CONTRATO DE LEASING DE LA LÍNEA NÚMERO (# ID línea)
REF: IPXXXXX-LXXXXX-OPXXXX
CONTRATO DE LEASING DE LA LÍNEA NÚMERO (# ID línea)
FID, SOCIEDAD ANÓNIMA, Entidad debidamente constituida de conformidad con las leyes de la República de Nicaragua, domiciliada en Managua, Nicaragua, representada en este acto por el Licenciado XXXXX XXXXX XXXXXXX DE LA LLANA, mayor de edad, casado, Licenciado en Economía, de este domicilio, con cédula de identidad número cero, cero, uno, guion, dos, cinco, uno, uno, siete, siete, guion, cero, cero, uno, seis, letra S (001-251177- 0016S),quien actúa en su calidad de Apoderado General de Administración de dicha Entidad, calidad que demuestra con los siguientes atestados: a) Testimonio de Escritura Pública Número Seis (6) de Constitución de Sociedad Anónima y Estatutos, autorizada en la ciudad de Managua, a las tres de la tarde del día cuatro de febrero del año dos mil quince e inscrita el día veintitrés de febrero del año dos mil quince bajo el Número Único del Folio Personal MG cero, cero, guión, dos, dos, guión, cero, cero, uno, dos, cero, dos (MG00-22-001202) del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua; b) Sentencia del Juzgado Primero Distrito Civil de Managua, Reforma al Pacto Social, inscrita bajo el Número Único del Folio Personal MG00-22-001202, en asiento doce, del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua; c) Testimonio de Escritura Pública Número Diecisiete (17) Poder General de Administración autorizada en esta ciudad a las once de la mañana del día dieciocho xx xxxxx del dos mil quince ante los oficios notariales de Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, debidamente registrado con el número MG cero, cero, guión, cuatro, dos, guión, cero, cero, cero, seis, ocho, cero (MG00-42-000680); del Registro Público de este Departamento; d) Sentencia del Juzgado Octavo Distrito Oral Civil de Managua, Reforma al Pacto Social, inscrita bajo el Número Único del Folio Personal MG00-22-001202, en asiento dieciocho, del Registro Público de la Propiedad Inmueble y Mercantil del Departamento de Managua a quien en lo Sucesivo se le denominará FID y por la otra --------------- (Nombres y Apellidos del cliente) mayor de edad, Profesión, estado civil, del domicilio de , con cédula de identidad número valor en letras ( ) quien actúa en su propio nombre (o en nombre y representación de la Entidad --------- acredita su representación con los siguientes atestados--------------------), a quien en lo Sucesivo se le podrá denominar EL CLIENTE, ambas partes de común acuerdo hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento Financiero o Leasing, que se regirá por las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA: (OBJETO) FID da en Arrendamiento Financiero una (01) MOTOCICLETA con las características: # chasis, transfiriéndole a través de la suscripción de este contrato, el derecho de uso y goce de la misma al CLIENTE.
CLÁUSULA SEGUNDA: (VALOR DEL FINANCIAMIENTO, PLAZO, CONDICIONES,
FORMA DE PAGO): El CLIENTE, acepta y se compromete expresa e incondicionalmente a pagar a FID la suma de Valor en letras (Valor en números USD XXXXX.XX) (guarismo).
El Plazo del Financiamiento será de: XX meses.
La Forma de Pago será en Cuotas mensuales, iguales y sucesivas de VALOR EN LETRAS (Valor en Números) (guarismo) cada una. Esta cuota incluye: cargos de arrendamiento, póliza de seguro y mantenimiento.
Dichas cuotas serán pagadas a partir del día ----------------- y finalizando el día -----------
CLÁUSULA TERCERA: (TASA DE INTERÉS): El presente contrato devengará una tasa de interés fija del valor en letras (Valor en Números%) mensual que se devengará desde la fecha de su emisión hasta la amortización de la deuda sobre el capital pendiente.
En caso xx xxxx, que se producirá por simple retardo del pago de cualquier cuota, EL CLIENTE reconocerá un interés moratorio del Valor en letras (Valor en Números) mensual, o el máximo legalmente permitido si la tasa fuere mayor, sobre el capital vencido.
CLÁUSULA CUARTA: TASA DE COSTO EFECTIVA ANUAL O TCEA: EL CLIENTE
reconoce que pagará por la presente obligación una tasa de costo efectiva por XXX% (valor en letras) porcentaje que incluye la tasa de interés corriente, las comisiones y gastos.
CLÁUSULA QUINTA: PÓLIZA DE SEGURO: FID, suscribirá póliza de seguro por la suma de Valor en letras (Valor en Números) (guarismo), el cual ha sido distribuido en las cuotas a pagar según el plazo establecido en el presente contrato. FID será el beneficiario de la póliza de seguros suscrita la cual estará vigente hasta el vencimiento del presente contrato.
Así mismo EL CLIENTE estará obligado a asumir cualquier responsabilidad eventual, problema o incidente relacionado con la MOTOCICLETA, los gastos y daños que se ocasionen serán deducibles de la póliza de seguro por accidentes u otros daños, si los gastos exceden del valor de la póliza o que no estén cubiertos por ésta serán asumidos por el CLIENTE, liberando a FID de cualquier reclamo. El CLIENTE deberá comunicar por escrito, por teléfono o cualquier medio de comunicación a FID en caso de ocurrirle cualquier siniestro, hecho o falla que afecte a la MOTOCICLETA, esto deberá hacerlo en un término de veinticuatro horas máximas posteriores al incidente, así como también a la compañía aseguradora dentro de los plazos establecidos en la Póliza si ese es el caso. Si la MOTOCICLETA sufriere un accidente, daño o siniestro, deberá ser reparada únicamente en el Taller del Proveedor o en el taller que FID así lo establezca, si el CLIENTE no procediera así, asumirá toda responsabilidad pecuniaria que pudieran derivarse de dicho incumplimiento.
CLÁUSULA SEXTA: (LUGAR DE PAGO): Los pagos deben realizarse a favor de FID en las cajas de SINSA, por transferencia a las cuentas de FID: Banpro dólares N° 10010014076504 y BAC dólares N°: 359870029 o donde FID designe previamente.
CLÁUSULA SÉPTIMA: (IMPUTACIÓN DE PAGO): el CLIENTE reconoce que los pagos que realice se imputarán en el siguiente orden: 1) Costos y gastos de recuperación extrajudicial o judicial 2) Seguro, 3) Extras ,4) Gastos de apertura, 5) Intereses Moratorios, 6) Intereses corrientes adeudados; y 7) Amortización al principal.
CLÁUSULA OCTAVA: DIRECCIÓN EXACTA DE PERMANENCIA DE LA MOTOCICLETA:
Dirección exacta de permanencia de la motocicleta: El CLIENTE establece como dirección de su domicilio , dirección en la que permanecerá la MOTOCICLETA. En caso que el CLIENTE cambie de domicilio, por cualquier circunstancia en que la MOTOCICLETA tenga que desplazarse a otro sitio, deberá solicitar y obtener por escrito la autorización previa de FID, de lo contrario el CLIENTE será responsable de todos los gastos,
riesgos de pérdida o avería que ocasione el traslado, inclusive si tales pérdidas o averías se produjeran por caso fortuito o fuerza mayor, cuyos riesgos asume el CLIENTE.
CLÁUSULA NOVENA: (MANTENIMIENTO): El CLIENTE asumirá el valor de Valor en Letras (Valor en Números) (guarismo) en concepto de mantenimiento del bien, el cual ha sido distribuido en las cuotas a pagar según el plazo establecido en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA: (GASTOS Y COSTOS DE LA MOTOCICLETA): El CLIENTE asumirá
los Gastos de combustibles y de mantenimiento extraordinario de la de Motocicleta (Mano de Obra, Lubricantes, Repuestos, Llantas y otros) tanto preventivo como correctivo, los que deberán ser realizados en el Taller de servicios que designe el Proveedor FID, durante la vigencia del presente contrato. Si el CLIENTE incumple este requisito, FID podrá hacer el mantenimiento requerido cuyo costo lo asumirá el CLIENTE y tendrá que cancelarlo de inmediato.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: (OBLIGACIONES DEL CLIENTE): a) Realizar los pagos en
el tiempo, modo y condiciones convenidas en el presente contrato; b) Suministrar información real de su situación económica y social antes, en el momento y después de otorgado el crédito; c) Conservar en nombre de FID la posesión de la MOTOCICLETA pudiendo usarlo sin menoscabo de su valor, estando obligado a llevarlo a mantenimiento cada seis meses, dichos mantenimientos serán pagados por FID d) El CLIENTE está obligado a mantener la conservación y reparación; e) Informar por escrito a FID cuando por fuerza mayor o caso fortuito, la MOTOCICLETA sufra destrucción, deterioros, o se pierda su posesión, debiendo hacerlo dentro de un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas de ocurridos; f) Informar por escrito o dar aviso a FID de cualquier cambio que se produjere en las condiciones que se estipulen en éste Contrato, respecto a cualquier circunstancia que afecte o pudiera afectar negativamente la posibilidad de recuperar el bien dado en arrendamiento g) Presentar a FID toda la información que éste le requiera para realizar las inspecciones, avalúos y demás controles que considere necesario para garantizarle el cumplimiento de las obligaciones contraídas; h) El CLIENTE estará obligado a permitir que FID realice cuantas inspecciones considere necesarias al bien objeto de arrendamiento en el presente contrato; i) Aceptar como válida cualquier notificación judicial o extrajudicial que se haga en la última dirección de su domicilio señalada, así como cualquier notificación personal que se le efectúe en caso que no fuere localizado en la última dirección señalada; j) Permitir que FID inspeccione la MOTOCICLETA en el lugar convenido, para verificar su calidad o estado de conservación; k) Otras que FID considere respetando lo dispuesto en las leyes que rigen la materia.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: (DERECHOS DEL CLIENTE): a) A presentar reclamos, de manera gratuita, ante FID o PROVEEDOR y a recibir respuesta oportuna, fundamentada, comprensible e integral sobre los mismos; b) A ser atendido ante la sucursal de FID o PROVEEDOR en donde suscribió el presente contrato para realizar cualquier consulta sobre el mismo; c) Las establecidas en la Ley No. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias; d) Otras que FID considere respetando lo dispuesto en las leyes que rigen la materia.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: (DERECHOS Y OBLIGACIONES DE FID): a) A recibir el
pago de las cuotas correspondientes en el tiempo y modo establecido en el contrato; b) Verificar el estado de la MOTOCICLETA de forma semestral o bien las veces que lo deseen y sean necesarias; c) Respetar los términos y condiciones del contrato; d) Informar previamente
al CLIENTE de las condiciones del contrato; e) Las establecidas en la Ley No. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas consumidoras y Usuarias. f) Otras que FID considere respetando lo dispuesto en las leyes que rigen la materia.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: (GASTOS DE INSCRIPCIÓN): El CLIENTE asumirá los
gastos legales por Valor en letras (Valor en Números) (guarismo), en concepto de pagos de placa, circulación, matricula, emisión de gas y sticker de rodamiento, para efectos de trámite en tránsito y legalización, los cuales serán realizados por FID, estos costos son distribuidos en las cuotas a pagar según el plazo establecido en el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: (GESTIÓN XX XXXX): En caso que FID proceda con el retiro de la MOTOCICLETA por falta de cumplimiento en los pagos de las cuotas establecidas, el CLIENTE deberá pagar las cuotas atrasadas, la xxxx generada en ellas y una multa por la cantidad de CINCUENTA DÓLARES (U$50.00) (guarismo), en caso que solicite la restitución de la MOTOCICLETA, y con ello se le dé continuidad a la vigencia del presente contrato. El CLIENTE tendrá un plazo para restituir la posesión de la MOTOCICLETA de quince días posteriores a su retiro o a más tardar sesenta días xxxx. Una vez transcurrido los 61 días, el CLIENTE no podrá solicitar la restitución del bien y FID no aceptará ningún tipo de pago ya sea de cuota o multa por restitución del bien y podrá disponer de la MOTOCICLETA, dando por resuelto el presente contrato, quedando libre de toda responsabilidad ante el CLIENTE, quedando sin efecto el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: (FINALIZACIÓN DEL CONTRATO): Se establece que este
contrato, se podrá extinguir de la siguiente manera a) Opción de Compra: El CLIENTE una vez finalizado el plazo estipulado en el presente contrato, habiendo cumplido con cada una de las cuotas pactadas, tiene la opción a comprar del bien por el precio de UN DÓLAR (U$ 1.00);
b) Se podrá poner fin al contrato hasta que el arrendador haya obtenido el valor total del bien el cual incluye la renta mensual más los intereses del Leasing; c) Se revocará y cancelará el contrato ante el incumplimiento de pago del CLIENTE; d) En caso de presentar retraso en el pago de las cuotas, se procederá a retirar la MOTOCICLETA, esto se hará al día 31 de haber incurrido en xxxx, dicho retiro será a través de Requerimiento Notarial, una vez transcurridos los 61 xxxx xx xxxx y el CLIENTE no habiendo cancelado las cuotas atrasadas y cualquier cargo por xxxx, FID dará por REVOCADO el presente contrato, procediendo a la venta del bien, sin mayores responsabilidades con el CLIENTE; e) También en el caso que el bien sufriera pérdidas o desmejoras, tales que su valor actual no cubra su valor de pérdida o el total del valor depreciado, entonces FID podrá, a través de la vía judicial o extrajudicialmente, declarar o dar por vencido el plazo de las obligaciones y exigir el pago inmediato de todo lo adeudado, o de hecho puede resolver de pleno derecho el contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA (OPCIÓN DE COMPRA): FID otorga la opción a compra al CLIENTE, en forma irrevocable y le permite adquirir el bien, por un precio acordado o determinable entre ambas partes, siempre y cuando el CLIENTE haya cumplido con todas sus obligaciones frente a FID y que éste decida ejercer la opción otorgada. Al realizar traspaso de la MOTOCICLETA se dará por cancelado el presente contrato y se originará una Escritura de Compraventa de la MOTOCICLETA y ésta pasará a propiedad del CLIENTE, quedando el CLIENTE a cargo de los gastos de inscripción, traspaso y legalización en Transito Nacional, Seguro y pago xx Xxxxxxx para la elaboración de Escritura Pública.
FID, brinda el financiamiento del producto ofrecido por el comercio afiliado, por tanto, para trámites de garantía, reclamos por fallas o devoluciones FID respeta y se apega a las políticas del comercio en el que se realizó la compra, una vez adquirido el artículo todo trámite del mismo debe ser expuesto directamente al comercio.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: (ACEPTACIÓN): Las partes contratantes, es decir, FID y EL CLIENTE, en señal de aceptación de las obligaciones y estipulaciones contenidas en las cláusulas precedentes a favor de FID, firmamos en la ciudad de -----(nombre de la Ciudad), Departamento de -----(nombre del departamento), en dos tantos de un mismo tenor y fuerza probatoria, a los -------(valor en letras) días del mes de -------(valor en letras) de dos mil ¬-------
(valor en letras).