PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES DE SEVILLA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA SUSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DE NUEVA MÁQUINA DE CLIMATIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES DEL COLEGIO OFICIAL DE PERITOS E INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES XX XXXXXXX PARA LA CONTRATACIÓN DEL SUMINISTRO PARA LA SUSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DE NUEVA MÁQUINA DE CLIMATIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS
1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es el suministro, sustitución, montaje, instalación y puesta en marcha del equipo de climatización y sus instalaciones para el Salón de Actos de nuestra sede, situado en Xxxxx xxx Xxxxx, 0 xx Xxxxxxx, de conformidad con lo especificado en el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
El contrato incluye el desmontaje y retirada de la máquina que actualmente da servicio a dicho Salón de Actos, de acuerdo con la normativa de seguridad industrial y medioambiental de aplicación. La obra se ejecutará según proyecto redactado por ARSINGER ENGINEERING (Xxxxxxxxx de los Xxxxxx Xxxxxxxxx, Ingeniero Técnico Industrial), con número de visado 4253/68. El conjunto de documentos que integran el proyecto tendrá carácter contractual y podrá ser examinado en la forma que determine el anuncio de licitación.
También incluye la adecuación de las instalaciones y conductos de climatización existentes para su adaptación a los requerimientos de las nuevas máquinas y todas las tareas necesarias para su puesta en uso y en perfecto estado de funcionamiento.
En el Pliego de Prescripciones Técnicas se desarrollan la descripción de las instalaciones.
2. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y DOCUMENTOS QUE TIENE CARÁCTER CONTRACTUAL.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, (en adelante LCSP), el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre (en adelante RGLCAP). Aunque el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales xx Xxxxxxx (en adelante COPITISE) no está sujeto a las normativas anteriores, pero en base a cuyo espíritu y con remisión a sus normas se elabora este articulado en beneficio y transparencia de todos los posibles contratantes.
Además del presente pliego, tendrán carácter contractual los siguientes documentos:
- Pliego de prescripciones técnicas.
- El documento en el que se formalice el contrato.
El presente contrato tiene carácter privado, pero se somete en lo indicado en este condicionado general a las normas señaladas de la citada LCSP. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales,
prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del contrato.
El desconocimiento, del presente pliego, del contrato, de sus documentos anexos, o de las instrucciones, o normas de toda índole aprobadas por la Junta de Gobierno de este COPITISE, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano de contratación, que actúa en nombre de COPITISE será la Junta de Gobierno. El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés de sus colegiados, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo de ejecución del contrato será de 2 MESES y comenzará a contar a partir de la fecha que se establezca a este efecto en el contrato. Los trabajos no comenzaran hasta tener las autorizaciones administrativas y licencias que sean pertinentes que han sido solicitadas ya por el COPITISE y sin perjuicio de que tenga efecto la contratación desde este momento.
5. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN.
El presupuesto base licitación ascienda a la cantidad de 19.102,00€ (DIECINUEVE MIL CIENTO DOS EUROS), más un importe de 4.011€ (CUATRO MIL ONCE EUROS),
correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar el COPITISE, de acuerdo con el objeto del contrato.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio del contrato se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
El valor estimado del contrato conforme a las previsiones del artículo 101 del LCSP coincide con el presupuesto de licitación.
En este contrato no procede la revisión de precios.
El pago al contratista se efectuará de acuerdo con lo determinado en los artículos 198 y 240 de la LCSP.
6. CRÉDITO PRESUPUESTARIO.
Existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas derivadas de la presente contratación, que se financiarán con cargo a la partida 212000000001 de los presupuestos de los años 2018 y 2019 del COPITISE.
7. RÉGIMEN DE PAGOS.
El presupuesto total de la licitación es de 19.102,00€ como máximo sin incluir IVA. La forma de pago se realizará de la siguiente forma:
- 30 % formalización del contrato.
- 50 % ejecución de la instalación.
- 20 % finalizada la legalización ante las administraciones.
8. PERFIL DE CONTRATANTE.
El COPITISE carece de perfil del contratante. No obstante, se realizará envío de circular con la licitación y composición de la Mesa de Contratación y se publicarán estos mismos datos en la web del COPITISE, así como la adjudicación, la formalización del contrato y el plazo en que debe procederse a la misma, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual.
Las empresas licitadoras que concurran a los procedimientos de licitación aceptan voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados de los procedimientos de licitación, adjudicación y ejecución hasta la finalización del contrato, según lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
8.1. Capacidad y solvencia para contratar.
Están facultados para contratar con COPITISE las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica para realización del contrato, y no se hallen comprendidos en algunas de las circunstancias previstas en el artículo 71 de la LCSP, conforme a lo establecido en el presente Pliego.
Los/as empresarios/as deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
Los/as empresarios/as deberán acreditar su personalidad. Si se trata de empresario/a individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañare copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto funcional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial.
Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, acreditarán su personalidad mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo 1 del RGLCAP, en función de los diferentes contratos.
Cuando quien licite no actúe en nombre propio, o se trate de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente) por cualquier organismo de la Administración.
Certificaciones de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias estatales, con la Junta de Andalucía y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
Declaración de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar que se enumeran en el artículo 71 de la LCSP, que se apreciaran según lo dispuesto en el artículo 72 de la misma ley.
Las empresas extranjeras formularán declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato.
9. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
El sistema de adjudicación del contrato será el de Procedimiento Abierto, tramitación ordinaria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 156, 116 y 117 de la LCSP.
10. GARANTÍAS EXIGIBLES.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 106 de la LCSP, no será necesaria la constitución de garantía ni provisional ni definitiva
11. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
Las proposiciones para la licitación se presentarán en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurran y firmados por el licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Los sobres se presentarán en el Departamento de Secretaría Técnica (Plaza del Museo, 6 primera planta ala izquierda), bien personalmente o bien mediante envío por mensajería entregado en el plazo señalado, dando al presentador como acreditación recibo en el que constará el nombre del licitador, la denominación del objeto del contrato y el día y la hora de presentación (Ver Anexo II).
De igual modo, las proposiciones podrán ser presentadas por correo. En tal caso, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al COPITISE la remisión de la oferta al correo xxxxxxxx@xxxxxxxx.xx con el asunto: “LICITACIÓN EQUIPO AIRE ACONDICIONADO SALÓN DE ACTOS”. Sin la
concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el COPITISE con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio. Trascurridos, no obstante, siete días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
11.1. Forma en que deben presentarse las proposiciones.
Con carácter general las proposiciones se presentarán en un único sobre con el siguiente contenido:
- Documento acreditativo de la personalidad jurídica o física.
- Documento acreditativo de la representación (si procede).
- Documento acreditativo de no estar incurso en prohibición de contratar, que incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes.
- Domicilio. Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para práctica de notificaciones. Esta circunstancia habrá de ser complementada indicando el número de teléfono y correo electrónico.
- Documentación que acredite la solvencia económica, financiera y técnica o profesional correspondiente para la realización de los trabajos.
- Declaración responsable de empresa de servicios en materia de seguridad industrial.
- Oferta económica, conforme al modelo que se incorpora como Anexo I.
Los precios a ofertar por los licitadores serán a la baja y no podrán, en ningún caso, exceder de los precios máximos de licitación establecidos en el presente Xxxxxx, o en su caso, en el PPT, rechazándose las ofertas que contengan proposiciones económicas que excedan de dichas cantidades.
12. ANUNCIO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.
El anuncio de licitación se publicará a partir del quince de febrero de dos mil diecinueve en la página web del COPITISE, xxx.xxxxxxxx.xx, estableciéndose un plazo de presentación de proposiciones de un mes.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a lo previsto en el pliego de cláusulas administrativas particulares, y su presentación supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, así como del proyecto y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, sin salvedad o reserva alguna.
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento en que deba procederse a la apertura en público de las mismas.
13. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación del contrato se efectuará mediante la valoración de los siguientes criterios:
A. Oferta Económica.
Se asignará la puntuación máxima prevista en este apartado a la oferta más baja (importe sin IVA), cero puntos a las ofertas coincidentes con el precio de licitación (19.102,00€, IVA excluido, según se especifica en la cláusula 5 del presente Pliego), puntuándose las demás ofertas de forma proporcional.
B. Mejoras eficiencia energética y sostenibilidad.
Mejoras referidas a la eficiencia energética y medio ambiental del equipo a instalar y que se concreten en la reducción de los consumos de energía eléctrica, proporcionando una mejora de las prestaciones de la nueva instalación. Se le asignará la máxima puntuación prevista a la oferta que presente el equipo a instalar de mayor eficiencia energética, cero puntos a la que peor categoría energética.
En cuanto a la posibilidad de considerar alguna oferta como desproporcionada o anormal, se estará a lo dispuesto en el artículo 85 del RGLCAP.
14. MESA DE CONTRATACIÓN.
La mesa de contratación estará compuesta por: Decana: Xxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx.
Secretario: Xxxxx Xxxx Xxxxxxxx.
Vocales: Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx.
Una vez terminado el plazo de recepción de proposiciones, por parte de la secretaría técnica, se elaborará un informe donde se relacionen las proposiciones recibidas.
Una vez recibido los sobres junto con el informe anterior por parte del secretario de la mesa de contratación, se reunirá la Mesa de Contratación para examinar y calificar formalmente la documentación contenida en el sobre.
Antes de la apertura de la primera proposición se invitará a las personas asistentes a que manifiesten las dudas que se le ofrezcan o pidan las explicaciones que estimen necesarias procediéndose por la mesa a las aclaraciones y contestaciones pertinentes.
La decana ordenará la apertura del los sobres y el secretario certificará la relación de documento que figuren en cada uno de ellos.
Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente o por medios electrónicos al interesado. El plazo para subsanar dichos defectos será de tres días hábiles. Si en dicho plazo el licitador no procede a subsanar la documentación será expulsado de la licitación.
Como para la valoración de las ofertas deben tenerse en cuenta criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor, en el acto sólo se efectuará la apertura de las documentaciones y se indicará día y hora para dar a conocer los resultados obtenidos y por ende de la empresa adjudicada.
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales. Se considerará la que la proposición económicamente más ventajosa será la empresa que aparece clasificada en primer lugar.
La mesa de contratación podrá proponer declara desierto el procedimiento si ninguna de las ofertas presentadas reuniese los requisitos exigidos.
15. COMISIÓN ASESORA.
Con el fin de asesorar a la Mesa de Contratación en la propuesta de adjudicación del contrato, se constituirá una Comisión Asesora, constituida por técnicos nombrados por la decana y que no formen parte de la Mesa de Contratación:
Presidente: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx.
Vocal: Xxxxxxxxx J. de los Xxxxxx Xxxxxxxxx (autor proyecto). Vocal: Xxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxx.
Secretario: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
La Comisión Asesora, terminada su actuación, presentará a la Mesa de Contratación, informe técnico suficientemente razonado con su juicio de valor. Dicho informe no tendrá carácter vinculante y la Mesa de Contratación lo examinará y dará la conformidad a la aplicación realizada de los criterios de valoración.
16. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
La adjudicación del contrato se realizará dentro de los cinco días hábiles siguientes al pronunciamiento de la Mesa de Contratación a favor de la oferta económicamente más ventajosa.
La adjudicación deberá dictarse en todo caso, siempre que algunas de las proposiciones presentadas reúnan los requisitos exigidos en el pliego de cláusulas, no pudiendo en tal caso declararse desierta la licitación.
16.1. Formalización del contrato.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de licitación. En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.
No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.
Si por causas imputables a la empresa adjudicataria no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, se le exigirá el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, en los términos previstos en el artículo 153.4.
El documento de formalización será firmado por la empresa adjudicataria y se unirá al mismo, como anexo, un ejemplar del presente pliego de cláusulas administrativas y xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, así como también la oferta presentada por la empresa que tendrá carácter contractual.
17. EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
La dirección, comprobación, vigilancia y supervisión de los trabajos objeto del contrato será a cargo de la persona designada por la decana.
17.1 Normas generales.
En todo lo relativo a exigencias de derechos y cumplimiento de obligaciones, incidencias y modificaciones contractuales, extinción y liquidación del Contrato se estará a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de contratación administrativa.
La empresa contratista se somete expresamente a la normativa vigente en materia de seguridad e higiene en el trabajo.
En todo caso, las obras se ejecutarán con estricta sujeción al proyecto, a las cláusulas del presente pliego y siguiendo las instrucciones que, en interpretación de aquel, diere a la empresa contratista el facultativo director de la misma.
La empresa contratista queda obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes y las que se promulguen durante la ejecución del mismo en materia de sostenibilidad y protección ambiental, y en particular en lo regulada en la Real Decreto Legislativo 16/2016, de 16 de diciembre, de prevención y control integrados de la contaminación, y demás normativa que la complementa y desarrolla.
17.2 Modificaciones contractuales.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad, de acuerdo con lo establecido en los artículos 203 y siguientes del LCSP. Las modificaciones podrán llevarse a cabo en los términos y con las condiciones establecidas en el artículo 242 del LCSP. La modificación del contrato deberá formalizarse conforme a lo dispuesto en el artículo 153 de la LCSP. La recepción de las obras se realizará en los términos establecidos en los artículos 210 y 243 de LCSP. El acto de recepción deberá llevarse a cabo dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega o realización del objeto contratado.
17.3 Medición final y certificación final de las obras.
Recibidas las obras se procederá seguidamente a su medición general con asistencia del contratista, formulándose por el director de la obra en el plazo de un mes desde la recepción, la medición de las realmente ejecutadas de acuerdo a proyecto.
Dentro del plazo de los 10 días naturales siguiente al término del plazo que establece el apartado 14.2 de la presente cláusula, el director/a de la obra expedirá y tramitará la correspondiente certificación final.
18 INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL. 18.1Incumplimiento de los plazos.
Si la empresa contratista, por causas imputables al mismo, hubiera incurrido en demora de los plazos parciales de manera que haga presumir racionalmente la imposibilidad de cumplimiento del plazo final o este hubiera quedad incumplido, el COPITISE de acuerdo con los artículos 192 y 193 de LCSP, podrá optar indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las penalidades establecidas en la legislación vigente.
18.2Norma general.
El incumplimiento por parte de la empresa contratista de cualquier de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato, previa audiencia a la empresa contratista.
18.3Responsabilidad de los vicios ocultos.
La empresa contratista responderá civil y, en su caso, penalmente de los daños causados al COPITISE como consecuencia de los vicios ocultos de los trabajos realizados por ella.
Conocido y aceptado en su totalidad.
La empresa contratista.
ANEXO I
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D./Xx. , vecino/a de provincia de , con domicilio en ,
calle número , (en el caso de
actuar en representación: como apoderado/a de con domicilio en , calle número , teléfono , correo electrónico , CIF o DNI núm. ), enterado/a de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto del SUMINISTRO PARA LA SUSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DE NUEVA MÁQUINA DE CLIMATIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS, cree
que se encuentra en situación de licitar al mismo.
A este efecto hace constar que conoce el proyecto completo y el pliego de cláusula administrativas particulares y pliego de prescripciones técnicas que sirven de base de convocatoria, que acepta incondicionalmente sus cláusulas, que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales xx Xxxxxxx, y se compromete en nombre de
(propio o de la empresa representada), a tomar a su cargo la mencionada obra con estricta sujeción a los presados requisitos y condiciones, por el precio total de (en número):
BASE IMPONIBLE: € IVA (21%): €
TOTAL (IVA incluido): €
(fecha y firma del apoderado/a)
ANEXO II
JUSTIFICANTE PARTICIPACIÓN EN LICITACIÓN
D./Xx. con DNI , recibe el día de de 20 de D./Xx. con DNI en representación de
con CIF/DNI SOBRE para participar en el procedimiento abierto de
SUMINISTRO PARA LA SUSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DE NUEVA MÁQUINA DE CLIMATIZACIÓN DEL SALÓN DE ACTOS.
En , a de de 20
Fdo.: