DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA XX XXXXXX
N.º 4 - VIERNES 13 DE ENERO DE 2017 Pág. 1
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
ZAMORA
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
Anuncio
Resolución del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx por la que se anuncia: Formalización del contrato de las obras del “Proyecto de construcción para la repa- ración y adecuación xxx xxxxxx bici en la ciudad xx Xxxxxx”.
1.- Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.
c) Número de expediente: OBR0716.
d) Dirección de internet del perfil del contratante: xxx.xxxx-xxxxxx.xxx.
2.- Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Obras.
b) Descripción: “Reparación y adecuación xxx xxxxxx bici en la ciudad xx Xxxxxx”.
c) C.P.V.: 45233140-2, obras viales.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
4.- Valor estimado del contrato: 148.760,33 euros.
5.- Presupuesto de licitación.
- Importe neto: 148.760,33 euros.
- IVA: 31.239,67 euros.
- Importe total: 180.000,00 euros.
6.- Formalización del contrato.
a) Fecha de adjudicación: 15-12-2016.
b) Fecha de formalización: 23-12-2016.
c) Contratista: XXXXXX, S.L., con C.I.F. n.º B-80553373.
d) Importe de adjudicación:
- Importe neto: 105.842,74 euros.
- IVA: 22.226,98 euros.
- Importe total: 128.069,72 euros.
Zamora, 3 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
ZAMORA
SERVICIO DE CONTRATACIÓN
Anuncio
Resolución del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx por la que se anuncia: Formalización del contrato de las obras del “Servicio para el arreglo de averías y mantenimiento del parque de vehículos y maquinaria del Servicio de Parques y Jardines, año 2016”.
1.- Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Contratación.
c) Número de expediente: SERV1016.
d) Dirección de internet del perfil del contratante: xxx.xxxx-xxxxxx.xxx.
2.- Objeto del contrato.
a) Tipo de contrato: Servicios.
b) Descripción: “Arreglo de averías y mantenimiento del parque de vehículos y maquinaria del Servicio de Parques y Jardines.
c) C.P.V.: 50110000-3, servicios de reparación y mantenimiento de automóviles.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
4.- Valor estimado del contrato: 33.057,86 euros.
5.- Presupuesto de licitación.
- Importe neto: 16.528,93 euros.
- IVA: 3.471,07 euros.
- Importe total: 20.000,00 euros.
6.- Formalización del contrato.
a) Fecha de adjudicación: 19-12-2016.
b) Fecha de formalización: 22-12-2016.
c) Contratista: Xxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, con D.N.I. n.º 11947221-D.
d) Importe de adjudicación: 25 % de descuento sobre los precios unitarios esta- blecidos en el Anexo 1 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas particulares, IVA incluido.
Zamora, 3 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
TORO
Anuncio de licitación
CONTRATO DE OBRAS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA,
CON VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
De conformidad con lo acordado por el acuerdo de Pleno extraordinario de fecha 9 de enero de 2017, por medio del presente anuncio se efectúa convocato- ria del procedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria, para la adjudicación del contrato de obras para la “Restauración xxx Xxxxxx Mayor xx Xxxx, fase 1 y 2”.
1. Entidad adjudicadora.
a) Organismo: Ayuntamiento xx Xxxx.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Obtención de documentación e información:
1.- Dependencia: Secretaría General del Ayuntamiento. 2.- Domicilio: Xxxxx Xxxxx x.x 0.
3.- Localidad y código postal: Toro, 49800. 4.- Teléfono: 000 000 000.
5.- Fax: 000 000 000.
6.- Correo electrónico: xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx
7.- Dirección perfil del contratante: xxx.xxxxxxxx.xx.
2. Objeto del contrato:
a) Tipo: Obras.
b) Descripción. “Restauración xxx xxxxxx mayor xx Xxxx, fase 1 y 2”.
c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No.
d) Lugar de ejecución: Toro.
e) Plazo de ejecución: 20 meses.
f) Admisión de prórroga: Si.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura): CVP 45454100-5.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
d) Criterios de adjudicación: Los previstos en la cláusula 9.ª xxx xxxxxx de cláu- sulas administrativas particulares.
4. Valor estimado del contrato:
- 990.623,02 euros.
5. Presupuesto base de licitación:
a) Importe neto 818.696,71 euros. Importe total 990.623,02 euros.
6. Garantías exigidas:
- Provisional (importe): No se exige.
- Definitiva: 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el IVA.
7. Requisitos específicos del contratista:
a) Clasificación: Grupo K, subgrupo 7, categoría 4.
b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Se acredita con la clasificación correspondiente.
8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas del día en que conclu- yan los veintiséis (26) días naturales a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil del Contratante (último de los anuncios), prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día del plazo sea inhábil.
b) Modalidad de presentación: Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres en la forma prevista en el pliego de cláusulas administrativas.
c) Lugar de presentación: Ayuntamiento xx Xxxx.
1. Dependencia: Registro General.
2. Domicilio: Xxxxx Xxxxx, x.x 0.
3. Localidad y código postal: Toro 49800.
9. Apertura de ofertas:
a) Dirección: Xxxxx Xxxxx, x.x 0.
b) Localidad y código postal: Toro 49800.
c) Fecha y hora: Según la cláusula 12.ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
10. Gastos de publicidad: Hasta el límite máximo de 3.000 euros.
Toro, 10 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
VILLÁRDIGA
Anuncio
El Pleno del Ayuntamiento de Villárdiga, en sesión ordinaria de fecha 27/12/2016, ha aprobado inicialmente el proyecto técnico de pavimentación xx xxxxx Real y calle de La Iglesia, en Villárdiga, con un presupuesto de 21.607,00 euros, incluido en Plan Municipal de Obras de la anualidad del 2017, se expone al público en la Secretaría del Ayuntamiento por un plazo de quince días hábiles, con- tados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo sin reclamaciones, se entenderá aprobado definitiva- mente sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.
Villárdiga, 5 de enero del 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
MAYALDE
Anuncio
Advertido error en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia número 147, de 23 de diciembre de 2016, con referencia R-201603451, sobre ena- jenación mediante permuta de las parcelas 500 propiedad del Ayuntamiento y 5260 del polígono 501 de Mayalde.
Donde dice "...Finca propiedad de D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxx y D.ª Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx..."
Debe decir "...Finca propiedad de D. Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx y D.ª Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx..."
Lo que se hace público, para que durante veinte días, contados a partir del siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas. A tales efectos el expediente se encuentra a disposición, para su examen y consulta en la Secretaría del Ayuntamiento en horas de oficina.
Mayalde, 9 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
SAN XXXXXX DE VALDERADUEY
Anuncio
El Pleno del Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valderaduey, en sesión ordinaria de fecha 27/12/2016, ha aprobado inicialmente el proyecto técnico de pavimenta- ción xx xxxxx Eras, en San Xxxxxx de Valderaduey, con un presupuesto de 20.694,89 euros , incluido en Plan Municipal de Obras de la anualidad del 2017, se expone al público en la Secretaría del Ayuntamiento por un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinarlo y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Transcurrido dicho plazo sin reclamaciones, se entenderá aprobado definitiva- mente sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.
San Xxxxxx de Valderaduey, 5 de enero del 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
SAN XXXXXX
Edicto
El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 30 de diciembre de 2016, ha aprobado, inicialmente, el Presupuesto General para el ejercicio de 2017.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expues- to al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina y por plazo de 15 días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artícu- lo 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportu- nas y por los motivos que se indican en el punto 2.º del citado último artículo, ante el Pleno de esta Corporación.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 del predicho R.D.L., el presupuesto se considerará, definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
San Xxxxxx, 31 de diciembre de 2016.-El Alcalde.
III. Administración Local AYUNTAMIENTO FERMOSELLE
Anuncio
Siendo definitivo el acuerdo corporativo del 30/11/2016, sobre aprobación del Presupuesto General del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx para el ejercicio 2017, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, en cumpli- miento de lo establecido en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general definitivo de este Ayuntamiento para el ejercicio 2017, resumido por capítulos, y la plantilla de per- sonal:
RESUMEN POR CAPÍTULOS | ||
Ingresos | ||
Capítulo | Euros | |
A) Operaciones no financieras Operaciones corrientes | ||
1 | Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 242.640,00 |
2 | Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 2.000,00 |
3 | Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 209.260,00 |
4 | Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 255.500,00 |
5 | Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 6.000,00 |
Total ingresos................................................................. | 715.400,00 | |
Gastos | ||
Capítulo | Euros | |
A) Operaciones no financieras Operaciones corrientes | ||
1 | Gastos en personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 291.110,00 |
2 | Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . | 279.490,00 |
3 | Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 7.000,00 |
4 | Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 110.800,00 |
5 | Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 8.000,00 |
Operaciones de capital | ||
7 | Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 19.000,00 |
Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 715.400,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO
Personal funcionario:
- Denominación del Puesto: 3 Secretario-Interventor.
- Denominación del Puesto: I Auxiliar administrativo.
- Denominación del Puesto: 1 Vigilante municipal.
Personal laboral fijo:
- Denominación del puesto: 1 oficial de primera.
- Denominación del puesto: 1 operario de servicios múltiples
- Denominación del puesto: 3 plazas de personal de limpieza.
- Denominación del puesto: 1 monitor de biblioteca.
- Denominación del puesto: 2 monitores de guardería.
Personal eventual:
- Denominación del puesto: 1 Concejalía de Urbanismo, Deporte y Nuevas Tecnologías.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de que puedan interponerse otros recursos
Fermoselle, 4 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
VILLARALBO
Anuncio de aprobación inicial del presupuesto del año 2017
Aprobado inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 30 de diciembre de 2016 el Presupuesto General, Bases de Ejecución y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2017, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se expo- ne al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini- tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
Villaralbo, 9 de enero de 2017.-La Alcaldesa.
III. Administración Local AYUNTAMIENTO XXXXXX DEL PAN
Anuncio de aprobación definitiva
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de fecha 30 de noviembre de 2016, aprobatorio de ordenanza municipal reguladora de la tenencia de perros en el municipio xx Xxxxxx del Pan, cuyo texto íntegro se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art.
70.2 de la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE PERROS EN EL MUNICIPIO XX XXXXXX DEL PAN
CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.º.- La presente ordenanza tiene por objeto regular todos los aspectos relativos a la tenencia de perros, dentro del ámbito del municipio xx Xxxxxx del Pan, armonizando dicha tenencia con sus posibles efectos sobre la sanidad ani- mal, así como la tranquilidad, seguridad y salubridad vecinales.
Artículo 2.º.
2.1.- Se fijarán las atenciones mínimas que deben de recibir los perros en cuan- to a higiene, transporte, cuidado y demás.
2.2.- Se regulará el registro municipal.
2.3.- Se determinarán las condiciones y demás requisitos necesarios para la tenencia de animales peligrosos.
2.4.- Se relacionarán las obligaciones de los propietarios en relación con el comportamiento y condiciones de estos animales por lugares públicos, establecimientos y recintos deportivos.
2.5.- Se recogerá el procedimiento de actuación respecto a perros abandonados. 2.6.- Se especificará el régimen sancionador por incumpliendo de las obligacio-
nes derivadas de la tenencia de este tipo de animales.
CAPÍTULO II.- DEFINICIONES
Artículo 3º.- A los efectos de la presente ordenanza, el perro, como animal de compañía, se corresponderá con aquel animal mantenido por una persona, princi- palmente en su hogar, que se posea con finalidad lúdica o educativa, ya sea doméstica x xxxxxxxxx, sin que exista ninguna actividad onerosa o lucrativa.
En contraposición, cuando se trate de explotaciones, residencias caninas, la relación con su titular será lucrativa. En estos casos, dichas explotaciones se regu- larán por la normativa sectorial correspondiente (Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental xx Xxxxxxxx y León).
Se considerarán como “explotaciones domésticas” las que de acuerdo a la nor-
mativa de prevención ambiental estén únicamente sometidas al trámite de comu- nicación. Cuando el perro, aunque anteriormente haya tenido la consideración de animal de compañía o hubiese formado parte de una explotación, se encuentre desatendido, abandonado y sin dueño o titular conocido, se considerará éste como perro abandonado. En este caso, si no es posible determinar ni localizar a su titu- lar, será recogido por los servicios de la Diputación Provincial.
CAPÍTULO III.- CONDICIONES
Artículo 4.º- La tenencia de perros de compañía en viviendas urbanas estará condicionada a la existencia de condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas en su alojamiento, así como a la ausencia de riesgos y molestias para los vecinos.
Si el perro causa daños materiales o molestias inusuales, teniendo en cuenta la naturaleza del animal, y previa denuncia, se incoará el oportuno expediente san- cionador. En las instalaciones domésticas los perros, en horario nocturno, deberán estar siempre en lugares cerrados.
Artículo 5.º- Queda prohibida el abandono de los animales tanto vivos, como muertos.
Debiéndose llevar para su recogida o depósito, a lugares autorizados.
No se podrán tener perros en recintos sin ningún tipo de elemento que los pro- teja de las inclemencias climatológicas.
No se les podrá infringir mal trato, ni actos de crueldad (golpearlos con objetos duros, organizar peleas). Deberán ser decomisados, sin perjuicio de la aplicación del régimen sancionador a los propietarios/as.
A los perros se les deberá de proporcionar una alimentación adecuada.
Todos los perros deberán estar vacunados de la rabia y otras posibles enferme- dades con la periodicidad que se establezca por la Junta xx Xxxxxxxx y León.
CAPÍTULO IV.- REGISTRO CANINO
Artículo 6.º- Dando cumplimiento a lo exigido en el artículo 9 de la Ley 5/1997, de 24 xx xxxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, de Protección de Animales de Compañía, se establece un registro canino en el Ayuntamiento, que contendrá un apartado específico para la inscripción relativa a las autorizaciones y demás trámi- tes relacionados con los perros potencialmente peligrosos según la normativa sec- torial. Todo ello al considerar la obligatoriedad de la identificación como herramien- ta fundamental en el control de los animales de la especie canina.
Artículo 7.º- El registro, tendrá carácter municipal, sin perjuicio de su posible intercomunicación con la Junta xx Xxxxxxxx y León al amparo de la Orden AYG/601/2005, de 5 xx xxxx, por la que se regula el funcionamiento y gestión de la base de datos del censo canino y de registro de animales potencialmente peli- xxxx xx Xxxxxxxx y León.
A los propietarios de todos los perros inscritos se les facilitará una copia del pre- sente reglamento cuando estos así lo soliciten.
Artículo 8.º- Cuando los perros alcancen los tres meses de edad, o cuando éstos sean adquiridos por personas residentes en este municipio, deberán de comunicarlo al Ayuntamiento para su constancia en el registro.
El propietario/a de un perro inscrito en el registro tendrá la obligación de comu- nicar, por escrito, su muerte o traslado a otro municipio, en el plazo de un mes desde que se produzca dicha situación. También podrá solicitar la anotación en el registro de otras circunstancias como la pérdida temporal si ésta excede de quince días. Este último extremo deberá también comunicarse, de forma obligatoria y en un plazo máximo de veinticuatro horas, si se trata de perros potencialmente peligrosos. El propietario/a xxx xxxxx inscrito, podrá solicitar un certificado o informe relati-
vo a la inscripción xxx xxxxx o cualquier otra circunstancia que, respecto a dicho animal, figure en el registro.
Sin perjuicio de las campañas que puedan organizarse para mantener actuali- zado el censo canino, el registro tendrá carácter indefinido.
Artículo 9.º- En el registro figurará una sección específica para perros potencial- mente peligrosos.
En dicha sección, al menos deberán de figurar los siguientes datos:
- Datos xxx xxxxx (raza, fecha de nacimiento, número de identificación, edad).
- Procedencia xxx xxxxx.
- Datos del propietario/a.
- Datos del domicilio donde estará habitualmente el animal.
- Fecha de la resolución por la que se efectúa la autorización y demás datos complementarios.
- Otras circunstancias que configurarán el historial xxx xxxxx (revisiones veteri- narias, denuncias por agresiones etc.).
CAPÍTULO V.- ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Artículo 10.º- Tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos, las razas establecidas por la normativa sectorial (RD 287/2002, de 22 xx xxxxx y demás normativa de aplicación).
Inicialmente se encontrarán incluidos los siguientes: Pit Bull Terrier, Staffordshire, Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. (Así como sus cruces).
Dicha lista no tendrá carácter cerrado, encontrándose afectados por las deter- minaciones contenidas en el presente capítulo, aquellas otras razas que por la nor- mativa sectorial también se puedan considerar potencialmente peligrosas, y los perros que manifiesten un carácter manifiestamente agresivo o hayan protagoniza- do agresiones a personas o a otros animales.
En éste último caso, la inclusión en el registro se efectuará con la oportuna resolución municipal, previa la tramitación del correspondiente expediente.
Artículo 11.º- Para ser titular de un perro considerado potencialmente peligroso deberá de obtenerse, previamente la correspondiente licencia administrativa.
Su concesión, por resolución de la Alcaldía, se efectuará de forma motivada y previa la tramitación del oportuno expediente administrativo en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la normativa sectorial.
La licencia, en su caso otorgado, tendrá un periodo de validez de cinco años, pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración.
CAPÍTULO VI.- REPERCUSIONES EN MATERIA DE SEGURIDAD VECINAL E HIGIÉNICO-SANITARIAS.
Artículo 12.º- Dentro de los cascos urbanos no se podrá proceder a la instala- ción de residencias y otras instalaciones caninas, salvo las consideradas como explotaciones domésticas y siempre que están cumplan las condiciones estableci- das en el artículo cuarto del presente reglamento.
Artículo 13.º- Se considerarán responsables de los perros, los que figuren como propietarios, y subsidiariamente los titulares de las viviendas, establecimientos y locales donde radiquen aquellos. Dichos responsables tendrán la obligación de tomar cuantas medidas preventivas sean ordenadas y se consideren necesarias para dar cumplimiento a las determinaciones establecidas en este Reglamento y el resto de la normativa sectorial.
Artículo 14.º- Los propietarios de perros deberán de cumplir las obligaciones derivadas de la inscripción en el registro, vacunación y demás obligaciones.
Cuando los perros transiten por lugares de uso público abiertos (calles, plazas, jardines etc.)en general en el casco urbano del municipio, o se introduzcan en luga- res cerrados en los que no esté expresamente prohibida la entrada de estos ani- males (bares o restaurantes), deberán hacerlo en todo momento acompañados de los dueños o una persona responsable, e irán provistos de correa o cadena de una longitud no superior a cinco metros con collar, no pudiendo estar sueltos en ningún caso.
En el supuesto de perros peligrosos, además, deberán llevar el bozal o medida similar, cuando la peligrosidad del animal o las circunstancias sanitarias así lo aconsejen.
Artículo 15.º- Queda expresamente prohibida la entrada de perros en recintos y locales de espectáculos públicos, deportivos (incluidas las piscinas), culturales y en todos los jardines y parques municipales.
También queda expresamente prohibida la entrada y permanencia de perros en toda clase de locales destinados a la fabricación, venta, almacenamiento o mani- pulación de alimentos.
En los bares, restaurantes y demás establecimientos de hostelería, la anterior prohibición afectará a las zonas de manipulación de alimentos, quedando el resto de las zonas de uso público a criterios del titular de dicho establecimiento. No obs- tante en el caso de permitirse la entrada de perros en estas zonas, éstos deberán estar convenientemente identificados y siempre sujetos con xxxxxx de una longitud máxima de dos metros o cadena. Estará totalmente prohibida la entrada de perros sueltos en cualquiera de las zonas públicas de este tipo de establecimientos.
Las prohibiciones anteriores no serán de aplicación para los perros guía cuan- do éstos accedan con sus dueños a los lugares habilitados de uso público.
Queda terminantemente prohibida el que los perros anden sueltos a cualquier hora del día, sin control ni vigilancia de sus dueños en todo el casco xxxxxx xx Xxxxxx, el dueño de este o estos que lo hiciere será sancionado.
En las instalaciones domésticas los perros, en horario nocturno, deberán estar siempre en lugares cerrados.
Artículo 16.º- Los perros guardianes xx xxxxxxx, viviendas, obras y naves gana- xxxxx, deberán estar bajo vigilancia de sus dueños o personas responsables en todo caso en recintos donde no puedan causar molestias o daños a personas o cosas, debiendo advertirse en lugar visible la existencia xxx xxxxx guardián. No existiendo recinto que los recoja, estos deberán estar convenientemente atados.
Cuando los perros deban de mantenerse atados a un punto fijo, la longitud de la atadura no podrá ser inferior a la medida resultante de multiplicar por tres la lon- gitud del animal tomada desde el hocico al nacimiento de la cola, y en ningún caso menor a 2 metros.
En el caso de la inclusión de estos animales en el transporte público municipal (taxis), se estará a lo dispuesto en el reglamento regulador de dicho servicio.
Artículo 17.º- Queda prohibido alimentar a los perros en los espacios públicos, así como en los establecimientos en los que no esté prohibida su entrada, también queda prohibida la limpieza y lavado de estos en los espacios públicos.
Queda prohibida el que los perros hagan sus deposiciones sobre las aceras, parterres, zonas verdes y restantes elementos de la vía pública destinados al paso o estancia de los ciudadanos, los que lo hiciesen serán sancionados.
Artículo 18.º- Cuando transiten por los espacios públicos, no podrán circular sueltos, las personas responsables adoptarán las medidas necesarias para evitar que dichos animales ensucien dichos espacios. Para ello la persona que conduz- ca el animal deberá ir provista de una bolsa impermeable para la recogida de los excrementos en el momento y su depósito en los contenedores.
Artículo 19.º- En Caso de denuncia de los vecinos en aspectos relacionados con la tenencia de perros, el propietario deberá facilitar la visita a los responsables municipales, y en base al informe de este servicio la Alcaldía-Presidencia decidirá lo que proceda en su caso.
Cuando se decida que no es tolerable la estancia de animales en una vivienda o local, bien por molestias al vecindario o bien por deficiencias en su alojamiento, los dueños de estos deberán proceder a su desalojo, y si no lo hicieses voluntaria- mente después de ser requeridos para ello, lo hará el servicio encargado de su recogida y o protectora de animales, abonando el propietario los gastos que oca- xxxxx.
El dueño y o poseedor xxx xxxxx será responsable de los daños, perjuicios y molestias que causara, de acuerdo con los establecido en el Código Civil art. 1905, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria del propietario, eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento xx Xxxxxx.
Se recomienda a los dueños de perros contraten un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños causados por estos, en todo caso será obligato- rio siempre para perros declarados como raza peligrosa.
Asimismo estará obligado a suministrar cuantos datos o información sea reque- rida por las autoridades o sus agentes.
CAPÍTULO VII.- PERROS ABANDONADOS
Artículo 20.º- No se podrán abandonar a los perros bajo ninguna circunstancia. En su caso deberán de entregarlos en lugares autorizados y que cumplan las medi- das sanitarias y de seguridad necesarias.
Artículo 21.º- En el caso de perros encontrados con signos inequívocos de abandono, y de los que no se conozcan sus dueños, se procederá a su recogida según el convenio suscrito entre este Ayuntamiento y la Diputación Provincial xx Xxxxxx.
En el supuesto que pueda identificarse a su titular, se le requerirá para su inme- diata recogida.
CAPÍTULO VIII.- RÉGIMEN SANCIONADOR.
Artículo 22.º- El régimen de sanciones, por incumplimiento de las obligaciones recogidas en el presente reglamento, será el establecido en la normativa sectorial, especialmente la reguladora de animales de compañía, la de sanidad animal, así como, en su caso, la referida a las actividades ambientales.
Disposición adicional:
- Primera: En el caso de dudas que puedan surgir en la aplicación del regla- mento o sobre aspectos puntuales, corresponderá al Pleno su resolución, pre- vios los informes técnicos y jurídicos que se consideren pertinentes.
- Segunda: En lo no regulado por este reglamento, se regirá por la normativa estatal y autonómica vigente.
Disposición final:
- Primera: La presente ordenanza entrará en vigor tras su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, una vez finalizado el plazo de quince días señalado en la Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
- Segunda: A su entrada en vigor quedarán derogadas cuantas disposiciones municipales sean incompatibles o se opongan a su articulado.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia xx Xxxxxxxx y León con sede en Valladolid, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Xxxxxx del Pan, 10 de enero de 2017.-La Alcaldesa.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
XXXXXXX DEL VINO
Anuncio de información pública de la licitación
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada con fecha 30 de septiembre de 2016, aprobó el expediente de la enajenación del bien inmueble situado en el Camino de Cazurra por subasta pública, con arreglo a las siguientes Cláusulas Administrativas Particulares.
1.- Órgano de contratación: Alcaldía.
- Organismo: Ayuntamiento xx Xxxxxxx del Vino.
- Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
2.- Objeto del contrato: Enajenación de cinco parcelas, de propiedad municipal cuyas características, linderos, aprovechamientos y servidumbres se detallan en el informe del técnico municipal.
3.- Forma de adjudicación: Trámite ordinario, por procedimiento abierto, mediante la forma de subasta pública.
4.- Obtención de documentación e información.
a) Entidad: Ayuntamiento xx Xxxxxxx del Vino.
b) Domicilio: X/ Xxxxxxxx, 00 - Xxxxxxx xxx Xxxx. Código Postal: 49190. d) Teléfono: 000000000, Fax: 000000000.
e) Página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx.
5.- Fecha límite de presentación de proposiciones: En el plazo de quince días a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación.
6.- Garantía provisional: La garantía provisional será del 2% del precio base de licitación, y se constituirá en cualquiera de las formas previstas en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
7.- Modelo de proposición:
D/D.ª......................................................................................................, con
domicilio en ........................................................, municipio ,
C.P......................, y DNI n.°......................., expedido en ................................, con
fecha ............................., [en nombre propio]/[o en representación de ,
como acredito por , enterado de la convocatoria de subasta
por procedimiento abierto para la enajenación de bienes inmuebles, anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia, n.° .............., de fecha tomo
parte en la misma comprometiéndome a abonar por la parcela número
............................., objeto de la enajenación la cantidad de , (letra
y número), con arreglo al Pliego de Cláusulas Administrativas que acepto incondi-
cionada e Integramente, sin salvedad alguna, haciendo constar que no estoy incur- so en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publicó.
Xxxxxxx xxx Xxxx, 16 de diciembre de 2016.-EI AIcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
XXXXXXXX DE LOS ESCUDEROS
Anuncio
El Pleno de esta Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de diciembre de 2016, ha aprobado inicialmente, el presupuesto general para el ejer- cicio de 2017.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el expediente completo, queda expues- to al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, durante las horas de oficina y por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalan en el artículo 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas y por los motivos que se indican en el punto 2º del citado último artícu- lo, ante el Pleno de esta Corporación.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 del predicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
Xxxxxxxx de los Escuderos, 3 de enero de 2017.-La Alcaldesa.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
ANDAVÍAS
Anuncio
Aprobado inicialmente, en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento de fecha 21 de diciembre de 2016, el presupuesto general, bases de ejecución y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2017, con arreglo a lo previsto en el articulo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 xx xxxxx, se expo- ne al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegacio- nes.
De conformidad con el acuerdo adoptado el presupuesto se considerará defini- tivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.
Andavías, 22 de diciembre de 2016.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
SAN JUSTO
Aprobación definitiva del Presupuesto General correspondiente al ejercicio 2017
En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio 2017, conforme al siguiente:
RESUMEN POR CAPÍTULOS | ||
Capítulo | Ingresos | Euros |
A) Operaciones no financieras | ||
A.1) Operaciones corrientes | ||
1 | Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 72.000,00 |
2 | Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 17.000,00 |
3 | Tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 49.000,00 |
4 | Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 103.000,00 |
5 | Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 30.000,00 |
A.2) Operaciones de capital | ||
6 | Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . | 0,00 |
7 | Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 13.000,00 |
B) Operaciones financieras | ||
8 | Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 0,00 |
9 | Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.000,00 |
Total ingresos................................................................. | 285.000,00 | |
Capítulo | Gastos | Euros |
A) Operaciones no financieras | ||
A.1) Operaciones corrientes | ||
1 | Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 56.000,00 |
2 | Gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . . | 112.425,00 |
3 | Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.000,00 |
4 | Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 25.575,00 |
A.2) Operaciones de capital | ||
6 | Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 80.000,00 |
7 | Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 9.000,00 |
Capítulo Euros
B) Operaciones financieras
8 Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,00
9 Pasivos financieros 1.000,00
Total gastos 285.000,00
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, asimismo se publica la plantilla de personal de este Ayuntamiento:
Personal funcionario:
1.- Denominación de la plaza: Secretario - Interventor (habilitación de carácter estatal).
- Grupo A1.
- Situación actual: Cubierta.
- Agrupado con los Ayuntamientos xx Xxxxxxx-Xxxxxxxxx y Trefacio.
Personal laboral:
1. Denominación de la plaza: Administrativo.
- Número de puestos: 1.
- A tiempo parcial.
- Situación actual: Cubierta.
2. Denominación de la plaza: Limpiadora a tiempo parcial.
- Número de plazas: Una.
- Situación actual: Cubierta.
Contra la aprobación definitiva de este presupuesto, podrá interponerse recur- so contencioso-administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso.
San Justo, 28 de diciembre de 2016.-La Alcaldesa.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
LA HINIESTA
Anuncio
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 9 de enero de 2017, ha aprobado inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio de 2017.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de las Haciendas Locales, el expediente completo queda expuesto al público en la Secretaría de esta Entidad, durante las horas de oficina, por plazo de quince días hábiles, a fin de que los interesados que se señalen en el artículo 170 de dicho R.D.L., puedan presentar las reclamaciones que estimen, por los motivos que se indican en el punto 2.º de citado último artículo, ante el Pleno de este Ayuntamiento.
En el supuesto de que durante dicho plazo, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, no se produjeran reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 169 de predicho R.D.L., el presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.
La Hiniesta, 11 de enero de 2017.-El Alcalde.
III. Administración Local
AYUNTAMIENTO
LA XXXXX XXX XXXXX
Anuncio
El Pleno del Ayuntamiento de La Xxxxx xxx Xxxxx, en sesión ordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre partidas de gastos de distinto grupo de función, que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados pue- dan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se consi- derará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
La Xxxxx xxx Xxxxx, 10 de enero de 2017.-La Alcaldesa.
V. Otros anuncios oficiales
CENTRO ASOCIADO UNED XX XXXXXX
Anuncio aprobación inicial e información pública de la modificación de los Estatutos del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Zamora.
La Junta Rectora del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Zamora, en sesión celebrada el día 23 de noviembre de 2016, acordó aprobar por unanimidad los nuevos estatutos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a infor- mación pública por plazo de treinta días, para que los interesados puedan exami- narlos en la Secretaría del Centro Asociado a la Universidad Nacional a Distancia en Zamora, sita en X/ Xxx Xxxxxxxx, 00, y presentar las reclamaciones y sugeren- cias que estimen oportunas.
Transcurrido el plazo sin que se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo de la Junta Rectora hasta entonces es provisional.
Zamora, 11 de enero de 2017.-El Director, Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx.