AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONTRATO DE VENTA PÁGINA 1 DE 8 PÁGINAS 1. ORIGINADO POR: (Incluya nombre y dirección) AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ EQUIPO DE BIENES EXCEDENTES Edificio 745, COROZAL OESTE.República de Panamá 2. LICITACIÓN No....
División de Desarrollo Corporativo
Equipo de Bienes Excedentes
Contrato de Venta Pública No. 21-10-MAY-H10 RECOLECCIÓN DE DESECHOS METÁLICOS FERROSOS SECTOR XXXXXX
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ | CONTRATO DE VENTA | PÁGINA 1 DE 8 PÁGINAS | |
1. ORIGINADO POR: (Incluya nombre y dirección) AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ EQUIPO DE BIENES EXCEDENTES Xxxxxxxx 000, XXXXXXX XXXXX. Xxxxxxxxx xx Xxxxxx | 2. LICITACIÓN No. 21-10-MAY-H10 | 3. FECHA: 00 xx xxxx xx 0000 | |
0. FECHA DE INSPECCIÓN: 24 y 25 xx xxxx de 2021 12:30 p.m. a 2:30 p.m. | |||
5. FECHA DEL ACTO PÚBLICO: 00 xx xxxx xx 0000 Xxxx: 8:30 a.m. |
6. ARTÍCULOS PARA LA VENTA
6. DESCRIPCIÓN BREVE:
RECOLECCIÓN DE DESECHOS METÁLICOS FERROSOS XXXXXX XX XXXXXX
0. PARA INFORMACIÓN SÍRVASE LLAMAR A: (NOMBRE) Xxxxxx X. Xxxxxx X. | 8. TELÉFONO NO.: 000-0000 | 0. CORREO ELECTRÓNICO |
10. CONTENIDO XXX XXXXXX DE CARGOS
(X) | PARTE | DESCRIPCIÓN | (X) | PARTE | DESCRIPCIÓN |
I | Formulario de Licitación/Venta Pública | III | Cláusulas del Contrato de Venta | ||
II | Términos y Condiciones | IV | Instrucciones y Criterios de Evaluación |
11. INSTRUCCIONES PARA LOS PARTICIPANTES
1. Los proponentes sólo deben presentar propuestas para los bienes que estén dispuestos a pagar y retirar de acuerdo con los términos y condiciones de la venta.
2. Se les recomienda inspeccionar los bienes antes de presentar propuestas ya que los mismos se venden “como están y donde están”.
3. Xxx detenidamente los términos y condiciones de este pliego de venta, antes de presentar su propuesta.
4. Para que su propuesta sea considerada, es indispensable que complete en su totalidad el punto 13. COMPRADOR (PARA SER COMPLETADO POR EL PROPONENTE) del ACP Formulario No. 1533.
5. Deberá adjuntar fianza de propuesta y fotocopia de la cédula del proponente a su propuesta.
6. Las propuestas presentadas no podrán ser retiradas, salvo que se efectúen enmiendas al pliego de venta.
7. Los pagos a la Autoridad serán en efectivo o cheques certificados librados a favor de la "Autoridad del Canal de Panamá".
8. El contratista cuyo contrato haya sido resuelto por causas imputables al contratista se le impondrá la sanción de no poder recibir adjudicación alguna por el plazo de seis meses contados a partir de la notificación de resolución del contrato, además no podrá retirar en nombre de terceros adjudicados, bienes objeto de las ventas.
12. LISTADO DE PRECIOS | |
PROPUESTA | VÉASE HOJA(S) ADJUNTA(S) |
13. COMPRADOR (PARA SER COMPLETADO POR EL PROPONENTE)
13A. NOMBRE Y DIRECCIÓN DEL PROPONENTE (Incluya dirección física y postal) | 13B. NÚMERO DE CÉDULA: | ||
13C. NOMBRE Y TÍTULO DE LA PERSONA AUTORIZADA PARA FIRMAR LA PROPUESTA: | |||
13D. TELÉFONO NO.: | 13E. FACSIMIL NO.: | 13G. FIRMA DEL PROPONENTE: | 13H. FECHA: |
13F.CORREO ELECTRÓNICO: |
14.CONTRATO DE VENTA (PARA USO OFICIAL)
14A. RENGLONES ADJUDICADOS: | 14B. MONTO: | |
14C. NOMBRE DEL OFICIAL DE CONTRATACIONES: | 14D. AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ (Firma del Oficial de Contrataciones) | 14E. FECHA: |
PRIMERA PARTE - FORMULARIO DE LICITACIÓN, LISTADO DE PRECIOS, CASILLA 12.
Equipo de Bienes Excedentes
Contrato de Venta Pública No. 21-10-MAY-H10
Nombre: Firma: Cédula: Teléfono:
NOTA: Si no va a proponer precio en algún renglón, favor indíquelo rayando el espacio destinado para el precio.
Condiciones de la venta: “COMO ESTÁN Y DONDE ESTÁN”
LOTE | CANT | D E S C R I P C I O N | UBICACION | PRECIO BASE | FIANZA DE PROPUESTA 10% DEL VALOR TOTAL DEL PRECIO BASE | OFERTA |
H10-01 | 80 TON | Aproximadamente 80 toneladas métricas de desechos metálicos ferrosos, conforme a los términos y condiciones descritos en este pliego. (Cantidades estimadas) | DIVISIÓN DE MANTENIMIENTO DE CAUCE DE NAVEGACIÓN XXXXXX | B/.5,760.00 | ||
Precio x Ton: B/. 72.00 | ||||||
2
Venta Pública No. 21-10-MAY-H10
SEGUNDA PARTE – TÉRMINOS Y CONDICIONES
II - 1. Términos y condiciones de entrega.
1. Factura y liquidación aduanal. Una vez efectuada la notificación de la adjudicación del contrato de venta, se emitirá la factura respectiva y el contratista tendrá cinco (5) días hábiles para pagar la factura de venta a la Autoridad y completar el trámite de la liquidación de impuestos aduaneros. Si el contratista incumple con lo anterior, la Autoridad podrá resolver el contrato por incumplimiento imputable al contratista y ejecutará la fianza de propuesta correspondiente a los renglones adjudicados, cuando se haya exigido fianza de propuesta.
2. Plazo para remover los bienes. El contratista deberá retirar los bienes objeto de la venta dentro de un plazo de: VER ADJUNTO #1 días hábiles contados a partir de la fecha de emisión de la factura. Transcurrido este plazo, la Autoridad procederá a cobrar en concepto de almacenaje la suma de: (A) B/.10.00 diario; (B) B/. diario, entendiéndose que cuando no se escoge el literal B, el literal A se aplicará de manera supletoria. Este cargo será aplicado para cada día transcurrido hasta el quinto día calendario. Finalizado este plazo de almacenaje de cinco días calendario, el contratista perderá todo derecho sobre la cantidad pagada y el bien adjudicado.
II - 2. Procedimiento para la remoción de los bienes. Una vez que el contratista haya pagado la cuantía del contrato de venta, evidenciado con la factura de venta de la Autoridad del Canal de Panamá y la cuantía asignada por concepto de impuestos aduaneros, se dirigirá al oficial de contrataciones para que éste le expida una orden de entrega para retirar los bienes.
II - 3. Condición del bien y lugar de entrega. Los bienes se venden “como están y donde están”.
II -4. Clase de contrato. Este es un contrato de venta de bienes en desuso de precio fijo.
TERCERA PARTE – CLÁUSULAS DEL CONTRATO
III – 1. Pagos a la Autoridad. Los pagos a la Autoridad serán en efectivo o cheques certificados librados a favor de la Autoridad del Canal de Panamá.
III – 2. Derechos y deberes de la Autoridad. Serán obligaciones de la Autoridad:
1. Obtener el mayor beneficio para el Estado o los intereses públicos, cumpliendo con las disposiciones del Reglamento de Contrataciones y de los contratos.
2. Exigir al contratista la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. Igual exigencia podrá formular al garante de la obligación.
3. Proceder oportunamente, de manera que las actuaciones imputables a la Autoridad no causen mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista;
4. Corregir en el menor tiempo posible los desajustes que pudieran presentarse, y acordar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prevenir o solucionar rápida y eficazmente las diferencias o situaciones litigiosas que llegaren a presentarse, de conformidad con el contrato. De presentarse el contratista a retirar los bienes y los mismos no se encuentren disponibles porque han sido hurtados o por error entregados a otro contratista, la ACP le reembolsará el total del pago de la factura de la Autoridad, los impuestos aduaneros y los gastos comprobables incurridos en el trámite de la liquidación de impuestos, sin derecho a reclamación posterior.
5. Adelantar las acciones conducentes a obtener la indemnización de los daños que sufra la Autoridad en el desarrollo o con ocasión de un contrato, ejerciendo su competencia para promover las acciones y ser parte en procesos relacionados con el cumplimiento, interpretación, ejecución o resolución del contrato.
6. Gestionar el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiere lugar.
7. No actuar con desviación o abuso de poder, ni llevar a cabo prácticas impropias. Los empleados de la Autoridad serán responsables administrativamente por sus actuaciones y omisiones, sin perjuicio de la responsabilidad penal o civil que corresponda. La actuación indebida se considerará una falta administrativa grave.
III – 3. Derechos y obligaciones del contratista. El contratista tendrá los siguientes derechos y obligaciones:
1. Recibir oportunamente el objeto del contrato.
2. Colaborar con la Autoridad, en lo necesario, para que el objeto del contrato se cumpla.
3. El contratista será legalmente responsable por haber ocultado al momento de contratar, inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa.
III – 4. Impuestos y derechos de introducción. El contratista deberá cumplir con las leyes y los reglamentos aplicables al contrato y pagar los impuestos de aduanas o derechos de introducción y demás impuestos y cargos similares que la República de Panamá imponga a quienes adquieren bienes exonerados en desuso de la Autoridad del Canal de Panamá.
III – 5. Deudas del contratista con la Autoridad. No se les adjudicarán contratos de venta de bienes en desuso de la Autoridad a contratistas que adeuden sumas a la Autoridad del Canal de Panamá por contratos previos.
III – 6. Responsabilidad. La Autoridad del Canal de Panamá no se hace responsable por las lesiones personales, incapacidad o muerte del contratista, de sus empleados, ni de terceros, que ocurra por causa de o en relación con la venta, el uso, o la disposición que se le dé a los bienes objeto de este contrato. El contratista exonera a la Autoridad de toda responsabilidad por cualquier y toda clase de demandas, acciones legales o reclamos como resultado o en relación con este contrato.
III – 7. Sanción por incumplimiento de contrato.
1.El contratista cuyo contrato haya sido resuelto por causas imputables al contratista no podrá recibir adjudicación alguna como sanción por
incumplimiento de contrato la cual consistirá en el impedimento de recibir adjudicaciones de órdenes de compra o contratos por el plazo de doce meses, cuando la cuantía del contrato resuelto sea superior a B/.100,000.00, y de seis meses, con cuantías hasta B/.100,000.00 y además, no podrá retirar en nombre de terceros adjudicados, bienes objeto de las ventas.
2.El plazo de la suspensión será contado a partir de la notificación de la suspensión en Internet. Si el contratista al ser sancionado está cumpliendo un periodo de sanción anterior, el nuevo periodo empezará a regir al finalizar el anterior.
0.Xx sanción estará sujeta al recurso de apelación, en efecto devolutivo, ante el Oficial jerárquico del oficial de contrataciones. El recurso de apelación deberá ser interpuesto dentro de los cinco días hábiles contados a partir de la notificación en Internet de la suspensión.
4.Para ser admitido el recurso, el apelante deberá estar legitimado legalmente para apelar, la resolución debe ser susceptible del recurso, y deberá ser interpuesta en término oportuno.
0.Xx ser admitido el recurso, el Oficial jerárquico del oficial de contrataciones notificará al apelante por escrito, vía facsímile o correo electrónico, el cual contará con el término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación, para que sustente su pretensión y pruebas.
6. La decisión de la apelación deberá ser emitida por el Oficial jerárquico del oficial de contrataciones en un término no mayor de quince días hábiles, contados a partir del perfeccionamiento del expediente con la presentación de las pretensiones y pruebas del apelante.
0.Xx resolución del Oficial jerárquico del oficial de contrataciones que recaiga sobre el recurso de apelación pone fin a la vía administrativa.
CUARTA PARTE – INSTRUCCIONES Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
IV – 1. Instrucciones a los proponentes.
1. Los proponentes sólo deben presentar propuestas para los bienes que estén dispuestos a pagar y retirar de acuerdo con los términos y condiciones de la venta.
2. Se les recomienda inspeccionar los bienes antes de presentar propuestas ya que los mismos se venden “como están y donde están”.
3. Xxx detenidamente los términos y condiciones de este pliego de venta, antes de presentar su propuesta.
4. Para que su propuesta sea considerada, es indispensable que complete en su totalidad el punto 13. COMPRADOR (PARA SER COMPLETADO POR EL PROPONENTE) de este ACP Formulario No. 1533.
5. Deberá adjuntar fotocopia de la cédula del proponente a su propuesta.
6. Fianza de propuesta. La fianza de propuesta es requerida para garantizar el mantenimiento de la oferta y el cumplimiento de EL COMPRADOR del pago del precio propuesto. Para que su propuesta sea considerada, deberá presentar fianza de propuesta mediante un cheque certificado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), o fianza emitida por una aseguradora o institución bancaria autorizada para emitir fianza a la ACP, equivalente al 10% del valor total del precio base. En el acto de apertura de las propuestas, quien presida la licitación rechazará de plano aquellas propuestas que no fueron acompañadas con la fianza de propuesta. Contra el rechazo de la propuesta no cabe ningún recurso. La fianza de propuesta se devolverá después de ejecutado el contrato de venta.
IV – 2. Licitación pública sobre la base del precio más alto. La licitación pública sobre la base del precio más alto tiene las siguientes características:
1. Apertura de los sobres en acto público.
2. No admite la aclaración, negociación o discusión de propuestas.
3. Adjudicación del contrato al proponente calificado, que presente el precio más alto y cumpla con todos los términos y condiciones xxx xxxxxx de cargos.
4. Las propuestas presentadas no podrán ser retiradas, salvo que se efectúen enmiendas al pliego de venta.
IV – 3. Celebración del acto público.
En la celebración del acto público se observarán las siguientes reglas:
1. El acto de licitación pública se celebrará en la fecha, hora y lugar establecidos en el pliego de venta.
2. Llegada la hora de que trata el numeral anterior no se recibirán más propuestas y el oficial de contrataciones procederá a abrirlas, una a la vez, y se dará lectura en voz alta a las mismas.
3. Terminada la lectura de las propuestas, quien presida el acto levantará un cuadro resumen, que deberá ser firmado por todos los participantes, y dejará constancia de todas las propuestas en el orden en que hayan sido leídas, con expresión del precio propuesto, el nombre de los proponentes y el nombre y cargo que ejercen los que hayan participado en el acto. Cuando algún proponente se negare a firmar o se haya retirado del acto sin firmar, se dejará constancia de ello en el cuadro resumen.
4. Concluido el acto público se unirán al expediente las propuestas presentadas.
5. El oficial de contrataciones no considerará para la adjudicación del contrato las propuestas condicionadas.
6. Cumplidas las formalidades establecidas por el Reglamento de Contrataciones, y previa resolución motivada del oficial de contrataciones o Acta cuadro resumen, según corresponda, se adjudicará el contrato al proponente calificado que presente el precio más alto y cumpla con todos los términos y condiciones xxx xxxxxx.
7. La venta se declarará desierta en los casos en que no se presente ningún proponente o cuando las propuestas estén por debajo del precio mínimo establecido.
IV – 4. Propuestas idénticas.
Cuando se presenten propuestas idénticas se seleccionará el proponente en el siguiente orden de preferencia:
Al que se le haya adjudicado un lote o lotes que totalicen mayor valor; En el supuesto de no poder aplicarse la alternativa antes indicada, se procederá al azar tirando una moneda en presencia de testigos y se dejará constancia en el cuadro resumen con la presencia de dos testigos y los proponentes.
ADJUNTO NO.1
REQUISITOS PARA LA RECOLECCIÓN DE DESECHOS METÁLICOS FERROSOS EN EL SECTOR XX XXXXXX
1. ALCANCE DEL CONTRATO
1.1 Este contrato de cantidades estimadas es aplicable a la remoción periódica de desechos metálicos ferrosos en los sitios de acopio del Sector xx Xxxxxx en la División de Mantenimiento de Cauces de Navegación, que serán pesados antes de que sean retirados de las instalaciones de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
1.2 Se requiere que el proponente revise y lea con detenimiento las cláusulas del ANEXO 2 de este pliego de cargos, las instrucciones detalladas en la cláusula 4.28.99 CUMPLIMIENTO DE NORMAS ESPECIALES RELATIVAS AL COVID-19 (transitorio), con el fin de asegurar el cumplimiento de las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud (MINSA), para evitar la propagación del COVID-19, así como la consideración en su propuesta de precios, de los costos asociados a la realización de pruebas serológicas en el caso de tener que permanecer en las instalaciones u oficinas de la ACP en contacto con empleados de la ACP o tratarse del servicio de transporte de empleados de la ACP.
1.3 Los proponentes deben contar con una experiencia mínima de dos (2) años en “Recolección de desechos metálicos ferrosos”, comprobable a nivel nacional para esto presentarán junto con su propuesta una breve reseña de su empresa, sus referencias comerciales y cualquier otra documentación que valide su experiencia.
1.4 Los proponentes deben presentar junto con su propuesta:
a. Página 1 de este pliego con el bloque #13 completo y firmado.
b. Copia simple legible y vigente de la cédula de identidad o pasaporte.
c. Lo indicado en el numeral 1.3.
d. Si es persona jurídica presentar copia del registro público.
e. Garantía de propuesta mediante cheque certificado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) o fianza emitida por una aseguradora o institución bancaria autorizada para emitir fianza a la ACP, equivalente al 10% del valor total del precio base.
f. Si el cheque certificado es de una persona (natural o jurídica) distinta al proponente, debe presentar una carta formal emitida por la persona (natural o jurídica) que giró el cheque donde conste su anuencia de que el cheque es para ser usado en esta licitación. Ver ejemplo de cartas en los adjuntos No. 2 y 3.
g. Listado de vehículos y equipos que se utilizará en la operación. Debe contener como mínimo: tres (3) vagonetas tipo roll-on/roll-off y/o contenedores cada uno con sus respectivos cabezales y un (1) equipo de levante diseñado para la recolección de desechos metálicos ferrosos que deberá presentar el contratista para aprobación del ROC y del inspector de equipos de la ACP, quienes darán la aprobación final. Los equipos listados no deberán estar comprometidos en otros contratos vigentes con la ACP.
h. Copia legible del Registro Único Vehicular y certificado de pesos y dimensiones de cada vehículo y equipo. Adjuntar fotos de cada equipo/vehículo con el número de placa visible.
i. Póliza de responsabilidad civil de cada vehículo o equipo.
j. Listado del personal que trabajará en el contrato detallando sus debidas funciones: capataz, conductores, soldador, ayudantes, etc. El número mínimo de trabajadores debe ser de seis (6), incluido el capataz, el soldador, el operador del equipo de levante, el conductor y los ayudantes. El personal listado no deberá estar comprometido en otros contratos vigentes con la ACP.
k. Copia legible de los documentos de identidad personal vigentes de cada trabajador (cédula), licencia de conducir vigente del conductor, certificaciones necesarias y certificado de soldador vigente.
1.5 El Contratista deberá suministrar toda la mano de obra, la supervisión de su personal, los materiales o suministros, equipo de seguridad y los equipos requeridos para cargar el material, montacargas, vagonetas tipo roll-on, roll-off y/o contenedores con sus cabezales y el transporte que se requiera para remover los desechos metálicos ferrosos objeto de este contrato, con la frecuencia requerida. La ACP no proveerá equipo ni personal para cargar el material objeto de este contrato.
1.6 El Oficial de Contrataciones o el Representante del Oficial de Contrataciones (ROC), podrá establecer sitios adicionales temporales o transitorios de acuerdo a las necesidades de la ACP. De igual manera podrá variar la frecuencia de remoción si las condiciones lo ameritan.
1.7 El contratista debe mostrar evidencia que cuenta con un área de acopio para el manejo de los desechos ferrosos, debidamente identificado, fuera de las instalaciones de la ACP. La ACP se reserva el derecho de inspeccionar el centro de acopio del contratista en cualquier momento previo o durante la vigencia del contrato al igual que todas las licencias y documentos requeridos, Las licencias y la documentación se solicitará antes de emitir la orden de proceder y el no presentarlas será causal de incumplimiento del contrato.
1.8 Los desechos metálicos ferrosos serán procesados en el centro de acopio del contratista. No se permitirá preparar embarques de desechos metálicos ferrosos en las áreas operativas de la ACP, salvo por el corte y adecuación requerido para poder transportarlos fuera de las instalaciones.
2. VISITA AL SITIO DE ACOPIO
2.1 El contratista podrá visitar e inspeccionar los sitios de acopio de desechos ferrosos antes de presentar una propuesta. Para este fin, el oficial de contrataciones fijará unas fechas determinadas de visita. La falta de inspección previa por parte de los proponentes para verificar el estado físico de los bienes en venta, así como de su condición y cualquier información inherente a los mismos, queda bajo su absoluta y exclusiva responsabilidad. En el caso de que el adjudicatario no haya realizado la inspección previa, no se admitirá reclamo alguno posterior a la adjudicación, derivado directa o indirectamente de la falta de inspección o revisión de estos bienes.
2.2 Se habilitarán los días 24 y 25 xx xxxx de 2021 para la inspección, de 12:30 p.m. a 2:30 p.m. Los interesados en participar deben enviar su solicitud con sus datos personales, modelo y placa del vehículo en que asistirán, para solicitar los permisos correspondientes al siguiente correo electrónico: XXX-Xxxxxx@xxxxxxxx.xxx. Esta información será enviada al punto de contacto y a la respectiva garita de seguridad. El transporte a los sitios de acopio es bajo la responsabilidad de cada uno de los
interesados en presentar su propuesta. La ACP no proveerá vehículos de transporte para movilizar a los proponentes.
3. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
3.1 A partir de la fecha de la publicación del edicto de adjudicación del contrato en la página web de la ACP: xxxxxxxxxxxxxxx.xxx, el contratista tendrá cinco (5) días hábiles para pagar la factura de venta a la ACP y completar el trámite de la liquidación de impuestos aduaneros.
3.2 El Contratista deberá notificar a su corredor de aduanas de la limitante de tiempo que tiene para entregar la liquidación a la ACP.
3.3 El contratista debe presentar dentro del término xx xxxx (10) días hábiles siguientes a la publicación del edicto de adjudicación:
3.3.1 Presentar el Plan de Seguridad para la prevención del COVID-19 (referirse al Anexo 2).
3.3.2 Presentar evidencia objetiva de que su personal ha pasado a satisfacción por una prueba serológica de anticuerpos IgG/IgM anti SARS-CoV-2 avalada por el Instituto Conmemorativo Xxxxxx de Estudios de la Salud (ICGES), obteniendo resultados negativos. Con el fin de cumplir con lo anterior, el contratista deberá presentar el formulario 7611 - Autorización de Gestión de Datos de Prueba Serológica, (referirse al ANEXO 2 y 3).
3.3.3 En caso de necesitar una extensión de tiempo para presentar lo solicitado, las condiciones del párrafo 3.4.1, 3.4.2 y 3.4.3 serán aplicables también a esta situación.
3.4 El contratista deberá presentar las fianzas de cumplimiento y pago y los endosos de las pólizas de seguros dentro del término xx xxxx (10) días hábiles siguientes a la publicación de la adjudicación. Refiérase al numeral 4.1.2 – Fianzas y al numeral 4.1.3 – Seguros, de este adjunto. El contratista es responsable de garantizar que la aseguradora tenga a tiempo la documentación al solicitarle las fianzas e informándoles a la vez que el contrato tiene términos de entrega y podría perjudicar el cumplimiento del mismo.
3.4.1 En caso de necesitar más tiempo para la emisión de la fianza la petición deberá ser presentada por escrito al Oficial de Contrataciones, quien determinará si amerita una extensión razonable de tiempo que no podrá ser mayor a siete (7) días calendarios. En caso de conceder esta extensión, el contratista deberá pagar a la ACP una multa por entrega tardía mediante la siguiente fórmula: 7% del valor total del contrato (V), dividido entre 30 y multiplicado por cada día calendario de atraso (DA): ((7% x V ÷ 30) x DA)).
3.4.2 Para las contrataciones de montos superiores a los B/.100,000.00, el oficial de contrataciones podrá modificar la fórmula establecida en el numeral 3.4.1 para ajustarla a la naturaleza del contrato y detallar la misma en el pliego de cargos, imponiendo una multa de hasta un máximo de 10% del valor del servicio no prestado bajo el contrato por cada prórroga.
3.4.3 En el caso que el contratista no pague la multa impuesta se hará efectiva la fianza de propuesta o de cumplimiento.
3.4.4 La fianza de propuesta le será devuelta al contratista una vez cumpla con la entrega de todos los documentos requeridos en este pliego y se haya emitido la orden de proceder.
3.5 Una vez revisadas y aprobadas las fianzas de cumplimiento y pago y los endosos de las pólizas de seguros, recibido el plan de seguridad, pruebas serológicas e inspección de equipos el oficial de contrataciones emitirá la orden de proceder para la recolección de los desechos metálicos ferrosos.
3.6 El contratista tendrá hasta el 30 de septiembre de 2021, luego de emitida la orden de proceder del Oficial de Contrataciones al haber cumplido con las condiciones xxxxxxx descritas, o hasta que se haya removido la cantidad estimada descrita en la lista de precios, cualquiera de las dos que se cumpla primero.
3.7 La cantidad indicada en la lista de precios es estimada y no compromete a la ACP a tenerla disponible durante la vigencia del contrato. De tener la ACP una cantidad menor a la indicada en la lista de precios, el contratista tendrá derecho únicamente a la devolución del monto correspondiente a la chatarra ferrosa no disponible en el punto de acopio al vencimiento del período de ejecución del contrato, de conformidad con el precio adjudicado. De darse lo contrario, el contratista deberá pagar el excedente entregado, no se aceptará la devolución del excedente una vez que acepte el material. Se le emitirá una factura con el monto a pagar al precio adjudicado para que realice el pago en cinco (5) días contados a partir del recibo de la notificación. De tener la ACP disponible la totalidad estimada del material (80Ton.) y el contratista no complete la totalidad de la recolección del material dentro del período de ejecución del contrato, se dará por terminado el contrato sin derecho a devolución del monto pagado por el contratista.
4. REQUISITOS GENERALES
4.1 GARANTÍAS, FIANZAS Y SEGUROS
4.1.1. GARANTÍA DE PROPUESTA.
4.1.1.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las garantías. Los límites o criterios serán definidos por la Vicepresidencia de Finanzas, Sección de Seguros y Fianzas (FIFS).
4.1.1.2 Los proponentes deberán presentar conjuntamente con su propuesta una garantía de propuesta, la cual no será menor xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de la propuesta. Ésta garantiza a La Autoridad: (i) el mantenimiento de la oferta hecha por el contratista, (ii) el cumplimiento de éste con el pago del precio propuesto en las ventas públicas de bienes en desuso y subasta de precio más alto, y (iii) la obligación de éste de presentar las fianzas de pago y de cumplimiento exigidas por el pliego de cargos.
4.1.1.3 Esta garantía tendrá una vigencia máxima de noventa (90) días calendarios a partir de la fecha establecida para el recibo de propuestas en la licitación correspondiente.
4.1.1.4 La garantía en referencia podrá ser de los siguientes tipos: Fianza y Carta de crédito irrevocable
4.1.1.5 Si la garantía presentada es de tipo fianza, deberá cumplir con lo establecido en la sección “4.1.2 Fianzas”.
4.1.1.6 Si la garantía de propuesta presentada es una carta de crédito irrevocable, ésta deberá ser emitida por una “Institución Financiera Aceptable”.
4.1.1.7 Se entiende por “Institución Financiera Aceptable”, toda entidad financiera legalmente establecida en la República de Panamá, con licencia general expedida por la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá.
4.1.1.8 Las “Instituciones Financieras Aceptables” podrán emitir cartas de crédito irrevocables hasta el límite xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá. Aquellas “Instituciones Financieras Aceptables” que sean sucursales de empresas extranjeras, podrán emitir cartas de crédito hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del último patrimonio auditado de su casa matriz, para lo cual deberán suministrar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.9 Las “Instituciones Financieras Aceptables” que cuenten con la “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito”, podrán emitir cartas de crédito hasta el límite del treinta por ciento (30%) del último patrimonio publicado por la Superintendencia de Bancos de Panamá, y en el caso de las sucursales de empresas extranjeras, del último patrimonio publicado de su casa matriz, para lo cual estas últimas deberán presentar documentación que demuestre dicho valor.
4.1.1.10 Se entiende por “Calificación Financiera Aceptable para Cartas de Crédito” la calificación de crédito a largo plazo mínima que debe tener la institución financiera para incrementar el límite autorizado por carta de crédito, establecido en el numeral 4.1.1.8 de esta sección: “A-“ de Standard & Poors, o “A3” xx Xxxxx´s Investor´s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente.
4.1.1.11 La propuesta será rechazada de plano si no es acompañada por la garantía de propuesta correspondiente.
4.1.2 FIANZAS
4.1.2.1 La Autoridad establecerá el criterio o límites aplicables para el otorgamiento de las fianzas.
4.1.2.2. El Contratista deberá presentar la fianza de cumplimiento y la fianza de pago dentro del término xx xxxx (10) días hábiles siguientes la notificación de la adjudicación del contrato. (ver párrafos 3.4.1, 3.4.2 y 3.4.3)
4.1.2.3. La fianza de cumplimiento garantiza el cumplimiento de un contrato u obligación de ejecutar fielmente su objeto, y una vez cumplido éste, de corregir los defectos a que hubiere lugar. La cobertura de la fianza será del cien por ciento (100%) del monto del contrato. Esta fianza permanecerá en vigencia por el período de ejecución del contrato, y continuará vigente siempre dentro de los límites, términos y condiciones previstas en el contrato, más seis (6) meses adicionales para responder por cualquier incumplimiento no evidente.
4.1.2.4. La fianza de pago garantiza el pago a terceros por servicios de mano de obra prestados y suministros de bienes utilizados en la ejecución del contrato principal. Su monto corresponderá al cincuenta por ciento (50%) del monto del contrato, cuando éste sea menor
de B/.1,000,000.00; al cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato cuando éste sea superior a B/.1,000,000.00 e inferior a los B/.5,000,000.00; y de B/.2,500,000.00 cuando el monto del contrato supere los B/.5,000,000.00. Su período de vigencia corresponderá al período de ejecución del contrato, más el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de la fecha de finalización del contrato.
4.1.2.5. La ACP establecerá los criterios y límites aplicables que deben cumplir las fianzas y emisores de las fianzas y solo aprobará y aceptará fianzas cuando sean emitidas por una “Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable”
4.1.2.6. Se entiende por “Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable”, toda compañía de seguros y/o reaseguros legalmente establecida en la República de Panamá y autorizada por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx para suscribir negocios de fianzas, que:
a. Tenga un patrimonio técnico ajustado no inferior xx xxxx millones de balboas (B/.10,000,000.00) de acuerdo con el informe trimestral más reciente publicado por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx; y
b. Sea una “Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable” por la ACP de conformidad con las políticas establecidas.
4.1.2.7. Las Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables podrán emitir, por fianza, hasta un xxxxxx xxx xxxx por ciento (10%) del patrimonio técnico ajustado más reciente publicado por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx en el informe trimestral vigente durante el período en que se otorga la fianza.
4.1.2.8. Las Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables sólo podrán emitir fianzas a favor de la ACP hasta un cúmulo no mayor al cincuenta por ciento (50%) del patrimonio técnico ajustado más reciente, publicado por la Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx en el informe trimestral vigente durante el período en que se otorga la fianza.
4.1.2.9. Las Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables podrán emitir fianzas a favor de la ACP utilizando la figura del cofiador sujetas a un máximo de cinco (5) cofiadoras por fianza, con los mismos requisitos, derechos y obligaciones pero responsables hasta el monto suscrito individualmente, y deberá establecer un cofiador líder que los represente durante toda la vigencia de la fianza, tanto en la presentación como durante la ejecución del periodo de vigencia contractual.
4.1.2.10. Las Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables podrán emitir fianzas a favor de la ACP utilizando la figura del reaseguro en los casos en que las fianzas excedan el límite máximo establecido por fianza en el numeral 4 de esta cláusula. Las compañías de seguro y/o reaseguradoras que la ACP aceptará para el reaseguro deben tener una calificación internacional de crédito a largo plazo, no inferior de “a-“ de A.M. Best, o “A-“ de Standard & Xxxxx (S&P), o “A3” xx Xxxxx´s Investor’s Service o “A-“ de Fitch Ratings. De contar con varias calificaciones de crédito a largo plazo, se tomará en cuenta la calificación con fecha más reciente. La estructura de reaseguro deberá estar aprobada por la ACP con base al procedimiento señalado en el numeral 8 de esta cláusula. En estos casos, las “Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables” deberán retener directamente, por fianza, como mínimo el cinco por ciento (5%) del más reciente patrimonio técnico ajustado publicado por la
Xxxxxxxxxxxxxxxx xx Xxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxx en el informe trimestral vigente durante el período en que se otorga la fianza.
4.1.2.11. La ACP aprobará la estructura de reaseguro a la Compañía de Seguros y/o Reaseguros, previamente a la presentación de la fianza por el contratista al Oficial de Contrataciones. Para cumplir con esto requisito, la Compañía Aseguradora y/o Reaseguradora deberá enviar carta formal con la estructura de reaseguro a la Sección de Seguros y Fianzas de la Vicepresidencia de Finanzas de la ACP o a la oficina que reemplace esta unidad en la ACP, con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación al vencimiento de la fecha en que deberá entregar la fianza, junto con la siguiente documentación que acredite:
a. Número y título de la licitación o contrato;
b. Monto a retener por la Compañía Aseguradora o Reaseguradora Aceptable por la ACP y la cual envía la carta formal con la estructura de reaseguro y documentación requerida,
c. Monto máximo a retener por cada Compañía Aseguradora y/o Reaseguradora por tipo de fianza y razón social de cada compañía. En caso de cofiador, monto máximo que suscribe cada cofiador por tipo de fianza y razón social de cada cofiador.
d. La calificación de crédito a largo plazo más reciente de las compañías de seguro y/o reaseguradoras que estarán suscribiendo parte de la fianza, nombre de la calificadora y número asignado por ésta, de aplicar.
e. Documento donde haga constar y se incluya cláusula de acción directa a favor de la ACP (Cut-Through Clause), donde los reaseguradores acuerden con el reasegurado que en caso de que este último no cumpla con sus obligaciones contractuales frente a la ACP, los reaseguradores pagarán al asegurado original la porción que le corresponda pagar al reasegurado en caso de cualquier pérdida, que represente la responsabilidad de los reaseguradores con respecto al reasegurado bajo los términos de la póliza, menos la prima adeudada a los reaseguradores, de haber alguna. El pliego de cargos de la ACP especificará la aplicación de este requisito.
4.1.2.12. No serán aprobadas estructuras de reaseguros conformadas por aseguradoras y reaseguradoras que participen o formen parte de un mismo grupo económico, societario y/o corporativo; y/o tengan en común: ejecutivos con mando, integrantes de las juntas directivas, accionistas comunes con control eficaz o empresas madres o subsidiarias.
Las Aseguradoras y/o Reaseguradoras Aceptables no incluirán en su solicitud, o en ningún momento previo al acto de selección de contratista, revelarán a la ACP o alguno de sus empleados la identidad de la empresa o proponente para el cual se está solicitando la revisión y aceptación de la estructura de reaseguro, ni el valor exacto de la fianza que se propone emitir.
4.1.2.13. Para la aceptación de las fianzas que utilicen reaseguro, luego de que la ACP emita aceptación formal de la estructura de reaseguro, en la licitación el proponente o contratista deberá presentar junto con la fianza, la siguiente documentación:
x. Xxxxx emitida por la ACP aprobando la estructura de reaseguros a la compañía Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable que indique el número y título de la licitación o contrato; el valor retenido por ésta en cada fianza; el nombre cada una de las compañías de seguro o reaseguradoras utilizadas, y el valor suscrito por cada una de éstas;
b. Carta de cada compañía aseguradora o reaseguradora utilizada en la emisión de cada fianza, que indique el número y título de la licitación o contrato; el valor suscrito por cada una de éstas en la emisión de las fianzas; y el RUC, Nombre del Representante Legal, Dirección física y de correo electrónico de la persona responsable de la suscripción;
c. Acuerdo o endoso de acción directa por parte de la ACP (Cut-Through Agreement or Endorsement) donde el reasegurador y el reasegurado, acuerden que en caso de insolvencia o problemas financieros del reasegurado, o el impago y/o incumplimiento de sus obligaciones frente a la ACP, éste deberá notificar a su reasegurador y éste último pagará al afianzado original la porción que le corresponda pagar al reasegurado en caso de cualquier pérdida, que represente la responsabilidad del reasegurador con respecto al reasegurado bajo los términos de la póliza, menos la prima adeudada a los reaseguradores, de haber alguna. El contrato especificará la aplicación de este requisito.
d. La nota de autorización de la estructura de reaseguros emitida por la Sección de Seguros y Fianzas de la ACP, dirigida a la aseguradora.
4.1.2.14. Sin perjuicio de lo dispuesto en los numerales anteriores, la ACP no aceptará y rechazará cualquier fianza emitida por una “Compañía Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable” que:
a. Esté impedida por inhabilitación o por sanción para contratar con la ACP conforme a las normas aplicables por la ACP, por el Estado panameño o por el país de origen en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional, mientras dure tal inhabilitación; o
b. Se encuentre en un proceso de regularización, de toma del control administrativo u operativo, o de liquidación forzosa, conforme lo haya ordenado una autoridad competente en la República de Panamá o en su país de origen en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional; o
c. Este en incumplimiento con sus obligaciones de aseguradora o afianzadora frente a la ACP, con el Estado panameño, y/o en su país de origen (en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional); y aun cuando se encuentre en un proceso de disputa.
4.1.2.15. En el evento de que la ACP haya admitido fianzas de una “Compañía Aseguradora y/o Reaseguradora Aceptable”, que:
a. Esté impedida por inhabilitación o por sanción para contratar con la ACP conforme a las normas aplicables por la ACP, por el Estado panameño o por el país de origen en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional, mientras dure tal inhabilitación; o
b. Se encuentre en un proceso de regularización, de toma del control administrativo u operativo, o de liquidación forzosa, conforme lo haya ordenado una autoridad competente en la República de Panamá o en su país de origen en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional; o
c. Este en incumplimiento con sus obligaciones de aseguradora o afianzadora frente a la ACP, con el Estado panameño, y/o en su país de origen (en caso de aseguradoras incorporadas fuera del territorio nacional); y aun cuando se encuentre en un proceso de disputa.
4.1.2.16. La ACP sólo aceptará fianzas que sean presentadas en los formularios acuñados por la ACP para este propósito (Formulario No. 1525, Fianza de Propuesta; Formulario No. 1526, Fianza de Cumplimiento y Formulario No.1527, Fianza de Pago). Se rechazará de plano cualquier fianza emitida en formularios no autorizados por la ACP.
4.1.3 SEGUROS
4.1.3.1 El Contratista deberá presentar al oficial de contrataciones, los endosos de las pólizas o evidencia de cobertura o cover letters que cumplan los requisitos que se indican a continuación en esta cláusula, dentro del término xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la adjudicación del contrato. En caso de necesitar una extensión de tiempo para presentar las pólizas en mención, las condiciones del párrafo 3.4.1, 3.4.2 y 3.4.3 serán aplicables también a esta situación. En caso de requerirse cualquier corrección o ajuste de las mismas, el Contratista deberá entregar las correcciones, endosos o cualquier otra documentación que le sea requerida, antes de iniciar el trabajo en sitio. Las evidencias de cobertura o cover letters deberán indicar que son vinculantes y son prueba de que el emisor del documento responderá ante la Autoridad hasta las coberturas indicadas.
a. Póliza de Responsabilidad Civil Vehicular: para cubrir daños a la propiedad y/o lesiones personales incluyendo muerte, ocasionados a la ACP y/o sus empleados o a cualquier tercero, causados por la operación de cualquier vehículo, ya sea de propiedad de, arrendado o utilizado por el Contratista, sus Sub-contratistas, o cualquier otro contratado directa o indirectamente por uno de éstos.
b. Límites de cobertura: El Contratista o sus Subcontratistas, según aplique, mantendrán cobertura para responder por los daños ocasionados, con límites no menores a:
(1) En caso de equipo pesado o vehículos de más de 8 toneladas de peso que requiera registro vehicular y placa expedida por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATT) para circular en vías públicas:
(a) Lesiones personales: B/.100,000.00 por persona y B/.300,000.00 por accidente.
(b) Daños a la propiedad: B/.100,000.00 por accidente.
(2) En caso de vehículos que requieran registro vehicular y placa expedida por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATT) para circular en vías públicas, de hasta 8 toneladas de peso o utilizado principalmente para transportar pasajeros:
(a) Lesiones personales: B/.5,000.00 por persona y B/.10,000.00 por accidente.
(b) Daños a la propiedad: B/.5,000.00 por accidente.
c. Otros términos y condiciones del seguro: Se deberá indicar que el seguro no podrá ser cancelado o modificado sin que medie notificación escrita por parte de la aseguradora al oficial de contrataciones de la ACP que administra el contrato, a la siguiente dirección:
AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ
Equipo de Bienes Excedentes Oficial de Contrataciones Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx
4.1.3.1.2 La aseguradora deberá obtener acuse recibo por parte del oficial de contrataciones para que la notificación se considere válida.
4.1.3.1.3 La vigencia de las pólizas de seguros será desde la fecha de inicio de los trabajos objeto del contrato, hasta la terminación de los servicios, sin limitar obligaciones y responsabilidades.
4.1.3.1.4 La ACP es un asegurado adicional y la aseguradora renuncia a su derecho de subrogarse en contra de la ACP por cualquier reclamo que tuviera con relación al contrato.
4.1.3.1.5 La ACP puede reclamar directamente a la aseguradora por aquellos reclamos mal dirigidos por terceros, los cuales, de acuerdo con el contrato, son responsabilidad del Contratista.
4.1.3.1.6 La ACP y sus empleados mantienen su derecho a reclamar como terceros. Por lo tanto, la designación de la ACP como asegurado adicional no impide que la ACP o sus empleados puedan hacer reclamaciones a esta póliza, por daños, lesiones y/o perjuicios que el Contratista, Subcontratista o cualquier otro contratado directa o indirectamente por uno de éstos, le ocasione.
5. PAGOS
5.1 El contratista tendrá que realizar un solo pago por adelantado del monto adjudicado. Refiérase al formulario 1533, segunda parte en términos y condiciones, numeral 1.
5.2 El contratista tendrá cinco (5) días hábiles para efectuar el pago único, contados a partir de la fecha de publicación del edicto de adjudicación del contrato de venta, previo a la remoción de los desechos metálicos ferrosos objeto de este contrato.
6. EQUIPO NECESARIO PARA EL TRABAJO
6.1 El contratista debe presentar el listado de los equipo en su inscripción. Debe contener como mínimo tres (3) vagonetas tipo roll-on/roll-off y/o contenedores con sus respectivos cabezales y un (1) equipo de levante. No se aceptarán equipos que estén comprometidos en otros contratos vigentes con la ACP.
6.2 El contratista tendrá diez (10) días contados a partir de la adjudicación del contrato para someter a inspección los equipos y/o vehículos suministrados para ser utilizados en este contrato junto con la documentación requerida en el numeral 6.3, para garantizar que estén en buenas condiciones y que cuentan con el equipo necesario para ejecutar el contrato. En caso de necesitar una extensión de tiempo para presentar los vehículos a inspección, las condiciones de los numerales 3.4.1, 3.4.2 y 3.4.3 serán aplicables también a esta situación.
6.3 Los equipos deberán pasar inspección dentro del término xx xxxx (10) días hábiles siguientes a la fecha de la adjudicación del contrato, en la Unidad de Reparación Sur, Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx. Deberán suministrarle al inspector una (1) copia de los siguientes documentos: Registro Único Vehicular, Tarjeta de Pesos y Dimensiones vigente, seguro vigente, licencia vigente del conductor, cédula vigente del conductor.
6.4 Si alguno de los vehículos es rechazado, el contratista deberá reemplazarlo por otro que sí cumpla antes de iniciar el trabajo o dentro de un plazo no mayor de 48 horas. El contratista sólo podrá utilizar equipo previamente autorizado por la ACP. Cualquier equipo adicional, cambio o reemplazo de equipo será solicitado previamente por escrito y deberá contar con la aprobación por escrito por parte de la ACP previa inspección.
6.5 La ACP podrá rechazar la utilización de un equipo previamente autorizado, si las condiciones mecánicas o de operación del equipo han variado desde la inspección inicial y considera que su uso constituye un riesgo para la ACP.
7. CUMPLIMIENTO CON LEYES, RESTRICCIONES, LIMITACIONES Y REQUISITOS PARA LAS LICENCIAS
7.1 El contratista deberá cumplir con todas las leyes laborales y normas vigentes de la República de Panamá, aplicables a contratos de remoción y manejo de chatarra.
7.2 El contratista deberá pagar todos los impuestos de aduana, tasas y cargos similares que puedan ser aplicados por la República de Panamá o por cualquier otra entidad con relación a desechos de metal ferroso adquirido por el Contratista de acuerdo con los términos y condiciones aquí establecidas.
7.3 La Autoridad del Canal de Panamá no será responsable de impuestos, tasas u otros cargos impositivos que puedan recaer en el contratista como resultado del presente contrato, o que hayan sido impuestos sobre cualquier propiedad transferida bajo el presente contrato, por lo que se recomienda a los proponentes investigar el monto estimado a pagar aplicable y requerido por las entidades estatales.
7.4 El contratista deberá presentar la pre-declaración de aduana al inicio del contrato y la declaración al finalizar el mismo.
8. SALARIO MINIMO
8.1 En los contratos de obras y prestación de servicios, los contratistas deberán pagar a sus empleados el salario mínimo por hora aplicable. Se entiende por salario mínimo aplicable aquel que corresponda al mayor entre el salario mínimo que se haya establecido para el sector o rubro aplicable mediante Decreto Ejecutivo que fije las tasas xx xxxxxxx mínimo en todo el territorio nacional y el salario mínimo establecido de B/.2.90 por hora de conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 80 de 1984.
9. DESCRIPCIÓN DE LA PROPIEDAD
9.1 La actividad industrial de la ACP genera material de desecho en forma de metal ferroso en el sector Xxxxxx.
9.2 Los desechos metálicos ferrosos no están clasificados y se venden “COMO ESTÁN Y DONDE ESTÁN”.
9.3 Se contempla bajo este contrato cualquier desecho compuesto mayormente de metal ferroso incluyendo, pero sin limitarse a: tanques de chatarra de 55 galones vacíos, perfiles xx xxxxxx, xxxxx de varios espesores, láminas de zinc, hierro fundido, hierro colado, piezas fundidas a máquina, desechos de virutas de metal, contenedores vacíos de 20 y 40 pies, cables usados xx xxxxx de varios espesores con o sin revestimiento de grasa. Así mismo, dependiendo de la disponibilidad, se incluyen; equipo pesado para ser desguazado o desarmado, equipos y herramientas metálicas, muebles y sillas compuestos en su mayoría de metal, metal galvanizado, piezas voluminosas como xxxxxx de comunicación, transformadores, locomotoras, tractores, grúas, tuberías de dragado, barcazas, boyas y otros bienes clasificados como desechos metálicos ferrosos. La ACP no separará el material ferroso de sus otros componentes, ya sea tela, plástico, pantallas, foam, cartón, MDF, etc. Estos componentes no metálicos serán incluidos en el pesaje a menos que el contratista los separe con anterioridad.
9.4 La cantidad real de desechos metálicos ferrosos se determinará mediante el pesaje en la balanza camionera de la ACP. El registro impreso de la balanza camionera representará la liberación de los bienes objeto de este contrato y el traspaso de título a la propiedad del contratista. Mientras no se realice este traspaso los bienes continúan bajo propiedad y custodia de la ACP.
9.5 La balanza camionera está ubicada en el Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxxx.
10. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
10.1 Todo trabajo será ejecutado de acuerdo a las especificaciones de este contrato y estará sujeto a inspección por personal de la ACP cuando se considere necesario.
10.2 Ninguna persona está autorizada a modificar las cláusulas del presente contrato sin la aprobación expresa y por escrito del Oficial de Contrataciones.
10.3 La presencia o ausencia de un inspector o de cualquier empleado de la ACP durante la ejecución de este contrato, no libera al contratista de cumplir con los requisitos establecidos en el presente contrato.
10.4 Se debe contar como mínimo de tres (3) vagonetas tipo roll-on/roll-off y/o contenedores con sus respectivos cabezales y un (1) equipo de levante.
10.5 El número mínimo de trabajadores debe ser de seis (6), incluido el capataz, el soldador, operador del equipo de levante, ayudantes y conductores de los equipos rodantes.
11. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las responsabilidades mencionadas en otras cláusulas de este contrato, el contratista deberá:
11.1 Proveer toda la mano de obra, la supervisión, soldadores con idoneidad conforme las leyes panameñas, y operadores con licencia vigente para operar los equipos de levante, el equipo rodante requerido para movilización del material.
11.2 Proveer el equipo de seguridad el cual incluye pero no se limita a cascos, botas, guantes de cuero, máscaras protectoras y de respiración, extintores, recipientes con agua cerca de las áreas xx xxxxx y los vehículos que sean necesarios para cargar, mover y transportar los desechos objeto de este contrato. El personal del contratista deberá laborar con pantalones largos, camisas o suéter, no será permitido que laboren en pantalones cortos ni sin camisas o camisetas dentro de las instalaciones.
11.3 El contratista deberá asegurarse que su personal utilice en todo momento mascarilla o cubre boca al entrar a las instalaciones de la ACP. En ACP solamente se permiten mascarillas quirúrgicas, N95 o respiradores KN-95.
11.4 El contratista deberá asignar a la cuadrilla que esté laborando en el sitio de acopio un supervisor o capataz encargado, que acepte la mercancía y esté presente durante el pesaje y despacho, una vez pesado y retirado el material del complejo de la ACP, el material pasa a ser propiedad del contratista y no se permitirán devoluciones.
11.5 Remover todos los desechos metálicos ferrosos del sitio de acopio, realizar limpieza del área donde se efectúe la recolección y realizarlo en la frecuencia establecida y a satisfacción del Representante Técnico del Oficial de Contrataciones (RTOC), quien registrará su aprobación.
11.6 Los desechos metálicos ferrosos deben ser transportados a la balanza camionera ubicada en el Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx.
11.7 Debe llevar a pesar las vagonetas tipo roll-on/roll-off y/o contenedores vacíos antes de colocarlos en el sitio de acopio. Cada Vagoneta tipo roll-on /roll-off y/o contenedor deberá contar con una identificación (número, letra, placa o designación) única que la distinga.
11.9 Es responsabilidad del contratista asegurarse que todo su personal asista a la charla de seguridad y ambiente ofrecida por la ACP de manera virtual. Esta charla es un requisito para que los empleados del contratista puedan trabajar en las áreas de la ACP. Los oficiales de seguridad y ambiente estarán realizando inspecciones y podrán detener la ejecución del trabajo de encontrar alguna anomalía.
11.10 El contratista deberá coordinar con el RTOC a través de correo electrónico y deberá esperar la confirmación y aprobación del RTOC, el transporte y pesaje de la carga antes de enviar el roll-on/roll- off a pesar.
11.11 El contratista deberá notificar las primeras 24 horas al RTOC a través de correo electrónico cada vez que se le dañe el equipo y se vea impedido para cumplir con la remoción de la chatarra ferrosa. Deberá reemplazar el equipo, el cual deberá pasar inspección por parte de la ACP.
11.12 El contratista deberá mantener una comunicación cordial y respetuosa con el personal y representantes de la ACP.
11.13 El RTOC llevará control del pesaje durante la ejecución del contrato, pero es responsabilidad del contratista llevar su propio control de cada pesaje y para estos efectos el RTOC le hará entrega del formulario 9079 después de realizar el pesaje del roll on/off y/o contenedor cargado. La ACP se reserva el derecho de suministrar copia de la tabla de control de pesaje, sin embargo le dará información de la cantidad entregada para cotejar la información.
11.14 El Contratista deberá suministrar a sus trabajadores sanitarios portátiles y agua para beber.
11.15 El Contratista es responsable de la custodia de todo el equipo que utilice durante la ejecución del contrato.
12. REMOCIÓN Y FRECUENCIA
12.1 El Contratista deberá remover los desechos de metal ferroso en el centro de acopio de la ACP de lunes a viernes, entre las 0730 y las 1400 horas, con la excepción de aquellos días feriados o nacionales observados por la ACP, de manera continua hasta la fecha de finalización de la ejecución del contrato.
12.2 En casos excepcionales, con la aprobación previa del Oficial de Contrataciones, se podrá autorizar al Contratista la remoción de desechos de metal fuera de las horas y días hábiles antes
establecidos, con la presencia de un representante designado por el Oficial de Contrataciones. La notificación al contratista será realizada con suficiente anticipación para permitirle obtener los medios necesarios para efectuar el servicio.
12.3 Si por algún motivo imputable a la ACP el material no está disponible, se le notificará al contratista que se suspende la recolección hasta que nuevamente el material esté disponible.
12.4 El sitio de acopio se encuentra en el Sector Xxxxxx, División de Mantenimiento de Cauces de Navegación. La ACP podrá establecer otros sitios de acopio durante el período de ejecución de la recolección de material ferroso objeto de este contrato.
12.5 El contratista deberá remover las vagonetas y/o contenedores dentro de las próximas 24 horas posteriores a la notificación vía correo o llamada telefónica del RTOC, notificando que están listas para ser retiradas, aun cuando no se encuentren llenas a capacidad. Deben dirigirse a la balanza camionera ubicada en el Edificio 438, Corozal Oeste, previa notificación y aprobación del RTOC. Se deberá colocar la vagoneta y/o contenedor vacía en el sitio antes de retirarla cargada, de manera tal que el sitio de acopio no quede desprovista de vagoneta en ningún momento durante el período de ejecución del contrato.
12.6 El contratista será responsable y deberá pagar a la ACP por cualquier daño que ocasione a la propiedad de la ACP durante las operaciones de remoción.
13. PROCEDIMIENTO DE PESAJE
13.1 Se utilizará la balanza camionera ubicada en el edificio 438, Corozal Oeste.
13.2 El pesaje de la vagoneta tipo RO-RO y/o contenedor se realizará antes de ser cargado (vacío) antes de ser colocado en el sitio de acopio, para determinar la tara del equipo.
13.3 Una vez cargado el material ferroso en la vagoneta tipo RO-RO y/o el contenedor, el contratista deberá coordinar con el RTOC a través de correo electrónico y deberá esperar la confirmación y aprobación del RTOC, para el transporte y pesaje de la carga en la balanza de la ACP, ubicada en el Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx.
13.4 El pesaje se documentará en el formulario 9079, el cual incluye la siguiente información: fecha, hora, peso del material ferroso, número de placa del vehículo, número de placa del remolque y el nombre del conductor. El contratista o su delegado deben firmar el formulario 9079 a la entrega del material ferroso.
13.5 Finalizado el pesaje el RTOC, entregará al contratista dos copias del documento de pesaje y éste a su vez deberá entregarle una de las copias al guardia de seguridad al salir del complejo de Corozal Oeste-Sector Pacífico.
13.6 El personal del contratista debe abandonar las instalaciones a más tardar a las 2:30 p.m. para sus revisiones por parte del personal de protección y vigilancia del canal.
13.7 La ACP se reserva el derecho de escoltar a los vehículos del contratista del sitio de acopio a la balanza camionera y dentro de las instalaciones de esta entidad.
ADJUNTO NO. 2 PERSONA NATURAL
Señores
Equipo de Bienes Excedentes Autoridad del Canal de Panamá Ciudad.
Respetados señores:
Quien suscribe , actuando en mi propio nombre y representación y con cédula
No. , hago constar que se he girado el cheque No. fechado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá, y debidamente certificado, con la finalidad de que sea presentado y utilizado como garantía por el señor , con cédula No. dentro de la Licitación No. de fecha para la adquisición de .
Atentamente,
Nombre Cédula No.
ADJUNTO NO. 3 PERSONA JURÍDICA
Señores
Equipo de Bienes Excedentes Autoridad del Canal de Panamá Ciudad.
Respetados señores:
Quien suscribe , actuando en mi calidad de de la empresa
, con RUC , hago constar que se ha girado el cheque No. fechado a favor de la Autoridad del Canal de Panamá, y debidamente
certificado, con la finalidad de que sea presentado y utilizado como garantía por el señor , con xxxxxx Xx. dentro de la Licitación No. de fecha para la adquisición de .
Atentamente,
Nombre Xxxxxx Xx.
XXXXX 0
REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS VENTAS PÚBLICAS
De conformidad con las medidas sanitarias y demás recomendaciones decretadas por el Ministerio de Salud (MINSA) con el fin de mitigar el contagio del COVID-19, se han establecido una serie de requisitos adicionales para participar en las ventas públicas, por lo que se solicita a los proponentes cumplir con lo siguiente:
REQUISITOS PARA LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES:
El proponente que desee inspeccionar deberá:
1. Tomar en cuenta las medidas generales y básicas para la prevención del Covid-19 decretadas por el MINSA.
2. Notificarse en la garita de seguridad e indicar que se dirige al Xxxxxxxx 000, Xxxxxxx Xxxxx x xx Xxxxxxxx 0000, Xxxxx Xxxxxxxxx.
3. Utilizar en todo momento mascarilla o cubre boca al entrar a las instalaciones de la ACP. En ACP solamente se permiten mascarillas quirúrgicas, N95 o respiradores KN-95.
4. Presentarse el día y la hora de la inspección.
5. Esperar en la parte exterior de la entrada al edificio guardando el distanciamiento físico atentos a las indicaciones del personal de la ACP.
6. Solo se permitirá el ingreso para la inspección a un solo interesado sin acompañante a la vez.
7. No se permite contacto físico con los bienes expuestos para la venta.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN EL ACTO PÚBLICO DE APERTURA DE PROPUESTAS:
1. La participación en este acto estará limitada y reservada únicamente para la persona o representante de una empresa que haya presentado una propuesta para un lote de la venta.
2. Deben permanecer en la parte exterior del edificio hasta la hora de celebración del acto guardando el distanciamiento físico y esperar las indicaciones del personal de la ACP.
Al entrar al salón de actos no se permitirá ningún tipo de conversación entre proponentes y deben portar en todo momento mascarillas quirúrgicas, N95 o respiradores KN-95 y protector facial.
REQUISITOS PARA EL RETIRO DE FACTURA, ENTREGA DEL SLIP DE PAGO, RETIRO DEL BIEN ADJUDICADO Y DEVOLUCIÓN DE FIANZAS DE PROPUESTA:
1. La factura será enviada por correo electrónico al proponente que se la haya adjudicado el bien y el proponente deberá enviar el slip de pago al correo de XXX-Xxxxxx@xxxxxxxx.xxx identificando el correo con la palabra SLIP DE PAGO, nombre y número de la venta.
2. El proponente a quien se le haya adjudicado el bien, deberá solicitar cita para su retiro,
tomando en cuenta las medidas generales y básicas para la prevención del Covid-19 decretadas por el MINSA.
3. El proponente que no pueda asistir a retirar el bien o a retirar la fianza de propuesta, deberá enviar una autorización al correo XXX-Xxxxxx@xxxxxxxx.xxx identificando el correo con la palabra AUTORIZACIÓN DE RETIRO DEL BIEN o AUTORIZACIÓN DE RETIRO DE FIANZA DE PROPUESTA, nombre y número de la venta y adjuntar el documento indicando el nombre completo de la persona a quien se autoriza y copia de la cédula de ambas personas.
Cumplir con todas las medidas contempladas para el acceso a las instalaciones de ACP, tal como se ha descrito en los requisitos de inspecciones y entrega de fianza.
ANEXO 2 CLÁUSULAS
ANEXO 4 - PLIEGO DE CARGOS ÚNICO - MICRO-COMPRA, LICITACIÓN, CONTRATO DE SUMINISTRO DE BIENES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y OBRAS DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ
4.28.97. CUMPLIMIENTO DE NORMAS.
Sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en este contrato, el Contratista nacional o extranjero que se encuentre en el territorio de la República de Panamá, está obligado a cumplir con la Constitución y las leyes de la República de Panamá que le sean aplicables, incluyendo la legislación nacional vigente que le sea aplicable en los temas de salud, seguridad e higiene ocupacional.
Aquellos contratistas que no se encuentren en el territorio de la República de Panamá, deberán cumplir con las leyes que le sean aplicables en su país de origen o en el país donde realiza la actividad relacionada a la ejecución de este contrato.
El Contratista será el único responsable por cualquier incumplimiento de dichas normas y de obtener y mantener vigentes todas las licencias, permisos y autorizaciones que le sean requeridos para ejercer las actividades necesarias para la ejecución del presente contrato.
Cualquier incumplimiento total o parcial de este contrato, o su ejecución defectuosa, como consecuencia del incumplimiento de dichas normas, le serán imputables al Contratista.
4.28.98. CUMPLIMIENTO DE NORMAS NACIONALES RELATIVAS AL COVID-19 (Transitorio). En adición a lo indicado en la cláusula 4.28.97 y mientras dure el estado de emergencia nacional decretado por las autoridades competentes como consecuencia de la pandemia del COVID-19, todo
contratista deberá cumplir con todas las normas, protocolos y demás disposiciones específicas para esta enfermedad, emitidas por las autoridades sanitarias competentes y demás obligaciones específicas establecidas por la ACP.
Tanto el Contratista como sus empleados y subcontratistas, aceptan en mantener indemne y liberan de responsabilidad a la ACP, sus empleados, directivos y funcionarios, ante cualesquiera reclamaciones, de cualquier naturaleza, en el evento de que por causa de la ejecución de sus obligaciones contractuales lleguen a sufrir el contagio del COVID-19.
4.28.99. CUMPLIMIENTO DE NORMAS ESPECIALES RELATIVAS AL COVID-19 (Transitorio).
1. En aquellos casos en que para ejecutar este Contrato, el personal del contratista o su(s) subcontratista(s) requiera(n) permanecer en contacto con empleados de la ACP, estando o no en las instalaciones u oficinas de la ACP, mientras dure el estado de emergencia nacional decretado por las autoridades competentes como consecuencia de la pandemia del COVID-19, el Contratista deberá:
a) Presentar un plan de salud ocupacional que contemple las normas de control para COVID-19, de conformidad con lo reglamentado en la legislación nacional para lo cual se le suministrará el formato de plan de seguridad para la prevención del COVID-19 para contratistas de la Autoridad del Canal de Panamá; o presentar el protocolo para el retorno al trabajo frente a la pandemia de COVID-19, según los dictámenes del Ministerio de Salud (MINSA). Este plan deberá ser entregado para información al Oficial de Seguridad de ACP, previo al inicio de los trabajos contratados.
b) Brindar charlas de capacitación a su personal y al de su(s) subcontratista(s) acerca de los protocolos para evitar la propagación del COVID-19 tanto dentro de las instalaciones del contratista, como durante la ejecución de sus labores, y/o lo indicado en el Plan de Seguridad para la prevención del COVID-19. El contratista deberá entregar al Oficial de Contrataciones las listas de asistencia de las charlas de capacitación brindadas, previo al inicio de los trabajos contratados.
c) Informar a su personal que de detectarse alguna persona con los síntomas relacionados con el COVID-19 dentro de las oficinas o instalaciones de la ACP, los encargados del proyecto por parte de ACP deberán reportar la situación al Centro de Manejo de Crisis (CMC) de la ACP, llamando al número 168; o a los teléfonos 000-0000 o 000-0000.
d) Utilizar mascarilla y someterse a la toma de temperatura.
e) Advertir a su personal que la ACP se reserva el derecho de prohibir la entrada a cualquier persona que muestre síntomas relacionados con el COVID-19 o que de alguna manera considere que pueda poner en riesgo las instalaciones o personal de la ACP. De igual manera, el Oficial de Contrataciones podrá suspender los trabajos con base a lo dispuesto en el párrafo 8 de la cláusula 4.28.15, si no se evidencia cumplimiento con los requisitos sanitarios aquí indicados. La suspensión así ordenada no le dará al Contratista ningún derecho de reclamar tiempo o compensación económica adicional.
2. En aquellos casos en que para ejecutar este Contrato, el personal del contratista o su(s) subcontratista(s) requiera(n) permanecer en las instalaciones u oficinas de la ACP y en contacto permanente y constante con empleados de la ACP o se trate del servicio de transporte a empleados de la ACP, el Contratista deberá, adicionalmente:
a) Presentar evidencia objetiva de que su personal ha pasado a satisfacción por una prueba serológica de anticuerpos IgG/IgM anti SARS-CoV-2 avalada por el Instituto Conmemorativo Xxxxxx de Estudios de la Salud (ICGES), obteniendo resultados negativos. Con el fin de cumplir con lo anterior, el contratista deberá presentar:
i) El formulario 7611 - Autorización de Gestión de Datos de Prueba Serológica, firmado individualmente por cada empleado del contratista que vaya a ingresar a las instalaciones de la ACP para realizar los servicios/trabajos contratados, en el cual autorice al contratista a recibir y remitir copia de los resultados de la prueba serológica, al médico asignado por la ACP.
Dicha autorización también debe incluir la autorización de cada empleado del Contratista para que el médico asignado por la ACP reciba los resultados de estas pruebas y pueda, en caso de duda, verificar la información con el laboratorio que realizó las pruebas, de forma que al revisarlos, determine el resultado de la prueba serológica, y si el trabajador del contratista se encuentra apto para acceder a las áreas e instalaciones de ACP.
Además el médico asignado por ACP deberá estar autorizado para informar sobre el resultado al contratista con el fin de que tome las medidas establecidas por el MINSA, según corresponda.
Las pruebas serológicas aquí indicadas deberán haber sido realizadas dentro de los siete (7) días calendarios anteriores a la fecha de su presentación ante la ACP.
ii) Copia simple de la cédula del empleado del contratista.
No se aceptará información y/o documentación incompleta o desfasada o que haga falta de alguno de los documentos antes detallados.
b) En caso de que los trabajos contratados deban realizarse dentro de las oficinas o instalaciones de la ACP en forma no continua, sino por períodos escalonados o interrumpidos de un mes o más, entre uno y otro periodo, el Contratista deberá volver a realizar estas pruebas, a su costo, las veces que le sea requerido por el oficial de contrataciones o el Representante del Oficial de Contrataciones (ROC).
c) Tener presente que las pruebas serológicas negativas indican que las personas no han estado expuestas al SARS COV 2, pero que el riesgo de infección persiste. Por consiguiente, deberá mantener todas las recomendaciones sanitarias para evitar el contagio de su personal, lo que incluye el suministro y uso obligatorio de mascarillas, lavado de manos, distanciamiento físico y reportar a las autoridades de salud al número 169, cualquier sintomatología relacionada con el COVID19, como: dificultad respiratoria, fiebre, tos, debilidad, entre otros.
3. En los casos en que se requiera realizar reuniones entre personal de ACP y los contratistas o proveedores, se tomarán las siguientes medidas temporales:
a) No se realizará visitas/giras y reuniones que no sean estrictamente necesarias.
b) Las reuniones que se requieran realizar, se efectuarán en forma virtual, utilizando las aplicaciones disponibles y tomando en consideración las recomendaciones sobre seguridad informática de la ACP.
c) Excepcionalmente, cuando se requiera realizar reuniones presenciales, homologaciones o visitas al sitio, en los casos de licitaciones de obras civiles o cualquier otra licitación que así particularmente lo requiera, se seguirán los lineamientos establecidos por el MINSA, en cuanto a la cantidad de personas en un recinto, el uso obligatorio de mascarillas, distanciamiento físico y demás requisitos sanitarios. En estos casos, solo se permitirá la participación de un máximo de dos (2) personas por contratista o proveedor.
FORMATO DE PLAN DE SEGURIDAD PARA LA PREVENCIÓN DEL COVID-19 PARA CONTRATISTAS DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ
Alcance. Aplica a todos los contratos de obras, bienes y prestación de servicios, en donde los trabajadores de los Contratistas y subcontratistas requieran permanecer en contacto con colaboradores de la ACP, estando o no en las instalaciones u oficinas de ACP, para la ejecución del trabajo o servicio contratado, independientemente del monto del contrato que se celebre, y según los requerimientos del Ministerio de Salud de la República de Panamá.
Instrucciones. Utilizar este formato para elaborar los planes de seguridad para la prevención del contagio de COVID-19. El plan de Seguridad debe ser presentado para aprobación del Oficial de Seguridad de ACP.
Formato del documento:
1. Objetivo y alcance del trabajo (breve descripción).
2. Secuencia del trabajo (breve descripción de la secuencia de actividades).
3. Tamaños de las cuadrillas o equipo de trabajo.
4. Identificación los peligros y análisis de riesgo por actividad.
5. Métodos de control para la prevención del contagio de COVID-19, según análisis de riesgo.
6. Equipo de protección para la prevención del contagio de COVID-19.
7. Medidas de higiene para el lavado de manos.
8. Medidas de higiene para limpieza y desinfección de equipos y áreas de trabajo en caso de mantener casetas o instalaciones temporales.
9. Organización del trabajo para cumplir con las medidas de distanciamiento físico.
10.Manejo de desechos.
11.Monitoreo de síntomas y protocolos en casos COVID-19.
12.Medida de respuesta a emergencia y traslado.
13.Formación, divulgación y seguimiento.
14.Otros.