Contract
IEPC/CG-A/027/2022
ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO DE ELECCIONES Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, POR EL QUE, A PROPUESTA DE LA COMISIÓN PROVISIONAL DE IGUALDAD DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN, SE APRUEBA LA INCORPORACIÓN DEL IEPC, A LA RED DE MUJERES ELECTAS Y EL PROGRAMA OPERATIVO LOCAL DE LA MISMA.
G L O S A R I O
AMCEE: Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. CPIGND: Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación. IEPC: Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana
OPLE: Organismo Público Electoral Local
PELO 2021: Proceso Electoral Local Ordinario 2021 PELE 2022: Proceso Electoral Local Extraordinario 2022 UTGND: Unidad Técnica de Género y No Discriminación.
VPMG: Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género.
A N T E C E D E N T E S
I Constitucionalidad de los OPLE. El diez de febrero de dos mil catorce, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, tomo DCCXXV, número 6, el Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político- electoral; en dicho Decreto destaca la creación del Instituto Nacional Electoral y de los Organismos Públicos Locales.
II Designación de Consejero y Consejeras Electorales. El 31 xx xxxx de 2016, el Consejo General del INE emitió el Acuerdo número INE/CG447/2016, en el que se aprueba la designación del ciudadano Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx como Consejero Presidente del Consejo General, y de las ciudadanas Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx y Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, como Consejeras Electorales del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
III Creación de la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación. El 13 xx xxxxx de 2016, mediante acuerdo IEPC/CG-A/006/2016, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, estableció la integración de Comisiones Permanentes y Especiales, entre ellas, la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación, enfocándose en las actividades de: presentar, coordinar e impulsar iniciativas de proyectos, estrategias, políticas y acciones que contribuyan a promover y garantizar el cumplimiento de los establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículos 1, 2, 40 y 41; la Ley General de Particos Políticos 23 y 25; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, artículos 7, 232, 233, 234 y 235; la Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 21; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966, parte II, artículos 2, 3, 25 y 26; la Convención de los Derechos Políticos de la Mujer, artículos 1, 2, 3; la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra las Mujeres (CEDAW), artículos 7 y 8; la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, el “Pacto de San Xxxx Xxxxx Rica”, artículos 15, 16 y 23; la Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer y el Parlamento Latinoamericano y Caribeño, donde se reconoce el Derecho en la Igualdad de Género y la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico, nacional, género, edad, discapacidades o por condición social.
IV Creación de la Unidad de Género y No Discriminación. El 14 de diciembre de 2016, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, aprobó el Acuerdo IEPC/CG- A/031/2016, por el que a propuesta de la Junta General Ejecutiva, se crea la Unidad de Género y No Discriminación y estipula su dependencia lineal y funcional de la Secretaría Ejecutiva del Instituto y cuyo titular tendrá, entre otras, la atribución de desempeñarse en la Secretaría Técnica de la Comisión Provisional
de Igualdad de Género y No Discriminación, así como emitir informes de evaluación periódica para dar cuenta de resultados en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y políticas por el que fue creado.
V Incorporación del IEPC a la Red Nacional de Candidatas durante el Proceso Electoral Local 2017-2018. El 28 xx xxxxx de 2018, durante la Tercera Sesión Ordinaria de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, se sumó al Proyecto Interinstitucional propuesto por la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE), relativo a la Red Nacional de Candidatas.
VI Designación de las Consejeras y Consejero Electorales. El 21 xx xxxxx de 2019, el Consejo General del INE, aprobó el Acuerdo No. INE/CG94/2019 mediante el cual designa a las XX. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxx y Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, como Consejeras y Consejero Electorales del IEPC, quienes tomaron protesta en sesión solemne del Consejo General de este Instituto Electoral Local el primer día del mes xx xxxxx de 2019.
VII Suspensión de plazos por pandemia de COVID-19. El 20 xx xxxxx de 2020, el Consejo General, aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/009/2020, por el que se determina suspender plazos y términos administrativos y jurídicos, y se aplica la estrategia tecnológica para la implementación del trabajo en casa, como medida preventiva de protección del personal del Instituto, derivado de la pandemia de COVID-19.
VIII Determinaciones del Presidente de la JGE para ampliar la suspensión de plazos por la pandemia de COVID-19. A partir del acuerdo que antecede, el Consejero Presidente del Consejo General, en su calidad de Presidente de la JGE del Instituto, ha emitido diversas determinaciones por las que amplía la suspensión de plazos y términos administrativos y jurídicos, derivado de la pandemia de COVID-19, siendo éstas:
• Emitida el 01 xx xxxxx de 2020, amplía la suspensión al 30 xx xxxxx de 2020,
• Emitida el 27 xx xxxxx de 2020, amplía la suspensión al 30 xx xxxx de 2020,
• Emitida el 29 xx xxxx de 2020, amplía la suspensión al 15 xx xxxxx de 2020,
• Emitida el 11 xx xxxxx de 2020, amplía la suspensión al 30 xx xxxxx de 2020,
• Emitida el 29 xx xxxxx de 2020, amplía la suspensión al 15 de julio de 2020.
• Emitida el 14 de julio de 2020, amplía la suspensión al 31 de julio de 2020,
• Emitida el 03 xx xxxxxx de 2020, amplía la suspensión al 17 xx xxxxxx de 2020,
• Emitida el 13 xx xxxxxx de 2020, amplía la suspensión al 31 xx xxxxxx de 2020,
• Emitida el 28 xx xxxxxx de 2020, amplía la suspensión al 16 de septiembre de 2020,
• Emitida el 11 de septiembre de 2020, amplía la suspensión al 30 de septiembre de 2020,
• Emitida el 30 de septiembre de 2020, amplía la suspensión al 15 de octubre de 2020,
• Emitida el 15 de octubre de 2020, amplía la suspensión al 03 de noviembre de 2020, y
• Emitida el 30 de octubre de 2020, amplía la suspensión al 03 de enero de 2021, en dicha determinación se precisó la reanudación de actividades presenciales, exclusivamente de aquellas que sean sustanciales y que estén vinculadas con el PELO 2021, debiéndose reincorporar solamente el personal necesario, presentándose de manera escalonada y alternada, bajo el debido cumplimiento Plan Interno de medidas de acción y prevención de salud e higiene aprobado para tal efecto.
• Emitida el 31 de diciembre de 2020, amplía la suspensión al 01 de febrero de 2021; precisándose que los asuntos vinculados directamente con el PELO 2021, que inició el 10 de enero de 2021, en forma prioritaria y evitar violaciones a la normatividad electoral, serán atendidos en términos de lo previsto en los Acuerdos IEPC/CG-A/009/2020 (suspensión de plazos), IEPC/CG-A/010/2020 (aprobación de celebración de sesiones virtuales), e IEPC/CG-A/011/2020 (exhorto a las y los servidores públicos de los tres poderes de gobierno del estado, para que se abstengan de realizar promoción personalizada, en relación a la propagación del COVID-19).
Asimismo, atendiendo las recomendaciones sanitarias podrá decretar continuar con la suspensión.
IX Aprobación de celebración de sesiones virtuales. El 28 xx xxxxx de 2020, el Consejo General aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/010/2020, mediante el cual autoriza la celebración de sesiones virtuales y/o a distancia, ordinarias o extraordinarias, del Consejo General, de la JGE, de Comisiones y de Comités del Instituto, a través de herramientas tecnológicas, durante el periodo de emergencia derivado de la pandemia de COVID-19.
X Reforma al Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas. El 04 xx xxxx de 2020 mediante el Periódico Oficial número 101 del Estado de Chiapas, Tercer Tomo, se publicó el Decreto número 218, por el que se reforma el numeral 1 del artículo 98; el numeral 3 y el inciso a), de la fracción I, del numeral 4, del artículo 178 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
XI Emisión de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales. El 29 xx xxxxx de 2020 se publicó en el Periódico Oficial número 111, del Estado de Chiapas, el Decreto número 235, por el que se emite la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas; abrogando con ello, el Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
XII Designación de Consejero Electoral. El 21 xx xxxxxx de dos mil veinte, el Consejo General del INE, aprobó mediante acuerdo INE/CG194/2020, la designación del C. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, como Consejero Electoral del Instituto.
XIII Creación de la Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación. Derivado de la entrada en vigor de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Chiapas, en el que establecía en su artículo 73, numeral 3, fracción VII, como Comisión Permanente a la de Igualdad de Género y No Discriminación; con fecha 25 xx xxxxxx del año 2020, el Consejo General emitió el Acuerdo número IEPC/CG-A/025/2020, mediante el cual aprobó la integración de las Comisiones Permanentes y Comités de este Organismo Electoral Local, entre ellas, la Comisión Permanente de Igualdad de Género y No Discriminación.
XIV Designación de la Titular de la Unidad Técnica de Género y No Discriminación. El 11 de septiembre de 2020, el Consejo General de este Instituto, aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/031/2020, por el que se designó a Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx como titular de la Unidad Técnica de Género y No Discriminación, mismo que en su punto de acuerdo sexto dispone que surtirá efecto a partir del 15 de septiembre de 2020.
XV Reviviscencia del Código de Elecciones y Participación Ciudadana. El 03 de diciembre de 2020, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la Acción de inconstitucionalidad 158/2020 y sus acumuladas 159/2020, 161/2020, 224/2020 y 227/2020, por la cual invalidó el Decreto 235, en el que se expidió la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el Decreto 237, por el que se expidió la Ley de Participación Ciudadana, ambos del estado de Chiapas, publicados el 29 xx xxxxx de 2020, y determinó la reviviscencia del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas.
XVI Adecuación a la estructura del IEPC. Con fecha 16 de diciembre de 2020, el Consejo General del IEPC aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/072/2020, mediante el cual, entre otras disposiciones, ratifica a la C. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx como Titular de la Unidad de Género y No Discriminación, derivado de la normatividad aplicada en su designación y en los términos del Código de Elecciones vigente por reviviscencia.
XVII Creación de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación. Con fecha 16 de diciembre del año 2020, el Consejo General emitió el Acuerdo número IEPC/CG-A/074/2020, mediante el cual aprobó la creación e integración de las Comisiones Permanentes y Provisionales de este Organismo Electoral Local, entre ellas, la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación
XVIII Aprobación de los Reglamentos Interior y el de Sesiones del Consejo General y Comisiones. El 16 de diciembre del 2020, mediante Acuerdo IEPC/CG-A/073/2020, el Consejo General de este Instituto aprobó el Reglamento Interior y el Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones, adecuados al Código de Elecciones y Participación Ciudadana aprobado mediante el Decreto número 181, publicado en el Periódico Oficial del Estado número 299, el 14 xx xxxxx de 2017, en términos de la reviviscencia decretada en la resolución de la acción de inconstitucionalidad número 158/2020 y sus acumuladas, emitida el 03 de diciembre de 2020, por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
XIX Inicio del PELO 2021. El 10 de enero de 2021, en sesión solemne del Consejo General, declaró el inicio formal del PELO 2021, para la elección de diputaciones locales y miembros de ayuntamientos.
XX Incorporación del IEPC a la Red Nacional de Candidatas durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2021. El 22 de enero de 2021, durante la Primera Sesión Ordinaria de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, se sumó al Proyecto Institucional para la ejecución del Programa Operativo de la “Red Nacional de Candidatas a un Cargo de Elección Popular en el Ámbito Estatal para dar Seguimiento a los Casos de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en el Proceso Electoral 2020-2021”, impulsada por la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE).
XXI Jornada Electoral. El seis xx xxxxx de dos mil veintiuno tuvo verificativo la jornada electoral en el estado de Chiapas.
XXII Cómputos Distritales y Municipales Electorales. Durante los días nueve al once xx xxxxx de 2021, los Consejos Distritales y Municipales Electorales de este Instituto, celebraron las respectivas Sesiones de Cómputos, con excepción de los Consejos Electorales de los Municipios de Xxxxxxxx Xxxxxx y El Parral, a consecuencia de diversos actos de violencia que se suscitaron en los mismos.
XXIII Declaratoria de validez de la elección y entrega de Constancia de Mayoría. Al término de las respectivas Sesiones de Cómputos de los Consejos Distritales y Municipales Electorales de este Instituto, las y los integrantes de los mismos, hicieron entrega de la Constancia de Mayoría correspondiente.
XXIV Retorno a actividades presenciales únicamente para asuntos esenciales y urgentes y, ordinarios y vinculados al Proceso Electoral Local 2021. El 23 xx xxxxx de 2021, la Junta General Ejecutiva aprobó el Acuerdo IEPC/JGE-A/042/2021, mediante el cual se retomaron las actividades presenciales únicamente para asuntos esenciales y urgentes, ordinarios y vinculados al Proceso Electoral Local 2021 y se mantiene la aplicación de la estrategia tecnológica para la implementación del trabajo desde casa, como medidas preventivas de protección del personal del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, derivado de la pandemia de COVID 19 (Coronavirus).
XXV Conclusión del PELO 2021. El 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000, xx xxxxxx xxxxxxx xxx Xxxxxxx General, declaró la conclusión formal del PELO 2021, para la elección de diputaciones locales y miembros de ayuntamientos.
XXVI Aprobación para someter a la Junta General Ejecutiva el Programa Institucional para el ejercicio 2022 de la Unidad Técnica de Género y No Discriminación. El 30 xx xxxxxx de 2021, mediante Acuerdo IEPC/CPIGND-09/2021, la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, aprobó someter a la consideración de la Junta General Ejecutiva de este Instituto, el programa institucional para el ejercicio 2022 de la Unidad Técnica de Género y No Discriminación, “Democracia Incluyente”.
XXVII Aprobación de Proyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto. El 13 de octubre de 2021, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, emitió el acuerdo IEPC/CG- A/239/2021, por el que, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, se aprueba el proyecto de presupuesto de egresos y el programa operativo anual de este Organismo Público Local Electoral para el ejercicio fiscal 2022.
XXVIII Congreso del Estado emite Convocatoria a Elecciones Extraordinarias. El 7 de diciembre 2021, el Pleno de la Sexagésima Octava Legislatura del H. Congreso del Estado chiapaneco, emitió el Decreto 014, mediante el cual, en pleno uso de sus atribuciones, convoca a elecciones extraordinarias, cuya jornada electoral deberá celebrarse el día 03 xx xxxxx de 2022, para elegir a miembros de Ayuntamientos de los Municipios de Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Honduras de la Sierra, Siltepec, El Parral, Xxxxxxxx Xxxxxx, Frontera Comalapa, Chiapas.
XXIX El Congreso del Estado mandata al IEPC la organización de Elecciones Extraordinarias. El mismo 7 de diciembre, mediante oficio número 000066, de la misma fecha, la Diputada Secretaría del H. Congreso del Estado, la C. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, informa al Consejero Presidente de este Instituto, que en dicho día, el Pleno del poder legislativo local, aprobó el Decreto 014, determinándose en el Artículo Cuarto, notificarse al Consejo General, a fin de llevar a cabo la organización del PELE 2022 en los municipios de referencia, y,
emita el calendario que contendrá los plazos relativos a las etapas para la celebración de la elección extraordinaria.
XXX Informe final de actividades 2020-2021 de la otrora Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación. Que mediante la Décima Segunda Sesión Ordinaria de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, de fecha 16 de diciembre de 2021 en cumplimiento al artículo 82 numeral 4 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, la otrora Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación aprobó el informe final de actividades 2020-2021, por haber cumplido su vigencia establecida en el acuerdo de creación e integración de la misma aprobado por el Consejo General de este organismo electoral. Asimismo, el 17 de diciembre de 2021, durante la Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria, en el punto cinco del orden del día, se dio cuenta de dicho informe final al Consejo General para los efectos conducentes.
XXXI Integración de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación. Que el 17 de diciembre de 2021, el Consejo General, en la Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria, aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/250/2021, por el que se aprobó la renovación de las Comisiones Provisionales de este OPLE, determinando en su punto de acuerdo SEGUNDO, la renovación de la vigencia de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No discriminación, conformada de la siguiente manera:
NOMBRE | CARGO |
C.E. XXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXX | PRESIDENTA |
C.E. XXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX | INTEGRANTE |
C.E. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX | INTEGRANTE |
TITULAR DE LA UNIDAD TÉCNCA DE GÉNERO Y NO DISCRIMINACIÓN | SECRETARIA TÉCNICA |
UN REPRESENTANTE DE CADA PARTIDO POLÍTICO | INTEGRANTE |
XXXII Aprobación del Programa Anual de Trabajo y Calendario de Sesiones 2022 de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana. Mediante la Primera Sesión Ordinaria, el 12 de enero de 2022, la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, emitió el acuerdo IEPC/CPIGND/002/2022, por el que aprobó el Programa Anual de Trabajo y Calendario de Sesiones 2022 de la citada Comisión.
XXXIII Aprobación de Proyecto de Presupuesto de Egresos del Instituto. El 21 de enero de 2022, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, emitió el acuerdo IEPC/CG- A/005/2022, por el que, a propuesta de la Junta General Ejecutiva, se aprueba el Presupuesto de Egresos Ordinario, el Presupuesto de Egresos para el Proceso Electoral Local Extraordinario 2022, así como el Programa Operativo Anual, correspondiente al ejercicio fiscal 2022, con base en lo aprobado por el H. Congreso del Estado.
XXXIV Modificación del Programa Anual de Trabajo y Ratificación del Calendario de Sesiones 2022 de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana. Mediante la Primera Sesión Extraordinaria, el 26 de enero de 2022, la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, emitió el acuerdo IEPC/CPIGND/003/2022, por el que modificó el Programa Anual de Trabajo y se ratificó el Calendario de Sesiones 2022 de la citada Comisión.
XXXV Reanudación de actividades presenciales. El 28 de enero de 2022, en acuerdo IEPC/JGE-A/004/2022, la Junta General Ejecutiva, determinó la reanudación de actividades presenciales, aplicando esta disposición única y exclusivamente a las actividades relacionadas con los municipios en los que se desarrollarán las elecciones extraordinarias (Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx, Honduras de la Sierra, Siltepec, El parral, Xxxxxxxx Xxxxxx y Frontera Comalapa)
XXXVI Inicio del PELE 2022. El 01 de febrero de 2022, en sesión solemne del Consejo General, declaró el inicio formal del Proceso Electoral Local Extraordinario 2022, para la elección de integrantes de los ayuntamientos de El Parral, Xxxxxxxx Xxxxxx, Frontera Comalapa, Honduras de la Sierra, Siltepec y Xxxxxxxxxx Xxxxxxxx.
XXXVII Invitación a la Red de Mujeres Electas. Mediante oficio número AMCEE/CDN/P/14/2022, de fecha 02 de febrero de 2022, signado por la Mtra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consejera Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa y la Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Consejera Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, Presidenta y Secretaria General de la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C., realizaron atenta invitación al Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Consejero Presidente de este organismo electoral a que se implemente la Red de Mujeres Electas en el Estado de Chiapas.
XXXVIII Enlace del IEPC con la AMCEE para la implementación de la Red de Mujeres Electas. Mediante oficio IEPC.P.006.2022, de fecha 03 de febrero de 2022, signado por el Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Consejero Presidente del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, se designó a la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxx como enlace con la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. para la implementación de la Red de Mujeres Electas.
XXXIX Sesión Extraordinaria de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación. Durante la Segunda Sesión Extraordinaria de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xx Xxxxxxxx Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación aprobó el Acuerdo número IEPC/CPIGND/004/2022, por el que se propone al Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, la aprobación de la incorporación del IEPC a la Red de Mujeres Electas y el Programa Operativo Local de la misma.
X X X X X X X X X X X X
0. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 41, fracción V, apartado C establece que en las entidades federativas las elecciones locales estarán a cargo de los OPLE, los cuales se encargarán de ejercer funciones en las siguientes materias:
A. Derechos y el acceso a las prerrogativas de los candidatos y partidos políticos.
B. Educación cívica.
C. Preparación de la jornada electoral.
D. Impresión de documentos y la producción de materiales electorales.
X. Xxxxxxxxxxx y cómputos en los términos que señale la ley.
F. Declaración de validez y el otorgamiento de constancias en las elecciones locales.
X. Xxxxxxx de la elección del titular del Poder Ejecutivo.
H. Resultados preliminares; encuestas o sondeos de opinión; observación electoral, y conteos rápidos,
I. Conforme a los lineamientos establecidos en el Apartado B de la Base V del artículo 41.
X. Xxxxxxxxxxxx, desarrollo, cómputo y declaración de resultados en los mecanismos de participación ciudadana que prevea la legislación local.
K. Todas las no reservadas al INE.
2. Que en términos de lo dispuesto en los artículos 35, 99, 100 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, 64 numerales 1 y 2, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana; reconoce al Instituto como una autoridad electoral de carácter permanente y profesional en su desempeño, que goza de autonomía presupuestal en su funcionamiento e independencia en sus decisiones, en los términos previstos en la Constitución Federal, la Constitución local y el Código antes referido; asimismo establece que el Instituto tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y su domicilio en la capital del estado de Chiapas.
3. Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 72 numerales 1 y 2 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, establece que para el desempeño de sus atribuciones, cumplimiento de obligaciones y supervisión del adecuado desarrollo de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, el consejo General cuenta con el auxilio de comisiones de carácter permanente y provisional; estas a su vez son instancias colegiadas con facultades de deliberación, opinión y propuesta.
4. Que el Reglamento de Elecciones, establece en su artículo 19, numeral 2, que las áreas ejecutivas de dirección comprenden las direcciones ejecutivas, unidades técnicas y sus equivalentes, que integran la estructura orgánica de los OPLE. Cuyo artículo 1 numeral 2 establece, además, que dicho Reglamento es de observancia general para el INE y para los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas.
5. Que el artículo 42, numeral 1, fracción VIII del Reglamento Interno del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, establece que la Unidad Técnica de Género y No Discriminación tiene facultad para promover, difundir y publicar información en materia de derechos de las mujeres y no discriminación en su ámbito de competencia.
6. Que tomando en cuenta que el 16 de diciembre de 2020, el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, mediante el acuerdo IEPC/CG-A/074/2020, aprobó la creación e integración de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación y en concordancia con el artículo 81 de nuestro Código Comicial, se tiene que la razón de ser de las Comisiones Provisionales obedece a una especial naturaleza cuyo objetivo es la realización de tareas específicas dentro de un lapso determinado, el cual no podrá ser superior a un año.
7. Que el 17 de diciembre de 2021, el Consejo General, en la Cuadragésima Sexta Sesión Extraordinaria, aprobó el Acuerdo IEPC/CG-A/250/2021, por el que se aprobó la renovación de las Comisiones Provisionales de este OPLE, determinando en su punto de acuerdo SEGUNDO, la renovación de la vigencia de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No discriminación, la cual tiene el objetivo permanente de presentar, coordinar e impulsar iniciativas de proyectos, estrategias, políticas y acciones que contribuyan a promover y garantizar el derecho en la igualdad de género y la prohibición de toda discriminación motivada por origen étnico nacional, género, edad, discapacidades o por condición social, no deja de tener actividad constante y por ello permanente, para las funciones de vigilancia y atención ciudadana que ejerce este Instituto, en específico respecto de sectores vulnerables y/o minoritarios.
8. Que la citada Comisión es de suma relevancia para concretar los fines de este Instituto, en particular los que se basan en la promoción de los derechos políticos y electorales de las mujeres, así como los de prevenir y en su caso, brindar asesoría y acompañamiento a casos de posible VPMG, garantizando el ejercicio de sus derechos a las mujeres que participen en una contienda electoral local.
En tal sentido, desde el Proceso Electoral Local 2017-2018, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, a través de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, se sumó al Proyecto Interinstitucional propuesto por la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales (AMCEE, A.C.), relativo a la Red Nacional de Candidatas, con los propósitos de informar a las candidatas sobre la violencia política de género y cómo pueden denunciarla en caso de que se presente; monitorear o dar seguimiento a las campañas electorales locales con el objeto de identificar casos que pudieran ser constitutivos de VPMG y llevar un registro de las denuncias que se presenten, para concentrar la información en una base de datos nacional.
Este proyecto fue nuevamente implementado durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2021, a través de la solicitud de colaboración institucional realizada por la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) relativa a la ejecución del Programa Operativo de la “Red Nacional de Candidatas a un Cargo de Elección Popular en el Ámbito Estatal para dar Seguimiento a los Casos de Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género en el Proceso Electoral 2020-2021”, con el objetivo de generar contacto con las mujeres que sean postuladas a los distintos cargos de elección popular es para efectos de que se pueda brindar un acompañamiento y orientación en casos de violencia política, generando acciones concretas para erradicarla, dando así inicio a los trabajos por implementar dicha red en nuestra Entidad.
Ahora bien, mediante oficio número AMCEE/CDN/P/14/2022, de fecha 02 de febrero de 2022, signado por la Mtra. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Consejera Electoral del Instituto Electoral del Estado de Sinaloa y la Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxx, Consejera Electoral del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas, Presidenta y Secretaria General de la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C., realizaron atenta invitación al Xx. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Consejero Presidente de este organismo electoral a que se implemente la Red de Mujeres Electas en el Estado de Chiapas, la cual tiene por objetivo ser un canal de comunicación institucional como estrategia en pro de la erradicación de la VPMG, mediante el vínculo que permita orientar, capacitar y proporcionar información a las mujeres que hayan resultado electas durante un proceso electoral, a través de la postulación de un partido político,
candidatura independiente, común o coalición, y que se encuentren en el ejercicio del cargo público de elección popular.
Analizado que ha sido el programa operativo propuesto, se tiene que las líneas de acción planteadas se armonizan con la línea VII.4. del programa Anual de Trabajo y Calendario de Sesiones 2022 de la Comisión Provisional de Igualdad de Género y No Discriminación, denominada COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL, encaminada a fomentar la colaboración interinstitucional con la Junta Local del INE, instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos, organismos internacionales, ciudadanía en general e instituciones gubernamentales con el fin de lograr el desarrollo de acciones conjuntas en materia de promoción de la participación política de las mujeres y de la no discriminación.
Asimismo, se alinea a actividades específicas programadas, de acuerdo al siguiente cuadro:
Líneas de acción de la Red de Mujeres Electas | Programa Anual de Trabajo y calendario de sesiones 2022 de la CPIGND |
1) Promoción y Prevención, la cual tiene como objetivo promover acciones para dar a conocer la Red de Mujeres Electas, su registro y los beneficios de formar parte de ella, lo que les permitirá conocer sus derechos político electorales y el ejercicio del cargo libre de VPMG y discriminación, así como allegarse de insumos que les permitan combatir la VPMG. | Impulsar la implementación de la campaña bilingüe, de difusión del Protocolo Estatal de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. Supervisar la implementación de la campaña de difusión de derechos políticos y electorales y prevención de violencia política en razón de género. |
Fortalecimiento de redes de organizaciones indígenas y vinculación con instancias y organizaciones que promueven la participación política de las mujeres | |
2) Formativa, la cual tiene como objetivo realizar | Propiciar la realización de actividades de |
acciones de formación, sensibilización y sinergia, | capacitación para fortalecer la participación |
mediante insumos de formación y divulgación, | política de las mujeres; |
sobre qué es la VPMG y cómo pudiera manifestarse | |
en el ejercicio del cargo, cómo identificarla, | |
prevenirla y atenderla. | |
3) Seguimiento y Vinculación, la cual tiene como | Fomentar la impartición de asesoría y |
objetivo brindar orientación a las mujeres electas | acompañamiento, en español y lenguas |
que lo soliciten, para presentar denuncia por posible VPMG, canalizándola a las instancias | originarias, a posibles víctimas de VPMG; |
correspondientes, según el caso concreto. | |
4) Denuncias y medidas, la cual tiene como | Fomentar la impartición de asesoría y |
objetivo coordinar con el área sustanciadora de | acompañamiento, en español y lenguas |
procedimientos especiales por posibles casos de | originarias, a posibles víctimas de VPMG; |
VPMG. |
Derivado de lo anterior, y de los amplios esfuerzos que este organismo electoral ha venido implementado durante las últimas dos contiendas electorales locales a favor de la protección y garantía de los derechos políticos y electorales de las candidatas, se advierte necesario, permanecer en la realización de actividades y diseño de herramientas que permitan cerrar las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el ámbito público del Estado.
La participación política de las mujeres durante la contienda electoral implica vencer grandes desafíos, dado el contexto social, cultural y económico de nuestra Entidad Federativa; mismos que se incrementan durante el ejercicio del cargo para el cual fueron electas, puesto que existen brechas salariares, de condiciones laborales y de invisibilización como autoridades o en puestos xx xxxxx de decisiones, lo que genera una obligación convencional para toda autoridad erradicar esos desequilibrios y garantizar un ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres de forma plena pero sobre todo libre, de cualquier manifestación de violencia.
Es por ello, que se advierte fundamental que este Consejo General apruebe la participación de este organismo electoral en la iniciativa Red de Mujeres Electas, de conformidad con el Programa Operativo Local de la misma, que es anexo del presente.
En virtud de los Antecedentes y Considerandos anteriores con fundamento en los artículos 1, párrafo quinto, 41, Base V, Apartado C párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 98, numerales 1 y 2 de la LEGIPE; el 35, 99, y 100 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, 4, 64 párrafos 1 y 2, 72 numeral 1 y 2, 80, 81, del Código de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas; 1 numeral 2, 19 numeral 2 del Reglamento de Elecciones, 42, numeral I, fracción VIII del Reglamento Interno del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana y 47 del Reglamento de Sesiones del Consejo General y Comisiones; el Consejo General de este organismo electoral local, emite el siguiente:
A C U E R D O
PRIMERO. En términos del considerando 8, se aprueba la incorporación del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas a la Red de Mujeres Electas y el Programa Operativo Local de la misma; mismo que como anexo único forma parte del presente acuerdo.
SEGUNDO. Se instruye a la Secretaría Ejecutiva para que, a través de la Unidad Técnica de Género y No Discriminación, se implemente el Programa Operativo Local de la Red de Mujeres Electas.
TERCERO. El presente acuerdo surtirá efectos a partir de su aprobación.
CUARTO. En términos de lo dispuesto por los artículos 311 y 315 del Código de Elecciones y Participación Ciudadana, notifíquese el contenido del presente acuerdo a las representaciones partidistas acreditadas ante el Consejo General de este Organismo Electoral.
QUINTO. Publíquese en el Periódico Oficial del Estado y en la página de internet del Instituto.
EL PRESENTE ACUERDO FUE APROBADO POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LAS CONSEJERAS Y CONSEJEROS ELECTORALES CC. XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XXXXXX XXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX XX XXXXXX XXXX, XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX Y EL CONSEJERO PRESIDENTE XXXXXXX XXXXXX XXXXX; POR ANTE EL C. XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX X XX XX; A VEINTICINCO DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTIDÓS, EN LA CIUDAD DE TUXTLA XXXXXXXXX, CHIAPAS.
EL CONSEJERO PRESIDENTE DEL CONSEJO GENERAL
XXXXXXX XXXXXX XXXXX
EL. C. SECRETARIO EJECUTIVO DEL CONSEJO GENERAL
XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX
Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de Chiapas Documento Firmado Electrónicamente
Documento: IEPC/CG-A/027/2022
Sello Digital: 0EA06235-706C-4290-A81B-FB2135C7A579
FIRMAS
Firmado por: XXXXXX XXXXXXX XXXXXXXX.-SECRETARIO EJECUTIVO
Fecha de firma: 2022-02-28T11:27:00 Serie: 024280
Firma: u4X9YkinQoOzAgJQ8heUqcI0YskWJELiLBoa0oopncEgjZLGkgWc4SHnOnLGMn9ff6d/w+rQU08j64H+GtFxOKR4F1w5BGfSRCFo3bvinULVVWkkaAulll6fOguKBJoORkIgs/x7cs0zRKMFLY7ESh+29g+h5l96GTe1dK4X3Eo=
Firmado por: XXXXXXX XXXXXX XXXXX.-Consejero Presidente Xxxxx de firma: 2022-02-25T16:09:00
Serie: 02797e
Firma: hqavmfTPilqUr+EuyWsbMv6pneGgRGi/ih1vZHoL8kl2CSbojscUCGAAOReNyRimEUEx/IxO1VWnwR7cD0PdQKCvEW/TF6Qx/uIUK/eEBpedl9s06wFhJtJeoWFm2GiW00QP4V/UEiXgiO6GY//fx72es4w1uYLTsKCdw+mibCw=