como consumidor. En el caso de los depósitos, transcurrido ese plazo, su saldo quedará a disposición del titular, sin devengar intereses. La resolución solicitada por el contratante requerirá la inexistencia de saldo deudor, reservándose CaixaBank la facultad de aplazar el reintegro del saldo resultante por el tiempo necesario para el cargo de las operaciones en curso. |
cenprast02 2021-07-13 13:26:20,341
CaixaBank, S.A. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000-Xxxxxxxx, NIF A08663619
Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10370, folio 1, hoja número V-178351, inscripción 2ª
13-07-2021 13:26:20
PLPL2974-200727 001-002 (PS)
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6.3 Resolución causal
Cada parte podrá resolver los contratos de los Productos y Servicios si la otra incumple las respectivas condiciones que los rigen. La resolución implicará la exigibilidad inmediata de todo el débito que, en su caso, resultase a cargo de cada una.
7. Compensación convencional
El contratante (cada uno de ellos individualmente, si fuesen varios) autoriza irrevocablemente a CaixaBank para compensar el importe de cualquier obligación vencida, ordinaria o anticipadamente, y no satisfecha, de la que fuese deudor frente a CaixaBank, como obligado principal o como garante, con los derechos que ostentase frente a la misma por causa de cualquier depósito de efectivo, a la vista o a plazo, o cuenta de valores de las que fuese titular, único o junto con otras personas.
En caso de cotitularidad indistinta o solidaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 1143 del Código Civil, la compensación podrá alcanzar a la totalidad del saldo del depósito.
En caso de depósitos a plazo, su saldo se reputará vencido y exigible a efectos de compensación. Asimismo, dicha autorización se extiende a la venta o realización de los valores de los que fuesen titulares en cualquier depósito, cuenta o expediente de valores de CaixaBank, efectuándose la compensación con cargo al producto obtenido.
En todo caso, la compensación se notificará oportunamente a quién corresponda.
8. Apoderamientos
Cuando el contratante ejercite los derechos derivados de los contratos de Productos y Servicios por medio de un apoderado o representante legal u orgánico, la condición y facultades atribuidas a éste serán válidas tal como hayan sido puestas en conocimiento de CaixaBank, mientras ésta no reciba comunicación de su modificación, revocación o extinción, aun cuando un hecho o acto modificativo o extintivo conste en documento público o haya sido inscrito en Registro Oficial.
9. Comunicaciones
9.1. Salvo que se indique otra cosa en las condiciones particulares, el repositorio de comunicados del servicio de banca por internet banca digital de CaixaBank y de los Cajeros Automáticos pertenecientes a la red de CaixaBank, constituirán el medio de comunicación pactado con CaixaBank para la recepción de comunicados relacionados con los Productos y Servicios, siempre que el Contratante tenga contratado el Servicio de banca digital o disponga de libretas y/o tarjetas u otros dispositivos comercializados por CaixaBank o por las entidades de su grupo que le permitan acceder a los cajeros automáticos. En tales casos, los comunicados se pondrán a disposición del Contratante en dichos repositorios de forma que el Contratante podrá consultarlos tantas veces como desee y obtener una copia en soporte duradero, considerándose recibidos desde dicha puesta a disposición.
Si por cualquier causa, el Contratante no dispone del servicio de banca digital o de libretas, tarjetas u otros dispositivos que le permitan acceder a los cajeros automáticos, o si así lo solicita expresamente, los comunicados le serán remitidos por correo postal en soporte papel al domicilio específicamente señalado para ello o, en su defecto, a la dirección postal informada como propia junto a sus datos personales de contacto.
Con independencia del medio de comunicación pactado, XxxxxXxxx podrá remitir los comunicados relativos a la resolución contractual o requerimiento de pago por correo postal.
Cuando de conformidad con lo establecido en la presente clausula, el medio de comunicación pactado sea el correo postal, se considerarán recibidas por el Contratante todas las comunicaciones que CaixaBank le dirija al último domicilio que figure en sus archivos, siendo obligación del Contratante notificar cualquier modificación del domicilio.
9.2. CaixaBank tendrá derecho a repercutir los gastos ocasionados por envío de comunicados cuando, a petición del titular, éstos se remitan por un medio distinto del pactado en el presente contrato y, en todo caso, cuando se trate de duplicados o de información adicional.
9.3. En todo caso, cualquiera que sea el medio de comunicación pactado, y sin perjuicio de lo establecido por la normativa aplicable, el Contratante dispondrá de un plazo de quince días desde su recepción para manifestar su disconformidad con las operaciones o extractos objeto de comunicación, entendiéndose firmes y consentidos si transcurrido dicho plazo no hubiese formulado objeción alguna. No será obstáculo para esta conformidad tácita la alegación de la falta de recepción del documento o extracto cuando la misma no hubiese sido puesta de manifiesto transcurrido un plazo razonable desde que, según la práctica usual, debería haber sido recibida.
9.4. En cualquier momento, estando vigentes los Productos y Servicios, el Contratante podrá solicitar a CaixaBank una copia del contrato en papel o en soporte duradero en el modo determinado en el apartado 9.1.
10. Ley aplicable y procedimientos de reclamación
10.1. El presente contrato está sujeto a la ley española y sometido a la competencia de los tribunales españoles.
El proveedor de servicios bancarios y de pago contratados es CaixaBank, S.A., CaixaBank, entidad dedicada a la prestación de servicios financieros, con domicilio en xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000 -Xxxxxxxx, NIF A08663619, Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10370, folio 1, hoja número V-178351, inscripción 2, y en el Registro Administrativo Especial del Banco de España, número 2100, supervisado por el Banco de España (Xxxxxx, 48, 28014 Madrid).
10.2. El contratante puede dirigir sus quejas o reclamaciones derivadas de los Productos y Servicios al Servicio de CaixaBank, xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0, 00000 -Xxxxxxxx. Habiendo transcurrido dos meses desde la fecha de presentación de la reclamación sin que la misma haya sido resuelta, o si fue denegada su admisión o desestimada su petición, el contratante podrá formular la misma ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, xxxxx Xxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx.
11. Grabación de las comunicaciones
Ambas partes se autorizan irrevocablemente a grabar las comunicaciones que mantengan (conversaciones telefónicas, videoconferencias, correos electrónicos, fax o cualquier otra modalidad disponible en el futuro) relacionadas con la operativa de este contrato, pudiendo utilizar las citadas grabaciones como medio de prueba para cualquier procedimiento judicial que entre ellas se pudiera plantear.
Las partes podrán solicitarse copia o transcripción del contenido de las comunicaciones que se hubieran grabado. La entrega de las transcripciones por parte de CaixaBank se sujeta al pago del precio que para tal servicio conste en la tarifa publicada por CaixaBank y registrada, en su caso, en el Banco de España vigente en cada momento.
12. Tratamiento de datos de carácter personal Responsable del tratamiento
CaixaBank, S.A. (CaixaBank) con NIF A-08663619 y domicilio en xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, 0-0 Xxxxxxxx. Datos de contacto del Delegado de Protección de datos: xxx.XxxxxXxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx Finalidades del tratamiento
Tratamiento de datos con finalidades contractuales, legales y de prevención del fraude
Los datos solicitados son necesarios para gestionar y ejecutar la contratación del producto o servicio, y serán tratados con dicha finalidad; así mismo, serán tratados para cumplir con las obligaciones normativas requeridas y para prevenir el fraude y garantizar la seguridad tanto de sus datos como de nuestras redes y sistemas.
Tratamiento de datos con finalidades comerciales
(i) Basado en el interés legítimo (conocimiento del cliente, actualización y envío de información acerca de productos y servicios similares a los que ya tenga contratados, de acuerdo con la información generada por los propios productos y servicios). Puede ejercer su derecho de oposición de conformidad con el apartado Ejercicio de derechos.
(ii) Basado en su consentimiento (de acuerdo con las autorizaciones que nos haya otorgado en cada momento). Puede consultar y gestionar sus autorizaciones en su oficina o mediante banca digital.
Comunicación de datos
Los datos podrán ser comunicados a autoridades y organismos públicos, para el cumplimiento de una obligación legal requerida, así como a proveedores de servicios y a terceros necesarios para la gestión y ejecución de la contratación.
Comunicación de datos a la Central de Información de Riesgos del Banco de España
Se informa al contratante que CaixaBank S.A. está obligada a declarar a la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIR) los datos necesarios para identificar a las personas con quienes se mantengan, directa o indirectamente, riesgos de crédito, así como las características de dichas personas y riesgos, incluyendo en particular, las que afecten al importe y la recuperabilidad de éstos. En el caso de empresarios individuales, actuando en el ejercicio de su actividad empresarial, se hará constar tal condición. Asimismo, se le informa del derecho que asiste a CaixaBank S.A. para obtener de la CIR informes sobre los riesgos que pudiera tener registrados. El titular del riesgo declarado a la CIR podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación en los términos previstos legalmente, mediante escrito dirigido al Banco de España, calle Xxxxxx, 50, 28014-Madrid. En el caso de que el titular del riesgo sea una persona jurídica, también podrá ejercitar dichos derechos dirigiéndose a la entidad declarante.
Comunicación de datos a autoridades u organismos oficiales de otros países
Se informa a su vez de que las entidades de crédito y demás proveedores de servicios de pago, así como los sistemas de pago y prestadores de servicios tecnológicos relacionados a los que se transmitan los datos para llevar a cabo transacciones pueden estar obligados por la legislación del Estado donde estén situados, o por acuerdos concluidos por éste, a facilitar información sobre las transacciones a las autoridades u organismos oficiales de otros países, situados tanto dentro como fuera de la Unión Europea, en el marco de la lucha contra la financiación del terrorismo y formas graves de delincuencia organizada y la prevención del blanqueo de capitales.
Tratamiento de datos de terceros
Los datos personales de terceros que CaixaBank reciba del contratante para el cumplimiento de los servicios bancarios solicitados, serán tratados única y exclusivamente con dichos fines y no se comunicarán a terceros salvo en los casos en que la naturaleza del servicio implique necesariamente dicha comunicación, la cual se limitará a la finalidad expresada. CaixaBank mantendrá el secreto sobre los referidos datos y aplicará las medidas de seguridad legalmente exigibles
Período de conservación de los datos
Los datos serán tratados mientras permanezcan vigentes las autorizaciones de uso otorgadas o las relaciones contractuales establecidas. De acuerdo con la normativa de protección de datos, estos datos serán conservados (durante el plazo de prescripción de las acciones derivadas de las relaciones contractuales suscritas) a los únicos efectos de cumplir las obligaciones legales requeridas a CaixaBank, y para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones.
Ejercicio de derechos y reclamaciones ante la Autoridad de protección de datos
El titular de los datos podrá ejercer los derechos en relación a sus datos de carácter personal (acceso, portabilidad, revocación del consentimiento, rectificación, oposición, limitación, supresión) de acuerdo con la normativa vigente, en las oficinas de CaixaBank, en el APARTAT DE CORREUS 209 de 46080 VALÈNCIA, en xxx.XxxxxXxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, o mediante su banca digital.
Así mismo, puede dirigir las reclamaciones derivadas del tratamiento de sus datos de carácter personal a la Agencia Española de Protección de Datos (xxx.xxxx.xx).
Comunicación de datos a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias
Se informa a las personas que son parte en este contrato que, en caso de impago de cualquiera de las obligaciones derivadas del mismo, los datos relativos al débito podrán ser comunicados a ficheros de cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias.
13. Desistimiento
Cuando el contrato haya sido celebrado por cualquier medio a distancia, el contratante podrá ejercer su derecho a desistir del contrato a través de cualquier oficina de CaixaBank. Así mismo, cuando el contrato se haya celebrado a través xx xxxxxxx de contratación a distancia el desistimiento podrá ejercerse a través del servicio de banca electrónica banca digital.
En este caso, el contratante deberá acceder a la pestaña "Configuración personal", que encontrará en la parte superior de la pantalla de inicio y, posteriormente, escoger la opción "Desistir productos contratados" a la derecha de la pantalla. Seguidamente, se le presentará un formulario en el que deberá rellenar datos sobre el contrato a desistir. Para poder desistir del contrato necesitará el PIN2 de su tarjeta de coordenadas y el número del contrato. En particular, si el contrato se ha celebrado a través de una cajero automático, el contratante también podrá ejercer el derecho accediendo a "Desistimiento de productos o servicios" que se encuentra ubicado en el apartado "Productos y servicios de CaixaBank" de la pantalla de navegación inicial xxx Xxxxxx. Seguidamente, se le presentará un formulario donde tendrá que rellenar datos sobre el contrato del que quiere desistir. Para poder desisitir del contrato necesitará su tarjeta y su número de contrato.
14. Cesión del contrato y de los derechos y/u obligaciones derivados
CaixaBank podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados de los Productos y Servicios. Cuando XxxxxXxxx se proponga realizar dicha cesión, lo comunicará previamente al contratante a través del medio de comunicación pactado para la remisión de comunicaciones, con una antelación mínima de un mes. Cuando la cesión de la totalidad de los derechos y obligaciones del contrato o de las obligaciones no sea consecuencia de una operación de fusión, escisión, cesión global de activos y pasivos u otra operación de modificación estructural análoga, el contratante podrá oponerse a la cesión comunicándolo a CaixaBank dentro del plazo de preaviso indicado, en cuyo caso el contrato quedará resuelto en los términos y condiciones previstos en este contrato.
15. Aplicación preferente de las condiciones contractuales
A los efectos de lo dispuesto en este contrato se entenderá que el contratante no ostenta la condición de consumidor cuando actúe en el ámbito de de su actividad profesional o empresarial al contratar los Productos y Servicios.
Cuando la contratación de los Productos y Servicios se realice en el ámbito de la actividad profesional o empresarial del contratante no será de aplicación la Circular del Banco de España 5/2012 de 27 xx xxxxx, la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, la Orden EHA/1608/2010, de 14 xx xxxxx, ni el Título III y los artículos 30 y 32 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre ni cualquier otra norma que las sustituya o desarrolle, salvo que su aplicación tenga carácter imperativo.
CONDICIONES GENERALES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO BANCA DIGITAL
1. Objeto
El presente contrato tiene por objeto regular los términos y condiciones del servicio de Banca electrónica de CaixaBank, banca digital, que permite al Contratante acceder a distancia a los siguientes servicios: Consulta; Ejecución de órdenes relativas a servicios bancarios y/o de pago, inversión o seguros contratados; Contratación de nuevos productos y servicios; Servicio de correspondencia y archivo de documentos; Participación en Comunidades Virtuales, Redes Sociales y otros espacios.
2. Canales de acceso al Servicio banca digital
El acceso a banca digital deberá realizarse a través de dispositivos electrónicos que estén bajo el control del Contratante, como el ordenador personal, o dispositivos de telefonía móvil y otros electrónicos y/o aquellos que CaixaBank ponga a su disposición con esta finalidad.
Correrán a cargo del Contratante los costes de aquellos elementos necesarios para el acceso a los servicios disponibles de banca digital, independientemente del canal electrónico utilizado, así como el coste que comporte la conexión, el mantenimiento y utilización de dichos elementos.
El contratante será responsable de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad y operatividad de dichos dispositivos que resulten razonables de acuerdo con el estado de la tecnología en cada momento y se compromete a cumplir con las recomendaciones sobre seguridad que le facilite CaixaBank a través del apartado de Seguridad dentro de xxx.XxxxxXxxx.xx/xxxxxxxxx.
En función del dispositivo utilizado para acceder banca digital, las funcionalidades de esta pueden quedar limitadas o incluso restringidas para determinados usos.
3. Condiciones de Uso
3.1. CARÁCTER PERSONAL DEL SERVICIO Y USO POR TERCEROS PROHIBIDO. El servicio de banca digital se contrata con la finalidad de uso propio, personal y confidencial del Contratante en el marco de sus relaciones con CaixaBank, quedando excluido todo tipo de comunicación, incorporación, extracción de información o datos con finalidad comercial y profesional , o de cualquier tipo, por parte de terceros. En consecuencia, queda expresamente prohibida la cesión del uso del servicio de banca digital por parte del Contratante a terceras personas o entidades excepto si CaixaBank presta previamente, de forma expresa su consentimiento. En particular, se considerará prohibida la cesión del uso del servicio a terceros de los identificadores, de las claves de acceso y de firma y de cualquier otro elemento de seguridad personalizado que CaixaBank haya facilitado al Contratante, especialmente si la misma se ha producido en el marco de una relación contractual de carácter mercantil entre el Contratante y terceros prestadores de servicios de pago, bancarios o auxiliares, como agregadores financieros.
Desde el momento en que CaixaBank tenga indicios de que se ha producido una cesión del uso del servicio de banca digital prohibida,
CaixaBank quedará facultada para bloquear de forma inmediata el acceso al Servicio, de conformidad con lo establecido en la condición general específica núm.10, y adoptar las medidas organizativas y tecnológicas que considere adecuadas para impedir dichos accesos.
En todo caso será responsabilidad del contratante informar a cualquier tercero que pueda estar interesado en el uso del servicio banca digital de las limitaciones que aquí se establecen al uso por terceros, manteniendo indemne a CaixaBank de cualquier responsabilidad que se derive del incumplimiento de dichas limitaciones, incluidas las sanciones que pueda imponer la autoridad competente.
Las limitaciones al uso del Servicio por terceros se establecen sin perjuicio de lo dispuesto en la condición general específica núm. 5.3 sobre "Usuarios Autorizados".
3.2. IDENTIFICADOR Y CLAVES DE ACCESO Y DE FIRMA. Para acceder al Servicio banca digital, el Contratante y/o los Usuarios Autorizados recibirán de CaixaBank, un identificador, y una clave(s) de acceso y firma, de carácter estrictamente personal e intransferible. Por motivos de seguridad, será XxxxxXxxx quien establezca la secuencia de datos identificativos precisos, para el acceso y firma en la prestación de cualquiera de los servicios contratados, reservándose el derecho a modificarla en cualquier momento, en atención a la seguridad de la prestación, de los mencionados servicios.
CaixaBank se reserva el derecho a adoptar las normas y medidas de seguridad que en cada momento considere oportunas, así como aquellas legalmente previstas, para garantizar el buen uso, seguridad y confidencialidad del servicio y de los datos contenidos en él.
Como medida de seguridad, CaixaBank podrá establecer límites cuantitativos y/u operativos a la prestación de los servicios contratados, de los que informará previamente al Contratante, siempre que sea posible.
El usuario tomará las medidas a su alcance para evitar los errores en la ejecución de órdenes de pago y envío de datos, asumiendo la responsabilidad y consecuencias que se deriven de dichos errores. No obstante, XxxxxXxxx hará los esfuerzos razonables para subsanar la no ejecución o la ejecución defectuosa de las órdenes de pago imputables al usuario, pudiendo aplicar a éste los gastos ocasionados por la recuperación de los fondos objeto de dichas órdenes de pago.
3.3. FIRMA ELECTRÓNICA DE BANCA DIGITAL. Los distintos servicios prestados por banca digital, requerirán el uso del identificador y de una, o de las dos claves de acceso y firma, según se establezca en cada momento.
El identificador junto a la(s) clave(s) de acceso y firma consignados junto a otros datos electrónicos generados por banca digital o asociados con ellos, serán utilizados como medio de identificación del Contratante o, en su caso, del "Usuario Autorizado" teniendo la consideración de firma electrónica del Contratante o del "usuario autorizado". Dicha firma electrónica tendrá el mismo valor respecto de los datos consignados en los documentos electrónicos generados en el entorno de banca digital que la firma manuscrita en relación con los datos consignados en papel.
4. Servicios básicos de banca digital
4.1. En el marco de banca digital, el contratante puede acceder a los servicios siguientes:
CONSULTA. Acceso a la información relativa a los productos y servicios contratados con CaixaBank y con otras entidades con las que CaixaBank haya llegado a un acuerdo de colaboración, de manera que el contratante pueda consultar las características principales del producto o servicio contratado, además de la información que le permita continuar la operativa. La presentación y la extensión de esta información pueden variar en función del canal de acceso.
EJECUCIÓN DE ÓRDENES: Relativas a servicios bancarios, de pago, inversión o seguros previamente contratados. Para la emisión de las órdenes a través de banca digital, será necesario que, con carácter previo, el Contratante lea, complete y suscriba los formularios y documentos que CaixaBank establezca en cada momento con esta finalidad. La firma de las órdenes puede requerir las claves(s) de firma electrónica entregada(s) al Contratante, según se establezca por XxxxxXxxx y, en su caso, por el usuario. En este sentido, CaixaBank podrá evitar al usuario la necesaria firma electrónica en el marco de operaciones recurrentes, destinatarios previamente designados o cualquier otro que CaixaBank establezca.
CONTRATACION DE NUEVOS PRODUCTOS Y SERVICIOS. banca digital permite al Contratante contratar productos y servicios utilizando la firma electrónica regulada en la condición general específica núm. 3.3. Durante el proceso de contratación se mostrará contratante la información y la documentación necesaria para celebrar válidamente el contrato. El contratante podrá descargar en soporte duradero la información precontractual preceptiva. Tras la celebración del contrato, se pondrá a disposición del contratante la correspondiente justificación de la contratación realizada a través del Servicio de banca digital.
Cuando la contratación de un producto o servicio lleve aparejado un derecho de desistimiento, el Contratante podrá ejercerlo a través del formulario especialmente habilitado, a través del apartado reservado para el ejercicio de este derecho, dentro del entorno del Servicio de banca digital.
BOLSA ABIERTA. El servicio de Bolsa Abierta, permite la contratación de instrumentos financieros, la consulta de los productos y servicios de inversión de los que sea titular el Contratante, la comprobación de órdenes cursadas, así como a la obtención de información sobre los mercados nacionales e internacionales, y el acceso a aquellos informes, herramientas y servicios que CaixaBank determine en cada momento. El Contratante, de forma previa deberá suscribir todos aquellos contratos y/o documentos que CaixaBank haya establecido con esta finalidad, y de acuerdo con las condiciones legales, normativas o de cualquier otra clase, que se pongan a disposición del contratante dentro del espacio de Bolsa Abierta, reservado a tal efecto.
SERVICIO DE CORRESPONDENCIA Y ARCHIVO DE DOCUMENTOS. Desde el momento de su contratación, banca digital se constituye en el medio de comunicación escogido por el Contratante para la recepción de los comunicados relacionados con todos los productos y servicios que el Contratante tenga contratados o vaya a contratar con CaixaBank, u otras entidades de su grupo, así como con los que CaixaBank haya alcanzado acuerdos de colaboración.
Entre otras, en la actualidad dichas entidades son: Comercia Global Payments Entidad de Pago, S.L., "Comercia Global Payments", CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U., CaixaBank Payments & Consumer, GLOBAL PAYMENTS MONEYTOPAY, EDE, S.L., "M2P", Nuevo Micro Bank S.A.U, "Microbank", SegurCaixa Adeslas S.A de Seguros y Reaseguros, "Adeslas Segurcaixa", VidaCaixa, S.A. Sociedad Unipersonal, "Vidacaixa", InverCaixa Gestión S.G.I.I.C., S.A.U., "InverCaixa".
CaixaBank pondrá dichos comunicados a disposición del Contratante a través del repositorio de documentos al que se puede acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en el entorno de banca digital, considerándose recibidos por el contratante desde ese momento. Los comunicados quedarán almacenados en el repositorio de documentos de banca digital. El Contratante podrá consultar dichos comunicados cuantas veces lo desee y obtener una copia de los mismos en soporte duradero. El período máximo durante el cual se mantendrá almacenados los comunicados en dicho repositorio será de 10 años.
Si el Contratante prefiere recibir los comunicados por correo postal, deberá solicitarlo expresamente a CaixaBank, quedando facultada para repercutir el coste de envío de dichos comunicados.
PARTICIPACIÓN EN COMUNIDADES, REDES SOCIALES Y OTROS ESPACIOS. Desde el servicio de banca digital habilitado en cada canal, CaixaBank permite al Contratante participar en otras Comunidades Virtuales, Redes Sociales y otros espacios virtuales habilitados a dicho efecto. De forma previa a la adquisición de condición de miembro, usuario y/o participante de estos espacios el Contratante deberá aceptar, siempre de forma previa, las condiciones de acceso y uso, así como obtener los permisos necesarios para poder acceder a estas funcionalidades. La participación en estos espacios podrá estar restringida a ciertos colectivos, usuarios y/o miembros que CaixaBank haya determinado en cada momento.
4.2. PRODUCTOS Y SERVICIOS SUJETOS AL SERVICIO DE BANCA DIGITAL. El Servicio de banca digital permite operar sobre los productos y servicios de CaixaBank, y de otras entidades de su grupo, así como con las que CaixaBank haya alcanzado acuerdos de colaboración.
En la actualidad dichas entidades son: Comercia Global Payments Entidad de Pago, S.L., "Comercia Global Payments", CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U., CaixaBank Payments & Consumer, GLOBAL PAYMENTS MONEYTOPAY, EDE, S.L., "M2P", Nuevo Micro Bank S.A.U, "Microbank", SegurCaixa Adeslas S.A de Seguros y Reaseguros, "Adeslas Segurcaixa", VidaCaixa, S.A. Sociedad Unipersonal, "Vidacaixa", InverCaixa Gestión S.G.I.I.C., S.A.U., "InverCaixa".
5. Titularidad y Usuarios Autorizados
5.1. El presente contrato es de titularidad unipersonal y permite realizar operaciones sobre aquellos productos en los que el Contratante sea titular unipersonal o, en caso de que exista más de un titular, el Contratante pueda ejercitar por sí sólo todas las facultades de carácter operativo (consulta y/o ejecución de órdenes) derivadas del contrato sin que sea precisa la intervención del resto de titulares, como en el caso de los depósitos con pluralidad de titulares y facultad de disposición indistinta.
No obstante, para el caso en que exista pluralidad de titulares y el ejercicio de todas o algunas de las facultades del contrato requiera de la intervención de más de un titular, banca digital recabará la firma de cada uno de dichos titulares (servicio de multifirma) antes de iniciar cualquier operación que se vea afectada por dicha condición. En tal caso, cada titular deberá firmar la operación desde su propio Servicio de banca digital.
5.2. Usuarios apoderados: Cuando el Contratante ejercite los derechos derivados del presente contrato por medio de apoderado o representante legal u orgánico, la condición y facultades atribuidas a éste serán válidas tal como hayan sido puestas en conocimiento de CaixaBank, mientras ésta no reciba comunicación de su modificación, revocación o extinción, aun cuando un hecho o acto modificativo o extintivo conste en documento público o haya sido inscrito en Registro Oficial.
5.3. Usuarios autorizados: El Contratante podrá designar a una o más personas autorizadas para poder acceder en su nombre a determinados servicios mediante los formularios habilitados por CaixaBank a tal efecto. Salvo que expresamente se indique otra cosa en dichos formularios, el usuario autorizado solo podrá acceder a los niveles de servicio "básico", "consultas" o "consultas y preparación" que se regulan en la condición general específica núm. 5.4.
La autorización a un usuario conferida de conformidad con lo establecido en la presente condición quedará sin efecto por el transcurso del plazo de vigencia, en su caso, establecido o cuando el Contratante no ratifique la vigencia de la autorización o lo haga de forma extemporánea, en los casos en que CaixaBank le requiera para ello.
5.4. Niveles de Acceso: El Contratante podrá limitar el tipo de servicio al que podrán acceder los Usuarios Autorizados de conformidad con los siguientes niveles de acceso: Básico, Consultas, Consultas y Preparación, Pleno o Todo Permitido.
a) "Básico": permite la presentación de ficheros que contengan relaciones de operaciones de pago (adeudos domiciliados, transferencias, etc. u otras cuya ejecución se solicita a CaixaBank y que requieren la firma de un Usuario con nivel de acceso "Pleno".
b) "Consultas", permite acceder al servicio de Consulta regulado en la condición general específica núm. 4.1.
c) "Consultas y Preparación" permite acceder a los niveles de acceso anteriores.
d) Pleno o "Todo Permitido", permite el acceso a todas las modalidades de servicio, reguladas en la condición general específica núm. 4.1.
e) Detallado. Un mismo usuario puede acceder a diferentes niveles de acceso en función del tipo de producto o servicio.
6. Deberes y Obligaciones de las Partes
Sin perjuicio de lo establecido en las restantes cláusulas, son deberes u obligaciones especiales del Contratante:
a) Mantener el secreto de la(s) clave(s) de acceso y firma relacionadas con el servicio y cualesquiera otras que CaixaBank ponga a su disposición, así como actuar con la debida diligencia en relación a su custodia y uso, evitando su conocimiento por parte de terceros no autorizados, asegurando que no sean fácilmente deducibles a partir de sus datos personales u otros distintos, tales como su fecha de nacimiento, número de teléfono, números correlativos, etcétera.
b) En los supuestos de pérdida o conocimiento de la(s) clave(s) de acceso y firma personal por otras personas contra su voluntad, el Contratante deberá comunicar el hecho a CaixaBank sin dilaciones indebidas en cuanto tenga conocimiento de ello. Dicha comunicación podrá realizarse en todo momento de forma gratuita a través del teléfono que CaixaBank tiene habilitado a tal efecto, cuyo número puede consultarse en el tablón de anuncios expuesto en las oficinas de la entidad y en el apartado de Atención al cliente de la página Web de CaixaBank xxxx://xxxxxx.XxxxxXxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx_xx.xxxx . Cuando el titular solicite la devolución del importe de una orden de pago o repudie la autoría de cualquier otra operación, será necesario que lo haga por escrito, debidamente firmada, dentro del plazo antes indicado, expresando el motivo de su solicitud de devolución y adjuntando la copia de la correspondiente denuncia presentada ante la autoridad competente, en caso de órdenes de pago no autorizadas o los documentos y/o información que justifiquen su pretensión, en los demás casos.
c) Aceptar las operaciones ordenadas, solicitadas o ejecutadas por medios remotos debiendo comunicar lo antes posible a CaixaBank la negativa a haber autorizado dichas operaciones o que estas se ejecutaron de manera incorrecta, en cuanto tenga conocimiento de ello. En caso de tratarse de un No Consumidor, corresponderá a éste demostrar que la operación fue ejecutada incorrectamente o la negativa a haber autorizado la operación ya ejecutada.
d) Acreditar, a petición de XxxxxXxxx, aquellos datos necesarios para la comprobación del uso correcto de los servicios contratados, así como a confirmar, incluso por escrito, aquellas operaciones que como medida de precaución le exija, a fin de salvaguardar la confidencialidad y seguridad del sistema, o legalmente se requiera.
e) Poner en conocimiento de XxxxxXxxx, lo antes posible, cualquier circunstancia que pueda afectar al funcionamiento del servicio.
f) Mantener y usar correctamente aquellos elementos necesarios para la prestación de los servicios que, en su caso, hayan sido entregados por XxxxxXxxx, que no podrán ser objeto de forma alguna de reproducción o alteración debiendo devolverlos una vez finalizado el contrato.
g) Realizar un uso legítimo de los servicios, absteniéndose de utilizarlo de forma fraudulenta, de forma deliberada o por negligencia grave, de acuerdo a lo estipulado en este contrato o a la legislación aplicable para cada servicio.
h) Instruir y poner en conocimiento de los Usuarios Autorizados el funcionamiento del servicio así como de las obligaciones derivadas del presente contrato.
i) Responder de los daños y perjuicios que puedan ocasionarse a CaixaBank o a terceros por razón del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato, por parte del Contratante o de los Usuarios del servicio.
j) Comunicar sin demora a CaixaBank cualquier variación relacionada con los Usuarios Autorizados, en concreto, aquellas derivadas de las facultades, poderes o autorización necesaria para el acceso y uso del servicio contratado, así como cualquier otra que sea necesaria para la correcta identificación de los mismos en los registros informáticos de CaixaBank.
Sin perjuicio lo establecido en las restantes cláusulas, son deberes u obligaciones de CaixaBank:
a) Entregar el Identificador, la clave(s) de acceso y firma al amparo de este contrato al Contratante o en su caso, al Usuario Autorizado.
b) Mantener el secreto de la(s) clave(s) de acceso y firma relacionadas con el servicio y cualesquiera otras que CaixaBank haya facilitado al Contratante y/o usuario.
c) Abstenerse de ceder el uso o comunicar a terceros la clave(s) de acceso y firma sin causa justificada o consentimiento previo.
d) Aceptar las operaciones ordenadas, solicitadas o ejecutadas por el/los Usuario(s), salvo que CaixaBank pueda apreciar de forma razonable una utilización fraudulenta y no autorizada del servicio, o un incumplimiento deliberado o por negligencia grave de sus obligaciones, por parte del Usuario(s) o de terceros no autorizados.
7. Responsabilidad del contratante
Sin perjuicio de lo establecido en las restantes clausulas del contrato, alcanzará la responsabilidad del Contratante al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.
Especialmente, el Contratante responderá por el incumplimiento de los deberes de custodia, secreto y uso personal del identificador y la clave(s) de acceso y firma, pudiendo CaixaBank resolver el Contrato cuando tenga conocimiento de ellos, sin mediar previo aviso.
Las órdenes iniciadas con los datos facilitados por el Contratante se considerarán correctamente ejecutadas conforme dichos datos, por lo que no alcanzará la responsabilidad de CaixaBank a la incorrecta ejecución o ejecución defectuosa de dichas órdenes.
Alcanzará la responsabilidad del Contratante, igualmente, el impago de las comisiones y gastos derivados de los servicios contratados en virtud de este Contrato.
8. Responsabilidad de CaixaBank
CaixaBank declina toda responsabilidad por las suspensiones o interrupciones del servicio, omisiones, errores, pérdidas de información, vulneración de la confidencialidad y/o acceso indebido a la información o datos personales, ocasionados por causas de fuerza mayor o caso fortuito, o hechos ajenos a su ámbito de control.
No obstante, y en caso de producirse alguno de los hechos enunciados anteriormente, CaixaBank se compromete a informar de los mismos al Contratante con la mayor antelación posible con el objeto de disminuir y/o impedir cualquier daño y/o perjuicio que pudiera ocasionarle.
En el caso de no ejecución o ejecución incorrecta o no autorizada de una orden, la responsabilidad de CaixaBank quedará limitada hasta el importe de la orden no ejecutada o incorrectamente ejecutada.
Para el acceso al servicio de banca digital, puede ser necesaria la conexión remota a distintas redes de comunicaciones según el canal electrónico utilizado, así como la intervención de terceras personas o entidades ajenas a CaixaBank en la prestación de estos servicios, por lo que CaixaBank no se responsabiliza de la disponibilidad permanente del servicio, ni de la correcta conexión a las redes de comunicación necesarias, según el canal electrónico utilizado, por parte de los usuarios.
9. Suspensión del Servicio
CaixaBank podrá abstenerse de ejecutar órdenes de pago o denegar el acceso a los servicios contratados, bajo criterio de la entidad, cuando XxxxxXxxx aprecie dudas acerca de la identidad del usuario o irregularidad en el uso por parte del mismo, así como cuando se incumplan los límites establecidos para cada servicio disponible, de conformidad con la legislación aplicable o con las normas y usos que CaixaBank tenga establecidos en cada momento.
CaixaBank podrá, a iniciativa propia, suspender temporalmente el servicio para la introducción de mejoras y modificaciones en el servicio, avisando con la antelación razonable al Contratante, siempre que sea posible.
CaixaBank podrá suspender inmediatamente, sin necesidad de previo aviso alguno, y, en su caso, resolver de forma unilateral el contrato, si el Contratante o cualquiera de los Usuarios Autorizados: a) lo utilizare indebidamente o con finalidades distintas a las previstas en este contrato; b) incumpliese las condiciones del presente contrato o las normas y políticas establecidas por CaixaBank, así como también la legislación aplicable en cada caso.
Así mismo, CaixaBank se reserva el derecho a bloquear temporalmente la utilización del servicio cuando concurra alguna de las circunstancias objetivas de las que razonablemente pueda deducirse: a) que la seguridad del servicio ha quedado comprometida; b) que pueda haberse producido una utilización fraudulenta o no autorizada del servicio.
No obstante, y en caso de producirse alguno de los hechos enunciados anteriormente, XxxxxXxxx se compromete a informar al Contratante de los mismos y de los motivos que le han llevado a adoptar dicha decisión con la mayor celeridad posible con el objeto de disminuir y/o impedir cualquier daño y/o perjuicio que pudiera ocasionarle. Siempre que sea posible, dicha comunicación se realizará con carácter previo por los medios de comunicación pactados con el Contratante, y en caso contrario, inmediatamente después del bloqueo, salvo que la comunicación de dicha información pueda resultar comprometida por razones de seguridad objetivamente justificadas o fuese contraria a cualquier otra disposición normativa.
10. Derechos de propiedad intelectual e industrial
Corresponden a CaixaBank los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre las plataformas tecnológicas, sistemas y programas informáticos, bases de datos, diseños gráficos, contenidos de su portal y páginas en Internet, por ser de su propiedad u ostentar las licencias necesarias. Queda prohibida la reproducción, distribución, cesión a terceros, comunicación pública, transformación y descompilación o realización de ingeniería inversa así como la asociación de dichas páginas o de sus contenidos o servicios a páginas o servicios de agregación o cualesquiera otros de terceros. Igualmente queda prohibido todo uso de los nombres comerciales, marcas, nombres de dominio u otros signos distintivos de CaixaBank o de las empresas de su Grupo o ajenas a él, contenidas en su portal y páginas en Internet.
11. Condiciones específicas aplicables a las diferentes modalidades de acceso al Servicio de banca digital
Las prestaciones que se ponen a disposición del Contratante dependerán de las características del canal por el que se pretenda operar. En aquellos casos en los que el acceso al servicio requiera una aceptación previa de unas condiciones específicas, estas serán informadas de forma previa por CaixaBank.
La cancelación del contrato de Servicio de banca digital comportará la cancelación de todos los servicios que al amparo de la misma mantengan en vigor el Contratante y CaixaBank.
11.1. Servicio banca digital Web.
El Servicio banca digital consiste en el acceso al servicio de banca electrónica de CaixaBank, banca digital, a través de la conexión de Internet, desde su ordenador personal, o cualquier otro dispositivo electrónico.
El acceso al servicio de banca digital por parte del Usuario se llevará a cabo mediante el identificador, y la clave(s) de acceso y firma, facilitado por CaixaBank.
Este servicio está disponible en el portal de CaixaBank xxx.XxxxxXxxx.xx.
11.2. Servicio banca digital SMS
El Servicio banca digital SMS consiste en el acceso al servicio de banca electrónica de CaixaBank, banca digital, a través de un teléfono móvil y mediante mensajes cortos (SMS).
En esta modalidad de servicio, el identificador coincidirá con el número de teléfono móvil asociado al servicio, que será el indicado en las Condiciones Particulares bajo el epígrafe "banca digital SMS, Teléfono" y facilitado por el Contratante
En el momento de solicitud de alta del servicio por parte del Contratante, CaixaBank le entregará las instrucciones necesarias para el acceso y uso del servicio, asumiendo el Contratante los perjuicios y responsabilidades que pudiesen derivarse del incumplimiento de dichas instrucciones. Los distintos tipos de operaciones permitidas en este servicio requerirán el envío, por parte del Contratante y desde el teléfono móvil asociado al servicio, de mensajes cortos SMS con un código de operación definido para cada operación disponible en el servicio. El envío de dichos mensajes cortos desde el dispositivo móvil asociado junto a otros datos o asociados con ellos, podrán ser utilizados como medio de identificación del Usuario en los registros informáticos de XxxxxXxxx y como consentimiento de la operación que pretende realizar. Asimismo, estos datos serán utilizados como medio de identificación del Contratante teniendo la consideración de firma electrónica del mismo.
11.3. Servicio banca digital Teléfono
El Servicio banca digital Personal es un Servicio de Banca Telefónica que permite al Contratante operar desde cualquier lugar de España y del extranjero mediante telefonía vocal. El Contratante deberá cumplir con todos los requisitos que CaixaBank haya establecido, en cada momento, para su identificación y/o firma con el fin de poder utilizar este servicio. Para realizar cualquier operación, el titular deberá llamar al número de teléfono correspondiente al servicio de atención telefónica, que se encuentra en el apartado de Atención al cliente de la Web de CaixaBank xxxx://xxxxxx.XxxxxXxxx.xx/xxxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxx_xx.xxxx.
El Servicio se presta en dos modalidades:
Servicio Automatizado: Permite al titular del Servicio, la consulta de saldo, movimientos de sus depósitos a la vista, liquidación y movimientos de sus tarjetas, y realizar transferencias entre los depósitos a la vista de su titularidad de forma automatizada.
Servicio Mixto: Permite al titular del Servicio, además de las anteriores, consulta de recibos, etc. de forma automatizada o mediante operador telefónico.
Las conversaciones que el Contratante mantenga durante la prestación del servicio quedaran grabadas en un soporte duradero como justificación documental de la operatoria realizada.
11.4. Servicio banca digital Móvil
El Servicio banca digital Móvil es un Servicio que permite al Contratante operar mediante un teléfono móvil o tableta con acceso a Internet.
Para el acceso a este Servicio es necesario que el cliente disponga de un teléfono móvil o tableta con acceso a Internet. También puede accederse al servicio desde cualquier dispositivo que disponga de acceso a Internet y de un navegador.
El Contratante puede acceder directamente a través de la dirección xxxx://x.XxxxxXxxx.xx.
Condiciones Generales Específicas del Servicio Iniciación, el Servicio Avanzado, el Servicio Experto y el Servicio Experto Plus en Mercado Nacional |
1. Objeto Estas condiciones generales específicas (en adelante, las condiciones) tienen por objeto regular los términos y las condiciones en que CaixaBank prestará al titular el Servicio Iniciación, el Servicio Avanzado, el Servicio Expert y el Servicio Expert Plus en mercado nacional (en adelante, los servicios), tal como se describen más adelante. Los Servicios complementan las prestaciones del Servicio de Bolsa Abierta incluido en el servicio de banca digital, permitiendo al Titular acceder a la información y las prestaciones incluidas que se indican a continuación: - Servicio Iniciación: Cotización en tiempo real para acciones xxx xxxxxxx continuo, Fixing, Latibex, MAB , ETFs, warrants e Índice IBEX 35 DOR. - Servicio Avanzado: las correspondientes al Servicio Iniciación más Streaming en acciones xxx xxxxxxx continuo, Fixing, Latibex, MAB, ETFs e Índices IBEX, FTSE Latibex, Índices Bolsas (Barcelona, Bilbao, Madrid y Valencia) - Servicio Experto: las correspondientes al Servicio Avanzado más profundidad xx xxxxxxx en acciones xxx xxxxxxx continuo, Latibex, y ETFs. - Servicio Experto Plus: las correspondientes al Servicio Experto más Plataforma Trading Estas Condiciones Generales Específicas se aplicarán con carácter preferente a las Condiciones Generales Comunes y Condiciones Generales Específicas pactadas en el Servicio de banca digital, el cual permanecerá inalterado, vigente y aplicable en todo aquello que no se vea expresamente modificado por estas Condiciones y en todo aquello que no esté previsto. 2. Condiciones de uso de la información contratada La información a tiempo real contratada será suministrada por BME Market Data. El Titular solo podrá hacer uso interno de dicha información, no estando autorizado en ningún caso a la redifusión de la misma. Asimismo el Titular no podrá almacenar, copiar, reproducir y/o hacer uso de la información contratada. 3. Declaración de Inversor No Profesional El Titular declara que cumple con los siguientes criterios de Inversor No Profesional requeridos por BME Market Data, para poder acceder a la información en tiempo real que, en virtud de este contrato, CaixaBank le va a suministrar: "Serán considerados inversores no profesionales todo Titular que sea persona física, y que no utilice la información en la gestión del patrimonio de terceros, en su actividad profesional o empresarial, ni en la realización de actividades sujetas a autorización o regulación de alguna autoridad financiera nacional o extranjera". 4 . Acceso a los Servicios El acceso a estos Servicios, deberá realizarse a través del servicio banca digital, en el apartado reservado para "Bolsa Abierta" y mediante la introducción del identificador y la/s clave/s que el Titular dispone a tal efecto. 5 . Precio Las Partes convienen fijar un precio, en adelante "Precio del Servicio", cuyo pago por el Titular le permite acceder a las prestaciones correspondientes al Servicio contratado, durante el período de duración indicado en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital . El Precio del Servicio, es el que se indica bajo el epígrafe denominado "Precio del Servicio" de las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital. El Precio del Servicio es independiente de las comisiones y gastos correspondientes a las órdenes que, en su caso, sean ejecutadas a través del servicio de Bolsa Abierta que se regirán por lo establecido en las tarifas aplicables vigentes, conforme a lo indicado en banca digital bajo el epígrafe "Mi Broker". CaixaBank podrá aplicar a los clientes que contraten los Servicios, una reducción de estas tarifas, conforme a lo informado en ese mismo epígrafe. 6 . Modalidad de Pago y Liquidación El Precio del Servicio se abonará por el Titular mediante adeudo que realizará CaixaBank en el Depósito Asociado o Vinculado al Servicio, indicado en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital. El Titular consiente expresamente, con la periodicidad indicada en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital , el adeudo inmediato por CaixaBank en el Depósito Asociado o Vinculado del Precio del Servicio, con fecha valor del día de su realización. El primer pago se realizará durante los cinco primeros días del mes siguiente al de la firma de las presentes Condiciones. 7 . Responsabilidad |
CaixaBank realizará sus mejores esfuerzos para asegurar la exactitud, integridad y puntual difusión de la información contratada. CaixaBank únicamente difunde dicha información por lo que no tiene oportunidad de examinar su contenido, su exactitud y no podrá garantizar la integridad y la puntualidad de la entrega de la misma. La información difundida tiene un carácter únicamente orientativo e informativo. Asimismo CaixaBank declina toda responsabilidad por las suspensiones o interrupciones del Servicio, errores, pérdidas de información, vulneración de la confidencialidad y/o acceso indebido a la información o datos personales, ocasionados por causas de fuerza mayor o caso fortuito, o hechos ajenos a su ámbito de xxxxxxx. Xx obstante, y en caso de producirse alguno de los hechos enunciados anteriormente, CaixaBank se compromete a informar de los mismos al Titular con la mayor antelación posible, con el objeto de disminuir y/o impedir cualquier daño y/o perjuicio que pudiera ocasionarle. 8 . Duración y resolución 8.1 . Duración Las presentes Condiciones, que regulan el Servicio contratado, se formalizan por un plazo indefinido. 8.2. Resolución voluntaria El Servicio podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las partes, sin necesidad de expresar causa. Si es XxxxxXxxx quien insta la resolución, será necesario que preavise por escrito al Titular con una antelación mínima de dos meses. Si es el Titular quien la insta, no será necesario preaviso previo. El Titular deberá satisfacer la parte proporcional adeudada del Precio del Servicio, los gastos y comisiones de devengo periódico derivados de acuerdo con lo pactado en estas Condiciones . CaixaBank podrá repercutir al Titular todos los gastos derivados de la resolución cuando éste no actúe como consumidor. 8.3 Resolución causal Cada parte podrá resolver el Servicio contratado si la otra incumple las Condiciones que lo rigen. La resolución implicará la exigibilidad inmediata de todo el débito que, en su caso resultase a cargo de cada una. Asimismo, la cancelación del Servicio de banca digital, implicará la inmediata cancelación del Xxxxxxxx. Xx cancelación anticipada conllevará el ajuste del Precio del Servicio siendo éste el que resulte de calcular su parte proporcional devengada desde el último periodo devengado y liquidado hasta la fecha de cancelación del mismo. 9. Modificación de condiciones CaixaBank podrá instar unilateralmente la modificación de las Condiciones Generales y Particulares del Servicio (condiciones, precios, etc.). Si la modificación fuese beneficiosa para el Titular podrá ser aplicada de inmediato; de no ser así, CaixaBank comunicará previamente al Titular con antelación de al menos 1 mes a la fecha de su entrada en vigor. En caso de disconformidad, el Titular tendrá derecho a cancelar el Servicio concertado , notificándolo antes de dicha fecha, subsistiendo, en su caso, hasta su completo pago, las obligaciones de las que fuese deudor. 10. Desistimiento Cuando el Titular ostente la condición de consumidor, dispondrá de un plazo de catorce días naturales para desistir, a contar desde el día de celebración de las presentes Condiciones . En caso de no desistir en el citado plazo o de que se inicie la ejecución a instancia suya, perderá el derecho a desistir. En el caso que el Titular quiera desistir, podrá ejercer su derecho través de banca digital, mediante su clave de usuario y firma, dirigiéndose a la opción de "Configuración personal" que el Titular encontrará en la parte superior derecha debajo de su nombre. Una vez ahí, en "Consultar mis contratos", dispone de la opción "Desistir productos contratados". En esta opción, el Titular puede seleccionar el contrato del cual desea desistir y realizar dicha acción. Según la legislación vigente, si el Titular desiste, CaixaBank podrá efectuar el cobro de la parte proporcional de los costes correspondientes al servicio disfrutado hasta el desistimiento. |
Condiciones Generales Específicas del Servicio Avanzado y el Servicio Experto en MEFF |
1. Objeto Las presentes Condiciones Generales Específicas (en adelante, "las Condiciones") tienen por objeto regular los términos y condiciones en los que se prestará por CaixaBank al Titular, el Servicio Avanzado y el Servicio Experto en el Mercado Secundario Oficial de Futuros y Opciones MEFF (en adelante "los Servicios"), tal y como se describen más adelante. Los Servicios complementan las prestaciones del Servicio de Bolsa Abierta incluido en el servicio de banca digital, permitiendo al Titular acceder a la información y las prestaciones incluidas que se indican a continuación: - Servicio Avanzado: Cotización a tiempo real de los futuros y opciones en MEFF. - Servicio Experto: Las correspondientes al Servicio Avanzado más profundidad xx xxxxxxx en futuros y opciones en MEFF. Estas Condiciones Generales Específicas se aplicarán con carácter preferente a las Condiciones Generales Comunes y Condiciones Generales Específicas pactadas en el Servicio de banca digital, el cual permanecerá inalterado, vigente y aplicable en todo aquello que no se vea expresamente modificado por estas Condiciones y en todo aquello que no esté previsto. 2. Condiciones de uso de la información contratada La información a tiempo real contratada será suministrada por BME Market Data. El Titular solo podrá hacer uso interno de dicha información, no estando autorizado en ningún caso a la redifusión de la misma. Asimismo el Titular no podrá almacenar, copiar, reproducir y/o hacer uso de la información contratada. 3. Acceso a los Servicios El acceso a estos Servicios, deberá realizarse a través del servicio banca digital, en el apartado reservado para "Bolsa Abierta" y mediante la introducción del identificador y la/s clave/s que el Titular dispone a tal efecto. 4. Precio Las Partes convienen fijar un precio, en adelante "Precio del Servicio", cuyo pago por el Titular le permite acceder a las prestaciones correspondientes al Servicio contratado, durante el período de duración indicado en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital. El Precio del Servicio, es el que se indica bajo el epígrafe denominado "Precio del Servicio" de las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital. El Precio del Servicio es independiente de las comisiones y gastos correspondientes a las órdenes que, en su caso, sean ejecutadas a través del servicio de Bolsa Abierta que se regirán por lo establecido en las tarifas aplicables vigentes, conforme a lo indicado en banca digital bajo el epígrafe "Mi Broker". CaixaBank podrá aplicar a los clientes que contraten los Servicios, una reducción de estas tarifas, conforme a lo informado en ese mismo epígrafe. 5. Modalidad de Pago y Liquidación El Precio del Servicio se abonará por el Titular mediante adeudo que realizará CaixaBank en el Depósito Asociado o Vinculado al Servicio, indicado en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital. |
El Titular consiente expresamente, con la periodicidad indicada en las Condiciones Particulares del Contrato de banca digital, el adeudo inmediato por CaixaBank en el Depósito Asociado o Vinculado del Precio del Servicio, con fecha valor del día de su realización.
El primer pago se realizará durante los cinco primeros días del mes siguiente al de la firma de las presentes Condiciones.
6. Responsabilidad
CaixaBank" realizará sus mejores esfuerzos para asegurar la exactitud, integridad y puntual difusión de la información contratada. CaixaBank únicamente difunde dicha información por lo que no tiene oportunidad de examinar su contenido, su exactitud y no podrá garantizar la integridad y la puntualidad de la entrega de la misma. La información difundida tiene un carácter únicamente orientativo e informativo.
Asimismo CaixaBank declina toda responsabilidad por las suspensiones o interrupciones del Servicio, errores, pérdidas de información, vulneración de la confidencialidad y/o acceso indebido a la información o datos personales, ocasionados por causas de fuerza mayor o caso fortuito, o hechos ajenos a su ámbito de control.
No obstante, y en caso de producirse alguno de los hechos enunciados anteriormente, XxxxxXxxx se compromete a informar de los mismos al Titular con la mayor antelación posible, con el objeto de disminuir y/o impedir cualquier daño y/o perjuicio que pudiera ocasionarle.
7. Duración y resolución
7.1. Duración
Las presentes Condiciones, que regulan el Servicio contratado, se formalizan por un plazo indefinido.
7.2. Resolución voluntaria
El Servicio podrá ser resuelto unilateralmente por cualquiera de las partes, sin necesidad de expresar causa. Si es XxxxxXxxx quien insta la resolución, será necesario que preavise por escrito al Titular con una antelación mínima de dos meses. Si es el Titular quien la insta, no será necesario preaviso previo.
El Titular deberá satisfacer la parte proporcional adeudada del Precio del Servicio, los gastos y comisiones de devengo periódico derivados de acuerdo con lo pactado en estas Condiciones. CaixaBank podrá repercutir al Titular todos los gastos derivados de la resolución cuando éste no actúe como consumidor.
7.3 Resolución causal
Cada parte podrá resolver el Servicio contratado si la otra incumple las Condiciones que lo rigen. La resolución implicará la exigibilidad inmediata de todo el débito que, en su caso resultase a cargo de cada una.
Asimismo, la cancelación del Servicio de banca digital, implicará la inmediata cancelación del Servicio.
La cancelación anticipada conllevará el ajuste del Precio del Servicio siendo éste el que resulte de calcular su parte proporcional devengada desde el último periodo devengado y liquidado hasta la fecha de cancelación del mismo.
8. Modificación de condiciones
CaixaBank podrá instar unilateralmente la modificación de las Condiciones Generales y Particulares del Servicio (condiciones, precios, etc.). Si la modificación fuese beneficiosa para el Titular podrá ser aplicada de inmediato; de no ser así, CaixaBank comunicará previamente al Titular con antelación de al menos 1 mes a la fecha de su entrada en vigor.
En caso de disconformidad, el Titular tendrá derecho a cancelar el Servicio concertado, notificándolo antes de dicha fecha, subsistiendo, en su caso, hasta su completo pago, las obligaciones de las que fuese deudor.
9. Desistimiento
Cuando el Titular ostente la condición de consumidor, dispondrá de un plazo de catorce días naturales para desistir, a contar desde el día de celebración de las presentes Condiciones. En caso de no desistir en el citado plazo o de que se inicie la ejecución a instancia suya, perderá el derecho a desistir. En el caso que el Titular quiera desistir, podrá ejercer su derecho través de banca digital, mediante su clave de usuario y firma, dirigiéndose a la opción de "Configuración personal" que el Titular encontrará en la parte superior derecha debajo de su nombre. Una vez ahí, en "Consultar mis contratos", dispone de la opción "Desistir productos contratados". En esta opción, el Titular puede seleccionar el contrato del cual desea desistir y realizar dicha acción. Según la legislación vigente, si el Titular desiste, CaixaBank podrá efectuar el cobro de la parte proporcional de los costes correspondientes al servicio disfrutado hasta el desistimiento.
Localidad y fecha A Barcelona a 11 de Novembre de 2013