PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA: “REDACCIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL CAMPO DE GIBRALTAR”
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE CONSULTORÍA Y ASISTENCIA: “REDACCIÓN DEL PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL CAMPO DE GIBRALTAR”
1. OBJETO
2. ANTECEDENTES.
3. JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE.
4. ÁMBITO
5. METODOLOGÍA
6. CONTENIDO DOCUMENTAL
7. DOCUMENTACIÓN A FACILITAR AL ADJUDICATARIO.
8. PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.
9. DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS.
10. PLAZO, PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO.
11. REQUISITOS PARA LA ADJUDICACIÓN
1.OBJETO.
Es objeto del presente pliego establecer las condiciones técnicas que han de regir en la elaboración del PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DEL CAMPO DE GIBRALTAR, así como las prescripciones respecto a su contenido, fases, presupuesto y forma de pago del mismo.
2. ANTECEDENTES.
Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 xx Xxxx de 1994 se formula el Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana de la Comarca del Campo de Gibraltar, conforme con lo establecido en la Ley 1/94, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Constituida la Comisión de Redacción el 25 de Julio de 1994, se acordó continuar los trabajos de análisis y reconocimiento territorial encaminados a la redacción de un documento de diagnóstico, objetivos y criterios.
El 12 xx Xxxxx de 1996 la Comisión de Redacción aprueba el Documento de Diagnóstico, Objetivos y Criterios y acuerda pasar a la siguiente fase del plan, la elaboración del Avance.
En Mayo de 1997 se contrata mediante licitación pública la elaboración de la documentación completa del Plan, tal y como establece el artículo 12 de la Ley de Ordenación del Territorio.
El 28 de Julio de 1998 se presenta ante la Comisión de Redacción la Memoria de Ordenación del Plan, y los Planos que la acompañan, y se acuerda someterlo a la consideración de todos sus miembros.
En la Comisión de Redacción celebrada el 27 xx xxxx de 1999 se presenta el Informe de Sugerencias a la mencionada Memoria de Ordenación, elaborado tras el análisis de las diferentes sugerencias presentadas al documento, y se acuerda continuar con los trabajos de redacción de la Normativa y la Memoria Económica.
La Normativa, entregada por el equipo redactor en octubre de 2001, no fue presentada ante la Comisión de Redacción ya que la dinámica y procesos económicos y urbanísticos existentes en el arco de la Bahía de Algeciras, están originando transformaciones sustanciales en el funcionamiento y la estructura del ámbito que aconsejan la actualización de los análisis y diagnósticos, así como la inclusión de nuevos contenidos, tales como la implantación de un sistema de transporte público en el arco de la bahía, la producción energética y su incidencia territorial, el análisis de los riesgos tecnológicos, etc…
Ante la situación cambiante, y superados ampliamente los plazos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas, la Consejería de Obras Públicas decide proponer la rescisión del contrato con la empresa adjudicataria, efectuándose la misma en enero de 2003.
Por tanto, ante la necesidad de revisar, actualizar y completar los trabajos existentes del Plan de Ordenación del Territorio, procede licitar de nuevo los trabajos de redacción. Para ello, dados los cambios de funcionamiento y estructura que se están produciendo en el ámbito resulta oportuno ampliar los contenidos establecidos en su momento, por lo que se procede a la redacción de este nuevo Pliego de Prescripciones Técnicas.
3. JUSTIFICACIÓN Y ALCANCE.
Las áreas metropolitanas y el litoral de Andalucía han sido objeto de una profunda y rápida transformación durante las últimas décadas, de manera que actualmente concentran dos tercios de la población y tres cuartas partes de la renta de la región. Este incremento de actividad y de población ha tenido efectos ambientales y territoriales que conducen a un modelo de desarrollo insostenible. Es por ello, que desde la ordenación del territorio, en el programa de planificación de ámbitos subregionales, se ha dado prioridad a la formulación de los planes correspondientes a las áreas metropolitanas y al litoral.
El ámbito considerado como aglomeración urbana del Campo de Gibraltar, con una superficie de 1.514 km.2 y una población de 242.845 habitantes, cuenta con numerosos recursos ligados al medio natural pero consustancial a ello es la fragilidad ambiental y la escasez de suelo disponible.
La concentración de usos urbanos, industriales y portuarios junto a la potencialidad geoestratégica que muestra la comarca aconseja el fomento de la actividad logística y la intermodalidad portuaria. Asimismo su condición de región fronteriza le ofrece posibilidades de colaboración con la colonia británica y con Marruecos.
Para ello, es preciso superar la deficiencia de accesibilidad del Campo de Gibraltar, no sólo a nivel viario sino también ferroviario, y completarse con estrategias de articulación regional tanto con los espacios portuario-industriales de Bahía xx Xxxxx como con los espacios turísticos xx Xxxxx del Sol, y como paso a Gibraltar y el Magreb.
La intensificación de usos, tanto urbanos como logísticos, con los problemas y tensiones que ello lleva aparejado, así como la confluencia de administraciones presentes en la zona demandan una decidida intervención de orden supramunicipal.
Por tanto, esta situación, en un ámbito que por sus condiciones naturales es el soporte excepcional para diversas actividades, y donde se experimentan fuertes cambios económicos y territoriales, pone de manifiesto la conveniencia de realizar un Plan de Ordenación del Territorio de la aglomeración urbana del Campo de Gibraltar.
Dicho Plan, en función de los artículos 10 y 11 de la Ley 1/1994 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establecerá los elementos básicos para la organización y estructura del territorio e indicará las zonas para la ordenación y compatibilización de los usos y para la protección y mejora del paisaje, de los recursos naturales y del patrimonio histórico y cultural.
3. ÁMBITO TERRITORIAL.
La Ley de Ordenación del Territorio establece que el ámbito de los Planes de Ordenación del Territorio de ámbito subregional abarcará …”términos municipales completos y contiguos, que por sus características físicas, funcionales y socioeconómicas conformen un área coherente de planificación territorial”.
El ámbito territorial inicial de este plan abarca los municipios de la Comarca del Campo de Gibraltar: Algeciras, Los Barrios, San Xxxxx, Tarifa, La Línea de la Concepción, Xxxxxxxxx de la Frontera y Xxxxxx de la Frontera.
La delimitación propuesta no se considera cerrada, puede modificarse en función del alcance y magnitud de las interrelaciones con los municipios vecinos.
METODOLOGÍA.
El artículo 12 de la Ley 1/94 de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía establece que el Plan de Ordenación del Territorio de ámbito subregional constará de la siguiente documentación: Memoria Informativa, Memoria de Ordenación, Memoria Económica, Normativa y Documentación gráfica.
Para la elaboración de estos documentos el trabajo se organiza en dos fases: una primera, que comprende la elaboración y análisis de la información y de un diagnóstico propositivo que establezca las oportunidades, problemas y líneas de actuación que el Plan debe desarrollar, y una segunda que incluya la elaboración de los documentos del Plan establecidos por la Ley.
A. Primera fase: Actualización de la información y elaboración del diagnóstico propositivo del Plan.
La primera fase tiene por objeto delimitar los aspectos claves que el Plan debe abordar, a la vista de los problemas y oportunidades que se plantean en el ámbito de estudio. Comprende las siguientes tareas a desarrollar de manera simultánea:
A.1 Elaboración de la información básica y diagnósticos sectoriales.
El objeto de la recopilación, selección y formalización de la información, es la elaboración de los análisis básicos sobre los que apoyar el diagnóstico territorial. Comprende la elaboración de los siguientes trabajos:
- Elaborar la Base cartográfica, en soporte digital, a partir del MT. de Andalucía 1:10.000, seleccionando la información para salidas a 1:20.000, 1:40.000 y 1:100.000.
- Análisis y diagnóstico del medio físico, incluyendo la identificación de los usos del suelo, identificación y valoración de recursos, y análisis de procesos y riesgos naturales. Análisis y diagnóstico del ciclo integral del agua (disponibilidad y balance del recurso, infraestructuras y gestión del mismo).
- Análisis de los riesgos naturales y tecnológicos.
- Análisis y diagnóstico del paisaje.
- Análisis y diagnóstico sobre las dotaciones de ámbito supramunicipal en función de la población actual y prevista y de las características socioeconómicas del ámbito..
- Análisis y valoración conjunta del planeamiento urbanístico municipal y de las afecciones normativas y de planificaciones sectoriales que inciden en el ámbito. Se cartografiaran estas afecciones a escala 1: 20.000.
- Análisis de la red de infraestructuras (transporte, energía y telecomunicaciones) de escala supramunicipal y de los sistemas de servicios y gestión asociados.
Todos estos análisis se basarán en los realizados para la redacción del plan tras su formulación. No obstante, mientras los estudios de paisaje y medio físico apenas necesitarán una adaptación, los de infraestructuras, planeamiento, dotaciones, y ciclo integral del agua deberán someterse a un proceso de
actualización y revisión importante. Otros aspectos como el de los riesgos naturales y técnológicos se abordarán ahora por vez primera.
Para cada uno de los aspectos citados se elaborará una monografía sintética (15/20 páginas) en las que se expresen, literal y gráficamente, las principales conclusiones del diagnóstico.
A.2 Elaboración del diagnóstico territorial propositivo.
El diagnóstico territorial integrador de todos los aspectos tratados, se corresponderá, en su caso, con el documento formal de la Memoria Informativa del Plan, por lo que deberá contener una síntesis global e integrada de los problemas y oportunidades del ámbito a los que se puede dar respuesta desde el Plan de Ordenación del Territorio. Como resultado de este diagnóstico se establecerá en este documento un avance de los objetivos básicos cuya consecución justifica la formulación de un Plan de Ordenación del Territorio para la zona y de los principales aspectos propositivos que el Plan deberá desarrollar.
Este documento, de una extensión no superior a las 50 páginas, deberá acompañarse del material gráfico, resúmenes, PowerPoint, o paneles que desde la dirección facultativa se especifiquen. El equipo técnico deberá participar en las reuniones que para explicar o debatir el documento se le requieran
B. Segunda fase: Elaboración de los documentos propositivos del Plan
B.1 Elaboración de la Memoria y Planos de Ordenación, Normativa y Memoria Económica
La Memoria de Ordenación constituye el núcleo central del Plan, pues en la misma se desarrollarán los objetivos y se detallarán y justificarán las propuestas y medidas adoptadas. Al igual que en relación con el diagnóstico propositivo, el equipo deberá elaborar los documentos y prestar el asesoramiento y el apoyo técnico que se le requiera.
En paralelo con el documento anterior, se elaborarán por el equipo adjudicatario los documentos de Normativa y la Memoria Económica, siguiendo las determinaciones establecidas en la Ley.
B.2 Asesoramiento a la Consejería de Obras Públicas y Transportes.
Al objeto de garantizar la coordinación entre las determinaciones del Plan de Ordenación del Territorio y del planeamiento urbanístico municipal, el equipo adjudicatario deberá tener un perfecto conocimiento de las determinaciones del planeamiento y realizar cuantos informes sobre el mismo le sean solicitados por los órganos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Dichos informes versarán sobre los aspectos con relevancia territorial, tales como los componentes de la estructura urbana (viario, espacios libres, dotaciones,... etc.) o la clasificación del suelo. Así mismo, dichos informes deberán expresar las determinaciones del planeamiento urbanístico que se considere pueden ser incompatibles con el Plan de Ordenación del Territorio.
Igualmente, el equipo adjudicatario deberá asesorar a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en las distintas materias de su competencia, y respecto a las actuaciones de planificación que afecten al ámbito, cuando así le sea solicitado por el director del trabajo. Dicho asesoramiento se podrá materializar en la asistencia a reuniones o en la elaboración de informes específicos sobre la actuación o materia de que se trate.
B.3 Debate del Plan y Apoyo al proceso de Información Pública.
El equipo consultor formalizará las bases para la producción de entre 10 y 12 paneles tamaño DIN A0 para su difusión pública en los municipios de la zona y fomentar la máxima participación.
Así mismo, prestará apoyo a la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el proceso de debate con ciudadanos y organismos públicos, y en la elaboración del Informe de Alegaciones.
Concluida la información pública el equipo reelaborará el Plan incluyendo las alegaciones aceptadas.
5. CONTENIDOS.
De acuerdo con la metodología especificada en el apartado anterior, el contenido documental del trabajo se materializa en los siguientes documentos:
5.1 Información básica.
Se realizarán informes-diagnóstico, monográficos, de las materias consideradas de mayor incidencia territorial en este ámbito que requieran estudios específicos e individualizados, con el objeto de conocer en detalle la problemática, su localización y cuantificación.
Se realizarán al menos monografías sobre los asuntos relacionados en el apartado 4.A.1 de este Pliego, que se acompañarán de la cartografía temática que sea necesaria.
Dado el carácter instrumental de estos estudios, cuyo objeto es el conocimiento del ámbito para establecer el diagnóstico integrado, la formalización de cada monografía se efectuará como tales documentos de trabajo, salvo que por su especial interés, el director de los trabajos ordene su formalización de cara a una más amplia difusión.
5.2 Diagnóstico propositivo.
El diagnóstico territorial, elaborado a partir del trabajo desarrollado en la fase anterior, se corresponde con la Memoria Informativa del futuro Plan, por lo que debe ser un documento breve, sintético e integrado, con gran apoyo gráfico y que guarde estrecha relación con las propuestas de ordenación, de acuerdo con lo apuntado en el apartado 4.A.2 de este Pliego, y con los contenidos de la Memoria de Ordenación a elaborar a continuación. No es una síntesis de la información analizada, sino un documento conclusivo cuyo contenido dependerá de los conflictos y oportunidades detectados y de la importancia de cada uno de ellos.
Para orientar el contenido del diagnóstico se señalan a continuación los apartados básicos de este documento, tomando como referencia los contenidos establecidos en los apartados b) y c) del art 11.1 de la LOT.
- Introducción. Orígenes de la configuración territorial del espacio y transformaciones recientes.
- Caracterización del ámbito
. Contexto y posición del ámbito en el marco regional y subregional. Deben señalarse aquellos aspectos derivados de su posición que inciden en el proceso de transformación del territorio y en sus perspectivas de evolución por lo que pueden condicionar la ordenación.
. Los condicionantes del medio físico. Se señalarán en este apartado aquellos aspectos, limitaciones o potencialidades, que condicionan la ordenación pero que no pueden ser objeto de determinaciones directas dentro del POT para la zona. Especialmente se analizarán los balances
hídricos, la situación de los acuíferos, la dinámica litoral, la situación de las playas, los suelos y procesos erosivos. De cada aspecto analizado se grafiarán las potencialidades y limitaciones detectadas que pueden condicionar la ordenación.
. La estructura y los procesos socioeconómicos. Perspectivas de evolución. Evaluación y alternativas. Debe fijarse el marco socioeconómico, los parámetros en que se debe enmarcar el diagnóstico territorial y los conflictos territoriales que condicionan la integración y el desarrollo de cada una de las actividades económicas.
. Las afecciones. Planificaciones previas que afectan al ámbito. El modelo resultante del planeamiento urbanístico. La planificación sectorial y las afecciones legales. El dominio público. Cada una de las afecciones se representará gráficamente.
- El modelo actual de articulación del ámbito.
. Los asentamientos de población. Análisis del sistema actual y tipología de núcleos de población. Valoración respecto a la organización y funcionalidad de los mismos. Valoración de la funcionalidad de los equipamientos supramunicipales y déficit. Centralidades y dependencias entre núcleos del ámbito y relaciones con centros y ámbitos exteriores.
. La red de comunicaciones y transportes. Satisfacción de la movilidad con la red actual y prevista. Adecuación de la misma a la organización de los asentamientos y actividades productivas. Adecuación del transporte público al modelo funcional del ámbito.
. El sistema de espacios libres. Recursos para la constitución del sistema. Determinación de los espacios para uso público: Parques Metropolitanos, Áreas Recreativas y Elementos de Conexión.
. Instalaciones portuarias, funciones actuales y previstas, integración en el territorio.
Aprovechamientos y oportunidades que representan y disfuncionalidades existentes.
. Otras infraestructuras de incidencia territorial. Agua, energía y telecomunicaciones. Adecuación y capacidad de servicio.
- Los problemas derivados de la ordenación de los usos.
. Los usos de carácter urbano. Zonas de conflictos y áreas de oportunidad. El espacio industrial y tecnológico. La competitividad espacial de usos.
. La singularidad del espacio turístico. Los usos turísticos; tipologías y previsiones de demanda. Problemática derivada de los usos urbanos, terciarios y productivos. Potencialidades. Señalamiento de las zonas de conflicto y de oportunidad para cada tipo de suelo desde el punto de vista supramunicipal. Especial atención a los conflictos en el litoral.
. Significación de los usos rurales. Tipologías y previsiones. La articulación del espacio rural y los conflictos funcionales y ambientales derivados de la competencia de otros usos. Señalamiento de las zonas con problemas u oportunidades. Problemática derivada de la competencia por el espacio entre los usos dominantes.
- Los problemas ambientales, el paisaje y el patrimonio, natural y cultural.
. Los espacios de interés ambiental. Señalamiento de los procesos y áreas afectadas por problemas ambientales derivados del crecimiento urbano o de las actividades productivas. Los riesgos tecnológicos.
. Los riesgos naturales. Áreas afectadas por riesgos de erosión, avenidas e inundaciones, inestabilidad de laderas, etc. Problemas derivados de la contaminación y sobreexplotación de los recursos.
. El patrimonio histórico cultural de interés supramunicipal.
. El paisaje como recurso. Paisajes, elementos e hitos de valor singular, y paisajes a restaurar.
- Los Planos de Información y Diagnóstico.
Sobre la base cartográfica elaborada se plasmará al menos la siguiente información:
. Usos del suelo
. Usos urbanos y afecciones.
. Infraestructuras básicas
. Procesos, riesgos e impactos.
Además de los gráficos que acompañarán a cada uno de los elementos de diagnóstico, la Memoria Informativa incluirá Planos, a escala mínima 1: 50.000 para el conjunto del ámbito y 1:20.000 para la zona litoral, en los que se representen de manera global e integrada los principales conflictos, problemas y oportunidades detectados. Se ha de considerar la conveniencia del tratamiento y representación de algunos aspectos o espacios concretos a escala de mayor detalle.
5.3 Memoria de Ordenación.
En cumplimiento de lo establecido en el art 12.b) de la Ley de Ordenación del Territorio, la Memoria de Ordenación contendrá:
- Los objetivos y criterios de ordenación
A partir de las oportunidades y problemas detectados en el diagnóstico, se propondrán un conjunto de objetivos específicos para este ámbito y las estrategias necesarias para conseguirlos. El nivel de concreción y desarrollo de estos objetivos y estrategias debe permitir identificar las principales actuaciones que el Plan debe desarrollar, y orientar sobre el modelo de ordenación física que se propone. El documento debe ser sintético y estar acompañado de los gráficos, esquemas, fotos, etc, que faciliten su comprensión y favorezcan el debate con las instituciones implicadas.
- Las propuestas y medidas del Plan.
Se especificarán las principales determinaciones del plan, detallando su localización y las características que las mismas deben tener. Siguiendo el contenido establecido en el artículo 11 de la Ley para estos Planes, la Memoria de Ordenación contendrá el modelo de ordenación referido, al menos, a los siguientes aspectos:
a. Definición de la organización global del sistema de asentamientos y de la funcionalidad de cada elemento del sistema para la prestación de los equipamientos y servicios al conjunto del ámbito.
b. Esquema de las infraestructuras básicas, (comunicaciones y transportes, abastecimiento de aguas, saneamiento, depuración, energía, telecomunicaciones y residuos) y criterios y medidas para su implementación y articulación en el contexto global del Plan.
c. Indicación de las zonas para la ordenación y para la compatibilización de usos, los criterios sobre potencialidades de uso y limitaciones de cada zona, y las propuestas de actuación y medidas a desarrollar en las mismas.
d. Indicación de las zonas que deben quedar preservadas de la urbanización y reguladas por medidas dirigidas a la protección de los recursos naturales, a la prevención de riesgos naturales y tecnológicos y a la preservación y mejora del paisaje y de los recursos naturales, productivos y culturales, estableciendo en cada caso los criterios y actuaciones a desarrollar para la satisfacción de su función territorial.
e. Posibles afecciones de las propuestas sobre el planeamiento urbanístico y sectorial vigente, especificando las determinaciones de los mismos que deberán ser objeto de adaptación.
- Elaboración de los Planos de Ordenación
Para la expresión de la propuesta, se aportarán cuantos gráficos sean necesarios para la correcta explicación de cada uno de los aspectos propositivos del Plan. Además, se realizarán, como mínimo, a escala 1:50.000 para el conjunto del ámbito y 1:20.000 para la franja litoral, al menos un plano para cada uno de los apartados especificados en la Memoria de Ordenación, en los que se sintetice el conjunto de las propuestas contenidas en los mismos. Además de los planos sintéticos de la propuesta, se elaborarán los planos temáticos que reflejen las determinaciones del Plan de manera que se facilite su entendimiento por los organismos sectoriales responsables de su aplicación.
5.4 Memoria Económica
Tendrá como finalidad conocer la estimación del coste de los programas o líneas de intervención y de las actuaciones propuestas, así como el orden de prioridades y las vinculaciones entre los mismos. Para cada una de las actuaciones propuestas a corto y medio plazo se realizará una estimación de su coste y se especificará el órgano responsable de su ejecución, así como los contenidos de los convenios a desarrollar por las administraciones públicas de cara al desarrollo coordinado del Plan.
5.5 Normativa
Las determinaciones por las que se regule la propuesta y las referidas al desarrollo, ejecución y gestión del Plan se organizarán, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 1/94 de Ordenación del Territorio, diferenciando en cada caso las que tienen el carácter de Normas, Directrices o Recomendaciones.
La Normativa debe contener, al menos, los siguientes aspectos:
- Determinaciones Generales, que incluyan la naturaleza, finalidad, documentación, efectos, vigencia, afecciones, desarrollo, seguimiento, ejecución del Plan, y cuantas normas generales se consideren necesarias para el cumplimiento de las determinaciones generales de la Ley y del Decreto de Formulación.
- Determinaciones Generales y Particulares en relación con cada uno de los apartados contenidos en la Memoria de Ordenación.
- Determinaciones para el planeamiento urbanístico de los municipios afectados, y para la Evaluación de Impacto Ambiental del mismo, para los Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio, para la ejecución de las actuaciones, y para el seguimiento y evaluación del Plan.
6. DOCUMENTACIÓN A FACILITAR AL ADJUDICATARIO
El equipo adjudicatario tendrá a su disposición los estudios disponibles en la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Asimismo dispondrá del siguiente material gráfico referente a este ámbito:
- Mosaico raster xxx Xxxx Topográfico de Andalucía 1:10.000 del ICA.
- Mapa vectorial ( hojas 1063, 1064, 1070, 1071, 1074, 1075, 1077, 1078) del ICA
- Mapa digital de Andalucía 1:100.000 del ICA.
- Mapas de usos del suelo (Land Cover) de 1991 a 1:100.000 de la CMA.
- Mapa de usos del suelo (Land Cover) de 1999 a 1:50.000 de la CMA.
- Mapa de usos del suelo (Land Cover) de 2003 a 1: 50.000 de la CMA
- Mapas de vías pecuarias y mapas de pendientes a 1:50.000 de la CMA.
- Ortofoto blanco y negro, 0,5 / píxel, 2003- 2004.
Igualmente se facilitará al adjudicatario los materiales disponibles de otros centros directivos de la Junta de Andalucía que se detecten y que no tengan distribución comercial, y las credenciales y contactos necesarios para la consulta de la documentación de interés disponible en otros organismos públicos.
7. PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.
Todos los documentos que cumplimenten las distintas fases deberán adecuarse a las siguientes normas de presentación:
7.1 Documentación escrita.
. Formato. DIN A3 o A4 sin emblemas ni anagramas del adjudicatario.
. Márgenes. Serán al menos de 20 mm. en el lateral izquierdo y de 15 mm. para el resto.
. Justificación. Los documentos podrán formalizarse en varias columnas, siendo ello obligado cuando la longitud de las líneas supere los 150 mm. En todo caso, la escritura se justificará a izquierda y derecha de la columna o columnas.
. Tipografía. Se utilizará una única tipografía para la totalidad de los documentos que deberá ser fácilmente legible, recomendándose el uso de la fuente “Arial” o similar. El tamaño de la letra se corresponderá con el formato de que se trate, no pudiendo utilizarse tamaños menores de 9 puntos para el A4 y de 11 puntos para el A3.
. Diferenciación de los apartados. Los distintos apartados y subapartados quedarán claramente diferenciados. No podrán utilizarse más de tres dígitos en la clasificación de los subapartados y comenzarán página exclusivamente los apartados.
7.2 Tablas y gráficos.
Las tablas, gráficos, diagramas,...etc. que contenga el trabajo, podrán ir acompañados de texto o en formatos independientes, que se compaginarán debidamente para permitir una fácil lectura y comprensión. Se recomienda el uso conjunto de textos y gráficos. Las tablas y gráficos no podrán sobrepasar los límites máximos de escritura establecidos para los textos en el apartado anterior.
Las tablas serán preferiblemente en un sólo color y permitirán su reproducción sin pérdida de legibilidad respecto al original. Los gráficos podrán ser en blanco y negro o preferiblemente en color, permitiendo su reproducción sin pérdida de legibilidad. Los gráficos se realizarán sobre bases facilitadas o aprobadas previamente por el director de los trabajos. Igualmente, el tipo de grafismo y el color, en su caso, deberán ser previamente aprobados por el director de los trabajos.
La explicación de los conceptos representados en los gráficos o diagramas, deberá estar integrada informáticamente y permitirá fácilmente su comprensión.
7.3 Esquemas y planos.
La documentación gráfica contenida en el trabajo se realizará sobre bases aprobadas previamente por el director de los trabajos. El contenido de la documentación gráfica será en blanco y negro o, preferiblemente, en color, permitiendo en todo caso su reproducción sin pérdida de legibilidad.
Las carátulas a utilizar en los planos o mapas serán facilitadas o aprobadas por el director de los trabajos.
7.4 Apoyos y soportes informáticos.
De toda la documentación final se facilitará al organismo contratante una copia en soporte informático, bajo las siguientes condiciones:
. Documentación escrita. Para su elaboración podrá utilizarse cualquier programa de tratamiento de textos, que permita su exportación en los formatos estándar (ASCII, ANSI, WPD, ...etc).
. Bases de datos. Para su utilización podrá utilizarse cualquier programa específico, que permita su exportación en los formatos estándar (MDB, DBF, ...etc.)
. Tablas y gráficos. Para su elaboración podrá utilizarse cualquier programa de apoyo gráfico, que permita su exportación en los formatos estándar (DXF, DWG, CDR, WMF, TBL, PCX, MXD ...etc.).
. Documentación gráfica. Para su elaboración podrá utilizarse cualquier programa de dibujo asistido o de información geográfica, que permita su exportación en los formatos estándar (DXF, DWG, MXD, etc...).
. Edición. Podrán utilizarse programas de autoedición para la integración bajo un sólo formato de los textos y los gráficos.
Las aplicaciones informáticas a utilizar para la presentación y edición de los trabajos se acordarán previamente con el director facultativo para asegurar que toda la información aportada por el consultor se pueda corregir y manipular sin dificultad con los medios disponibles por la dirección facultativa, y en cualquier caso se entregará copia de todos los documentos en formato pdf. para facilitar su distribución y publicación digital.
7.5 Número de ejemplares.
De cada uno de los documentos a elaborar se entregarán los siguientes ejemplares:
- La Información Básica. De cada monografía que se elabore, se entregarán dos ejemplares encuadernados y un original en papel, que permita su reproducción, y otro en soporte informático que incluya la base gráfica de cada documento, maquetado y preparado para su reproducción. La cartografía temática se entregará, así mismo, en soporte magnético u óptico, tipo ZIP o en CD-ROM, que permita su exportación en ficheros estándar.
- El documento de Diagnostico Territorial propositivo. Una vez aceptado por la Dirección Facultativa, se entregarán un ejemplar original maquetado, que permita su reproducción a doble cara en color, 4 ejemplares encuadernados para su distribución por los diferentes órganos de la Consejería y un ejemplar en soporte informático preparado para su reproducción.
- La documentación del Plan de Ordenación del Territorio. El órgano contratante facilitará a la empresa adjudicataria las portadas de los documentos a elaborar. Dicha empresa deberá formalizar los documentos a presentar a la Comisión de Redacción en las diferentes fases anteriormente enumeradas; para ello deberá entregar a la dirección facultativa 4 ejemplares de cada uno de los documentos a presentar a la Comisión, más un original preparado para su reproducción, incluido el último Documento de Diagnóstico Territorial de la fase anterior que se presentará a la Comisión como Memoria Informativa del Plan. Una vez aprobados los documentos por la Comisión, con las correcciones que por ésta se indiquen, la empresa adjudicataria entregará un documento original en papel y otro en soporte informático, que permita su exportación en los formatos estándar, preparado para su reproducción o, en su caso, publicación por la Consejería. Deben acordarse previamente los requisitos necesarios para facilitar la reproducción y para la integración bajo un solo formato de los textos y gráficos.
- De los trabajos previos o de carácter parcial que se elaboren durante el proceso de trabajo, la empresa adjudicataria deberá aportar los ejemplares que se le requieran hasta un total de 50.000 fotocopias en blanco y negro y formato DIN A-4. Los formatos A-3 se contabilizarán como dos DIN-A- 4 y la reproducción en color como diez fotocopias en blanco y negro.
8. DIRECCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS TRABAJOS
La dirección facultativa del trabajo recaerá sobre un funcionario nombrado por la Consejería de Obras Públicas y Transportes y comunicado al adjudicatario a la firma del contrato. Sus funciones serán, genéricamente, las de dirigir y coordinar los trabajos técnicos, aprobar los resultados parciales de cada entrega, certificar los pagos correspondientes a cada fase y las que le asigne el órgano contratante.
El equipo adjudicatario estará obligado a asistir a las reuniones a que le convoque la dirección facultativa a celebrar en la zona, en la Delegación xx Xxxxx o en la Secretaría General de Ordenación del Territorio en Sevilla. Estas reuniones tendrán por objeto revisar la marcha de los trabajos así como exponer o debatir sus contenidos con cualquiera de los miembros de la Comisión de Redacción o con las entidades que se estimen oportunas.
9. PRESUPUESTO, PLAZO Y FORMA DE PAGO
El trabajo tendrá un presupuesto total que no superará los TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL EUROS (375.000), IVA incluido.
El plazo de ejecución del trabajo se divide en las dos fases establecidas en la Metodología:
La 1ª fase tendrá una duración máxima de DOS (2) MESES, contabilizados a partir de la firma del contrato.
La 2ª fase tendrá una duración máxima de CUATRO (4) MESES, contabilizados desde la aceptación por parte de la dirección facultativa de la primera fase
El pago en ambas fases se hará mediante certificaciones acreditativas de la dirección facultativa, de manera que no se superen los siguientes porcentajes:
1ª Fase
- A la entrega de los informes - diagnóstico: 10 % del total
- A la entrega del documento de diagnóstico propositivo: 20% del total 2ª Fase
- A la entrega del documento completo del Plan de Ordenación: 30% del total
- Al concluir el informe de alegaciones: 20% del total
- A la entrega del Plan para su aprobación definitiva: 20% del total
Concluido el plazo de tres años desde la formulación del Plan, si por causas ajenas al adjudicatario la tramitación del mismo no hubiera concluido, la empresa hará entrega de la documentación establecida en el apartado 5, no siendo de su responsabilidad los trabajos que la tramitación del Plan requiera.
10. REQUISITOS PARA LA CONTRATACIÓN.
La empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales y humanos necesarios para el manejo de la cartografía digitalizada que se exige en el contenido del presente contrato.
Dado el carácter integral del trabajo a contratar, se considera requisito para la adjudicación, la presentación de un equipo pluridisciplinar, formado al menos por tres técnicos superiores, con experiencia en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y planificación de infraestructuras, en el que exclusivamente uno de ellos, figure como director- coordinador del equipo. Para la realización de dictámenes o informes específicos que requieran una especialización concreta y para la elaboración de la normativa y valoración económica de las propuestas, se especificarán en la oferta los currículum de los técnicos asesores con cuya colaboración se vaya a contar, sin que ello signifique que formen parte del equipo redactor.
Los cambios que durante el desarrollo del trabajo pudiera haber entre los miembros del equipo y de los técnicos asesores presentados en la oferta, deberán contar con la autorización expresa de la dirección facultativa. En caso contrario, y en los casos en los que se detecten incumplimientos respecto al equipo ofertado, se considerarán causa para la resolución del contrato, sin más derechos para el contratista que el abono de los trabajos realizados, ajustados al pliego y recibidos por la dirección facultativa.
La empresa adjudicataria y los técnicos que formen parte del equipo redactor, deberán abstenerse de participar en la redacción de planeamiento urbanístico en el ámbito del Plan durante la vigencia del contrato. En cualquier caso la empresa adjudicataria deberá comunicar al órgano contratante cualquier relación contractual que pudiera establecer con cualquiera de los Ayuntamientos incluidos en el ámbito.