PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CESIÓN TEMPORAL DE USO DE TRES (3) LOCALES EN LA ESTACIÓN DE ALUCHE, PERTENECIENTE A LA LÍNEA 5 DE METRO DE MADRID S.A.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CESIÓN TEMPORAL DE USO DE TRES (3) LOCALES EN LA ESTACIÓN DE ALUCHE, PERTENECIENTE A LA LÍNEA 5 DE METRO DE MADRID S.A.
1.-Número de Concurso | 6012300027 |
2.-Órgano de contratación | Consejera Delegada |
3.-Responsable del contrato |
Servicio de Marketing |
4.-Régimen de publicidad |
Perfil del Contratante del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid |
5- Naturaleza, objeto, actividad a desarrollar y régimen jurídico |
a) Naturaleza: Explotación de bienes y derechos patrimoniales titularidad de Metro de Madrid, S.A. (Ingresos) |
b) Objeto del contrato: Cesión temporal del uso de tres (3) locales ubicados en la estación de Aluche de la línea 5 de Metro de Madrid. S.A. (en adelante METRO). La cesión del uso de los mencionados locales comprende el derecho a explotarlos, en las condiciones y con las limitaciones recogidas en el presente documento y en el PPT. La ubicación de estos locales se indica en el Anexo nº 1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (en adelante, PPT). El uso y explotación de los locales, quedan condicionados a la ejecución de las reformas prescritas en los apartados 5 y 6 del PPT, según corresponda al tipo de local, y deben ser consideradas condiciones inherentes e indivisibles de la cesión del uso de |
los locales. Las actividades a desarrollar no deben interferir en el correcto funcionamiento del servicio de transportes prestado en la red ferroviaria. Corresponde al cesionario la obtención de todas las autorizaciones, permisos, licencias urbanísticas municipales y supramunicipales que pudieran requerirse tanto para la ejecución de obras, como para el desarrollo de la actividad, obligándose el cesionario a cumplir con todas las previsiones y requerimientos de la normativa urbanística y sectorial que le sea de aplicación. METRO solo se obliga a poner a disposición del cesionario los locales cuyo uso se cede en el estado en que se hallan, siendo a cuenta y riesgo del futuro cesionario la ejecución de las mencionadas obras, la puesta en explotación del espacio, la regulación de la actividad que decida implantar y el abono de cualquier impuesto, tasa o gravamen que fuera de aplicación al inmueble o a la ejecución de la obra o al ejercicio y desarrollo de su actividad. También son a cuenta y riesgo del futuro cesionario la conservación, el mantenimiento y la seguridad de los espacios cuyo uso se cede. La explotación del espacio se realiza a riesgo y xxxxxxx del cesionario, asumiendo éste plenamente los riesgos empresariales inherentes a su negocio. Canon mínimo: los interesados deberán ofertar un canon mensual que será abonado a METRO por aquel que, finalmente, resulte adjudicatario. En dicho canon no se entenderán incluidos los impuestos, tributos estatales, autonómicos y municipales y gravámenes que pudieran resultar aplicables – Impuesto de Bienes Inmuebles, Tasa de Residuos Sólidos Urbanos, Impuesto de Sociedades, etc.- , los cuales, en todo caso, correrán de cuenta de los Cesionarios. El importe del canon mensual vendrá expresado en €/m²/mes y se justifica por la cesión del uso de los espacios para su explotación. El importe mínimo será de 9,00 €/m²/mes – IVA excluido-, advirtiéndose expresamente que, serán automáticamente excluidas de la licitación aquellas ofertas económicas cuyo importe de canon mensual sea inferior al indicado en esta condición. Los cesionarios no podrán solicitar una minoración del canon que pudiera basarse, por ejemplo, en su decisión de no utilizar la totalidad de los espacios cuyo uso es susceptible de cesión -y que, tal y como se ha señalado, aparecen reflejados en el Anexo nº 1 del PPT- o en los resultados económicos de la explotación de los espacios cedidos. Devengo: el canon mensual será abonado de acuerdo con las condiciones establecidas en el apartado 25 del cuadro resumen este PCP y comenzará a devengarse una vez se cumpla el primero de los siguientes supuestos. Bien que venza el plazo definido de veinticuatro (24) meses de carencia establecido para la obtención de la licencia de primera ocupación y funcionamiento del local, o bien desde el día siguiente en el que cada uno de los Cesionarios obtenga su licencia de primera ocupación y/o funcionamiento. El plazo indicado para el devengo del canon empezará a computarse desde el día siguiente a la firma |
c) Actividad a desarrollar: Locales destinados a uso terciario en las estaciones de la red |
de Metro de Madrid, S.A. |
d) Régimen jurídico: La preparación y adjudicación de este contrato se regirán por lo dispuesto en el presente Xxxxxx (PCP) y en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT). En cuanto a su ejecución, efectos y extinción, el contrato se regirá por su documento de formalización, por el PCP, por el PPT, por la proposición del concursante que resulte adjudicatario, por el resto de documentación contractual y por el derecho privado. Las relaciones entre quien resulte adjudicatario y los usuarios de los diferentes locales, serán de estricta índole privada, ajenas por completo a METRO y se regirán por la normativa sectorial que, en su caso, le sea aplicable. |
6.- Ubicación e identificación de los espacios cuyo uso temporal se cede |
La ubicación de estos locales se indica en el Anexo nº1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas (en adelante, PPT), y suponen en su totalidad una superficie alquilable de 161,98 m². Se parte de una situación actual en la que los locales identificados como local 1-2, local 10 y local a CD pasan a definirse como local nº1, local nº2 y local nº3 respectivamente para esta licitación. Los locales indicados en el Anexo nº1, Anexo nº5, Anexo nº6 y Anexo nº7 del PPT como “espacios a licitar” son los locales que METRO pone a disposición de los diferentes licitadores para que sean explotados mediante cesión del espacio. |
7- División del objeto en lotes |
Se divide en lotes: Número de lotes: 3 Objeto de cada lote: Lote 1: Local Nº1: 70,12 m² Lote 2: Local Nº2: 61,75 m² Lote 3: Local Nº3: 30,11 m² Limitación en la presentación de ofertas Los licitadores podrán presentar oferta a los lotes que deseen: ☒ SÍ |
Limitación en el número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador Los licitadores sólo podrán ser adjudicatarios de un número limitado de lotes: ☒ SI |
8.- Forma de adjudicación |
El contrato se adjudicará a la proposición que reciba la mayor puntuación tras la suma de la puntuación correspondiente a la valoración técnica y a la valoración económica, siempre que haya superado el umbral de suficiencia a que se refiere el apartado 22 del cuadro resumen de este PCP. • Máxima puntuación económica: 70 puntos • Máxima puntuación técnica: 30 puntos • Fase de determinación final del precio: NO El procedimiento de adjudicación para los (3) lotes será el siguiente: Un licitador solo podrá resultar adjudicatario de un máximo de 1 lote de los 3 lotes que configuran la licitación, con la siguiente excepción: en el caso de que todos los licitadores con ofertas válidas sean ya adjudicatarios de un lote y aún queden lotes pendientes de adjudicar, dichos lotes se adjudicarán a la oferta con mejor relación calidad – precio de entre todas las ofertas presentadas por los licitadores a dicho lote. Se adjudicarán los lotes en el orden establecido a continuación (por importe descendente de PBL) hasta alcanzar el número máximo: 1º) Lote número 1 2º) Lote número 2 3º) Lote número 3 |
9.- Duración del contrato |
Diez (10) años a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato. |
Prórrogas: El contrato podrá prorrogarse por dos (2) periodos adicionales de (2) años cada uno. Para que pueda hacerse efectiva la prórroga, los cesionarios que la soliciten deberán comunicárselo formalmente a METRO mediante un escrito, en el que indiquen |
que asumen las condiciones de renovación pactada en el contrato que tengan vigente y está deberá recibirse antes de los nueve (9) últimos meses de vigencia del contrato. METRO deberá autorizar y notificar la validez de la prórroga antes de los últimos seis (6) meses de vigencia del contrato. La no aceptación de la posibilidad de ejecutar las prórrogas indicadas en el presente apartado, deberán estar conveniente justificadas por METRO y se deben comunicar a cada uno de los Cesionarios dentro del plazo indicado. Llegado el final del período de vigencia del contrato, el contrato quedará automáticamente extinguido, sin necesidad de preaviso alguno, excluyéndose expresamente la tácita reconducción prevista en el artículo 1.566 del Código Civil. El desalojo deberá producirse antes de las 13:00 horas del último día de vigencia del contrato, acto que tendrá lugar simultáneamente con la visita que gire METRO o su representante para inspeccionar la correcta entrega o desperfectos existentes en el inmueble, de todo lo cual se levantará la correspondiente acta firmada por ambas partes. |
10- Precio y cuantía estimada del contrato | |||||||
a) Precio del contrato: – Cuantía estimada, sin IVA: 139.950,72 euros. El importe del canon mensual vendrá expresado en €/m²/mes y se justifica por la cesión del uso de los espacios para su explotación. El importe mínimo será de 9,00 €/m²/mes – IVA excluido-, advirtiéndose expresamente que, serán automáticamente excluidas de la licitación aquellas ofertas económicas cuyo importe de canon anual sea inferior al indicado en esta condición. El método y parámetros de cálculo del Presupuesto han sido los siguientes: Superficie alquilable: superficie del local susceptible de alquilar. Canon unitario mensual: renta mínima determinada para el alquiler. Plazo de contrato: diez (10) años considerando (2) años de carencia. Canon anual: multiplica superficie alquilable por canon unitario en (12) meses. Canon total: calculado multiplicando el “canon anual” por ocho (8) años. Ubicación en vestíbulo: se dividen en local con acceso en “interior” o en “exterior” del vestíbulo de la estación. | |||||||
TABLA DE CÁLCULO DE PRESUPUESTO | |||||||
LOCAL | SUPERFICIE ALQUILABLE (m2c) | CANON UNITARIO MENSUAL (€/m2/mes) | CANON ANUAL LOCAL (€/año) | CANON TOTAL* (€) | UBICACIÓN VESTÍBULO (Tipo) | ||
Nº1 | 70,12 | 9,00 | 7.572,96 | 60.583,68 | Exterior |
Nº2 | 61,75 | 9,00 | 6.669,00 | 53.352,00 | Exterior | ||
Nº3 | 30,11 | 9,00 | 3.251,88 | 26.015,04 | Interior | ||
TOTAL | 161,98 | 17.493,84 | 139.950,72 | ||||
Nota*: se consideran (8) años de explotación para (10) años de contrato. Los concursantes deberán ofertar un canon fijo mensual que será abonado a METRO por aquel que finalmente resulte adjudicatario. Serán excluidas del concurso aquellas proposiciones económicas cuyo importe de canon fijo mensual resulte inferior al mínimo indicado en este apartado. b) Cuantía estimada del negocio jurídico: incluyendo prórrogas ▪ Cuantía estimada, IVA excluido: 209.926,08 euros ▪ Importe del I.V.A.: 44.084,48 euros ▪ Cuantía estimada, IVA incluido: 254.010,56 euros, IVA incluido | |||||||
c) Revisión de precios: Transcurridos doce (12) meses desde el inicio del periodo de vigencia del contrato, el canon se verá incrementado en función de las variaciones anuales del índice de precios del alquiler de oficinas, a nivel autonómico, publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) -o del que pueda sustituir a éste en el futuro-, a fecha de cada revisión, tomando como trimestre de referencia el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión. A falta de publicación del índice de precios de alquiler de oficinas se aplicará el índice de precios de alquiler de la vivienda del Índice de Precios de Consumo del Instituto Nacional de Estadística, a nivel provincial. En el caso de que los índices de actualización indicados en el párrafo anterior sean negativos, no se producirá actualización del canon, sino que este se mantendrá igual que el año anterior. |
11.- Sistema de determinación del precio del contrato |
Canon |
12.- Tramitación y procedimiento |
Concurso público |
13.- Garantía provisional |
No procede |
14.- Garantía definitiva |
5% del importe de la adjudicación del lote correspondiente considerando el plazo de total del contrato xx xxxx (10) años y descontando el periodo de carencia de dos (2) años. Esta garantía no deberá actualizarse conforme a la posible indexación de las rentas de arrendamiento de los espacios. |
15.- Garantía complementaria |
No procede |
16.- Plazo de presentación de ofertas |
31 xx xxxxx de 2023 a las 12:00 horas |
17.- Comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos |
Contacto para resolución de consultas: ▪ Correo electrónico: xxxxxxxxx_xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx ▪ Teléfono: 00-000 00 00 (Horario de atención: De 9.00 a 21.00) Datos de contacto a efectos de notificaciones: se deberá indicar la persona de contacto y los datos a efectos de notificaciones en la declaración responsable incluida como anexo I del PCP. Para la realización de comunicaciones y notificaciones, en los procesos de adjudicación y contratación, Metro de Madrid utilizará la aplicación de notificaciones electrónicas COMUNÍCATE. A fin de que el concursante reciba correctamente a través de la aplicación COMUNÍCATE, las notificaciones de Metro de Madrid en los procesos de adjudicación y contratación, la persona de contacto del concursante tiene que estar dada de alta obligatoriamente como persona de contacto en la empresa, con |
la misma dirección de correo electrónico, para la concreta licitación en la aplicación SRM, y deberá dicha persona de contacto tener registrado un certificado de firma digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), certificado de UANATACA, certificado de Camerfirma, certificado de vinCAsign o certificado IvSign en la aplicación SRM. En caso de incumplimiento de estos requerimientos, la persona de contacto del concursante no podrá acceder a las notificaciones, pudiendo Metro de Madrid en tal caso enviar las notificaciones a otra/s persona/s de la empresa registradas en la aplicación SRM que sí dispongan de un certificado de firma digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), certificado de UANATACA, certificado de Camerfirma, certificado de vinCAsign o certificado IvSign en la aplicación SRM, que pasarían a ser consideradas a todos los efectos como las personas de contacto del concursante. Los avisos de existencia de comunicaciones y notificaciones en la aplicación los recibirán las personas de contacto de los concursantes a través de la dirección de correo electrónico xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx con asunto “Nueva notificación de Metro de Madrid para [número de NIF/NIE]”. Los concursantes deberán ajustar la configuración de su filtro ANTI SPAM para evitar la retención de los referidos correos electrónicos que incluirán enlaces y detalle de acceso a la aplicación y de esta forma poder acceder a las notificaciones con la máxima celeridad. En el caso de que en la notificación se indique un plazo de respuesta, el cómputo de este plazo empezará a contar el día siguiente a la fecha de envío del aviso de la notificación, siempre que el acto objeto de la notificación sea publicado en el Perfil de Contratante del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid el mismo día en que se envíe el aviso de notificación. En el caso de que la publicación no se haga el mismo día, el cómputo del plazo empezará a contar en el momento de la recepción de la notificación. A la finalización del plazo indicado en la notificación se producirán los efectos oportunos que en cada caso se indique en el presente Pliego de Condiciones Particulares. |
18.- Solvencia económica y financiera |
Los concursantes deberán acreditar los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera: Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio de los últimos tres disponibles, por importe igual o superior a: Lote 1: 7.572,96 euros Lote 2: 6.669,00 euros Lote 3: 3.251,88 euros |
De conformidad con lo previsto en la condición 6.1 del presente pliego, para acreditar el cumplimiento de estos requisitos el concursante deberá aportar la declaración responsable incluida como Anexo nºV indicando que cumple las condiciones establecidas. Posteriormente, y sólo al concursante que haya presentado la mejor oferta a cada lote, se le requerirá la posesión y validez de los documentos exigidos. La no presentación de la declaración indicada dará lugar a un plazo de subsanación de tres días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la proposición será excluida del procedimiento. |
19.- Solvencia técnica y profesional |
Los concursantes deberán acreditar los siguientes requisitos de solvencia técnica y profesional: - Deberán presentar una relación de al menos (1) licencia urbanística que permitan el funcionamiento de locales comerciales concedidas, tramitadas en los últimos ocho (8) años que incluya actividad, fechas y el Organismo que ha concedido dicha licencia. - Deberán presentar una relación de contratos de objeto similar que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los cinco últimos años, indicando el importe y la fecha. Los contratos de objeto similar efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente si se trata de una entidad del sector público o mediante un certificado expedido si se trata de un sujeto privado, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo. Para acreditar la solvencia, el objeto de los contratos deberá ser similar al de la presente licitación, en al menos 2 contratos por importe mínimo de: • Lote 1: 7.572,96 euros (IVA no incluido) • Lote 2: 6.669,00 euros (IVA no incluido) • Lote 3: 3.251,88 euros (IVA no incluido) De conformidad con lo previsto en la condición 6.1 del presente pliego, para acreditar el cumplimiento de estos requisitos el concursante deberá aportar la declaración responsable incluida como Anexo nº V indicando que cumple las condiciones establecidas. Posteriormente, y sólo al concursante que haya presentado la mejor oferta, se le requerirá la posesión y validez de los documentos exigidos. |
La no presentación de la declaración indicada dará lugar a un plazo de subsanación de tres días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, la proposición será excluida del procedimiento. |
20.- Adscripción de medios materiales y/o humanos |
No procede |
21.- Contenido mínimo de la oferta técnica |
La oferta técnica deberá contar con el siguiente contenido: • Memoria de implantación y legalización de actividad: será un documento con una extensión máxima xx xxxx (10) páginas tamaño DIN-A4, sin contar la portada e índice como páginas computables a efectos de extensión del documento. Esta Memoria incluirá una descripción de la actividad a implantar, un listado de los equipos e instalaciones que son necesarias para sui desarrollo y una explicación del trámite y gestiones que son necesarias para realizar para obtener las diferentes licencias urbanísticas que son necesarias para poder iniciar la actividad declarada. Incluirá también el alcance de la obra a realizar en el local y una descripción de capítulos y partidas de obra que se vayan a ejecutar. Se debe incluir también las principales afecciones y superficie de ocupación de la obra en la estación, tanto en el vestíbulo de la misma, como en el exterior de la estación (zonas de acopio, punto de gestión de residuos, zonas de trabajo, etc ... • Sostenibilidad, Economía Circular y Eficiencia Energética: será un documento con una extensión máxima xx xxxx (10) páginas tamaño DIN-A4, sin contar portada e índice como páginas computables a efectos de extensión del documento. Deberá incluir un informe en el que se analicen y expliquen la “Economía Circular” de dicha actividad, donde se explique el modelo de producción y sus criterios de sostenibilidad, como las materias primas se mantienen más tiempo en los ciclos productivos y si estas pueden aprovecharse de forma recurrente en la actividad procurando con ello generar muchos menos residuos. Se ha de incluir en el documento una descripción de si la actividad tiene capacidad de que los diferentes recursos y residuos puedan ser utilizados como recursos para reingresar al sistema productivo. Debe incluirse una descripción de las medidas adoptadas para la mejora de la eficiencia energética de la actividad y las específicas a implantar en el local. |
• Carga de fuego: será un documento con una extensión máxima de cinco (5) páginas tamaño DIN-A4, sin contar portada e índice como páginas computables a efectos de extensión del documento. Deberá incluir un cálculo de la “Carga de Fuego” siendo esta la carga de combustible o la cantidad de energía que resulta de la combustión completa de todos los materiales inflamables en un incendio que estarían presentes en el local como indicador del riesgo de la actividad. El estudio deberá incluir las medidas correctoras que se implantarán en el local para reducir el riesgo de incendio de la actividad y el estudio deberá incluir el análisis de los siguientes campos: factores de riesgo detectados; fuentes de ignición; medidas preventivas; estudio de carga al fuego de productos, equipos e instalaciones; poder calorífico de productos, equipos e instalaciones, equipos e instalaciones; calor desarrollado; y cálculo de carga de fuego. “Nota: El contenido mínimo de este punto deberá incluirse en la carpeta nº2” |
22.- Valoración técnica |
a) Criterios complementarios Se valorará sobre un total de 30 puntos en base al criterio de puntuación siguiente: • Sostenibilidad, Economía Circular y Eficiencia Energética de 0-15 puntos. • Carga de fuego de 0-15 puntos. La valoración de cada uno de estos documentos se realizará conforme al siguiente criterio: Nota: esta documentación se presentará conforme a lo indicado en el apartado 38 del cuadro resumen de este PCP. |
b) Límite de suficiencia técnica Las ofertas técnicas que igualen o superen (≥) los 15 puntos serán calificadas como aptas o técnicamente aceptables. |
23.- Criterios de valoración evaluables mediante fórmulas (valoración económica) |
Se otorgará la máxima puntuación (70 puntos) a la oferta económica que presente un precio más alto. El resto de ofertas se valorarán de forma proporcional mediante la siguiente fórmula: Punt. Econ = Bi x (Pmax) / Bbest Punt. Econ = Puntuación económica de la oferta objeto de la valoración Bbest = Mejor oferta económica Pmax = puntuación máxima (70 puntos) Bi = Oferta económica objeto de la valoración * Las ofertas económicas que se presenten para cada uno de los locales, no podrán ofertar un canon mínimo mensual inferior a 9,00 €/m²/mes, I.V.A. no incluido, quedando excluidas aquellas ofertas cuyo canon ofertado sea inferior al canon mínimo de licitación. |
24.- Variantes |
No procede. |
25.- Forma de pago |
El importe del canon mensual vendrá expresado en €/m²/mes y se justifica por la cesión del uso de los espacios para su explotación. El importe mínimo será de 9,00 €/m²/mes – IVA excluido-, advirtiéndose expresamente que, serán automáticamente excluidas de la licitación aquellas ofertas económicas cuyo importe de canon anual sea inferior al indicado en esta condición. Los Cesionarios no podrá solicitar una minoración del canon que pudiera basarse, por ejemplo, en su decisión de no utilizar la totalidad de los espacios cuyo uso es susceptible de cesión -y que, tal y como se ha señalado, aparecen reflejados en el Anexo nº 1 del PPT- o en los resultados económicos de la explotación de los espacios cedidos. Devengo: el canon mensual comenzará a devengarse una vez se cumpla el primero de los siguientes supuestos. Bien que venza el plazo definido de veinticuatro (24) meses de carencia establecido para la obtención de la licencia de primera ocupación y funcionamiento del local, o bien desde el día siguiente en el que cada uno de los Cesionarios obtenga su licencia de primera ocupación y/o funcionamiento. El computo de plazo indicado para el |
xxxxxxx empezará a computar desde el día siguiente a la firmar del contrato entre cada Cesionario y METRO. METRO facturará mensualmente aplicando las penalizaciones previstas, si proceden y los Cesionarios realizarán el pago dentro de los quince [15] días desde la fecha factura y mediante abono en cuenta bancaria que se facilitará al efecto. |
26.- Abonos a cuenta |
No procede. |
27.- Contratación de terceros y cesión |
a) Contratación de terceros: El cesionario podrá valerse de terceras empresas para dar cumplimiento a determinadas condiciones de la propia cesión y la explotación aparejada a la misma que deben ser asumidas por el Cesionario conforme a lo previsto en los pliegos. El Cesionario deberá informar a Metro de Madrid, antes del inicio de los trabajos, de las tareas que van a ser realizadas por terceras empresas, las cuales habrán de asumir, en todo caso, las obligaciones de coordinación de actividades empresariales recogidas en la Condición 12.6.3 de este pliego. En el caso de que las actuaciones de reforma de prescripción obligatoria y cualesquiera otros trabajos sean objeto de contratación, se deberá presentar compromiso formal entre el concursante y la/s empresa/s contratista/s encargada de realizar los trabajos. Del mismo modo, deberá presentarse declaración responsable sobre el cumplimiento de toda la normativa que resulte de aplicación a su actividad y, muy especialmente, de las normas de prevención de riesgos laborales. Caso de no presentarse dicho acuerdo o que la solvencia técnica de la empresa encargada de los trabajos no se considere adecuada, será motivo de exclusión del procedimiento. Si procede el compromiso formal mencionado en el párrafo anterior, deberá incluirse en la documentación administrativa, conforme a lo exigido en el apartado 38 de este cuadro resumen. Del mismo modo, en el caso de que, durante la vida del contrato, el adjudicatario contase con empresas distintas a las identificadas en la oferta, habrá de acreditar ante METRO los requisitos a los que se refiere este apartado. b) Cesión: se regula en la condición 12.7.4 de este Pliego. |
28.- Plazo de garantía |
No procede. |
29.- Plazo de adjudicación |
Máximo seis (6) meses desde la presentación de la proposición |
30.- Modificación del contrato |
No procede |
31.- Causas adicionales de resolución de contrato |
Además de las expresadas en el apartado 15.2 del clausulado general de este pliego de condiciones particulares, se determinan las siguientes causas de resolución para cada uno de los lotes: a) La demora de más de tres (3) meses en el abono de las facturas desde la emisión de las mismas, así como en el pago de cualquiera de las cantidades debidas a METRO en concepto de penalizaciones o tasas. b) La falta de constitución, insuficiencia o falta de reposición de la garantía definitiva exigida por este Pliego, así como la constitución del aval correspondiente a dicha garantía definitiva sin observancia de las condiciones esenciales impuestas por este Xxxxxx. c) La falta de constitución o la insuficiencia de los seguros exigidos por este Xxxxxx. d) El incumplimiento del abono de gastos que fueran de obligado cumplimiento por parte de cada Cesionario según lo dispuesto en la documentación contractual. e) La difusión de noticias, fotografías o información publicitaria de la actividad a implantar en los locales objeto de licitación haciendo referencia a Metro de Madrid, S.A., su infraestructura o instalaciones, sin previa autorización de METRO. f) El incumplimiento de las obligaciones asumidas por cada cesionario en materia de explotación del espacio: |
- Modificación de la superficie de explotación recogida en el contrato. - Desarrollo de actividades complementarias sin contar con los correspondientes títulos habilitantes (en particular, licencias administrativas y medioambientales). - Incumplimiento de las obligaciones en materia de gestión de residuos. - Incumplimiento de las obligaciones en materia de instalaciones contraincendios y contra inundaciones. g) La realización de actuaciones o intervenciones por parte de un cesionario que impida el funcionamiento del equipamiento o instalaciones existentes en la estación o que se vea alterado el servicio público de transporte que presta METRO. h) El incumplimiento de las normativas sectoriales, autonómicas y/o estatales que regulen la actividad (aforo, ruidos, horario, recorridos de evacuación, protección contra incendios, normativa higiénico-sanitaria, emisión de gases, etc.), comunicadas por parte de las Administraciones y Organismos municipales y supramunicipales, en la explotación del local cedido. |
32.- Penalizaciones durante la ejecución del contrato |
Penalizaciones: |
a) El incumplimiento por parte de los cesionarios de las obligaciones asumidas en la documentación contractual y, en concreto: − No atender en el plazo que se conceda para ello, las instrucciones de los representantes de METRO o hacerlo de manera incorrecta. − El incumplimiento de la normativa medioambiental en la explotación del local. − El incumplimiento de la normativa laboral y de seguridad social del personal que preste servicio en el local. a) El retraso en el abono del importe de las facturas emitidas por METRO en el plazo indicado en el apartado 25 del cuadro resumen de este pliego. b) El retraso en la obtención de las licencias urbanísticas necesarias para prestar la actividad que pretendan implantar los diferentes cesionarios por encima del periodo de carencia considerado en el presente pliego. |
CUANTÍA DE LAS PENALIZACIONES a) Por cada incumplimiento de las obligaciones asumidas por los Cesionarios de acuerdo a lo establecido en el Anexo IX, METRO aplicará una penalización económica del 1 ‰ (uno por mil), del precio del contrato por cada día natural de retraso. b) Por la demora en el abono del importe de las facturas en el plazo establecido será de aplicación un 2 ‰ (dos por mil), del importe del canon anual por cada día natural de retraso. c) Por la demora en la obtención de las licencias urbanísticas por encima del periodo de carencia establecido en el presente pliego, será de aplicación un 1 ‰ (dos por mil), del importe del canon anual por cada día natural de retraso. En caso de desistimiento del Cesionario, o resolución del contrato por causa imputable a éste durante el periodo que transcurra desde la firma del contrato hasta la obtención de todas las licencias urbanísticas que permitan iniciar la puesta explotación del local, este se verá obligado a pagar el canon mensual de adjudicación correspondiente a seis (6) meses, más el 10% del canon correspondiente al periodo que transcurra desde la firma del contrato, hasta la notificación del Cesionario a METRO. Esta notificación deberá realizarse mediante carta firmada digitalmente e incluirá la motivación o causas que han llevado al Cesionario a adoptar esta decisión. En caso de desistimiento del Cesionario, o resolución del contrato por causa imputable a éste desde la obtención de todas las licencias urbanísticas que permitan iniciar la puesta explotación del edificio hasta la finalización del mismo, este deberá abonar a METRO, en concepto de penalización, una cantidad equivalente a tres (3) mensualidades por cada año que le quedase por cumplir del contrato. |
33.- Subrogación de personal |
No procede. |
34.- Seguros |
Se regula conforme a lo previsto en la condición 12.3 de este pliego. |
35.- Importe máximo estimado de los gastos de publicación del concurso |
El adjudicatario deberá abonar los gastos de publicación del concurso según lo indicado en párrafo l) del Anexo IX del presente pliego. |
36.- Requisitos económicos para el acceso a pliegos |
No procede. |
37.- Visitas |
METRO recibirá peticiones por correo para solicitar visitas a los locales objeto de licitación. Solo podrán asistir dos [2] personas por cada solicitud de visita. Estas peticiones se recibirán desde el inicio de la licitación, hasta veinte [20] días antes de la finalización de plazo de presentación de oferta al correo electrónico Xxxx.Xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx METRO mandará un correo a cada uno de los interesados con la programación (día y hora) para la realización de su visita. Estas visitas se realizarán dentro del rango que va desde los veinte [20] días y diez [10] días antes de la finalización de plazo de presentación de oferta. |
38.- Presentación de las ofertas en la aplicación SRM: |
Las ofertas se depositarán en la aplicación SRM de la siguiente forma: 1. Carpeta Nº1 La Documentación administrativa deberá presentarse en uno a varios archivos con un formato que garantice la inalterabilidad (preferiblemente PDF) Dicha documentación deberá estar paginada, al igual que su índice, que deberá respetar el contenido, orden y numeración que se indica a continuación: ÍNDICE DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA: 1. CAPACIDAD DE OBRAR Y PROHIBICIONES DE CONTRATAR, SOLVENCIA ECONÓMICA FINANCIERA, SOLVENCIA TÉCNICO PROFESIONAL: 1.1 Declaración Responsable (con el contenido de la Condición 6.1 a)). 1.2 Compromiso Constitución de UT.E. (en su caso). 1.3 Documentación de preferencia en la adjudicación (en su caso). |
2. COMPROMISO FORMAL 2.1 Para el caso en que el concursante pretenda contratar a un tercero para dar cumplimiento a determinadas condiciones de la propia cesión y la explotación aparejada a la misma que deben ser asumidas por el cesionario conforme a lo previsto en los pliegos, deberá presentar el compromiso formal requerido en el apartado 27 de este cuadro resumen. 3. CONTACTO A EFECTOS DE NOTIFICACIONES 2.1. XXXXX X, Notificación de persona de contacto del concursante. 2. Carpeta Nº2 Documentación relativa al contenido mínimo de la oferta técnica especificada en el apartado 21 del cuadro resumen del PCP. 3. Carpeta Nº3 Proposición económica conforme al modelo de anexo II de este PCP, así como cualquier otro fichero o documento de oferta económica que sea obligatorio aportar conforme a lo indicado en el apartado 22 del cuadro resumen del PCP. Con la presentación y firma de la proposición económica, el concursante se adhiere, en caso de llegar a ser contratista, a los principios de Contratación Responsable, que se encuentran recogidos en el anexo VIII del presente PCP. |
39.- Presentación de ofertas |
La presentación de oferta se regirá por lo indicado en la condición 5 del PCP. Los concursantes aportarán los documentos que formen parte de la oferta en formato electrónico, autenticados mediante firma electrónica reconocida del representante del concursante, a excepción de aquellos ficheros que formen parte de la oferta y que por sus características no sean susceptibles de firma electrónica (archivos en formato de sonido, vídeo, imagen o cualquier otro que sea de similares características). Respecto de los documentos que no tengan dicho formato y no sean susceptibles de firma electrónica por el concursante, porque fueron emitidos originalmente en soporte papel o porque no se trate de documentos confeccionados para presentar la oferta (tales como escrituras notariales, catálogos y documentos de especificaciones técnicas, documentos elaborados por terceros, etc.), se aportará copia digitalizada en formato que garantice la inalterabilidad de los mismos (preferiblemente PDF). El incumplimiento del requisito de firma electrónica de los documentos que constituyen la oferta presentada que deban ser firmados electrónicamente supondrá la exclusión de la oferta de la empresa concursante, previo periodo de subsanación por plazo de tres días hábiles en su caso. Para el caso de que sea la oferta técnica la que se haya presentado sin |
la firma electrónica o dicha firma electrónica no sea válida, se requerirá, para solventar esta circunstancia, la aportación del documento de ratificación de oferta conforme al anexo VI del PCP, con la firma electrónica reconocida del representante del concursante |
Fecha: 26 de enero de 2023
ÍNDICE
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO 21
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 22
3. REQUISITOS PREVIOS DE LOS CONCURSANTES 22
5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN 25
6. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES 28
7. PROPOSICIÓN TÉCNICA (CONTENIDO MÍNIMO DE OFERTA TÉCNICA) 30
10. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES 32
11. ADJUDICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD 34
12. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO 42
15. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO 58
17. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 61
2. Principios generales de actuación 78
3. Principios de Contratación responsable 78
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE EXPLOTACIÓN DE BIENES PATRIMONIALES TITULARIDAD DE METRO
1. IDENTIFICACIÓN Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO
1.1. NÚMERO DEL EXPEDIENTE
El número de expediente es el indicado en el apartado 1 del Cuadro Resumen del presente pliego.
1.2. OBJETO DE CONTRATACIÓN
1.2.1 Descripción: El objeto de contratación es el definido en el apartado 5
b) del Cuadro Resumen del presente pliego, sin perjuicio de que el detalle, las características y la forma de llevar a cabo la actividad a desarrollar serán los que se establecen en el “Pliego de Prescripciones Técnicas”.
1.2.2 División en lotes: El indicado en el apartado 7 del Cuadro Resumen del presente pliego.
1.2.3 Ubicación: La ubicación del bien que es objeto del contrato se define en el apartado 6 del Cuadro Resumen del presente pliego. En el curso de este pliego, cuando en el apartado 6 se definan varios bienes, la expresión bien se entenderá referida a todos y cada uno de ellos.
1.2.4 Actividad a desarrollar: La actividad a desarrollar en el bien que es objeto de contratación será exclusivamente la señalada en el apartado 5 c) del Cuadro Resumen del presente pliego.
Las actividades a desarrollar en el bien objeto de contratación no tendrán el carácter de exclusividad en el ámbito de la estación
1.2.5 Duración del contrato: La indicada en el apartado 9 del Cuadro Resumen del presente Pliego.
1.3. RÉGIMEN ECONÓMICO-PRESUPUESTARIO DEL CONTRATO
El Presupuesto mínimo del concurso es el indicado en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen del presente Pliego.
El importe final y su desglose, si procede, será el que se especifique en el correspondiente contrato.
1.4. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO:
La preparación y adjudicación de este contrato se regirá por lo dispuesto en el presente Xxxxxx (PCP) y en el Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT).
En cuanto a su ejecución, efectos y extinción, el contrato se regirá por su documento de formalización, por el PCP, por el PPT, por la oferta del concursante que resulte adjudicatario, por el resto de documentación contractual y por el derecho privado.
1.5. DESISTIMIENTO DEL PROCESO DE ADJUDICACIÓN
Metro de Madrid podrá, con anterioridad a la adjudicación del contrato, desistir del procedimiento de adjudicación, siempre que exista causa que lo justifique y se determine en la decisión que se adopte a tal fin, debiendo comunicar la misma a los concursantes y publicándolo en todo caso en el Perfil del Contratante del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
2. FORMA, PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
METRO acordará la adjudicación basada en los criterios que se definen y ponderan en los apartados 22 y 23 del Cuadro Resumen de este pliego, distinguiéndose los criterios no evaluables mediante fórmulas de aquellos otros que sí lo son, de conformidad con lo dispuesto en dichos apartados.
Con carácter general se establecerá un límite de suficiencia técnica, cuyo valor se establece en el apartado 22 del Cuadro Resumen de este pliego, de tal forma que, valorada la oferta técnica de los concursantes, pasarán a la siguiente fase (valoración de la oferta económica) únicamente aquellas ofertas que cumplan los criterios mínimos de suficiencia técnica exigidos para la contratación.
3. REQUISITOS PREVIOS DE LOS CONCURSANTES
3.1. REQUISITOS GENERALES DE CARÁCTER JURÍDICO
Los candidatos o concursantes deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuando fueran personas jurídicas deberán justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades relacionadas con el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se
realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social. En el supuesto de tratarse de trabajadores autónomos deberán acreditar estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas en la actividad correspondiente al objeto del contrato, aportando también fotocopia del D.N.I. o documento que lo sustituya.
Los documentos que acreditan el cumplimiento de estos requisitos se detallan la condición 11.1.3 de este pliego.
Los candidatos o los concursantes no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP), en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del contrato. Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
La comprobación de los requisitos se efectuará por Metro al examinar la documentación administrativa requerida, sin perjuicio del derecho de METRO a hacerlo en cualquier otro momento previo o posterior a la adjudicación del contrato.
3.2. REQUISITOS DE SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA, TÉCNICA Y PROFESIONAL
La admisión del candidato requerirá la previa acreditación de la capacidad económica y financiera y técnica o profesional necesaria para realizar la actividad a desarrollar en el objeto de contratación, mediante la presentación de los documentos requeridos en los apartados 18, 19 y 20 del Cuadro Resumen del presente pliego. Metro verificará el cumplimiento de estos requisitos del candidato, con base en la documentación que, según los casos, debe incluirse con esta finalidad en la documentación administrativa de su oferta.
En los contratos para los que se exija la clasificación, como requisito de capacidad económica, financiera y técnica o profesional, la misma se acreditará mediante la documentación exigida en el apartado 19 del Cuadro Resumen.
Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades,
independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios.
3.3. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA PROVISIONAL
Si así se indicara en el apartado 13 del Cuadro Resumen de este Pliego, los concursantes prestarán una garantía provisional que responderá del mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación y formalización del contrato.
El documento acreditativo de la constitución de la garantía provisional original deberá ser entregado, siempre que sea posible, en formato electrónico autenticado mediante firma electrónica reconocida del representante de la entidad avalista.
En el caso de que no pueda aportarse en formato electrónico conforme a lo indicado anteriormente, podrá entregarse físicamente, antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, en el Servicio de Licitaciones de Metro de Madrid, S.A. Xxxxxxx xx Xxxxxxxx, xx 0, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxx.
En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el mencionado apartado 13 del Cuadro Resumen y garantice solidariamente a todos los interesados de la unión temporal.
Cualquiera que sea la forma en que se otorgue la garantía, ésta se constituirá a disposición de METRO y será equivalente al 3 % del presupuesto mínimo del concurso, sin IVA, establecido en el apartado 10.a) del Cuadro Resumen, para el lote o lotes a los que concurra.
La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los concursantes después de la formalización del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al concursante cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
3.4 PAGO ANTICIPADO PARA RETIRADA DE DOCUMENTACIÓN
METRO se reserva el derecho de, en función de la información contenida en la documentación técnica del concurso o la confidencialidad que sea conveniente guardar, solicitar un pago anticipado para la retirada de la documentación del concurso.
Las condiciones establecidas para dicha retirada serán las establecidas en el apartado 36 del Cuadro Resumen.
3.5. CONTACTO PARA RESOLUCIÓN DE CONSULTAS Y COMUNICACIONES SOBRE EL CONCURSO
Se admitirán notificaciones y comunicaciones sobre los concursos por los medios establecidos en el apartado 17 del cuadro resumen.
Se solicita a los concursantes que, a efectos de recibir las notificaciones derivadas de este procedimiento, indiquen en sus proposiciones, y dentro de la Carpeta de Documentación Administrativa, una dirección de correo electrónico, conforme al Modelo que se adjunta Anexo I.
Esta dirección debe pertenecer a alguna persona de contacto de la empresa dada de alta en la Aplicación informática de presentación de ofertas SRM. Para ser persona de contacto incluida en dicha Aplicación, deberá cumplimentar los datos que figuran en el siguiente enlace de la página web de METRO:
Opción 1–Solicitud de acceso:
xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xx/xxx/xxx/xxx/xxxx_xxxxxxxx/!
4. ANUNCIO DEL CONCURSO
En caso de que así se establezca en el apartado 4 del Cuadro Resumen, Metro publicará el concurso, además de en el Perfil del contratante del Portal de la Contratación pública de la Comunidad de Madrid, en un diario de tirada nacional.
5. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN
Las proposiciones se presentarán en la forma, plazo y lugar indicados en el anuncio de concurso, si procede, y en cualquier caso en el Perfil del Contratante del Portal de la Contratación pública de la Comunidad de Madrid donde se ofrecerá la información relativa a la convocatoria de concurso de este Contrato.
Los concursantes podrán solicitar información adicional sobre los Pliegos y sobre la documentación complementaria con una antelación de 5 días hábiles a la fecha límite fijada para la recepción de Ofertas. Esta información se facilitará, si fuera pertinente, como máximo, 3 días hábiles antes del fin del plazo de presentación de proposiciones.
Cada concursante podrá presentar más de una proposición y solo podrá ser adjudicatario de un lote, salvo en los supuestos indicados en el apartado 8 de cuadro resumen del presente pliego. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en Unión Temporal con otros Empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del contenido de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
METRO dispone de una Aplicación informática para la gestión de los concursos denominada SRM (Supplier Relantionship Management) a través de la cual se accede para la retirada de los pliegos y resto de documentación que componen el concurso y desde la que, posteriormente, se presentan las ofertas.
Para participar en un concurso es imprescindible que el interesado manifieste interés a través del formulario habilitado al efecto en la página web de METRO (xxxxxxxxxxx.xx/ descarga pliegos/presentar oferta/ Manifestar interés en participar en concurso): Manifestar interés en participar en Concurso
Una vez realizado este trámite, el interesado quedará incluido automáticamente en la Aplicación SRM, pudiendo acceder a la descarga de pliegos y posterior presentación de ofertas a través de las personas de contacto que designe mediante el siguiente enlace:
(Xxxxxxxxxxx.xx /descarga pliegos/presentar oferta / Acceso SRM): Acceso SRM
De las personas de contacto que la empresa dé de alta a través de la Opción 1- Solicitud de acceso, al menos una debe disponer de Certificado de firma digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), DNI electrónico o Certificado de Camerfirma, ya que sólo esa persona podrá acceder a la Aplicación SRM para descargar los pliegos o presentar oferta. Tanto el Certificado de firma digital como el DNI electrónico se validan y registran en la Opción 2-Registro de certificado, pudiendo acceder a SRM directamente a través de la Opción 3-Entrada a la Aplicación. Este proceso se exige con el fin de validar la identidad de la persona que accede a la Aplicación SRM.
Tan solo podrá accederse a la Aplicación SRM desde aquel ordenador que tenga instalado el Certificado de firma digital de la persona de contacto dada de alta o que tenga habilitado el acceso mediante DNI electrónico.
En el siguiente enlace se encuentra disponible una Tabla con información relativa a la compatibilidad de la Aplicación SRM con distintos navegadores y sistemas operativos: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxx-xxx-xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxx-xxxxxxx-xxxxxxxxx-xxxxxxx
Las ofertas se presentarán, en todos los casos, salvo fallos en la red de comunicaciones, en formato electrónico a través de esta Aplicación SRM, antes de la fecha y hora que se indican en el apartado 16 del Cuadro Resumen de este pliego.
Para el supuesto de que se produzcan fallos en la red de comunicaciones y estos sean probados, se dará acceso a los interesados a la aplicación informática facilitando número de usuario y password, en la sede de METRO, (Área de Contratación y Servicios Corporativos) sita en Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 0 (00000-Xxxxxx).
Toda la documentación ha de presentarse en forma de un único fichero informático, para cada uno de los espacios más abajo indicados, no superior a 30 Mb, salvo excepciones justificadas por el tamaño de los archivos. En este último caso se admitirá el menor número de ficheros necesarios para poder presentar la Oferta completa. La información deberá estar en un formato que garantice la inalterabilidad (PDF, JPG, TIFF, etc.) o en su defecto estar protegido por alguna contraseña.
Para presentar las propuestas la Empresa oferente dispondrá de tres espacios diferenciados denominados:
o DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA que se incluirá en la carpeta nº1.
o OFERTA TÉCNICA (Contenido mínimo conforme al apartado 21 de este PCP) que se incluirá en la carpeta nº2.
o DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA CONFORME AL MODELO DEL ANEXO VII Y LA OFERTA ECONÓMICA que se incluirán en la carpeta nº3.
En estos espacios se deberá adjuntar en cualquiera de los formatos indicados en esta Condición toda la información requerida. Además, la oferta económica y el plazo se deberán cumplimentar en los campos habilitados al efecto en la Aplicación SRM. Para el caso de no ser necesario cumplimentar el campo “plazo”, se puede insertar cualquier valor o un guión. Si el concursante no oferta a un lote determinado, deberá igualmente cumplimentar el campo plazo de ese lote mediante cualquier valor (o un guión) en el espacio reservado a dicha información.
No se admitirán ofertas verbales, telefónicas, por fax, correo electrónico, etc. Solo se admitirán las ofertas que se hayan recibido de forma íntegra y completa en la fecha y hora establecida. Las solicitudes, ofertas, escritos, etc., presentados por los concursantes extemporáneamente, o en lugar distinto del indicado, no serán tenidas en cuenta, quedando excluidas del procedimiento.
Se recomienda introducir, con la antelación suficiente al vencimiento de la presentación de Ofertas en la Aplicación Informática SRM, tanto la documentación solicitada como el contenido de la Oferta, pues el tiempo necesario de transferencia de datos por las líneas públicas de comunicaciones, está directamente relacionado con el ancho xx xxxxx disponible y el rendimiento en la subida de datos.
A efectos meramente informativos, la Aplicación SRM mostrará en la parte superior derecha, durante el proceso de introducción de las ofertas, un reloj con la fecha y hora del sistema.
METRO DE MADRID, S.A., no garantiza dar respuesta a cuestiones técnicas relacionadas con el uso de aplicación SRM si estas no son realizadas al menos con 24 horas de antelación al plazo de presentación de ofertas.
Les indicamos que, una vez depositados todos los documentos en las diferentes carpetas de la Aplicación SRM (Administrativa, Técnica y Económica) y cumplimentados los campos Precio y Plazo, es imprescindible que den al botón ENVIAR para que la oferta sea recibida correctamente. Al ENVIAR la oferta, aparecerá un mensaje de que la oferta ha sido enviada y en unos instantes recibirán confirmación por correo electrónico de que se ha enviado correctamente.
6. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
La presentación de la proposición supone, por parte del concursante, la aceptación incondicional del contenido de este Pliego y del de Prescripciones Técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna.
La documentación deberá presentarse en castellano.
6.1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA.
La Documentación Administrativa a insertar en la aplicación informática, deberá incluir, en uno a varios ficheros informáticos, no debiendo ser ninguno de ellos superior a 30 Mb, con cualquiera de los formatos indicados en la Condición anterior, la siguiente documentación:
a) Una declaración responsable, firmada por el representante legal, en la que manifieste:
- Que el concursante no está incurso en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar señaladas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en la Ley
14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
- Que el concursante se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
- Que el concursante cumple con los requisitos de capacidad de obrar y representación precisos para participar en el presente concurso.
- Que el concursante cumple con los requisitos de solvencia económica y financiera recogidos en el apartado 18 del cuadro resumen.
- Que el concursante cumple con los requisitos de solvencia técnica y profesional recogidos en el apartado 19 del cuadro resumen.
- Que el concursante cumple con los requisitos de adscripción de medios materiales y/o humanos que, en su caso, se hayan podido fijar en el apartado 20 del cuadro resumen.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con METRO será el de finalización del plazo de presentación de ofertas.
b) Unión Temporal de Empresas (U.T.E.): Para el caso de concursantes que concurran agrupados en UTE, deberá aportarse un compromiso solidario de constitución en el que se indicará: los nombres y circunstancias de los que constituyan la UTE; la participación de cada uno de ellos; la xxxxxxxx del compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios y la designación de un representante o apoderado único de la unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas que componen la unión.
Las empresas que concurren en UTE deberán cumplimentar igualmente la declaración responsable en los términos y con los requisitos y consecuencias señalados en el apartado anterior.
c) Preferencia en la adjudicación: En caso de ser necesario, a los efectos de resolver posibles empates entre las distintas proposiciones y de conformidad con los apartados nº 11.1.1 y 11.1.2 del presente Xxxxxx acudir al criterio disponer en plantilla de un porcentaje de trabajadores con discapacidad
superior al 2 por 100, las empresas deberán aportar tales Certificados en este apartado de Documentación Administrativa, no siendo admisible la acreditación de tales circunstancias en un momento posterior.
Si varias empresas acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por ciento, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el concursante que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
A efectos de aplicación de esta circunstancia, los concursantes deberán acreditarla, en su caso, mediante un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores con discapacidad en plantilla, y los documentos de cotización a la Seguridad Social.
7. PROPOSICIÓN TÉCNICA (CONTENIDO MÍNIMO DE OFERTA TÉCNICA)
Cuando así se exija en el apartado 21 del cuadro resumen, los concursantes deberán incluir su oferta técnica, adecuada a los requisitos que, en su caso, se especifiquen en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Dicha oferta deberá incluir en uno o varios ficheros informáticos, no debiendo ser ninguno de ellos superior a 30 Mb, y con cualquiera de los formatos indicados en la condición 5 de este pliego, la documentación que estime por conveniente, en orden a demostrar la perfecta comprensión, contenido y alcance del objeto del contrato, los métodos a emplear y su capacitación técnica para desarrollar la actividad indicada en el apartado 5 c) del Cuadro Resumen del presente pliego.
Deberá incluir necesariamente, en caso de que se indiquen, todos los documentos acreditativos de los criterios determinados en el apartado 21 del Cuadro Resumen. Dichos documentos, presentados por separado, habrán de encabezarse con letras mayúsculas con idéntico título a aquel con el que se denominan en dicho punto del Cuadro Resumen.
Competerá a cada concursante formular, recoger y exponer en el respectivo documento la información que se requiera de forma expresa.
Todos los documentos deberán ir firmados por el concursante, implicando que asume la veracidad de su contenido, reservándose METRO la facultad de comprobar en cualquier momento dicha veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, por sí misma o mediante petición al concursante o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven.
Será excluida del concurso aquella proposición que no incluya los documentos indicados como contenido mínimo en el apartado 21 del cuadro resumen.
Los concursantes cumplimentarán, cuando así esté definido en el apartado 21 del cuadro resumen, el modelo de Cuenta de Explotación Previsional por cada uno de los años de vigencia del contrato con los datos previstos de la actividad a desarrollar en los espacios objeto de contratación.
En el caso de que en el apartado 5 c) del Cuadro Resumen del presente pliego, se admitan propuestas de actividades complementarias a la principal en el momento de presentación de la oferta, deberá incluirse cuanta información detallada de las mismas sea necesaria para valorar la aceptación por parte de METRO de dichas actividades.
8. PROPOSICIÓN ECONÓMICA
En la carpeta nº3 de la aplicación SRM se incluirá junto a la proposición económica la declaración responsable (anexo VII de este PCP) conforme a lo especificado en el apartado 22 del cuadro resumen de este PCP.
La oferta económica firmada se ajustará al modelo incluido como Anexo II de este pliego, desglosándose en hoja aparte, si procediera, el importe de la oferta y los precios unitarios sin IVA, según se establece en dicho modelo.
Asimismo, la proposición deberá ir firmada en todas sus páginas, si las hubiere, no aceptándose aquellas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que METRO estime fundamental para considerar la oferta. Tanto la proposición económica presentada como su desglose, si procede incluirlo, deberán entregarse debidamente firmadas y selladas.
El candidato presentará una sola proposición y ésta contendrá una única oferta.
Si el contrato se divide en lotes, el concursante podrá ofertar por uno, por varios o por la totalidad de los lotes en función de lo indicado al respecto en el apartado 7 del Cuadro Resumen, conforme al presupuesto de concurso establecido para cada uno de ellos en el apartado 10 de dicho Cuadro Resumen, pero solo podrá ser adjudicatario de uno, salvo en los supuestos indicados en el apartado 8 del cuadro resumen del presente pliego.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, sea inferior al presupuesto mínimo de concurso, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del concursante de que adolece de error o inconsistencia que le hagan inviable, será desechada por METRO, sin que sea causa
bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. En caso de discordancia entre la cantidad consignada en cifras y la consignada en letra, prevalecerá esta última.
Sólo en el supuesto de que en el apartado 24 del cuadro resumen se prevea la posibilidad de variantes o mejoras, detallando su contenido y condiciones concretas, se podrán admitir variantes o mejoras que se ajusten a lo previsto en dicho apartado.
Cada concursante podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto de este contrato, o del lote o lotes a los que concurra, si bien la misma podrá incluir aquellas variantes o mejoras, ya sean de exclusivo carácter económico o de contenido técnico evaluables o no económicamente, que estén expresamente previstas conforme a lo indicado en el párrafo anterior.
La introducción de la Oferta económica o de cualquier otro tipo de documento que permita deducir o conocer su importe dentro de la documentación administrativa y/o de la carpeta de la oferta técnica, dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del concursante que incurra en dicha circunstancia.
La Oferta económica incluirá un plazo de validez, que nunca será inferior a SEIS (6) MESES.
9. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación de ofertas será el indicado en el apartado 16 del Cuadro Resumen de este pliego.
10. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y APERTURA Y VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES.
10.1. CALIFICACIÓN Y APERTURA DE LA DOCUMENTACIÓN
A los efectos de la calificación de la documentación presentada, METRO ordenará la apertura de la Documentación Administrativa, procediéndose a comprobar la validez de la misma.
Si Metro de Madrid observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo notificará a los concursantes interesados para que éstos corrijan o subsanen la documentación, o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
METRO, una vez calificada la documentación anterior y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones advertidos, procederá a determinar las ofertas que cumplan las circunstancias que deban quedar acreditadas en virtud de la documentación exigida en la citada Documentación Administrativa y, en su caso, a declarar excluidas a las que no las cumplan.
10.2. VALORACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA (CONTENIDO MÍNIMO)
En los casos en que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 21 del cuadro resumen del PCP, proceda la presentación de oferta técnica, Metro de Madrid:
- Comprobará que la oferta técnica cumple los requisitos técnicos contemplados en el PPT.
- Comprobará que la oferta técnica contiene los documentos mínimos que se exigen, en su caso, en el apartado 21 del cuadro resumen del PCP.
Será excluida de la licitación aquella proposición que no incluya los documentos indicados como contenido mínimo en el apartado 21 del cuadro resumen del PCP, así como aquellas proposiciones que sean consideradas inviables desde el punto de vista técnico por no cumplir los requerimientos del PPT.
10.3 VALORACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA.
En el caso de que se hayan establecido criterios de adjudicación cualitativos evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas en el apartado 22 del cuadro resumen, la puntuación correspondiente a dichos criterios se asignará conforme a lo previsto en el citado apartado.
Las ofertas técnicas que tras la suma de la puntuación correspondiente a los criterios cualitativos evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas hayan obtenido una puntuación inferior al límite de suficiencia técnica establecido en el apartado 22 del cuadro resumen del PCP serán excluidas del procedimiento de adjudicación del contrato. En el caso de que no existan ofertas en el intervalo de calidad técnica aceptable se declarará desierto el concurso.
En consecuencia con lo anterior, únicamente se procederá a la evaluación de las ofertas económicas de los licitadores cuyas ofertas técnicas hayan sido admitidas.
Cuando el objeto del contrato no esté dividido en lotes, las ofertas económicas que se presenten NO PODRÁN SER INFERIORES AL IMPORTE MÍNIMO fijado, en su caso, en el cuadro resumen, siendo excluidas del concurso aquellas ofertas que incumplan esta condición.
Cuando el objeto del contrato esté dividido en lotes, las ofertas económicas que se presenten NO PODRÁN SER INFERIORES AL IMPORTE MÍNIMO fijado, en su caso, en el cuadro resumen para cada lote, siendo excluidas para la adjudicación del mismo, aquellas ofertas que incumplan esta condición.
11. ADJUDICACIÓN, NOTIFICACIÓN Y PUBLICIDAD
11.1 Adjudicación
A la vista de las valoraciones de las Ofertas Técnica y Económica presentadas y sin perjuicio de lo previsto en el apartado 1.5 del presente Pliego de Condiciones Particulares METRO adjudicará el contrato al concursante que, presente la oferta de precio más alto, salvo que se haya determinado la forma de adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa, o podrá declarar desierto el concurso cuando no exista ninguna proposición admisible de acuerdo con los criterios de adjudicación señalados.
En caso de existir varios lotes se procederá a la adjudicación de los mismos conforme a los límites establecidos, en su caso, en el apartado 7 del Cuadro Resumen.
La forma de adjudicación (adjudicación a la oferta de precio más alto o adjudicación a la oferta económicamente más ventajosa) será expresamente determinada en el apartado 8 del Cuadro Resumen de este pliego.
11.1.1 Adjudicación bajo el criterio del precio más alto
Tras la apertura de las ofertas económicas y siempre que se hayan presentado dos o más ofertas que sean válidas por no ser inferiores al importe mínimo marcado en el concurso, METRO iniciará, si así se indica en el apartado 8 del cuadro resumen, una fase de determinación final del precio que podrá realizarse mediante subasta electrónica o mediante peticiones sucesivas de ofertas.
a) Peticiones Sucesivas de ofertas
En caso de peticiones sucesivas de nuevos precios, METRO comunicará a las empresas, a la dirección de correo electrónico que hayan facilitado como contacto según el Anexo I de este documento, la oferta recibida de precio más alto, concediendo un nuevo plazo a los efectos de que puedan presentar una nueva oferta que mejore dicha propuesta. Este proceso podrá repetirse tantas veces como METRO considere necesario. Al inicio de cada ronda se facilitará a las empresas la oferta más alta recibida. Se identificará como mejor oferta la de aquella empresa que, tras este proceso, haya presentado la oferta más alta.
b) Subasta Electrónica
En caso de subasta electrónica, se llevará a cabo según el siguiente procedimiento:
Antes de proceder a la subasta electrónica, METRO procederá a una primera evaluación completa de las ofertas, con los criterios establecidos y descritos en el pliego.
A las Empresas que hayan presentado ofertas válidas (según lo indicado en la Condición 10.3 del presente Pliego de Condiciones Particulares), se les facilitará la información pertinente sobre la fecha de celebración de la subasta electrónica, el desarrollo de la misma, las condiciones en las que los concursantes podrán pujar y, en particular, las diferencias mínimas que se exigirán, en su caso, para cada puja, a los efectos de que puedan presentar nuevos valores, facilitando toda la información pertinente para la conexión individual al dispositivo electrónico utilizado y precisando la fecha y hora del comienzo y finalización de la subasta electrónica.
El dispositivo electrónico utilizado será una plataforma de subasta electrónica a la que accederán los Oferentes mediante un ordenador personal dotado de un navegador Web y conectado a la red Internet, verificando su identidad con usuario y Password y estableciéndose una conexión segura con el servidor correspondiente.
Los Oferentes deberán registrarse en la plataforma utilizada por METRO para este fin, firmando el correspondiente reglamento de participación que Metro de Madrid,
S.A. tiene establecido para el desarrollo de esta subasta.
El precio ofertado por cada concursante será considerado como el precio inicial de la subasta electrónica, que se llevará a cabo según el procedimiento descrito a continuación.
Los Oferentes introducirán cuantas pujas consideren oportunas, siempre que se correspondan con las condiciones del concurso y estén dentro del plazo establecido para la subasta.
La primera puja corresponderá a la oferta inicialmente presentada (oferta base) por los Oferentes y será introducida en la plataforma por METRO
Durante la celebración de la subasta los Oferentes podrán visualizar su clasificación en el ranking, pero no tendrán información del número de participantes ni de su identidad, ni tampoco del importe de la mejor oferta. Asimismo, la plataforma no admitirá pujas de igual importe a otras ya realizadas, informando a quien intente realizar dicha puja que se debe pujar por otro importe.
El plazo inicialmente establecido para la subasta electrónica es de VEINTE MINUTOS. Si en los últimos TRES MINUTOS se produjera alguna puja, el plazo quedaría ampliado otros TRES MINUTOS a partir de ese momento. Será suficiente con que se produzca una puja para reiniciarse el plazo en 3 minutos, aunque esta no mejore la mejor oferta de ese momento. Este proceso se repetirá hasta que pasen TRES MINUTOS completos desde la última puja, momento en que se cerrará la misma.
La diferencia mínima de cada puja, así como otras particularidades sobre el funcionamiento de la subasta, serán establecidas por METRO en el momento de la invitación a la misma.
Al finalizar la subasta electrónica, los Oferentes que han participado en la misma, en el plazo máximo de UN DIA LABORABLE después de la celebración de la subasta, enviarán a METRO, por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxXXX@xxxxxxxxxxx.xx la oferta económica correspondiente a la última puja realizada en Euros, debiendo estar firmada por el Representante de la Empresa con poder suficiente, presentándose en el mismo formato y desglose que se indica en este Pliego de Condiciones Particulares.
c) Desempate en Concursos a adjudicar por el criterio de precio más alto
De producirse empate, por haber ofertado el mismo precio más de un concursante, se desharía el empate identificando como mejor oferta la de aquella empresa cuya oferta hubiera obtenido una mayor puntuación en la Valoración técnica.
Si continuara dicho empate, sería identificada como mejor oferta la de aquella empresa que acredite mayor porcentaje de personal con discapacidad en su plantilla, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1. del presente Pliego.
En caso de no existir criterios de valoración técnica de las ofertas, se desharía el empate directamente por el mayor porcentaje de personal con discapacidad, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1. del presente Pliego.
Si aun así persistiera dicho empate, se identificará la mejor oferta mediante la celebración de un sorteo.
11.1.2. Adjudicación bajo el criterio de la oferta económicamente más ventajosa
Si METRO optase por la adjudicación a la oferta que resulte económicamente más ventajosa para Metro, así se indicará en el apartado 8 del Cuadro Resumen de este pliego.
La oferta económicamente más ventajosa será la que obtenga una puntuación total mayor, resultante de la suma de la puntuación técnica y la puntuación económica. Dichas puntuaciones se obtendrán según el siguiente procedimiento:
I.- Para calcular la puntuación técnica se aplicará a la valoración técnica la fórmula indicada en el apartado 22 del cuadro resumen.
II.- La valoración económica de las ofertas se realizará según el procedimiento siguiente:
- Si así se previera expresamente en el apartado 8 del cuadro resumen, METRO iniciará un procedimiento de determinación del precio más alto conforme al sistema establecido en el apartado 11.1.1 anterior.
- Para calcular la puntuación económica se aplicará a los precios la fórmula indicada en el apartado 23 del cuadro resumen.
Una vez establecidas las ofertas de cualificación técnica aceptable, se identificará como mejor oferta la de aquella empresa cuya oferta resulte económicamente más ventajosa y por tanto, que obtenga mayor puntuación en la suma de la parte técnica y la parte económica.
De producirse empate, por haber ofertado el mismo precio más de un concursante, se desharía el empate identificando como mejor oferta la de aquella empresa cuya oferta hubiera obtenido una mayor puntuación en la Valoración técnica.
Si continuara dicho empate, sería identificada como mejor oferta la de aquella empresa que acredite mayor porcentaje de personal con discapacidad en su plantilla, de conformidad con lo previsto en el apartado 6.1. del presente Pliego.
11.1.3 Acreditación de los requisitos de capacidad de obrar, personalidad jurídica y solvencia.
Una vez identificada la mejor oferta conforme a lo previsto en las condiciones anteriores, Metro de Madrid lo notificará al concursante que la haya presentado con objeto de que en el plazo máximo de siete días hábiles remita la documentación acreditativa del cumplimiento de los siguientes requisitos y condiciones:
I.- Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar:
a) Si el concursante que ha presentado la mejor oferta es una persona jurídica española, escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
Cuando sea persona jurídica deberá justificar que el objeto social de la entidad comprende el desarrollo de todas las actividades relacionadas con el objeto del contrato al que concurren. La acreditación se realizará mediante la presentación de los estatutos sociales inscritos en el Registro mercantil o en aquel otro registro oficial que corresponda en función del tipo de entidad social.
b) Si el concursante que ha presentado la mejor oferta es una persona física, fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces. Además deberá acreditar poseer la habilitación profesional que en su caso sea exigible para la realización de la actividad objeto del contrato, y estar dado de alta en el Impuesto de Actividades económicas en la actividad correspondiente.
c) Cuando se trate de una empresa no española de un Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberá acreditar su inscripción en los Registros que procedan o mediante la presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
d) Cuando se trate de un empresario extranjero no incluido en el apartado anterior acreditará su capacidad mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto de este contrato.
Asimismo, deberá acompañar Informe de la Misión Diplomática Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público en forma sustancialmente análoga.
Deberá aportar además una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderle.
Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
II.- Acreditación, en su caso, de la representación.
Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar, además de una fotocopia del DNI (o documento que haga sus veces), apoderamiento bastante, suficiente y subsistente para representar a la persona o entidad en cuyo nombre se actúe, debidamente inscrito en el Registro Mercantil si se trata de una persona jurídica.
Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
III.- Condiciones de solvencia.
El concursante que haya presentado la mejor oferta deberá acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas que se exijan en los apartados 18, 19 y 20 del Cuadro Resumen.
La no presentación de la documentación completa en el plazo de 7 días hábiles dará lugar a un plazo de subsanación de 3 días hábiles a partir de la fecha de su solicitud. En caso de no recibirse la documentación requerida en el plazo señalado, se entenderá que el concursante retira su oferta, pudiendo METRO ejecutar la garantía provisional, si la hubiera, y se propondrá la adjudicación a la siguiente mejor oferta presentada, requiriendo Metro al siguiente concursante para que, en un plazo máximo de 7 días hábiles remita por correo electrónico la documentación antes señalada, aplicando también el plazo de subsanación de 3 días hábiles.
En el supuesto de que la siguiente mejor oferta tampoco cumpliera con la presentación de la documentación conforme a lo anteriormente señalado, se pasaría a la siguiente mejor oferta de las restantes, y así sucesivamente.
11.2 NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN.
Metro de Madrid adjudicará el contrato al concursante que haya presentado la mejor oferta y acreditado en tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones a que se refieren las condiciones anteriores.
METRO podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad
especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado.
11.3 PUBLICIDAD DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación se publicará en el Perfil del Contratante del Portal de la Contratación de la Comunidad Autónoma de Madrid.
11.4 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR ANTES DE LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO.
METRO requerirá al adjudicatario para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido la notificación de la adjudicación, presente la siguiente documentación:
i) Garantía definitiva, conforme a las indicaciones de la condición siguiente.
ii) Copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil que ha de tener suscrita y en vigor, con los alcances establecidos en la condición 12.3 de este Pliego y en el apartado 34 del cuadro resumen, o certificación emitida por la Compañía Aseguradora acreditativa de dichos extremos y de estar al corriente de pago de las primas correspondientes.
iii) Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Este certificado deberá estar actualizado, no pudiendo tener una antigüedad superior a 3 meses desde la fecha de su expedición.
Los sujetos pasivos que estén exentos del Impuesto de Actividades Económicas por encontrarse en alguna de las exenciones contempladas en la Ley que las regula, deberán presentar resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
iv). Escrituras de constitución, en el caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de empresas.
v) Escritura de apoderamiento y fotocopia del DNI del firmante/s del contrato, cuando ocurran alguno de los siguientes supuestos:
- Que los firmantes del contrato fueran diferentes de los previamente aportados en la fase de Acreditación de los requisitos de capacidad de obrar, personalidad jurídica y solvencia.
- Que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Empresas.
vi) Justificante de pago de los gastos de publicación en el caso de que se haya procedido al anuncio del concurso en un diario de tirada nacional.
El abono lo efectuará el adjudicatario mediante transferencia bancaria a la cuenta abierta al efecto que METRO habrá de facilitarle. Una vez realizada la transferencia, el adjudicatario entregará en formato electrónico al Área de Contratación y Servicios Corporativos copia del recibo correspondiente.
El importe máximo de los gastos de publicidad se indicará en el apartado 35 del Cuadro Resumen.
En el caso de que, por la estructura en lotes del objeto del contrato, exista más de un adjudicatario, el importe del anuncio se repercutirá en partes iguales entre todos los adjudicatarios.
En caso de que alguno de los expedientes a los que se refiere el anuncio quede desierto, su coste será asumido por METRO.
Si el adjudicatario tiene domicilio fiscal en el territorio español deberá presentar también:
vii) Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración General del Estado.
Este certificado deberá estar actualizado, no pudiendo tener una antigüedad superior a 3 meses desde la fecha de su expedición.
viii) Certificación positiva, expedida por el organismo competente de la Administración Autonómica donde se encuentre el domicilio fiscal del adjudicatario, acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con dicha Administración.
Este certificado deberá estar actualizado, no pudiendo tener una antigüedad superior a 3 meses desde la fecha de su expedición.
ix) Certificación positiva, expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Este certificado deberá estar actualizado, no pudiendo tener una antigüedad superior a 3 meses desde la fecha de su expedición.
Si el adjudicatario no tiene domicilio fiscal en el territorio español deberá presentar también:
x) Declaración responsable, suscrita por el apoderado debidamente acreditado al efecto, en la que se certifique que el adjudicatario no tiene deuda tributaria alguna ni con la Seguridad Social, en el ámbito estatal español ni en el de la Comunidad de Madrid.
En el caso de que el adjudicatario sea una Unión Temporal de empresas, la documentación descrita en los apartados iii), vii), viii) y ix) deberá ser presentada por cada una de las empresas que constituyen la UTE.
Siempre que sea posible el documento acreditativo de la constitución de la garantía definitiva deberá ser entregado en formato electrónico autenticado mediante firma electrónica reconocida del representante de la entidad aseguradora, los restantes documentos deberán ser remitidos conforme a lo indicado en la notificación. De no recibirse la documentación solicitada en el plazo señalado en la notificación de la adjudicación, se entenderá que el concursante ha retirado su oferta, pudiendo METRO ejecutar la garantía provisional, si la hubiera.
11.5 NULIDAD DE LA ADJUDICACIÓN
La adjudicación de un contrato en favor de quien no cumpla las previsiones descritas anteriormente, las relativas a la solvencia económica, financiera, técnica y profesional exigida, y medios materiales o humanos adscritos requeridos, o a favor de persona o entidad en quienes concurra alguno de los supuestos de prohibición de contratar, serán nulas de pleno derecho. Sin perjuicio de ello, METRO podrá acordar que el Cesionario continúe la ejecución del Contrato, bajo las mismas Condiciones, por el tiempo indispensable para evitar perjuicios al interés o servicio público de transporte ferroviario de viajeros.
12. OBLIGACIONES DEL CESIONARIO
12.1. CONSTITUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
El Cesionario viene obligado a constituir una garantía definitiva, (apartado 14 del Cuadro Resumen) a disposición de METRO, mediante aval bancario o seguro de caución, que se redactarán de acuerdo con las normas de Derecho Mercantil siguiendo los modelos establecidos en el Anexo III de este Pliego, por importe equivalente al 5 % del precio de adjudicación total del contrato, IVA excluido.
La fianza definitiva responderá del cumplimiento de cuantas obligaciones se deriven del Contrato.
Sin perjuicio de ello y con carácter indicativo, la fianza definitiva podrá hacerse efectiva para responder:
- De la falta de pago del canon por parte del Cesionario.
− De las penalizaciones impuestas al Cesionario por razón de la ejecución del Contrato.
− Del resarcimiento de los daños y perjuicios que el Cesionario ocasionara a Metro con motivo de la ejecución del Contrato o de las demoras en el cumplimiento de sus obligaciones.
− De la falta de formalización del contrato dentro del plazo previsto al efecto, por causas imputables al Cesionario.
− De las actuaciones que METRO se vea obligado a realizar en los casos de resolución del Contrato, en virtud de lo establecido en el mismo.
Cuando se hicieran efectivas x xxxxx de la fianza las penalizaciones e indemnizaciones citadas o se modifique el Contrato, afectando al importe del mismo, el Cesionario vendrá obligado a reponer o ampliar la fianza en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario en causa de resolución.
La devolución de la garantía definitiva se realizará, previa solicitud del Cesionario y por autorización expresa de METRO, en el plazo máximo de 6 meses desde la recepción de dicha solicitud, siempre y cuando el contrato se haya ejecutado de conformidad.
12.2. GARANTÍA COMPLEMENTARIA
No procede
12.3.- SEGUROS
Los Cesionarios estarán obligados a suscribir, antes de la formalización del contrato, las pólizas de seguros que se indican en esta condición, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.
Los Cesionarios deberán haber aportado con anterioridad a la firma del contrato copia de las pólizas o certificación de las mismas y de los justificantes de pago de las correspondientes primas. De no entregarse los documentos contemplados en el
párrafo anterior, daría lugar a la no formalización del contrato, por lo que se dejaría sin efecto la adjudicación.
Si dichas pólizas vencieran antes de la finalización del contrato, los Cesionarios presentarán nueva póliza o nuevo certificado por el período de renovación en los mismos términos que el anterior y dentro de los quince (15) días siguientes a su vencimiento. Los Cesionarios quedan obligados a informar a METRO, durante el periodo de vigencia del contrato, de cualquier incidencia que afecte a la vigencia y condiciones de los seguros contratados, con el fin de adoptar las medidas procedentes.
En caso de siniestro, por cualquier diferencia que surja en el pago de las indemnizaciones u otro tipo de descubierto de los seguros contratados, será íntegramente soportada por los Cesionarios.
Los Cesionarios se obligan a reparar los daños y responder por aquellos riesgos que no queden garantizados en las pólizas de seguro que haya contratado según lo dispuesto en el presente apartado.
Durante todo el período de duración del contrato, los Cesionarios mantendrá en vigor a su xxxxx las pólizas de seguro que sean exigibles con arreglo a la legislación laboral para el aseguramiento de su personal.
Los Cesionarios serán los únicos responsables de las reclamaciones por daños o perjuicios que puedan producirse a terceros, quedando METRO expresa y totalmente exonerado de responsabilidad alguna, tanto solidaria como subsidiaria.
La contratación de las pólizas anteriormente descritas no eximirá ni limitará ninguna de las obligaciones y responsabilidades de los Cesionarios derivadas de este contrato.
METRO podrá solicitar el cambio de Asegurador cuando el mismo no merezca confianza en virtud de situaciones económicas y/o financieras sobrevivientes que demostraren un estado de solvencia y/o cualquier otra circunstancia que pusiera en duda la validez de la cobertura otorgada.
La formalización de las pólizas de seguro será requisito indispensable para la entrada en vigor del contrato, pudiendo exigir METRO, en cualquier momento a los Cesionarios, que éste le entregue copia de las pólizas que suscriba al efecto, así como del recibo del pago de la prima acreditativo de la vigencia de la póliza, todo ello sin perjuicio de la obligación de entrega de los certificados de seguro señalados a continuación.
El incumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior, así como de la obligación de la comunicación puntual, por parte de los Cesionarios, de cualquier incidencia que pudiera afectar a la vigencia y a las condiciones establecidas en los seguros
contratados, será causa de resolución del contrato, sin que ello dé lugar a compensación a alguna a favor de aquél.
12.3.1PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL LOCAL
Los adjudicatarios estarán obligado a suscribir antes de la formalización de cada contrato, y a mantenerla durante toda su vigencia, una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil del local que garantice las reclamaciones de las que los Cesionarios pudieran resultar civilmente responsables por los daños materiales o personales, así como los perjuicios consecuenciales que los Cesionarios puedan ocasionar a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, y durante el periodo de garantía, si los hubiere.
El Tomador de este Seguro será el Cesionario del local de la red de METRO, así como, sus empleados, representantes, directivos, etc…. METRO tendrá la consideración de Asegurado Adicional sin perder la condición xx xxxxxxx.
Este Xxxxxx deberá mantenerse en vigor durante toda la vigencia del contrato y a título enunciativo, pero no limitativo, deberá incluir las siguientes garantías:
a) Estará cubierta la actividad del local que preste el cesionario en local instalado en las instalaciones de METRO.
b) Explotación, patronal, profesional, productos / postrabajos, contaminación ambiental, perjuicios patrimoniales puros, daños a bienes directamente trabajados, defensas y fianzas civiles y criminales.
c) El límite de suma asegurada no será inferior a 300.000 € por siniestro.
d) Incluirá la Responsabilidad Civil (RC) de Explotación amplia siguiente:
o RC por la utilización de aparatos, combustible, instalaciones de carga y descarga en la propiedad del establecimiento asegurado y maquinaria apropiada para la realización de los trabajos objeto del seguro.
o RC de los productos y mercancías, objeto de la actividad asegurada durante su transporte.
o RC por el almacenaje de mercancía objeto de la actividad comercial.
o RC por la tenencia de líneas de alta y baja tensión y transformadores.
o RC por tenencia de aparcamientos para uso exclusivo de la empresa.
o RC por la participación en exposiciones y ferias de muestras
o RC de seguridad y vigilancia propios por medio de animales, dispositivos mecánicos, eléctricos y electrónicos, así, como prevención contra incendios.
o RC por la tenencia de depósitos y conducciones de gas.
o RC por la propiedad, arrendamiento o usufructo de terrenos, edificios, locales e instalaciones dedicadas a la actividad asegurada.
o RC por los daños causados por las obras y trabajos de mantenimiento, reparación, reforma o ampliación de los inmuebles e instalaciones, con la consideración de obras menores.
o RC locativa
o RC por intoxicaciones alimentarias a terceros
o RC por los daños causados entre los diferentes cesionarios.
e) Incluirá la Responsabilidad Civil Patronal.
f) Incluirá la Responsabilidad Civil de Productos/Post-trabajos.
g) Incluirá la Defensa y Fianzas para la Responsabilidad Civil y Criminal.
h) Deberá incluir los siguientes límites de indemnización:
SEGURO RESPONSABILIDAD CIVIL DEL LOCAL | Límite Euros |
Límite por siniestro para el conjunto de todas las garantías | 3.500.000 siniestro/Año |
Sublímites | |
Responsabilidad civil de explotación | 3.500.000 siniestro/Año |
Responsabilidad civil patronal | 3.500.000 siniestro/Año 250.000 por víctima |
Responsabilidad civil productos | 3.500.000 siniestro/ año |
i) La póliza no incluirá ningún tipo de franquicia.
La vigencia y condiciones de la póliza de seguros indicada contemplará toda la duración del contrato, incluyendo su garantía, pudiendo solicitar METRO los justificantes correspondientes de pago.
12.3.2PÓLIZA DE SEGURO MULTIRRIESGO INDUSTRIAL - CONTINENTE
Los adjudicatarios estarán obligado a suscribir antes de la formalización de cada contrato, y a mantenerla durante toda su vigencia, una póliza de Seguro Multirriesgo Industrial - Continente del local que garantice las reclamaciones de las que los Cesionarios pudieran resultar civilmente responsables por los daños materiales o personales, así como los perjuicios consecuenciales que los Cesionarios puedan ocasionar a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, y durante el periodo de garantía, si los hubiere.
Este Xxxxxx deberá mantenerse en vigor durante toda la vigencia del contrato y a título enunciativo, pero no limitativo, deberá incluir las siguientes garantías:
a) El Tomador de este Seguro será el Cesionario del local y los bienes asegurados serán los locales ubicados en la estación. METRO tendrá la consideración de asegurado adicional en la póliza.
b) El riesgo cubierto es el multirriesgo industrial de los locales de acuerdo con los capitales indicados a continuación:
SEGURO MULTIRRIESGO - INDUSTRIAL | Valor declarado EUR |
Continente | Valor declarado del local |
c) Las condiciones de cobertura y límites de indemnización serán:
SEGURO MULTIRRIESGO - INDUSTRIAL | Límite EUR(1) |
Garantías Básicas | |
Incendio, caída xxx Xxxx y Explosión: - Daños ocasionados por las medidas de la autoridad o el Asegurado, gastos por transporte y otras medidas de salvamento, menoscabo de los objetos salvados y valor de los objetos desaparecidos. | Incluido |
Extensión de Garantías | |
- Actos de vandalismo o malintencionados, lluvia, viento, pedrisco o nieve, humo, choque o impacto de vehículos terrestres, caída de aeronaves u objetos, onda sónica, impacto de objetos, derrame o escape accidental de instalaciones automáticas de extinción de incendios, derrame de material fundido, inundación. | Incluido |
- Obtención de Permisos o licencias | |
- Honorario de profesionales externos | |
- Reembolso de los costes desembolsados | |
- Daños Eléctricos ocasionados en líneas, maquinaria y aparatos eléctricos y electrónicos | |
- Rotura xx Xxxxxxxxx | |
Daños Agua | |
- Localización de avería y reposición elemento afectados | Incluido |
- Gastos de reparación de la avería | |
Gastos Complementarios | |
- Gastos por las medidas adoptadas por la autoridad o el Asegurado | Incluido |
- Gastos de desescombro | |
- Pago del servicio de extinción de incendios | |
Robo y Expoliación | |
- Desperfectos por Xxxx y expoliación | Incluido |
d) La póliza no incluirá ningún tipo de franquicia.
La vigencia y condiciones de la póliza de seguros indicada contemplará toda la duración del contrato, incluyendo su garantía, pudiendo solicitar METRO los justificantes correspondientes de pago.
12.3.3PÓLIZAS PARA LAS OBRAS
Además, antes de la ejecución de cualquier obra, los Cesionarios deberán aportar a METRO copia de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil que asegure dicha obra durante toda la duración de la misma, con los límites y sublímites siguientes:
a) Límite de la suma asegurada no inferior a 300.000 € por siniestro.
b) Sublímite por víctima no inferior a 150.000 €
El Cesionario estará obligado a suscribir antes de la formalización del contrato y a mantener durante la vigencia total del mismo, las pólizas de seguros que se indican en este apartado, por los conceptos, cuantías, coberturas, duración y condiciones que se establecen en el mismo.
12.4 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El Área de Contratación y Servicios Corporativos, antes de la firma del contrato, deberá tener en su poder, entre otros, los documentos que se indican en el apartado
11.5 de este pliego.
Una vez aportada por el Cesionario la documentación en cada caso exigible, se procederá a la formalización del contrato en el plazo previsto en la notificación de su adjudicación, que deberá ser, con carácter general, firmado por ambas partes mediante firma electrónica.
El documento en que se formalice el contrato deberá ajustarse con exactitud a las condiciones del concurso. El contrato se elevará a escritura pública en caso de que METRO lo estime conveniente, corriendo por cuenta del cesionario los gastos correspondientes. En este caso el Cesionario deberá entregar a METRO una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Cuando por causas imputables al Cesionario no pudiese formalizarse el Contrato dentro del plazo previsto, METRO podrá acordar la resolución de la adjudicación. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. Si las causas de la no formalización fueren imputables a METRO DE MADRID, S.A., se indemnizará al Cesionario de los daños y perjuicios que la demora le pueda ocasionar, con independencia de que pueda solicitar la resolución de la adjudicación siempre que la demora excediera de seis (6) meses.
12.5.- OTRAS OBLIGACIONES
Serán por cuenta del cesionario la totalidad de los tributos de cualquier clase que, en la actualidad gravan o puedan gravar en el futuro, el ejercicio de la actividad a desarrollar en el inmueble o que recaigan o puedan recaer sobre el inmueble ocupado, aunque se hubieran liquidado a METRO. Igualmente serán por cuenta del Cesionario los gastos y tributos que puedan recaer sobre este contrato o sobre cualquiera de las operaciones físicas o jurídicas que motive.
12.6. EJECUCIÓN DEL CONTRATO 12.6.1.- Ejecución del contrato
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del Cesionario, que estará obligado a cumplir el contrato conforme a las previsiones establecidas en el presente Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
12.6.2.- Obligaciones del Cesionario respecto del personal adscrito a la ejecución del contrato
El personal que intervenga en la ejecución del contrato dependerá exclusivamente del Cesionario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario, sin que del eventual incumplimiento de sus obligaciones legales o contractuales pueda derivarse responsabilidad alguna para METRO.
El Cesionario no podrá repercutir contra METRO ninguna carga o responsabilidad resultante de su actividad o incumplimiento. En cualquier caso, el Cesionario indemnizará a METRO por cualquier cantidad que se viera obligada a abonar por incumplimiento de las obligaciones aquí consignadas, incluso por las que vengan impuestas por resolución administrativa o judicial, respondiendo de los perjuicios que, por cualquier motivo, se causen a METRO.
Si no obstante lo anterior, el Cesionario incumpliese la obligación asumida o como consecuencia del ejercicio de cualquier acción judicial o actuación administrativa, METRO resultare responsable económica o empresarialmente por virtud de resolución firme, de cualquier obligación derivada directa o indirectamente de la actuación u omisión del Cesionario, o de las de su personal durante la ejecución del contrato, el Cesionario queda obligado a reintegrar a METRO, de forma inmediata, las cantidades que se hayan fijado en las resoluciones recaídas en los procedimientos judiciales o administrativos citados, o los gastos totales que hubiere necesitado efectuar METRO por los mencionados incumplimientos
No habrá derecho o expectativa de derecho, de carácter laboral o de otro tipo, entre METRO y el personal de la empresa adjudicataria encargada de la ejecución del contrato.
El Cesionario fijará el personal necesario para la ejecución del contrato y remitirá a METRO, al menos con tres días de antelación a la formalización del contrato, una relación del mismo, con expresión del nombre y apellidos, D.N.I. y funciones asignadas.
El personal del Cesionario –o el de las empresas que haya podido contratar para llevar a cabo la ejecución del contrato- se hallará afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social antes de comenzar la explotación de los bienes o derechos cedidos, situación en la que deberá permanecer durante la ejecución del contrato.
El Cesionario entregará a METRO, con carácter previo al inicio del contrato, copia de la documentación que acredite la afiliación y alta de cada uno de los trabajadores
que vaya a ocupar en la explotación de los bienes o derechos objeto de cesión, que deberá mantener.
El contrato no podrá comenzar, en ningún, caso antes de que obre en poder de METRO la información indicada en el párrafo precedente.
12.6.3. Obligaciones laborales, sociales y medioambientales
El Cesionario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
El Cesionario se obliga a cumplir cuanta normativa interna en materia de seguridad y salud en el trabajo le resulte de aplicación. De forma específica y en materia de coordinación de actividades empresariales y de seguridad y salud en obras de construcción, deberá atender las obligaciones que para él y, según la naturaleza, se deriven de la aplicación del proceso PRL.PO-04 “Coordinación de actividades empresariales” integrado en el Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales de Metro de Madrid y elaborado al amparo de las obligaciones que, en esta materia, previenen la legislación y reglamentación vigentes.”
El documento PRL.PO-04 está disponible en la Web de Metro de Madrid en el enlace xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xx/xxxxxx_xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxx/xxxxx.xxxx, y se accede al mismo haciendo click en la opción “Coordinación de Actividades Empresariales”.
El Cesionario queda obligado a conocer y aplicar en cada momento, las medidas necesarias para cumplir con los requisitos legales vigentes en materia medioambiental, en todas las actividades realizadas dentro de las instalaciones de Metro, que se derivan del cumplimiento de los compromisos adquiridos.
Será responsabilidad del Cesionario, la subsanación de los efectos negativos del impacto medioambiental que se produzcan en las instalaciones de Metro, con independencia de la observación o no de los requisitos legales al respecto.
A tales efectos, el Cesionario se hace responsable ante la autoridad en materia de Medio Ambiente, de la adopción de las medidas necesarias que le pudieran ser exigidas, así como el pago de las sanciones o indemnizaciones que se pudieran determinar por los Organismos competentes.
12.6.4. Imagen de Metro
Durante la vigencia del Contrato se deberá, por parte del Cesionario, cuidar de que en ningún momento se dañe la imagen de METRO ante terceros, de forma que cualquier acción que ofrezca duda en este sentido, deberá ser sometida a la consideración de METRO, que resolverá en uno u otro sentido.
En su caso, el personal del Cesionario que se encuentre realizando trabajos en las instalaciones de METRO, deberá estar perfectamente uniformado y llevar un distintivo de identificación y el de la Empresa para la que trabaja. Cuando dicho personal esté en contacto con el público, el uniforme o ropa de trabajo deberá ser aceptado por METRO y hallarse en perfecto estado.
12.6.5. Licencias, permisos, ensayos y otros gastos
Corresponderá al Cesionario la solicitud, gestión y obtención, por su exclusiva cuenta y cargo, de cuantos permisos y licencias fueren precisos para el desarrollo de las actividades relacionadas con el objeto del contrato inclusive, en su caso, las licencias de importación, derechos arancelarios y otros gastos que procedan.
El Cesionario queda obligado a satisfacer los gastos, si los hubiere, de los anuncios del concurso, así como los que pudieran derivarse de la formalización del Contrato. El importe máximo de los gastos a satisfacer por anuncios publicados en boletines se especifica en el apartado 35 del Cuadro Resumen.
El cumplimiento de dichas obligaciones deberá ser acreditado por el Cesionario con anterioridad a la firma del Contrato.
Queda excluido de esta Condición el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que se aplicará de conformidad con lo previsto en su Ley Reguladora y Reglamento de Desarrollo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del Cesionario o el incumplimiento de las normas de seguridad por el personal designado por él o por las empresas que pudiera contratar para realizar tareas relacionadas con el objeto del contrato, no implicará responsabilidad alguna para METRO, por lo que el Cesionario reintegrará de forma inmediata a METRO las cantidades que éste tuviera que depositar o abonar como consecuencia de tales incumplimientos.
12.6.6. Propiedad de los trabajos realizados
No procede
12.6.7.- Propiedad intelectual, industrial y comercial
Para el desarrollo de la actividad relacionada con el objeto del contrato, el Cesionario, deberá disponer, en su caso, de las cesiones, permisos y autorizaciones necesarios de los titulares de los derechos, patentes, modelos y marcas de fábrica y “Copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos por tales conceptos, así como el de las indemnizaciones que en su caso procedieren.
El Cesionario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que si se produjera cualquier reclamación contra METRO con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a METRO por tal motivo.
El Cesionario reintegrará a METRO, con carácter inmediato, las cantidades que éste haya tenido que satisfacer como consecuencia de cualquier reclamación que se haya efectuado en ésta materia.
Todo ello sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, puedan proceder de conformidad con lo establecido en este pliego.
En el caso de productos “software”, el Cesionario declarará expresamente y bajo su exclusiva responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes a los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que METRO así lo solicitara.
12.6.8. Competencia Desleal.
El Cesionario vendrá obligado a no realizar acciones que impliquen cualquier tipo de daño o perjuicio para METRO, ya sea por competencia con el mismo o por utilización de información obtenida como consecuencia de la ejecución del contrato.
12.6.9.- Obligaciones del Cesionario en orden a no perturbar el normal funcionamiento del servicio público que presta METRO
Si durante la vigencia del contrato se produjera cualquier tipo de averías, interferencias o perturbaciones en el normal funcionamiento de cualquier tipo de aparatos, equipos o instalaciones de seguridad, de comunicaciones o eléctricas que alterasen el normal funcionamiento del servicio público de transporte que presta METRO y/o la suspensión temporal de dicho servicio o de cualquier tipo de instalación, imputable al Cesionario, éste, además de reparar con urgencia la avería y suprimir las interferencias o perturbaciones, indemnizará a METRO no sólo por el daño
emergente, sino también, en su caso, por lucro cesante pudiendo servir de base para la determinación del mismo, entre otros, los siguientes criterios :
a) Coste de los retrasos que se hubieran originado en la circulación de trenes.
b) Coste de los coches/kilómetros que se hayan dejado de realizar por el tiempo de inmovilización producido, de acuerdo con los baremos establecidos y que comunicaría METRO, en su caso.
12.6.10.- Sucesión de Empresas (Subrogación de personal)
No procede
12.7.- REALIZACIÓN DEL CONTRATO.
12.7.1. Dirección del contrato
La dirección del contrato corresponde al Departamento Responsable de la Gestión del Contrato que designe METRO
Son funciones del Departamento de METRO responsable de la Gestión del Contrato
a).- Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el Contrato o en disposiciones oficiales.
b).- Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la ejecución del Contrato en cada una de sus fases, si procede.
c).- Dar las órdenes oportunas, a través del Responsable del Contrato por parte del Cesionario para lograr los objetivos del Contrato.
d).- Proponer las modificaciones que convenga introducir
e).- Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo del Contrato.
f).- Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo del Contrato y su supervisión, a las que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos facultativos, técnicos letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en el contrato.
En particular el Órgano Responsable de la Gestión del Contrato por parte de METRO,
S.A determinará:
g).- Cualquier otra cuestión que sea consecuencia de su labor de dirección del presente Contrato y que a su juicio sea necesaria para el cumplimiento de sus fines.
El Cesionario guardará y hará guardar las consideraciones debidas al personal del Órgano Responsable de la Gestión del Contrato.
Cuando el Cesionario o personas de él dependientes, incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del Contrato, METRO, podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
12.7.2. Delegado del Cesionario (Responsable del Proyecto)
Se entiende como tal a la persona propuesta a tal fin por el Cesionario y aceptada por METRO. Tendrá las atribuciones que se le reconocen en el presente Xxxxxx.
Dicho nombramiento se comunicará a METRO antes de la fecha de comienzo de la vigencia del contrato.
El Cesionario se compromete a mantener la designación efectuada hasta el fin de la vigencia del contrato salvo que por causas justificadas precise sustituirlo, en cuyo caso, deberá solicitar autorización a METRO.
METRO podrá, en cualquier momento, promover o instar ante el Cesionario la sustitución de su Delegado o cualquier persona que integre su equipo de personal, cuando incurran en actos y omisiones que comprometan o perturben el buen fin del contrato.
En tal caso, el Cesionario deberá proceder a la sustitución de la persona a la que se ha solicitado su sustitución en el plazo más breve posible que, en ningún caso, podrá exceder de quince (15) días.
12.7.2.1. Domicilio del Cesionario
El Cesionario está obligado a comunicar a METRO, antes de la elaboración del documento contractual, su domicilio y el de su Delegado, a todos los efectos derivados del contrato.
El Cesionario o su Delegado, estará obligado a comunicar a METRO previamente cualquier variación que se produzca en el domicilio designado por el Cesionario hasta la finalización del contrato.
12.7.3.- Modificación del contrato 1
El contrato sólo podrá ser modificado (más allá de los supuestos de sucesión en la persona del contratista, cesión del contrato, revisión de precios y ampliación del plazo de ejecución) en los casos previstos en el apartado 30 del cuadro resumen del PCP.
Al margen de estos casos, si fuese necesario ejecutar el contrato de forma distinta a la pactada deberá resolverse éste y licitarse la ejecución de un nuevo contrato adaptado a la realidad de las circunstancias, sin perjuicio de la obligación del cesionario de adoptar medidas que resulten necesarias por razones de seguridad, servicio público o posible ruina.
Las modificaciones del contrato serán objeto de formalización de acuerdo con lo previsto para el propio contrato en la condición 12.4 del PCP. Adicionalmente, las modificaciones del contrato se publicarán en el perfil de contratante del Portal de la Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
12.7.4. Contratación de terceros
Se admite la posibilidad de contratar con terceros siempre que se acredite que se cumpla con lo previsto en los pliegos y en los términos del apartado 27 del cuadro resumen.
Las empresas contratadas por el Cesionario deberán cumplir, en todo caso, las obligaciones de coordinación de actividades empresariales recogidas en la Condición
12.6.3 de este pliego.
12.7.5. Cesión
Para la cesión total o parcial de los derechos y obligaciones que se deriven del Contrato, el Cesionario necesitará la autorización expresa y escrita de METRO, que fijará las condiciones de la misma, de conformidad con lo establecido en el apartado 27 del cuadro resumen.
Para que pueda autorizarse la cesión de los contratos se precisará que se cumplan los siguientes requisitos:
a) Que las cualidades técnicas o personales del cedente no hayan sido razón determinante de la adjudicación del Contrato.
b) Que exista causa fundada que justifique la cesión, a juicio del Departamento responsable del seguimiento del Contrato, quien deberá dejar constancia escrita de la misma en el expediente de contratación.
c) Que el cesionario reúna las condiciones de contratación exigidas en este Pliego de Condiciones Particulares.
d) Que la cesión se formalice en documento suscrito por las partes afectadas a través de sus Representantes con poderes suficientes, que el Cesionario habrá de presentar a METRO inmediatamente después de su firma.
La cesión produce el efecto de que el cesionario queda subrogado en todos los derechos y obligaciones que frente a METRO correspondían al cedente, salvo pacto en contrario.
En los casos de cesión del contrato no se procederá a la devolución o cancelación de la garantía prestada por el cedente hasta que no se halle formalmente constituida la del cesionario.
12.8.- DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO
El plazo de duración del contrato será el establecido en el apartado 9 del Cuadro Resumen del presente pliego.
El contrato podrá prever una o varias prórrogas siempre que sus características permanezcan inalterables durante el plazo de ejecución de éstas y que la concurrencia para su adjudicación haya sido realizada teniendo en cuenta el plazo máximo de ejecución del contrato, incluidos los períodos de prórroga.
La prórroga se acordará por METRO y será obligatoria para el empresario, salvo que el contrato expresamente indique lo contrario.
12.9. RESPONSABILIDAD Y PENALIZACIONES POR DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN
En general, se exigirán las penalizaciones que se indiquen en el apartado 32 del Cuadro Resumen y/o en el Pliego de prescripciones técnicas.
13. OBLIGACIONES DE METRO
13.1. FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO
METRO facturará mensualmente aplicando las penalizaciones previstas, si proceden, y teniendo en cuenta siempre lo indicado en el apartado 25 del cuadro resumen de este pliego.
El Cesionario realizará el pago dentro de los 30 días de la fecha factura y mediante abono en cuenta bancaria que se facilitará al efecto.
13.2. RECEPCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO
No procede.
13.3. DEVOLUCIÓN DE LAS GARANTÍAS CONSTITUIDAS
Aprobada la liquidación del Contrato si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, se procederá a la devolución de aquélla.
Si el incumplimiento de las obligaciones sobre conservación impidiera la utilización total o parcial de los bienes y/o derechos objeto de cesión el Cesionario, estará obligado a reparar por su exclusiva cuenta y cargo los daños o deterioros causados. Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de la facultad de METRO de ejecutar, por sí o por terceros, los trabajos, reparaciones o sustituciones necesarias, x xxxxx del Cesionario.
14. FACULTADES DE METRO
La facultad de dirección e inspección será ejercida, previa comunicación e identificación ante el cesionario, por los servicios técnicos propios de METRO, o los expresamente concertados al efecto.
La inspección podrá tener por objeto el cumplimiento de las previsiones xxx xxxxxx de prescripciones técnicas los requisitos para concurrir a su adjudicación y los de cualquier índole que el cesionario haya de cumplir durante la ejecución del contrato, las obligaciones asumidas por el cesionario en cuanto a su ejecución.
El cesionario podrá requerir la identificación documental de quienes deban ejercer esta facultad de inspección.
15. CAUSAS DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Los contratos comprendidos en el ámbito de aplicación del presente Xxxxxx se extinguen por su cumplimiento o por resolución.
15.1.- Cumplimiento del contrato
El contrato se extinguirá, como forma natural y normal, por el transcurso de su vigencia -o, en su caso, el de sus eventuales prórrogas- y el íntegro cumplimiento de las obligaciones asumidas por el cesionario, así como las que correspondan a METRO, en virtud de lo convenido en el mismo.
Se entenderá totalmente realizado e íntegramente cumplido, cuando se haya verificado la total y correcta ejecución del Contrato transcurrido, de modo satisfactorio, el plazo de vigencia del Contrato y abonado totalmente el canon correspondiente y cualquier otra cantidad que el Cesionario pueda adeudar a METRO con ocasión de la ejecución del Contrato.
La expiración del contrato o de sus posibles prórrogas no generará indemnización alguna en favor del cesionario, ni siquiera cuando éste hubiese manifestado su intención de renovarlo.
15.2.- Causas de resolución del Contrato
Serán causas específicas de resolución de los Contratos comprendidos en el ámbito de aplicación de este Pliego, las siguientes:
- La muerte o incapacidad sobrevenida del Cesionario individual o la extinción de la Sociedad Cesionaria.
- Exigencias derivadas de las decisiones de las autoridades competentes o de la normativa que pueda ser de aplicación y de las modificaciones que ésta pueda sufrir en el futuro.
- Si la situación patrimonial, económica o financiera del Cesionario o de las Sociedades que, en su caso, lo integren, sufriera una alteración que, por su naturaleza adversa, pudiera afectar a la capacidad para cumplir las obligaciones asumidas.
- El incumplimiento de las obligaciones de las partes, de acuerdo con los términos establecidos en el presente Xxxxxx.
- La necesidad de introducir modificaciones en el Contrato que contravengan el régimen de modificaciones establecido en el Cuadro Resumen de este Pliego
- El mutuo acuerdo de las partes, la imposibilidad de ejecutar el Contrato, bien
sobrevenida o imprevisible en el momento de su otorgamiento, o por razones de urgencia o fuerza mayor de la prestación de servicio de transporte de viajeros.
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con METRO.
- La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de METRO.
- El incumplimiento de la obligación del Cesionario de respetar el carácter confidencial respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del Contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- Cualquier otra causa de resolución que se establezca expresamente en el apartado 31 del Cuadro Resumen de este pliego.
Serán también causas de resolución del contrato la suspensión del inicio de la ejecución por causa imputable a METRO por un plazo superior a seis meses a partir de la fecha señalada en el contrato para su comienzo, y el desistimiento o suspensión por METRO, por plazo superior a un año.
No se considerará causa de fuerza mayor, eximente de la responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones, a efectos de lo dispuesto en la presente condición, la existencia de un conflicto laboral que impida la ejecución del contrato.
15.3.- Efectos y formas de resolución
La resolución del Contrato dará lugar a la comprobación, medición y liquidación del mismo, aplicando, en su caso, las penalizaciones o importes por daños y perjuicios que correspondan para fijar los saldos pertinentes a favor de las partes.
En el supuesto de que se trate de una resolución de mutuo acuerdo, este convenio deberá contener al menos:
− las causas de la resolución.
− el estado en que finalmente xxxxx quedado los bienes objeto de explotación.
− la liquidación correspondiente.
− la indemnización de daños y perjuicios, si la hubiere.
− el plazo para retirar los elementos y mobiliarioy dejar libres y expeditos los espacios y/o bienes cedidos.
− la procedencia o no de la ejecución de xxxxxx.
− la aplicación de penalizaciones, si procediera.
Todo lo expuesto se ajustará a las prescripciones que con carácter particular o general se establecen en el presente Xxxxxx.
16. CONFIDENCIALIDAD
El Cesionario queda expresamente obligado, durante la ejecución del contrato y por un periodo de 5 años a contar desde su finalización, a mantener absoluta confidencialidad y reserva sobre cualquier dato que pudiera conocer con ocasión del cumplimiento del contrato.
Para garantizar la observación de la obligación aquí contemplada, deberá divulgar entre sus empleados la obligación del deber xx xxxxxxx, respondiendo de todos los daños y perjuicios que su actuación pueda ocasionar. El personal del Cesionario que, directa o indirectamente pudiera tener acceso a información de METRO, deberá aceptar los términos de la presente condición y comprometerse a su cumplimiento en todo en cuanto les resulte aplicable con carácter previo a recibir dicha información sin perjuicio de la responsabilidad del Cesionario por los actos de sus dependientes.
El Cesionario se compromete a tomar las medidas necesarias para la buena conservación de la información, durante la ejecución del contrato. En todo caso, al finalizar la relación contractual, deberá devolver la información confidencial cualquiera que sea el soporte en que la misma conste o se encuentre fijada. Si dicho soporte no fuera susceptible de devolución se compromete a la eliminación de la información confidencial del mismo. Si dicha devolución no fuera posible se compromete a la eliminación del soporte, previa autorización de METRO, dejando a salvo aquella información que, por obligación legal deba conservarse por el propio Cesionario o ponerse a disposición de las autoridades judiciales o administrativas correspondientes.
17. DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
17.1 Obligaciones del CESIONARIO en relación a los datos de carácter personal obrantes en los archivos de METRO.
Salvo autorización expresa y por escrito de METRO, el CESIONARIO tendrá prohibido el acceso a los datos personales que se conserven en cada una de las dependencias a cuyo interior deba de acceder. En consecuencia, el CESIONARIO habrá de impartir las instrucciones oportunas a su personal para que éste se abstenga de examinar el contenido de los documentos que, en soporte informático, en soporte papel o en
cualquier otro tipo de soporte, se encuentre en el interior de las dependencias en las que desarrollen sus actividades.
METRO solo autorizará al CESIONARIO a acceder a datos de carácter personal en aquellos supuestos en que resulte necesario para la ejecución del contrato, en cuyo caso el CESIONARIO asumirá la condición de encargado de tratamiento conforme al 28 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 xx xxxxx de 2016 – en adelante, Reglamento General de Protección de Datos o RGPD-, y al artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, con las obligaciones que lleva aparejadas, por lo que:
a) tratará los datos personales únicamente siguiendo instrucciones documentadas de METRO, inclusive con respecto a las transferencias de datos personales a un tercer país o una organización internacional, salvo que esté obligado a ello en virtud del Derecho de la Unión Europea o de los Estados miembros que se aplique al encargado; en tal caso, el encargado informará a METRO de esa exigencia legal previa al tratamiento, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
b) garantizará que las personas autorizadas para tratar datos personales se hayan comprometido a respetar la confidencialidad o estén sujetas a una obligación de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
c) tomará todas las medidas necesarias de conformidad con el artículo 32 del RGPD.
d) no recurrirá a otro encargado del tratamiento sin la autorización previa por escrito, específica o general, de METRO. En este último caso, informará al responsable de cualquier cambio previsto en la incorporación o sustitución de otros encargados, dando así a METRO la oportunidad de oponerse a dichos cambios. Y cuando recurra a otro encargado para llevar a cabo determinadas actividades de tratamiento por cuenta de METRO, impondrá a este otro encargado, mediante contrato u otro acto jurídico establecido con arreglo al Derecho español o de la Unión Europea, las mismas obligaciones de protección de datos que las aquí estipuladas, en particular la prestación de garantías suficientes de aplicación de medidas técnicas y organizativas apropiadas de manera que el tratamiento sea conforme con las disposiciones del RGPD. Si ese otro encargado incumple sus obligaciones de protección de datos, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante METRO por lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones del otro encargado.
e) asistirá a METRO, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento, a través de medidas técnicas y organizativas apropiadas, siempre que sea posible, para que éste pueda cumplir con su obligación de responder a las solicitudes que tengan por objeto el ejercicio de los derechos de los interesados establecidos en el capítulo III del RGPD (entre ellos, los derechos de acceso a
los datos personales, a su rectificación o supresión, a la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos).
f)
Ayudará a METRO a garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos 32 a 36 del RGPD, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información a disposición del encargado. Por ello, deberá ayudar a METRO a garantizar el cumplimiento de las obligaciones relativas a la aplicación de las medidas de seguridad, la notificación de violaciones de datos a las Autoridades de Protección de Datos, la comunicación de violación de datos a los interesados, la realización de evaluaciones de impacto relativa a la protección de datos y, en su caso, la realización de consultas previas a las autoridades de control.
g) suprimirá todos los datos personales que obren en su poder, una vez finalice la prestación de los servicios de tratamiento, y suprimirá las copias existentes en su poder, entregando a METRO un certificado de su destrucción, a menos que se requiera la conservación de los datos personales en virtud del Derecho de la Unión Europea o de los Estados miembros.
h) pondrá a disposición de METRO toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 28 del RGPD, así como para permitir y contribuir a la realización de auditorías, incluidas inspecciones, por parte de METRO o de otro auditor autorizado por METRO.
Asimismo, el encargado informará inmediatamente a METRO si, en su opinión, una instrucción infringe el RGPD, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre u otras disposiciones en materia de protección de datos de la Unión Europea o de España. Durante la ejecución del contrato, el CESIONARIO no podrá utilizar los datos a los que acceda en esa condición de encargado del tratamiento con fin distinto al figurado en el contrato ni los comunicará ni siquiera para su conservación, a otras personas. En caso de incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente cláusula, el CESIONARIO responderá de los daños y perjuicios que se le irroguen a METRO – incluido el importe de las multas o sanciones administrativas que pudieran llegar a serle impuestas-, pudiendo METRO, para resarcirse de los mismos, ejecutar la garantía que tuviera constituida el CESIONARIO o compensar su importe con cualquier saldo que, en ese momento, presentase a su favor el CESIONARIO.
17.2 Tratamiento de los datos personales aportados por el CESIONARIO a METRO
En el caso de que el CESIONARIO, durante la ejecución del contrato, entregue a METRO datos de carácter personal de sus trabajadores o de cualquier otra persona, el CESIONARIO asume la obligación de informar a dichas personas de lo siguiente:
- Que sus datos personales serán tratados bajo la responsabilidad METRO, con la finalidad de realizar las acciones necesarias para la gestión del contrato y relación con el CESIONARIO.
- Que esta actividad de tratamiento está sustentada en diferentes bases legitimadoras:
o El tratamiento de sus datos es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte.
o El tratamiento de sus datos es necesario para el cumplimiento de las obligaciones legales a las que está sujeto METRO respecto a: El Decreto 69/2017, de 18 de julio, del Consejo de Gobierno, de impulso y generalización del uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos en la contratación pública de la Comunidad de Madrid; Real Decreto de 22 xx xxxxxx de 1885, Código de Comercio.
o El tratamiento de sus datos es necesario para la satisfacción de intereses legítimos de METRO consistentes en la defensa de sus derechos frente a reclamaciones ulteriores en el seno de los procedimientos administrativos y/o judiciales a que pudieran dar lugar la adjudicación o la ejecución del contrato.
- Que se prevén cesiones de datos a: Registro de contratos de la Comunidad de Madrid y Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Adicionalmente a las anteriores, en caso de recibir requerimiento podrían cederse a: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, Tribunal Superior de Justicia, Xxxxxx xx Xxxxxxx y otras Administraciones, tribunales y/o juzgados.
18. SUMISIÓN A FUERO
Las partes de los Contratos incluidos en el ámbito de aplicación de este Pliego se someten a las leyes españolas.
Los concursantes renuncian expresamente, a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles y se someten de forma expresa, para cuantas cuestiones litigiosas pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos derivados
de su participación en el presente concurso y en el contrato que de él se derive, a los Juzgados y Tribunales de Madrid capital.
ANEXOS
MODELO DE NOTIFICACIÓN DE PERSONA DE CONTACTO DEL
CONCURSANTE
DATOS DE CONTACTO DEL CONCURSANTE A EFECTO DE NOTIFICACIONES | |
1ª) Persona de contacto*: | |
Dirección de correo electrónico: | |
Teléfono de contacto: | |
2ª) Persona de contacto*: | |
Dirección de correo electrónico: | |
Teléfono de contacto: | |
Otra persona de contacto*: | |
Dirección de correo electrónico: | |
Teléfono de contacto: |
*Esta persona tiene que estar dada de alta como persona de contacto en la empresa, con la misma dirección de correo electrónico, para la concreta licitación en la aplicación SRM, y deberá dicha persona de contacto tener registrado un certificado de firma digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), DNI electrónico o certificado de Camerfirma en la aplicación SRM.
Madrid, a de de
Fecha y Firma del Oferente
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(A insertar en la carpeta Oferta Económica)
D./Xx , con D.N.I. número , representando a la Empresa , con
N.I.F. y domicilio fiscal en , calle , número , en calidad de
, en uso de las facultades que le confiere el poder otorgado a su favor el de de , ante el Notario de , D. , con el número de su protocolo, de conformidad con las condiciones, requisitos y obligaciones sobre protección y condiciones de trabajo que se exigen para la adjudicación del Contrato de “CESIÓN TEMPORAL DE USO DE TRES (3) LOCALES EN LA ESTACIÓN DE ALUCHE, PERTENECIENTE A LA LÍNEA 5 DE METRO DE MADRID S.A.” se compromete a
explotar el local correspondiente al LOTE Nº _ con estricta sujeción a los expresados requisitos, condiciones y obligaciones, de acuerdo con la siguiente tabla:
Canon fijo mensual (IVA no incluido) | Importe total de la oferta calculado multiplicando el canon fijo mensual ofertado por (96) meses (IVA no incluido) | % IVA | Importe del IVA | Importe total de la oferta (IVA incluido) |
Todo ello de acuerdo con lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Condiciones Particulares que sirven de base a la convocatoria, cuyo contenido declara conocer y aceptar plenamente.
Asimismo manifiesta que son ciertos todos los datos e información contenidos en la Oferta, para la cual firma el presente documento.
El plazo de validez de la Oferta es de SEIS (6) MESES.
Fecha y Firma del Oferente.
ANEXO III
MODELO DE GARANTÍA DEFINITIVA
(A entregar antes de la firma del Contrato)
(Fianza Definitiva)
DON , en nombre y representación de (1) , según poder otorgado con fecha de de …… , ante el Notario de , DON , con número de su protocolo, avala con carácter solidario y con renuncia expresa a los beneficios de división, orden y excusión, a (2) domiciliado en , calle , , por la cantidad de EUROS en garantía al exacto cumplimiento de las obligaciones contraídas por (2) con METRO, en virtud del contrato derivado del concurso número , para …………………….
Para la efectividad de este aval se establece que (1) se obliga a pagar a METRO, y a su simple requerimiento, la cantidad que, a su vez, METRO haya reclamado a (2) , como consecuencia de su incumplimiento contractual, con una antelación mínima de siete días a la solicitud de subrogación en la caución del avalista. Esta solicitud, en la que METRO certificará la negativa de (2) a pagar la cantidad reclamada, o su silencio al respecto, así como una copia del requerimiento previo, una vez recibidas por (1) obligarán a éste a hacer efectiva, inmediatamente, la cantidad reclamada, con el único límite del importe total avalado, arriba mencionado.
Para la cancelación expresa de este aval será necesaria la autorización expresa de Metro de Madrid, S.A.
Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número
.
Madrid, a de de
(1)
Por Poder:
(1) Entidad avalista
(2) Entidad CONTRATISTA
− Se redactará en papel con membrete del Banco o Caja de Ahorros.
− No se admitirá si su redacción, difiere del texto de este modelo.
− Debe figurar el número de aval y del registro.
− El aval llevará sello y firma legible.
Modelo de certificado de seguro de caución
Certificado de seguro de caución número: …………………….
……………………….(1) (en adelante, asegurador), con domicilio en ,
calle ……………………….., y NIF ………………………., debidamente representado por xxx
…………(2)…………, según poder otorgado con fecha …. de……….. de …… , ante el Notario de ……………., don ………………………., con número de su protocolo.
ASEGURA A ………(3)……….., CIF ……………………., en concepto de tomador del seguro, ante Metro de Madrid, S.A., en adelante asegurado, hasta el importe de
…………(4) …………. (en letras y en cifras), en los términos y condiciones establecidos en el pliego de condiciones particulares por la que se rige el contrato derivado del concurso (5), en concepto de garantía definitiva, para responder de
forma solidaria de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar a Metro de Madrid, S.A. al primer requerimiento del mismo en su condición de asegurado.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que Metro de Madrid, S.A., autorice expresamente su cancelación o devolución.
Lugar y fecha Firma: Asegurador.
Instrucciones para la cumplimentación del modelo.
(1) Se expresará la razón social completa de la entidad aseguradora.
(2) Nombre y apellidos del apoderado o apoderados.
(3) Nombre de la persona asegurada.
(4) Importe, en letra, por el que se constituye el seguro.
(5) Identificar individualmente de manera suficiente el contrato en virtud del cual se presta la caución (número de contrato y objeto del mismo).
XXXXX XX GARANTÍA PROVISIONAL
(sólo en caso de que así se indique en el apartado 13 del Cuadro Resumen)
Nº DE EXPEDIENTE DE CONCURSO |
…………………………………… |
XXX , en nombre y representación de (1) , según poder otorgado con fecha de de , ante el Notario de , DON , con número de su protocolo, avala con carácter solidario y con renuncia expresa a los beneficios de división, orden y excusión, a (2) , con N.I.F. , domiciliado en , calle , , por la cantidad de…………….. EUROS ( ∈.), ……………..en garantía al
exacto cumplimiento de las obligaciones contraídas por (2) con METRO, para participar
en el concurso Nº , para y responder de la oferta presentada.
Para la efectividad de este aval se establece que (1) se obliga a pagar a METRO, y a su simple requerimiento, la cantidad que, a su vez, METRO haya reclamado a (2) , como consecuencia del incumplimiento por parte de éste, de las obligaciones derivadas de la oferta presentada, con una antelación mínima de siete días a la solicitud de subrogación en la caución del avalista. Esta solicitud, en la que METRO certificará la negativa de (2) a pagar la cantidad reclamada, o su silencio al respecto, así como una copia del requerimiento previo, una vez recibidas por (1) , obligarán a éste a hacer efectiva, inmediatamente, la cantidad reclamada, con el único límite del importe total avalado, arriba mencionado.
El presente aval, tiene una validez hasta la constitución de la fianza definitiva, caso de resultar Adjudicatario, o hasta que METRO autorice su cancelación en otro caso.
Este aval ha sido inscrito en el Registro Especial de Avales con el número
.
Madrid, a .... de .................... de .................................
(1)
(1) Entidad avalista
(2) Entidad concursante
Por Poder:
ADVERTENCIAS
• Se redactará en papel con membrete del Banco o Caja de Ahorros.
• No se admitirá si su redacción, difiere del texto de este modelo.
• Deben figurar el número de aval y del registro, así como el Número de Expediente del Concurso.
• El aval llevará sello y firma legible.
ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL APARTADO 6.1 XXX XXXXXX DE CONDICIONES PARTICULARES.
D./Dña. ……………………………………………………, con DNI/NIE …………..………
actuando en nombre propio/ o en representación de la empresa
……………………..…………………, con NIF nº ….…………… y domicilio social
………………………………………, en calidad de ………………………...…………………....………, según poder otorgado ante el notario de …………………………………, D./Dña.
………………………………………….., con fecha ………………… y número de protocolo
…………………., que declara vigente DECLARA:
- Que el concursante no está incurso en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar señaladas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE, de 26 de febrero de 2014, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
- Que el concursante se encuentra al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid y, si las tiene, están garantizadas.
- Que el concursante cumple con los requisitos de capacidad de obrar y representación precisos para participar en el presente concurso.
- Que el concursante cumple con los requisitos de solvencia económica y financiera recogidos en el apartado 18 del cuadro resumen xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
- Que el concursante cumple con los requisitos de solvencia técnica y profesional recogidos en el apartado 19 del cuadro resumen xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
- Que el concursante cumple con los requisitos de adscripción de medios materiales y/o humanos que, en su caso, se hayan podido fijar en el apartado 20 del cuadro resumen xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares.
- Que el concursante, en el supuesto de resultar adjudicatario, pondrá a disposición de Metro de Madrid a su requerimiento, los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para apreciar su concurrencia.
Y para que así conste, a fin de justificar dichos extremos y tomar parte en el concurso convocado por Metro de Madrid, denominado: 6012300027 - CESIÓN TEMPORAL DE USO DE TRES (3) LOCALES EN LA ESTACIÓN DE ALUCHE,
PERTENECIENTE A LA LÍNEA 5 DE METRO DE MADRID S.A., expide y firma la presente declaración en……………………, a…….. de de ….
Fdo.:
RATIFICACIÓN DE LA OFERTA TÉCNICA EN RELACIÓN A LA FIRMA
ELECTRÓNICA
D./Xx ……………………………………………………….(nombre y dos apellidos del/la representante del licitador), con NIF: ………………..(código), representando a la Empresa …………………………..(razón social de la mercantil), domiciliada en …………….
(localidad), con CIF: (código), MANIFIESTO:
Primero. Que la empresa a la que represento ha concurrido al procedimiento de licitación nº……………., convocado por Metro de Madrid, S.A., y ha presentado la oportuna oferta técnica en dicho procedimiento.
Segundo. Que Metro de Madrid, S.A. ha requerido a la empresa a la que represento para que proceda a la ratificación de la oferta técnica referida en el punto anterior que carecía de firma electrónica válida.
Tercero. Que por medio de este escrito procedo a la RATIFICACIÓN de la oferta técnica presentada, con objeto de cumplir con el requerimiento establecido en el apartado 39 del cuadro resumen de este pliego. La oferta técnica presentada en su momento debe entenderse ratificada por la empresa licitadora y por ende válida, vinculante y eficaz a todos los efectos, como si estuviera inicialmente firmada por medios electrónicos.
En prueba de conformidad con lo expuesto se firma electrónicamente el presente documento.
DECLARACIÓN OFERTA TÉCNICA: CRITERIOS CUALITATIVOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS
*A incluir en la carpeta Nº3 de SRM
No procede
XXXXX XXXX (el presente anexo contiene el documento “PRINCIPIOS DE CONTRATACIÓN RESPONSABLE”)
PRINCIPIOS DE CONTRATACIÓN RESPONSABLE |
Julio 2021 v1 |
1. Introducción
Metro de Madrid S.A. asienta su gestión sobre una sólida cultura ética y de cumplimiento normativo, y un firme compromiso con la sostenibilidad. Para la consecución de sus objetivos, Metro considera imprescindibles no solo a sus empleados, sino también a sus proveedores, contratistas y colaboradores externos, y persigue establecer con ellos relaciones firmes y duraderas basadas en la confianza y la transparencia.
Metro tiene un compromiso expreso con la gestión responsable de su cadena de valor, lo que supone trasladar sus principios, estrategia y objetivos en materia de ética, transparencia y sostenibilidad entre sus proveedores, a los que traslada el papel activo de Metro en el desarrollo sostenible. La compañía también está adherida a diferentes iniciativas, como a los Principios delPacto Mundial de las Naciones Unidas, que animan a poner el foco en la seguridad y la salud deempleados y clientes, en el medio ambiente y el respeto a los derechos humanos, aspectos en los que deben implicarse también proveedores, contratistas y colaboradores externos.
El presente documento, basado en el marco descrito, va dirigido a proveedores y contratistas de Metro de Madrid. El objetivo es asegurar su alineación con los principios de actuación y negocio responsable de Metro de Madrid, sus estándares éticos y el cumplimiento de lalegalidad vigente, al tiempo que se garantiza un entorno respetuoso con los derechos humanos,la integridad, la transparencia y el respeto al medio ambiente.
2. Principios generales de actuación
Los valores que han de regir las relaciones de Metro de Madrid con sus contratistas y proveedores son los mismos que recoge nuestro Código Ético: servicio público, profesionalidade integridad. Así, el presente documento se asienta sobre los siguientes principios generales deactuación:
a) Enfocar la actividad profesional hacia la calidad y la innovación, haciendo de estas unafuente de cambio y de mejora.
b) Ser responsables, ágiles, transparentes y eficientes en la ejecución de funciones,valorando y reconociendo el esfuerzo.
c) Trabajar en equipo y compartir conocimientos, información y recursos, valorando yescuchando otras opiniones y aportaciones.
d) Adoptar decisiones analizando si son conformes a la legalidad vigente, y a los principiosque inspiran este documento.
e) Cumplir con las políticas internas y procedimientos que se adopten para prevenircomportamientos contrarios a la ética.
f) No permitir que intereses personales interfieran en las responsabilidades profesionales.
3. Principios de Contratación responsable
El proveedor, contratista o tercero relacionado con Metro de Madrid se alinea con nuestracompañía en lo siguiente:
• Cumplimiento legal
Cumplir con toda la legislación aplicable y vigente: nacional e internacional.
• Derechos humanos
Respetar los derechos humanos proclamados internacionalmente, sin provocar o ser cómplicede cualquier violación de los mismos. Estos derechos incluyen:
a) Prohibición del trabajo forzado y del trabajo de menores.
b) Ofrecer un empleo de calidad: No discriminación y respeto por los empleados, promoviendo la igualdad de oportunidades y de trato a los trabajadores, y rechazando cualquier tipo de acoso.
c) Apostar por la inclusión de todas las personas y colectivos.
d) Pagar salarios justos por el trabajo y cumplir con todas las leyes aplicables.
e) Respetar los derechos sindicales de los trabajadores.
f) Actuar de conformidad con todas las leyes en materia de salud y seguridad en el trabajo,y ofrecer condiciones de trabajo seguras.
• Protección del medio ambiente
Respetar todas las normas y leyes internacionales aplicables en materia de medio ambiente, lo que implica minimizar su impacto medioambiental, introducir mejoras continuas en la conservación del entorno, y apostar por la sensibilización y difusión de buenas prácticas en materia de desarrollo sostenible.
• Prácticas operativas justas
a) Promover la transparencia en todas las gestiones y organización de la empresa.
b) No tolerar ni participar en cualquier forma de corrupción o soborno.
c) Actuar de acuerdo con las leyes de competencia leal nacionales e internacionales, asícomo las leyes antimonopolio y respetar los derechos de propiedad intelectual.
d) No permitir que existan conflictos de intereses en el seno de la empresa, y en casoafirmativo, comunicarlos convenientemente.
e) Cumplir con las leyes de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
f) Garantizar el cumplimiento de toda la legislación en materia de protección de datos.
g) Cumplir con los principios de no discriminación en la selección y el trato de losproveedores.
4. Buzón de Denuncias
Metro anima a todos sus proveedores a consultar y denunciar cualquier situación contraria a este documento a través xxx Xxxxx de Denuncias confidencial habilitado para tal fin en el siguiente link: xxxxx://xxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, o a
través de la línea telefónica 91 001 67 67, de 9 de la mañana a 18 h. de la tarde, en horario de lunes a viernes.
ANEXO IX OBLIGACIONES DEL CESIONARIO
Entre las obligaciones del Cesionario estarán las siguientes:
b) Abonar el canon que se establezca puntualmente, obligación que tiene carácter de esencial.
c) Respetar las posibles servidumbres en la estación derivadas de la función principal de METRO, que es la del transporte de viajeros y que pudieran tener incidencia en las condiciones de explotación del espacio. Teniendo esto en consideración, toda actuación u obra que pretenda llevarse a cabo en los locales, así como la sustitución de acabados y modificación de equipos e instalaciones, deberán informarse y validarse previamente por parte de METRO.
d) Cada uno de los Cesionarios vendrán obligado a tramitar y obtener las diferentes licencias y/o autorizaciones urbanísticas y/o administrativas desde la formalización del contrato. METRO deberá ser informado y notificado por correo de todas las gestiones urbanísticas realizadas en los locales por los Adjudicatarios, pero no se le podrá reclamar ninguna responsabilidad, ni daño, ni perjuicio, en el caso de que los Cesionarios no obtuvieran alguna de las licencias urbanísticas necesarias para poner en explotación los locales.
e) Elaborar una Informe Técnico y Dictamen de evaluación de implantación del local en vestíbulo de la estación. Este informe definirá las condiciones de ejecución, estructura y cerramiento del local y se adjuntará al Proyecto Técnico que se redacte para solicitar la licencia de obras y actividad. Dicho informe debe determinar la idoneidad o no de estos elementos del local para albergar la actividad, generar nuevos accesos desde el exterior del vestíbulo y en su caso fijar las determinaciones y condiciones de ejecución que permitan su implantación en el vestíbulo sin que haya afección sobre la estructura y cerramientos existentes en el vestíbulo de la estación.
f) Realizar en los locales las obras necesarias para llevar a cabo la separación funcional de los espacios de METRO y el espacio susceptible de explotación indicado en el presente pliego. Estas obras deberán quedar recogidas en el Proyecto Técnico que redacte el Cesionario para la solicitud de licencia de obras y/o actividad que realice. Todos los inmuebles deberán contar con acceso independiente desde Calle, asegurando que los usuarios podrán acceder a ellos sin necesidad de tener que entrar al vestíbulo de la estación. METRO no asumirá ningún cargo o coste derivado de la ejecución de posibles nuevos accesos.
g) Para que pueda iniciarse la actividad de los locales, se debe de garantizar la completa independencia de acometidas en locales de cada uno de ellos, respecto de las instalaciones de la estación. Cada uno de los cesionarios deberá instalar en su local contadores de energía y agua que permitirán identificar los consumos realizados por la actividad. Todos los locales deberán contar con red de saneamiento, aunque en este caso sí que se permitirá su conexión a la red de saneamiento existente en la estación.
h) Tanto el Proyecto Técnico que se utilice por los Cesionarios para solicitar licencia, como el Informe Técnico y dictamen de evaluación que se adjuntará al mismo, deberán ser autorizados por METRO, de forma previa a la solicitud de licencia. METRO autorizará los proyectos técnicos de Arquitectura e instalaciones que presente el adjudicatario para
solicitar licencia ante los Organismos Municipales con competencias en la materia. METRO también autorizará la implantación de la actividad solicitada por los diferentes cesionarios.
i) METRO podrá acceder a inspeccionar los locales objeto de cesión, previa notificación a los Cesionarios del día y hora en que pretende realizar la visita. METRO dispondrá de siete
(7) días hábiles a realizar la visita desde el día siguiente a que se produzca dicha notificación. Se acepta como cauce de comunicación y notificación el correo electrónico que remita METRO.
j) Redactar cuantas herramientas de planeamiento, proyectos y/o estudios sean necesarios para la puesta en explotación del espacio. Se incluye dentro de este alcance la tramitación de los diferentes documentos de planeamiento ante las Administraciones y Organismos con competencia en la tramitación de dichas licencias. Queda por tanto obligado a tramitar y obtener cuantas licencias y/o autorizaciones y/o permisos sean preceptivos.
k) Cualquier modificación de las condiciones de explotación de los espacios, sobre todo en lo relativo a modificaciones de distribución e incrementos en la superficie de explotación definidas en el contrato, deberán informarse y validarse por parte de METRO.
l) Abonar los gastos e impuestos derivados de formalización del contrato en el supuesto de elevación a Escritura Pública, así como entregar a METRO una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un (1) mes desde su formalización.
m) Abonar los gastos de los anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales, o en cualquier medio de comunicación por un importe máximo de 3.000 €. Estos gastos se abonarán en el momento de la formalización del contrato. Este abono se hará por % de local sobre el total de superficie bruta de los tres (3) locales objeto de licitación.2
n) Abonar los gastos para el cumplimiento del contrato, entre los que se incluyen –con carácter enunciativo no exhaustivo- los siguientes: generales, financieros, seguros, transporte y desplazamiento, obtención de licencias, materiales, material de oficina, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos (impuestos, tasas,), el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo.
o) Abonar los gastos, impuestos y gravámenes estatales, autonómicos y municipales relativos al inmueble y al uso y funcionamiento del mismo, y, por ejemplo, los siguientes, que se enumeran a título informativo y no limitativo: calefacción, climatización y mantenimiento del mismo, energía eléctrica, telefonía interior y comunicaciones en general, agua, limpieza, gastos de funcionamiento, conservación, mantenimiento y reparación de instalaciones, seguros, honorarios de administración, vigilancia, Tasas por prestación de Servicios Urbanísticos, Impuesto de Licencias de Obras y Construcciones, gastos de colegios profesionales, etc…
p) También soportará las tasas, contribuciones, arbitrios y otros tributos que graven el incluyendo con expresa inclusión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto
2 Vide nota a pie de página nº 24.