Sección Licitaciones Colonia 1921 3° Piso – Tel 400.01.51 al 59 – int 2441 - Fax 4090551 - 4010827
Xxxxxxx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxx 0000 0x Xxxx – Tel 000.00.00 al 59 – int 2441 - Fax 0000000 - 0000000
LICITACION ABREVIADA AMPLIADA
CARPETA N° 2006/57264
OBJETO: CONTRATACION DE UN SERVICIO DE RESONANCIA NUCLEAR MAGNÉTICA PARA BENEFICIARIOS DE LA GERENCIA SALUD DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL.
APERTURA DE LAS OFERTAS:
3 xx Xxxxx de 2006 – Hora 11:00
PLAZO DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS:
Hasta el día 3 xx Xxxxx de 2006 – Hora 11:00
LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS:
Sección Licitaciones – Colonia 1921 3er. Piso – Edificio “Nuevo” ( entre Arenal Grande y Avda. Xxxxxxxxx Xxxxxx)
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
CAPITULO I - Del Objeto y de los Requerimientos para Realizar el Servicio 3
1.- OBJETO 3
2. – DESCRIPCION DEL SERVICIO 3
CAPITULO II - De la normativa que rige al procedimiento 3
1.- NORMAS QUE RIGEN EL LLAMADO 3
2.- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES 3
3.- COMUNICACIONES DEL BPS 4
4.- ACEPTACION A LAS DISPOSICIONES XXX XXXXXX DE CONDICIONES – ARTICULO 25 DE TOCAF. 4
5.- CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL 4
6.- OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 5
7.- FORMA DE FACTURACION Y PAGO 5
8.- XXXX 5
CAPITULO III - -De la Oferta y Del Oferente 5
1.- DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 5
2.- DE LA VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS 5
3.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS ALTERNATIVAS 6
4.- SUB-CONTRATOS 6
5.- REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR OFERENTE 6
6. COTIZACIÓN DEL SERVICIO 7
CAPITULO IV – De la evaluación de las ofertas y adjudicación 7
1.- EVALUACIÓN 7
2.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN 7
CAPITULO V - De las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario 8
1.- OBLIGACIONES FISCALES 8
2.- IMPUESTOS 8
3.- RESPONSABILIDADES 8
4.- CONFIDENCIALIDAD 8
CAPITULO VI - De los Controles 9
CAPITULO VII – Del plazo contractual y del perfeccionamiento del contrato 9
1.- PLAZO CONTRACTUAL 9
2.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 9
CAPITULO VIII - De los incumplimientos y de las sanciones 10
1.- INCUMPLIMIENTO. PROCEDIMIENTO 10
2.-SANCIONES 10
CAPITULO IX - De Las garantías 11
1.- DEPOSITO DE GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 11
2.- DEPOSITO DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO 11
CAPITULO X – Del costo xxx Xxxxxx y Documentos que se adjuntan 12
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
CAPITULO I - Del Objeto y de los Requerimientos para Realizar el Servicio
1.- OBJETO
El presente llamado tiene por objeto la contratación de un Servicio de Resonancia Nuclear Magnética para beneficiarios de la Gerencia Salud del Banco de Previsión Social.
2. – DESCRIPCION DEL SERVICIO
El Servicio de Resonancia Nuclear Magnética se regulará según las pautas que a continuación se detallan:
Cobertura total y urgencias las 24 horas del día, incluyendo xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados.
Xxxxxxx para recibir pedidos (salvo urgencias) de 8:00 a 20:00 horas.
El tiempo entre la solicitud y la realización del estudio no debe ser mayor de 24 horas y entre este y la entrega del resultado no debe ser de más de 24 horas.
Para los estudios de urgencias o de C.T.I. mediará un máximo de 4 (cuatro) horas entre la solicitud y la realización del estudio.
Los estudios se solicitarán mediante la emisión de una Orden de Trabajo Externo (O.T.E.) o por un Documento Unico Generador de O.T.E. (que será canjeado por la Institución en la Oficina Emisora del B.P.S., por una O.T.E.) firmados por el Médico solicitante.
En las urgencias del C.T.I. la solicitud se hará telefónicamente desde la Unidad de Perinatología o el DE.ME.QUI., siendo posterior la entrega de la O.T.E.
Los estudios informados serán retirados de la Institución por un funcionario del B.P.S. o por un familiar del paciente.
Remisión electrónica de información: El Banco de Previsión Social podrá requerir en cualquier momento de la vigencia del contrato la remisión electrónica de información relativa a la identificación del paciente, al registro de historia clínica y al seguimiento de la efectiva ejecución de los servicios asistenciales que se prestan. A tales efectos, el BPS proveerá los sistemas informáticos que darán soporte a estas transacciones, pudiendo acordarse otras modalidades operativas para el caso que la transferencia electrónica se realice a partir de los sistemas de información del prestador. En este último caso, el BPS definirá el formato de transferencia, reglas y procedimientos de validación para la información que se intercambie, lo cual será objeto de acuerdos técnicos complementarios.
CAPITULO II - De la normativa que rige al procedimiento
1.- NORMAS QUE RIGEN EL LLAMADO
El presente llamado se rige de acuerdo al Pliego Particular del Llamado, Pliego de Bases y Condiciones Particulares del B.P.S. , Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales y Decreto 267/001 de fecha .11 de julio de 2001, reglamentario del artículo 589 de la ley No. 17296 del 21 de febrero de 2001, normas concordantes y complementarias, en cuanto no se contrapongan al presente Pliego de Condiciones.
Por la sola presentación del oferente, se considera que acepta todos los Pliegos y demás disposiciones aplicables al presente llamado.-
2.- CONSULTAS AL PLIEGO DE CONDICIONES
Sólo podrán formular consultas, solicitar prórroga de fecha de apertura y presentarse a la licitación quienes abonen y retiren el Pliego de Condiciones Particulares.
Las condiciones del llamado también incluirán las consultas que formulen los oferentes, conjuntamente con las respuestas dadas por el B.P.S., las que serán parte integrante de este Pliego. Las mismas podrán formularse sólo por escrito hasta cuatro (4) días hábiles antes de la fecha de apertura del llamado, debiéndose presentar en la Sección Licitaciones, en el Edificio “Nuevo” del B.P.S., sito en Colonia 1921(entre Arenal Grande y Avda. Xxxxxxxxx Xxxxxx), por telefax a los Nos. 409.05.51 – 401.08.27 o por e-mail bpslicitaciones@bps.gub.uy.-
A tales efectos los oferentes deberán establecer un número de fax y dirección de correo electrónico, al que el Banco de Previsión Social comunicará las consultas efectuadas, así como las respectivas respuestas.-
Las consultas deben identificar claramente el oferente que las formula, el número y el objeto del llamado y los puntos sobre los que recae la consulta.-
3.- COMUNICACIONES DEL BPS
El BPS podrá realizar todas las comunicaciones, notificaciones e intimaciones que estime convenientes vía fax, configurando esta comunicación un medio de notificación personal y auténtica. El comprobante que emite el fax de haber sido enviada la comunicación será prueba suficiente de la notificación. Las empresas oferentes deberán proporcionar sus números de fax en el formulario de identificación del oferente.
El BPS podrá asimismo notificar personalmente de los trámites y actos administrativos por correo electrónico u otros medios informáticos o telemáticos los cuales tendrán plena validez a todos los efectos( Ley 16.735 art. 696). La constancia de lectura de un documento electrónico será prueba suficiente de su recepción (art. 7 del decreto 65/998).
4.- ACEPTACION A LAS DISPOSICIONES XXX XXXXXX DE CONDICIONES – ARTICULO 25 DE TOCAF.
La presentación a esta licitación, implica la aceptación de la totalidad de las cláusulas que componen el presente Pliego de Condiciones, así como lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares del B.P.S., Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministro y Servicios no Personales, otorgando asimismo el consentimiento requerido por el Artículo 25 del TOCAF, a fin de poder realizarse compensación entre deudas y créditos, existentes entre el adjudicatario y el Banco de Previsión Social.
En caso de operarse la compensación mencionada, comprendiendo también la misma las sumas debidas por Contribuciones Especiales de Seguridad Social, se podrá debitar lo adeudado directamente del depósito por fiel cumplimiento de contrato o de facturas pendientes con el Organismo.-
5.- CUMPLIMIENTO DE NORMAS EN MATERIA LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
El jornal que la empresa abone a sus operarios no podrá ser inferior al homologado en el seno de los Consejos de Salarios para la respectiva rama de actividad, o aquél que fije en su defecto el Poder Ejecutivo.
El B.P.S. podrá exigir mensualmente la presentación de la documentación o declaración jurada que acredite que el oferente da cumplimiento a las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social, con respecto al personal en relación de dependencia, tales como pago de remuneraciones, entrega de recibos de sueldos, comprobante de inscripción de la planilla de trabajo en el MTSS, comprobante de pago al B.P.S., comprobante de pago del seguro contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y demás que correspondieren.
Para el caso de que el oferente se relacionara con otra u otras empresas sin dependientes para el cumplimiento del servicio que se contrata, el BPS podrá cerciorarse por lo medios que crea conveniente, que no se trata de una relación de dependencia encubierta, pudiendo exigir, además, la presentación de la documentación de donde surge la relación jurídica que une a las dos o más empresas. Si efectivamente se tratare de una empresa unipersonal, se deberá acreditar el registro del respectivo contrato ante el BPS.
Asimismo semestralmente se podrá requerir Certificado Contable que acredite la situación de regularidad en la totalidad de las obligaciones laborales y de seguridad social de la empresa para con sus dependientes.
En caso de incumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente el Banco de Previsión Social se reserva el derecho de aplicar las disposiciones del Decreto 475/2005 de fecha 14 de noviembre de 2005, como así rescindir la presente contratación, con pérdida del depósito en garantía por cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieren corresponder.
6.- OBLIGACIONES TRIBUTARIAS
El Banco de Previsión Social podrá exigir al oferente adjudicatario que acredite que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones tributarias con el BPS y la DGI si correspondiere. En caso de que se configure incumplimiento de las obligaciones tributarias citadas, el Banco de Previsión Social podrá rechazar la oferta o rescindir el presente contrato, perdiendo la firma adjudicataria el depósito de garantía por cumplimiento de contrato en su caso, sin perjuicio de poder accionar por los daños y perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento.
El Banco de Previsión Social se reserva el derecho de realizar dichos controles respecto al adjudicatario, durante la vigencia de la contratación.
7.- FORMA DE FACTURACION Y PAGO
La misma se realizará en forma mensual o aquélla que el adjudicatario indique en su oferta (trimestral, cuatrimestral, etc.) no admitiéndose pagos por adelantado
La factura se abonará en un plazo mínimo de 30 días a partir de la recepción en Finanzas de la factura conformada.-
8.- XXXX
El adjudicatario caerá en xxxx de pleno derecho, por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas, por el solo hecho de hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
CAPITULO III - -De la Oferta y Del Oferente
CONDICIONES Y FORMALIDADES DE LAS PROPUESTAS
1.- DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán en Sección Licitaciones (original y copia), en sistema de sobre único y cerrado. Xxxxxxx presentarse debidamente firmadas por el representante de la empresa.
El sobre conteniendo la propuesta se identificará con la siguiente leyenda:
LICITACION N°
NOMBRE DEL OFERENTE
FECHA Y HORA DE APERTURA
No se considerarán aquellas ofertas que no sean recibidas antes de la fecha y hora de apertura.-
Aquellas ofertas que sean remitidas vía fax, deberán ser enviadas en su totalidad a Sección Licitaciones, fax N° 000.00.00 – 000.00.00, antes de la hora y fecha de apertura, en caso contrario no se admitirán las mismas.
2.- DE LA VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS
Las propuestas tendrán vigencia por un período mínimo de 60 días calendario contados a partir de la fecha de apertura, prorrogables automáticamente por períodos sucesivos de 60 días, salvo que mediare comunicación escrita por parte de la firma oferente no accediendo al mismo, lo que deberá comunicarse con una antelación no inferior a 5 (cinco) días hábiles antes del vencimiento del plazo inicial o sus prórrogas. En caso de que el oferente estipulare un plazo menor de mantenimiento de oferta, se considerará como no estipulado, siendo válido únicamente el término establecido en el presente numeral.
3.- PRESENTACIÓN DE OFERTAS ALTERNATIVAS
Las presentes especificaciones constituyen preferencia, pero no inhiben las consideraciones de otras alternativas que deseen presentar los oferentes y que puedan satisfacer las necesidades del servicio.
4.- SUB-CONTRATOS
En caso de que el oferente opte por la modalidad de subcontratación, éste deberá en su propuesta detallar los servicios que pretende subcontratar aportando el nombre del subcontratista y adjuntar la documentación que permita valorar la solvencia y capacidad de los mismos..
En caso de tratarse de empresas unipersonales, se requerirá que las mismas tengan el registro ante el BPS del contrato correspondiente
El adjudicatario no podrá subcontratar otros servicios o suministros a los previstos inicialmente en la contratación sin la previa autorización expresa y por escrito del B.P.S..
Los eventuales subcontratos que la empresa oferente proponga para entregar cualquier bien o producir cualquier servicio no la eximirá, en ningún caso, de las responsabilidades por la totalidad de la oferta presentada, siendo por ende el adjudicatario el único responsable del desempeño de los subcontratistas, manteniendo el B.P.S., únicamente trato directo con el adjudicatario.
5.- REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR OFERENTE
El oferente deberá presentar:
Inscripción en BPS y en DGI
Completar el formulario de Identificación del oferente con todos los datos de la empresa que allí se requieren, el cual se adjunta en el presente documento.
Acreditar inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, del SIIF (Decreto 242/999 de 26.10.99).
Manifestar conocer y aceptar las disposiciones del Decreto 114/82, referente a las normas de aplicación del Convenio Internacional del Trabajo Número 94 en los contratos celebrados con las autoridades públicas.
Declarar bajo juramento que está en condiciones de contratar con el BPS de acuerdo con el Art. 43 del TOCAF, Decreto 194 del 10.06.97.
Acreditar adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones, adjuntado fotocopia del recibo conjuntamente con la oferta.
Contar con Nº de Proveedor del B.P.S., otorgado por FINANZAS - Atención a Proveedores, sito en el Edificio Sede, Colonia 1851 – Piso 3°, ala Xxxxxxx Xxxxxxx.- Para realizar este trámite e informarse acerca de la documentación a presentar, el oferente podrá llamar al teléfono 000.00.00 ó 400.01.51 int. 2291.
Adjuntar recibo de depósito de garantía de mantenimiento de oferta (ver Capítulo IX), si corresponde.
Póliza del Banco de Seguros del Estado por Accidentes de Trabajo.
Habilitación vigente expedida por M.S.P.
Habilitación de seguridad vigente expedida por DINATEN.
Las instituciones oferentes deberán aportar información para el control de calidad de los servicios, referida a:
Nóminas de contrataciones similares que tengan con otras Instituciones y antecedentes laborales.
Mínimo de dos (2) años de experiencia en trabajos de igual naturaleza.
6. COTIZACIÓN DEL SERVICIO
El precio deberá establecerse en moneda nacional con impuestos incluidos, de no aclararse se considerará que los impuestos están incluidos y que la cotización es en dicha moneda.
La Institución oferente fijará el precio de los estudios y el valor de los estudios complementarios para el mismo paciente, el cual deberá estar registrado en el ANEXO 1 – PLANILLA DE COTIZACION que se adjunta.
En caso de ser necesario el empleo de algún tipo de anestesia para realizar los estudios de resonancia nuclear magnética, el Banco de Previsión Social podrá designar sus propios técnicos o utilizar los Anestesiólogos de la Institución oferente.
En esta última eventualidad los honorarios se facturarán por separado, y la Institución oferente deberá establecer en la propuesta el arancel a aplicar por el Servicio de Anestesiología.
Si se emplearan medios de contraste, para realizar los estudios, los mismos serán suministrados por la Institución oferente, y se cotizarán por separado en la planilla de cotización, (ANEXO I).
El pago de los timbres de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales Universitarios será de cargo del Banco de Previsión Social.
La Institución deberá abonar el tributo que correspondiere por cada estudio y su importe le será reintegrado con el pago de la factura respectiva.
Para el caso que correspondiere el pago del Impuesto al Valor Agregado o cualquier otro impuesto por los servicios ofrecidos, los precios cotizados se entenderán con todos los impuestos incluidos.
No se admitirá el pago por adelantado del precio cotizado; debiendo el oferente establecer la modalidad del pago, (mensual, trimestral, etc.).
Las actualizaciones de precios se efectuarán semestralmente por medio del I.P.C, siendo las fechas de ajuste el 1 de enero y 1 de julio del año correspondiente.
CAPITULO IV – De la evaluación de las ofertas y adjudicación
1.- EVALUACIÓN
A los efectos de evaluar la oferta se tendrá en cuenta el cumplimiento de lo solicitado en los CAPITULOS I y III. -
El Banco de Previsión Social se reserva el derecho de adjudicar el presente llamado, a un solo oferente o por renglón a diferentes empresas, como así también podrá dejarlo sin efecto, si las ofertas presentadas no fueran suficientes ni convenientes a su juicio, o a su sólo criterio.
2.- CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN
La Adjudicación del servicio se realizará atendiendo fundamentalmente a dos factores sin que ninguno prepondere sobre los otros
Económico: El menor precio por los estudios ofertados, el cual se determinará haciendo el cálculo de acuerdo a la cantidad de estudios realizados en el período 01/07/2004 – 30/06/2005 de los ítems cotizados en el Anexo 1.-
Técnico: Se evaluará la calidad del servicio ofrecido, a juicio de la Gerencia de Salud. La Institución oferente deberá tener un mínimo de dos (2) años de experiencia, contar con un equipamiento adecuado y disponer de un cuerpo técnico de reconocida experiencia. Se deberá adjuntar a la propuesta la relación de títulos y méritos de los integrantes del mismo, identificando quien es el técnico responsable de dicho personal. También se deberán proporcionar los detalles técnicos del equipamiento a utilizar, indicando marca, modelo y año de fabricación del equipo.
CAPITULO V - De las obligaciones y responsabilidades del adjudicatario
1.- OBLIGACIONES FISCALES
Inscripción en D.G.I. y B.P.S. con constancia de encontrarse al día con el pago de los aportes.-
Seguros:
El adjudicatario deberá contratar todos los seguros necesarios, para el fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes de la presente contratación.-
Deberá acreditar el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 61 de la Ley 16.074 de fecha 10.10.89 relativa a la obligatoriedad de la contratación del Seguro sobre Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales.
Contar con la habilitación vigente del M.S.P., DINATEN, así como todas aquéllas que pudieran corresponder.
2.- IMPUESTOS
Serán de cargo del adjudicatario todos los impuestos que correspondan al momento de la adjudicación, de acuerdo con las leyes y decretos de la República Oriental del Uruguay. Asimismo el BPS no se responsabiliza por incumplimiento de pago de cualquiera de las obligaciones que el adjudicatario asuma por la ejecución del contrato.
3.- RESPONSABILIDADES
La/s empresa/s adjudicataria/s será/n la/s única/s y absoluta/s responsable/s de la supervisión, conducta, labor y actuación de su propio personal o del contratado. La potestad disciplinaria será desempeñada siempre y exclusivamente por dicha empresa, tanto resultare de la conducta personal o funcional, faltas, accidentes, omisiones, indemnizaciones, etc., así como los daños producidos por la inexperiencia, desidia, falta de cuidado en su caso, daño intencional del citado personal, quedando el Organismo totalmente desvinculado y exento de todo tipo de responsabilidad con respecto a los mismos o frente a terceros.
La/s empresa/s adjudicataria/s será/n asimismo la/s única/s responsable/s, liberando de toda responsabilidad al Banco de Previsión Social por cualquier accidente de su personal. Los gastos que se ocasionen por los actos imputables a la empresa serán de cargo de la misma pudiendo BPS debitarlo de las facturas o del depósito de garantía.
En caso de que la/s empresa/s contratada/s interrumpiera/n momentáneamente cualquiera de los dos servicios licitados durante el período de su ejecución el B.P.S. queda facultado a contratar otras empresas en forma directa, para suplir dicho incumplimiento y hasta que se subsane el mismo y/o su finalización, siendo la totalidad de los gastos extraordinarios, que se ocasionen de cuenta del adjudicatario, sin perjuicio de las sanciones que pudieren corresponder.
El Banco de Previsión Social, siempre que la conducta personal o funcional, sea improcedente, así como cuando se constaten irregularidades, notificará a la empresa, a fin de que se tomen las medidas del caso si correspondiere.-
4.- CONFIDENCIALIDAD
El proveedor, sus empleados y demás empresas subcontratadas deberán mantener la confidencialidad de la documentación e información suministrada por el B.P.S. o generada como resultado de este contrato, el proveedor no podrá divulgarlos ni dar acceso a persona no autorizada, bajo ningún concepto, a menos que medie autorización escrita, otorgada por resolución del Directorio del B.P.S..-
La misma regirá en forma ilimitada, aún luego del vencimiento del contrato.
El no cumplimiento de esta disposición será considerado falta grave y causal de rescisión del contrato, con perdida del depósito en garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones por daños y perjuicios civiles así como acciones penales que pudieren corresponder
CAPITULO VI - De los Controles
La/s empresa/s adjudicataria/s deberá/n presentar semanalmente las Ordenes de Trabajo Externo (OTE) en las dependencias del BPS donde fueron emitidas a los efectos de registrar en el Sistema Informático, el cumplimiento del servicio solicitado, requisito indispensable para la facturación de los servicios prestados.
Las mismas deberán contar con firma, aclaración de firma y numero de documento de identidad del acompañante del beneficiario.
El BPS no abonara ni canjeará ninguna OTE que no contenga los requisitos mencionados en el párrafo anterior.
En caso de interrupción del Sistema Informático se entregara un formulario efectuado en forma manual el que posteriormente se canjeara por la OTE emitida por el Sistema.
El Banco de Previsión Social podrá modificar la forma de facturar los servicios contratados y la documentación a presentar, lo que será notificado a la empresa adjudicataria con una antelación no menor a 30 días.
CAPITULO VII – Del plazo contractual y del perfeccionamiento del contrato
1.- PLAZO CONTRACTUAL
La fecha de inicio de la prestación se establecerá en el acta de notificación de la adjudicación,
El plazo contractual será por el término de un (1) año con el mecanismo de renovación automática por hasta tres (3) períodos de igual duración al original, salvo que cualquiera de las partes comunique a la otra su voluntad contraria con sesenta (60) días de anticipación a cada vencimiento.
Vencido el plazo original de un año el BPS tiene derecho a rescindir el contrato en cualquier momento y sin expresión de causa, previo aviso al adjudicatario del cese de esa relación, con un plazo no inferior a treinta (30)días.
La relación contractual entre el BPS y el adjudicatario se extinguirá al vencimiento del plazo de contrato.
No obstante vencido el plazo contractual ya sea por vencimiento del término total previsto, o por cualquier otra causa, el B.P.S. podrá solicitar a la empresa, de acuerdo a lo establecido en el art. 63 del TOCAF, que el servicio se preste hasta la substanciación del nuevo llamado. El servicio se prestará en las mismas condiciones de prestaciones y precios que durante el período contractual.
2.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato quedará perfeccionado con la aceptación de la oferta debidamente notificada al proponente. Si el BPS lo considera necesario podrá exigir la instrumentación del contrato en documento público o privado que será redactado por el Organismo, estando obligado el adjudicatario a concurrir al lugar, fecha y hora que se le indique a suscribir el contrato referido.
La falta de concurrencia del adjudicatario o su negativa a suscribirlo, se considerará incumplimiento.
El contrato no se considerará perfeccionado si por incumplimiento de contratos anteriores el adjudicatario fuere excluido del Registro de Proveedores del BPS antes de la suscripción del contrato en su caso.-
CAPITULO VIII - De los incumplimientos y de las sanciones
1.- INCUMPLIMIENTO. PROCEDIMIENTO
El Banco de Previsión Social podrá realizar las inspecciones, comprobaciones y contralor del servicio, para constatar el cumplimiento del mismo, las ya enumeradas o cualquier otra aceptada por la legislación vigente y que el mismo considere necesarias para el buen funcionamiento del servicio.
Cuando se constate una irregularidad el Banco de Previsión Social pondrá la misma en conocimiento del encargado designado por la empresa notificándolo en debida forma.
A partir de la mencionada notificación el adjudicatario dispondrá de un plazo xx xxxx (10) días hábiles para mencionar sus descargos. La inexistencia de descargos dentro de ese plazo se entenderá como consentimiento tácito del incumplimiento denunciado.
Si por el contrario se formularan descargos, los mismos conjuntamente con la notificación del incumplimiento deberán ser elevados a fin de que se resuelva si existe mérito para la imposición de sanciones.
Los posibles incumplimientos notificados deberán ser evaluados, en su entidad teniendo en cuenta si son reiterados, si son subsanables inmediatamente y además si una vez notificados se reiteran o no.
2.-SANCIONES
Las conductas que configuran incumplimiento del adjudicatario podrán dar mérito a la imposición de las siguientes sanciones:
Advertencia y apercibimiento.
b) Multas:
Las multas se graduarán de acuerdo a la entidad del incumplimiento, pudiendo las mismas llegar hasta un 20% del precio mensual facturado en el mes en que se produjo el incumplimiento.
En caso de aplicación de multas, el Banco de Previsión Social, queda facultado para retener el importe de las mismas de las sumas que tuviera que percibir el adjudicatario por concepto del contrato emergente del presente llamado o por cualquier otro contrato que mantenga con el Organismo, otorgando el oferente el consentimiento para efectividad lo mencionado anteriormente mediante la adquisición xxx Xxxxxx de Condiciones.
c) Sanciones en el Registro de Proveedores
Las sanciones dispuestas precedentemente se aplicarán sin perjuicio de la suspensión o eliminación del adjudicatario del Registro de Proveedores del Banco de Previsión Social, y comunicación correspondiente al Registro de Proveedores del SIIF.
d) Rescisión del contrato
El BPS podrá rescindir el contrato en forma unilateral por incumplimiento total o parcial del adjudicatario en los siguientes casos:
En el caso que el incumplimiento sea de tal entidad que no permita que la empresa siga prestando los servicios, el contrato se rescindirá pudiéndose aplicar asimismo la multa que corresponda, sin perjuicio de la pérdida del depósito en garantía y del cobro de los daños y perjuicios que pudiere haberse causado.
Si el adjudicatario es declarado insolvente, en concordato o en quiebra, o si participan empresas asociadas y alguna de ellas se declara insolvente o en quiebra.
Si el adjudicatario incurriera en fraude, grave negligencia o incumplimiento de las obligaciones y condiciones estipuladas en el Pliego, la oferta y el contrato.
Por reiteración de 3 (tres) incumplimientos en un periodo menor a 1 (un) año.
Cualquier otra situación que haga imposible la continuidad de la relación contractual.
Si el M.S.P. o la autoridad competente considere que la institución adjudicataria sea inviable y/o proceda a su cierre.
CAPITULO IX - De Las garantías
1.- DEPOSITO DE GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
Se deberá realizar un depósito por este concepto que ascienda a la suma de $ 36.800 (pesos treinta y seis mil ochocientos).
Este requisito será imprescindible para la aceptación de la propuesta.
2.- DEPOSITO DE GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El oferente que resulte adjudicatario, deberá constituir Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato por un monto de $ 184.000 (pesos ciento ochenta y cuatro mil). Para efectuar el depósito contará con 5 días siguientes a la notificación. En ese mismo plazo la empresa deberá adjuntar toda la documentación que le fuera solicitada. La constitución de esta Garantía se regirá en lo que fuere aplicable por el numeral 18) xxx Xxxxxx Unico de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
Todos los depósitos ( mantenimiento de la oferta como fiel cumplimiento del contrato) se realizarán en la Sección Intervención Previa de Pagos y Cobros del Banco de Previsión Social (Colonia 1851-Planta Baja), salvo los que se efectúen en dólar efectivo, para lo cual se deberá dirigir al Banco de la República Oriental del Uruguay - Cuenta Corriente N° 000-000000-0, llevando luego el comprobante respectivo a Intervención Previa de Pagos y Cobros.
Los cheques que se presenten como Depósito de Garantía, deberán estar certificados por el Banco que los emite.
En el caso de Avales Bancarios, Garantías de Banco, etc., dicha documentación no podrá tener un vencimiento menor a 120 días para la Garantía de mantenimiento de la oferta.
Para la Garantía de fiel cumplimiento de contrato, dicha documentación no podrá tener fecha de caducidad anterior al vencimiento del mismo.-
Todas las garantías serán renovadas con una antelación mínima de 10 (diez) días del vencimiento establecido en la póliza, de la fecha de ampliación o prórroga del contrato.
El adjudicatario deberá reajustar su depósito de garantía por fiel cumplimiento de contrato, en cada oportunidad que se prorrogue el mismo.
Vencido cada período contractual se depositará el 5% de la diferencia entre lo abonado en el último año por el servicio adjudicado, comparado con el consumo del año anterior. En caso de que la diferencia sea negativa o igual a cero, no se aplicará el reajuste referido.
Si el oferente, adjudicatario o contratista, según corresponda, no cumpliere con la renovación o sustitución en este plazo, la Administración podrá aplicar una multa de 10% sobre el importe adjudicado por cada día calendario de atraso en cumplir con este requisito, pudiendo llegar inclusive hasta la rescisión contractual.-
CAPITULO X – Del costo xxx Xxxxxx y Documentos que se adjuntan
COSTO XXX XXXXXX : $ 750,00 ( son pesos uruguayos setecientos cincuenta)
Se adjuntan:
ANEXO I: PLANILLA DE COTIZACIÓN
FORMULARIO DE IDENTIFICACION DEL OFERENTE
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES.
PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LOS CONTRATOS DE SUMINISTROS Y SERVICIOS NO PERSONALES.
Los mismos forman parte del presente llamado.
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