PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS AUDITORIAS DE OPERACIONES DEL EJERCICIO CONTABLE 2017 (PLAN DE CONTROL 2018) EN RELACIÓN AL PROGRAMA OPERATIVO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL...
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS AUDITORIAS DE OPERACIONES DEL EJERCICIO CONTABLE 2017 (PLAN DE CONTROL 2018) EN RELACIÓN AL PROGRAMA OPERATIVO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL EUROPEA SUDOE
Contenido
1. Objeto 3
2. Organización del trabajo 3
3. Presupuesto 3
4. Presentación de ofertas 3
5. Plazo de ejecución de los trabajos 9
6. Régimen jurídico del contrato y normas reguladoras 10
7. Órgano de contratación 11
8. Criterios de adjudicación 11
9. Adjudicación 12
10. Formalización del contrato 13
11. Pago del precio del contrato 13
12. Compromisos del adjudicatario 13
13. Duración del contrato 13
14. Resolución del contrato 14
15. Confidencialidad 15
16. Jurisdicción competente 15
17. Información complementaria 15
1. OBJETO
El objeto del presente pliego es fijar las condiciones particulares que regirán la contratación de la asistencia técnica para la realización de las auditorias de operaciones del ejercicio contable 2017 (Plan de Control 2018) del Programa de Cooperación Territorial Sudoeste Europeo (SUDOE) 2014‐ 2020.
Nomenclatura CPV: 79212000‐3; Servicios de auditoría.
Los trabajos deberán ajustarse a las condiciones que se señalan en el pliego de prescripciones técnicas.
2. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Corresponde al adjudicatario, siguiendo las directrices establecidas en el pliego de Prescripciones técnicas la formulación y ejecución de la propuesta, la organización de los trabajos y del personal implicado, la recogida de la información necesaria y formulación del resultado final.
3. PRESUPUESTO
El presupuesto base de licitación es de 33.880 € (con el siguiente desglose: precio base 28.000€+ IVA 5.880€). El precio es firme, no revisable y no actualizable.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación del mismo, e incluirá, como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido.
4. PRESENTACIÓN DE OFERTAS
a) Lugar de entrega de las ofertas
La presentación de las ofertas deberá realizarse en tres sobres cerrados conteniendo la acreditación de capacidad y solvencia, y las propuestas técnica y económica. Deberán entregarse en las dependencias de la Secretaría Conjunta del Programa en la siguiente dirección:
Secretaría Conjunta SUDOE Xxxxx xxx Xxxxxxxx, x 0, 0x xxxxxx 00000 XXXXXXXXX
El licitador también podrá enviar los sobres por correo, dentro del plazo de admisión expresado en el presente pliego. En este caso el licitador justificará la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciará la remisión de la oferta mediante fax a la entidad adjudicadora, la Sociedad Gestora del Programa Interreg Espacio Sudoeste Europeo (en adelante, SOGIESE) 942 372329 hasta las catorce horas del último día de presentación de ofertas. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por este organismo con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, los cinco días naturales siguientes a la fecha indicada, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
b) Plazo de entrega de las ofertas
El plazo para la presentación de las ofertas será de 15 días contados a partir del siguiente a la publicación de la licitación realizada por SOGIESE en su perfil del contratante, resultando ser el último día para la presentación de ofertas el día 10 de julio.
c) Forma de entrega de las ofertas
Las propuestas de los licitadores se presentarán en tres sobres cerrados, identificados como
Sobre 1: Acreditación de capacidad, solvencia económica y financiera y técnica o profesional
Las circunstancias relativas a la capacidad y solvencia deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
En lo que respecta a la documentación acreditativa de la capacidad y la solvencia del licitador habrá de contener la siguiente documentación:
Capacidad
- Los empresarios deberán acreditar su personalidad: Si se trata de empresario individual, presentará el Documento Nacional de Identidad. Si se trata de sociedades, deberá acompañarse copia autorizada o testimonio de la escritura de constitución y de modificación, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable, si no lo fuere, la acreditación se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente registro oficial. La capacidad de obrar de los
empresarios no españoles se acreditará según dispone al art. 84 apartados 2 y 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP).
- Cuando el licitador no actúe en nombre propio, o se trate de una sociedad o persona jurídica, deberá presentar apoderamiento bastante (legal, suficiente y subsistente), para representar a la persona o entidad a cuyo nombre se concurra, debidamente inscrito en el registro correspondiente si se trata de una sociedad, y fotocopia autenticada del DNI del apoderado.
- Declaración (según modelo del Anexo nº 2), de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que incapacitan para contratar señaladas en artículo 71 de la LCSP.
- Declaración de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones específicas para contratar siguientes:
El licitador deberá acreditar que no se encuentra incurso en causa de incompatibilidad específica para la realización de este trabajo. Se considerará que presenta incompatibilidad cuando:
a) con carácter general concurra alguno de los supuestos previstos en el artículo 16 de la Ley 22/2015, de 20 de julio de Auditoría de Cuentas y en el artículo 46 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.
b) Haya realizado las verificaciones establecidas en el artículo 125, apartado 4, letra a), del Reglamento (UE) nº 1303/2013, respecto de los proyectos cofinanciados que constituyen el objeto de este contrato.
c) Haya efectuado verificaciones para la Autoridad de Certificación, respecto de los proyectos u operaciones objeto de este contrato.
d) Xxxx participado en actividades relacionadas con la gestión, asesoramiento o consultoría de los proyectos objeto de contratación.
e) Haya realizado la auditoría de cuentas de la entidad objeto de control.
No obstante, el órgano de contratación podrá apreciar que no concurre causa de incompatibilidad en los supuestos d) a e) cuando las actividades realizadas consistan en el asesoramiento o consultoría o la auditoría de cuentas respecto de los proyectos objeto de la contratación, siempre que dichas actividades hayan sido realizadas por un área de actividad o de negocio independiente dentro de la estructura organizativa del licitador, o sean realizadas por socios diferentes de los que vayan a realizar los controles que se licitan, y el
licitador acredite que dispone de los procedimientos adecuados para garantizar la independencia.
Solvencia económica y financiera
Se considerará que el licitador tiene suficiente solvencia económica y financiera para ejecutar el presente contrato si justifica (cualquiera de) los siguientes extremos:
a) El importe neto de la cifra de negocios deberá ser como mínimo el 100% del importe del contrato al que se concurre, en cada uno de los tres últimos ejercicios. Esta circunstancia se acreditará, en el caso de personas jurídicas, mediante las cuentas anuales aprobadas acompañadas de la diligencia de depósito de las mismas en el Registro Mercantil, o mediante declaración responsable del licitador en el que se acredite dicho extremo.
b) El importe neto de la cifra de negocios correspondiente a controles realizados en el ámbito de las acciones cofinanciadas con cargo a fondos comunitarios deberá ser como mínimo el 50% del importe del contrato al que se concurre, en cada uno de los tres últimos ejercicios. Esta circunstancia se acreditará mediante declaración responsable del licitador.
Solvencia técnica o profesional
Para la realización de los trabajos mencionados, el adjudicatario deberá disponer, de los recursos necesarios humanos y materiales suficientes, adaptados al volumen de las actividades a desarrollar y a los plazos de realización de dichos trabajos. Asimismo el adjudicatario deberá acreditar dominio hablado y escrito de los idiomas oficiales del Programa (español, francés, portugués), al emitirse los informes en el idioma correspondiente al lugar donde se realiza la auditoria.
El equipo de trabajo estará formado por profesionales con la experiencia y conocimientos adecuados a las tareas asignadas.
Se considerará que el licitador tiene suficiente solvencia técnica o profesional, si justifica los siguientes extremos:
a) Experiencia del licitador en controles de ayudas cofinanciadas con cargo a Fondos Estructurales, en el ámbito del Sector Público, en los últimos tres años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se deberá acreditar mediante certificación del órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, en caso de que el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificación expedida
por éste, o a falta de la misma, mediante declaración del empresario. Cuando se trate de controles financieros realizados por el licitador para el órgano de contratación con motivo de contrataciones anteriores, bastará con que conste la referencia y descripción del expediente de contratación respectivo, siempre que se haya emitido informe definitivo a satisfacción del director del trabajo.
Asimismo, el licitador deberá acreditar la realización de al menos quince controles en acciones cofinanciadas por Fondos Estructurales en los últimos tres años.
b) Experiencia profesional del Socio‐Director y del Gerente propuestos:
− Declaración acreditativa de los años de ejercicio profesional en auditorías.
− Declaración de la experiencia, en los tres últimos años, en control de acciones cofinanciadas con cargo a Fondos Estructurales y haber realizado al menos quince controles de esta naturaleza.
En todo caso se exigirá del licitador y del Socio‐Director propuesto certificado que acredite la inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas o Registro Oficial equivalente en el caso de Portugal y Francia en el caso de los licitadores no españoles durante un periodo mínimo de tres años. En caso de que el licitador sea persona física deberá acreditar su inscripción como auditor ejerciente durante el periodo indicado.
Además, se exigirá el compromiso de adscribir a la ejecución del contrato, el personal que cumpla los requisitos señalados en los apartados siguientes. Ese compromiso tendrá carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el art. 211 de la LCSP:
‐ El encargado del trabajo deberá acreditar experiencia en el control de acciones cofinanciadas por Fondos Estructurales durante un periodo de dos años y haber realizado al menos cuatro controles de esta naturaleza.
El licitador deberá adscribir medios personales a la ejecución del contrato de forma que se configuren equipos mínimos de trabajo compuestos por, al menos, un encargado y dos ayudantes de auditoría.
En todo caso se exigirá que todos los miembros del equipo que vayan a ejecutar el trabajo, posean la solvencia técnica solicitada según lo previsto anteriormente.
c) Indicación de la parte del contrato que el licitador tienen eventualmente el propósito de subcontratar.
d) Solvencia de medios externos
Los informes relativos a los beneficiarios o entidades en el territorio de otro Estado miembros distinto de España deberán ser firmados por un socio de una entidad auditora en el mencionado Estado que deberá ser filial, mantener acuerdos de colaboración, pertenecer a la misma red de entidades, o de modo similar estar vinculada con la entidad auditora adjudicataria. En todo caso, el socio de la entidad auditora adjudicataria responsable del contrato deberá asegurarse que el socio de la entidad auditora en otro Estado miembro y, en su caso, el resto de miembros del equipo de auditoria, cumplen los requisitos de solvencia y compatibilidad señalados en el pliego de condiciones particulares y aplican los procedimientos y metodología señalados en el presente pliego de prescripciones técnicas. En este sentido, se exigirá la inscripción en el correspondiente registro equivalente al ROAC en el Estado miembro donde se efectúen los trabajos. Igualmente, el socio de la entidad auditora adjudicataria responsable del contrato asumirá la supervisión y coordinación de los trabajos de los diferentes equipos de control de cada país, detallando el modo en que dicho compromiso se lleve a cabo.
Sobre 2: “Proposición técnica”
- Índice que se corresponda con el contenido de la propuesta.
- Resumen ejecutivo de la proposición técnica.
- Documentación técnica del proyecto, y en particular, las actuaciones a desarrollar, de acuerdo con las especificaciones del apartado “Pliego de prescripciones técnicas”, siguiendo la misma estructura de este apartado y concretando los datos de la oferta que correspondan a lo demandado en cada punto.
- Equipo de trabajo.
- Relación nominal de los componentes del equipo de trabajo ordenada por categorías profesionales, y para cada uno de los bloques de trabajo definidos en el pliego.
Esta documentación tendrá carácter contractual.
La inclusión en este sobre de datos de contenido económico supondrá la exclusión de la oferta en la licitación.
Sobre 3: “Proposición económica”
El sobre nº 3 contendrá una sola proposición económica (expresada conforme al modelo que figura como Anexo nº 1). La oferta económica se expresará en euros e incluirá el Impuesto sobre el Valor Añadido, que se indicará como partida independiente. Deberá estar firmada por el licitador o persona que lo represente.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, expresada en número y letra y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido.
En cualquier caso, se desecharán aquellas ofertas que careciesen de concordancia con la documentación examinada, excedan del presupuesto de licitación, varíen sustancialmente el modelo establecido o comporten error manifiesto.
A todos los efectos, se entenderá que las ofertas presentadas y en los precios aprobados están incluidos todos los gastos que la empresa deba realizar para la prestación de los servicios contratados, entre ellos los gastos generales, financieros, beneficio, seguros, transportes y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, toda clase de tributos, incluido el IVA, que se detallará de forma independiente.
d) Forma de entrega del producto objeto xxx xxxxxx
De la documentación contenida en el sobre 2 (proposición técnica) se hará llegar una copia, vía correo electrónico, a la siguiente dirección: aug@interreg‐xxxxx.xx a más tardar a las 14,00 h del último día de presentación de las ofertas.
La presentación de proposiciones supone la aceptación incondicional por parte del empresario del clausulado de este pliego y del de Prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, sin salvedad alguna. Las proposiciones serán secretas y cada licitador no podrá presentar más de una.
5. PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Los trabajos se realizarán de acuerdo con el calendario propuesto en el pliego de prescripciones técnicas.
La fecha de inicio de los trabajos será la del día siguiente a la formalización del contrato; el calendario propuesto por los licitadores se referirá asimismo a ese origen temporal.
El responsable del contrato será la Sociedad Gestora del Programa Interreg Espacio Sudoeste europeo, que ejecutará, en materia de seguimiento de los trabajos, las directrices que se acuerden previamente por la AA y el GdA.
6. RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Y NORMAS REGULADORAS
El presente contrato tiene naturaleza privada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la LCSP.
1. Según dispone el Título I del Libro Tercero de la LCSP (art. 316 a 320), su régimen jurídico se determina por:
a) Lo establecido en este Pliego y su documentación anexa, y pliegos complementarios publicados o notificados por el órgano de contratación a los licitadores y/o en su caso adjudicatario que puedan tener aplicación en la ejecución de este contrato, sin que su eventual desconocimiento exima al CONTRATISTA de cumplir lo previsto en dichos documentos.
b) En su preparación y adjudicación se regirá por la LCSP. En cuanto a sus efectos y extinción, estos contratos se regirán por el derecho privado, salvo en las excepciones recogidas en el artículo 319 de la LCSP.
2. Las discrepancias referentes a las cláusulas del presente Xxxxxx, del contrato, o de cualquier documento contractual, así como a la ejecución, interpretación o resolución del mismo serán resueltas, previa audiencia al interesado, de acuerdo con los criterios de interpretación del órgano de contratación mediante la correspondiente resolución, sin perjuicio de que dicha resolución, en caso de disconformidad, pueda recurrirse ante los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx, con renuncia expresa al fuero propio que pudiera corresponderles.
3. El orden jurisdiccional competente será: el contencioso – administrativo para resolver cuestiones referidas a la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo establecido en los art. 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación; el civil para resolver cualquier cuestión litigiosa o controversia en orden a los efectos, cumplimiento y extinción del Contrato, con excepción de las modificaciones contractuales ya referidas
4. En caso de discrepancias entre el Pliego de Condiciones Particulares y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares.
5. Todos los plazos establecidos en este Pliego, salvo que en el mismo se indique que son de días hábiles, se entenderán referidos a días naturales. Cuando el vencimiento de alguno de los plazos establecidos en este Pliego tenga lugar en un día inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente al del vencimiento.
7. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación (Sogiese), previamente al acto de apertura de proposiciones económicas, examinará y calificará formalmente la documentación contenida en los sobres 1 y 2, y si estos contienen todo lo exigido por este pliego, o existen omisiones determinantes de la exclusión o defectos materiales subsanables.
Para la subsanación de los defectos materiales observados se concederá, un plazo no superior a tres días.
De lo actuado se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse.
8. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
En la adjudicación se tendrá en cuenta los siguientes criterios:
1. Planificación y organización de las actividades en función de los objetivos y contenido del contrato: 40%.
La planificación y organización de los trabajos será evaluada teniendo en cuenta:
- Asignación de recursos humanos/número y composición de los equipos asignados al trabajo en sus diferentes fases y áreas. Se puntuará hasta un máximo de 1,25 puntos. Mejora de los plazos establecidos en sus diferentes fases. Se puntuará hasta un máximo de 1,25 puntos
- Procedimiento de gestión para garantizar el seguimiento, coordinación y calidad de los trabajos. Se puntuará hasta un máximo de 24 puntos.
Se valorará la descripción, detalle y eficacia de los procedimientos internos establecidos para garantizar el seguimiento de los trabajos objeto del contrato (8 puntos) su coordinación (8 puntos) y el control de calidad (8 puntos)
- Grado de adecuación (7 puntos), concreción y detalle (6,5 puntos) de la propuesta al cumplimiento de las exigencias contenidas en el apartado 3 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. Se puntuará hasta un máximo de 13,5 puntos.
2. Precio ofertado: 60 %.
Se valorará con la mayor puntuación la propuesta económica más baja, valorándose las demás ofertas en orden decreciente, en proporción al porcentaje que represente la oferta más ventajosa respecto de cada una de ellas, de acuerdo a la siguiente fórmula
La oferta económica será evaluada de acuerdo con la fórmula: Puntuación = (Pm/P) * 60.
Donde Pm es el precio mínimo ofertado, P el precio ofertado por el concursante y 60 los puntos asignados al precio mínimo.
Se entenderá que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias, cuando el porcentaje de baja exceda en 10 unidades, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.
Para poder ser adjudicatario del presente concurso, se deberá obtener una puntuación total igual o superior a 70 puntos.
El órgano de contratación podrá ser asistido y encargar la realización de los informes técnicos que estime pertinentes a fin de evaluar las proposiciones y emitir un informe de valoración de las mismas.
9. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación, a la vista de las valoraciones realizadas, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, y requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente al de aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente documentación justificativa de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social.
La adjudicación deberá ser motivada y se notificará a los participantes en la licitación y publicará en el perfil del contratante, debiendo llevarse a cabo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
10. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato se llevará a efecto dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la adjudicación a los participantes en la licitación.
11. PAGO DEL PRECIO DEL CONTRATO
El precio total del Contrato será abonado, en la forma y plazos establecidos en los párrafos siguientes, tras la aprobación por la entidad adjudicadora, SOGIESE, de la certificación en la que conste la prestación del servicio de conformidad con lo dispuesto en el contrato y los pliegos.
El adjudicatario tendrá derecho al pago con arreglo a las bases del presente pliego, abonándose el importe total del precio convenido (100 %) a la entrega de los trabajos objeto de la contratación, consignados en el punto 3.2 xxx xxxxxx de prescripciones técnicas y aprobación de la certificación por SOGIESE de la prestación del servicio.
El pago se efectuará dentro de los treinta días siguientes a la recepción de la correspondiente factura.
12. COMPROMISOS DEL ADJUDICATARIO
Son de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar el servicio objeto del contrato.
El adjudicatario deberá conservar la documentación soporte del trabajo realizado durante el plazo necesario para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 140 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo. Durante el citado plazo, la documentación estará, en todo momento, a disposición del Grupo de Auditores del Programa o de la entidad adjudicadora, pudiendo examinar, en cualquier momento, dicha documentación, designando a tal efecto el personal preciso para efectuar dicho examen. De igual modo, la documentación soporte de los controles objeto de los contratos, podrá ser examinada por los servicios de la Comisión Europea cuando así lo requieran. Igualmente, el adjudicatario quedará comprometido a la realización de cualquier trabajo que, en relación con las auditorías realizadas, pudiera surgir con posterioridad a la emisión de los informes definitivos.
13. DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando, transcurrido el plazo de vigencia total del contrato, aquél haya realizado de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Entidad Adjudicadora la totalidad de su objeto, señalado en el apartado 1 de este pliego.
14. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato, las que se detallan a continuación:
- La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar.
- El incumplimiento por el adjudicatario de la asignación de los recursos y equipos de trabajo a la prestación del servicio en los términos previstos en los Pliegos y Propuesta presentada por aquél a la licitación.
- La obstrucción a las facultades de dirección, supervisión e inspección de la entidad adjudicadora. Por obstrucción se entenderá cualquier acto de acción u omisión tendente a impedir el normal desarrollo de las funciones asumidas por el Responsable del contrato.
- El incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas en este Pliego y en particular, la obligación de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
- La manifiesta incapacidad técnica o negligencia con el desarrollo de las actividades objeto de contratación.
- La interrupción o abandono de los trabajos sin causa justificada. Se entenderá que existe “abandono o interrupción sin causa justificada” cuando los trabajos hayan dejado de desarrollarse, no se desarrollen con la regularidad adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato en plazo. No obstante, SOGIESE, antes de declarar la resolución, requerirá al contratista que regularice la situación en el plazo de cinco (5) días a contar desde su requerimiento.
- Cualquier actividad o negligencia del adjudicatario que impida el alcance de los objetivos de cualquiera de las actividades objeto de la contratación.
- La contravención de la obligación de confidencialidad o de información a terceros sin previa autorización de SOGIESE.
De resolverse el contrato, el adjudicatario queda obligado a guardar sigilo respecto a los datos, antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, salvo que el Órgano de Contratación estime aconsejable eximirle expresamente de tal obligación.
Para la aplicación de las causas de resolución se estará a lo dispuesto en el artículo 212 de la LCSP y para sus efectos a lo dispuesto en el artículo 213 de la LCSP.
15. CONFIDENCIALIDAD
La empresa adjudicataria quedará obligada a respetar la confidencialidad sobre toda la información y documentación que se facilite o pueda obtenerse, como consecuencia de la relación contractual objeto del presente concurso.
16. FUERO COMPETENTE.
Serán competentes para la resolución de las cuestiones litigiosas que pudieran surgir con ocasión de la presente licitación y contrato, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 6.3 de este Pliego, los Juzgados y Tribunales xx Xxxxxxxxx, renunciando las partes al fuero propio que pudiera corresponderles.
17. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Cualquier comunicación o cuestión relativa a este pliego deberá ser dirigida por vía electrónica a la siguiente dirección: aug@interreg‐xxxxx.xx
Santander, 25 xx xxxxx de 2018