INVITACIÓN
INVITACIÓN
En cumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción II, 26 bis fracción II, 28 fracción I, 29, 42, 43 y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 77 y 81 de su Reglamento y demás disposiciones legales aplicables, la Procuraduría Federal del Consumidor, a través de la Dirección de Adquisiciones y Obra, dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06140, Ciudad de México, atendiendo a los criterios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad, honradez y transparencia que resulten procedentes para obtener las mejores condiciones para el Estado, invita a participar a personas físicas y/x xxxxxxx de nacionalidad mexicana que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, así como con los recursos técnicos, materiales, financieros y humanos necesarios, cuya actividad comercial esté relacionada con el objeto de esta Invitación, conservando en todo momento el respeto a los Derechos Humanos, conforme a lo siguiente:
Invitación a Cuando menos Tres Personas Nacional Electrónica No. CompraNet IA-010LAT001-E235-2019
No. Interno ITP-19/2019 “Servicio de Vigilancia y Seguridad”
1. Programa de actividades.
Junta de aclaraciones a la Invitación | No habrá Junta de Aclaraciones |
Fecha límite para entrega de preguntas de licitantes | 15 de julio de 2019 13:00 horas |
Acto de presentación y apertura de proposiciones | 17 de julio de 2019 10:00 horas |
Acto de fallo | 18 de julio de 2019 14:00 horas |
2. Glosario de términos.
Para los efectos de esta Invitación, se entenderá por:
“CompraNet” | Sistema electrónico de contrataciones gubernamentales desarrollado por la Secretaría de la Función Pública, con dirección electrónica en internet: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/ |
“Contrato” | El acuerdo de voluntades para crear o transferir derechos y obligaciones, a través del cual se formaliza la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios. |
“Invitación” | El documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico con respecto del servicio objeto de la contratación y las personas interesadas en proveerlos o prestarlos y, que previamente fueron invitadas, así como los términos a que se sujetara el procedimiento de contratación respectivo y los derechos y obligaciones de las partes. |
“La Ley” | Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
“Licitante(s)” | La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que participa(n) en esta Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica. |
“Licitante(s) ganadora(s) o Licitante(s) ganador(es)” | La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que derivado de su participación en esta Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica, resulte(n) adjudicada(s). |
“MIPYMES” | Las micro, pequeñas y medianas empresas de nacionalidad mexicana a que hace referencia la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público para el desarrollo de la competitividad de la micro, pequeña y mediana empresa. |
“Partida” | La división o desglose del servicio a contratar, contenido en un procedimiento de contratación o en un contrato, para diferenciarlos unos de otros, clasificarlos o agruparlos. |
“La Procuraduría” | Procuraduría Federal del Consumidor. |
“Proposición(es)” | Oferta(s) técnica(s) y económica(s) que presentan las o los licitantes. |
“Proveedora(s) o proveedor(es)” | La(s) persona(s) física(s) o moral(es) que suscriba(n) contrato (s) de adquisiciones, arrendamientos o servicios con la Procuraduría Federal del Consumidor como resultado del fallo que derive de esta Invitación. |
“El Reglamento” | El Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
“Servicio” | Descripción del servicio objeto del presente procedimiento el cual se refiere al “Servicio de Vigilancia y Seguridad” |
“Unidades responsables de los inmuebles” | Encargados de las Unidades Responsables (UR) en cada uno de los inmuebles relacionados en el numeral 4 del Anexo A |
Apartado I. Datos generales o de identificación de la Invitación a cuando Menos Tres Personas
a) Nombre de la Entidad Convocante, especificación del Área Contratante y su domicilio:
Con fundamento en los artículos 29 de “La Ley” y 39, fracción I, inciso a) de “El Reglamento”, se especifica lo siguiente:
Entidad Convocante: Procuraduría Federal del Consumidor.
Área contratante: Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales a través de la Dirección de Adquisiciones y Obra.
Domicilio del área contratante: Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
b) Protocolo de Actuación en materia de Contrataciones Públicas.
El presente procedimiento se realizará en observancia del “Protocolo de actuación en Materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” publicado en el diario oficial de la federación el 20 xx xxxxxx del 2015 y sus acuerdos modificatorios publicados el 19 de febrero del 2016 y el 28 de febrero de 2017 disponibles para su consulta en xxxx://xxx.xxx.xx/xxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xx-xxxxxxxxx-xx-xxxxxxx-xx-xxxxxxxxxxxxxx-xxxxxxxx- otorgamiento-y-prorroga-de-licencias-permisos-autorizaciones-y-concesiones-97983 .
c) De los datos personales
En atención a lo establecido en la sección II numeral 6 inciso d) del “Protocolo de actuación en Materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” publicado en el diario oficial de la federación el 20 xx xxxxxx del 2015 y sus acuerdos modificatorios, se informa que los datos personales que se reciban con motivo de la presente Invitación serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
d) Queja o Denuncia
En atención a lo establecido en la sección II numeral 6 inciso e) del “Protocolo de actuación en Materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prorroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” publicado en el diario oficial de la federación el 20 xx xxxxxx del 2015 y sus acuerdos modificatorios; el “licitante” tendrá derecho a presentar queja o denuncia ante el Órgano Interno de Control de ésta Procuraduría por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos. En caso de que se tenga conocimiento de actos u omisiones de particulares o de servidores públicos que comprometan la actuación con la que deben desempeñarse en sus empleos, cargos o comisiones, se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control de ésta Procuraduría a efectos de que se tomen las medidas conducentes.
e) Medio a utilizar y el carácter de la Invitación a cuando Menos Tres Personas
De conformidad con los artículos 26, fracción II, 26 bis, fracción II y 28 fracción I, 42 y 43 de “La Ley”, la presente Invitación a cuando Menos Tres Personas será:
Electrónica, por lo que exclusivamente se permitirá la participación a través de CompraNet, de las o los “licitantes” que previamente fueron invitados.
El acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, sólo se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de las o los “licitantes” en dichos actos. Se precisa que para el presente procedimiento, NO se recibirán “proposiciones” presentadas en forma presencial, o enviadas a través del servicio postal o de mensajería.
Nacional, por lo que únicamente podrán participar personas físicas y xxxxxxx de nacionalidad mexicana.
Esta Invitación estará a disposición de los invitados para consulta y obtención sin costo, en el sistema electrónico de contrataciones gubernamentales CompraNet a partir del día 11 de julio de 2019 en la dirección electrónica: xxxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Las o los “licitantes” invitados podrán consultar el texto de esta Invitación en la Dirección de Adquisiciones y Obra, dependiente de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de “La Procuraduría”, sita en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, en horario de 8:00 a 18:00 horas en días hábiles, para lo cual tendrá disponible una copia impresa, así como en electrónico, misma que podrá ser consultada por cualquier persona, que lo solicite, por lo que “La Procuraduría” no estará obligada a entregar una impresión de la misma.
e.1) Participación de “licitantes” de forma electrónica.
Las “proposiciones” serán enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, de conformidad con lo establecido en los artículos 27 y 34 de “La Ley”, conforme a las disposiciones administrativas que emita la Secretaría de la Función Pública para lo cual las o los “licitantes”, deberán utilizar exclusivamente el programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione. Dicho programa generará el sobre con las “proposiciones” mediante el uso de tecnologías que resguardan la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable.
Las “proposiciones” deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta “Invitación” “en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF.
Las y los “licitantes” deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica que para tal fin deberán certificarse previamente por la Secretaría de la Función Pública, los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
Cada uno de los documentos que integren las “proposiciones” y aquéllos distintos a estas, deberán estar foliados en todas y cada una de las fojas que los integren. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que presenten las o los “licitantes”.
En caso de que alguna o algunas fojas de los documentos mencionados en el párrafo anterior carezcan de folio y se constate que la o las fojas no foliadas mantienen continuidad, la convocante no podrá desechar la proposición. En el supuesto de que falte alguna foja y la omisión pueda ser cubierta con información contenida en la propia proposición o con los documentos distintos a la misma, la convocante tampoco podrá desechar la proposición.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el cuarto párrafo del artículo 36 de “La Ley”.
Al final de la presente “Invitación”, se reproduce para conocimiento de las y los “licitantes”, el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el martes 28 xx xxxxx de 2011, el cual establece las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, en su numeral 18, que las o los “licitantes” interesados deberán incorporar en CompraNet los datos que le sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema.
Por lo anterior, se exhorta a las o los “licitantes” que participen en la presente Invitación, a obtener su registro ante el sistema CompraNet 5.0, ya que en el caso de ser adjudicados, es necesario contar con este requisito para la publicación del fallo en dicho sistema.
RUPC Así mismo se les invita a solicitar su inscripción al Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC), al estar registrada su empresa obtendrá beneficios los cuales puede consultar en el siguiente link y los pasos para su incorporación. xxxxx://xxxxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxxxxxx/xxxx
f) Número de identificación de la Invitación a cuando Menos Tres Personas.
La presente Invitación tiene el número de identificación por CompraNet IA-010LAT001-E235-2019 y número interno de “La Procuraduría” ITP-19/2019.
g) Ejercicios fiscales que abarca la contratación
El contrato que se derive del presente procedimiento, abarcará el ejercicio fiscal de 2019.
El contrato que se formalice tendrá una vigencia a partir de la firma del mismo y hasta el 30 de septiembre de 2019, y el servicio dará inicio a partir del 22 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2019.
h) Idioma en que deberán redactarse las proposiciones
El idioma en que se deberán presentar las “proposiciones”, los anexos y demás documentación solicitada en la presente “Invitación”, será español.
i) Disponibilidad presupuestal.
Para el presente procedimiento se cuenta con la disponibilidad presupuestal número 75893.
j) Procedimientos, requisitos y demás disposiciones establecidas por la Secretaría de la Función Pública
El presente procedimiento de contratación no será financiado con fondos provenientes de créditos externos otorgados al Gobierno Federal, ni con la garantía de organismos financieros regionales o multilaterales.
Apartado II. Objeto y alcance de la Invitación a cuando menos tres personas
a) Descripción del “servicio”
La presente Invitación se refiere al “Servicio de Vigilancia y Seguridad”, conforme a las especificaciones, características y cantidades que se señalan en el “Anexo A” de esta “Invitación”.
b) Agrupación de partidas
Para este procedimiento de invitación, no habrá agrupación de partidas, la adjudicación será por la partida completa, conforme a lo siguiente:
Partida | Concepto |
1 | Servicio de Vigilancia y Seguridad |
c) Precio máximo de referencia.
Para el presente procedimiento, no se establece un precio máximo de referencia.
d) Xxxxxx que deberán cumplir el servicio.
Las o los “licitantes” deberán presentar escrito en papel membretado firmado por sí mismos o por sus representantes, en el que manifiesten que el servicio ofertado, cumple con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y a falta de éstas, las Normas Internacionales de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y
55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o, en su caso, las Normas de Referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, siempre que se acredite. (Escrito solicitado en el apartado VI, inciso B, numeral 3).
e) Pruebas para verificar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas.
Para verificar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas objeto de la presente Invitación no se aplicarán pruebas.
f) Tipo de contrato.
El contrato que se formalice derivado de la presente invitación será cerrado por cantidades previamente determinadas en los términos de los artículos 45 de “La Ley” y 81 de “el Reglamento”.
g) Modalidad de contratación.
El presente procedimiento NO estará sujeto a alguna modalidad de contratación.
h) Abastecimiento simultaneo.
El “servicio” materia de la presente Invitación se adjudicará la partida a un sólo “licitante”, por lo que no será aplicable el procedimiento de abastecimiento simultaneo.
i) Reducción a las cantidades.
Se podrán efectuar las reducciones hasta por el diez por ciento de las cantidades solicitadas, en términos del artículo 56 de “el Reglamento”.
j) Modelo de contrato.
El modelo de contrato para la presente Invitación, es el establecido en el Anexo IX de la presente
“Invitación”.
k) Modificaciones al contrato.
Previo acuerdo entre ambas partes sin desvirtuar el contenido de esta “Invitación”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de “La Ley” y 91 de “El Reglamento”.
Con fundamento en el artículo 91 de “El Reglamento”, por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “La Procuraduría”, esta última podrá modificar el contrato a efecto de prorrogar el plazo para la prestación del servicio.
La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” o “La Procuraduría”. El escrito en el que se señale el caso fortuito o fuerza mayor deberá ser presentado ante la Dirección de Servicios Generales, debidamente firmado por la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” o su representante legal, dentro de los 5 días naturales posteriores al evento que le impida el cumplimiento de las obligaciones contraídas, así como anexar la constancia de dichos hechos.
l) Sanciones.
Las infracciones y sanciones referidas en el Título Quinto de “La Ley” serán sancionadas por el Órgano Interno de Control en “La Procuraduría” a la o el “licitante” que se ubique en alguno de los siguientes supuestos, de conformidad con los artículos 59 y 60 de “La Ley”:
Que injustificadamente y por causas imputables al mismo no formalice el contrato.
Que no cumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a “La Procuraduría”, así como, aquel que preste los servicios en condiciones distintas de las convenidas.
Que proporcione información falsa o que actué con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante la prestación del servicio, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una solicitud de conciliación o de una inconformidad.
m) Rescisión administrativa del “contrato”.
“La Procuraduría” podrá rescindir administrativamente en cualquier momento el contrato, en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de “La Ley”, cuando la o el “licitante” se ubique en alguno de los siguientes supuestos:
I) Cuando la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” no cumpla con cualquiera de las especificaciones, características del “servicio”; plazos para la prestación del mismo, las condiciones establecidas en el contrato, así como con las contenidas en “La Ley” y “El Reglamento” y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
II) Si la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” es declarada o declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles o cualquier situación análoga que afecte su presupuesto.
III) Por no entregar la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” la(s) garantía(s) solicitada(s) en esta Invitación, a menos que se le haya exceptuado de su presentación.
IV) Por resolución de autoridad competente que impida a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
V) Cuando se agote el monto de la garantía de cumplimiento, contabilizando para ello conjunta o de forma separada el importe de las deducciones y descuentos, en su caso, a que la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” se haya hecho acreedora o acreedor.
VI) Cuando se agote el límite máximo de aplicación por concepto de deducción de pago.
VII) Por cualquier otra causa imputable a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” o a su personal que impida total o parcialmente el cumplimiento del contrato.
VIII) Por la contravención a las disposiciones, lineamientos, bases y requisitos que establecen “La Ley”, “El Reglamento” y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
“La Procuraduría” llevará a cabo dicho procedimiento de rescisión de conformidad con el artículo 54 de
“La Ley” y 98 de “El Reglamento”.
En virtud de que la obligación garantizada es divisible, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto proporcional a las obligaciones incumplidas.
De conformidad con el artículo 99 de “El Reglamento”, concluido el procedimiento de recisión, se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se comunique la recisión, debiéndose indicar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
n) Terminación anticipada.
“La Procuraduría” podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, de conformidad con los supuestos previsto por el artículo 54 bis de “La Ley” y en los términos del artículo 102 fracción I de su “Reglamento”.
o) Suspensión del “Servicio”.
“La Procuraduría”, podrá suspender el “Servicio”, cuando se presente caso fortuito o de fuerza mayor, en cuyo caso únicamente se pagaran aquellos conceptos que hubiesen sido efectivamente prestados. Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “La Procuraduría”, previa petición y justificación de la “licitante ganadora” o al “licitante ganador”, esta le reembolsará los gastos no recuperables durante el tiempo que dure la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente, de conformidad con el artículo 55 bis de “La Ley” y 102 fracción II de “El Reglamento”.
p) Controversias.
Las controversias que se susciten, con motivo de esta Invitación, se resolverán con apego a lo previsto en Título Sexto de “La Ley” y Título Sexto de “El Reglamento”, así como en las disposiciones de carácter Federal aplicables.
q) Aclaraciones.
No se negociará ninguna de las condiciones establecidas en esta “Invitación”, así como de las propuestas que presenten las o los “licitantes”.
Apartado III. Forma y términos que regirán los diversos actos del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas.
a) Reducción de plazos.
Para la presente Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica NO se considerará una reducción del plazo para la presentación y apertura de proposiciones.
b) Fecha y hora de los actos del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas. b.1) Junta de aclaraciones.
Para la presente invitación la convocante no realizará acto de junta de aclaraciones, lo anterior de conformidad a lo señalado en el artículo 43, fracción V de “La Ley”.
De conformidad con el artículo 77 penúltimo párrafo de “El Reglamento” los licitantes podrán formular preguntas de todos aquellos puntos que le generan dudas, a más tardar a las 13:00 horas del 15 de julio de 2019, preferentemente anotando el numeral que hace referencia a su duda o cuestionamiento.
Las preguntas podrán enviarse a través de CompraNet o por correo electrónico a la cuenta de correo de xxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx. Únicamente serán tomadas en cuenta las preguntas que se reciban a más tardar en la fecha y hora señaladas en el párrafo anterior.
La convocante emitirá respuesta por escrito al solicitante y a los demás licitantes invitados el día 16 de julio a partir de las 11:00 horas. La notificación de las respuestas a las preguntas planteadas en tiempo se hará a través de CompraNet, así como, en su caso, por el mismo medio electrónico del correo antes señalado.
b.2) Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo el día 17 de julio de 2019, a las 10:00 horas, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 y 35 de la Ley y 47 y 48 del Reglamento.
Para efectos de dar cumplimiento a las fracciones I y II del artículo 48 de “El Reglamento” se adjunta el Anexo VII.
Las proposiciones deberán ser presentadas a través de CompraNet, los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información de tal forma que sean inviolables, conforme a las disposiciones técnicas que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública. Se tomará en consideración para la aceptación de los documentos, lo señalado en los numerales 29 y 30 del “ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET”. PUBLICADO EN EL DOF, 28-06-11.
Las o los “licitantes” aceptan que se tendrán por NO presentadas las proposiciones y demás documentación requerida por “La Procuraduría”, cuando las proposiciones recibidas a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo, para lo cual las o los “licitantes” podrán presentar un escrito en el que lo manifiesten. Asimismo aceptan que cuando por causas ajenas a CompraNet 5.0 o a “La Procuraduría”, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación.
Con fundamento en el artículo 48 fracción V de “El Reglamento”, deberán integrar a través de CompraNet 5.0, un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica, conforme a lo establecido en el artículo 29 fracción VI de “La Ley, mismo que contendrá los datos siguientes (Anexo I):
De la o el “licitante”: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas xxxxxxx, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx así como el nombre de los socios, y
De la o el representante legal de la o el “licitante”: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.
Con fundamento en el artículo 35 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo conforme a lo siguiente:
Una vez recibidas las proposiciones por medios electrónicos (CompraNet 5.0), se procederá a la apertura de los archivos recibidos en forma electrónica, imprimiéndose únicamente la Propuesta técnica sin anexos, Propuesta Económica y los siguientes documentos: 1) Escrito de proposición no presentada en caso de virus informático, 2) Acreditación Legal, 3) Nacionalidad Mexicana, 4) Cumplimiento de normas, 5) Correo electrónico, 6) Supuestos de los arts. 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la ley, 7) Declaración de Integridad, 8) Manifiesto de contar con personal con discapacidad, 9) Manifiesto de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYMES), 10) Transferencia de derechos y obligaciones,
11) Registros, marcas y otros derechos, 12) Relaciones Laborales, 13) Confidencialidad, 14) Escrito de aceptación del servicio, 15) Escrito de Vigencia y periodo del servicio, 16) Opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales, 17) Manifestación de conflicto de interés y 18) Manifiesto del Protocolo de actuación, haciéndose constar toda la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido; por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o faltare algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de recepción de los documentos que integran la proposición.
Una vez impresos los documentos antes señalados, el servidor público que presida el acto, atendiendo al número de “proposiciones”, podrá optar entre asentar el precio unitario que integra cada “proposición”, o anexar copia de la propuesta económica de las o los “licitantes” al acta respectiva, debiendo en este último caso, asentar al importe total de cada “proposición”.
Las proposiciones presentadas a través de medios remotos de comunicación electrónica, y que durante el acto de apertura, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaria de la Función Pública o de la convocante, no sea posible abrir los archivos que contengan las propuestas, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción.
En el caso del supuesto anterior, se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por la convocante, cuando los sobres electrónicos en los que se contenga dicha información, tengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.
No obstante, la convocante intentará abrir los archivos más de una vez en presencia del representante del Órgano Interno de Control, en caso de que se confirme que el archivo contiene algún virus informático, o está alterado por causas ajenas a la convocante o a CompraNet, la proposición se tendrá por no presentada. Haciendo hincapié en que la convocante cuenta con los recursos tecnológicos para poder abrir los archivos conforme a lo solicitado en la Invitación.
Con posterioridad se realizará la evaluación integral de las proposiciones, el resultado de dicha revisión o análisis, se dará a conocer en el fallo correspondiente.
Las o los “licitantes” sólo podrán enviar una proposición en éste procedimiento de contratación; iniciado el acto de presentación y apertura de proposiciones, una vez recibidas las proposiciones no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por las o los “licitantes”.
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 50 de “La Ley”, la recepción de la “proposición” se entenderá realizada una vez que ésta se analice durante su evaluación, debiéndose indicar en el fallo si la “proposición” fue desechada por incumplir la mencionada disposición legal.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Invitación a cuando menos tres personas, fecha que deberá quedar comprendida dentro de los veinte días naturales siguientes a la establecida para este acto y podrá diferirse, siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, la convocante podrá anticipar o diferir la fecha del fallo dentro de los plazos establecidos en la fracción III del artículo 35 de “La Ley”, lo cual quedará asentado en el acta correspondiente a este acto.
b.3) Fecha de fallo.
El fallo se llevará a cabo el día 18 de julio de 2019, a las 14:00 horas, y se dará a conocer a través de CompraNet 5.0, el mismo día que se celebre.
b.4) Fecha de formalización del contrato.
Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en la presente Invitación y, obligará a “La Procuraduría” y a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador”, a firmar el contrato.
La fecha de formalización del contrato, será la que se establezca en el acta de notificación del fallo de conformidad con el artículo 46 de la Ley, de acuerdo con el Modelo de contrato, Anexo IX, en el Departamento de Contratos dependiente de la Dirección de Adquisiciones y Obra de “La Procuraduría”, sita en avenida Xxxx Xxxxxxxxxxx número 208, piso 17, Colonia Condesa, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Código Postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
b.5) Notificación a “licitantes”.
Las actas de los eventos que se lleven a cabo por este procedimiento de contratación, para efectos de su notificación, se darán a conocer a través de CompraNet, en la dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx dicho procedimiento sustituye a la notificación personal. El mismo sistema enviará por correo electrónico a las y los “licitantes”, un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, salvo que se actualice el supuesto del último párrafo del artículo 58 de “El Reglamento”.
Asimismo al finalizar los actos se fijará un ejemplar del acta correspondiente por un término no menor de cinco días hábiles en el pizarrón de la Dirección de Adquisiciones y Obra de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de “La Procuraduría”, sita en xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. El titular de la citada área dejará constancia en el expediente de la Invitación, de la fecha, hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia.
b.6) Casos en los que se declarará desierta o cancelará la Invitación a cuando menos tres personas.
Conforme a lo establecido en los artículos 38 de “La Ley” y 58 de “El Reglamento”, “La Procuraduría” procederá a declarar desierta la Invitación cuando se presente alguno de los siguientes supuestos:
No se presenten “proposiciones” en el acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cuando la totalidad de las “proposiciones” presentadas no cubran los requisitos solicitados en la
“Invitación”.
Cuando el precio del servicio ofertado no resulte aceptable.
En caso de que no se reciban mínimo tres proposiciones susceptibles de analizarse técnicamente, se podrá optar por declarar desierta la Invitación, o bien, continuar con el procedimiento y evaluar las proposiciones recibidas. En caso de que sólo se haya recibido una propuesta, la convocante podrá adjudicarle el contrato si considera que reúne las condiciones requeridas, o bien proceder a la adjudicación directa conforme al artículo 43 fracción III último párrafo de “la ley”.
“La Procuraduría” podrá cancelar la Invitación, la partida o conceptos incluidos en esta cuando se presente caso fortuito o fuerza mayor, existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para la contratación del “servicio”, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “La Procuraduría”. La determinación de dar por cancelada la Invitación, la partida o conceptos deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de las o los “licitantes”, y no será procedente contra ella recurso alguno, sin embargo podrán interponer la inconformidad en términos del título sexto, capítulo primero de “La Ley”.
c) Envío de proposiciones a través del servicio postal o mensajería.
En esta Invitación a cuando menos tres personas, no se recibirán proposiciones por servicio postal o mensajería.
d) Vigencia de las proposiciones.
Una vez recibidas las “proposiciones” en la fecha y hora establecidas en la presente “Invitación”, estas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se considerarán vigentes dentro del procedimiento de Invitación hasta su conclusión.
e) Proposiciones conjuntas.
En el presente procedimiento de Invitación no se aceptan propuestas conjuntas, lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 último párrafo de “El Reglamento”.
f) Número de proposiciones a presentar por la o el licitante.
Las o los “licitantes” sólo podrán presentar una “proposición” para la presente Invitación.
g) Forma de presentación de la documentación.
La presentación de las proposiciones se hará de manera electrónica conteniendo las propuestas técnica, económica y demás documentación solicitada.
h) Registro de participantes y revisión de la documentación.
Previo al inicio de la presentación y apertura de “proposiciones” la convocante NO revisará preliminarmente la documentación distinta a las propuestas técnica y económica.
i) Acreditación de la existencia legal y en su caso la personalidad jurídica.
Las o los “licitantes” podrán acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante el documento previsto en el apartado III, inciso b.2).
j) Documentos que deberán ser rubricados.
“La Procuraduría” a través del o los representantes de la Dirección de Servicios Generales rubricará: la propuesta técnica y económica y los manifiestos señalados en el subinciso b.2 del Apartado III de ésta Invitación.
k) Indicaciones relativas al fallo y a la firma del contrato. k.1) Fallo.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 37 de “La Ley”, el fallo que emita la convocante contendrá lo siguiente:
I. La relación de “licitantes” cuyas “proposiciones” se desecharon, expresando todas las razones legales, técnicas o económicas que sustentan tal determinación e indicando los puntos de la “Invitación” que en cada caso se incumpla;
II. La relación de “licitantes” cuyas “proposiciones” resultaron solventes, describiendo en lo general dichas “proposiciones”. Se presumirá la solvencia de las “proposiciones”, cuando no se señale expresamente incumplimiento alguno;
III. Nombre de la o el “licitante” a quien se adjudica el contrato, indicando las razones que motivaron la adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos en la “Invitación”, así como la indicación de la “partida”, los conceptos y monto asignado a la o el “licitante”;
IV. Fecha, lugar y hora para la firma del “contrato” y la presentación de garantías, y
V. Nombre, cargo y firma del servidor público que lo emite, señalando sus facultades de acuerdo con los ordenamientos jurídicos que rijan a la convocante. Indicará también el nombre y cargo de los responsables de la evaluación de las “proposiciones”.
k.2) Formalización del contrato.
Para los efectos de “La Ley”, la “Invitación”, el “contrato” y sus anexos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el “contrato” no deberán modificar las condiciones previstas en la “Invitación”; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en ésta.
Si la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” no firma el contrato por causas imputables a la misma o al mismo, conforme a lo señalado en la presente Invitación, “La Procuraduría”, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicará el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de “La Ley”.
Los derechos y obligaciones que se deriven del “contrato” no podrán ser transferidos por la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de “La Procuraduría”.
En el anexo IX se incluye el modelo de contrato.
k.2.1) Requisitos para la formalización del contrato
Con fundamento en el artículo 29 fracción VII de “La Ley” y 35 tercer párrafo de “El Reglamento”; a más tardar dentro de los 2 días hábiles posteriores a la notificación del fallo, la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá entregar en el Departamento de Contratos dependiente de la Dirección de Adquisiciones y Obra de “La Procuraduría”, sita en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, xxxxxxx Xxxxxxx, xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; original o copia certificada para cotejo y dos copias simples de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante, de acuerdo a lo siguiente:
I. Para el caso de personas xxxxxxx:
1) Testimonio de la escritura pública en la que conste que está constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional y de ser el caso, sus modificaciones,
2) Registro Federal de Contribuyentes,
3) Comprobante del domicilio fiscal, incluyendo código postal,
4) Poder notarial del o la representante legal,
5) Identificación Oficial vigente, del representante legal que firmará el contrato, con fotografía y firma (pasaporte, cartilla militar, credencial para votar o cédula profesional).
II. Para el caso de personas físicas:
1) Registro Federal de Contribuyentes,
2) Comprobante del domicilio fiscal, incluyendo código postal,
3) Identificación Oficial vigente con fotografía y firma (pasaporte, cartilla militar, credencial para votar o cédula profesional)
Adicionalmente a la documentación antes señalada, la “licitante ganadora” o el “licitante ganador”, deberá presentar a la convocante, previo a la firma del contrato y preferentemente en un plazo no mayor de 2 días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo, la opinión positiva de encontrarse al corriente en sus
obligaciones fiscales a través del documento expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), conforme a lo siguiente:
k.2.2) Opinión de cumplimiento de Obligaciones fiscales.
La “licitante ganadora” o el “licitante ganador”, deberá presentar el documento expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, vigente a la fecha de firma del contrato correspondiente, en cumplimiento al oficio circular número UNAOPSFP/309/0743/2008, emitido por la Secretaría de la Función Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008 (xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/xxxxx0.xxx ) y al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de conformidad con la Regla 2.1.31., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 (publicada en el DOF 29/04/2019), que establece lo siguiente:
Resolución Miscelánea Fiscal para 2019.
Procedimiento que debe observarse para contrataciones con la Federación y entidades federativas
2.1.31. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Fiscalía General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT.
En caso de que los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por su cuenta la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales, lo harán en términos de lo dispuesto por la regla 2.1.39.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ADR, enviándola al buzón tributario de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, para que ésta gestione ante la ADR la no aplicación del artículo 32-D del CFF. La autoridad fiscal revisará que no se actualiza el supuesto jurídico del mencionado artículo, por no existir créditos fiscales.
CFF 32-D, 66, 66-A, 141, RMF 2019 2.1.39.
De no presentarse el documento mencionado en este apartado, no podrá celebrarse el contrato por causa imputable a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador”, por lo que se actuará de conformidad con lo establecido en “La Ley”.
La convocante podrá en todo momento verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de la o el licitante adjudicado y el cumplimiento de las mismas será requisito indispensable para la celebración de cualquier tipo de convenio o modificación de contrato con la propia convocante.
k.2.3) Garantía de cumplimiento del contrato
La “licitante ganadora” o el “licitante ganador”, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y de conformidad con los artículos 48, fracción II y 49, fracción II de “La Ley” y 103 de “El Reglamento”, se compromete a:
X. Xxxxxxx fianza por la cantidad equivalente al 10% del importe total del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado, en pesos mexicanos e idioma español, mediante póliza expedida a favor de la Procuraduría Federal del Consumidor, por una institución autorizada por autoridades mexicanas.
B. Entregar a “La Procuraduría” a más tardar dentro de los 5 días naturales siguientes a la firma del contrato el original de la póliza de fianza, en el Departamento de Contratos de la Dirección de Adquisiciones y Obra, sita en avenida Xxxx Xxxxxxxxxxx número 208, piso 17, colonia Condesa, Alcaldía Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx. La falta de presentación de la garantía de cumplimiento en el plazo concedido, dará como consecuencia el inicio del proceso de rescisión por incumplimiento de los requerimientos para formalizar el contrato.
C. Que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecer o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no deberá confundirse con los plazos para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato.
I. La póliza de fianza deberá prever, como mínimo, lo siguiente:
a. La información correspondiente al número de contrato, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas derivadas del contrato.
b. La indicación del importe total garantizado con número y letra.
c. Señalamiento del nombre, denominación o razón social de la “licitante ganadora” o el
“licitante ganador”.
d. Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
e. Que para cancelar la fianza será requisito indispensable contar con la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones contractuales, emitida por el titular de la Dirección de Servicios Generales de “La Procuraduría”.
f. Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
g. Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá realizar la modificación correspondiente a la fianza.
III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “La Procuraduría” deberá cancelar la fianza respectiva.
Esta fianza se modificará en caso de otorgamiento de prórrogas, ampliación al monto o al plazo del contrato.
“La Procuraduría” podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, cuando la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” realice el “servicio” en forma diferente a lo solicitado en la presente “Invitación” o incumpla con cualquiera de las obligaciones establecidas en la misma.
k.2.4) Póliza responsabilidad civil
La “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil, ante compañía debidamente autorizada para ello, por el equivalente al 100% del monto total del contrato incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, aplicable a bienes muebles, inmuebles y a personas, que deberá mantenerse vigente hasta la terminación del mismo, así como durante sus prórrogas o ampliaciones si las hubiera. La póliza deberá ser entregada a la Dirección de Adquisiciones y Obra dentro los 5 días naturales posteriores a la firma del contrato.
La póliza se hará efectiva cuando por inobservancia y negligencia lleguen a causar daños y perjuicios a “la Procuraduría” y/o a terceros, así como cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la prestación del servicio en los términos señalados en la invitación y el Anexo A, aplicable a bienes muebles, inmuebles y a personas.
k.2.5) Procedimiento de pago.
Dentro de un plazo no mayor a 5 días naturales posteriores a la formalización del contrato, la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá entregar debidamente requisitado, el formato denominado “Solicitud de alta, baja o modificación” del Catálogo Único de Proveedores y Cuentas Bancarias (Anexo VIII), en la Dirección de Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06140, Ciudad de México, adjuntando la documentación solicitada.
El monto del contrato se cubrirá por mensualidades vencidas para lo cual la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá presentar la factura a más tardar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la conclusión del mes a la Dirección de Servicios Generales ubicada en avenida Xxxx Xxxxxxxxxxx número 208, piso 16 colonia Condesa, alcaldía Xxxxxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx, los días hábiles de lunes a viernes en horario de 08:00 a 18:00 horas y a la(s) cuenta(s) de correo electrónico que la Dirección de Servicios Generales le indique a la o el licitante ganador; dichas facturas deberán estar acompañadas con su archivo .XML y del soporte documental que compruebe el cumplimiento del “Servicio”, objeto de la presente Invitación a entera satisfacción de “La Procuraduría”.
“La Procuraduría” cubrirá el pago del “servicio” objeto de la presente “Invitación”, de acuerdo al “servicio” que la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” haya realizado a satisfacción de “La Procuraduría” y la Dirección General de Programación Organización y Presupuesto efectuará el pago de los mismos en pesos mexicanos, a través de transferencia electrónica bancaria, en los términos establecidos por el artículo 51 de “La Ley”.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 51, tercer párrafo de “La Ley”, en caso de que existan pagos en exceso que haya recibido la “licitante ganadora” o el “licitante ganador”, deberá reintegrarlos, así como pagar los intereses correspondientes conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “La Procuraduría”.
La “licitante ganadora” o el “licitante ganador” no podrán transferir parcial o totalmente los derechos y obligaciones adquiridas con motivo de la presente Invitación, salvo los derechos de cobro conforme lo establece el artículo 46 último párrafo de “La Ley”.
Para la presente Invitación no se otorgará anticipo.
k.2.6) Cadenas productivas.
El programa xx xxxxxxx productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permita incrementar su capacidad productiva y de gestión.
A fin de atender las disposiciones emitidas en torno al programa xx xxxxxxx productivas “La Procuraduría”, incorporará al portal de Nacional Financiera, S.N.C., el pago que se genere por el “servicio”, a fin de que la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” decida si ejercerá la cesión de los derechos de cobro al intermediario financiero por él seleccionado, de entre los registrados en dicho programa, en los términos del último párrafo del artículo 46 de “La Ley”, o bien, “La Procuraduría” cubrirá el pago por el “servicio” objeto de la presente Invitación, de acuerdo al “servicio” que la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” acredite efectivamente haber realizado a satisfacción de “La Procuraduría”, dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que sea entregada la factura en la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, con la aprobación (sello y firma) de Dirección de Servicios Generales de “La Procuraduría”, para que los pagos procedan.
La “licitante ganadora” o el “licitante ganador” podrá incorporarse al Programa xx Xxxxxxx Productivas, mismo que ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
o Obtener liquidez para realizar más negocios
o Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
o Agilizar y reducir los costos de cobranza
o Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo xxx.xxxxx.xxx
o Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del call center 00 00 00 00 y 01800nafinsa (62 34 672)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
Formar parte del directorio de compras del gobierno federal Características descuento o factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 horas en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
Al incorporarse a cadenas productivas tendrás acceso a los siguientes beneficios:
Conocer oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizaron las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes y servicios. Si requieres capital de trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento que nacional financiera instrumenta a través de los bancos.
Instrumentar tus ventas, al pertenecer al directorio de proveedores del gobierno federal, mediante el cual las dependencias y/o entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con la posibilidad de ampliar tu base de proveedores.
Profesionalizar tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del gobierno federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus propuestas.
Identificar oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de compra del gobierno federal a través de nuestros boletines electrónicos.
Apartado IV. Enumeración de los requisitos que las o los “licitantes” deben cumplir.
Requisito no. | Ubicación del documento | Descripción del documento | Documentación indispensable para evaluar y la no presentación será causa para desechar la propuesta | |
Apartado | Inciso/ Numeral | |||
1 | III | b.2) | Escrito de proposición no presentada en caso de virus informático | No |
2 | VI | A/1 | Propuesta técnica | Si |
3 | VI | A/2 | Propuesta económica | Si |
4 | VI | B/1 | Acreditación legal | Si |
5 | VI | B/2 | Nacionalidad mexicana | Si |
6 | VI | B/3 | Cumplimiento de normas | Si |
7 | VI | B/4 | Correo electrónico | No |
8 | VI | B/5 | Supuestos de los arts. 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la ley | Si |
9 | VI | B/6 | Declaración de Integridad | Si |
10 | VI | B/7 | Manifiesto de contar con personal con discapacidad | No |
11 | VI | B/8 | Manifiesto de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYMES) | No |
12 | VI | B/9 | Transferencia de derechos y obligaciones | Si |
13 | VI | B/10 | Registros, marcas y otros derechos | Si |
14 | VI | B/11 | Relaciones laborales | Si |
15 | VI | B/12 | Confidencialidad | Si |
16 | VI | B/13 | Aceptación del servicio | Si |
17 | VI | B/14 | Vigencia y periodo del servicio | Si |
18 | VI | B/15 | Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales | Si |
19 | VI | B/16 | Manifestación de conflicto de interés | Si |
20 | VI | B/17 | Manifiesto del Protocolo de actuación | Si |
Apartado V. Criterios de evaluación y adjudicación del contrato.
Las “proposiciones” presentadas en el acto de presentación y apertura de proposiciones, se evaluarán de conformidad con el artículo 36 de “La Ley”.
A. Criterios de evaluación y adjudicación.
Los criterios de evaluación que “La Procuraduría” tomará en consideración son los siguientes:
1. Para la evaluación de las “proposiciones” se utilizará el criterio de puntos o porcentajes, de conformidad a lo siguiente:
El total de puntos a otorgar para la propuesta técnica será de 60 puntos.
La puntuación mínima a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por lo tanto, no será desechada, será de cuando menos 45 de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación.
El cálculo de la puntuación de la propuesta económica será de conformidad a lo siguiente:
Ppe=mpemb x 40/mpi. Dónde:
Ppe= puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica Mpemb= monto de la propuesta económica más baja
Mpi= monto de la i-ésima propuesta económica
El cálculo de la puntuación total de la “proposición” será de conformidad a lo siguiente:
Ptj=tpt + ppe. Dónde:
Ptj= puntuación total de la “proposición”
Tpt= total de puntos asignados a la propuesta técnica Ppe= puntuación asignada a la propuesta económica
El mecanismo de puntos o porcentajes se encuentra detallado en el Anexo X denominado
“Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes”.
2. Obtener una puntuación cuando menos igual a la mínima establecida en el anexo “Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes”, esto es cuando menos 45 de los 60 máximos que se pueden obtener en la evaluación técnica y, adicionalmente los puntos obtenidos en la evaluación de su propuesta económica.
3. El cumplimiento de los requisitos indispensables y que afectan la solvencia de la misma, solicitados e indicados en el apartado VI.
La Dirección de Servicios Generales de “La Procuraduría”, será la responsable de la evaluación técnica de las “proposiciones” presentadas, que servirá como base para la emisión del fallo.
Con fundamento en el artículo 55 de “El Reglamento”, cuando se presente un error de cálculo en las proposiciones presentadas, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios, en caso de discrepancia entre las cantidades del total general escritas con número y letra prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, éstos podrán corregirse.
La adjudicación del contrato se hará a la o el “licitante” que haya presentado la “proposición” solvente, porque cumple con los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos establecidos en la presente licitación, y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o unidades porcentuales a la mínima exigible y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor puntuación, después de haberse efectuado el cálculo correspondiente.
La adjudicación del contrato a que se refiere el párrafo anterior, se realizará de conformidad a lo indicado en el apartado II inciso f) de la presente “Invitación”.
B. Criterios de desempate.
De conformidad con lo establecido en los artículos 36 bis de “La Ley” y 54 de “El Reglamento”, si derivado de la evaluación de las “proposiciones” se obtuviera un empate entre dos o más “proposiciones” solventes, de conformidad con el criterio de desempate, se adjudicará el contrato en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa. Para obtener este beneficio las y los “licitantes” deberán incluir la manifestación correspondiente conforme al Anexo VI.
Si derivado de la evaluación de las “proposiciones” se obtuviera un empate en el precio de dos o más “proposiciones” solventes y ningún “licitante” manifiesta encontrarse en el supuesto señalado en el inciso anterior, la adjudicación se efectuará a favor la o el “licitante” que resulte ganador o ganadora del sorteo manual por insaculación que “La Procuraduría” celebrará, en su caso, en el acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada “proposición” que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto de la “licitante ganadora” o el “licitante ganador”.
C. Causas de desechamiento de “proposiciones”.
Si obtiene una puntuación por debajo de la mínima establecida en el Anexo X “Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes”, esto es menos de 45 de los 60 máximos que se pueden obtener en la evaluación técnica, conforme a lo requerido.
No ajustarse las proposiciones a cualquiera de los requisitos y condiciones establecidas en esta
“Invitación” que afecten la solvencia de la proposición.
Las proposiciones que no se puedan evaluar por falta de algún requisito o por el incumplimiento en el contenido de los mismos, quedarán desechadas. Excepto los considerados para dar puntos, de conformidad a lo establecido en el Anexo X “Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes”.
Si se comprueba que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios del “servicio”, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre las o los demás licitantes.
Si presenta más de una propuesta, alternativa de propuesta o que la propuesta sea condicionada.
Si la o el “licitante” no emplea en sustitución de la firma autógrafa el medio de identificación electrónica que para tal fin deberá certificarse previamente por la Secretaría de la Función Pública. Los cuales producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos correspondientes y, en consecuencia, tendrán el mismo valor probatorio.
En el caso de “proposiciones” enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrá por no presentada la “proposición” y la demás documentación requerida en esta “Invitación”, cuando el sobre en que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo de la o el “licitante”
En su caso, cuando la o el “licitante” no acepte las correcciones previstas en el primer párrafo del artículo 55 de “El Reglamento”.
Para estos casos se asentarán las observaciones que correspondan en el acta respectiva.
Apartado VI. Documentos que deberán presentar quienes deseen participar en esta Invitación a cuando menos tres personas
A) Proposiciones
Para poder participar en la presente Invitación, es requisito indispensable, que cada “licitante” presente una proposición para esta “Invitación” de acuerdo a lo indicado en la misma; la omisión de algún requisito o presentación de documentos no apegados a lo indicado, que afecten la solvencia conforme lo establece el artículo 36 último párrafo de la ley, será motivo de desechamiento.
1. Propuesta técnica.
La o el “licitante” deberá presentar la propuesta técnica objeto de esta Invitación, conforme al Anexo A, considerando lo siguiente:
O En la propuesta técnica se deberá considerar la totalidad de lo señalado en el Anexo A de la presente “Invitación”.
O Se deberá describir detalladamente las características del “servicio” que la o el “licitante” oferte, tomando como base todas y cada una de las especificaciones técnicas, condiciones y requerimientos que se indican en el Anexo A de esta Invitación.
2. Propuesta económica.
La o el “licitante” deberá presentar la propuesta económica objeto de esta “Invitación”, en términos del modelo contenido en el Anexo B, mismo que deberá indicar los siguientes aspectos:
Que el precio del “servicio” será fijo durante la vigencia del contrato y hasta su vencimiento a satisfacción de “La Procuraduría”. Dichos precios serán fijos con excepción del ajuste por salario, mismo que podrá ser reconocido por “La Procuraduría”, en caso de que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos señale un incremento dentro del periodo contratado, lo anterior con fundamento en lo previsto en los artículos 44 de “la Ley” y 80 de “El Reglamento”.
“La Procuraduría” hará los ajustes pertinentes conforme al siguiente procedimiento:
El “licitante ganador” deberá presentar ante la Dirección de Servicios Generales, escrito solicitando el incremento, tomando como base el porcentaje de variación que se establezca en la “Tabla xx Xxxxxxx Mínimo General Promedio”, con relación al año anterior, conforme a la publicación que emita la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
El porcentaje anteriormente señalado se incrementará al precio ofertado por el “licitante ganador”, exclusivamente al rubro de costo por salario, con lo cual se determinará el importe a incrementar en el contrato.
Llevado a cabo lo anterior, se deberá realizar el convenio modificatorio al contrato, en el cual se consignarán los nuevos importes a pagar durante la vigencia del contrato.
Que el precio del “servicio” deberá expresarse en moneda nacional (pesos mexicanos).
Que su propuesta económica estará vigente dentro del procedimiento de “Invitación” y en su caso, hasta la celebración del contrato respectivo y sus modificaciones, si las hubiere.
El Anexo B de esta “Invitación”, se presenta como modelo referencial de propuesta económica, el cual no es limitativo, podrá ser utilizado por las o los “licitantes” para elaborar su propuesta, debiendo contemplar como mínimo los conceptos que en este se solicitan, misma que deberá presentarse debidamente firmada por la o el representante legal de la o el “licitante”.
Nota impuestos: “La Procuraduría” únicamente cubrirá el impuesto al valor agregado (I.V.A.); por lo que todos los demás impuestos y derechos que se generen correrán a cuenta del “licitante”.
B) Documentación legal y administrativa.
1. Acreditación legal.- Con el objeto de acreditar su personalidad, las o los “licitantes” o sus representantes legales, deberán presentar el escrito referido en el apartado III, inciso b.2, quinto párrafo (Anexo I). Anexando copia simple por ambos lados de la identificación oficial vigente con fotografía (pasaporte, cartilla, credencial para votar o cédula profesional), de la persona que firma la “proposición”.
2. Nacionalidad mexicana.- Las o los “licitantes” o su representante legal deberá presentar un escrito firmado, en papel preferentemente membretado de la o el “licitante”, dirigido a “La Procuraduría”, donde manifieste bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana, Xxxxx XX.
3. Cumplimiento de normas.- Con fundamento en el artículo 31 de “El Reglamento”, las o los “licitantes” deberán presentar escrito en papel membretado y firmado por ellos o por su representante legal dirigido a “La Procuraduría”, donde manifieste que el servicio ofertado cumple con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y a falta de estas, las normas internacionales de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o, en su caso, las Normas de Referencia o especificaciones, a que se refiere el artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, siempre que se acredite (Anexo III).
4. Correo electrónico.- Las o los “licitantes” o su representante legal podrá presentar, en papel membretado y firmado, una dirección de correo electrónico, en caso contrario, deberán indicar que no cuentan con el mismo. No será motivo de descalificación el incumplimiento de este inciso.
5. Supuestos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley”.- Las o los “licitantes” o su representante legal deberá presentar escrito en papel preferentemente membretado y firmado, dirigido a “La Procuraduría”, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que la o el “licitante” no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de “La Ley” (Anexo IV).
6. Declaración de Integridad.- Las o los “licitantes” o su representante legal deberán presentar escrito de declaración de integridad en papel preferentemente membretado y firmado, dirigido a “La Procuraduría”, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad que su representada se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de “La Procuraduría”, induzcan o alteren las evaluaciones de las “proposiciones”, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes (Anexo V).
7. Manifiesto de contar con personal con discapacidad.- La o el “licitante” deberá presentar escrito original en papel preferentemente membretado, firmado por la o el representante legal del “licitante”, dirigido a “La Procuraduría”, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que es un persona física con discapacidad, o bien tratándose de empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad. El presente procedimiento se llevará a cabo bajo el criterio de puntos y porcentajes, por consiguiente aplica lo establecido en el segundo párrafo del artículo 14 de “La Ley”, en lo relativo a personas con discapacidad o empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses. No será motivo de descalificación el incumplimiento de este inciso.
8. Manifiesto de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYMES).- La o el “licitante” podrá participar con carácter de MIPYMES en el presente procedimiento de contratación, siempre y cuando presenten a “La Procuraduría”, copia del documento establecido por la Secretaría de Economía que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana empresa de nacionalidad mexicana, o bien, presenten un escrito firmado por el o la licitante o su representante legal, en papel preferentemente membretado de la o el “licitante”, dirigido a “La Procuraduría”, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, que cuentan con ese carácter, para lo cual deberá utilizar el formato del Anexo VI de esta “Invitación”. No será motivo de descalificación el incumplimiento de este inciso.
9. Transferencia de derechos y obligaciones. Las o los “licitantes” deberán manifestar por escrito en papel membretado y firmado por la persona física o por el representante legal, que en caso de resultar adjudicado, no podrá transferir total o parcialmente, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones derivadas del contrato a celebrarse, salvo lo relacionado con los derechos de cobro.
10. Registros, marcas y otros derechos. La o el “licitante” deberá manifestar por escrito en papel membretado y firmado por la persona física o el representante legal de la persona moral, que asumirá la responsabilidad total en el caso de que en la proposición o durante la prestación del “servicio” se infrinjan patentes, marcas o se violen registros en materia de derecho inherentes a la propiedad intelectual.
11. Relaciones laborales.- Las o los “licitantes” o su representante legal deberá presentar escrito firmado, en el cual acepta que será la única o el único responsable del personal que se ocupará con motivo del contrato, que estará bajo la responsabilidad directa de ella o él y por tanto, en ningún momento se considerará a “La Procuraduría” como patrón sustituto o solidario, ni la o el “licitante” como intermediario, por lo que “La Procuraduría” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, queda liberada de cualquier responsabilidad, obligándose la o el
“licitante” a responder a todas las reclamaciones que sus trabajadoras o trabajadores presenten en su contra o en contra de “La Procuraduría” con relación a los ordenamientos en materia de trabajo, higiene y seguridad social.
12. Confidencialidad. Las o los “licitantes” deberán entregar carta firmada por la persona física o el o la representante legal de la persona moral, en donde manifieste que se obliga a guardar absoluta confidencialidad de la información y documentación a la que, con motivo de la prestación del “servicio” tenga acceso, en el entendido de que en caso contrario se procederá conforme a derecho por los daños o perjuicios que causen a “La Procuraduría”, por las revelaciones que se llegaren a realizar.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que implemente “La Procuraduría”, por las penas en que pueda incurrir por la manipulación, uso, revelación, venta, falsificación, daños a terceros y publicitación de la documentación e información oficial federal a la que tenga acceso durante la prestación del “servicio”.
13. Aceptación del servicio. Con fundamento en lo establecido en el artículo 84 de “El Reglamento”, las o los “licitantes”, deberán manifestar que conocen la forma en que la convocante procederá a realizar la verificación de las especificaciones y la aceptación del “servicio”, conforme lo establecido en la “Invitación”, asimismo que manifiestan su conformidad de que hasta en tanto ello no se cumpla, no se dará por recibido o aceptado.
14. Vigencia y periodo del “Servicio”. Los licitantes deberán presentar manifiesto por escrito en papel membretado y firmado por la persona física o el o la representante legal de la persona moral, en el que indique que acepta que, la prestación del “servicio” inicia a partir del 00 xx xxxxx xx 00 de septiembre de 2019.
15. Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales. En cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) y de conformidad con la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 (publicada en el DOF el 29/04/2019), el licitante deberá presentar el documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
16. Manifestación de conflicto de interés. Con fundamento en lo establecido en el Título tercero, capítulo I, artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las y los licitantes o sus representantes deberán presentar por escrito en papel membretado y firmado, en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés; en caso de ser persona moral, dicha manifestación deberá presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad.
17. Manifiesto del Protocolo de actuación. Escrito firmado por la persona física o el o la representante legal de la persona moral en el que manifiesten, que conocen el contenido del “Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” y sus acuerdos modificatorios.
Apartado VII. Instancia de inconformidad
La inconformidad deberá presentarse por escrito directamente en las oficinas de la Secretaría de la Función Pública ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx xxx. 0000, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México o bien en el Órgano Interno de Control de “La Procuraduría”, con domicilio en Xxxx Xxxxxxxxxxx 000, xxxx 0, xxxxxxx Xxxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx.
En las inconformidades que se presenten a través de CompraNet (xxx.xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx), deberán utilizarse medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa.
La Secretaría de la Función Pública conocerá de las inconformidades que se promuevan contra los actos de los procedimientos de la Invitación que se indican a continuación:
1. La “Invitación”
En este supuesto, sólo estará legitimado para inconformarse quien haya recibido Invitación, dentro de los seis días hábiles siguientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 65, fracción II de “La Ley”.
2. El acto de presentación y apertura de proposiciones, y el fallo.
En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien hubiere presentado “proposición” dentro de los seis días hábiles siguientes a la celebración de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, o de que se le haya notificado la o el “licitante” en los casos en que no se celebre junta pública.
3. La cancelación de la Invitación.
En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por la o el “licitante” que hubiere presentado
“proposición”, dentro de los seis días hábiles siguientes a su notificación, y
4. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en la “Invitación” o en “La Ley”.
En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los seis días hábiles posteriores a aquél en que hubiere vencido el plazo establecido en el fallo para la formalización del contrato o, en su defecto, el plazo legal.
La interposición de la inconformidad en forma o ante autoridad diversa a la señalada en este apartado, según cada caso, no interrumpirá el plazo para su oportuna presentación.
Apartado VIII. Supervisión, verificación y comprobación de la prestación del “servicio”, deducciones y descuentos
A) Verificación y comprobación de la prestación del “servicio”
“La Procuraduría”, de conformidad con lo previsto por los artículos 84, penúltimo y último párrafos y 108 de “El Reglamento”, tendrá en todo tiempo la facultad de comprobar, supervisar y verificar, conforme a los procedimientos establecidos en el Anexo A de la presente “Invitación”, que el “servicio” objeto de la presente contratación haya sido efectivamente prestado y cumpla con cada uno de los requerimientos pactados, comunicando por escrito, las observaciones que estime pertinentes en relación con su ejecución, o bien, la aceptación del mismo.
El titular de la Dirección de Servicios Generales realizará la comprobación, supervisión, verificación y aceptación del “servicio” objeto del contrato, así como la administración del mismo, de conformidad con las especificaciones, condiciones y plazos establecidos en el Anexo A de la presente “Invitación”, debiendo asentar el resultado de dicha verificación en los documentos correspondientes.
La verificación del “servicio” que realice “La Procuraduría” no libera a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” del cumplimiento de sus obligaciones contraídas, así como de las deficiencias que aparezcan posteriormente una vez concluidos los mismos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa del “servicio”.
“La Procuraduría” quedará facultada para realizar visitas físicas a las instalaciones de la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” durante la vigencia del contrato, para lo cual deberá brindar al personal de “La Procuraduría” previa identificación del mismo, las facilidades necesarias.
De conformidad con el artículo 57 de “La Ley”, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias, así como verificar la calidad del “servicio” establecida en la presente Invitación, pudiendo solicitar a “La Procuraduría” y a la “licitante ganadora” o a el “licitante ganador” todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
B) Deducciones y Descuentos
Las deducciones y descuentos por incumplimiento parcial o deficiente en el “servicio” que se aplicarán a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador”, serán de acuerdo con lo establecido en los artículos 53 bis de “La Ley”, y 97 de “El Reglamento” y conforme a lo estipulado en el Anexo A.
Las deducciones y descuentos serán cuantificadas, comunicadas y aplicadas a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” por el Titular de la Dirección de Servicios Generales con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles en su caso a más tardar a los 5 días naturales posteriores al mes vencido. Para lo cual la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá presentar ante la Dirección antes señalada, nota de crédito original a más tardar dentro de los tres días naturales posteriores a dicha notificación, por el monto de la deducción correspondiente, ya que dicho importe será aplicado en la facturación que corresponda.
El límite máximo de aplicación por concepto de deducción de pagos, será cuando el licitante incurra en 5 ocasiones en incumplimientos parciales o deficientes, durante un mes calendario, pudiendo “La Procuraduría” iniciar el procedimiento de rescisión administrativa, de conformidad con el artículo 53 Bis de “la Ley”.
Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto del contrato.
Independientemente de la aplicación de las deducciones y descuentos mencionados, la Procuraduría podrá optar en cualquier momento por la rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de “La Ley”.
Apartado IX. Formatos que facilitan y agilizan la presentación de las proposiciones y documentación distinta a estas.
Anexo A | Especificaciones técnicas. |
Anexo B | Propuesta económica. |
Anexo I | Formato para acreditación de personalidad. |
Xxxxx XX | Formato de nacionalidad mexicana. |
Anexo III | Formato de cumplimiento de normas. |
Anexo IV | Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “La Ley”. |
Anexo V | Formato de declaración de integridad. |
Anexo VI | Formato de estratificación. |
Anexo VII | Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones. |
Anexo VIII | Alta y/o modificación del catálogo único de proveedores de Profeco. |
Anexo IX | Modelo de contrato. |
Anexo X | Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes. |
Anexo XI | Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación, publicado el martes 28 xx xxxxx de 2011. |
Anexo XII | Nota informativa para participantes de países miembros de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE). |
ANEXO A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
1. OBJETIVO
Contratar el Servicio de Vigilancia y Seguridad para los inmuebles de la Procuraduría Federal del Consumidor, en adelante “La Procuraduría”, de conformidad con las especificaciones, funcionalidades, requerimientos, alcances y características técnicas descritas en el presente Anexo.
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El Servicio de Vigilancia y Seguridad en los inmuebles de “La Procuraduría”, deberá prestarse conforme a las estipulaciones contenidas en la Ley Federal de Seguridad Privada, y deberá brindarse ininterrumpidamente las 24 horas del día durante la vigencia del contrato, con la finalidad de resguardar la integridad y seguridad de las personas, de las instalaciones y de los bienes, tanto propios como de terceros, que se encuentren dentro del ámbito de protección jurídica del inmueble, así como de mantener y conservar el orden dentro de los inmuebles, con estricto apego a las leyes y normas aplicables, de acuerdo con lo que se establezca en las consignas del servicio.
3. PLAZOS Y LUGAR DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La prestación del servicio será las 24 horas del día de lunes x xxxxxxx, a partir del día 22 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2019, en las Instalaciones de “La Procuraduría” que se describen a continuación:
4. RELACIÓN DE INMUEBLES EN DONDE SE DEBERÁ PRESTAR EL SERVICIO
INMUEBLE | UBICACIÓN |
Edificio Sede | - Av. Xxxx Xxxxxxxxxxx Nº 208, Col. Condesa, Alcaldía Xxxxxxxxxx, C.P. 06140, Ciudad de México |
Conjunto Toltecas | - Toltecas N° 23, esq. calle 10, Col. San Xxxxx de los Pinos, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01180, Ciudad de México |
Laboratorio Nacional de Protección al Consumidor | - Alemania N° 14, Col. Parque San Xxxxxx Coyoacán, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04040, Ciudad de México |
Delegación Poniente | - Toltecas 23, esq. calle 10, Col. San Xxxxx de los Pinos, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01180, Ciudad de México |
Unidad de Servicios La Villa | - Fray Xxxx xx Xxxxxxxxx, esq. Xxxxxxx Xxxxxx, Col. Xxxxxx la Villa, Alcaldía Xxxxxxx X. Xxxxxx, C.P. 07050, Ciudad de México |
Delegación Sur | - Xxxxxxxxxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx |
Delegación Oriente | - Azafrán N° 18, 1er piso, Col. Granjas Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx |
Delegación Centro | - Xx. Xxxxxxx y Xxxxx, N° 11, pisos 4, 5 y 6, Col. Doctores, Alcaldía Xxxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx |
Delegación Naucalpan | - Calle 3 No. 47 esquina Xxxxxxxxx Xxxxxx, xxxxxxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx |
Delegación Nezahualcóyotl | - Xxxxx Xxxxxxxxx Xx. 000, xxxxxxx con Xx. Xx. Xxxxxxx Xxx, Xxx. Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxx. xx Xxxxxx, X.X. 00000 |
Delegación Tlalnepantla | - Xx. Xxxxx Xxxxx Xx. 00, Xxxx 00, Xxxxxxx 0, Xxxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
Subdelegación Ecatepec | - Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xx. 00, 0xx Xxxx, Xxxxxxx 00, Xxxxxxx 29 (Center Xxxxx Xxxxxxxx), Xxxxxxx Xxxxx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx |
Sindicato Nacional de Trabajadores de la Profeco | - Xxxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxxxxxxx xxxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx |
En el supuesto de que exista algún cambio de domicilio para la prestación del servicio, la Procuraduría dará aviso al licitante ganador con 5 días hábiles de anticipación, mediante escrito emitido por el Titular de la Dirección de Servicios Generales para que el mismo no se vea interrumpido.
5. CONSIDERACIONES PARA EL SERVICIO.
Principios generales de actuación:
Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de Seguridad Privada, el licitante y los elementos que designe para la prestación del servicio, se atenderán en sus actuaciones a los principios de integridad y dignidad, protección y trato correcto a las personas, evitando abusos, arbitrariedades y violencias, así como actuando con congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y de los medios disponibles.
En el desempeño de sus cometidos, deberá observar expresamente:
I. Prestar los servicios en los términos establecidos en la autorización otorgada por la Dirección General de Seguridad Privada dependiente de la Secretaría de Gobernación, en la que le otorgue autorización, revalidación o la modificación de cualquiera de éstas, conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Seguridad Privada.
II. Utilizar, únicamente el equipo de radio y telecomunicación en los términos del permiso otorgado por autoridad competente o concesionaria autorizada.
III. Utilizar el uniforme, y demás equipo, acorde a las modalidades autorizadas para prestar el servicio, apegándose al estricto cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes en los casos que les apliquen.
IV. Portar en lugar visible, durante el desempeño de sus funciones, la identificación y demás medios que lo acrediten como personal de seguridad privada.
V. Diligencia y profesionalidad en el cumplimiento de las tareas encomendadas.
VI. Respeto absoluto a la legislación vigente y a las normas internas aplicables.
VII. Los vigilantes de seguridad no podrán ausentarse del puesto de trabajo salvo causa justificada y previa autorización del Coordinador de Vigilancia y Seguridad de la empresa el cual deberá estar avalado por el área de Protección Civil de la “Procuraduría”.
VIII. Protección del personal, bienes muebles e inmuebles, tanto de bienes propios como de terceros que se encuentren dentro del ámbito de protección jurídica del inmueble.
6. REQUERIMIENTOS Y HORARIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El servicio se realizará conforme a lo siguientes números de elementos, turnos y horarios:
INMUEBLE | CARGO | ELEMENTOS | TURNO 12 X12 | TURNO 24 X 24 |
EDIFICIO SEDE | COORDINADOR DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD | 1 | 1 | 0 |
JEFE DE TURNO 24X24 | 2 | 0 | 2 | |
ELEMENTO 12 X 12 | 1 | 1 | 0 | |
ELEMENTO 00 X 00 | 00 | 0 | 00 | |
SUBTOTAL 1 | 14 | 2 | 12 | |
CONJUNTO TOLTECA | JEFE DE TURNO 24X24 | 2 | 0 | 2 |
ELEMENTO 24 X 24 | 6 | 0 | 6 | |
SUBTOTAL 2 | 8 | 0 | 8 | |
LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 3 | 4 | 0 | 4 | |
SINDICATO NACIONAL | ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 0 | 2 |
SUBTOTAL 4 | 2 | 0 | 2 | |
DELEGACIÓN PONIENTE. | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
INMUEBLE | CARGO | ELEMENTOS | TURNO 12 X12 | TURNO 24 X 24 |
SUBTOTAL 5 | 4 | 0 | 4 | |
DELEGACIÓN SUR. | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 6 | 4 | 0 | 4 | |
UNIDAD DE SERVICIO LA VILLA | ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 0 | 2 |
SUBTOTAL 7 | 2 | 0 | 2 | |
DELEGACIÓN CENTRO. | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 8 | 4 | 0 | 4 | |
DELEGACIÓN ORIENTE | ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 0 | 2 |
SUBTOTAL 9 | 2 | 0 | 2 | |
DELEGACIÓN NAUCALPAN | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 10 | 4 | 0 | 4 | |
DELEGACIÓN NEZAHUALCÓYOTL | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 11 | 4 | 0 | 4 | |
DELEGACIÓN TLALNEPANTLA | ELEMENTO 24 X 24 | 4 | 0 | 4 |
SUBTOTAL 12 | 4 | 0 | 4 | |
SUBDELEGACIÓN ECATEPEC | ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 0 | 2 |
SUBTOTAL 13 | 2 | 0 | 2 |
HORARIOS
TURNOS | LUNES | MARTES | MIÉRCOLES | JUEVES | XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX | TOTAL DE ELEMENTOS |
EDIFICIO SEDE | ||||||||
COORD. DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD 12 X 12 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | DESCANSO | 1 |
JEFE DE TURNO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
ELEMENTO 12 X 12 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | DESCANSO | DESCANSO | 1 |
ELEMENTO 24 X 24 | 5 | 5 | 5 | 5 | 5 | 5 | 5 | 10 |
TOTAL | 8 | 8 | 8 | 8 | 8 | 7 | 6 | 20 |
CONJUNTO TOLTECA | ||||||||
JEFE DE TURNO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
ELEMENTO 24 X 24 | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 | 3 | 6 |
TOTAL | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 4 | 8 |
LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
SINDICATO NACIONAL | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
TOTAL | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
DELEGACIÓN PONIENTE | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
DELEGACIÓN SUR. | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
UNIDAD DE SERVICIO LA VILLA | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
TOTAL | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
TURNOS | LUNES | MARTES | MIÉRCOLES | JUEVES | XXXXXXX | XXXXXX | XXXXXXX | TOTAL DE ELEMENTOS |
DELEGACIÓN CENTRO | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
DELEGACIÓN ORIENTE | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
TOTAL | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
DELEGACIÓN NAUCALPAN | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
DELEGACIÓN NEZAHUALCÓYOTL | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
DELEGACIÓN TLALNEPANTLA | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
TOTAL | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 2 | 4 |
SUBDELEGACIÓN ECATEPEC | ||||||||
ELEMENTO 24 X 24 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
TOTAL | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 1 | 2 |
El horario que se deberá cubrir de 24 horas, será de las 8:00 a.m. a las 8:00 a.m. del día siguiente, con 24 horas como mínimo de descanso por cada elemento.
El horario que se deberá cubrir de 12 horas, será de las 8:00 a.m. a las 8:00 p.m. del mismo día, con 12 horas como mínimo de descanso por cada elemento.
7. ACTIVIDADES QUE INTEGRAN EL SERVICIO.
Las actividades se refieren a las mínimas indispensables para mantener la vigilancia y seguridad en los inmuebles de “La Procuraduría”, sin menoscabo de que se obligue a ejecutar aquellas otras que por su naturaleza sean indispensables para garantizar un mejor servicio.
I. Brindar protección tanto del personal como de los bienes muebles e inmuebles y toda clase de bienes que existan o estén presentes en el ámbito de actuación anteriormente citado.
II. Evitar la comisión de toda clase de actos vandálicos, robos, sabotajes y cualquier otro hecho delictivo o infracción reconocida por la legislación vigente.
III. Colaborar en auxilio de personas que puedan quedar encerradas en ascensores o que, por cualquier otro motivo, necesiten ayuda o auxilio.
IV. Tener especial cuidado en la prevención del consumo de sustancias no autorizadas según la legislación vigente y en particular en lo referente al consumo y tráfico de estupefacientes.
V. Desarrollar su labor de forma preventiva, anticipándose a los posibles episodios y circunstancias conflictivas estableciendo los procedimientos oportunos para su correcta solución.
VI. Poner en conocimiento del Director de Servicios Generales y de las unidades responsables de los inmuebles, de forma inmediata, cualquier información, incidente o actuación relacionada con el desarrollo de su actividad para evitar cualquier hecho delictivo o atentatorio contra la propiedad, tomando las medidas más urgentes y de petición de auxilio que las circunstancias aconsejen.
VII. Intervenir en la prevención de incendios, siniestros y cualquier otro tipo de accidentes en general.
VIII. Coordinarse en su actuación con la Dirección de Servicios Generales, el Departamento de Seguridad y Protección Civil, así como con las organizaciones de respuesta inmediata (bomberos, protección civil, seguridad pública).
IX. Conocer de forma pormenorizada el sistema de prevención de “La Procuraduría”, los planes y programas de protección civil que consideran situaciones de emergencia y evacuación,
X. Vigilar los accesos a los edificios, regulando su entrada y salida siempre que “La Procuraduría” lo requiera y siguiendo las directrices que para este cometido se indiquen.
XI. Vigilar las instalaciones y los centros de trabajo de “la Procuraduría”. Lo anterior, en virtud de que los turnos ya tienen los horarios establecidos
XII. Vigilar que se respete la infraestructura exterior de los edificios.
XIII. Vigilar especialmente la retirada de carteles anunciadores no autorizados, la realización de pintas en fachadas, mobiliario urbano o cualquier otro elemento del entorno susceptible de ello, procediendo a su eliminación de forma inmediata; para ello se coordinará directamente con la empresa que preste los servicios de limpieza y mantenimiento en cada edificio de “La Procuraduría”.
XIV. Controlar y supervisar la estancia de visitantes al interior de las instalaciones.
XV. Vigilar el acceso a estacionamiento y mantener el control de entrada y salida de vehículos, aplicando cuando se requiera el procedimiento de revisión según consigna.
XVI. Elaborar las partes xx xxxxxxxxx e integrar la información, con el fin de rediseñar los programas o en su caso las consignas de puestos.
8. CONSIGNAS
La Dirección de Servicios Generales estipula como consignas las siguientes, mismas que como se establece en el inciso 7 son de manera enunciativa y no limitativa.
ESTIPULACIONES DE OPERACIÓN
Acceso deambulatorio
A toda persona que solicite el ingreso a las Instalaciones de “La Procuraduría” se le debe tratar con respeto solicitando al empleado su identificación que lo acredite como trabajador de la institución y al usuario su registro en el área de control para identificar su destino, debiendo proporcionarle la información clara y directa, explicando las condiciones de su deambular en el interior del edificio, sujetando su estancia únicamente al piso que requirió su ingreso, debiendo indicar en ambos casos la instrucción de que debe ser portada la credencial o el gafete permanentemente durante todo el tiempo que permanezca en las instalaciones de la institución.
En el caso de personal de seguridad xx xxxxxx a los cajeros automáticos se deberá registrar en una bitácora de servicios de seguridad privada de la institución, el nombre de los empleados que realizan esta labor, la unidad en la que viajan, las armas que portan, y conformar un registro con el aviso o correo electrónico que autorice su ingreso, anotando el nombre del funcionario que otorga el acceso.
Acceso vehicular
Cuando se permita el acceso a una unidad vehicular al área de estacionamiento de la Institución, el personal de seguridad privada adscrito a la zona de la caseta de ingreso, solo permitirá su paso, cuando cuente con la debida autorización y que sea coincidente con las características estipuladas, debiendo evitar en todo momento por condiciones de confianza o compañerismo permitir el acceso a cualquier unidad vehicular que no
cuente con la autorización requerida para su permanencia, ya sea por lugar asignado o por autorización expresa.
El personal de seguridad privada asignada a cada nivel de estacionamiento, revisara permanentemente que la unidad se encuentre estacionada en el lugar que coincida con el número de registro que deberá estar colocada en una zona visible para su fácil y pronta identificación.
En cada ocasión que se retire objeto alguno de la institución a través del uso de los vehículos acreditados, el personal de seguridad privada realizara la anotación en su bitácora de servicio, estipulando:
I. El nombre del funcionario que lleva a cabo la operación
II. Los datos del vehículo en el que se lleva a cabo el transporte o salida del material
III. Los datos del objeto que se retira y motivo de su salida o ingreso
IV. La documentación que en su caso requiera para permitir su salida de las instalaciones
V. Nombre del funcionario al que se le dio aviso del movimiento, siendo este quien dio la autorización, a fin de confirmar el cumplimiento de la instrucción así como de verificar la autenticidad de esta.
El licitante deberá presentar su programa de trabajo mensual, semanal y diario así como las estrategias que propone para realizar sus actividades puntuales en cada centro de trabajo. Igualmente deberá proponer dentro de su propuesta las consignas que considere pertinentes de acuerdo con su experiencia y conocimiento de la materia de acuerdo con la información obtenida en la visita al sitio considerando la infraestructura existente y la operación de la Profeco.
9. PERFIL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD
a) Perfil del coordinador de vigilancia y seguridad y jefes de turno:
Edad: mínima 30 años, máxima 55 años.
Sexo femenino: estatura mínima 1.55 m
Sexo masculino: estatura mínima 1.65 m
Escolaridad: mínima preparatoria o equivalente para el coordinador
Escolaridad: mínima secundaria para jefes de turno
Contar con mínimo tres años de experiencia en el manejo de personal en servicios de vigilancia similar al objeto de esta contratación en instalaciones de carácter administrativo de cuando menos 500 personas.
b) Perfil de los elementos de seguridad:
Edad: mínima 20 años, máxima 55 años
Sexo femenino: estatura mínima 1.55 m
Sexo masculino: estatura mínima 1.65 m
Escolaridad mínima de secundaria.
Contar con la capacitación suficiente para el desarrollo de sus funciones.
A. Para todos los elementos de seguridad deberá considerar:
a) El personal asignado al servicio debe estar saludable, por la naturaleza del servicio, no debe padecer algún tipo de enfermedad que impida su desempeño.
b) El personal propuesto deberá estar capacitado por Institución competente o capacitadores internos o externos de la empresa, así como contar con el registro y acreditación de la Secretaría de Seguridad Pública del Gobierno del Distrito Federal en la modalidad de vigilancia en inmuebles, entendiendo tal modalidad conforme a lo estipulado por el artículo 3 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada, debiendo presentar el comprobante emitido por estas entidades, o en su caso podrá presentar constancias de capacitación expedidas por un capacitador externo autorizado por la STPS.
B. Disciplina
Los elementos de seguridad estarán obligados a:
I. Realizar las acciones necesarias que le permitan impedir en lo posible la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con su objeto de protección.
II. Poner inmediatamente a disposición de la autoridad competente, a las personas que hubiere detenido en flagrancia por la comisión de un delito, así como los instrumentos y pruebas de que tuviera conocimiento.
III. Reportar por escrito al prestatario las anomalías y emergencias que en el ejercicio de sus funciones tengan conocimiento. El reporte contendrá la fecha del evento y la de elaboración del informe, debiendo realizar la descripción del tiempo, lugar y modo del suceso, así como contener el nombre y la firma de quien lo suscribe.
IV. El personal del prestador del servicio deberá presentarse con 15 minutos de anticipación a la hora del relevo (de acuerdo al horario correspondiente), con el propósito de recibir su servicio sin apresuramiento y poder tomar nota de todos los útiles, enseres e instalaciones que estarán bajo su resguardo, así como de las consignas y novedades que le haga entrega el turno saliente.
V. Utilizar en horarios laborales el uniforme que los identifique como personal de seguridad privada, así como la cédula de identificación y credencial de la empresa.
VI. Salvo alguna excepción que lo amerite, los elementos de seguridad no podrán retirarse de su área de responsabilidad; y cuando esto suceda, deberán ser relevados por otro elemento en un tiempo máximo de 20 minutos.
Los elementos de seguridad se deberán de abstener de:
I. Presentarse a sus labores bajo los efectos del alcohol, drogas o enervantes o consumir estas sustancias durante el desempeño de sus funciones.
II. Incurrir en falta de honradez, probidad y cualquier tipo de conductas ilícitas.
III. Divulgar información derivada del ejercicio de sus funciones.
IV. Hacer mal uso de los instrumentos y equipos que le sean proporcionados para prestar sus servicios.
V. Inferir, tolerar o permitir actos de tortura, malos tratos, actos crueles, inhumanos o degradantes, aun cuando se trate de una orden superior o se argumenten circunstancias especiales, tales como amenazas a la seguridad pública, y los demás que establezcan otras disposiciones aplicables.
VI. El personal que desempeñe el servicio, se abstendrá de hacerse acompañar o de recibir visitas de personas ajenas al servicio.
VII. Se abstendrá de practicar juegos xx xxxx o cualquier otra actividad que lo distraiga de sus obligaciones.
VIII. Los elementos de seguridad se abstendrán de tomar alimentos en sus puestos, o abandonar éste para hacerlo; para ello deberán sujetarse a una rutina establecida previamente.
IX. No deberán familiarizarse con el personal que labora en las instalaciones, debiendo respetar a las personas y deberán guardar las consideraciones y respeto que merece todo tipo de personas, dando un trato cortés y amable a los visitantes e invitados.
10. UNIFORME DISTINTIVO DEL PERSONAL.
El personal del prestador del servicio deberá portar el uniforme para la prestación del servicio por lo que deberá presentar las fotografías que exhibió ante la Secretaría de Gobernación, al momento de solicitar su autorización o revalidación, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 19 fracciones VI y VII del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
Deberá considerar obligatorio el proporcionar a su personal el uniforme completo y en excelentes condiciones:
a) Camisa con Insignias y logotipo de la empresa prestadora del servicio.
b) Pantalón.
c) Chamarra con distintivo de la empresa prestadora del servicio.
d) Botas o zapatos negros.
e) Impermeable exclusivamente para el personal de Conjunto Toltecas
f) Gafete de identificación en el que incluya los siguientes datos:
• Nombre de la persona.
• Cargo o puesto.
• Fecha de ingreso.
• Tipo de sangre.
• En caso de accidente comunicarse a:
• Firma del responsable de los recursos humanos de la empresa prestadora del servicio
• Logotipo de la empresa.
• Número de afiliación del IMSS del trabajador.
11. EQUIPAMIENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
No. | Inmueble | Cargo | Elementos | Radio Largo Alcance | Radio Comunicación Nextel | Fornitura | Tolete | Lámpara Sorda |
1 | EDIFICIO SEDE | Coordinador de vigilancia y seguridad en turno de 12 x 12 | 1 | 1 | 1 | 0 | 0 | 1 |
Jefe de turno 24 x 24 hrs. | 2 | 1 | 1 | 2 | 1 | 1 | ||
Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 10 | 5 | 0 | 10 | 5 | 3 | ||
Elemento en turno de 12 x 12 hrs. | 1 | 1 | 0 | 0 | 1 | 0 | ||
2 | CONJUNTO TOLTECA | Jefe de turno 24 x 24 hrs. | 2 | 1 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 6 | 2 | 0 | 6 | 3 | 1 | ||
3 | LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 0 | 1 | 4 | 2 | 1 |
4 | SINDICATO NACIONAL | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 1 |
5 | DELEGACIÓN PONIENTE. | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
6 | DELEGACIÓN SUR. | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
7 | UNIDAD DE SERVICIO LA VILLA | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 1 |
8 | DELEGACIÓN CENTRO. | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
9 | DELEGACIÓN ORIENTE | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 1 |
10 | DELEGACIÓN NAUCALPAN | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
11 | DELEGACIÓN NEZAHUALCÓYOTL | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
12 | DELEGACIÓN TLALNEPANTLA | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | 2 | 1 | 4 | 1 | 1 |
13 | SUBDELEGACIÓN ECATEPEC | Elemento en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | 0 | 1 | 2 | 1 | 1 |
Totales | 58 | 23 | 14 | 56 | 23 | 18 |
Radio portátil de dos vías:
El licitante adjudicado proporcionará a la Procuraduría, adicionalmente 2 aparatos de Radio portatil de dos vías para la Dirección de Servicios Generales, para dar un total de 25 aparatos, en caso de daño o falla los deberá sustituir en un plazo máximo de 24 horas, posterior a la notificación que por escrito le realice el Titular de la Dirección de Servicios Generales.
Conforme a las siguientes especificaciones:
Tipo: Portátil Banda: UHF / VHF
Rango de Frecuencia: VHF 136-150 MHz
150-174 MHz HF
403 -425 MHz
450 – 470 MHz
Canales: 16 Batería: NiMh
Separación xx xxxxx: 12.5kHz/25kHz Potencia VHF: 5W
UHF 4W
Display : No
Peso (aproximado) 350 g Programable: 2 botones Bloqueo canal ocup.: Si Elim. canal ruidoso: Si Rastreo: Prioridad Sencilla Ind. bateria baja: Si
Protocolo Señal. PL/DPL/DPL inv.
Equipo de telefonía móvil
El licitante adjudicado proporcionará a la Procuraduría, adicionalmente 2 equipos de telefonía móvil con servicio de datos móviles para la Dirección de Servicios Generales, para dar un total de 16 aparatos, en caso de daño o falla los deberá sustituir en un plazo máximo de 24 horas, posterior a la notificación que por escrito le realice el Titular de la Dirección de Servicios Generales.
Dichos equipos de telefonía móvil deberán estar en perfectas condiciones de uso para proporcionar este servicio.
Pantalla: 5.2 pulgadas Resolución: 1200x720 pixeles Sistema Operativo: Android Procesador: Cuatro núcleos Almacenamiento: 16 Gb Expansión de almacenamiento: Si
Cámara Trasera: 8 megapíxeles con apertura de f/2.0 Cámara frontal: 5 megapíxeles
RAM: 2 GB
Batería: 2,800mAh
Resistencia al agua: No, solo a salpicaduras Lector de huella: Si (trasero)
Carga inalámbrica: No Tamaño: 151x74x8.85mm Peso: 150gramos
Lámpara Sorda
El licitante adjudicado proporcionará a la Procuraduría 18 lámparas sordas de tipo led recargable.
12. MATERIALES DE PAPELERÍA.
El prestador del servicio realizará el abastecimiento oportuno de papelería y formatos de reporte para cada uno de sus elementos.
13. COORDINADOR DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD.
Las funciones del Coordinador de Vigilancia y Seguridad serán, entre otras, las siguientes:
I. Controlar la asistencia de los elementos.
II. Reportar las incidencias a la Dirección de Servicios Generales y las unidades responsables de los inmuebles.
III. Firmar los formatos de rondines.
IV. Revisar el uso adecuado del equipamiento.
V. Hacer cumplir las normas y disciplina del personal a su cargo.
VI. Mantener orden y respeto entre sus compañeros.
VII. Vigilar que todos los elementos a su cargo porten identificación, uniforme y equipamiento completo.
14. REQUERIMIENTOS GENERALES:
Para la prestación del servicio se deberá considerar lo siguiente:
Los Prestadores de Servicios, además de las obligaciones establecidas en la Ley, deberán cumplir en todo tiempo con lo siguiente:
I. Las disposiciones contenidas en las Normas Oficiales Mexicanas que, en razón de su actividad deban observar.
II. Previo pago de derechos, consultar a la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada sobre los antecedentes policiales de los elementos de seguridad, lo que será necesaria para la inscripción de dicho personal en el Registro Nacional del Personal de Seguridad Pública.
III. Abstenerse de utilizar en su denominación, razón social, nombre, papelería, identificaciones, documentación, uniformes y cualquier otro medio de conocimiento público, las palabras “policía”, “agente”, “investigador”, “federal”, o cualquier otra similar que pueda dar a entender una relación con las fuerzas armadas o los cuerpos de seguridad pública, tanto federales como estatales, nacionales o extranjeras.
IV. Usar en su papelería, documentación, publicidad y credenciales, el número de autorización, revalidación o modificación, nombre o razón social del Prestador de Servicios, logotipo, domicilio y teléfono.
V. Que el uniforme, independientemente del modelo o los colores que utilicen los elementos de seguridad, deberá de presentar de manera visible, en los costados de las mangas y en la parte izquierda del pecho, el logotipo o emblema y denominación del Prestador de Servicios, acompañado de las palabras “Seguridad Privada”; absteniéndose de utilizar cualquier tipo de insignias, logotipos o emblemas que se puedan confundir con las que reglamentariamente corresponde usar a los cuerpos de seguridad pública o a las fuerzas armadas, o que aludan a los símbolos patrios nacionales, a escudos x xxxxxxxx oficiales de otros países, o instituciones de seguridad o militares del extranjero, insignias, logotipos o emblemas que se puedan confundir con las que reglamentariamente corresponde usar a los cuerpos de seguridad pública o a las fuerzas armadas, o que aludan a los símbolos patrios nacionales, a escudos x xxxxxxxx oficiales de otros países, o instituciones de seguridad o militares del extranjero.
VI. Todos los elementos de seguridad del Prestador de Servicios, con excepción de los directivos y administrativos, están obligados a utilizar el uniforme que los identifique como personal de seguridad privada.
VII. Que en la parte frontal de cada uno de los inmuebles que utilice como oficina matriz o sucursal, se tenga una superficie de por lo menos un metro cuadrado, donde se especifique: nombre, razón
social o denominación del Prestador de Servicios; logotipo o emblema del mismo; número o registro de autorización, revalidación o modificación para prestar sus servicios; domicilio, horario de atención al público y sus números telefónicos.
VIII. Informar inmediatamente a la autoridad competente sobre aquellas conductas que se presuman delictivas y en las que intervengan sus elementos de seguridad. Asimismo, deberá informar sobre cualquier hecho que en ejercicio de sus funciones tenga conocimiento y sea presumiblemente delictivo. De tales denuncias se dará conocimiento a la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada.
IX. Responder, de manera solidaria, por los daños y perjuicios que cause su personal al prestar los servicios de seguridad, ya sea a los usuarios o a terceros, durante la vigencia del contrato sin cargo alguno para “La Procuraduría”.
X. Conducirse con verdad en todos y cada uno de los informes y documentos que presenta ante la Dirección General de Registro y Supervisión a Empresas y Servicios de Seguridad Privada.
XI. Llevar un registro de cada servicio que realice o preste, el cual deberá conservarse durante el tiempo de vigencia de la autorización o revalidación.
XII. Asegurar, en lo conducente, el cumplimiento de los principios de actuación y desempeño de sus elementos de seguridad que establece el artículo 27 del Reglamento de la Ley Federal de Seguridad Privada.
XIII. Proporcionar los datos para el registro de su personal y equipo, así como la información estadística y sobre delincuencia que se genere en la prestación de los servicios en términos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y demás disposiciones aplicables.
XIV. Presentar el reglamento interno que determina las obligaciones y abstenciones del personal administrativo y elementos de seguridad, conforme a la Ley Federal de Seguridad Privada, así como de su correspondiente Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
XV. Los elementos deberán participar directamente en los programas de protección civil de “La Procuraduría”.
XVI. Se requiere que el personal que cubra el servicio se asigne exclusivamente a esta Entidad.
XVII. Evitar que el personal cubra turnos dobles con la finalidad de no laborar en estado de fatiga o somnolencia.
XVIII. El licitante cubrirá las carencias de personal en un plazo máximo de una hora a partir de la hora de entrada. De no hacerlo, se tomará como inasistencia por lo que la Procuraduría aplicará el descuento mensualmente al valor total de la factura incluyendo el I.V.A.
XIX. En relación al horario establecido para el cambio de turno de los vigilantes, el elemento en turno no podrá retirarse hasta en tanto no llegue su relevo, el cual no deberá de exceder de lo establecido en el inciso que le antecede.
XX. El prestador del servicio deberá supervisar los horarios de entrada y salida del personal de vigilancia asignado, así como el cumplimiento del servicio y las consignas que establezca la Procuraduría.
XXI. Cuando el prestador del servicio requiera el cambio de un guardia lo solicitara por escrito a la Dirección de Servicios Generales y a las unidades responsables de los inmuebles, explicando los motivos y causas de dicha solicitud y deberá de contar con la aprobación conducente.
XXII. El prestador del servicio deberá comisionar a un coordinador para verificar el correcto funcionamiento de los servicios.
XXIII. Cuando por razones de enfermedad u otra causa algún elemento no pueda cumplir con su turno, el prestador del servicio deberá cubrir el lugar con algún elemento de apoyo.
XXIV. Para el caso en que el personal asignado goce de sus vacaciones, el prestador del servicio deberá notificar mediante oficio con dos días de anticipación a la Dirección de Servicios Generales y a las unidades responsables de los inmuebles, el elemento que suplirá la ausencia en apego a los requerimientos de evaluación del personal que establece el cuadro de evaluación de proveedores para garantizar el servicio.
XXV. En el caso de baja de personal o sustitución, como medida de seguridad para la Procuraduría, el prestador del servicio deberá notificar por escrito a la Dirección de Servicios Generales y a las unidades responsables de los inmuebles, el nombre de la persona y las razones de la misma; así como el nombre del elemento a integrar, previa presentación de la documentación que acredite cumplir con el perfil requerido por la entidad.
15. ENTREGABLES
El prestador del servicio deberá entregar diariamente en forma impresa los reportes que a continuación se indican:
a) Listas de asistencia del personal de vigilancia. Reporte de incidencias.
b) Reporte de rondín.
c) Lista de turnos del personal de 24 x 24 horas y 12 x 12 horas.
d) Altas del personal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. (IMSS) Parte xx xxxxxxxxx (reporte ordinario y extraordinario)
Asimismo, el prestador del servicio entregará de manera bimestral la copia del pago de las aportaciones del personal ante el IMSS, identificando los movimientos (altas y bajas).
16. DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES EN LA PROPUESTA TÉCNICA
16.1 La siguiente documentación se solicita para la evaluación por puntos y porcentajes:
I. Curriculum del Coordinador de Vigilancia y Seguridad y cuatro jefes de turno, donde conste que todos ellos cuentan con experiencia mínima de 3 años, realizando actividades de supervisión en el servicio de vigilancia, así como comprobante de estudios de los mismos.
II. Copia simple del diploma o documento que acredite que el personal propuesto está capacitado por Institución competente o capacitadores internos o externos de la empresa o por la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de México en la modalidad de vigilancia en inmuebles y custodia de bienes y valores o en su caso podrá presentar constancias de capacitación expedidas por un capacitador externo autorizado por la STPS.
III. Copia simple de la última declaración fiscal anual (2018) y/o pagos provisionales del año 2019, presentados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con dicho documento se comprobará la capacidad de los recursos económicos de los licitantes.
IV. El licitante deberá de considerar dentro de su propuesta el equipamiento indicado en el inciso 11 de este anexo en el cual se demuestre por medio de la documentación pertinente (factura o contrato de arrendamiento) que los equipos no tienen una antigüedad mayor a un año.
V. Deberá presentar escrito bajo protesta de decir verdad en el que indique sí es una persona física con discapacidad, o bien, tratándose de una empresa, sí cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, misma que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad, en términos del artículo 2, fracción XXI de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.
VI. Deberá presentar, en su caso, constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con una vigencia no mayor a 5 años, mediante la cual acredite haber producido bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto del procedimiento de contratación, con innovación tecnológica, en términos de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VII. El Licitante deberá demostrar que cuenta con experiencia, especialidad y el cumplimiento con un mínimo de 5 contratos que haya formalizado a través de la presentación de cartas de recomendación o bien la presentación de la liberación de la fianza correspondiente.
VIII. En el supuesto de que la o el “licitante” manifieste que sus productos, procesos o servicios son
conforme a la siguiente norma mexicana NMX R 025 SCFI-2015 vigente a la fecha de apertura de la presente Licitación, deberá presentar el documento que así lo acredite, lo anterior de conformidad con el artículo 51-A de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Experiencia. Deberá presentar copia de los contratos que haya suscrito que acredite su experiencia cuyo objeto sea o haya sido la prestación de servicios de seguridad y vigilancia y cada contrato deberá tener o haber tenido por lo menos una vigencia de 12 meses. Deberá presentar por lo menos un contrato para acreditar cada año de experiencia.
Especialidad. Se valorará si los servicios que ha venido prestando el licitante, corresponden a las características específicas y a condiciones similares a las requeridas por la Procuraduría, para lo cual deberá presentar un mínimo de 3, hasta un máximo de 7 contratos que acrediten que ha realizado actividades iguales o similares a las que se están solicitando en la presente invitación, los cuales deberán estar concluidos con anterioridad a la fecha de la Presentación y Apertura de Proposiciones.
Cumplimiento de contratos. Se requiere medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación de los servicios que realiza iguales o similares a la naturaleza y condiciones del requerido en la presente contratación, por lo que deberá acreditar que en un plazo de 7 años anteriores a la emisión de la presente invitación, dio cumplimiento adecuado y oportuno a los contratos por lo que deberá presentar un mínimo de 5 y hasta un máximo de 7 contratos que deberán amparar el plazo fijado, junto con los documentos con los que se corrobore el cumplimiento de cada uno de ellos o copia de la carta de satisfacción del servicio expedida por el cliente; o el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva.
IX. Propuesta de Trabajo El Licitante deberá presentar la forma en la cual propone utilizar los recursos de que dispone para prestar el servicio, cuándo y cómo llevará a cabo las actividades o tareas que implica el mismo, el o los procedimientos para llevar a la práctica las actividades o habilidades y el esquema conforme al cual se estructurará la organización de los recursos humanos necesarios para cumplir con las obligaciones previstas en la invitación debiendo considerar todo el contenido del presente Anexo. Para acreditar lo anterior los licitantes deberán presentar:
a) La metodología.- Descripción detallada de los procedimientos y fuerza de trabajo (personal) para la ejecución de los servicios objeto de esta licitación
b) El plan de trabajo.- Programa de trabajo calendarizado para la realización de los servicios, durante la vigencia de contrato (cronograma).
c) El organigrama.- Organigrama del personal que participará en la prestación del servicio.
16.2 La siguiente documentación resulta indispensable y la no presentación será causa de desechamiento:
X. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste que proporcionará al personal que designe para el servicio, conforme a lo solicitado en los numerales 10 y 11 del presente anexo.
XI. Copias simples de la autorización o revalidación vigente durante el periodo del contrato, para la prestación de servicios de seguridad privada expedida por la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de México y del Estado de México.
XII. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste que conoce la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, y la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento
XIII. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste que se apegará a las consignas establecidas por la Dirección de Servicios Generales.
XIV. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste que pagará en un plazo no mayor a diez días hábiles contados a partir de que se le notifique por escrito, los deducibles de las pérdidas o daños que se ocasionen a los bienes de “La Procuraduría”, con independencia de las acciones administrativas o judiciales que correspondan.
XV. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste que se podrá rotar al coordinador de vigilancia y seguridad y los jefes de turno dentro de los inmuebles, a petición del servidor público de “La Procuraduría”, designado para tal efecto.
XVI. Copia simple de la constancia donde se acredite el domicilio principal y, en su caso, el de otras instalaciones del licitante.
XVII. Modelo de credencial de identificación que se expedirá a los elementos y demás personal a través de los cuales se prestará el servicio.
XVIII. Fotografías a color de los uniformes propuestos para el servicio con todos los aditamentos solicitados, se deberá apreciar la vista: frontal, lateral y posterior de los uniformes.
XIX. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que declare que en caso de resultar adjudicado, el seguro de responsabilidad civil, así como el deducible que se genere, correrá por cuenta del licitante que resulte adjudicado.
XX. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifiesta que su representada no ha sido amonestada o sancionada por la Secretaria de Seguridad Ciudadana.
XXI. Escrito en papel membretado y firmado por su representante legal, en el que manifieste, si su personal se ha visto o no involucrado en hechos delictivos.
XXII. Currículum vitae del licitante, el cual deberá estar actualizado, contener los nombres de las personas contratantes, domicilios y teléfonos de todos los contratos que le hayan sido adjudicados.
XXIII. El licitante deberá acreditar que cuenta con los elementos solicitados presentando lo siguiente:
a) Los licitantes se obligan a prestar el servicio de vigilancia con personal registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por lo que deberán acreditarlo a través de la presentación de copia simple del pago al IMSS (cuota obrero patronal), de los últimos 2 bimestres de 2019, incluyendo el SUA donde se acredite por lo menos el número de elementos requeridos por “La Procuraduría”, de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del presente Anexo; asimismo, el licitante que resulte adjudicado deberá acreditar previo a la formalización del contrato respectivo y durante la ejecución del mismo que los elementos que destinará para la prestación del servicio, se encuentran registrados ante el IMSS presentando las constancias que lo acrediten.
b) Opinión de cumplimiento en materia de seguridad social, con una fecha no mayor a 30 días anterior al día de la apertura.
c) Constancia de situación fiscal que señale que se está al corriente de sus obligaciones, emitida por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) de conformidad con lo establecido por el artículo 29 de la Ley de la Materia, con una vigencia no mayor a 30 días anteriores a la fecha de la apertura de propuestas.
d) También con fundamento en lo establecido en el artículo 80 cuarto párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, deberán manifestar mediante escrito firmado por su representante legal en el que en caso de resultar adjudicado, durante la vigencia del contrato queda obligado a cumplir con la inscripción y pago de cuotas al
Instituto Mexicano del Seguro Social, y que para verificar el cumplimiento de ello, deberá entregar a “La Procuraduría” a través de la Dirección de Servicios Generales, en forma bimestral, las constancias de cumplimiento del pago de las referidas cuotas del 100% del personal de la plantilla que tenga asignado para la prestación del servicio.
XXIV. Copia simple de las cédulas de identificación de sus elementos, acreditando que cuenta con un estado de fuerza con el 100% de los elementos solicitados.
17. VERIFICACIÓN
En términos de lo previsto por el artículo 84, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el Titular de la Dirección de Servicios Generales realizará la comprobación, supervisión, verificación y aceptación del servicio, apoyándose con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles, de acuerdo a lo siguiente:
No | Objetivo | Procedimiento | Periodicidad | Reportes |
1 | Verificar el debido, correcto y oportuno cumplimiento de las consignas y procedimientos que se establezcan a los elementos de seguridad, así como la actuación. | Verificación | Diaria | Reporte del servicio |
2 | Revisar los reportes ordinarios y extraordinarios de los partes xx xxxxxxxxx. | Verificación | Diaria | Reporte del servicio |
3 | Supervisar la presentación y asistencia del personal de seguridad y vigilancia cuidando que estos sean relevados | Supervisión | Diaria | Lista de asistencia |
4 | Supervisar que el personal de seguridad no incurra en indisciplina, constantes ausencias, negligencia, falta de aseo o no ser apto para el desempeño de sus funciones | Supervisión | Diaria | Reporte de incidencias |
5 | Comprobar que cuando el personal tenga acceso al inmueble porte su credencial en lugar visible mientras permanezca en las instalaciones de “la procuraduría”. | Comprobación | Diaria | Reporte de incidencias |
6 | Verificar que cada elemento cuente para el desempeño de sus funciones, con una orden de puesto o consignas por escrito, elaboradas por “La Procuraduría” en coordinación con la empresa, de acuerdo a los requerimientos específicos de seguridad de la institución. | Verificación | Diaria | Reporte del servicio |
7 | Verificar que los elementos de seguridad estén debidamente uniformados | Verificación | Diaria | Reporte de incidencias |
8 | Verificar diariamente que los elementos no se presenten a laborar bajo los efectos de bebidas alcohólicas o cualquier otro tipo de droga. | Verificación | Diaria | Reporte de incidencias |
9 | Supervisar el registro y control de visitantes, proveedores, acceso al estacionamiento, entradas y salidas bienes muebles, equipos, aparatos, materiales y herramienta de la Procuraduría. | Supervisión | Diaria | Reporte de incidencias |
10 | Verificar que las asistencias correspondan al número de personal contratado | Verificación | Diaria | Lista de asistencia |
11 | Verificar que el personal de seguridad no haga uso de teléfonos oficiales, equipo de oficina y computadoras propiedad de “La Procuraduría” | Verificación | Diaria | Reporte de incidencias |
12 | Verificar que la empresa cumpla con sus obligaciones patronales, por lo que deberá entregar las constancias de inscripción y pago ante el IMSS, así como las cédulas de identificación de los elementes que causen alta | Verificación | Bimestral | Constancias de inscripción, constancias de pago y cédulas de identificación |
La Dirección de Servicios Generales notificará al “licitante ganador” por escrito, dentro de las 24 horas siguientes, las observaciones que estime pertinentes con relación a los incumplimientos determinados durante la verificación de los servicios, conforme a la información proporcionada por las Unidades Responsables de los inmuebles.
El licitante adjudicado deberá atender y subsanar dichas observaciones, dentro de las 24 horas siguientes a la notificación que se le haya realizado sobre los incumplimientos. En caso de que no realice las correcciones correspondientes, se le aplicarán las deducciones respectivas.
18. DEDUCCIONES Y DESCUENTOS
I. DEDUCCIONES.
De conformidad con los artículos 53 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, “La Procuraduría” aplicará por concepto de deducción a cargo del licitante, por cada incumplimiento parcial o deficiente detectado en la prestación del servicio, el 5.0%, directo al monto total de la facturación mensual incluido el I.V.A.
Las deducciones no podrán exceder de la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda al monto del contrato.
El límite máximo de aplicación por concepto de deducción de pagos, será cuando el licitante incurra en 5 ocasiones en incumplimientos parciales o deficientes, durante un mes calendario, pudiendo “La Procuraduría” iniciar el procedimiento de rescisión administrativa, de conformidad con el artículo 53 Bis de “la Ley”.
Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato.
Independientemente de la aplicación de las deducciones mencionadas, “La Procuraduría” podrá optar en cualquier momento por la rescisión del contrato.
II. DESCUENTOS.
La falta de asistencia de elementos asignados por inmueble, será motivo de aplicación de un descuento en el que se multiplicará el número de inasistencias de cada inmueble en forma mensual, por el importe diario por elemento, mismo que será aplicado a la factura correspondiente del mes en que se trate, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado.
“La Procuraduría” entregará el formato de control de asistencia, a fin de que el personal del licitante ganador registre su asistencia señalando el día y la hora establecidos.
Para la prestación de los servicios no se permite la aplicación de retardos, acatando como limite el horario de trabajo establecido, de no cumplir con el horario de entrada se aplicará el descuento por inasistencia.
Asimismo, se aplicarán descuentos por inasistencia, en los siguientes supuestos:
• Abandono del servicio dentro del horario asignado,
• No registrar con su firma autógrafa, la hora de inicio o término de sus labores, en las listas de asistencia, respectivas de cada inmueble
Los descuentos se aplicarán en forma directa sobre el importe diario por elemento.
En caso de que los elementos asignados por el licitante se presenten en estado de ebriedad; ingieran bebidas alcohólicas y/o consuman sustancias tóxicas durante el turno; serán separados del servicio. Por lo que el
licitante dispondrá de una hora posterior al inicio del horario señalado para la prestación del servicio, para restituir al elemento en cuestión.
Las deducciones y descuentos serán cuantificadas, comunicadas y aplicadas a la “licitante ganadora” o al “licitante ganador” por el Titular de la Dirección de Servicios Generales con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles en su caso a más tardar a los 5 días naturales posteriores al mes vencido. Para lo cual la “licitante ganadora” o el “licitante ganador” deberá presentar ante la Dirección antes señalada, nota de crédito original a más tardar dentro de los tres días naturales posteriores a dicha notificación, por el monto de la deducción correspondiente, ya que dicho importe será aplicado en la facturación que corresponda.
Los descuentos se harán con independencia de la aplicación de deducciones que en su caso correspondan.
19. GARANTÍAS
A fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que en su caso se firme para la prestación de los servicios, deberá otorgar póliza de fianza expedida a favor de la Procuraduría Federal del Consumidor, por una cantidad equivalente al 10% del importe total del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado, en pesos mexicanos e idioma español.
Asimismo, deberá constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil, por el equivalente al 100% del monto total del contrato incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, aplicable a bienes muebles, inmuebles y a personas, que deberá mantenerse vigente hasta la terminación del mismo, así como durante sus prorrogas o ampliaciones si las hubiera.
La garantía y la póliza deberán ser entregadas a la Dirección de Adquisiciones y Obra dentro de los 5 días naturales siguientes a la firma del contrato.
ANEXO B PROPUESTA ECONÓMICA
Procuraduría Federal del Consumidor Nombre de la o el licitante:
Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio:
Teléfono:
Fecha:
Deberá presentar el presupuesto correspondiente, conforme a lo siguiente:
No. | Inmueble | Tipo de elemento requerido | No. de elementos (A) | Costo unitario diario *(B) | Costo total diario (C)= (A x B) | Importe mensual (D)= (C x 30 días) | Importe total (E)= (C x 2 mes, 10 días) |
1 | EDIFICIO SEDE | Coordinador de vigilancia y seguridad en turno de 12 x 12 hrs. | 1 | $ . | $ . | $ . | $ . |
Jefe de turno 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . | ||
Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 10 | $ . | $ . | $ . | $ . | ||
Elementos en turno de 12 x 12 hrs. | 1 | $ . | $ . | $ . | $ . | ||
2 | CONJUNTO TOLTECA | Jefe de turno 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . |
Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 6 | $ . | $ . | $ . | $ . | ||
3 | LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
4 | SINDICATO NACIONAL | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . |
5 | DELEGACIÓN CENTRO | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
6 | UNIDAD DE SERVICIO LA VILLA | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . |
7 | DELEGACIÓN ORIENTE | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . |
8 | DELEGACIÓN PONIENTE | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
9 | DELEGACIÓN SUR | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
10 | DELEGACIÓN NAUCALPAN | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
11 | DELEGACIÓN NEZAHUALCÓYOTL | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
12 | DELEGACIÓN TLALNEPANTLA | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 4 | $ . | $ . | $ . | $ . |
13 | SUBDELEGACIÓN ECATEPEC | Elementos en turno de 24 x 24 hrs. | 2 | $ . | $ . | $ . | $ . |
SUBTOTAL | |||||||
IVA | |||||||
TOTAL |
De conformidad con los artículos 44 de la Ley y 88 del Reglamento, y toda vez que el precio que oferte el licitante sólo podrá modificarse, previa autorización, por ajuste al salario, el licitante deberá presentar la integración del costo unitario diario, con el propósito de identificar el costo xxx xxxxxxx y el costo de equipamiento, etc.
Manifiesto y me comprometo a lo siguiente:
1. Que los precios antes señalados para la prestación del “servicio” serán fijos durante el procedimiento, la vigencia del contrato y hasta su vencimiento a satisfacción de “La Procuraduría”. Dichos precios serán fijos con excepción del ajuste por salario, mismo que podrá ser reconocido por “La Procuraduría”, en caso de que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos señale un incremento dentro del periodo contratado, lo anterior con fundamento en lo previsto en los artículos 44 de “la Ley” y 80 de “El Reglamento”.
2. Que dichos precios incluyen todos los conceptos para la prestación del servicio que requiere “La Procuraduría”, por lo que no podré agregar ningún costo extra al servicio, siendo inalterables durante la vigencia del contrato.
3. Que los precios del “servicio” son en moneda nacional (pesos mexicanos).
4. Que nuestra propuesta económica estará vigente dentro del procedimiento de “licitación” y en su caso, hasta la celebración del contrato respectivo.
5. Que “La Procuraduría” únicamente cubrirá el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A) por lo que todos los demás impuestos, derechos y gastos que se generen correrán por mi cuenta.
6. Que para el presente servicio no se contempla ningún tipo de anticipo.
(nombre y firma del representante legal)
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la empresa)
Anexo I
“Formato de acreditación personalidad”
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
(nombre) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuenta con facultades suficientes para suscribir la proposición en la presente Invitación, a nombre y representación de _(persona física o moral)
Registro federal de contribuyentes:
Domicilio:
Calle: número:
Colonia: alcaldía o municipio:
Código postal: entidad federativa:
Teléfonos: fax:
Correo electrónico:
No. De la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx xxxxxxx público ante el cual se dio fe de la misma:
Relación de accionistas:
Apellido paterno: apellido materno: nombre (s)
Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Datos del registro público del comercio: número: fecha:
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades:
Escritura pública número: fecha: nombre xxx xxxxxxx público:
Número de notaria: lugar ante el cual se otorgó:
(lugar y fecha)
Protesto lo necesario
(elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su
contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Anexo II
“Formato de nacionalidad mexicana”
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
(nombre del o la representante legal) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (nombre de la persona que participa en la presente Invitación) es de nacionalidad mexicana.
(nombre y firma del representante legal)
(elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
Anexo III
“Formato de cumplimiento de normas”
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el licitante:
Fecha:
(nombre del representante legal) que con fundamento en el artículo 31 del Reglamento xx Xxx de
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que el servicio de se realizará
conforme a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y a falta de estas, las Normas Internacionales de conformidad con lo dispuesto por los artículos 53 y 55 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización o, en su caso, las Normas de Referencia o especificaciones a que se refiere el artículo 67 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
(nombre y firma del representante legal)
(elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
Anexo IV
“Formato relativo a los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de “La Ley”
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
(nombre del representante legal) manifiesto, bajo protesta de decir verdad que mi representada (nombre de la persona que participa en la presente Invitación) no se ubica en los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Nombre y firma del representante legal de la o el licitante
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
Anexo V
“Formato de declaración de integridad”
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
(nombre del representante legal) manifiesto, bajo protesta de decir verdad, que mi representada (nombre de la persona que participa en la presente Invitación) se abstendrá, por sí o a través de interpósita persona, de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Procuraduría Federal del Consumidor, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Nombre y firma del representante legal de la o el licitante
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Nota: el presente formato podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido.
Anexo VI
“Formato de estratificación.”
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes
(6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de (7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
FO-CON-14
Estratificación de las Micro, Pequeña o Mediana Empresa (Mipymes)
Descripción
Formato para que las o los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como Mipymes, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
Instructivo de llenado
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado.
1. Señalar la fecha de suscripción del documento.
2. Anotar el nombre de la convocante.
3. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o Invitación a cuando menos tres personas).
4. Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
5. Anotar el nombre, razón social o denominación de la o el licitante.
6. Indicar el Registro Federal de Contribuyentes de al o el licitante.
7. Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión:
Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%.
Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
8. Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
9. Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal de la o el licitante.
Anexo VII
Relación de documentos requeridos para participar e integrar las proposiciones.
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
Requisito no. | Ubicación del documento | Descripción del documento | Documentación indispensable para evaluar y la no presentación será causa para desechar la propuesta | |
Apartado | Inciso/ Numeral | |||
1 | III | b.2) | Escrito de proposición no presentada en caso de virus informático | No |
2 | VI | A/1 | Propuesta técnica | Si |
3 | VI | A/2 | Propuesta económica | Si |
4 | VI | B/1 | Acreditación legal | Si |
5 | VI | B/2 | Nacionalidad mexicana | Si |
6 | VI | B/3 | Cumplimiento de normas | Si |
7 | VI | B/4 | Correo electrónico | No |
8 | VI | B/5 | Supuestos de los arts. 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la ley | Si |
9 | VI | B/6 | Declaración de Integridad | Si |
10 | VI | B/7 | Manifiesto de contar con personal con discapacidad | No |
11 | VI | B/8 | Manifiesto de micro, pequeña y mediana empresa (MIPYMES) | No |
12 | VI | B/9 | Transferencia de derechos y obligaciones | Si |
13 | VI | B/10 | Registros, marcas y otros derechos | Si |
14 | VI | B/11 | Relaciones laborales | Si |
15 | VI | B/12 | Confidencialidad | Si |
16 | VI | B/13 | Aceptación del servicio | Si |
17 | VI | B/14 | Vigencia y periodo del servicio | Si |
18 | VI | B/15 | Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales | Si |
19 | VI | B/16 | Manifestación de conflicto de interés | Si |
20 | VI | B/17 | Manifiesto del Protocolo de actuación | Si |
La omisión de entrega del presente formato por parte de los participantes no será motivo de desechamiento de la proposición.
(Elaborar en hoja preferentemente membretada de la persona)
Anexo VIII
Alta y/o modificación del catálogo único de proveedores de Profeco
Procuraduría Federal del Consumidor
Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No: Nombre de la o el “licitante”:
Fecha:
Dirección de Servicios Generales | ||
Fecha |
PARA:
DE:
No. Contrato y/o Pedido.
Concepto | Datos |
Nombre del Proveedor: | |
RFC.: | |
CURP.: | |
Domicilio Fiscal: | |
Teléfono: | |
Fax: | |
Correo Electrónico: | |
Institución Bancaria: | |
Numero Cuenta Bancaria: | |
CLABE: | |
Nombre Representante Legal: * | |
Número de Poder Notarial: * | |
Identificación Oficial N°: |
* Solo personas xxxxxxx
(Señalar con una )
Alta Modificación
Se anexa copia de la siguiente documentación: (señalar con una X)
Registro Federal de Contribuyentes. | |
Constancia del domicilio fiscal. (Alta ante la SHCP, o de cambio de domicilio fiscal, recibo telefónico, pago de predial, pago de agua, recibo pago de luz) | |
Estado de la cuenta bancaria legible o constancia de la institución de crédito sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario, conteniendo la clave bancaria estandarizada (CLABE) con 18 posiciones. | |
Para personas físicas, Clave Única de Registro de Población (CURP). | |
Para personas xxxxxxx, poder notarial del representante legal. | |
Identificación oficial c/ fotografía y firma. (Credencial del IFE, Pasaporte o Céd. Profesional) | |
Describir las causas que originan la Solicitud de Modificación | |
Baja
Describir las causas que originan la Solicitud de Baja
Autoriza Registro Beneficiario
Anexo IX Modelo de contrato
CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA LOS INMUEBLES DE LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR, A LA QUE EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO SE LE DENOMINARÁ “LA PROCURADURÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU COORDINADOR(A) GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, EL (LA) , CON LA ASISTENCIA DEL (DE LA) DIRECTOR(A)(A) GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, EL (LA)
Y, POR LA OTRA, , [EN CASO DE RESULTAR APLICABLE POR TRATARSE DE PERSONA MORAL:] REPRESENTADA POR , EN SU CARÁCTER DE
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, Y DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. Declara “LA PROCURADURÍA” que:
1.1 En términos del artículo 20 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1992, es un organismo descentralizado de servicio social con personalidad jurídica y patrimonio propio, con funciones de autoridad administrativa y está encargada de promover y proteger los derechos e intereses del consumidor, así como procurar la equidad y seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores y consumidores.
1.2 Su representante, en su carácter de Coordinador(a) General de Administración, tiene atribuciones para firmar este tipo de contratos de conformidad con el artículo 16, fracción VII del Reglamento de la Procuraduría Federal del Consumidor.
1.3 Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas Nacional Electrónica No. CompraNet IA-010LAT001-E235-2019, No. Interno ITP-19/2019, publicada el 00 xx xxxxx xx 0000 x xxxxxx xxx xxxxxxx CompraNet, instrumentado de conformidad con los artículos 26 fracción II, 26 bis fracción II, 27, 28 fracción I, 29, 30, 32, 42 y 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, 39, 77 y 81 de su Reglamento y demás disposiciones relativas y aplicables vigentes.
1.4 De conformidad con los artículos 36, 36 Bis y 37 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y con base en las evaluaciones técnica, administrativa y económica de los que se desprende que la propuesta presentada por “EL (LA) PROVEEDOR(A)” resulta solvente porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas que garantizan satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019, con
fecha
de
de 20_, “LA PROCURADURÍA” emitió el fallo respectivo a favor de “EL (LA)
PROVEEDOR(A)”.
1.5 Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, “LA PROCURADURÍA” cuenta con saldo disponible dentro de su presupuesto aprobado, en la partida presupuestal número “ ”, como se hace constar en , de fecha de de 20 , emitido por .
1.6 Su Registro Federal de Contribuyentes es PFC7512226Y3.
1.7 Para los efectos del presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06140, en la Ciudad de México.
2. Declara “EL (LA) PROVEEDOR(A)” que:
[EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA:]
2.1 Es una persona física de nacionalidad , con capacidad jurídica para obligarse en los términos y condiciones del presente contrato, y se identifica con: .
2.2 Es propietario de la negociación mercantil denominada , dedicada a .
[EN CASO DE SER PERSONA MORAL:]
2.1 Es una sociedad mexicana que opera de acuerdo a las leyes vigentes del país y acredita su existencia legal mediante acta constitutiva elevada a la categoría de escritura pública número , de fecha de de
, otorgada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número
.
2.2 Su objeto social es .
del , Licenciado
2.3 Su representante, quien se identifica con , tiene facultades para firmar este contrato, lo que acredita con la escritura pública número , de fecha de de , pasada ante la xx xxx Xxxxxxx Público número de , Licenciado , y que bajo protesta de decir verdad, manifiesta que a la fecha de la firma del presente contrato, no le han sido modificadas ni revocadas.
(TRATÁNDOSE DE UNA MIPYME)
(En caso de contar con documento expedido por autoridad competente, en el cual se determine su estratificación como micro, pequeña o media empresa)
2.4 Es una empresa, de acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3°, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, tal y como lo acredita mediante
, de fecha de de 20 , establecido por la Secretaría de Economía. Lo anterior, en términos del artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(En caso de haber presentado escrito bajo protesta de decir verdad, en el que manifieste contar con la estratificación de micro, pequeña o media empresa)
2.4 Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que es una empresa, de acuerdo a la estratificación establecida en el artículo 3°, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa. Lo anterior, en términos del artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
(EN TODOS LOS CASOS)
2.5 Su Registro Federal de Contribuyentes es .
2.6 Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la ejecución del servicio objeto de este contrato.
2.7 Reconoce y acepta la personalidad con que interviene el representante de “LA PROCURADURÍA”.
2.8 Tiene la experiencia, capacidad técnica y financiera para obligarse a la prestación del servicio objeto de este contrato y cuenta con el personal suficiente que requiere “LA PROCURADURÍA”, debidamente capacitado y con el adiestramiento técnico necesario de conformidad con la Ley Federal del Trabajo. Asimismo, el personal que se ocupará con motivo del presente contrato, se encuentra debidamente registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social, acreditando lo anterior con las constancias presentadas ante “LA PROCURADURÍA”.
2.9 Reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este contrato.
2.10 Conoce el contenido y alcance de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato y la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019 y demás documentación que la integra.
2.11 Conoce la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad que establece las bases de coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la Ley Federal de Seguridad Privada y su Reglamento.
2.12 Bajo protesta de decir verdad, no se encuentra bajo los supuestos de los artículos 50 y 60, antepenúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y que ha entregado a “LA PROCURADURÍA” las manifestaciones a que hace referencia el artículo 29, fracción VIII de la primer Ley citada.
2.13 En acatamiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, a la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 y al Oficio Circular número UNAOPSFP/309/0743/2008, emitido por la Secretaría de la Función Pública publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de septiembre de 2008, presentó documento actualizado expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), del , con número de folio
, mediante el cual, se emite opinión en el sentido de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
2.14 Cumple con los requerimientos o medidas que establece la legislación que llegue a resultar aplicable, en materia de seguros médicos y de vida de su personal y otras que se requieran para la adecuada prestación del servicio.
2.15 Cuenta con la autorización o revalidación vigente para la prestación de servicios de seguridad privada, expedida por (SEÑALAR DEPENDENCIA QUE OTORGA EL PERMISO) del Gobierno de (SEÑALAR LA ENTIDAD FEDERATIVA A QUE PERTENECE LA DEPENDENCIA), debiendo cubrir como mínimo en la Ciudad de México y el Estado de México, en cumplimiento de la legislación local correspondiente, con el número de registro
, comprometiéndose a mantenerla vigente durante la prestación de los servicios objeto del presente contrato, así como las credenciales de identificación del personal de seguridad asignado y demás constancias necesarias. (DEBERÁN REALIZARSE LAS ADECUACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS, EN CASO DE QUE LA AUTORIZACIÓN SEA EMITIDA POR UNA AUTORIDAD FEDERAL).
2.16 Cuenta con los permisos necesarios otorgados por las dependencias gubernamentales, para la adecuada ejecución de los servicios objeto del presente contrato.
2.17 Conoce debidamente los inmuebles en los que se prestarán los servicios objeto de este contrato y ha considerado todos los factores que intervienen en su ejecución. Asimismo, manifiesta haber revisado los documentos e información proporcionada por “LA PROCURADURÍA” para el debido cumplimiento del presente instrumento.
2.18 Para los efectos del presente contrato, señala como domicilio el ubicado en
.
Enteradas “LAS PARTES” de las declaraciones anteriores acuerdan suscribir el presente contrato al tenor de las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO. Constituye el objeto del presente contrato, la obligación de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” de proporcionar a “LA PROCURADURÍA” el Servicio integral de Vigilancia y Seguridad para inmuebles de la Procuraduría Federal del Consumidor, ubicados en los domicilios y de conformidad con las especificaciones, funcionalidades, requerimientos, alcances y características contenidas en las cláusulas de este contrato y los documentos que integran la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019 los cuales consisten en los siguientes Anexos, que debidamente firmados, forman parte integral del presente instrumento.
NÚMERO | TÍTULO |
ANEXO I | Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019 |
ANEXO II | Aspectos técnicos presentados en respuesta a la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019. |
ANEXO III | Aspectos económicos presentados en respuesta a la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019. |
ANEXO IV | Acta de Fallo para la Invitación a cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica número interno ITP-19/2019. |
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO. El importe que “LA PROCURADURÍA” pagará a “EL (LA) PROVEEDOR(A)”,
será de $ .
(SEÑALAR CANTIDAD CON LETRA PESOS 00/100 M.N.), más $ .
(SEÑALAR
CANTIDAD CON LETRA PESOS /100 M.N.), correspondiente al impuesto al valor agregado, resultando la cantidad total de $ . (SEÑALAR CANTIDAD CON LETRA PESOS /100 M.N.).
El importe citado se pagará en exhibiciones mensuales vencidas, a razón de $ . (SEÑALAR CANTIDAD CON
LETRA PESOS /100 M.N.), más $ . (SEÑALAR CANTIDAD CON LETRA PESOS /100 M.N.)
correspondiente al impuesto al valor agregado, resultando la cantidad de $ . (SEÑALAR CANTIDAD CON LETRA PESOS /100 M.N.). “LA PROCURADURÍA” realizará las retenciones que procedan conforme a la legislación fiscal vigente.
Lo anterior, de conformidad con los precios descritos en el Anexo III del presente contrato.
“LA PROCURADURÍA” pagará únicamente el impuesto al valor agregado, de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes, por lo que todos los demás impuestos, derechos y gastos que se generen correrán a cargo de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”.
“EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá sostener los precios pactados en el presente contrato sin modificación alguna durante su vigencia y hasta su vencimiento; dichos precios incluyen todos los conceptos del servicio que requiere “LA PROCURADURÍA”, por lo que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” no podrá agregar ningún costo extra, siendo inalterables durante la vigencia del contrato. Dichos precios serán fijos con excepción del ajuste por salario que, en su caso, podrá ser reconocido por “LA PROCURADURÍA”, en el supuesto de que la Comisión Nacional de Salarios Mínimos señale un incremento dentro del periodo contratado.
De conformidad con el primer párrafo del artículo 44 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 80 de su Reglamento, los precios antes referenciados se ajustarán de acuerdo al siguiente procedimiento:
“EL PROVEEDOR” deberá presentar ante la Dirección de Servicios Generales, escrito solicitando el incremento tomando como base el porcentaje de variación que se establezca en la “Tabla xx Xxxxxxx Mínimo General Promedio”, con relación al año anterior, conforme a la publicación que emita la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.
El porcentaje anteriormente señalado se incrementará al precio ofertado por “EL PROVEEDOR”, exclusivamente al rubro de costo por salario, con lo cual se determinará el importe a incrementar en el contrato.
Llevado a cabo lo anterior, se deberá realizar el convenio modificatorio al contrato, en el cual se consignarán los nuevos importes a pagar durante la vigencia del contrato.
TERCERA.- TIEMPO Y FORMA DE PAGO. En términos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, los pagos se realizarán de conformidad con los servicios efectivamente prestados, previa comprobación, verificación y aceptación de los mismos por “LA PROCURADURÍA”. El costo del servicio de este contrato será cubierto en mensualidades vencidas, los pagos se efectuarán por la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, en pesos mexicanos, a través de transferencia electrónica bancaria, dentro de los 20 días naturales contados a partir de la entrega de la factura correspondiente, la cual deberá cumplir con los requisitos señalados en las disposiciones fiscales aplicables. Para efecto de pago se pacta como fecha xx xxxxx el último día de cada mes. El plazo máximo que deberá mediar entre la fecha en que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” acredite la prestación del servicio y la fecha de pago correspondiente, será de 30 días naturales, dentro de los cuales quedarán comprendidos los 20 días antes referidos.
En virtud de lo anterior, “EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá entregar a “LA PROCURADURÍA” dentro de un plazo no mayor a 5 días naturales posteriores a la formalización del presente instrumento, debidamente requisitado, el formato denominado “Solicitud de alta, baja o modificación” del Catálogo Único de Proveedores y Cuentas Bancarias esta última, en la Dirección de Servicios Generales, ubicada en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06140, Ciudad de México, adjuntando para tal efecto, copia de la documentación en éste solicitada.
El Titular de la Dirección de Servicios Generales, con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles de “LA PROCURADURÍA”, efectuará la comprobación, verificación y aceptación de los servicios contratados y efectivamente prestados en términos de lo establecido en el presente contrato, manifestando “EL (LA) PROVEEDOR(A)” de conformidad con el artículo 84, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que hasta en tanto ello no se cumpla, los servicios no se tendrán por recibidos o aceptados.
“EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá presentar la factura correspondiente dentro de los 5 días hábiles posteriores al mes vencido, para su revisión y validación ante la Dirección de Servicios Generales, acompañada del soporte documental que compruebe el cumplimiento del servicio objeto del presente contrato, a entera satisfacción de “LA PROCURADURÍA” en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00 Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, código postal 06140, en esta Ciudad de México, en un horario de 08:00 a 18:00 horas; o a la que le sea indicada por la Dirección de Servicios Generales, las facturas correspondientes deberán estar acompañadas con su archivo .XML.
En caso de que la factura entregada por “EL (LA) PROVEEDOR(A)” para su pago, presente errores o deficiencias, “LA PROCURADURÍA” dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” las deficiencias que deberá corregir. El periodo que transcurra a partir de la entrega del citado escrito y hasta que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” presente las correcciones, no se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
El (La) , Director(a) de Servicios Generales o quién lo sustituya, será el servidor público responsable de validar la factura, notas de crédito y demás documentos que la acompañen, así como devolver la misma, de conformidad con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles, en su caso. Lo anterior, con base en los términos previstos en la presente cláusula.
CUARTA.- ANTICIPO. En la presente contratación “LA PROCURADURÍA”, no otorgará anticipos.
QUINTA.- VIGENCIA Y PERIODO PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. La vigencia del presente contrato será a partir de la fecha de su firma y hasta el 30 de septiembre de 2019.
El periodo para la prestación de los servicios será del 00 xx xxxxx xx 00 xx xxxxxxxxxx xx 0000.
SEXTA.- PAGOS EN EXCESO. En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, éste deberá reintegrarlos, así como pagar los intereses correspondientes conforme a la tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA PROCURADURÍA”.
SÉPTIMA.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
1) DE CUMPLIMIENTO. “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y de conformidad con los artículos 48, fracción II y 49, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 103 de su Reglamento, se compromete a:
X. Xxxxxxx fianza por una cantidad equivalente al 10% del importe total del contrato antes del Impuesto al Valor Agregado, en pesos mexicanos e idioma español, indicando el importe total garantizado con número y letra, mediante póliza expedida a favor de la Procuraduría Federal del Consumidor, por una Institución autorizada por autoridades mexicanas.
B. Entregar a “LA PROCURADURÍA” dentro de los 5 días naturales siguientes a la firma del contrato el original de la póliza de fianza, en el Departamento de Contratos de la Dirección de Adquisiciones y Obra, sita en Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxxxxxx xxxxxx 000, xxxx 00, Xxxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Código Postal 06140, en la Ciudad de México. La falta de presentación de la garantía de cumplimiento en el plazo concedido, dará como consecuencia el inicio del proceso de rescisión por incumplimiento de los requerimientos para formalizar el contrato.
C. Que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, de forma tal que no podrá establecer o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no deberá confundirse con los plazos para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato.
I. La póliza de fianza deberá prever, como mínimo, lo siguiente:
a) La información correspondiente al número de contrato, fecha de firma y especificaciones de las obligaciones garantizadas derivadas del presente instrumento.
b) La indicación del importe total garantizado con número y letra.
c) Señalamiento del nombre, denominación o razón social de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”.
d) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
e) Que para cancelar la fianza será requisito indispensable contar con la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones contractuales, emitida por el titular de la Dirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”, con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles.
f) Que la fianza permanecerá vigente durante el cumplimiento de la obligación que garantice y continuará vigente en caso de que se otorgue prórroga al cumplimiento del contrato, así como durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva que quede firme.
g) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que proceda el cobro de indemnización por xxxx, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
II. En caso de otorgamiento de prórrogas o esperas a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” para el cumplimiento de sus obligaciones, derivadas de la formalización de convenios de ampliación al monto o al plazo del contrato, se deberá obtener la modificación correspondiente a la fianza.
III. Cuando al realizarse el finiquito resulten saldos a cargo de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” y éste efectúe la totalidad del pago en forma incondicional, “LA PROCURADURÍA” deberá liberar la fianza respectiva.
2) PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” responderá por los daños que debido a inobservancia y negligencia de su parte se lleguen a causar a “LA PROCURADURÍA” y por los daños y perjuicios que por dichos conceptos se lleguen a causar a terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la prestación del servicio en los términos señalados en el presente contrato y la legislación aplicable, por lo que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir a “LA PROCURADURÍA” de cualquier gasto o costo comprobable que ésta erogue por dichos supuestos o pérdida causada.
Para tal efecto, “EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá constituir una póliza de seguro de responsabilidad civil, ante compañía debidamente autorizada para ello, por el equivalente al 100% del monto total del presente contrato incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, aplicable a bienes muebles, inmuebles y a personas, que deberá mantenerse vigente hasta la terminación del mismo, así como durante sus prórrogas o ampliaciones si las hubiera. La póliza deberá ser entregada a la Dirección de Adquisiciones y Obra dentro los 5 días naturales posteriores a la firma del contrato.
En el supuesto de que no se presente la póliza dentro del plazo señalado, “LA PROCURADURÍA” podrá iniciar el procedimiento de rescisión de este contrato, en términos de la cláusula décima cuarta del presente instrumento y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE “EL (LA) PROVEEDOR(A)”. Para el cumplimiento del
presente contrato, “EL (LA) PROVEEDOR(A)” se compromete a:
1. Prestar el Servicio integral de Vigilancia y Seguridad para los inmuebles de la Procuraduría Federal del Consumidor, de conformidad con las especificaciones, funcionalidades, requerimientos, alcances, características técnicas y calendarización contenidas en los anexos descritos en la cláusula primera del presente instrumento, mismos que debidamente firmados por “LAS PARTES” contratantes, forman parte integrante de este contrato.
2. Prestar el servicio objeto del presente contrato, en los inmuebles, horarios y conforme a las descripciones, cantidades de elementos, periodicidad y condiciones establecidas en los Anexos I y II de este contrato.
3. Cumplir con las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas y, en general, con todas las que sean aplicables. Asimismo, responderá ante “LA PROCURADURÍA” por cualquier daño o perjuicio que resultare por el incumplimiento de las mismas.
4. Que el personal que intervenga en la prestación del servicio no realice actividades que no estén directamente relacionadas con los servicios objeto de este contrato y, por tanto, entre otras, no haga uso de teléfonos oficiales, equipo de oficina y computadoras propiedad o en posesión de “LA PROCURADURÍA”.
5. Responsabilizarse directa o solidariamente, cuando con motivo de la prestación del servicio se cause daño o menoscabo a los bienes propiedad o en posesión de “LA PROCURADURÍA” y de sus empleados, que se encuentren dentro de las instalaciones de ésta y siempre que dicho daño o menoscabo sea imputable a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” o a su personal.
6. Atender de inmediato las observaciones que le haga “LA PROCURADURÍA” con relación a la conducta inapropiada o falta de cumplimiento de las actividades materia del presente contrato por cualquiera de sus empleados en servicio y tomando en cada caso, la o las medidas necesarias para corregir la anomalía señalada y en general, cualquier irregularidad.
7. Contar con todas las autorizaciones requeridas por las instituciones gubernamentales competentes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que también se obliga a cumplir y realizar el servicio en estricto cumplimiento con todas las leyes, reglamentos y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales. Asimismo, “EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene para la ejecución del servicio.
8. Cumplir con la inscripción y pago de cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social, para lo cual deberá entregar de manera bimestral a “LA PROCURADURÍA”, a través de la Dirección de Servicios Generales, las constancias de cumplimiento de pago de cuotas al IMSS del 100% del personal de la plantilla que tenga asignado para la prestación del servicio, de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 80 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
9. Pagar en un plazo no mayor a 10 días hábiles contados a partir de que se le notifique por escrito, los deducibles de las pérdidas o daños que se ocasionen a los bienes de “LA PROCURADURÍA”, con independencia de las acciones administrativas o judiciales que correspondan.
10. Entregar la garantía de cumplimiento y póliza solicitadas, de conformidad con los términos, plazos y formas establecidos en el presente contrato.
11. Contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del servicio, resulten necesarias.
12. Responder de la calidad de los servicios en los términos establecidos en los Anexos I y II del presente contrato y en la legislación aplicable.
13. Informar oportunamente a “LA PROCURADURÍA” de los hechos y razones debidamente justificados que lo imposibiliten para cumplir, en su caso, con las obligaciones que le señala el presente contrato, a efecto de que ésta determine lo conducente conforme a lo previsto en el presente contrato y las disposiciones jurídicas aplicables.
14. Ser el único responsable cuando los servicios objeto de este contrato, no se hayan realizado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, por lo que en estos casos, “LA PROCURADURÍA” podrá ordenar la corrección de aquellos servicios que se hubieren considerado como discrepantes o de mala calidad sin que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, en tal supuesto, éste procederá a la corrección en el plazo que para tal efecto se señale. Lo anterior, sin perjuicio de la aplicación de las deducciones que en su caso correspondan, en términos de la cláusula décima tercera de este instrumento.
15. En caso de realizar servicios excedentes o por mayor valor de lo establecido en este contrato, sin que para tales efectos se hubiera obtenido la autorización de “LA PROCURADURÍA” y se hubiera celebrado el convenio modificatorio respectivo, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la ejecución de dichos servicios, no tendrá derecho a reclamar pago adicional alguno por ello.
NOVENA.- OBLIGACIONES DE “LA PROCURADURÍA”. “LA PROCURADURÍA” se obliga a:
1. Cubrir el pago del servicio efectivamente prestado de acuerdo a las condiciones y términos estipulados en las cláusulas segunda y tercera del presente contrato.
2. Proporcionar a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” las facilidades necesarias para la prestación de los servicios materia del presente contrato.
3. A través de la Dirección de Servicios Generales, y con la información que le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles, vigilar, controlar, revisar, verificar y aceptar la ejecución del servicio; asimismo, resolver oportunamente las consultas, aclaraciones, dudas o autorizaciones que presente “EL (LA) PROVEEDOR(A)”.
DÉCIMA.- VERIFICACIÓN Y COMPROBACIÓN DE LOS SERVICIOS. “LA PROCURADURÍA” de conformidad con lo
previsto por el artículo 84, penúltimo y último párrafos y 108 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, tendrá en todo tiempo la facultad de comprobar, supervisar y verificar, conforme a los procedimientos establecidos en este instrumento, que los servicios objeto del presente contrato hayan sido efectivamente prestados y cumplan con cada uno de los requerimientos pactados, comunicando por escrito, las observaciones que estime pertinentes en relación con su ejecución, o bien, la aceptación de los mismos.
La Dirección de Servicios Generales de “LA PROCURADURÍA”, de conformidad con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles, realizarán la comprobación, supervisión y verificación de la prestación de los servicios objeto del presente contrato, así como la administración del mismo, a través del
, Director(a) de Servicios Generales o quién lo sustituya, estará facultado para recibir los servicios y será responsable de su aceptación a satisfacción y determinar los incumplimientos, lo que tendrá que realizar observando los plazos que para tal efecto se hayan establecido. Asimismo, una vez cumplidas todas las obligaciones por parte de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” a satisfacción de “LA PROCURADURÍA”, procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento total y a satisfacción de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites para la cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato.
La verificación del servicio que realice “LA PROCURADURÍA” no libera a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato, así como de las deficiencias que aparezcan posteriormente una vez concluidos los mismos. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios.
“LA PROCURADURÍA” quedará facultada para realizar visitas físicas a las instalaciones de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” durante la vigencia del contrato, para lo cual deberá brindar al personal de “LA PROCURADURÍA” previa identificación del mismo, las facilidades necesarias.
De conformidad con el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias, así como verificar la calidad del servicio establecido en el presente contrato, pudiendo solicitar a “LA PROCURADURÍA” y a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate.
DÉCIMA PRIMERA.- PROCEDIMIENTOS PARA LA VERIFICACIÓN, ACEPTACIÓN O CORRECCIÓN DE LOS
SERVICIOS. En términos de lo dispuesto por los artículos 84, penúltimo y último párrafos y 108 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la verificación, aceptación o corrección de los servicios se realizará de conformidad con lo establecido en el Anexo I del presente contrato.
El cómputo del plazo entre el momento en el que se presta el servicio y el momento en que éstos son recibidos a satisfacción se interrumpirá cuando “LA PROCURADURÍA” acredite haber comunicado a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” en los términos previstos en dicho Anexo el incumplimiento en la prestación del servicio. Los días que transcurran entre la fecha en que “LA PROCURADURÍA” notifica a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” el incumplimiento en la prestación del servicio y aquélla en que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” realice la corrección de los mismos diferirán en igual plazo la fecha para la recepción a satisfacción.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO. En términos de lo establecido en los artículos 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA PROCURADURÍA” podrá dentro de su presupuesto aprobado y disponible, bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explicitas, acordar con “EL (LA) PROVEEDOR(A)” el incremento del monto del contrato o la cantidad de servicios solicitados mediante modificaciones al mismo, siempre que éstas no rebasen, en conjunto, el 20% del monto o cantidad de los conceptos o volúmenes establecidos originalmente en el mismo y el precio sea igual al pactado inicialmente.
Lo anterior, de conformidad con los supuestos previstos en los artículos 91, 92 y 98, último párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Cualquier modificación al contrato deberá formalizarse por escrito por parte de “LA PROCURADURÍA”, el instrumento legal respectivo será suscrito por el servidor público que lo haya hecho en el contrato o quien lo sustituya o esté facultado para ello.
De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no procederá cambio alguno que implique otorgar condiciones más ventajosas a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” respecto de las establecidas originalmente.
Cualquier modificación en monto, plazo o vigencia al contrato, conllevará el respectivo ajuste a la garantía de cumplimiento y a la póliza de responsabilidad civil, cuando dicho incremento no se encuentre cubierto por la garantía y póliza originalmente otorgadas. El endoso o documento modificatorio deberá ser entregado en un plazo no mayor a diez días naturales siguientes a la firma del convenio respectivo.
Con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por caso fortuito o fuerza mayor o por causas atribuibles a “LA PROCURADURÍA”, esta última, podrá modificar el presente contrato a efecto de prorrogar el plazo de prestación de los servicios. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, sin que proceda la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
La modificación del plazo por caso fortuito o fuerza mayor podrá ser solicitada por “EL (LA) PROVEEDOR(A)” o “LA PROCURADURÍA”.
El escrito en el que se señale el caso fortuito o fuerza mayor deberá ser presentado ante la Dirección de Servicios Generales, de “LA PROCURADURÍA”, debidamente firmado por “EL (LA) PROVEEDOR(A)” o su representante legal, dentro de los 5 días naturales posteriores al evento que le impida el cumplimiento de las obligaciones contraídas, así como anexar la constancia de dichos hechos.
En caso de que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” no obtenga la prórroga de referencia por ser causa imputable a éste el atraso, se hará acreedor a la aplicación xx xxxxx convencionales.
DÉCIMA TERCERA.- DEDUCCIONES Y DESCUENTOS. Las deducciones por incumplimiento parcial o deficiente en la prestación del servicio, así como los descuentos por inasistencias de los elementos contratados que se aplicarán a “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, serán de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento y conforme a lo estipulado en el presente contrato, en los términos siguientes:
1. DEDUCCIONES.
“LA PROCURADURÍA” aplicará deducciones a cargo de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, por cada incumplimiento parcial o deficiente detectado en la prestación del servicio el 5.0%, directo al monto total de la facturación mensual incluido el I.V.A.
El límite máximo de aplicación por concepto de deducción de pagos, será cuando “EL (LA) PROVEEDOR(A)” incurra en 5 ocasiones en incumplimientos parciales o deficientes, durante un mes calendario, pudiendo “LA PROCURADURÍA” iniciar el procedimiento de rescisión administrativa previsto en la cláusula décima cuarta del presente contrato.
Dichas deducciones deberán calcularse hasta la fecha en que materialmente se cumpla la obligación y sin que cada concepto de deducciones exceda a la parte proporcional de la garantía de cumplimiento que le corresponda del monto total del contrato.
Independientemente de la aplicación de las deducciones mencionadas, “LA PROCURADURÍA” podrá optar en cualquier momento por la rescisión del contrato.
2. DESCUENTOS.
La falta de asistencia de elementos asignados por inmueble, será motivo de aplicación de un descuento en el que se multiplicará el número de inasistencias de cada inmueble en forma mensual, por el importe diario por elemento, mismo que será aplicado a la factura correspondiente del mes en que se trate, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. Lo anterior, sin perjuicio de que se apliquen las deducciones que correspondan.
Las deducciones y descuentos serán cuantificadas, comunicadas y aplicadas a EL (LA) PROVEEDOR(A)” por el Titular de la Dirección de Servicios Generales con la información que al efecto le proporcionen las unidades responsables de los inmuebles en su caso a más tardar a los 5 días naturales posteriores al mes vencido. Para lo cual EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá presentar ante la Dirección antes señalada, nota de crédito original a más tardar dentro de los tres días naturales posteriores a dicha notificación, por el monto de la deducción correspondiente, ya que dicho importe será aplicado en la facturación que corresponda.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. “LAS PARTES” convienen en que “LA
PROCURADURÍA” podrá, rescindir administrativamente en cualquier momento este contrato. Dicha rescisión operará de pleno derecho, sin necesidad de intervención judicial.
Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del contrato por parte de “LA PROCURADURÍA”, en forma enunciativa, más no limitativa, son las siguientes:
1. Cuando “EL (LA) PROVEEDOR(A)” no cumpla con cualquiera de las especificaciones, características del servicio, plazos generales para la prestación del mismo, las condiciones establecidas en este contrato, así como con las contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
2. Por la contravención a las disposiciones, lineamientos, bases y requisitos que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones administrativas sobre la materia.
3. Por resolución de autoridad competente que impida a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
(EN CASO DE TRATARSE DE PERSONA MORAL)
4. Si “EL (LA) PROVEEDOR(A)” es declarado en concurso mercantil en los términos de la Ley de Concursos Mercantiles o cualquier situación análoga que afecte su patrimonio.
5. Por no entregar “EL (LA) PROVEEDOR(A)” la garantía de cumplimiento y póliza de responsabilidad civil solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación.
6. Cuando se agote el monto máximo de la garantía de cumplimiento, contabilizando para ello conjunta o de forma separada, el importe de las penas convencionales y las deducciones a que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” se haya hecho acreedor.
7. Cuando se agote el límite máximo de aplicación por concepto de deducción de pagos.
8. Por cualquier otra causa imputable a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” o a su personal que impida total o parcialmente el cumplimiento de este contrato.
“LA PROCURADURÍA” llevará a cabo dicho procedimiento de rescisión de conformidad con el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 98 de su Reglamento.
En virtud de que la obligación garantizada es divisible, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas.
De conformidad con el artículo 99 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, concluido el procedimiento de rescisión, se formulará y notificará el finiquito correspondiente, dentro de los 20 días naturales siguientes a la fecha en que se comunique la rescisión, debiéndose indicar los pagos que deban efectuarse y demás circunstancias del caso.
DÉCIMA QUINTA.- TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” no podrá
transferir total o parcialmente, a favor de cualquier otra persona física o moral, distinta a aquella(s) a la que se le hubiere adjudicado el contrato, los derechos y obligaciones derivados del mismo.
Conforme al artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se exceptúa de lo anterior lo relacionado con los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad por escrito de “LA PROCURADURÍA”, deslindándose la misma de toda responsabilidad por la decisión tomada.
DÉCIMA SEXTA.- CADENAS PRODUCTIVAS. En virtud de que “LA PROCURADURÍA” está incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, manifiesta su conformidad para que “EL (LA) PROVEEDOR(A)” pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un Intermediario Financiero que esté incorporado a la Cadena Productiva de “LA PROCURADURÍA” mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico.
DÉCIMA SÉPTIMA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA. Con fundamento en los artículos 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento, “LA PROCURADURÍA” tendrá la facultad de dar por terminado anticipadamente este contrato cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública. La terminación anticipada se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
“LA PROCURADURÍA” previa petición y justificación de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, rembolsará a éste los gastos no recuperables en que haya incurrido siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Para efectos de lo anterior, “LAS PARTES” deberán celebrar el convenio respectivo.
“EL (LA) PROVEEDOR(A)” podrá solicitar a “LA PROCURADURÍA” el pago de gastos no recuperables en un plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la terminación anticipada del contrato.
Los gastos no recuperables serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de 45 días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”.
DÉCIMA OCTAVA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO. En términos de lo establecido en el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento, cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA PROCURADURÍA”, bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación del servicio, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente prestados, debiendo celebrar “LAS PARTES”, el convenio respectivo.
La suspensión de los servicios se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a la misma.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA PROCURADURÍA”, previa petición y justificación de “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, aquélla le rembolsará los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure la suspensión.
Dicho pago será procedente, cuando los mencionados gastos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el presente contrato, los cuales estarán limitados, según corresponda, a los conceptos previstos en el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“LAS PARTES” pactarán el plazo de suspensión, si al término del mismo, no pueden reiniciarse los servicios, podrá iniciarse la terminación anticipada a que se hace referencia en la cláusula que antecede.
DÉCIMA NOVENA.- PATENTES, MARCAS Y DERECHOS DE AUTOR. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” será responsable por
el uso de patentes, licencias, derechos y marcas que pudieran corresponder a terceros sobre los sistemas técnicos, procedimientos, dispositivos, software, partes, equipos, accesorios y herramientas que utilice y proporcione para cumplir con el objeto del presente contrato. En caso de infringir dichos conceptos o incurrir en violaciones legales, “EL (LA) PROVEEDOR(A)” se obliga a resarcir a “LA PROCURADURÍA” cualquier gasto comprobable que ésta erogue por dichos conceptos o derivado de cualquier responsabilidad que le haya sido imputada por autoridad competente.
VIGÉSIMA.- RELACIONES LABORALES.- “LA PROCURADURÍA” y “EL (LA) PROVEEDOR(A)” aceptan y reconocen
expresamente que no son aplicables a este contrato, las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, ni de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado “B” del artículo 123 Constitucional. “LA PROCURADURÍA” no adquiere ni reconoce obligación alguna de carácter laboral, a favor de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” ni de su personal.
El personal que se ocupará con motivo de la prestación del servicio materia de este contrato, estará bajo la responsabilidad directa de “EL (LA) PROVEEDOR(A)” y como consecuencia, en ningún momento se considerará a “LA PROCURADURÍA” como patrón sustituto o solidario, ni a “EL (LA) PROVEEDOR(A)” como intermediario sino como patrón en términos de lo previsto en el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social.
Por lo anterior, “LA PROCURADURÍA” no tendrá relación alguna de carácter laboral con dicho personal y consecuentemente, queda liberada de cualquier responsabilidad, obligándose “EL (LA) PROVEEDOR(A)” a responder a todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA PROCURADURÍA” con relación a los ordenamientos en materia de trabajo, higiene y seguridad social.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RESPONSABILIDAD OBJETIVA. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” responderá de los daños y
perjuicios que por inobservancia y negligencia de su parte lleguen a causar a “LA PROCURADURÍA” y/o a terceros, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiera incurrido durante la prestación del servicio, con excepción de los que hayan acontecido por caso fortuito o fuerza mayor, por lo que se obliga a responder por dichos conceptos quedando obligado a resarcir a “LA PROCURADURÍA” de cualquier gasto o costo que ésta erogue por dichos supuestos o pérdida causada.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- CONFIDENCIALIDAD. “EL (LA) PROVEEDOR(A)” deberá guardar absoluta confidencialidad de la información y documentación a la que, con motivo de la prestación del servicio tenga acceso, así como aquella que se genere con motivo de la prestación del mismo, en el entendido de que en caso contrario se procederá conforme a derecho por los daños que causen a “LA PROCURADURÍA” las revelaciones que se llegaren a realizar.
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que implemente “LA PROCURADURÍA” por la manipulación, uso, falsificación, duplicado, reproducción, venta, publicación, daños a terceros o publicitación de documentación oficial federal y las penas que por tal motivo, sean impuestas a “EL (LA) PROVEEDOR(A)”.
Asimismo “EL (LA) PROVEEDOR(A)” se obliga a que en el momento de la terminación del contrato o en cualquier momento que le solicite “LA PROCURADURÍA”, devolverá o entregará todo documento o información que pudiera haber recibido, obtenido o producido por la prestación del servicio.
VIGÉSIMA TERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Todo lo no previsto en este contrato se estará a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento; en lo no previsto por esta Ley, serán aplicables el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, así como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento.
VIGÉSIMA CUARTA.- NULIDAD PARCIAL. “LAS PARTES” acuerdan que si por cualquier motivo o circunstancia, parte del presente contrato es declarado nulo por virtud de sentencia firme o por así establecerlo alguna disposición legal presente o futura, tal situación no invalidará en forma alguna la parte restante del mismo, debiendo entonces ser aplicadas, de manera supletoria y según corresponda las siguientes disposiciones: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, así como los tratados y convenios internacionales de los
cuales México sea parte, y demás normatividad que resulte aplicable del derecho común respecto de la parte anulada, esto, en concordancia y sin menoscabo del texto contractual cuya validez no fuere afectada.
VIGÉSIMA QUINTA.- PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN. En cualquier momento, durante la vigencia del presente contrato, “LAS PARTES” podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública, solicitud de conciliación por desavenencias derivadas de su cumplimiento, en términos de los artículos 77, 78 y 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 126 a 136 de su Reglamento.
El escrito de solicitud de conciliación que presente cualquiera de “LAS PARTES”, además de contener los elementos previstos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, deberá hacer referencia al objeto, vigencia y monto de este contrato y, en su caso, a los convenios modificatorios respectivos, debiendo adjuntar copia de dichos instrumentos debidamente suscritos. En los casos en que el solicitante no cuente con dichos instrumentos, por no haberse formalizado, deberá presentar copia del fallo correspondiente.
VIGÉSIMA SEXTA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y JURISDICCIÓN. “LAS PARTES” convienen en que para la
interpretación y cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales radicados en la Ciudad de México, renunciando “EL (LA) PROVEEDOR(A)”, al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro, le pudiera corresponder.
Leído que fue el presente contrato y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance, lo firman en cinco tantos, en la Ciudad de México, el día de de .
“LA PROCURADURÍA” “EL (LA) PROVEEDOR(A)”
NOMBRE DEL(A) SERVIDOR(A) PÚBLICO(A) COORDINADOR(A) GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
REVISADO EN SUS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA TRATÁNDOSE DE PERSONA MORAL NOMBRE Y CARGO DEL(A) REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO(A)
NOMBRE DEL(A) SERVIDOR(A) PÚBLICO(A) DIRECTOR(A)(A) GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
REVISADO EN SUS ASPECTOS PRESUPUESTALES
NOMBRE DEL(A) SERVIDOR(A) PÚBLICO(A) DIRECTOR(A)(A) GENERAL DE PROGRAMACIÓN, ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO
REVISADO EN SUS ASPECTOS TÉCNICOS
NOMBRE DEL(A) SERVIDOR(A) PÚBLICO(A)
DIRECTOR(A) DE SERVICIOS GENERALES
(Para efectos de comprobación, verificación y aceptación del servicio)
Anexo X
“Evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes”
Los criterios en los que se fundamenta la evaluación de las proposiciones y la contratación del servicio serán los siguientes:
Con apego en lo establecido por los artículos 29 fracción XIII y 36 bis de la Ley y 52 de su Reglamento y los lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes con los procedimientos de contratación publicados en el diario oficial de la federación el 09 de septiembre de 2010, se efectuará la evaluación utilizando el criterio de puntos, considerando exclusivamente los requisitos y condiciones establecidos en la “Invitación” y en el o los resultados de la junta de aclaraciones a la misma, a afecto de que se garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
La evaluación de las propuestas será por el mecanismo de puntos, conforme la metodología que se describe a continuación:
Total de puntos a otorgar para la propuesta técnica: 60 puntos (la puntuación o unidades porcentuales a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por tanto, no ser desechada, será de cuando menos 45 de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación.)
SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD
LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS SERÁ POR EL MECANISMO DE PUNTOS, CONFORME LA METODOLOGÍA QUE SE DESCRIBE A CONTINUACIÓN:
RUBRO I: CAPACIDAD DEL LICITANTE (MÁXIMO 24 PUNTOS ) | ||||
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO A): CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS (40%del total del rubro I)= 9.6 | VALOR | VALOR OBTENIDO | |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Primero. Experiencia en asuntos relacionados con la materia del servicio objeto del procedimiento de contratación de que se trate. (Del 30% del subrubro A) = 2.88 puntos | Presentar curriculum del coordinador de vigilancia y seguridad y cuatro jefes de turno, propuestos, donde conste que cuentan con experiencia mínima de 3 años, realizando actividades de supervisión en el servicio de vigilancia. | 1 | |
Presentar curriculum del coordinador de vigilancia y seguridad y cuatro jefes de turno, propuestos, donde conste que cuentan con experiencia de más de 3 años y hasta 5 años, realizando actividades de supervisión en el servicio de vigilancia. | 1.88 | |||
Presentar curriculum del coordinador de vigilancia y seguridad y cuatro jefes de turno, propuestos, donde conste que cuentan con experiencia de más de 5 años y hasta 7 años, realizando actividades de supervisión en el servicio de vigilancia. | 2.88 | |||
30% = 2.88 puntos | 2.88 |
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO A): CAPACIDAD DE LOS RECURSOS HUMANOS (40% del total del rubro I)= 9.6 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO | |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Segundo. Competencia o habilidad en el trabajo de acuerdo a sus conocimientos académicos o profesionales. (60% del subrubro A) 5.76 puntos | Copia simple del certificado de estudio, que avale que el coordinador de vigilancia que se destinará a la prestación del servicio, cuenta con nivel escolar de preparatoria y los cuatro jefes de turno secundaria. (CASO 1) | 2.5 | |
Copia simple del certificado de estudio, que avale que el coordinador de vigilancia que se destinara a la prestación del servicio, cuenta con nivel xxxxxxx xx xxxxxxx terminada y los cuatro jefes de turno preparatoria. (CASO 2) | 5.76 | |||
60% = 5.76 puntos | 5.76 | |||
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Tercero. Dominio de herramientas relacionadas con el servicio, como (10 % del subrubro A) 0.96 puntos | Presenta copia simple del diploma o certificado emitido por una empresa especializada en materia de vigilancia, autorizada por la Secretaria de Gobernación o la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de México, o constancias de capacitación expedidas por un capacitador interno o externo autorizado por la STPS que acredite que el coordinador de vigilancia propuesto para esta licitación está capacitado en materia de vigilancia de inmuebles y custodia de bienes y valores, con antigüedad no mayor a un año. | 0.32 | |
Presenta copia simple del diploma o certificado emitido por una empresa especializada en materia de vigilancia, autorizada por la Secretaria de Gobernación o la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de México, o constancias de capacitación expedidas por un capacitador interno o externo autorizado por la STPS que acredite que el coordinador de vigilancia y los cuatro jefes de turno propuestos para esta licitación están capacitados en materia de vigilancia de inmuebles y custodia de bienes y valores, con antigüedad no mayor a un año. | 0.64 | |||
Presenta copia simple del diploma o certificado emitido por una empresa especializada en materia de vigilancia, autorizada por la Secretaria de Gobernación o la Secretaria de Seguridad Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de México, o constancias de capacitación expedidas por un capacitador interno o externo autorizado por la STPS que acredite que el coordinador de vigilancia, los cuatro jefes de turno y elementos propuestos para esta licitación están capacitado en materia de vigilancia de inmuebles y custodia de bienes y valores, con antigüedad no mayor a un año. | 0.96 | |||
10% = 0.96 puntos | 0.96 | |||
Subtotal Subrubro A Capacidad de los Recursos Humanos | 9.6 |
Referencia en la invitación | SUBRUBRO B): CAPACIDAD DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS Y DE EQUIPAMIENTO (40% del total del rubro I) | VALOR | VALOR OBTENIDO | |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Recursos Económicos (60 % del subrubro B) 5.76 puntos | Presentar copia de la última declaración fiscal anual 2018 ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (CASO 1) | 3 | |
Presentar copia de la última declaración fiscal anual 2018 y pagos provisionales del año 2019 ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (CASO 2) | 5.76 | |||
60% = 5.76 puntos | 5.76 | |||
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Equipamiento (40 % del subrubro B) 3.84 puntos | Acreditar, mediante contrato de arrendamiento, que cuenta con el 100% del equipo y accesorios solicitados para la prestación del servicio, con una antigüedad no mayor a un año. El contrato de arrendamiento, deberá incluir marca, modelo y números de serie, de los equipos y accesorios detallados en la propuesta técnica y que utilizará en la prestación del servicio. (CASO 1) | 2 | |
Acreditar, con copia simple de las facturas de compra, que cuenta con el 100% del equipo y accesorios solicitados para la prestación del servicio, con una antigüedad no mayor a un año. La factura de compra, deberá incluir marca, modelo y números de serie, de los equipos y accesorios detallados en la propuesta técnica y que utilizará en la prestación del servicio. (CASO 2) | 3.84 | |||
40% = 3.84 puntos | 3.84 | |||
Subtotal Subrubro B Capacidad de los Recursos Económicos y de Equipamiento | 9.6 |
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO C) EMPRESAS QUE CUENTAN CON TRABAJADORES DISCAPACITADOS (10% del total del rubro I) = 2.4 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Acreditar que cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción del 5% cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, entregando el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y la constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad. | 1.5 | |
Acreditar que cuenta con trabajadores con discapacidad en una proporción del más del 5% de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, entregando el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y la constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad. | 2.4 | ||
Subtotal Subrubro C Empresas que Cuentan con Trabajadores Discapacitados | 2.4 |
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO D): PARTICIPACIÓN DE MIPYMES QUE PRODUZCAN BIENES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA. (10% del total del rubro I) = 2.4 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Presenta constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con una vigencia no mayor a 5 años, mediante la cual acredite haber producidos bienes que se utilizarán en la prestación del servicio objeto del procedimiento de contratación, con innovación tecnológica. | 2.4 | |
Subtotal Subrubro D Participación de MIPYMES que Produzcan Bienes con Innovación Tecnológica. | 2.4 |
24
Total del Rubro I
RUBRO II: EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE (18 PUNTOS) LA CONVOCANTE ASIGNARÁ EL MÁXIMO DE PUNTUACIÓN, AL LICITANTE QUE ACREDITE MAYOR NÚMERO DE AÑOS DE EXPERIENCIA Y PRESENTE EL MAYOR NÚMERO DE CONTRATOS Y AL RESTO DE LOS LICITANTES SE LES ASIGNARAN LOS PUNTOS DE MANERA PROPORCIONAL | |||
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO A): EXPERIENCIA (50% del total del rubro II) = 9 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Presentar copia de contratos que haya suscrito que demuestren su experiencia mínima de 3 años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Invitación y se demostrará presentando copia de los contratos que haya suscrito que acredite su experiencia cuyo objeto sea o haya sido la prestación de servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles y cada contrato deberá tener o haber tenido por lo menos una vigencia de 12 meses. | 2 | |
Presentar copia de contratos que haya suscrito que demuestren su experiencia de más de 3 años y un día y hasta 5 años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Invitación y se demostrará presentando copia de los contratos que haya suscrito que acredite su experiencia cuyo objeto sea o haya sido la prestación del servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles y cada contrato deberá tener o haber tenido por lo menos una vigencia de 12 meses. | 5 | ||
Presentar copia de contratos que haya suscrito que demuestren su experiencia de más de 5 años y un día y hasta 7 años, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Invitación y se demostrará presentando copia de los contratos que haya suscrito que acredite su experiencia cuyo objeto sea o haya sido la prestación del servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles y cada contrato deberá tener o haber tenido por lo menos una vigencia de 12 meses. | 9 | ||
Subtotal Subrubro A Experiencia | 9 |
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO B): ESPECIALIDAD (50% del total del rubro II) = 9 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | EL LICITANTE deberá demostrar que cuenta con especialidad en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles, si presenta mínimo 3 contratos concluidos con anterioridad a la fecha de la Presentación y Apertura de Proposiciones. | 2 | |
EL LICITANTE deberá demostrar que cuenta con especialidad en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles, si presenta de 4 a 6 contratos concluidos con anterioridad a la fecha de la Presentación y Apertura de Proposiciones. | 5 | ||
EL LICITANTE deberá demostrar que cuenta con especialidad en la prestación del servicio de vigilancia y seguridad en inmuebles, si presenta más 7 contratos concluidos con anterioridad a la fecha de la Presentación y Apertura de Proposiciones. | 9 | ||
Subtotal Subrubro B Especialidad | 9 |
18
Total del Rubro II
RUBRO III: PROPUESTA DE TRABAJO (6 PUNTOS) | ||||
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO A): PROPUESTA DE TRABAJO. (100% del total del rubro III) = 6 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO | |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Metodología (definir los procesos propuestos por el licitante para cumplir con el servicio) | La metodología no es acorde con las actividades y tareas que se llevarán a cabo para la prestación del servicio con las frecuencias detalladas de las mismas y calendarizadas, con tiempos aproximados de realización. (Caso 1) | 0 | |
La metodología es acorde con las actividades y tareas que se llevarán a cabo para la prestación del servicio con las frecuencias detalladas de las mismas y calendarizadas, con tiempos aproximados de realización. (Caso 2) | 2 | |||
2 puntos máximo | 2 | |||
Plan de trabajo propuesto por el licitante (deberá estar acorde con lo indicado en recursos humanos del rubro capacidad del licitante) | No presenta plan de trabajo para garantizar el tiempo de ejecución de los servicios (Caso 1) | 0 | ||
Presenta plan de trabajo para garantizar el tiempo de ejecución de los servicios (Caso 2) | 2 | |||
2 puntos máximo | 2 | |||
Esquema estructural de la organización de los recursos humanos | No presenta organigrama del personal que participará en la prestación del servicio (Caso 1) | 0 | ||
Presenta organigrama del personal que participará en la prestación del servicio (Caso 2) | 2 | |||
2 puntos máximo | 2 | |||
Subtotal Subrubro A Propuesta de Trabajo | 6 |
6
Total del Rubro III
RUBRO IV: CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS (12 PUNTOS). LA CONVOCANTE ASIGNARÁ EL MÁXIMO DE PUNTUACIÓN, AL LICITANTE QUE ACREDITE MAYOR NUMERO DE CONTRATOS CON SU RESPECTIVO DOCUMENTO QUE AVALE SU CUMPLIMIENTO DE MANERA SATISFACTORIA, Y AL RESTO DE LOS LICITANTES SE LES ASIGNARAN LOS PUNTOS DE MANERA PROPORCIONAL | |||
Referencia en la Invitación | SUBRUBRO A): CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS (100% del total del rubro IV) = 12 puntos | VALOR | VALOR OBTENIDO |
Anexo A ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | Acreditar que en un plazo de 10 años anteriores a la presente invitación, dio cumplimiento adecuado y oportuno a los contratos que hubiere celebrado, presentando mínimo 3 contratos junto con los documentos con los que se corrobore el cumplimiento de cada uno de ellos o copia de la carta de satisfacción del servicio expedida por el cliente; o el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva. | 2 | |
Acreditar que en un plazo de 10 años anteriores a la presente invitación, dio cumplimiento adecuado y oportuno a los contratos que hubiere celebrado, presentando de 4 a 6 contratos junto con los documentos con los que se corrobore el cumplimiento de cada uno de ellos o copia de la carta de satisfacción del servicio expedida por el cliente; o el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva. | 5 | ||
Acreditar que en un plazo de 10 años anteriores a la presente invitación, dio cumplimiento adecuado y oportuno a los contratos que hubiere celebrado, presentando 7 o más contratos junto con los documentos con los que se corrobore el cumplimiento de cada uno de ellos o copia de la carta de satisfacción del servicio expedida por el cliente; o el documento en el que conste la cancelación de la garantía de cumplimiento respectiva | 12 |
12
Subtotal Subrubro A Cumplimiento de Contratos
Total del Rubro IV | 12 |
PUNTOS TOTALES OBTENIDOS EN LA PROPUESTA TÉCNICA | 60 |
• El total de puntos a otorgar para la propuesta técnica será de 60 puntos.
• La puntuación mínima a obtener en la propuesta técnica para ser considerada solvente y, por lo tanto, no será desechada, será de cuando menos 45 de los 60 máximos que se pueden obtener en su evaluación.
• El total de puntuación de la propuesta económica, tendrá un valor numérico máximo de 40, por lo que a la propuesta económica que resulte ser la más baja de las técnicamente aceptadas, se le asignará la puntuación máxima.
• Para determinar la puntuación que corresponda a la propuesta económica de cada participante, se aplicará la siguiente fórmula:
PPE=MPemb x 40/MPi Donde:
PPE= Puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica MPemb= Monto de la propuesta económica más baja
MPi= monto de la i-ésima propuesta económica
• El cálculo de la puntuación total de la proposición será de conformidad a lo siguiente: PTj=TPT + PPE Donde:
PTj= Puntuación total de la proposición
TPT= Total de puntos asignados a la propuesta técnica PPE= Puntuación asignada a la propuesta económica
ANEXO XI
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el martes 00 xx xxxxx xx 0000.
Xx xxxxxx un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XIX y XXVII de la ley orgánica de la administración pública federal; 27 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 y 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y
Considerando
Que corresponde a la secretaría de la función pública, en el ámbito de sus atribuciones, establecer normas, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de la administración pública federal; Que en términos de los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado CompraNet, está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la unidad de política de contrataciones públicas;
Que el sistema electrónico a que alude el considerando anterior tiene como fines el contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral;
Que para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información contenida en CompraNet, es indispensable que esta secretaría establezca los controles necesarios, he tenido a bien emitir el siguiente:
Acuerdo
Artículo único.- se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet.
Objeto y ámbito de aplicación.
1.- las presentes disposiciones tienen por objeto regular la forma y términos para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, por parte de los sujetos a que se refieren los artículos 1 fracciones i a vi de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público y 1 fracciones i a vi de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, así como de los y las licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo previsto en dichos ordenamientos legales.
Las menciones que se hagan a las dependencias y entidades o a las convocantes, se entenderán hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros.
El registro para la utilización de CompraNet implica la plena aceptación de los usuarios a sujetarse a las presentes disposiciones y a las demás que regulen la operación de dicho sistema.
Definiciones.
2.- para los efectos de estas disposiciones, en adición a las definiciones contenidas en la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, en la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas y en sus respectivos reglamentos, se entenderá por:
X. Xxx de adquisiciones: la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público;
II. Ley de obras: la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas;
III. Operador y/o administrador: al servidor público que ha certificado sus capacidades para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet;
IV. OSD: las ofertas subsecuentes de descuentos a que se refiere el artículo 2 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones;
V. PASOP: el módulo de CompraNet en el que se contienen los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades y los programas anuales de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de las dependencias y entidades;
VI. RUPC: el módulo de CompraNet en el que se contienen el registro único de proveedores y el registro único de contratistas;
VII. Unidad compradora: el área de las dependencias o entidades que ha sido registrada y autorizada por la UPCP para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet a la cual le es asignada una clave de identificación. Dicha unidad estará a cargo del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o del servidor público que éste designe, y
VIII. UPCP: la unidad de política de contrataciones públicas de la secretaría de la función pública.
Disposiciones generales.
3.- Las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas a que se refieren las presentes disposiciones son los comprendidos en el artículo 3 de la Ley de Adquisiciones y en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras, respectivamente.
4.- Para la realización de licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas, con independencia de su carácter nacional o internacional, cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal, sin considerar el impuesto al valor agregado, deberá utilizarse CompraNet, con las salvedades previstas en la Ley de Adquisiciones o en la Ley de Obras, según corresponda.
5.- Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la unidad de normatividad de contrataciones públicas, previa opinión de la UPCP, la interpretación para efectos administrativos de las presentes disposiciones, así como la resolución de los casos no previstos en las mismas.
De los requisitos técnicos.
6.- El sistema CompraNet opera en ambiente web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:
A. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;
B. Versiones actualizadas de navegador para internet;
C. Instalación de software java en su última versión, y
D. Conexión a internet con un ancho xx xxxxx de 512 KBPS.
7.- La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.
Del registro y acreditación de unidades compradoras, operadores y administradores.
8.- Para obtener el registro y autorización de unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, el alta de la misma y designar a los servidores públicos que serán capacitados como operadores y/o administradores de esa unidad compradora, especificando su perfil de usuarios para la operación de CompraNet, de acuerdo con lo señalado en la guía de usuario que la UPCP pondrá a su disposición en el propio sistema.
Para obtener su registro como operadores y/o administradores de una unidad compradora, los servidores públicos previamente designados por esta, deberán acreditar estar capacitados para la operación en CompraNet, de conformidad con los programas de capacitación y actualización que sean definidos por la UPCP y difundidos a través de CompraNet.
La UPCP podrá incluir en CompraNet programas para la capacitación o actualización en línea, los cuales generarán al finalizar el curso, un reporte que acreditará que los servidores públicos cuentan, en su caso, con las habilidades y conocimientos necesarios para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet.
Cuando se extinga la necesidad de contar con alguna unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, la baja de esa unidad compradora. Dicha solicitud deberá presentarse con quince días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que la unidad compradora deje de realizar operaciones y procedimientos de contratación.
9.- A los servidores públicos que obtengan su registro como operadores y/o administradores de una unidad compradora, la UPCP les asignará una clave de usuario única e intransferible que les permitirá operar en CompraNet únicamente para la unidad compradora que hubiere solicitado su acreditación.
Dicho registro se mantendrá vigente para los operadores o administradores que acrediten estar capacitados para la operación en CompraNet, conforme a los programas de actualización correspondientes.
10.- La unidad compradora que se encuentre registrada y autorizada por la UPCP para operar en CompraNet estará obligada a utilizar dicho sistema para todos sus procedimientos de contratación cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el distrito federal.
11.- Será responsabilidad del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe, solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o administrador de la unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud deberá presentarse mediante oficio, en el que se precisará la fecha a partir de la cual se requiere se efectúe la baja del operador y/o administrador.
De los programas anuales.
12.- La UPCP dará a conocer a través de CompraNet, los formularios y requerimientos para la integración, difusión y actualización de los programas anuales previstos en la ley de adquisiciones y en la ley de obras en el PASOP.
13.- Los programas anuales a que alude la disposición anterior y, en su caso, sus actualizaciones deberán ser incorporados en el PASOP, el cual generará el acuse de recibo respectivo.
Del acceso y uso de CompraNet para los proveedores y contratistas.
14.- Para que los potenciales licitantes tengan acceso a CompraNet, será necesario que los mismos capturen los datos solicitados en los campos que se determinan como obligatorios en el formulario de registro que está disponible en CompraNet. Si los potenciales licitantes lo estiman conveniente podrán capturar, en ese momento o con posterioridad, la totalidad de la información prevista en dicho formulario.
El medio de identificación electrónica para que los potenciales licitantes nacionales, ya sean personas físicas x xxxxxxx, hagan uso de CompraNet, será el certificado digital de la firma electrónica avanzada que emite el servicio de administración tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cuando se trate de potenciales “licitantes” extranjeros, el medio de identificación electrónico para que hagan uso de CompraNet se generará por el propio sistema, previo llenado de los formatos que para tal efecto se encuentren establecidos en el mismo y la entrega de la documentación que a continuación se señala o de su equivalente, la cual de presentarse en idioma distinto al español deberá acompañarse de su correspondiente traducción a este idioma. Dicha documentación deberá remitirse debidamente legalizada o, en su caso, apostillada por las autoridades competentes, en términos de las disposiciones aplicables, a través de CompraNet, de manera digitalizada:
Persona física | Persona moral |
1. Acta de nacimiento. 2. Identificación oficial con fotografía del país de origen (por ejemplo pasaporte vigente). 3. Cédula de identificación fiscal. 4. Clave única de registro de población, si existe en el país de origen. En caso de que el trámite lo realice a través de apoderado, adicionalmente: 1. Documento que acredite el otorgamiento de dicha representación. 2. Identificación oficial con fotografía. 3. Cédula de identificación fiscal (opcional). | 1. Testimonio de la escritura pública con la que se acredite su existencia legal, así como las facultades de su representante legal o apoderado, incluidas sus respectivas reformas. 2. Identificación oficial con fotografía del o la representante legal o apoderado (ejemplo pasaporte vigente). 3. Cédula de identificación fiscal de la persona moral y, de manera opcional, la de su representante legal o apoderado. 4. Clave única de registro de población del o la representante legal o apoderado. |
CompraNet emitirá un aviso de recepción de la información a que alude este numeral.
15.- Una vez que el potencial licitante, nacional o extranjero, haya capturado correctamente los datos determinados como obligatorios en el formulario de registro a que alude el primer párrafo del numeral anterior, CompraNet le hará llegar dentro de los ocho días naturales posteriores, una contraseña inicial de usuario registrado, la cual deberá modificar de manera inmediata con la finalidad de salvaguardar la confidencialidad de la información que remita a través de CompraNet.
16.- Para la presentación y firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los y las licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
En el caso de los y las licitantes extranjeros, para la presentación y firma de sus proposiciones y, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, deberán utilizar los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la secretaría de la función pública, de conformidad con las disposiciones emitidas al efecto.
CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones o, en su caso, de las inconformidades a que se refieren los párrafos anteriores.
Por medio de identificación electrónica se considerará al conjunto de datos y caracteres asociados que permiten reconocer la identidad de la persona que hace uso del mismo, y que legitiman su consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realice con el uso de dicho medio.
17.- La UPCP pondrá a disposición de los usuarios de CompraNet, a través de dicho sistema, la información necesaria para el uso eficiente del mismo.
Registro único de proveedores y de contratistas.
18.- Para su inscripción en el registro único de proveedores o en el de contratistas, según corresponda, el proveedor o la proveedora o contratista interesado deberá incorporar en CompraNet los datos que le sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema, los cuales en términos de los artículos 105 del reglamento de la ley de adquisiciones y 43 del reglamento de la ley de obras, son:
I. Nombre o razón social, nacionalidad y domicilio;
II. Información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el registro público correspondiente;
III. Relación de socios, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 fracción vii de la ley de adquisiciones o 51 fracción vi de la ley de obras, según corresponda, y el artículo 73 de la ley general de sociedades mercantiles;
IV. Nombre de los representantes legales del proveedor o la proveedora o contratista, así como la información relativa a los documentos públicos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el registro público de comercio;
V. Especialidad del proveedor o la proveedora o contratista y la información relativa a los contratos que según el caso, lo acrediten;
VI. Experiencia del proveedor o la proveedora o contratista y la información de los contratos que según el caso, la acreditan, y
VII. Información referente a la capacidad técnica, económica y financiera del proveedor o la proveedora o contratista. Una vez que el proveedor o la proveedora o contratista adjudicado haya completado el formulario a que se refiere el párrafo anterior, la unidad compradora validará la información proporcionada y en su caso lo inscribirá en el RUPC dentro de los dos días hábiles posteriores a que se haya completado el formulario. CompraNet hará llegar al proveedor o contratista su número de inscripción, dentro de los dos días hábiles posteriores a esta. La fecha de inscripción en el RUPC, será la que se considere como el inicio del historial del proveedor o la proveedora o contratista para efectos de lo dispuesto en los
artículos 48 de la ley de adquisiciones y 86 de su reglamento, así como en los artículos 48 de la ley de obras y 90 de su reglamento.
El proveedor o la proveedora o contratista será responsable de mantener actualizada la información a que se refiere este numeral, para efectos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción vi del reglamento de la ley de adquisiciones y 61, fracción vii del reglamento de la ley de obras, para lo cual utilizará el medio de identificación electrónica con el que tiene acceso a CompraNet.
19.- Corresponderá a las unidades compradoras incorporar a CompraNet, los datos relativos a los contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas y a su cumplimiento, con el propósito de integrar el historial de proveedores o contratistas a que hacen referencia los artículos 105 del reglamento de la ley de adquisiciones y 43 del reglamento de la ley de obras, según corresponda.
20.- La inscripción en el RUPC sólo se realizará en una ocasión. Cuando una unidad compradora reciba la solicitud de inscripción de algún proveedor o contratista que ya se encuentre registrado en el RUPC, le comunicará a éste de tal circunstancia y le solicitará verificar que su información contenida en dicho registro se mantenga actualizada.
21.- La clave y contraseña que la unidad compradora utilizará para capturar y validar la información del RUPC le será proporcionada por la UPCP, previa solicitud que realice conforme al procedimiento difundido a través de CompraNet.
La clave y contraseña a que se refiere el párrafo anterior, serán diferentes de las que utilizan los operadores y/o administradores de la unidad compradora para realizar los procedimientos de contratación en el CompraNet.
22.- la información relativa al RUPC permanecerá en CompraNet aun cuando el proveedor o la proveedora o contratista solicite su baja del mismo.
23.- una vez concluido el contrato, la unidad compradora que capturó los datos relevantes del mismo, deberá incorporar en CompraNet, con base en la información que le proporcione el administrador del contrato o el área responsable de la ejecución de los trabajos, los datos relativos al cumplimiento de dicho contrato para el efecto de que dicho sistema asigne una puntuación al proveedor o contratista, según corresponda, a partir de menor incidencia de los siguientes factores:
● Aplicación xx xxxxx convencionales;
● Deducciones al pago o retenciones;
● Ejecución de garantías de cumplimiento, de anticipo, de vicios ocultos, o cualesquiera otra;
● Inhabilitación en la dependencia o entidad convocante, en términos de los artículos 50 fracción iii de la ley de adquisiciones o 51 fracción iii de la ley de obras, según corresponda, y
● Rescisión administrativa.
El grado de cumplimiento de un proveedor o contratista se determinará por el promedio aritmético de la puntuación de cada uno de los contratos que tenga registrados en CompraNet.
Cualquier unidad compradora tendrá acceso a la información relativa al historial de cumplimiento de los proveedores y contratistas, con base en la cual podrán reducir los montos de garantía de cumplimiento, en términos de lo dispuesto en los lineamientos expedidos al efecto por la secretaría de la función pública.
CompraNet sólo considerará totalmente integrado un expediente (carpeta virtual), una vez que la unidad compradora incorpore en dicho sistema la información a que se refiere el primer párrafo de este numeral respecto del o los contratos derivados de un procedimiento de contratación.
De la operación de CompraNet.
24.- para dar inicio a un procedimiento de contratación en CompraNet, se requiere la creación previa de un expediente (carpeta virtual) el cual contendrá toda la información que derive de dicho procedimiento. Para la creación del expediente, CompraNet cuenta con plantillas preconfiguradas que consideran los diferentes requerimientos de información, según el tipo de procedimiento que se pretenda llevar a cabo.
25.- los contratos que deriven de un procedimiento de contratación deberán reportarse, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo, con independencia de la fecha en que se firmen, utilizando el formulario que para el reporte de información relevante del contrato se encuentra disponible en CompraNet. Cualquier modificación a la información proporcionada, deberá reportarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que esta ocurra.
26.- las actas relativas a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, y a la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, se deberán incorporar en CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general.
27.- la unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.
La información generada por cualquier operador y/o administrador en CompraNet, será considerada documento público en términos del código federal de procedimientos civiles, por lo que su reproducción a través de dicho sistema tendrá pleno valor probatorio.
28.- CompraNet cuenta con un clasificador único de las contrataciones públicas, denominado CUCOP, el cual permitirá, entre otras funcionalidades, optimizar el análisis de la información relativa a los bienes, servicios y obras públicas que contratan las dependencias y entidades. El CUCOP será utilizado por:
a. Los potenciales licitantes, al momento en que se registren en la plataforma para clasificar los bienes o servicios de su especialidad, y
b. Las unidades compradoras, al configurar cada expediente de contratación y durante la captura de los datos relevantes del contrato.
29.- las dependencias y entidades, a través de la unidad compradora, recabarán de los y las licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la unidad compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.
30.- cuando por causas ajenas a CompraNet o a la unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.
De las ofertas subsecuentes de descuentos.
31.- para utilizar la modalidad OSD en un procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas electrónica, la unidad compradora tendrá que seleccionar la plantilla correspondiente a esta modalidad al momento de crear el expediente.
32.- la participación en un procedimiento de Invitación a cuando menos tres personas electrónica, bajo la modalidad OSD, implica la previa acreditación de los y las licitantes interesados en el uso de la herramienta OSD, a tal efecto, la UPCP mantendrá en CompraNet a disposición de cualquier interesado, la información necesaria para su capacitación y/o acreditación en el uso de dicha herramienta.
33.- el servidor público que acredite su capacitación para el uso de CompraNet en términos de lo dispuesto en el numeral 8 de las presentes disposiciones, estará certificado para llevar a cabo procedimientos de Invitación a cuando menos tres personas electrónica bajo la modalidad de OSD.
34.- la unidad compradora estará autorizada para realizar la licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD cuando el servidor público designado como operador y/o administrador cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.
35.- la clave de acceso o certificado digital para que los y las licitantes participen en procedimientos de contratación bajo la modalidad de OSD serán los mismos que recibieron al inscribirse al CompraNet, de conformidad con los numerales 14 y 15 de las presentes disposiciones.
Transitorios
Primero.- el presente acuerdo y las disposiciones contenidas en el mismo entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo.- a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, se abrogan las disposiciones y se dejan sin efectos los oficios que a continuación se indican:
● Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 xx xxxxxx de 2000.
● Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la administración pública federal deberán remitir a la secretaría de contraloría y desarrollo administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 xx xxxxx de 1997.
Oficio no. SP/100/del 610 al 635/2004 de fecha 23 xx xxxxxx de 2004, emitido por el Secretario de la Función Pública, relativo a la información que debe remitirse al sistema electrónico de contrataciones gubernamentales (CompraNet).
● oficio SP/100/336/09 de fecha 23 de septiembre de 2009, emitido por el Secretario de la Función Pública, mediante el cual se indica que deberán subirse al sistema CompraNet los contratos con un monto mayor a 300 veces el salario mínimo general vigente en el distrito federal sin considerar IVA.
Tercero.- a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, la versión de CompraNet que se encuentra activa desde el año 2000, dejará de ser el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. La información contenida en dicha versión no será migrada a la nueva plataforma y sólo se mantendrá disponible para consulta, así como para los efectos previstos en el párrafo siguiente.
Los procedimientos de contratación que las dependencias y entidades hayan iniciado en la versión activa de CompraNet a que se refiere el párrafo anterior, deberán concluirse utilizando esa versión.
Cuarto.- hasta en tanto se encuentre disponible la funcionalidad en CompraNet para realizar el sorteo por insaculación previsto en el último párrafo del artículo 54 del reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dicho sorteo se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del citado precepto.
Sufragio efectivo. No reelección.
México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes xx xxxxx de dos mil once.- el Secretario de la Función Pública,
Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx.- rúbrica.
ANEXO XII
Nota informativa para participantes de países miembros de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE).
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha transcendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la organización para la cooperación y el desarrollo económico (OCDE) y firmante de la convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado.
Esta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales.
La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la convención cumplan con las recomendaciones emitidas por esta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada – en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadoras y la atracción de inversión extranjera.
Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la convención (imprimir el carácter vinculatorio entre esta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas x xxxxxxx (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.
En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el código penal federal sanciona el cohecho en los siguientes términos:
“Artículo 222
Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
Ii. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones:
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.
En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del estado.
Capítulo XI
Cohecho a servidores públicos extranjeros
Artículo 222 bis
Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo.