CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN Y LA
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX Y LA
SOCIEDAD ECOLÓGICA PARA EL RECICLADO DE LOS ENVASES XX XXXXXX (ECOVIDRIO)
Zaragoza, a 28 xx xxxx de 2.002
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Consejero de Medio Ambiente, en representación de la Diputación General xx Xxxxxx, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno xx Xxxxxx de fecha 30 xx xxxxx de 2.002.
De otra parte, el Xx. X. Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa Xxxxxxxx, en nombre y representación, como Director General, de la entidad Ecovidrio, -Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx-, con NIF núm. G-81312.001 y domicilio social en la calle Hermanos Bécquer núm. 10-1º de Madrid, sociedad constituida sin ánimo de lucro en fecha 21 de septiembre de 1.995 según acta fundacional suscrita ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, e inscrita en el Ministerio de Justicia e Interior, Sección de Asociaciones, en virtud de resolución de fecha 16 de febrero de 1.996 con el número nacional 160.493, haciendo uso de apoderamiento conferido en su favor mediante escritura otorgada en fecha 12 de diciembre de 1.996.
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio Marco, y
EXPONEN
La Ley 11/1.997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases, incorpora al ordenamiento jurídico estatal las prescripciones de la Directiva 94/62 CE, que establece la responsabilidad de los productores y distribuidores de envases en la gestión de los residuos que generan como consecuencia de su puesta en el mercado. Esta Ley ha sido desarrollada por el Real Decreto 782/1.998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento para su desarrollo y ejecución. En aplicación de la citada Ley, la gestión de los envases afectados por las obligaciones de su Capítulo IV, deberá acogerse necesariamente al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno o bien a un Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases.
Dicho Sistema Integrado de Gestión constituye una modalidad voluntaria a la que pueden acogerse los agentes económicos responsables de la puesta en el mercado de los envases, responsabilizándose del cumplimiento de los objetivos fijados en la citada Ley y quedando exentos de la obligación del sistema de devolución y retorno previsto en la misma normativa. Las aportaciones económicas hechas por la puesta en el mercado de los envases acogidos a un Sistema Integrado de Gestión deberán ser suficientes para
cubrir como mínimo los costes adicionales que tengan que soportar las Entidades Locales que participen en el sistema.
Ecovidrio es una Asociación sin ánimo de lucro, autorizada para actuar como Sistema Integrado de Gestión mediante Resolución de la Dirección General de Calidad Ambiental de fecha 10 de septiembre de 1.998, quedando una copia de la resolución como anexo 1 al presente documento. Su objeto es desarrollar un programa de recogida selectiva y reciclado de residuos de envases xx xxxxxx, basado en la instalación de contenedores en los que los usuarios puedan depositar los envases xx xxxxxx una vez vaciados.
La Ley de Envases y Residuos de Envases, en su artículo 9.3, y el Reglamento que la desarrolla, en su artículo 9.2, establecen que la participación de las Entidades Locales en el Sistema Integrado de Gestión se llevará a efecto mediante la firma de Convenios de Colaboración entre éstas y la entidad a la que se asigne la gestión del sistema. Esta participación se llevará a cabo a través de las Comunidades Autónomas a las que pertenezcan, cuando éstas tengan aprobados planes de gestión de residuos sólidos urbanos. En este último caso, la Comunidad Autónoma firmará un Convenio Marco, en el que se incluirán las condiciones generales a aplicar a todos los municipios de la Comunidad Autónoma, el cual, con posterioridad, podrá ser voluntariamente suscrito por cada uno de los Entes Locales que deseen participar, siendo posible contemplar condiciones particulares para determinados Entes Locales, en casos específicos.
La Diputación General xx Xxxxxx aprobó, por Decreto 72/1.998, de 31 xx xxxxx, el Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, cuyo programa de prevención tiene por objeto la reducción en la producción de residuos, y cuyo programa de reciclado se configura como el instrumento necesario para conseguir alcanzar en Aragón los objetivos de recuperación y reciclado xx xxxxxx fijados en la Ley de Envases y Residuos de Envases y en el propio Plan.
El Decreto 50/2.000, de 14 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, establece que le corresponde al Servicio de Protección Ambiental de la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, ejecutar el Plan de Ordenación de la Gestión de los Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx
Por lo tanto, al haber aprobado dicho Plan, corresponde a la Diputación General xx Xxxxxx, a través del Departamento de Medio Ambiente, la firma de un Convenio
En la elaboración del presente Convenio Marco han participado las Entidades Locales xx Xxxxxx, tal y como establece el artículo 9.2 del Real Decreto 782/1.998. Posteriormente, las Entidades Locales podrán adherirse a este Convenio Marco en la forma que más adelante se establece.
Por lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio Marco con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO
El presente Convenio Marco tiene por objeto regular los compromisos de la Diputación General xx Xxxxxx, de Ecovidrio, y de las Entidades Locales que se adhieran voluntariamente, en lo que respecta al funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión autorizado a Ecovidrio en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, con la finalidad de garantizar el cumplimiento de la Ley 11/1.997, de Envases y Residuos de Envases, y del Decreto 72/1.998, de 31 xx xxxxx, de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
SEGUNDA.- DEFINICIONES
Los términos definidos a continuación tienen, cuando se emplean en este Convenio Marco, salvo que se especifique otra cosa, el sentido siguiente:
“Convenio Marco”:
El presente documento firmado, sus anexos y, en su caso, sus posteriores modificaciones y ampliaciones.
“Convenio de Adhesión”:
Documento firmado por la Diputación General xx Xxxxxx, Ecovidrio y una determinada Entidad Local, en virtud del cual la Entidad Local se acoge e inicia su participación en el Sistema Integrado de Gestión, en los términos previstos en el Convenio Marco.
“Gestión”:
La realización de una o varias de las siguientes operaciones: recogida, almacenamiento, transporte y reciclado xxx xxxxxx recuperado de los residuos urbanos.
“Operador”:
La Entidad Local (si realiza gestión directa), o en su caso, aquel tercero designado por ésta para efectuar las operaciones de recogida de los residuos de envases xx xxxxxx (gestión indirecta).
“Reciclador”:
Aquella persona física o jurídica que tiene por actividad principal la aplicación de tratamientos específicos para la reintroducción de elementos o materiales recuperados, procedentes de envases y residuos de envases, en la actividad industrial.
“Recuperador”:
Agentes económicos dedicados a la recogida, clasificación, almacenamiento, acondicionamiento, y comercialización de residuos de envases xx xxxxxx para su reutilización o reciclado.
“Plantas de almacenamiento intermedio o instalaciones de almacenamiento alternativo”:
Lugares donde se almacenan temporalmente los residuos de envases xx xxxxxx, en espera de acumular una cantidad tal que garantice la viabilidad de su transporte hasta un centro de recuperación, reciclado o valorización. Estas instalaciones podrán integrarse en las estaciones de transferencia correspondientes o centros de tratamiento de residuos.
“Especificaciones Técnicas xxx xxxxxx recuperado”:
Características que deben satisfacer los envases usados y residuos de envases xx xxxxxx, de forma tal que pueda garantizarse que dicho material podrá ser valorizado.
“Comisión de Seguimiento”:
Órgano consultivo, encargado de dirimir todas aquellas cuestiones o problemas no resueltos o no previstos en este Convenio Marco, así como de coadyuvar en las labores de interpretación del cuerpo del Convenio y de los problemas existentes en la ejecución del mismo.
TERCERA.- ÁMBITO DE LAS ACTUACIONES OBJETO DEL CONVENIO MARCO
3.1.- Establecer los compromisos de las partes necesarios para garantizar el cumplimiento de los objetivos de reducción y reciclado previstos en el artículo 5 de la Ley 11/1.997, de Envases y Residuos de Envases en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
3.2.- Impulsar el desarrollo y el óptimo funcionamiento del Programa de Recogida Selectiva de Envases y Residuos de Envases xx Xxxxxx, en las proximidades del domicilio del consumidor, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
3.3.- Regular la participación voluntaria de las Entidades Locales en el Sistema Integrado de Gestión autorizado a Ecovidrio, y establecer los mecanismos para su adhesión al presente Convenio Marco.
3.4.- Definir unas condiciones básicas para la recogida selectiva monomaterial xx xxxxxx, así como mejorar el funcionamiento de los sistemas de recogida selectiva de residuos de envases xx xxxxxx dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
3.5.- Regular la aportación económica de Ecovidrio, de acuerdo a lo previsto en el artículo 10.2 de la Ley de Envases.
3.6.- Regular la puesta en marcha de campañas de comunicación y sensibilización ciudadana, y articular la colaboración de las partes en su desarrollo y financiación.
3.7.- Garantizar, por parte de Ecovidrio, el reciclado de los residuos de envases xx xxxxxx.
3.8- Establecer los flujos de información entre la Diputación General xx Xxxxxx, Ecovidrio y las Entidades Locales que se adhieran al sistema.
3.9.- Regular las funciones de control y seguimiento de las actividades previstas en desarrollo del presente Convenio Marco.
3.10.- Prever el desarrollo de otras actuaciones como: recogidas complementarias, actuaciones de investigación y desarrollo, etc.
CUARTA.- COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX
La Diputación General xx Xxxxxx, a través del Departamento de Medio Ambiente, se compromete a:
4.1.- Promover y participar en el desarrollo en Aragón del Programa de Recogida Selectiva de Envases Usados y Residuos de Envases xx Xxxxxx de la Comunidad
Autónoma, en los términos establecidos por el Plan de Ordenación de la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
4.2.- Comunicar a las Entidades Locales la firma del presente Convenio Marco para que puedan adherirse al mismo.
4.3.- Poner a disposición de los Entes Locales adheridos los contenedores necesarios para el correcto funcionamiento de la recogida selectiva en coordinación con Ecovidrio.
4.4.- Promover, si se precisa, plantas de almacenamiento intermedio o instalaciones de almacenamiento alternativo, posibilitando a las Entidades Locales adheridas y a Ecovidrio el cumplimiento de las obligaciones que les impone la Ley de Envases.
Dichas instalaciones podrán ser nuevas o ya existentes, siempre y cuando resulten aptas conforme a la normativa en materia de envases y residuos.
4.5.- Garantizar el suministro de información a Ecovidrio para que dicha entidad pueda acreditar el cumplimiento de sus obligaciones.
4.6.- Participar en el diseño de las campañas de comunicación y sensibilización ciudadana.
QUINTA.- ADHESIÓN DE ENTIDADES LOCALES AL PRESENTE CONVENIO MARCO.
5.1.- Las Entidades Locales que deseen participar voluntariamente en el Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases xx xxxxxx, lo comunicarán a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación General xx Xxxxxx, y formalizarán su participación en el mismo mediante la firma de un Convenio de Adhesión, por triplicado ejemplar, según los modelos que se acompañan en el anexo 3 de este Convenio Marco, adoptando previamente el correspondiente acuerdo plenario en el que conste la intención de adherirse al presente Convenio
5.2.- Por medio de dicho Convenio de Adhesión, las Entidades Locales participantes suscriben el presente Convenio Marco, asumiendo recíprocamente las Entidades Locales, la Diputación General xx Xxxxxx y Ecovidrio, las obligaciones y derechos previstos para cada uno de ellos en el presente Convenio Marco.
5.3.- La Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente notificará a Ecovidrio la adhesión de cada nueva Entidad Local, remitiéndole un ejemplar registrado del Convenio de Adhesión, quedando otro ejemplar anexo al presente Convenio Marco, formando parte integrante del mismo a todos los efectos. El tercer ejemplar será para la Entidad Local.
5.4.- La firma del Convenio de Adhesión por parte de una Entidad Local implicará la aceptación por la misma del Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
SEXTA: COMPROMISOS DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS
La adhesión de las Entidades Locales al presente Convenio Marco se hará de acuerdo con las previsiones del Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, e incluirá, como mínimo, los siguientes compromisos:
6.1.- La aceptación formal de las condiciones establecidas en el presente Convenio Marco en el que se regulan las condiciones de su participación, así como la aceptación de lo previsto en el Programa de Recogida Selectiva de Envases y Residuos de Envases xx Xxxxxx de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx y de lo previsto en el Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
6.2.- Determinar, en el correspondiente Convenio de Adhesión, la forma de participar en el Sistema Integrado de Gestión, que podrá llevarse a cabo según una de las siguientes alternativas:
6.2.1.- Realizando la recogida selectiva monomaterial de los residuos de envases xx xxxxxx en las condiciones definidas en el Programa de Recogida Selectiva de Envases y Residuos de Envases en su ámbito territorial y su transporte hasta una planta de almacenamiento intermedio o instalación de almacenamiento alternativa, o bien hasta las instalaciones de un recuperador o reciclador designado por Ecovidrio y la limpieza, mantenimiento y reparación de los contenedores.
6.2.2.- Encargando la gestión integral de la recogida selectiva de envases xx xxxxxx a Ecovidrio, quién deberá realizar las operaciones de recogida y transporte xxx xxxxxx, así como la limpieza, el mantenimiento y la reparación de los contenedores.
6.3.- Cuando la Entidad Local decida participar en el Sistema Integrado de Gestión realizando ella misma la gestión de la recogida selectiva según la cláusula 6.2.1, deberá cumplir los siguientes requisitos:
6.3.1.- Gestionar los residuos de envases y envases usados xx xxxxxx puestos en el mercado por los agentes económicos adheridos a Ecovidrio, pudiendo realizar esta gestión de forma directa o a través de operadores o recuperadores/recicladores autorizados según lo dispuesto en la Ley 10/1.998, de Residuos y el Decreto 49/2.000, del Gobierno xx Xxxxxx que la desarrolla.
6.3.2.- Elaborar un Programa de Recogida Selectiva de Envases Usados y Residuos de Envase en su ámbito territorial que tendrá los contenidos mínimos señalados en el anexo 4 de este Convenio Marco. Para ello podrá contar con la asesoría del personal técnico de la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente.
6.3.3.- Remitir mensualmente a Ecovidrio las facturas y documentación justificativa de las mismas, en las condiciones recogidas en la cláusula novena y según el modelo que figura en el anexo 5 de este Convenio Marco, correspondiente a la recogida selectiva xx xxxxxx.
6.3.4.- Aceptar la designación de la instalación receptora que figura para cada Entidad local de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx en el anexo 6 del presente Convenio Marco.
6.3.5. La puesta en funcionamiento de los dispositivos de control y seguimiento necesarios para asegurar la validez de los elementos que servirán para calcular la aportación económica de Ecovidrio
6.4.- Prestar o velar para que se preste adecuadamente el servicio de recogida selectiva xx xxxxxx, especialmente en lo concerniente a la frecuencia de vaciado de los contenedores tipo iglú y a la resolución de incidencias frecuentes.
6.5.- Designar los emplazamientos idóneos para la ubicación de los contenedores tipo iglú destinados a la recogida selectiva xx xxxxxx en las áreas de aportación correspondientes.
6.6.- Promulgar o, en su caso, adecuar las ordenanzas sobre residuos municipales, así como otras disposiciones de aplicación, con el objeto de posibilitar el cumplimiento de
las obligaciones asumidas mediante el presente Convenio Marco y el Convenio de Adhesión de la Entidad Local, para la recogida selectiva xx xxxxxx.
6.7.- La implantación, en aquellas zonas en que se justifique por el volumen generado, y previo acuerdo con Ecovidrio, de sistemas de recogida complementarias, de acuerdo con lo tratado en la Comisión de Seguimiento.
6.8.- La aprobación de los instrumentos necesarios para la implantación del Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases xx xxxxxx en su ámbito territorial.
6.9.- La puesta en funcionamiento de los dispositivos de control y seguimiento necesarios para asegurar que todas las operaciones se lleven a cabo de forma adecuada. Adoptar las medidas correctoras necesarias en caso de detectar desviaciones o incumplimientos relevantes en el ámbito de las citadas operaciones. Asimismo, garantizar que, en los términos establecidos en la cláusula decimotercera, Ecovidrio tenga derecho a efectuar el control y seguimiento sobre las actividades de recogida selectiva xx xxxxxx.
6.10.- Colaborar en el diseño, implantación y desarrollo de las campañas de concienciación ciudadana.
6.11.- En el caso de que la Entidad Local tenga compromisos contractuales que no puedan ser rescindidos y tengan que ser integrados al presente Convenio Marco y en el Convenio de Adhesión, garantizar que esta integración se lleve a término de conformidad con las disposiciones establecidas en el mismo.
6.12.- Aceptar los contenedores tipo iglú que les sean entregados y ubicarlos en la vía pública a disposición de los ciudadanos.
SÉPTIMA: OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS AL SISTEMA
7.1.- Las Entidades Locales adheridas al Sistema Integrado de Gestión que realicen ellas mismas la gestión de la recogida selectiva xx xxxxxx, quedan comprometidas a cumplir los siguientes requisitos:
7.1.1.- Cumplimentar o, en su caso, hacer cumplimentar tanto a sus operadores como a los recuperadores/recicladores que hubiesen contratado, los formularios que figuran en el anexo 5 de este Convenio Marco.
Estos formularios, que la Entidad Local conservará en su poder al menos durante dos años tras su recepción, deberán estar a disposición del Departamento de Medio Ambiente y de Ecovidrio para su consulta, si lo estima oportuno.
7.1.2.- Suministrar a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental y a Ecovidrio los documentos de resumen trimestral de los formularios citados anteriormente y cuyo modelo también figura en el mencionado anexo 5.
7.1.3.- Poner a disposición del Departamento de Medio Ambiente y de Ecovidrio, a su requerimiento, todo documento justificativo (facturas emitidas por terceros, órdenes de pago, contratos originales, albaranes de pesaje en báscula, etc.) relacionado con el conjunto de operaciones o de las de sus prestatarios, cualquiera que sea la modalidad de gestión del servicio que haya elegido (gestión directa o indirecta de conformidad con la legislación vigente).
7.2.- Las Entidades Locales adheridas suministrarán a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental, antes del 31 xx xxxxx del año siguiente al periodo anual al que estén referidos los datos, toda la información sobre la cantidad de residuos de envases y envases usados xx xxxxxx recogidos y entregados al Sistema Integrado de Gestión, de acuerdo con lo establecido en el articulo 15 del Real Decreto 782/98.
OCTAVA.- COMPROMISOS DE ECOVIDRIO
Además de lo tenido en cuenta en los términos de la autorización concedida a Ecovidrio por la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx la sociedad Ecovidrio se compromete a:
8.1.- Gestionar los residuos de envases y envases usados xx xxxxxx puestos en el mercado por los agentes económicos adheridos a Ecovidrio, pudiendo realizar esta gestión por si misma o a través de operadores o recuperadores/recicladores autorizados y según lo dispuesto en la Ley 10/1.998, de Residuos, y el Decreto 49/2.000, del Gobierno xx Xxxxxx que la desarrolla.
8.2.- Promover actuaciones de reducción de la generación de residuos de envases y envases usados xx xxxxxx en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
8.3.- Asumir los objetivos de reciclaje fijados en la Ley 11/1.997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases, observando el conjunto de obligaciones que para los
Sistemas Integrados de Gestión se recogen en la mencionada Ley y en su Reglamento de desarrollo.
8.4.- Aceptar los residuos de envases xx xxxxxx recogidos selectivamente que le sean entregados por las Entidades Locales adheridas al presente Convenio en las instalaciones designadas en el anexo 6 de este Convenio Marco, siempre que cumplan las Especificaciones Técnicas xx xxxxxx recuperado o normas de calidad recogidas en el anexo 7 del presente Convenio Marco, tomando la posesión de los mismos y adquiriendo su propiedad.
Cuando la gestión integral de la recogida selectiva sea realizada por Ecovidrio, la titularidad de los residuos de envases xx xxxxxx pasará a ser de Ecovidrio en el momento que son depositados por los ciudadanos en los contenedores instalados o que pudiesen instalarse en el ámbito territorial del Ente Local.
8.5.- Abonar a las Entidades Locales que se adhieran al presente Convenio Marco, una compensación económica en concepto de diferencia de coste entre el sistema ordinario de recogida, transporte y tratamiento de los residuos en vertedero controlado, y el sistema de recogida selectiva y transporte de los residuos de envases xx xxxxxx en las condiciones que se señalan en el anexo 8 de este Convenio Marco.
En el caso que las Entidades Locales opten por que sea Ecovidrio quién se haga cargo de la gestión integral de la recogida selectiva, ello implicará que el coste adicional de la recogida selectiva de los residuos de envases respecto al sistema ordinario de gestión de los residuos urbanos será asumido por Ecovidrio, por lo que las Entidades Locales no facturarán a Ecovidrio importe alguno por la realización de dicha gestión integral.
8.6.- Garantizar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma el cumplimiento de los objetivos de reciclado y valorización establecidos en la Ley de Envases y entregar los residuos de envases xx xxxxxx a un agente económico para su reutilización, a un recuperador, a un reciclador, o a un valorizador autorizados, en cumplimiento del artículo 12 de la Ley de Envases.
8.7.- Garantizar la recogida selectiva xx xxxxxx hasta el 30 xx xxxxx de 2003, de modo que quede asegurada la gestión de los residuos y envases xx xxxxxx en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx mientras dure el proceso de adhesión de los Entes Locales.
8.8.- Ecovidrio, cuando realice la gestión integral de la recogida selectiva, realizará la designación de los operadores o recuperadores/recicladores xx xxxxxx que prestarán los siguientes servicios, según el caso: recogida selectiva y transporte, o bien recogida y
transporte xxx xxxxxx depositado por la Entidad Local adherida en las plantas de almacenamiento intermedio o instalaciones señaladas en el anexo 6 de este Convenio Marco, la limpieza, mantenimiento y reparación de los contenedores, así como el reciclado xxx xxxxxx.
Los operadores o recuperadores/recicladores designados por Ecovidrio deberán contar con las correspondientes autorizaciones de acuerdo al Decreto 49/2.000, del Gobierno xx Xxxxxx.
8.9.- Con independencia de que la gestión de la recogida selectiva sea realizada o no por Ecovidrio, dicha entidad se compromete durante la vigencia del Convenio Marco a la cesión en uso de los contenedores tipo iglú xx xxxxxx a las Entidades Locales participantes en el Sistema Integrado de Gestión y a su reposición al final de su vida útil o cuando estos se hallen en estado de deterioro.
8.10.- Realizar un inventario del parque de contenedores existentes en las Entidades Locales adheridas, que actualizará anualmente y que servirá de base para evaluar las necesidades al respecto. Para la elaboración de este inventario se tomará como punto xx xxxxxxx el listado incluido en el anexo 2 de este Convenio Marco y se tendrán en cuenta sólo las Entidades Locales que hagan efectiva su participación en el Sistema Integrado de Gestión.
8.11.- Realizar un seguimiento y control de las actividades de recogida selectiva y reciclado de los residuos de envases xx xxxxxx, así como posibilitar el intercambio continuo de experiencias y conocimientos.
8.12.- Diseñar y financiar las campañas de comunicación y sensibilización ciudadana, de acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima .
8.13.- Suministrar trimestralmente a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental los documentos de resumen de las cantidades de envases recogidos en cada uno de los municipios donde realice la gestión integral de la recogida selectiva xx xxxxxx. En el anexo 5 de este Convenio Marco se recogen los modelos de dichos documentos.
8.14.- Suministrar a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente la información necesaria para comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos señalados en la Ley 11/1.997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases, de acuerdo con lo previsto en su articulo 15.
8.15.- Suministrar a las Entidades Locales adheridas correspondientes, cuando se haga cargo de la gestión integral de la recogida selectiva xx xxxxxx, un resumen semestral con los datos más relevantes de la recogida selectiva según el modelo que figura en el anexo 5 del presente documento.
8.16.- Aceptar la participación en el Sistema Integrado de Gestión de todas y cada una de las Entidades Locales que, de conformidad con lo establecido en el presente Convenio Marco, suscriban el correspondiente Convenio de Adhesión.
NOVENA.- APORTACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE ECOVIDRIO.
9.1.- Las Entidades Locales adheridas que realicen ellas mismas la gestión de la recogida selectiva xx xxxxxx recibirán de Ecovidrio como financiación de los costes adicionales al efectuar la recogida selectiva, las cantidades derivadas de la aplicación de los criterios establecidos en el anexo 8.
9.2.- Las Entidades Locales adheridas que realicen la gestión directa de la recogida selectiva xx xxxxxx, o bien los operadores o recuperadores/recicladores designados conforme a derecho por las mismas, facturarán a Ecovidrio por los conceptos e importes recogidos en el anexo 8 de este Convenio Marco, por mes natural vencido. Las facturas irán acompañadas de la documentación y justificantes acordados por las partes, y también remitirán mensualmente copia de dicha documentación a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental. No se considerarán facturas completas aquellas que no incluyan la documentación solicitada, en particular, en lo que se refiere a la aportación de facturas, o copias de las mismas, emitidas por terceros.
9.3.- Cuando el Ente Local encargue la gestión de la recogida selectiva xx xxxxxx a Ecovidrio, ésta última asumirá el coste de la recogida selectiva, por lo que las Entidades Locales no facturarán a Ecovidrio importe alguno.
9.4.- El pago de las facturas a las Entidades Locales adheridas que realicen ellas mismas la gestión de la recogida selectiva xx xxxxxx (o a los operadores designados conforme a Derecho por éstas) se realizará dentro del plazo de treinta días desde la fecha de recepción por Ecovidrio de la factura completa, y de todos y cada uno de los justificantes necesarios.
9.5.- Los conceptos e importes incluidos en el anexo 8 de este Convenio Marco, se aplicarán hasta el 10 de septiembre de 2.003, procediendo la Comisión de Seguimiento que se crea en la cláusula decimosexta, a una revisión de los mismos mediante un
análisis de resultados y de costes. En todo caso y a los efectos de la citada revisión, los Entes Locales adheridos podrán aportar las pruebas documentales que sean precisas para el cálculo de los costes adicionales que tengan efectivamente que soportar.
Las nuevas condiciones económicas resultantes del anterior análisis, deberán ser aprobadas por las partes a propuesta de la Comisión de Seguimiento, y se incorporaran al presente Convenio Marco por medio de un addenda al mismo.
DÉCIMA: TRATAMIENTO INFORMÁTICO
Para lograr una mayor comodidad, celeridad y economía en el suministro de información, la Diputación General xx Xxxxxx y Ecovidrio podrán establecer, de común acuerdo entre ambas partes, un sistema informático de suministro y tratamiento de la información, de forma que las distintas Administraciones implicadas y los agentes económicos transfieran la información generada a través de dichos sistemas.
UNDÉCIMA: ACCIONES DE COMUNICACIÓN, SENSIBILIZACIÓN Y/O PROMOCIÓN
11.1.- El Departamento de Medio Ambiente estudiará las acciones que, en materia de comunicación, sensibilización y/o promoción, sean propuestas por Ecovidrio, con el objetivo de poder incluirlas en los programas propios del Departamento. En caso de ejecutarse las anteriores acciones, serán financiadas por Ecovidrio en los términos previstos en el anexo 8 del presente Convenio Marco.
11.2.- Las acciones de comunicación, sensibilización y/o promoción que el Departamento de Medio Ambiente promueva en el ámbito objeto de este Convenio Marco, serán comunicadas a Ecovidrio con el fin de homogeneizar mensajes, elementos y fases de la campaña.
11.3.- En caso de que una Entidad Local que se adhiera al presente Convenio Marco, decida llevar a cabo otras acciones de comunicación o promoción, podrá contar con fondos de Ecovidrio, previa aprobación de las acciones en la Comisión de Seguimiento creada en la cláusula decimosexta. En ningún caso estas acciones podrán ser contradictorias con las que se estén llevando a cabo por el Departamento de Medio Ambiente en relación con la gestión de los residuos urbanos.
11.4.- La aportación económica de Ecovidrio a las campañas de comunicación, sensibilización y/o promoción será la establecida en el anexo 8 del presente Convenio Marco.
DUODÉCIMA: CONTROL Y SEGUIMIENTO POR PARTE DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS.
12.1.- Las Entidades Locales adheridas se comprometerán a poner en marcha los dispositivos de control y seguimiento necesarios para asegurar que todas las operaciones se llevan a cabo de forma adecuada, en los términos previstos en la cláusula séptima del presente Convenio Marco.
12.2.- El Departamento de Medio Ambiente pondrá en conocimiento inmediato de Ecovidrio cualquier incidencia con relevancia sobre la ejecución del presente Convenio Marco.
DECIMOTERCERA: CONTROL Y SEGUIMIENTO POR PARTE DE ECOVIDRIO
13.1.- En el ámbito objeto del presente Convenio Marco, Ecovidrio podrá efectuar un control y seguimiento sobre las actividades de recogida selectiva efectuadas por las Entidades Locales o por sus operadores o recuperadores/recicladores. Este punto deberá recogerse expresamente en las relaciones contractuales que cada Administración implicada establezca con los operadores o recuperadores/recicladores.
13.2.- Ecovidrio informará al Departamento de Medio Ambiente y a las Entidades adheridas interesadas de los resultados de sus actividades de control y seguimiento proponiendo las medidas correctoras que estime convenientes, cuando proceda.
DECIMOCUARTA: RECOGIDAS COMPLEMENTARIAS
Ecovidrio y las Entidades Locales adheridas podrán promover el desarrollo de recogidas complementarias por sí mismas o con el apoyo de iniciativas privadas con el fin de:
- Dar cumplimiento a los objetivos marcados en la Ley de Envases.
- Colaborar en el desarrollo de estos sistemas.
Dichas iniciativas serán puestas en conocimiento de la Comisión de Seguimiento creada en este Convenio Marco. La Diputación General xx Xxxxxx apoyará y, en su caso, podrá colaborar en el desarrollo de estas actuaciones en su ámbito territorial.
DECIMOQUINTA: ACTUACIONES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
15.1.- Ecovidrio, dentro de su actividad como Sistema Integrado de Gestión, podrá realizar o, en su caso, financiar estudios y programas de investigación y desarrollo sobre recogida selectiva y reciclado.
15.2.- La Diputación General xx Xxxxxx o las Entidades Locales adheridas podrán colaborar con Ecovidrio en la realización de estudios y actuaciones de investigación y desarrollo.
DECIMOSEXTA: COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
16.1.- Las partes convienen en plantear todas las cuestiones y problemas no resueltos o no previstos, así como todas las cuestiones relativas a la interpretación y ejecución del presente Convenio Marco, a una Comisión de Seguimiento, compuesta por los siguientes miembros:
* La Diputación General xx Xxxxxx estará representada por dos miembros designados por el Exmo Sr. Consejero de Medio Ambiente, uno de los cuales ejercerá las funciones de presidente de la Comisión y el otro la de secretario.
* Ecovidrio designará a 2 miembros en su representación.
* Los Entes Locales que hayan asumido la gestión directa estarán representados por un miembro cada uno.
Todos ellos podrán estar eventualmente asistidos por personal técnico o jurídico.
16.2.- La Comisión de Seguimiento se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de una de las partes, que invitará a las otras por carta certificada, celebrándose la reunión dentro de las dos semanas siguientes a la recepción de la solicitud de reunión. La ausencia injustificada de una de las partes convocadas será interpretada como la imposibilidad de llegar a un acuerdo.
16.3.- Cuando la Comisión de Seguimiento deba tratar alguna cuestión concreta relacionada con una Entidad Local adherida, el Departamento de Medio Ambiente solicitará que la citada Entidad Local nombre un representante para que asista a la siguiente reunión de la Comisión de Seguimiento.
16.4.- Cuando una determinada Entidad Local adherida deba tratar alguna cuestión relevante relacionada con ella, podrá solicitar al Departamento de Medio Ambiente que
se tenga en consideración su petición en la siguiente reunión de la Comisión de Seguimiento.
16.5.- Esta comisión funcionará como órgano consultivo al que las partes plantearán cuestiones técnicas, interpretativas o prácticas que se susciten en el periodo de aplicación del presente Convenio con la finalidad de alcanzar soluciones consensuadas a las citadas cuestiones.
La Comisión de Seguimiento podrá adoptar acuerdos definitivos cuando los asuntos tratados hagan referencia a las siguientes cuestiones:
- Interpretación y resolución de conflictos suscitados por la aplicación del presente convenio, de conformidad con la cláusula decimosexta apartado primero y cláusula decimonovena, sin perjuicio de la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- Implantación de sistemas de recogida complementarias, de conformidad con la cláusula sexta apartado séptimo.
- Acciones de comunicación a desarrollar por los Entes Locales adheridos al presente Convenio Marco, de acuerdo a lo establecido en la cláusula undécima apartado tercero.
- Incumplimiento grave de obligaciones asumidas y derivadas del Convenio Marco por alguna de las partes firmantes, de conformidad con la cláusula decimonovena.
- Modificación de las instalaciones receptoras xxx xxxxxx recogido de conformidad con lo establecido en el anexo 6 del Convenio Marco.
- Distribución de los porcentajes destinados a campañas de información y sensibilización ciudadana de acuerdo a lo establecido en el anexo 8 del Convenio Marco.
Cuando lo tratado por la Comisión de Seguimiento suponga la modificación del cuerpo del Convenio Marco los acuerdos adoptados se elevarán como propuesta para ser rubricados, en su caso, por las partes firmantes de este Convenio.
DECIMOSÉPTIMA:VIGENCIA
17.1.- El presente Convenio Marco tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 10 de septiembre de 2.003, fecha en la que finaliza la vigencia de la autorización a Ecovidrio como entidad gestora de un Sistema Integrado de Gestión en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
17.2.- Este Convenio Marco se entenderá tácitamente prorrogado por períodos de cinco años, salvo denuncia de alguna de las partes. La denuncia deberá producirse dos meses antes de la fecha en que el Convenio finalice. Para que la prórroga sea efectiva será requisito imprescindible que previamente se haya prorrogado la autorización a Ecovidrio como Sistema Integrado de Gestión.
DECIMOCTAVA: RESOLUCIÓN ANTICIPADA
La vigencia del presente Convenio Marco finalizará antes de la fecha de vencimiento que establece la cláusula anterior en el supuesto de que en aplicación de la normativa vigente y por causas imputables a Ecovidrio, la Diputación General xx Xxxxxx resuelva la revocación, anulación o caducidad de la autorización como Sistema Integrado de Gestión a Ecovidrio.
DECIMONOVENA: DENUNCIA
En caso de producirse incumplimiento grave de las obligaciones asumidas y derivadas del presente Convenio Marco por alguna de las partes, la otra podrá denunciar el Convenio Marco, previa notificación y con un plazo de preaviso de dos meses, durante el cual se reunirá forzosamente la Comisión de Seguimiento que se establece en la cláusula decimosexta, para que en su seno se analicen las razones del incumplimiento grave y las posibles vías de solución.
VIGÉSIMA: MODIFICACIÓN
20.1.- En caso de producirse alguna modificación de las condiciones de la autorización a Ecovidrio, que tuviese efecto sobre las disposiciones del presente Convenio Marco, las partes deberán incorporarlas a éste por medio de una addenda al mismo.
20.2.- La modificación del contenido de las cláusulas o anexos de este Convenio Marco, deberá ser aprobadas por las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, y se incorporarán mediante addenda al presente documento.
Igualmente, la modificación del contenido de las cláusulas o anexos de los Convenios de Adhesión, deberá ser aprobadas por las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, incorporándolas por medio de una addenda a los mismos.
20.4.- En los Convenios de Adhesión de Entidades Locales a este Convenio Marco, se introducirá una cláusula similar a ésta, y también las Entidades Locales se comprometerán a introducir una cláusula semejante en sus convenios y/o contratos con terceros.
VIGÉSIMOPRIMERA: NATURALEZA
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del Convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento creada en su cláusula decimosexta. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes suscriben el presente Convenio Marco por duplicado, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
POR LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
POR ECOVIDRIO
Fdo: D. Xxxxxx Xxxx xx xx Xxxxxxxxx
XXXXX XX XXXXXX
Xxxxx xx 0:
- Copia de la Autorización de Ecovidrio como Sistema Integrado de Gestión.
Anexo nº 2:
- Relación de contenedores existentes.
Anexo nº 3:
- Modelos de Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx xx Xxxxxxxx Xxxxx.
Xxxxx·xx 0:
- Programa de recogida selectiva de envases y residuos de envases xx xxxxxx de las Entidades Locales adheridas que efectúen directamente la recogida.
Anexo nº 5:
- Flujos de información. Modelos de documentos de suministro de información. Modelos de certificaciones.
Anexo nº 6:
- Relación de instalaciones receptoras de los residuos de envases xx xxxxxx recogidos selectivamente.
Anexo nº 7:
- Especificaciones Técnicas xxx Xxxxxx Recuperado (ETVR).
Anexo nº 8:
- Asistencia económica y financiera de Ecovidrio a las Entidades Locales adheridas.
ANEXO Nº 1
COPIA DE LA AUTORIZACIÓN DE ECOVIDRIO COMO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN.
RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL POR LA QUE SE AUTORIZA A ECOVIDRIO, SOCIEDAD ECOLÓGICA PARA EL RECICLADO DE LOS ENVASES XX XXXXXX, COMO SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN DE RESIDUOS DE ENVASES Y ENVASES USADOS.
VISTO el expediente instruido a instancias de D.Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa, en nombre de ECOVIDRIO, Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx, con domicilio en Madrid, Calle Xxxxxxx núm. 63, relativo a la solicitud de autorización como Sistema Intergrado de Gestión mediante la documentación presentada en fecha 22 xx xxxx de 1997, más la documentación complementaria aportada en fechas 30 de enero y 13 xx xxxx de 1998.
RESULTANDO que dicha solicitud dio origen a la iniciación del preceptivo expediente administrativo para la autorización reglamentaria como Sistema Integrado de Gestión.
CONSIDERANDO que en el expediente se ha cumplimentado la normativa establecida al respecto por la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases (B.O.E. núm. 99, de 25 xx xxxxx), y por el Real Decreto 782/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la citada Ley (B.O.E. núm. 104, de 1 xx xxxx).
CONSIDERANDO que el procedimiento de autorización ha sido sometido al trámite de audiencia, comunicándolo a las 18 asociaciones de consumidores registradas en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, sin haberse presentado observación alguna.
CONSIDERANDO que de la documentación presentada se desprende la participación de los siguientes agentes:
1.- La entidad designada para la recepción de los residuos de envases y envases usados de las Entidades Locales y para su reciclado y valorización es, para todo el territorio en el que ECOVIDRIO desarrollará su actividad, la Asociación Nacional de Empresas de Fabricación Automática de Envases xx Xxxxxx (ANFEVI), y concretamente en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx la entidad responsable es: VICASA (con domicilio social en Madrid, Paseo de la Castellana, núm. 77).
2.- Los agentes económicos que pertenecen al Sistema Integrado de Gestión son los siguientes:
Confederación Española del Vino Federación Española del Vino Cerveceros de España
Federación Española de Fabricantes de Bebidas Espirituosas Asociación Española de Fabricantes de Sidra
Asociación Española de Mostos
Asociación Nacional de Reciclado xx Xxxxxx (X.XX.XX.XX) BSN Vidrio España
Vidriería Xxxxxx VICASA VIDRALA, S.A:
Vidriera Leonesa, S.A.
Asociación Española de Empresas de Fabricación Automática de Envases xx Xxxxxx (ANFEVI).
CONSIDERANDO los informes del Servicio de Protección Ambiental de fecha 3 de septiembre de 1998 y del Servicio de Régimen Jurídico del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de fecha 17 xx xxxxx de 1998.
De conformidad con el Decreto 217/1993, de 7 de diciembre, de la Diputación General xx Xxxxxx, por el que se asignan competencias al Departamento de Medio Ambiente (B.O.A. núm. 146, de 22 de diciembre); el apartado C del anexo II del Decreto 125/1994, de 7 xx xxxxx, de la Diputación General xx Xxxxxx, por el que se adecúan los procedimientos tramitados por el Departamento de Medio Ambiente a la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.A. núm. 75, de 22 xx xxxxx); el Decreto 167/1995, de 20 de julio, de la Diputación General xx Xxxxxx, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx (B.O.A. núm. 88, de 21 de julio), y el Decreto 111/1997, de 10 xx xxxxx, del Gobierno xx Xxxxxx, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente (B.O.A. núm. 81, de 14 de julio),
Por la presente,
R E S U E L V O:
Autorizar a ECOVIDRIO, Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx, como Sistema Integrado de Gestión de residuos de envases y envases usados, con las siguientes condiciones y requisitos:
Primero
Las empresas que deseen adherirse a ECOVIDRIO con posterioridad a la fecha de efectividad de esta Resolución, deberán suscribir el oportuno contrato de adhesión.
Segundo
La presente autorización se concede única y exclusivamente para el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
Tercero
Los porcentajes de reducción, reciclado y valorización que ECOVIDRIO debe alcanzar en el territorio de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx serán los siguientes:
Antes de que transcurran 36 meses desde la entrada en vigor de la Ley de Envases y Residuos de Envases, se reciclará un mínimo del 25 por 100 en peso xxx xxxxxx que forme parte de todos los residuos de envases generados.
Antes del 30 xx xxxxx del año 2001, se reciclará un mínimo del 45 por 100 en peso xxx xxxxxx que forme parte de todos los residuos de envases generados.
Cuarto
ECOVIDRIO, Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx, remitirá al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente las informaciones que permitan verificar el grado de cumplimiento de los objetivos señalados en la cláusula anterior que no tengan carácter confidencial para las empresas adheridas.
Quinto
El símbolo acreditativo de integración en el sistema será el Punto Verde, cuyo titular de derechos es DSD. Antes de empezar a ejercer la actividad que autoriza esta Resolución, ECOVIDRIO presentará ante esta Administración fotocopia compulsada del contrato que autoriza la utilización de este símbolo acreditativo.
Sexto
ECOVIDRIO podrá aceptar residuos de envases y envases usados xx xxxxxx sodocálcico.
Séptimo
El Sistema se financiará básicamente a través del importe con el que contribuirán las empresas adheridas al Sistema por la aplicación del Punto Verde en cada uno de los envases que introduzcan en el mercado.
Octavo
La presente autorización tiene carácter temporal y se concede por un período de cinco años, pudiendo ser renovada de forma sucesiva por idéntico período de tiempo. Dicha autorización no puede transmitirse a terceros.
Noveno
La presente autorización no podrá ser invocada para excluir o disminuir la responsabilidad en que pudiera incurrir su titular en el ejercicio de su actividad.
Décimo
Cualquier cambio en las determinaciones requeridas para la autorización que tenga lugar con anterioridad a la conclusión del citado período de cinco años de vigencia de la misma, deberá ser notificada a la Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente. Tales cambios podrán dar lugar a la revisión de la autorización, que podrá ser revocada.
Undécimo
Asímismo, cabe la posibilidad de revisión de la autorización en el supuesto de que se acreditara incumplimiento por parte de la empresa solicitante, de las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolución o de lo señalado en la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx y en el Real Decreto 782/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba su
reglamento de desarrollo, sin perjuicio de la posible incoación de un procedimiento sancionador cuando los hechos constituyan infracción administrativa.
Duodécimo
La presente autorización quedará sujeta a la prestación de una fianza, aval bancario u otro tipo de garantía del 8% sobre el volumen anual de negocio previsible en esta Comunidad Autónoma.
Por lo tanto, la cuantía será para el primer año de DOS MILLONES SETECIENTAS MIL PESETAS (2.700.000 pts.). La citada cuantía será revisada anualmente.
Decimotercero
El suministro de información al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente se realizará anualmente y en soporte tanto de papel como informático, ajustado a lo establecido en el Real Decreto 782/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, con las ampliaciones que se consideren necesarias por parte del Departamento de Agricultura y Medio Ambiente.
Para la comprobación del cumplimiento de los porcentajes de reducción, reciclado y otras formas de valorización y del funcionamiento del sistema integrado de gestión, esta Comunidad Autónoma exigirá, entre otros, los siguientes requisitos:
a) Informe anual en el que se detalle la forma y grado de cumplimiento de los objetivos de reducción, reciclado y valorización.
b) Auditoría de cuentas externa realizada con una periodicidad anual.
Decimocuarto
ECOVIDRIO deberá cumplir en todos sus puntos el Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, aprobado mediante Decreto 72/1998, de 00 xx xxxxx (X.X.X. xx 00 xx xxxxx). Igualmente, se tomará el citado Plan como base para el cálculo del sobrecoste de la gestión de los residuos de envases y envases usados a abonar a las entidades gestoras.
Decimoquinto
La efectividad de esta autorización queda condicionada al cumplimiento por parte de ECOVIDRIO de todas las condiciones y requisitos señalados en la misma, no pudiendo comenzar el ejercicio de la actividad hasta que dicho cumplimiento sea acreditado ante la Administración autorizante y aceptado documentalmente por ésta, previa la oportuna comprobación.
Contra la presente Resolución, que no pone fín a la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Medio Ambiente a interponer en el plazo de un mes desde su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley 11/1996, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx (B.O.A. núm. 1 de 3 de enero de 1997) y artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. núm. 285, de 27 de noviembre), sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Zaragoza, a 10 de septiembre de 1998.
EL DIRECTOR GENERAL DE CALIDAD AMBIENTAL
Fdo.: Xxxxx Xxxxxxxxxx Guío
ANEXO Nº 2
RELACIÓN DE CONTENEDORES EXISTENTES.
ANEXO 2
RELACIÓN DE CONTENEDORES XX XXXXXX EXISTENTES
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
1/XXXXXX | AGÜERO | 2 |
AISA | 10 | |
XXXXXX XXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXX XXX XXXXXX | 3 | |
ALERRE | 2 | |
ALMUDEVAR | 9 | |
ANGÜES | 3 | |
ANSO | 4 | |
ANTILLON | 1 | |
XXXXXXX DEL PUERTO | 1 | |
ARDISA | 1 | |
ARGAVIESO | 1 | |
ARGUIS | 3 | |
ARTIEDA | 1 | |
AYERBE | 6 | |
BAILO | 2 | |
BANASTAS | 1 | |
BIESCAS | 7 | |
BISCARRUES | 1 | |
XXXXXX Y XXXXXX | 2 | |
BORAU | 1 | |
CALDEARENAS | 2 | |
CANAL XX XXXXXX | 3 | |
CANFRANC | 14 | |
CASBAS XX XXXXXX | 2 | |
XXXXXXXXX XX XXXX | 3 | |
CHIMILLAS | 1 | |
FAGO | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXXX | 8 | |
XXX XX XXXX | 2 | |
XXXXXX | 90 | |
IBIECA | 1 | |
IGRIES | 2 | |
XXXX | 00 | |
XXXX | 0 | |
LOARRE | 3 | |
LOPORZANO | 5 | |
LOSCORRALES | 1 | |
LUPIÑEN-ORTILLA | 3 | |
MIANOS | 0 | |
MONFLORITE-LASCASAS | 2 | |
XXXXXXX XX XXXXXXX | 2 | |
NOVALES | 1 | |
NUENO | 4 | |
PANTICOSA | 10 | |
XXXXX XX XXXXXX (LAS) | 4 | |
PERTUSA | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
PIRACES | 1 | |
XXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXX XX XXXX | 3 | |
QUICENA | 2 | |
SABIÑANIGO | 23 | |
SALILLAS | 1 | |
XXXXXXX XX XXXXXXX | 19 | |
XXXXXXXXXXX DE ESCA | 1 | |
SANTA XXXXX XX XXXX | 2 | |
SANTA XXXX DE LA SEROS | 2 | |
SANTA XXXXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
SESA | 1 | |
SIETAMO | 3 | |
SIGÜES | 3 | |
SOTONERA (LA) | 13 | |
TIERZ | 1 | |
TRAMACED | 1 | |
XXXXX DE HECHO | 8 | |
VICIEN | 1 | |
VILLANUA | 6 | |
XXXXX DE BASA | 1 | |
YESERO | 1 | |
TOTAL | 394 | |
2/BARBASTRO | ABIEGO | 2 |
ABIZANDA | 2 | |
ADAHUESCA | 1 | |
AINSA-SOBRARBE | 7 | |
XXXXXXXX XX XXXXX | 3 | |
ALBELDA | 4 | |
ALCAMPELL | 3 | |
XXXXXXX XX XXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX XX XXX XXXX | 2 | |
ALQUEZAR | 3 | |
ALTORRICON | 8 | |
AREN | 4 | |
AZANUY-ALINS | 1 | |
AZARA | 1 | |
AZLOR | 1 | |
BAELLS | 1 | |
BALDELLOU | 1 | |
BARBASTRO | 35 | |
BARBUÑALES | 1 | |
BARCABO | 3 | |
BENABARRE | 9 | |
BENASQUE | 20 | |
BERBEGAL | 2 | |
BIELSA | 4 | |
BIERGE | 2 | |
BINACED | 6 | |
BINEFAR | 16 | |
BISAURRI | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
BOLTAÑA | 4 | |
BONANSA | 1 | |
BROTO | 5 | |
CAMPO | 3 | |
CAMPORRELLS | 1 | |
CAPELLA | 3 | |
XXXXXXXX DE SOS | 3 | |
XXXXXXXX XXX XXXXXX | 1 | |
CASTIGALEU | 1 | |
CASTILLAZUELO | 1 | |
CASTILLONROY | 1 | |
CHIA | 1 | |
COLUNGO | 1 | |
ESPLUS | 6 | |
ESTADA | 1 | |
ESTADILLA | 2 | |
XXXXXXXXX XXX XXXXXXXX | 2 | |
XXXXX | 0 | |
FISCAL | 3 | |
FONZ | 5 | |
FORADADA DE TOSCAR | 1 | |
FUEVA (LA) | 3 | |
GISTAIN | 1 | |
GRADO (EL) | 7 | |
GRAUS | 12 | |
HOZ Y COSTEAN | 2 | |
ILCHE | 3 | |
ISABENA | 2 | |
LABUERDA | 2 | |
LALUENGA | 1 | |
XXXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX-XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 1 | |
LASPUÑA | 1 | |
MONESMA Y CAJIGAR | 2 | |
MONTANUY | 2 | |
MONZON | 26 | |
NAVAL | 2 | |
OLVENA | 1 | |
PALO | 0 | |
XXXXXXX DE ALCOFEA | 4 | |
XXXXXXX XX XXXXXXXX | 3 | |
PERALTILLA | 2 | |
PERARRUA | 2 | |
PLAN | 3 | |
XXXXX XX XXXX | 1 | |
PUEBLA XX XXXXXX (LA) | 3 | |
XXXXXX XX XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
XXXXX DE SANTA XXXX | 1 | |
SAHUN | 3 | |
SALAS ALTAS | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
SALAS BAJAS | 1 | |
SAN XXXXXXX DE LITERA | 2 | |
SAN XXXX DE PLAN | 1 | |
SAN XXXXXX XX XXXXX | 3 | |
SANTA XXXXXXX Y SAN XXXXXX | 1 | |
SANTA XXXXX DE DULCIS | 2 | |
SECASTILLA | 2 | |
SEIRA | 1 | |
SESUE | 1 | |
SOPEIRA | 1 | |
TAMARITE DE LITERA | 16 | |
TELLA-SIN | 2 | |
TOLVA | 1 | |
TORLA | 6 | |
TORRE LA XXXXXX | 4 | |
XXXXXX DE ALCANADRE | 1 | |
XXXXX XX XXXXXXX | 2 | |
XXXXX DE LIERP | 1 | |
VENCILLON | 1 | |
VERACRUZ | 1 | |
VIACAMP Y LITERA | 0 | |
XXXXXXXXX | 1 | |
TOTAL | 345 | |
3/XXXXX | ALBALATILLO | 2 |
XXXXXX BAJO | 1 | |
ALBERUELA DE TUBO | 2 | |
ALCUBIERRE | 1 | |
ALMOLDA (LA) | 2 | |
ALMUNIENTE | 2 | |
BALLOBAR | 3 | |
BARBUES | 1 | |
XXXXXX XX XXXXX | 5 | |
BUJARALOZ | 4 | |
CANDASNOS | 2 | |
CAPDESASO | 1 | |
XXXXXXXX DE MONEGROS | 2 | |
CASTELFLORITE | 1 | |
CHALAMERA | 1 | |
XXXXX | 24 | |
GRAÑEN | 7 | |
HUERTO | 1 | |
LALUEZA | 5 | |
LANAJA | 7 | |
MEQUINENZA | 6 | |
ONTIÑENA | 2 | |
XXXX XX XXXXX | 3 | |
PEÑALBA | 2 | |
POLEÑINO | 1 | |
ROBRES | 2 | |
SANGARREN | 1 | |
SARIÑENA | 13 | |
SENA | 2 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
XXXXX XX XXXXXXXXXX | 1 | |
TARDIENTA | 3 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXX | 3 | |
XXXXXX DE BARBUES | 2 | |
VALFARTA | 1 | |
XXXXXXX XX XXXXX | 2 | |
XXXXXXXXXX XX XXXXXX | 2 | |
ZAIDIN | 4 | |
TOTAL | 125 | |
4/EJEA. | AGON | 1 |
AINZON | 6 | |
ALAGON | 14 | |
ALBERITE DE XXX XXXX | 0 | |
XXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
AMBEL | 1 | |
XXXX XX XXXXXXX | 1 | |
ASIN | 1 | |
BAGÜES | 0 | |
BARBOLES | 1 | |
XXXX-FUENCALDERAS | 2 | |
BIOTA | 3 | |
BISIMBRE | 1 | |
BOQUIÑENI | 3 | |
BORJA | 14 | |
BULBUENTE | 5 | |
BURETA | 1 | |
BUSTE (EL) | 1 | |
XXXXXXX XX XXXX | 0 | |
XXXXXXXX XX XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXX XX XXX XXXXXXXXXX | 42 | |
ERLA | 2 | |
XXXXX (LOS) | 1 | |
FIGUERUELAS | 2 | |
XXXXX (EL) | 1 | |
FRESCANO | 1 | |
FUENDEJALON | 3 | |
GALLUR | 10 | |
XXXXXX | 0 | |
GRISEN | 2 | |
ISUERRE | 1 | |
JOYOSA (LA) | 2 | |
LAYANA | 0 | |
LITAGO | 1 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
LONGAS | 0 | |
LUCENI | 3 | |
LUESIA | 3 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
LUNA | 4 | |
MAGALLON | 8 | |
MALEJAN | 3 | |
MALLEN | 8 | |
MALON | 1 | |
NAVARDUN | 1 | |
NOVALLAS | 4 | |
NOVILLAS | 3 | |
ORES | 1 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXX (XXX) | 1 | |
PIEDRATAJADA | 2 | |
PINSEQUE | 7 | |
PINTANOS (LOS) | 1 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXX XX XXXX | 2 | |
REMOLINOS | 5 | |
SADABA | 6 | |
XXX XXXXXX XX XX XXXXXX XXX XXXXXXX | 0 | |
XXXXX XXXX XX XXXXXXX | 1 | |
XXXXXX XX XXXX | 1 | |
SOBRADIEL | 2 | |
SOS DEL XXX XXXXXXXX | 4 | |
TABUENCA | 2 | |
TALAMANTES | 1 | |
TARAZONA | 27 | |
TAUSTE | 25 | |
TORRELLAS | 1 | |
XXXXXX DE BERRELLEN | 3 | |
TRASMOZ | 1 | |
UNCASTILLO | 3 | |
XXXXXX XX XXXXX | 0 | |
XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXX XX XXXXXXX | 1 | |
VIERLAS | 1 | |
TOTAL | 282 | |
5/XXXXXXXXX | XXXXXX | 1 |
ACERED | 1 | |
ALARBA | 1 | |
XXXXXXXXX XX XXXXX | 1 | |
ALDEHUELA DE LIESTOS | 1 | |
ALHAMA XX XXXXXX | 5 | |
XXXXXXXXX DE LA SIERRA | 2 | |
ALMUNIA DE XXXX XXXXXX (LA) | 16 | |
ALPARTIR | 2 | |
ANENTO | 1 | |
ANIÑON | 2 | |
XXXXXX XX XXXXXXX | 2 | |
ARANDIGA | 2 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
ARIZA | 7 | |
ATEA | 1 | |
ATECA | 7 | |
BADULES | 1 | |
BALCONCHAN | 1 | |
BARDALLUR | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
XXXXXXX | 1 | |
BERRUECO | 1 | |
BIJUESCA | 1 | |
BORDALBA | 1 | |
XXXX XX XXXXXX | 7 | |
BUBIERCA | 1 | |
CABOLAFUENTE | 1 | |
CALATAYUD | 48 | |
CALATORAO | 7 | |
CALCENA | 1 | |
CALMARZA | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
CARENAS | 2 | |
XXXXXXXX DE ALARBA | 1 | |
XXXXXXXX DE LAS ARMAS | 1 | |
XXXXXXX DE LA CAÑADA | 1 | |
CERVERUELA | 1 | |
XXXXXX | 4 | |
CHODES | 1 | |
CIMBALLA | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
CODOS | 1 | |
CONTAMINA | 1 | |
CUBEL | 1 | |
CUERLAS (LAS) | 1 | |
DAROCA | 10 | |
XXXXX XX XXXXX | 1 | |
EPILA | 11 | |
FOMBUENA | 1 | |
FRASNO (EL) | 6 | |
XXXXXXX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXX | 0 | |
XXXXXXX XX XXX XXXXXXXX | 2 | |
IBDES | 3 | |
ILLUECA | 9 | |
XXXXXX | 6 | |
JARQUE | 3 | |
XXXXX XXX XXXXXXXX | 1 | |
LECHON | 1 | |
XXXXXX XX XXXXX | 1 | |
LUESMA | 1 | |
LUMPIAQUE | 3 | |
MAINAR | 1 | |
MALANQUILLA | 2 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
MALUENDA | 3 | |
MANCHONES | 1 | |
MARA | 1 | |
MESONES DE ISUELA | 2 | |
XXXXXX XX XXXXXX | 2 | |
XXXXXXX XX XXXXX | 4 | |
XXXXXXXX | 2 | |
MONTON | 1 | |
XXXXXX XX XXXXX | 5 | |
XXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
MORES | 1 | |
MOROS | 4 | |
MUELA (LA) | 8 | |
MUNEBREGA | 2 | |
MURERO | 1 | |
NIGÜELLA | 1 | |
NOMBREVILLA | 1 | |
NUEVALOS | 6 | |
OLVES | 1 | |
ORCAJO | 1 | |
ORERA | 1 | |
OSEJA | 1 | |
XXXXXXXXXXX XX XXXXXX | 2 | |
PARACUELLOS DE LA XXXXXX | 1 | |
XXXXXXXXX XX XXXXX | 1 | |
POMER | 1 | |
POZUEL XX XXXXX | 0 | |
PURUJOSA | 1 | |
RETASCON | 1 | |
RICLA | 6 | |
ROMANOS | 2 | |
XXXXX XX XXXXX | 1 | |
RUESCA | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXX | 0 | |
XXXXX XXXX XX XXXX | 0 | |
SANTED | 1 | |
SAVIÑAN | 4 | |
SEDILES | 1 | |
SESTRICA | 2 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXX | 0 | |
XXXXXX | 1 | |
TOBED | 1 | |
XXXXXXXX DE LOS FRAILES | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
TORRALBILLA | 1 | |
TORREHERMOSA | 1 | |
TORRELAPAJA | 1 | |
XXXXXXX XX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXX XX XXXXX | 1 | |
USED | 2 | |
VAL DE SAN XXXXXX | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
VALDEHORNA | 1 | |
VALTORRES | 1 | |
XXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
VILLADOZ | 1 | |
VILLAFELICHE | 1 | |
XXXXXXXX DE PEREJIL | 1 | |
VILLALENGUA | 2 | |
XXXXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
XXXXXX DE LOS NAVARROS | 1 | |
XXXXXXXXXX DE HUERVA | 1 | |
XXXXXXXXXX DE LA SIERRA | 2 | |
XXXXXXXXXX XXX XXXXX | 1 | |
VILUEÑA (LA) | 1 | |
TOTAL | 321 | |
6/ZARAGOZA | XXXXXXX | 0 |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX | 12 | |
ALFAMEN | 5 | |
ALFORQUE | 1 | |
ALMOCHUEL | 0 | |
XXXXXXXXX DE LA CUBA | 2 | |
AZUARA | 4 | |
BELCHITE | 7 | |
BOTORRITA | 2 | |
XXXXX XX XXXX (EL) | 8 | |
CADRETE | 9 | |
CARIÑENA | 8 | |
CINCO OLIVAS | 1 | |
CODO | 1 | |
COSUENDA | 2 | |
CUARTE DE HUERVA | 13 | |
ENCINACORBA | 1 | |
FARLETE | 1 | |
FUENDETODOS | 3 | |
XXXXXXX XX XXXX | 10 | |
GELSA | 4 | |
JAULIN | 1 | |
LAGATA | 1 | |
LECERA | 2 | |
LECIÑENA | 3 | |
LETUX | 1 | |
LONGARES | 2 | |
XXXXX DE HUERVA | 3 | |
XXXXXXX XX XXXXXX | 2 | |
MEZALOCHA | 2 | |
MONEGRILLO | 1 | |
MONEVA | 1 | |
MOYUELA | 1 | |
MOZOTA | 1 | |
MUEL | 4 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. XXXXXXXXXX |
XXXX XX XXXX | 0 | |
XXXXX XX XXXX | 0 | |
PANIZA | 2 | |
PASTRIZ | 5 | |
PERDIGUERA | 1 | |
XXXX XX XXXX | 8 | |
PLENAS | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXX | 7 | |
XXXXXX XXX XXXX | 1 | |
SAN XXXXX XX XXXXXXX | 7 | |
SASTAGO | 6 | |
TOSOS | 1 | |
UTEBO | 23 | |
VALMADRID | 1 | |
XXXXXXX XX XXXX | 1 | |
XXXXXXXXXXX XX XXXX | 2 | |
XXXXXXXXXX XX XXXXXXX | 10 | |
XXXXXXXXXX DE HUERVA | 2 | |
VISTABELLA | 1 | |
XXXXX (LA) | 4 | |
XXXXXXXX | 000 | |
XXXXX | 21 | |
TOTAL | 854 | |
7/ALCAÑIZ | AGUAVIVA | 3 |
ALACON | 3 | |
ALBALATE DEL ARZOBISPO | 7 | |
ALCAÑIZ | 29 | |
ALCORISA | 10 | |
ALLOZA | 3 | |
ANDORRA | 18 | |
XXXXX XX XXXXX | 1 | |
XXXXX | 3 | |
AZAILA | 1 | |
BECEITE | 3 | |
XXXXXXXX DE SAN XXXX | 1 | |
BERGE | 1 | |
BORDON | 1 | |
CALACEITE | 5 | |
CALANDA | 10 | |
CAÑADA XX XXXXXX (LA) | 1 | |
CASPE | 19 | |
CASTELLOTE | 7 | |
CASTELNOU | 1 | |
CASTELSERAS | 3 | |
CEROLLERA (LA) | 1 | |
CHIPRANA | 2 | |
CODOÑERA (LA) | 1 | |
CRETAS | 2 | |
CRIVILLEN | 1 | |
ESCATRON | 6 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
FABARA | 4 | |
FAYON | 3 | |
FORNOLES | 1 | |
FOZ-CALANDA | 1 | |
XXXXXXXX (LA) | 2 | |
XXXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX (XX) | 1 | |
HIJAR | 6 | |
JATIEL | 1 | |
LLEDO | 1 | |
MAELLA | 7 | |
MAS DE LAS MATAS | 4 | |
MATA DE LOS XXXXX (LA) | 2 | |
XXXXXXXX | 0 | |
MOLINOS | 1 | |
MONROYO | 2 | |
NONASPE | 3 | |
OLIETE | 4 | |
XXXXX (LOS) | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXXXXXX (LAS) | 1 | |
PEÑARROYA DE TASTAVINS | 2 | |
PORTELLADA (LA) | 1 | |
XXXXXX XX XXXXX (XX) | 0 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXXX | 4 | |
SENO | 1 | |
XXXXX XX XXXXX | 0 | |
XXXXX XXX XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXX XX XXXXXXX | 2 | |
TORREVELILLA | 1 | |
XXXXX DE GAEN | 2 | |
VALDEALGORFA | 3 | |
VALDELTORMO | 2 | |
VALDERROBRES | 12 | |
VALJUNQUERA | 2 | |
VINACEITE | 2 | |
TOTAL | 235 | |
8/XXXXXX | ABABUJ | 1 |
ABEJUELA | 1 | |
AGUATON | 1 | |
XXXXXXX DE ALFAMBRA | 1 | |
ALBA | 1 | |
ALBARRACIN | 4 | |
XXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XX XXXXX | 10 | |
ALFAMBRA | 2 | |
ALIAGA | 2 | |
ALLEPUZ | 1 | |
ALLUEVA | 0 | |
ALMOHAJA | 1 | |
ALOBRAS | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
ALPEÑES | 1 | |
ANADON | 0 | |
ARCOS DE LAS XXXXXXX | 2 | |
ARGENTE | 2 | |
BADENAS | 1 | |
BAGUENA | 2 | |
BAÑON | 1 | |
XXXXXXXXXX | 1 | |
BEA | 1 | |
BELLO | 1 | |
BEZAS | 1 | |
BLANCAS | 1 | |
BLESA | 2 | |
BRONCHALES | 6 | |
BUEÑA | 1 | |
BURBAGUENA | 2 | |
XXXXX XX XXXX | 1 | |
CALAMOCHA | 25 | |
CALOMARDE | 1 | |
CAMAÑAS | 1 | |
XXXXXXXX DE LA SIERRA | 5 | |
CAMARILLAS | 1 | |
CAMINREAL | 3 | |
CAÑADA DE BENATANDUZ | 1 | |
CAÑADA VELLIDA | 1 | |
XXXXXXX XXX XXXXXX | 1 | |
CANTAVIEJA | 3 | |
XXXXXXXX DEL XXX | 0 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXX | 0 | |
XXXXXXXXX (XX) | 1 | |
CEDRILLAS | 2 | |
CELADAS | 2 | |
CELLA | 7 | |
CORBALAN | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
COSA | 1 | |
CUBA (LA) | 1 | |
CUBLA | 1 | |
CUCALON | 1 | |
XXXXXX (EL) | 1 | |
XXXXXX DE ALMUDEN | 1 | |
XXXXXX LABRADAS | 1 | |
EJULVE | 2 | |
ESCORIHUELA | 1 | |
ESCUCHA | 3 | |
ESTERCUEL | 3 | |
FERRERUELA DE HUERVA | 1 | |
FONFRIA | 0 | |
FORMICHE ALTO | 2 | |
FORTANETE | 1 | |
XXXXX XX XXXXXXXXXX | 1 | |
FUENFERRADA | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
FUENTES CALIENTES | 1 | |
FUENTES CLARAS | 2 | |
FUENTES DE RUBIELOS | 3 | |
GALVE | 1 | |
GARGALLO | 1 | |
XXX XX XXXXXXXXXX | 3 | |
GRIEGOS | 1 | |
GUADALAVIAR | 2 | |
GUDAR | 1 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
HOZ DE LA VIEJA (LA) | 1 | |
HUESA DEL COMUN | 2 | |
IGLESUELA XXX XXX (LA) | 2 | |
JABALOYAS | 1 | |
JARQUE DE LA VAL | 1 | |
JORCAS | 0 | |
JOSA | 1 | |
LAGUERUELA | 1 | |
LANZUELA | 0 | |
LIBROS | 1 | |
LIDON | 1 | |
XXXXXXX XX XXXX | 0 | |
LOSCOS | 1 | |
MAICAS | 1 | |
MANZANERA | 5 | |
XXXXXX DEL RIO | 2 | |
XXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
MIRAMBEL | 1 | |
XXXXXXXX DE LA SIERRA | 0 | |
XXXXXXXX DE MOYUELA | 1 | |
XXXXXXX XXX XXXXX | 6 | |
XXXXXXXXX | 4 | |
XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXX XX XXXXXXXXXX | 0 | |
XXXX XX XXXXXXXX | 5 | |
MOSCARDON | 1 | |
MOSQUERUELA | 3 | |
MUNIESA | 3 | |
XXXXXXX | 1 | |
NOGUERAS | 1 | |
NOGUERUELAS | 3 | |
OBON | 2 | |
ODON | 1 | |
OJOS NEGROS | 3 | |
OLBA | 3 | |
XXXXXXXX DEL TREMEDAL | 4 | |
ORRIOS | 2 | |
XXXXXXX XX XXXXXXX | 1 | |
PANCRUDO | 1 | |
PERACENSE | 1 | |
PERALEJOS | 1 | |
XXXXXXX DEL ALFAMBRA | 4 | |
PITARQUE | 1 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
PLOU | 0 | |
POBO (EL) | 1 | |
POZONDON | 1 | |
XXXXXX XXX XXXXX | 0 | |
XXXXXX XX XXXXXXXX (XX) | 0 | |
XXXXXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXX | 1 | |
RIODEVA | 1 | |
XXXXXXX | 1 | |
ROYUELA | 1 | |
RUBIALES | 0 | |
RUBIELOS DE LA CERIDA | 1 | |
RUBIELOS XX XXXX | 4 | |
SALCEDILLO | 0 | |
SALDON | 0 | |
XXX XXXXXXX | 0 | |
XXX XXXXXX XXX XXX | 0 | |
XXXXX XXXX XX XXXXXXXX | 1 | |
SANTA XXXXXXX | 4 | |
XXXXXXX | 4 | |
SEGURA DE LOS BAÑOS | 2 | |
SINGRA | 1 | |
TERRIENTE | 3 | |
XXXXXX | 110 | |
TORIL y MASEGOSO | 0 | |
TORMON | 0 | |
TORNOS | 1 | |
XXXXXXXX DE LOS SISONES | 1 | |
TORRE DE LAS ARCAS | 1 | |
TORRE LOS NEGROS | 2 | |
XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX | 2 | |
TORRELACARCEL | 1 | |
XXXXXXXXXX XX XXXXXX | 1 | |
XXXXXX XX XXXXXXXXXX | 1 | |
TORRIJAS | 1 | |
XXXXXXX XXX XXXXX | 2 | |
TRAMACASTIEL | 1 | |
TRAMACASTILLA | 1 | |
TRONCHON | 1 | |
UTRILLAS | 10 | |
VALACLOCHE | 1 | |
VALBONA | 2 | |
XXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXX (XX) | 0 | |
XXXXXXXXX XX XX XXXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXXX XXX XXXXX | 0 | |
XXXXXXXXXXXX XXX XXXXX | 1 | |
XXXXXXXXXX XXX XXXXXXXX DE LA SIERRA | 1 | |
XXXXXX XXX XXXX | 2 | |
XXXXXX XXX XXXX | 1 | |
VILLARLUENGO | 3 | |
VILLARQUEMADO | 4 |
AGRUPACIÓN | MUNICIPIO | CONT. EXISTENTES |
XXXXXXXXXX DE LOS PINARES | 1 | |
VILLASTAR | 1 | |
VILLEL | 1 | |
VISIEDO | 2 | |
VIVEL DEL RIO XXXXXX | 1 | |
ZOMA (LA) | 1 | |
TOTAL | 428 | |
TOTAL | 2.985 |
ANEXO Nº 3
MODELOS DE CONVENIO DE ADHESIÓN AL CONVENIO MARCO.
ANEXO 3
(Según cláusula 6.2.1)
CONVENIO DE ADHESIÓN DE UNA ENTIDAD LOCAL AL CONVENIO MARCO FIRMADO ENTRE LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX Y ECOVIDRIO.
En Zaragoza, a de de 2.002
REUNIDOS:
De una parte, el Exmo. Sr. D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Consejero de Medio Ambiente, en representación de la Diputación General xx Xxxxxx, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno xx Xxxxxx de fecha .
De otra parte, el Xx X. Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa Xxxxxxxx, en nombre y representación, como Director General, de la entidad Ecovidrio –Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx–, con NIF núm. G-81312001 y domicilio social en la calle Hermanos Bécquer núm. 10-1º de Madrid, sociedad constituida sin ánimo de lucro en fecha 21 de septiembre de 1995 según acta fundacional suscrita ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, e inscrita en el Ministerio de Justicia e Interior, Sección de Asociaciones, en virtud de resolución de fecha 16 de febrero de 1996 con el número nacional 160.493, haciendo uso de apoderamiento conferido en su favor mediante escritura otorgada en fecha 12 de diciembre de 1996.
Y de otra parte, el Sr. D. (nombre, cargo y Entidad Local a la que representa), facultado para este acto por .
Las partes firmantes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar el presente Convenio de Adhesión, y
EXPONEN:
Con fecha , se firmó el Convenio Marco de Colaboración entre la Diputación General xx Xxxxxx y la Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx (en adelante Ecovidrio), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases, y el artículo 9 del Real Decreto 782/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento para su desarrollo y ejecución.
El citado Convenio Marco regula los compromisos de la Diputación General xx Xxxxxx, de Ecovidrio y de las Entidades Locales que se adhieran voluntariamente, en lo que respecta al funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos
de envases xx xxxxxx en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De acuerdo con lo establecido en su cláusula quinta, las Entidades Locales que voluntariamente deseen adherirse y participar en el Sistema Integrado de Gestión, formalizarán un Convenio de Adhesión al Convenio Marco.
En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula quinta del Convenio Marco, la
Entidad Local ha comunicado a la Dirección General de
Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, su intención de adherirse al Convenio Marco según el acuerdo plenario cuya certificación se adjunta al presente documento.
Por lo anteriormente expuesto, la Entidad Local suscribe el presente Convenio de Adhesión con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA: OBJETO
Por medio del presente Convenio de Adhesión, la Entidad Local
, suscribe el Convenio Marco de Colaboración firmado entre la Diputación General xx Xxxxxx y Ecovidrio.
SEGUNDA: COMPROMISOS DE LA ENTIDAD LOCAL
La Entidad Local firmante de este Convenio de Adhesión asume todos y cada uno de los compromisos definidos en el citado Convenio Marco, así como la aceptación del Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
En concreto, la Entidad Local , asume los siguientes compromisos:
2.1.- Realizar la recogida selectiva monomaterial de los residuos de envases xx xxxxxx, en las condiciones definidas en el Programa de Recogida Selectiva de Envases y Residuos de Envases de su ámbito territorial, y su transporte hasta la Planta de Almacenamiento Intermedio o instalación de almacenamiento designada en el anexo 6 del Convenio Marco, o bien hasta las instalaciones de un recuperador o reciclador designado por Ecovidrio así como la limpieza, mantenimiento y reparación de los contenedores.
2.2.- Gestionar los residuos de envases y envases usados xx xxxxxx puestos en el mercado por los agentes económicos adheridos a Ecovidrio, pudiendo realizar esta gestión por si misma o a través de operadores o recuperadores/recicladores autorizados, según lo dispuesto en la Ley 10/98, de Residuos y el Decreto 49/2.000, del Gobierno xx Xxxxxx que la desarrolla.
2.3.- Elaborar un Programa de Recogida Selectiva de Envases Usados y Residuos de Envases en su ámbito territorial que tendrá los contenidos mínimos señalados en el anexo 4 del Convenio Marco y que se adjuntará al presente Convenio de Adhesión.
2.4.- Remitir mensualmente a Ecovidrio las facturas, y documentación justificativa de las mismas, en las condiciones recogidas en la cláusula novena y en el anexo 5 del Convenio Marco.
2.5.- Prestar o velar para que se preste adecuadamente el servicio de recogida selectiva xx xxxxxx, especialmente en lo concerniente a la frecuencia de vaciado de los contenedores tipo iglú y a la resolución de incidencias frecuentes.
2.6.- Designar los emplazamientos idóneos para la ubicación de los contenedores tipo iglú destinados a la recogida selectiva xx xxxxxx en las áreas de aportación correspondientes.
2.7.- Promulgar o, en su caso, adecuar las ordenanzas sobre residuos municipales, así como otras disposiciones de aplicación, con el objeto de posibilitar el cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante el presente Convenio Marco y el Convenio de Adhesión, para la recogida selectiva xx xxxxxx.
2.8. La implantación, en aquellas zonas en que se justifique por el volumen generado, y previo acuerdo con Ecovidrio, de sistemas de recogida complementarias, de acuerdo con lo tratado en la Comisión de Seguimiento.
2.9.- La aprobación de los instrumentos necesarios para la implantación del Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases xx xxxxxx en su ámbito territorial.
2.10.- Poner en funcionamiento los dispositivos de control y seguimiento necesarios para asegurar que todas las operaciones se lleven a cabo de forma adecuada y, en concreto, para asegurar la validez de los elementos que servirán para calcular la aportación económica de Ecovidrio. Adoptar las medidas correctoras necesarias en caso de detectar desviaciones o incumplimientos relevantes en el ámbito de las citadas operaciones. Asimismo, garantizar que, en los términos establecidos en la cláusula decimotercera del Convenio Marco, Ecovidrio tenga derecho a efectuar el control y seguimiento sobre las actividades de recogida selectiva xx xxxxxx.
2.11.- Colaborar en el diseño, implantación y desarrollo de las campañas de concienciación ciudadana.
2.12.- En el caso de que la Entidad Local tenga compromisos contractuales que no puedan ser rescindidos y tengan que ser integrados al Convenio Marco y en el Convenio de Adhesión, garantizar que esta integración se lleve a término de conformidad con las disposiciones establecidas en el mismo.
2.13.- Aceptar los contenedores tipo iglú que les sean entregados y ubicarlos en la vía pública a disposición de los ciudadanos.
2.14.- Cumplimentar o, en su caso, a hacer cumplimentar tanto a sus operadores como a los recuperadores/recicladores que hubiesen contratado, los formularios que figuran en el anexo 5 del Convenio Marco. Estos formularios, que la Entidad Local conservará en su poder al menos durante dos años tras su recepción, deberán estar a disposición del Departamento de Medio Ambiente y de Ecovidrio para su consulta, si lo estima oportuno.
2.15- Suministrar a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental y a Ecovidrio los documentos de resumen trimestral de las cantidades de residuos de envases xx xxxxxx recogidas. En el anexo 5 del Convenio Marco se recogen los modelos de dichos documentos. Las Entidades Locales deberán incluir en sus relaciones contractuales con los operadores y recuperadores/recicladores una disposición por la que éstos se comprometan a cumplimentar las hojas de información solicitada por Ecovidrio, o bien suministrar a la Entidad Local la información necesaria para su cumplimentación.
2.16.- Poner a disposición del Departamento de Medio Ambiente y de Ecovidrio, a su requerimiento, todo documento justificativo (facturas emitidas por terceros, en su caso, órdenes de pago, contratos originales, albaranes de pasaje en báscula, etc.) relacionado con el conjunto de operaciones o de las de sus prestatarios, cualquiera que sea la modalidad de gestión del servicio que haya elegido (gestión directa o indirecta de conformidad con la legislación vigente).
2.17.- Suministrar a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno xx Xxxxxx, antes del 31 xx xxxxx del año siguiente al periodo anual al que estén referidos los datos, toda la información sobre la cantidad de residuos de envases y envases usados xx xxxxxx recogidos y entregados al sistema integrado de gestión.
TERCERA: ASISTENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA A LA ENTIDAD LOCAL
3.1.- La Entidad Local adherida recibirá de Ecovidrio como financiación de los costes adicionales al efectuar la recogida selectiva, las cantidades derivadas de la aplicación de los criterios establecidos en el anexo 8 del Convenio Marco.
3.2.- La Entidad Local o bien los operadores o recuperadores/recicladores designados conforme a derecho por la misma, facturarán a Ecovidrio por los conceptos e importes recogidos en el anexo 8 del Convenio Marco, por mes natural vencido. Las facturas irán acompañadas de la documentación y justificantes correspondientes, y también remitirán mensualmente copia de dicha documentación a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental. No se considerarán facturas completas aquellas que no incluyan la documentación solicitada, en particular, en lo que se refiere a la aportación de facturas, o copias de las mismas, emitidas por terceros.
3.3.- El pago de las facturas a la Entidad Local o los operadores o recuperadores/recicladores designadas conforme a Derecho por ésta, se realizará dentro del plazo de treinta días desde la fecha de recepción por Ecovidrio de la factura completa, y de todos y cada uno de los justificantes necesarios.
CUARTA: VIGENCIA
El presente Convenio de adhesión tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 10 de septiembre de 2.003, fecha en la que finaliza la vigencia del Convenio Marco. El Convenio de Adhesión se entenderá tácitamente prorrogado por períodos de cinco años, salvo denuncia de alguna de las partes. La denuncia deberá producirse dos meses antes de la fecha en que el Convenio finalice. Para que la prórroga sea efectiva será requisito imprescindible que previamente se haya prorrogado el Convenio Marco.
QUINTA: RESOLUCIÓN ANTICIPADA
La vigencia del presente Convenio de Adhesión finalizará antes de la fecha de vencimiento que establece la cláusula anterior en el supuesto de que en aplicación de la normativa vigente y por causas imputables a Ecovidrio, la Diputación General xx Xxxxxx resuelva la revocación, anulación o caducidad de la autorización como Sistema Integrado de Gestión a Ecovidrio.
SEXTA: DENUNCIA
En caso de producirse incumplimiento grave de las obligaciones asumidas y derivadas del presente Convenio de Adhesión por alguna de las partes, la otra podrá denunciar el Convenio de Adhesión, previa notificación y con un plazo de preaviso de dos meses.
SÉPTIMA: MODIFICACIÓN
En caso de producirse alguna modificación del contenido de las cláusulas o anexos del Convenio de Adhesión, deberá ser aprobadas por las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, incorporándolas por medio de una addenda al mismo.
Asimismo, si una disposición legal o decisión judicial, pudiera dar lugar a una modificación en la ejecución del presente Convenio de Adhesión, las partes se comprometen, en el plazo máximo de 30 días hábiles desde la publicación de la disposición o decisión judicial, a informar a la otra parte y a tomar todas las medidas necesarias para asegurar la continuidad de la ejecución del Convenio de Adhesión.
OCTAVA: NATURALEZA
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del Convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento creada en su cláusula decimosexta del Convenio Marco. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- En el caso de Convenios de Adhesión de municipios mayores de 5.000 habitantes.
NOVENA:
Del presente Convenio de Adhesión se dará traslado a la Comarca de
a la cual pertenece el municipio de .
- En el caso de mancomunidades cuya comarca no se haya constituido a la firma del Convenio de Adhesión.
NOVENA: LEY DE MEDIDAS DE COMARCALIZACIÓN
La Comarca de sucederá a la Mancomunidad de
como sujeto público titular de los derechos y obligaciones suscritos en el presente Convenio, una vez se produzca la disolución de la misma según lo prescrito en el artículo 37 y 38 de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente Convenio por triplicado ejemplar en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento:
POR LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
POR ECOVIDRIO
Fdo: D. Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa
POR LA ENTIDAD LOCAL
Fdo.:
ANEXO 3
(Según cláusula 6.2.2)
CONVENIO DE ADHESIÓN DE UNA ENTIDAD LOCAL AL CONVENIO MARCO FIRMADO ENTRE LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX Y ECOVIDRIO.
En Zaragoza, a de de 2.002
REUNIDOS:
De una parte, el Exmo. Sr. D. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Consejero de Medio Ambiente, en representación de la Diputación General xx Xxxxxx, facultado para este acto por Acuerdo del Gobierno xx Xxxxxx de fecha .
De otra parte, el Xx X. Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa Xxxxxxxx, en nombre y representación, como Director General, de la entidad Ecovidrio –Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx–, con NIF núm. G-81312001 y domicilio social en la calle Hermanos Bécquer núm. 10-1º de Madrid, sociedad constituida sin ánimo de lucro en fecha 21 de septiembre de 1995 según acta fundacional suscrita ante el Xxxxxxx xxx Xxxxxxx Colegio de Madrid, el Xx. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, e inscrita en el Ministerio de Justicia e Interior, Sección de Asociaciones, en virtud de resolución de fecha 16 de febrero de 1996 con el número nacional 160.493, haciendo uso de apoderamiento conferido en su favor mediante escritura otorgada en fecha 12 de diciembre de 1996.
Y de otra parte, el Sr. D. (nombre, cargo y Entidad Local a la que representa), facultado para este acto por .
Las partes firmantes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar el presente Convenio de Adhesión, y
EXPONEN:
Con fecha , se firmó el Convenio Marco de Colaboración entre la Diputación General xx Xxxxxx y la Sociedad Ecológica para el Reciclado de los Envases xx Xxxxxx (en adelante Ecovidrio), en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley 11/1997, de 24 xx xxxxx, de Envases y Residuos de Envases, y el artículo 9 del Real Decreto 782/1998, de 30 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento para su desarrollo y ejecución.
El citado Convenio Marco regula los compromisos de la Diputación General xx Xxxxxx, de Ecovidrio y de las Entidades Locales que se adhieran voluntariamente, en lo que respecta al funcionamiento del Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases xx xxxxxx en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx. De
acuerdo con lo establecido en su cláusula quinta, las Entidades Locales que voluntariamente deseen adherirse y participar en el Sistema Integrado de Gestión, formalizarán un Convenio de Adhesión al Convenio Marco.
En cumplimiento de lo dispuesto en la cláusula quinta del Convenio Marco, la
Entidad Local ha comunicado a la Dirección General de
Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente, su intención de adherirse al Convenio Marco según el acuerdo plenario cuya certificación se adjunta al presente documento.
Por lo anteriormente expuesto, la Entidad Local suscribe el presente Convenio de Adhesión con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS:
PRIMERA: OBJETO
Por medio del presente Convenio de Adhesión, la Entidad Local
, suscribe el Convenio Marco de Colaboración firmado entre la Diputación General xx Xxxxxx y Ecovidrio.
SEGUNDA: COMPROMISOS DE LA ENTIDAD LOCAL
La Entidad Local firmante de este Convenio de Adhesión asume todos y cada uno de los compromisos definidos en el citado Convenio Marco, así como la aceptación del Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx.
En concreto, la Entidad Local , asume los siguientes compromisos:
2.1. Encargar la gestión integral de la recogida selectiva de envase xx xxxxxx a Ecovidrio, quién deberá realizar las operaciones de recogida y transporte xxx xxxxxx, así como la limpieza, el mantenimiento y la reparación de los contenedores.
2.2.- Velar para que se preste adecuadamente el servicio de recogida selectiva xx xxxxxx, especialmente en lo concerniente a la frecuencia de vaciado de los contenedores tipo iglú y a la resolución de incidencias frecuentes.
2.3.- Designar los emplazamientos idóneos para la ubicación de los contenedores tipo iglú destinados a la recogida selectiva xx xxxxxx en las áreas de aportación correspondientes.
2.4.- Promulgar o, en su caso, adecuar las ordenanzas sobre residuos municipales, así como otras disposiciones de aplicación, con el objeto de posibilitar el cumplimiento de las obligaciones asumidas mediante el Convenio Marco y el Convenio de Adhesión, para la recogida selectiva xx xxxxxx.
2.5.- La implantación, en aquellas zonas en que se justifique por el volumen generado, y previo acuerdo con Ecovidrio, de sistemas de recogida complementarias, de acuerdo con lo tratado en la Comisión de Seguimiento.
2.6.- La aprobación de los instrumentos necesarios para la implantación del Sistema Integrado de Gestión de envases y residuos de envases xx xxxxxx en su ámbito territorial.
2.7.- La puesta en funcionamiento de los dispositivos de control y seguimiento necesarios para asegurar que todas las operaciones se lleven a cabo de forma adecuada y, en concreto, para asegurar la validez de los elementos que servirán para calcular la aportación económica de Ecovidrio. Adoptar las medidas correctoras necesarias en caso de detectar desviaciones o incumplimientos relevantes en el ámbito de las citadas operaciones. Asimismo, garantizar que, en los términos establecidos en la cláusula decimotercera del Convenio Marco, Ecovidrio tenga derecho a efectuar el control y seguimiento sobre las actividades de recogida selectiva xx xxxxxx.
2.8.- Colaborar en el diseño, implantación y desarrollo de las campañas de concienciación ciudadana.
2.9.-. Aceptar los contenedores tipo iglú que les sean entregados y ubicarlos en la vía pública a disposición de los ciudadanos.
2.10.- Suministrar a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental, antes del 31 xx xxxxx del año siguiente al periodo anual al que estén referidos los datos, toda la información sobre la cantidad de residuos de envases y envases usados xx xxxxxx recogidos y entregados al sistema integrado de gestión.
TERCERA: ASISTENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA A LA ENTIDAD LOCAL
Ecovidrio asume el coste de la recogida selectiva, por lo que la Entidad Local no facturará a Ecovidrio importe alguno.
CUARTA: VIGENCIA
El presente Convenio de adhesión tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 10 de septiembre de 2.003, fecha en la que finaliza la vigencia del Convenio Marco. El Convenio de Adhesión se entenderá tácitamente prorrogado por períodos de cinco años, salvo denuncia de alguna de las partes. La denuncia deberá producirse dos meses antes de la fecha en que el Convenio finalice. Para que la prórroga sea efectiva será requisito imprescindible que previamente se haya prorrogado el Convenio Marco.
QUINTA: RESOLUCIÓN ANTICIPADA
La vigencia del presente Convenio de Adhesión finalizará antes de la fecha de vencimiento que establece la cláusula anterior en el supuesto de que en aplicación de la normativa vigente y por causas imputables a Ecovidrio, la Diputación General xx Xxxxxx resuelva la revocación, anulación o caducidad de la autorización como Sistema Integrado de Gestión a Ecovidrio.
SEXTA: DENUNCIA
En caso de producirse incumplimiento grave de las obligaciones asumidas y derivadas del presente Convenio de Adhesión por alguna de las partes, la otra podrá denunciar el Convenio de Adhesión, previa notificación y con un plazo de preaviso de dos meses.
SÉPTIMA: MODIFICACIÓN
En caso de producirse alguna modificación del contenido de las cláusulas o anexos del Convenio de Adhesión, deberá ser aprobadas por las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, incorporándolas por medio de una addenda al mismo.
Asimismo, si una disposición legal o decisión judicial, pudiera dar lugar a una modificación en la ejecución del presente Convenio de Adhesión, las partes se comprometen, en el plazo máximo de 30 días hábiles desde la publicación de la disposición o decisión judicial, a informar a la otra parte y a tomar todas las medidas necesarias para asegurar la continuidad de la ejecución del Convenio de Adhesión.
OCTAVA: NATURALEZA
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa. Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del Convenio se resolverán por la Comisión de Seguimiento creada en su cláusula decimosexta del Convenio Marco. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
- En el caso de Convenios de Adhesión de municipios mayores de 5.000 habitantes.
NOVENA:
Del presente Convenio de Adhesión se dará traslado a la Comarca de
a la cual pertenece el municipio de .
- En el caso de mancomunidades cuya comarca no se haya constituido a la firma del Convenio de Adhesión.
NOVENA: LEY DE MEDIDAS DE COMARCALIZACIÓN
La Comarca de sucederá a la Mancomunidad de
como sujeto público titular de los derechos y obligaciones suscritos en el presente Convenio, una vez se produzca la disolución de la misma según lo prescrito en el artículo 37 y 38 de la Ley 23/2001, de 26 de diciembre, de Medidas de Comarcalización.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma el presente Convenio por triplicado ejemplar en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento:
POR LA DIPUTACIÓN GENERAL XX XXXXXX
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
POR ECOVIDRIO
Fdo: D. Xxxxxx Xxxx de la Bellacasa
POR LA ENTIDAD LOCAL
Fdo.:
ANEXO Nº 4
PROGRAMA DE RECOGIDA SELECTIVA DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES XX XXXXXX DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS QUE EFECTÚEN DIRECTAMENTE LA RECOGIDA.
ANEXO 4
PROGRAMA DE RECOGIDA SELECTIVA DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES XX XXXXXX DE LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS.
Los puntos básicos que debe incluir el programa de recogida selectiva de una Entidad Local adherida son los siguientes:
1.- Territorio y población incorporada a la recogida: Se incluirá el término o términos municipales incorporados, así como los núcleos de población comprendidos.
2.- Sistema de recogida: Se describirá brevemente el tipo de sistema de recogida y se indicará la instalación de entrega xxx xxxxxx.
Se detallará el plan de limpieza y mantenimiento de los contenedores destinados a la recogida selectiva xx xxxxxx.
3.- Sistema de gestión de la recogida selectiva, con indicación de la fórmula que se adopte:
a.- Recogida y transporte hasta las plantas de almacenamiento intermedio o instalación de almacenamiento alternativa.
b.- Recogida y transporte hasta la instalación de un recuperador o reciclador designado por ECOVIDRIO.
4.- Medios materiales, técnicos y humanos asignados al programa: Se detallarán los medios materiales y técnicos dedicados a la recogida selectiva: contenedores, vehículos de transporte, etc., así como las rutas y la periodicidad con la que se efectuará la recogida. También incluirá el personal dedicado a ella y el responsable por parte de la Entidad Local.
5.- Formula de gestión: Directa (realizada por el propio Ente Local), indirecta (contratada a una empresa gestora) o mezcla de ambas.
Se adjuntará una copia del contrato con la empresa gestora, si procede.
6.-Aceptación del cumplimiento de las Especificaciones Técnicas xxx xxxxxx recuperado según el anexo 7 del Convenio Marco
7.- Fases y calendario de la implantación.
8.- Financiación: Se indicarán las fuentes de financiación prevista para la implantación de la recogida selectiva xx xxxxxx.
9.- Mecanismos de control y seguimiento que permita examinar el grado de cumplimiento del programa.
ANEXO Nº 5
FLUJOS DE INFORMACIÓN. MODELOS DE DOCUMENTOS DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN. MODELOS DE CERTIFICACIONES.
ANEXO 5
RESUMEN TRIMESTRAL ENTE LOCAL
Trimestre de recogida:
Entidad local:
Agrupación de Gestión:
Código Convenio de Adhesión: Responsable:
Gestión: Directa
Indirecta Empresa gestora servicio:
Lugar de entrega xxx xxxxxx recogido: Datos de la recogida:
Mes recogida | Municipio | Nº contenedores | Kg. recogidos |
TOTAL |
Firma del responsable Ente Local
Ejemplar a cumplimentar con periodicidad trimestral por la Entidad Local que realice ella misma la gestión y que debe remitir a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente y a Ecovidrio
RESUMEN TRIMESTRAL ECOVIDRIO
Trimestre de recogida:
Mes de recogida:
Responsable:
Datos de la recogida:
Ayuntamiento Mancomunidad | Municipio | Nº contenedores | Kg. recogidos |
TOTAL |
Firma del responsable Ente Local
Ejemplar a cumplimentar con periodicidad trimestral por Ecovidrio y que debe remitir a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental del Departamento de Medio Ambiente.
RESUMEN SEMESTRAL ECOVIDRIO
Periodo de recogida:
Responsable:
Entidad local:
Agrupación de Gestión: Datos de la recogida:
Mes recogida | Municipio | Nº contenedores | Kg. recogidos |
TOTAL |
Firma del responsable Ente Local
Ejemplar a cumplimentar con periodicidad semestral por Ecovidrio y que debe remitir a los Entes Locales que le hayan encomendado la recogida
AYTO/MC DE DIRECCIÓN FISCAL CIF:
ECOVIDRIO
X/ Xxxx. Xxxxxxx xx 00; 0x 00000 Xxxxxx
CIF.: X-00000000
Fecha | ||
Factura nº | ||
Mes recogida | ||
Convenio Marco | Código | Comunidad Autónoma xx Xxxxxx |
Convenio Adhesión | Código | Nombre del Ente Local |
Planta receptora |
TM | CONCEPTO | PRECIO /TM (*) | TOTAL IMPORTE |
Recogida xx xxxxxo, limpieza y mantenimiento y reparación de contenedores | |||
TOTAL BASE IMPONIBLE | | ||
IVA (7%) | | ||
TOTAL FACTURA | |
FORMA DE PAGO: 30 días naturales
(*) consultar anexo 8 del Convenio Marco
Esta factura deberá ser enviada a Ecovidrio y una copia a la Dirección General de Calidad, Evaluación, Planificación y Educación Ambiental.
ANEXO Nº 6
RELACIÓN DE INSTALACIONES RECEPTORAS DE LOS RESIDUOS DE ENVAXXX XX XXDRIO RECOGIDOS SELECTIVAMENTE.
ANEXO 6
INSTALACIONES RECEPTOXXX XXX XXDRIO RECOGIDO (*)
AGRUPACION | DELIMITACIÓN COMARCAL | LUGAR PREVISTO DE ENTRXXX XXX XXDRIO RECOGIDO | DISPONIBILIDAD DE LA INSTALACIÓN |
0/XXESCA | AXXX XXXLEGO | ESTACIÓN TRANSFERENCIA SABIÑÁNIGO | DISPONIXXX |
XXXX XX XXESCA | PLANTA ALMACENAMIEXXX XXESCA | DISPONIBLE | |
JACETANIA | ESTACIÓN TRANSFERENCIA SABIÑÁNIGO | DISPONIBLE | |
2/BARBASTRO | CINCA MEDIO | PUNTO LIMPIO BARBASTRO | PREVISTO 2º XXXXXXXX 0000 |
XX XXXXXX | XXXXX XXXXXX XXXXXXXXX | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
RIBAGORZA | ESTACIÓN TRANSFERENCIA CAMPO | DISPONIBLE | |
SOBRARBE | PLANTA ALMACENAMIENTO AINSA | DISPONIBLE | |
SOMONTANO DE BARBASTRO | PUNTO LIMPIO BARBASTRO | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
0/XRAGA | BAJO CINCA | PUNTO LIMXXX XRAGA | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 |
MONEGROS | PLANTA ALMACENAMIENTO SARIÑENA | DISPONIBLE | |
4/EXXX | XXXXX XX XORJA | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE |
CINCO VILLAS | PLANTA ALMACENAMIENTO EJEA | DISPONIXXX | |
XXXXXX ALTA DEL EBRO | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE | |
SOMONTXXX XXX XXXCAYO | PLANTA ALMACENAMIENTO EJEA | DISPONIBLE | |
0/XXXXXXXXX | XXANDA | PLANTA ALMACENAMIENTO CALATAYUD | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 |
CALATAYUD | PLANTA ALMACENAMIENTO CALATAYUD | PREVISTO 2º SEMESTRE 2000 | |
XXXXX XX XXROCA | PLANTA ALMACENAMIENTO CALATAYUD | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
JALON MEDIO | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE | |
6/ZARAGOZA | CAMPO DE BELCHITE | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE |
CAMPO DE CARIÑENA | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIXXX | |
XXBERA BAJA DEL EBRO | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE | |
ZARAGOZA | INSTALACIÓN RECICLADOR | DISPONIBLE | |
7/ALCAÑIZ | ANDORRA | PLANTA ALMACENAMIENTO ALCAÑIZ | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 |
BAJO ARAGON | PLANTA ALMACENAMIENTO ALCAÑIZ | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
BXXX XXRTIN | PLANTA ALMACENAMIENTO ALCAÑIZ | PREVISTO 2º SEMESTRE 2000 | |
XASPE | PLANTA ALMACENAMIENTO ALCAÑIZ | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
MATARRAÑA | PLANTA ALMACENAMIENTO ALCAÑIZ | PREVISTO 2º SEMESTRE 2003 | |
0/XXRUEL | ALBARRACIN | PLANTA ALMACENAMIEXXX XXRUEL | DISPONIBLE |
CALAMOCHA | ESTACIÓN TRANSFERENCIA MARTIN DEL RIO | DISPONIBLE | |
CUENCAS MINERAS | ESTACIÓN TRANSFERENCIA MARTIN DEL RIO | DISPONIBLE | |
GUDAR-JAVALAMBRE | PLANTA ALMACENAMIEXXX XXRUEL | DISPONIBLE | |
MAESTRAZGO | PLANTA ALMACENAMIEXXX XXRUEL | DISPONIXXX | |
XXRUEL | PLANTA ALMACENAMIEXXX XXRUEL | DISPONIBLE |
(*) Estos lugares de entrxxx xxx xxdrio, podrán ser modificados, en casos excepcionales, previa consulta a la Comisión de Seguimiento, que valorará la idoneidad de la propuesta.
ANEXO Nº 7
ESPECIFICACIONES TÉCNIXXX XXX XXDRIO RECUPERADO (ETVR).
ANEXO 7
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL MATERIAL RECUPERADO (ETMR)
A.- CONDICIONES DE ACEPTACIÓN DE LOS ENVAXXX XX XXDRIO.
Los residuos de envaxxx xx xxdrio que se admitirán serán únicamente los procedentes del consumo en los domicilios particulares, cuya recogida corresponde a los Entes Locales. Quedan excluidos, por tanto:
a) Porcelana, cerámica, gres, baldosas, tierra, grava, cemento, madera, metales, etc.
b) Todos los vidrios especiales como: cristales blindados, parabrisas, pantallas de televisión y ordenador, bombillas, lámparas de cristal, vajillas, vidrios opalinos, espejos, cristales opacos y de colores, vitrocerámicas, etc.
c) No se admitirán residxxx xx xxdrio que su porcentaje de metales pesados supere los límites establecidos en la legislación vigente.
Las especificaciones que deben cumplir los residuos de los envaxxx xx xxdrio
son:
1) No contener más del 5% en peso con un tamaño inferior a 1 cm.
2) La presencia anormal de tierra, piedras y otros finos será causa de rechazo sistemático de las entregas.
3) No contener más del 2% en peso de impurezas.
4) No contener más del 0,5% en peso de materiales infusibles tales como los enumerados en el epígrafe a). Este 0,5% se considera incluido dentro del 2% citado en el punto anterior.
5) No contener gravillas.
B.- METODO DE MUESTREO Y CONTROL DE CALIDAD
La optimización del sistema exige establecer un método doble de muestreo y controles de calidad xxx xxxxx xx xxdrio.
1.- Muestreo
1) Homogeneizar la partida a controlar.
2) Tomar en varios puntos de la partida 200 xx. xx xxdrio.
3) Extender estos 200 kg. sobre un suelo limpio y no contaminado.
4) Dividir el lote en 4 sectores iguales.
5) Tomar de dos sectores opuestos dos muestras de 50 kg. cada una.
2.- Controles
1) Control de la granulometría : La muestra de 50 kg. es pasada por un tamiz de 1 cm, anotándose el peso de lo que ha pasado:
- Si el peso es inferior a 2,4 Kg. se ACEPTA.
- Si el peso es superior a 2,6 kg. se RECHAZA.
- Si este peso está entre ambas cantidades se repite el ensayo con la segunda muestra debiendo ser la suma de los pesos inferior a 5 kg. para ser aceptada.
2) Control de Impurezas .- de la muestra de 50 kg. se separan y pesan todas las impurezas; de este conjunto a su vez se vuelven a separar las impurezas de infusibles que también se pesan.
3) Reglas de conformidad - C - y de no conformidad - NC -
Primero: Muestra de 50 kg.
Peso total impurezas | Peso infusibles | |
< 0,8 kg. | < 0,2 kg. | C (la entrega es conforme) |
> 2 kg. | > 0,5 kg. | NC (la entrega no es conforme) |
Segundo: Muestra de 50 kg. (se aplica cuando el resultado se encuentra entre ambos valores). El resultado de este segundo análisis se acumula al primero.
Peso total impurezas | Peso infusibles | |
< 2,4 kg. | < 0,6 kg. | C (la entrega es conforme) |
> 2,4 kg. | > 0,6 kg. | NC (la entrega no es conforme) |
En el caso de entregas no conformes con las especificaciones se informará a la Entidad Local correspondiente para que conjuntamente se busque la fuente de contaminación y se habiliten los medios necesarios para evitarla.
En caso de conflicto, Ecovidrio y las Entidades Locales se someterán al arbitrio del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón.
ANEXO Nº 8
ASISTENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE ECOVIDRIO A LAS ENTIDADES LOCALES ADHERIDAS.
ANEXO 8
APORTACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE ECOVIDRIO
1. La recogida selectiva de los envases y residuos de envaxxx xx xxdrio es realizada directamente por Ecovidrio.
Ecovidrio se compromete a llevar a cabo bien con medios propios o ajenos la recogida selectiva y el transporte de los envases xx xxxxxx hasta las instalaciones de un reciclador o valorizador autorizado. Asimismo, se hará cargo del mantenimiento, limpieza y la reparación de los contenedores.
Ecovidrio no facturará importe alguno por las gestiones anteriormente indicadas.
2. La recogida selectiva de los envases y residuos de envases xx xxxxxx es realizada por la Entidad Local.
La Entidad Local o los operadores por ella designados se comprometen a realizar la recogida selectiva de envases y residuos de envases xx xxxxxx en los términos descritos en su respectivo programa. A cambio Ecovidrio compensará a las Entidades locales por el coste adicional de gestión respecto al sistema ordinario de recogida transporte y tratamiento de los residuos sólidos úrbanos en vertedero controlado. Este concepto incluye la recogida de los envases depositados en los contenedores de recogida selectiva, el transporte a la planta de almacenamiento intermedio o instalación de almacenamiento alternativo, el cargue xxx xxxxxx, el mantenimiento, reparación y limpieza de los contenedores y los costes de gestión.
Los importes que Ecovidrio pagará a los Entes Locales por esta gestión son los siguientes:
a) Capitales de provincia:
Xxxxxx capital: 14,60 / Tm Teruel capital: 17,43 /Tm Zaragoza capital: 12,02 / Tm
b) Medio rural:
AGRUPACION | DELIMITACIÓN COMARCAL | / Tm |
0/XXESCA | AXXX XXXLEGO | 20,00 |
XXXX XX XXESCA | 20,37 | |
JACETANIA | 20,37 | |
2/BARBASTRO | CINCA MEDIO | 17,31 |
LA LITERA | 17,31 | |
RIBAGORZA | 17,31 | |
SOBRARBE | 17,31 | |
SOMONTANO DE BARBASTRO | 17,31 | |
0/XRAGA | BAJO CINCA | 16,05 |
MONEGROS | 14,37 |
4/EXXX | XXXXX XX XORJA | 14,37 |
CINCO VILLAS | 20,00 | |
XXXXXX ALTA DEL EBRO | 14,37 | |
SOMONTXXX XXX XXXCAYO | 20,67 | |
0/XXXXXXXXX | XXANDA | 18,57 |
CALATAYUD | 18,00 | |
XXXXX XX XXROCA | 18,37 | |
JALON MEDIO | 14,37 | |
6/ZARAGOZA | XXXXX XX XXXXXXXX | 00,00 |
XXXXX XX XXXXXXXX | 00,00 | |
XXXXXX XXXX XXX XXXX | 14,37 | |
ZARAGOZA | 14,37 | |
7/ALCAÑIZ | ANDORRA | 18,45 |
BAJO ARAGON | 18,45 | |
BXXX XXRTIN | 18,00 | |
XASPE | 18,45 | |
MATARRAÑA | 18,45 | |
0/XXRUEL | ALBARRACIN | 21,64 |
CALAMOCHA | 21,64 | |
CUENCAS MINERAS | 21,64 | |
GUDAR-JAVALAMBRE | 21,64 | |
MAESTRAZGO | 21,00 | |
XXRUEL | 21,64 |
3.- Recogida, transporte, selección y tratamiento de envaxxx xx xxdrio recogidos en los puntos limpios.
Los envases y residuos de envaxxx xx xxdrio recogidos en los puntos limpios serán gestionados de la misma manera que los recogidos en áreas de aportación, realizando la recogida selectiva directamente por Ecovidrio sin coste alguno para la Entidad Local o abonando Ecovidrio los anteriores costes adicionales cuando sea la Entidad Local o los operadores que ella designe la encargada de realizar la recogida selectiva.
4. Contenedores
Ecovidrio se compromete a poner a disposición de las Entidades Locales de la Comunidad Autónxxx xx Xxxgón que se adhieran al presente Convenio Marco la cantidad de 850 contenedores tipo iglú durante el primer año de vigencia del mismo, para ampliar el parque de contenedores de cada municipio.
Si las Entidades Locales durante ese mismo periodo, recibieran contenedores para residxxx xx xxdrio de otras instituciones públicas o privadas, la cantidad comprometida por Ecovidrio se mantendrá igualmente en 850 unidades, con la particularidad de que en este supuesto los contenedores se destinarían alternativamente a la renovación del parque de contenedores de los municipios de la Comunidad Autónxxx xx Xxxgón.
En cualquier caso, y a fin de mejorar la imagen del servicio en los municipios adheridos al presente Convenio Marco, Ecovidrio se compromete a entregar 250
contenedores adicionales durante el primer año de vigencia para renovar los contenedores más deteriorados, a criterio de la Comisión de Seguimiento.
Con independencia de todo lo anterior, Ecovidrio realizará la reposición anual de contenedores tipo iglú en todos los municipios adheridos, con una tasa anual del 7%.
La asignación a los municipios, tanto de los contenedores tipo iglú de nueva implantación como los de sustitución de unidades ya existentes, se realizará por la Comisión de Seguimiento, a petición de las Entidades Locales correspondientes y respetando criterios de prioridad, homogeneidad y proporcionalidad, y siempre de acuerdo a los criterios establecidos en el Plan de Ordenación de la Gestión de los Residuos Urbanos de la Comunidad Autónxxx xx Xxxgón.
5.- Aportaciones económicas referidas a campañas de información y sensibilización ciudadana.
Ecovidrio financiará las correspondientes campañas de información y sensibilización ciudadanas para fomentar la recogida selectiva de envaxxx xx xxdrio a razón de 0,06 euros por habitante equivalente efectivamente adherido y año durante la vigencia de este convenio
Durante el primer año de vigencia del presente Convenio, estos importes se destinarán en un 75% a campañas a desarrollar en el ámbito autonómico, que sean promovidas por el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón o por Ecovidrio y un 25% a campañas a desarrollar en los ámbitos territoriales de las Entidades Locales.
Estos porcentajes se revisarán anualmente, procediendo al Comisión de Seguimiento a la aprobación de su distribución.
6.- Pago por parte de Ecovidrio.
Las facturas emitidas por las Entidades Locales (u operadores por ellas designados) al efecto de percibir las compensaciones económicas establecidas en el presente Anexo, acompañadas del resumen de albaranes de entrada en las instalaciones receptoras asignadas en el Anexo 6, deberán enviarse por correo certificado con acuse de recibo a la dirección siguiente: ECOVIDRIO, X/ Xxxxxxxx Xxxxxxx xx 00, 00000 XXXXXX.
El pago de dichas compensaciones económicas se efectuará por Ecovidrio por el importe de las facturas emitidas, mediante transferencia bancaria, en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde el siguiente a su recepción, acompañadas de la documentación indicada.
En el caso de recibir Ecovidrio la documentación incompleta o mal cumplimentada requerirá, mediante correo certificado con acuse de recibo, a la Entidad Local en un plazo máximo de 7 días naturales, al efecto de que subsane la falta o acompañe los documentos necesarios, entendiéndose en este supuesto que el plazo de
30 días citado comenzará a contar únicamente cuando Ecovidrio reciba toda la documentación correctamente cumplimentada.