Contract
PLIEGO DE CONDICIONES ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE CONCURSO ABIERTO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PRIVADO DE UN INMUEBLE MUNICIPAL PARA SU EXPLOTACIÓN COMO RESIDENCIA DE MAYORES, CENTRO DE ESTANCIAS DIURNAS O VIVIENDA TUTELADA.
1.- FINALIDAD DE LA CESIÓN DEL INMUEBLE
Llevar a cabo la cesión de un inmueble patrimonial mediante CONTRATO DE ARRENDAMIENTO PRIVADO, para su explotación como residencia de mayores, centro de estancias diurnas o vivienda tutelada. El inmueble objeto de arrendamiento se encuentra situado en la calle Maestro Xxxxxxx Xxxxxxx nº 20.
2.-OBJETO DE CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato el arrendamiento del inmueble patrimonial municipal denominado Antigua Residencia y Centro de Día, sita en calle Maestro Xxxxxxx Xxxxxxx nº 20 de El Toboso.
A efectos de identificación catastral, el bien objeto de Arrendamiento es el que se describe en el Plano de situación que se adjunta como anexo al Presente Pliego. El uso del Inmueble objeto de arrendamiento es para uso distinto del de vivienda, en la modalidad de Contrato de "Arrendamiento de Local", debiendo destinarse por el arrendatario para el ejercicio de la actividad señalada que permita satisfacer la demanda de estos servicios en el municipio.
La naturaleza privada del contrato y la modalidad de arrendamiento de Local, implica que la parte arrendataria recibe del Ayuntamiento un inmueble con el mobiliario que se relaciona en ANEXO adjunto , debiendo la parte arrendataria adecuar por su cuenta y riesgo la totalidad del Inmueble, dotándole del equipamiento que pudiera faltar para poder ejercer en el mismo la actividad de Residencia de Mayores, Centro de Estancias Diurnas o Vivienda Tutelada , disponiendo de las previas licencias administrativas que legalmente correspondan para su funcionamiento. Por consiguiente la parte arrendataria conoce perfectamente el estado actual de los inmuebles y edificaciones existentes objeto de arrendamiento, sin que pueda alegar, en ningún caso a la parte arrendadora, la existencia de deficiencia alguna estructural, de conservación en los inmuebles, o falta de equipamiento para poder realizar la actividad.
El Arrendatario asume, sin que pueda exigir contraprestación alguna, y como obligación integrante del contrato, la de prestar en los inmuebles la actividad de Residencia de Mayores, Centro de Estancias Diurnas o Vivienda Tutelada en su caso.
Asimismo será de cuenta del arrendatario la concertación directa de plazas con la Consejería de Bienestar Social, en el caso de que tuviera lugar.
3.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO
El Canon de arrendamiento experimentará un incremento anual equivalente a la variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistema de índices de precios de consumos en periodos de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado.
4.- PLAZO DEL CONTRATO:
El Plazo del contrato de Arrendamiento, que será fijado por el concursante que resulte adjudicatario, tendrá una duración máxima de veinte años; todo ello en aplicación de lo establecido en el Art. 106.3 de la Ley 33/2003 de 3 de Noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas en el que se establece una duración máxima de veinte años en los contratos para la explotación de los bienes o derechos patrimoniales.
5.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN.
La adjudicación del presente contrato se realizará mediante concurso ,de conformidad con lo establecido en la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, cuyo artículo 107.1, de carácter básico a tenor de lo dispuesto en la Disposición Final 2ª de la citada Ley que establece que los contratos para la explotación de los bienes patrimoniales se adjudicarán por concurso salvo que, por las
peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevistos o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa.
6.- CRITERIOS QUE HAN DE SERVIR DE BASE A LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO:
El Ayuntamiento tiene como principal objetivo en la adjudicación del contrato facilitar a la iniciativa privada la disponibilidad de un inmueble para su adecuación, si fuera necesario, y posterior explotación como residencia de mayores, centro de estancias diurnas o vivienda tutelada, satisfaciendo la amplia demanda de estos servicios.
La adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se establecen en el presente pliego, todo ello en los términos de los artículos 151 y ss. del TRLCSP.
Los criterios objetivos para valorar la oferta son:
A). -Proyecto de Residencia, Centro de Estancias Diurnas o Vivienda Tutelada propuesto por el concursante.
Se adjuntará obligatoriamente el Proyecto de Residencia, Centro de Estancias Diurnas o Vivienda Tutelada a desarrollar en el local. En la memoria del proyecto se describirá el proyecto, el número de empleados y formación de los mismos, así como el presupuesto de ingresos y gastos para su funcionamiento.
Se valorará la experiencia en este campo, que deberá acreditarse mediante la presentación de una Memoria de Actividades realizadas en esta materia.
VALORACIÓN "DEL PROYECTO": hasta 20 Puntos.
B) .-Precio del arrendamiento, que no podrá ser inferior a 600 EUROS anuales.
VALORACIÓN "PRECIO DEL CONTRATO DEL ARRENDAMIENTO LICITADO": hasta 15 Puntos.
C) .-Duración del arrendamiento, que no podrá ser superior a 20 años.
VALORACIÓN "DURACION DEL CONTRATO DEL ARRENDAMIENTO LICITADO": hasta 5 Puntos 7.- PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD.
La puesta en explotación del INMUEBLE se realizará ANTES del día 1 de enero de 2015, salvo que por causas justificadas, se autorice por la Administración las prórrogas que fueran necesarias. De estas obligaciones responderá la garantía de Aval depositado.
8.- CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
Podrá contratar con el Ayuntamiento la persona natural o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar y no esté incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el Art. 60 del TRLCSP.
9.- PROPOSICIÓN DEL INTERESADO.
5.1.- La proposición u oferta a presentar, que será secreta, constará de dos sobres, en cada uno de los cuales figurará el nombre del proponente y la inscripción "PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN EL CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO DEL INMUEBLE ANTIGUA RESIDENCIA DE MAYORES" EN EL TOBOSO
5.2.- En el sobre A se adjuntará la documentación administrativa acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del arrendatario, conforme a lo dispuesto en los artículos 72 y ss TRLCSP y en especial de la documentación acreditativa de no estar incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el Art. 60 del mismo. No se exige fianza provisional, al ser potestativa.
En el sobre B se acompañará el proyecto y la proposición económica formulada con arreglo al modelo que se acompaña.
MODELO DE PROPOSICIÓN
Don............................................................................................., con domicilio en
............................................................................................... C.P............., y con NIF núm................, en
nombre propio (o en representación....................................... como acredito
por............................................) enterado de la convocatoria del concurso, anunciado en el BOP núm............ de fecha................., tomo parte en la misma comprometiéndome al arrendamiento del inmueble propiedad del Ayuntamiento, con arreglo al pliego de condiciones económico - administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy en ninguna de las circunstancias establecidas en el Art. 60 TRLCSP.
-Se fija como Canon del contrato de arrendamiento el precio anual de: Euros.
-Se solicita un plazo de: años de contrato de arrendamiento.
- Al fin de cumplir con lo establecido en el Pliego de Condiciones económico-Administrativo, se adjunta el proyecto de...................................................................., con el compromiso de llevarlo a cabo, caso de resultar adjudicatario del contrato de arrendamiento.
(Lugar, fecha y firma de los proponentes).
Las ofertas serán presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de El Toboso, durante las horas de oficina. Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este pliego.
5.3- No podrá presentarse más de una proposición por licitador.
5.4- El plazo de presentación de proposiciones será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.
10.- MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación estará constituida, según lo dispuesto en la D.A. 2ª del TRLCSP, por los siguientes componentes:
-Presidente: Xx Xx. Alcalde o Concejal en quien delegue.
-Vocales: Un representante por cada unos de los grupos políticos existentes en la Corporación, y la Secretaria-Interventora Municipal.
-Secretario: Un funcionario de la Corporación designado al efecto.
Para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros. Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente.
La apertura de proposiciones se efectuará en la Casa Consistorial del Ayuntamiento de El Toboso, el tercer día hábil siguiente a la terminación del Plazo de proposiciones (se excluye el sábado), a las 13,00 Horas, y el acto será público.
11.-FIANZAS
Quienes deseen participar en la licitación del contrato de arrendamiento a que este pliego se refiere deberán formalizar las siguientes fianzas:
-Fianza provisional: (No se exige)
-Fianza definitiva: como garantía de la Ejecución del Contrato de Arrendamiento: El 10% del precio del canon total de arrendamiento, y que habrá de formalizarse en metálico o mediante aval bancario, una vez adjudicado el contrato.
12.- ABONO DEL CANON DEL ARRENDAMIENTO.
El arrendamiento deberá abonar el canon anual dentro de los quince primeros días del mes de Enero de cada año natural. El incumplimiento del plazo de ingreso dará lugar a la resolución del contrato.
13.- IMPUESTOS Y GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el impuesto de valor añadido y los gastos de inserción de anuncios en Boletines Oficiales exigidos para la celebración de este contrato.
14.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
La totalidad de las obras de Adecuación, y reforma del inmueble, si fueran necesarios, así como las de conservación, mantenimiento y mejoras pasarán a ser propiedad municipal, accediendo al suelo, con la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Las obras consistentes en mejoras que se realicen en los edificios objeto del contrato de arrendamiento, requerirán en todo caso autorización de la propiedad sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario. El arrendatario utilizará los inmuebles con arreglo a los usos permitidos, estando obligando a conservarlos en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, y respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver los mismos a la propiedad al termino del contrato.
El arrendatario quedará obligado, durante todo el periodo de contrato, a formalizar un póliza de seguro en el que se cubra las contingencias derivadas de responsabilidad general civil a terceros que se puedan generar por el inmueble o causa de su actividad.
15.- CUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley y del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este pliego de condiciones, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales.
La resolución implicará la pérdida de todas las fianzas depositadas, en todo, inclusive la terminación de la cesión antes del plazo fijado, debiendo abonarse al Ayuntamiento los daños y perjuicios efectivos que se le ocasionen.
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a) La falta de pago de la renta.
b) La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización.
c) El subarriendo o la cesión sin autorización previa.
d) La realización de daños causados dolosamente a los inmuebles u obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.
e) Cuando en el Inmueble tengan lugar actividades ilícitas.
f) Cuando el Inmueble deje de estar destinado a la finalidad prevista en el Pliego de Condiciones.
g) La no concertación de póliza de seguros que cubra la responsabilidad general civil de daños a terceros. 16.- NATURALEZA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tiene naturaleza jurídica privada, formalizándose en documento administrativo, en todo caso, previa presentación por el arrendatario de la correspondiente fianza definitiva. A petición del adjudicatario o arrendatario se formalizará en escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos de otorgamiento. En este caso, vendrá obligado a la entrega de una copia autorizada al Ayuntamiento.
17.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO.
Esta contratación tiene carácter privado, quedando sometida a la jurisdicción contencioso administrativa respecto a los actos jurídicos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación, y a la jurisdicción civil en cuanto a los efectos y extinción. Para lo no previsto en el presente pliego se estará a los previsto en el artículo 20 del TRLCSP . La Documentación anexa al presente Pliego de cláusulas económico - Administrativas (Planos catastrales de los Inmuebles objeto de arrendamiento y anexo de mobiliario), se encuentra a disposición del público, durante el periodo de licitación pública, en el Ayuntamiento de El Toboso, durante las horas de oficina.
En El Toboso a 18 de Septiembre de 2014.