PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDOS MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA LA EMPRESA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES, S.A., S.M.E., M.P.
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE ACUERDOS MARCO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TRANSPORTE DE RESIDUOS PARA LA EMPRESA PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS INDUSTRIALES, S.A., S.M.E., M.P.
REF. EMG111-24
Junio 2024
ÍNDICE
2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL ACUERDO XXXXX. 1
3 NÚMERO DE ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO MARCO 2
6.1 DOCUMENTACIÓN PRELIMINAR 3
6.3 ESPECIFICACIONES DE TRANSPORTES Y RESIDUOS 4
6.4 ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN 5
7 SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL ACUERDO MARCO. 5
8 TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 6
9 DURACIÓN DEL ACUERDO MARCO 6
10 PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN 6
11 EXISTENCIA DE CRÉDITO Y DIVISIÓN EN LOTES 6
15 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN Y VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO XXXXX¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
15.1 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 9
16 IMPORTES DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS CELEBRADOS AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO. 10
17 PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: SOBRES 11
18 CONTENIDO DE LAS OFERTAS 12
18.1 SOBRE N.º 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA 12
18.1.1 Aptitud, capacidad y solvencia para el contrato marco 13
18.1.2 Aptitud, capacidad y solvencia para los contratos específicos 17
18.1.3 Garantía provisional 17
18.2 SOBRE N.º 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 17
18.3 SOBRE N.º 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA 18
19 APERTURA, EXAMEN, VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS 19
21 ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO 21
22 FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO 21
23 ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS (PEDIDOS ESPECÍFICOS) AL AMPARO DEL ACUERDO XXXXX. 23
23.1 CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DE LOS PEDIDOS ESPECÍFICOS PARA LOS ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO MARCO 23
24 GARANTÍA DEFINITIVA Y PLAZO 23
28 PENALIZACIONES: INCLUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS 25
28.1 INCUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS OBJETO DE CONTRATO 25
28.2 EJECUCIÓN DEFECTUOSA DE LOS TRABAJOS 25
28.3 XXXX EN LA ENTREGA DE LOS TRABAJOS 26
28.4 EJECUCIÓN DE LAS PENALIZACIONES 26
28.5 COMUNICACIÓN DE LAS PENALIZACIONES 26
29 EXTINCIÓN DEL ACUERDO MARCO Y CONTRATOS ESPECÍFICOS 26
29.1 EXTINCIÓN POR CUMPLIMIENTO. 27
29.2 EXTINCIÓN POR RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO. 27
30 DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL CONTRATO 28
ANEXO I MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
1 ANTECEDENTES
EMGRISA, Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A., S.M.E., M.P., es una empresa pública española que desarrolla su actividad en el sector del medio ambiente industrial, haciendo foco en proyectos integrales de recuperación ambiental de emplazamientos industriales y con gran experiencia en sectores como contaminación de suelos, gestión de residuos y desmantelamientos industriales, recuperación de espacios degradados y la prestación de servicios de asesoramiento, ingeniería, consultoría, auditoría, control y vigilancia relacionados con las energías renovables.
EMGRISA, de acuerdo con lo establecido en los artículos 32 y 33 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/24/UE y 2014/24/UE (en adelante LCSP) y de conformidad a sus estatutos sociales, tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos, de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), de Enusa industrias avanzadas, S.A. (ENUSA), del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), xx XXXXXX, del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) , RENFE, Puertos del Estado, Abra Industrial, S.A-SEPIDES, de la Real Casa de la Moneda (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) y de Aguas de la Cuenca del Mediterráneo (Acuamed), SEPES, Autoridades portuarias xx Xxxxxxxxx, Alicante, Pasaia y de aquellos otros organismos que así le vayan reconociendo.
EMGRISA tiene establecida su sede en la xxxxxx xx Xxxxxx, xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, 00. 28040. Teléfono 00 000 00 00. Tiene CIF: X-00000000.
En la Plataforma de Contratación del Sector Público las personas licitadoras tienen acceso al Perfil del Contratante de EMGRISA.
2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL ACUERDO XXXXX.
El contrato a que se refiere el presente pliego es de naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al Ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP).
El Pliego de Condiciones, sus anexos, así como otros documentos de la licitación revestirán carácter contractual.
Los contratos específicos se ajustarán al contenido del presente Xxxxxx, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los respectivos contratos.
En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las partes del Acuerdo Marco.
El desconocimiento del presente pliego, del Acuerdo Marco, de sus documentos anexos, o de las instrucciones o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la
ejecución de lo pactado, no eximirá a la persona contratista de la obligación de su cumplimiento.
3 NÚMERO DE ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO XXXXXx
El Acuerdo Xxxxx se suscribirá con un xxxxxx xx xxxx (10) empresas que lo soliciten presentando la correspondiente proposición siempre que cumplan con los requisitos de solvencia económica, técnica y profesional que se exigen en el Pliego.
El Órgano de Contratación podrá declarar desierta la licitación del Acuerdo Xxxxx si como resultado de la misma no fueran seleccionadas un mínimo de cuatro (4) empresas o en el caso de que se quedasen tres (3) o más lotes desiertos.
La adjudicación, una vez acordada, será notificada a los participantes de la licitación.
4 ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación será el Comité de Contratación de EMGRISA a falta de disposición específica sobre el particular, recogida en las correspondientes normas reguladoras de la sociedad y sin perjuicio de la delegación de competencias.
5 OBJETO DEL ACUERDO XXXXXx
EMGRISA estima conveniente desarrollar un mecanismo ágil (Acuerdo Marco) para poder contar con la colaboración de empresas transportistas autorizadas con experiencia y medios acreditados para el transporte de residuos y poder afrontar los trabajos objeto de este pliego de una manera eficiente, asegurando a la vez una buena calidad de los mismos.
El objeto del presente pliego es el de elaborar un documento que establezca las condiciones particulares, mediante la modalidad de un Acuerdo Marco, para la selección de proveedores para la prestación de servicios de transporte de residuos.
Al amparo del presente Acuerdo Marco se celebrarán contratos específicos con los transportistas adjudicatarios durante el periodo de vigencia del mismo.
El acuerdo establece las condiciones de contratación y otorga a los adjudicatarios la obligación de prestar a EMGRISA cada actuación o prestación solicitada, de forma que sólo podrán efectuarse servicios basados en este Acuerdo Marco entre EMGRISA y las empresas que resulten adjudicatarias.
6 ALCANCE DEL ACUERDO XXXXXx
Los transportes objeto del presente acuerdo marco serán aquellos recogidos en el Anexo I:
— Residuos generados en las instalaciones de sus clientes y destino a sus centros de transferencia de residuos xx Xxxxxx (Badajoz) y Xxxxxxx de San Xxxx (Ciudad Real).
— Residuos generados o almacenados en sus centros de transferencia de residuos xx Xxxxxx (Badajoz) y Xxxxxxx de San Xxxx (Ciudad Real) y destino a plantas de tratamiento finalistas,
— Residuos producidos directamente por sus clientes con destino a gestores finalistas designados por EMGRISA. En este último caso, EMGRISA ejercerá de operador de los traslados en uso de sus autorizaciones de agente de residuos peligrosos y no peligrosos.
— En el caso de lodos de fosa séptica, lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas y residuos no peligrosos almacenados a granel en contenedores de 7, 10 ó 30 m3, además de realizar el servicio de transporte, debido a la naturaleza de los residuos, el adjudicatario deberá realizar su carga y estar en disposición de gestionar los residuos en instalaciones autorizadas propias y/o de terceros (para lo que deberá aportar con antelación la correspondiente autorización administrativa en vigor).
En el caso de que, bajo la misma descripción recogida en el Anexo I del presente pliego, EMGRISA esté obligado a gestionar los residuos con otro código LER distinto al recogido en dicho anexo por requerimiento de sus autorizaciones ambientales o de sus clientes, podría solicitar al adjudicatario la aplicación de los precios de transporte ofertados siempre que el nuevo LER propuesto se encuentre dentro del alcance de su autorización y siempre que las características, propiedades y acondicionamiento del residuo sea similar.
Los transportes y servicios asociados han sido agrupados en función de la tipología de vehículos requeridos para su realización en Lotes. Los adjudicatarios deberán valorar económicamente todos los servicios incluidos en el lote al que pretendan optar.
Los diferentes transportes y servicios asociados, así como los Lotes en los que han sido agrupados y las cantidades anuales que se prevén realizar, se encuentran recogidos en el Anexo I.
Los servicios de transporte concretos se encargarán a demanda de EMGRISA y se establecerán mediante las correspondientes solicitudes en las que se determinarán las tipologías y cantidades estimadas de residuos a transportar, las direcciones de origen y destino de los mismos, la fecha requerida para el porte (respetando una antelación mínima de al menos 72 horas por parte de EMGRISA) así como cualquier información relevante para su realización (horarios de carga y descarga, contactos en las instalaciones, accesos,…), siempre dentro de las condiciones establecidas en el presente Acuerdo Marco.
6.1 DOCUMENTACIÓN PRELIMINAR
El adjudicatario deberá aportar y mantener actualizada su Inscripción en los registros de transportistas de residuos peligrosos o no peligrosos correspondientes. En el caso de que EMGRISA solicite al transporte de algún residuo que no se encuentre dentro del alcance de su inscripción, el adjudicatario deberá solicitar la ampliación de su inscripción en un plazo máximo de 10 días hábiles desde el requerimiento por parte de EMGRISA.
Así mismo, el adjudicatario deberá mantener permanentemente actualizada y validada la documentación de todos los medios, tanto materiales como humanos, puestos a disposición del contrato necesaria para realizar la Coordinación de Actividades Empresariales tanto con EMGRISA como con aquellas instalaciones donde tenga que acceder para cargar o descargar.
En este sentido, en aquellas instalaciones donde haya que cargar dicha documentación en plataformas CAE, EMGRISA requerirá al operador de la plataforma claves de acceso a nombre del transportista para que este aporte la documentación directamente sin la participación de EMGRISA. Sólo en aquellos casos en los que la
plataforma requiera que el contratista sea el que añada la documentación, esta actividad será realizada por EMGRISA, para lo que el transportista deberá hacérsela llegar a la persona designada por EMGRISA con una antelación mínima de 72 horas a la fecha propuesta para el traslado.
6.2 TRANSPORTE
EMGRISA trasladará, para su aprobación, al interlocutor que en su caso indique el ADJUDICATARIO, la tipología y cantidad de residuos a gestionar, las instalaciones de carga y descarga y una propuesta de fecha para su entrega en planta.
Como norma general, la carga de los residuos hasta las instalaciones del cliente correrá por cuenta de EMGRISA, con excepción:
• Camiones cisterna que se especifique que se requiere bomba de aspiración para la carga del material.
• Servicios realizados por camiones de aspiración a vacío.
• Retirada de residuos a granel con contenedores de 7, 10 ó 30 m3. En todos estos casos, la carga de los residuos correrá por cuenta del adjudicatario.
Conforme al Real Decreto-ley 3/2022, de 1 xx xxxxx, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras, cuando el vehículo haya de esperar un plazo superior a una hora hasta que se concluya su carga o descarga, el adjudicatario podrá exigir al cargador una indemnización en concepto de paralización valorada en 40 €/hora adicional de espera.
Así mismo, en el caso de que se generasen incidencias por incumplimientos en las fechas y horarios de carga o descarga, deficiencias en la documentación o medios puestos a disposición del contrato o infracciones legales, siempre sin comunicación previa y por motivos no justificados, EMGRISA repercutirá al adjudicatario los posibles sobrecostes en los que se incurran.
En el caso de servicios realizados por camiones de aspiración a vacío tarifados en unidades temporales (horas), el adjudicatario deberá indicar en su oferta la dirección de la base de salida y retorno de los vehículos, justificando las horas realmente empleadas en la realización del servicio demandado mediante el aporte de reportes de tacógrafo, informes GPS o certificados.
6.3 ESPECIFICACIONES DE TRANSPORTES Y RESIDUOS
Antes del inicio del servicio se comprobará previamente su documentación y la idoneidad de los vehículos de transporte mediante inspección ocular de los aportados por los adjudicatarios, pudiendo descartarse, sin que aplique ningún tipo de penalización, aquellos vehículos que no se encuentren en condiciones óptimas de estado, limpieza o mantenimiento o que no dispongan de la documentación requerida.
El adjudicatario se compromete a cumplir y hacer cumplir a sus asalariados toda la legislación vigente y que se pueda dictar, en materia de transporte y circulación por carretera, con especial atención al Reglamento en vigor que regula la instalación, implantación, uso y manejo de los aparatos de control – tacógrafos-.
En el caso de que se especifique en la solicitud que las mercancías a transportar se consideran mercancías peligrosas para su transporte por carretera, además de la normativa especificada en el párrafo anterior, será de aplicación lo dispuesto en el Reglamento ADR. Por tanto, para estos servicios, además de la documentación habitual, será necesario que tanto conductor como vehículo cuenten con las capacitaciones en vigor, medios y equipamiento requeridos por el reglamento ADR.
EMGRISA se exime de la responsabilidad del pago de posibles sanciones o infracciones producidas durante la circulación de los vehículos. En este sentido, el transportista podrá, siempre que esté justificado y previa comunicación y aceptación del responsable del contrato de EMGRISA, rechazar la carga, parcial o total, de los residuos entre otros por los siguientes motivos:
- Diferencia entre la mercancía solicitada y la objeto de carga. Presencia de impropios.
- Incompatibilidad entre el material a cargar y el del vehículo.
- Exceso de peso de carga o número de bultos.
- Mala carga o estiba de los bultos.
- Envases en mal estado o con presencia de fugas o derrames.
- Falta o deficiencias en la documentación de transporte o en el etiquetado de los bultos.
En las instalaciones propias de EMGRISA, así como en la mayor parte de las instalaciones externas de carga existen básculas para evitar excesos de carga. En el caso de que no se dispongan de ellas, el conductor inspeccionará la carga y colaborará con el cargador para evitar estas circunstancias, limitando al material a cargar (así como el grado de llenado de las cisternas).
6.4 ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN
La documentación necesaria para el transporte (documentos ambientales, carta de porte, albarán de transporte,…) será aportada por EMGRISA en la instalación de carga. En el caso de que se transporten materiales envasados, su etiquetado (tanto en cumplimiento de la Ley 7/2022, de 8 xx xxxxx, de residuos y suelos contaminados para una economía circular como el del Reglamento ADR, en caso de ser necesario), será asimismo responsabilidad de EMGRISA.
Será obligatorio que el transportista, junto con la correspondiente factura, envíe a la dirección xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx copia de los documentos acreditativos del transporte debidamente firmados por EMGRISA o personas delegadas. No se admitirán a pago facturas que se reciban sin estos documentos.
7 SELECCIÓN DE LAS EMPRESAS PARA EL ACUERDO MARCO.
El Acuerdo Xxxxx se adjudicará mediante procedimiento abierto.
8 TRAMITACIÓN, PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
Se puede obtener la información del Acuerdo Xxxxx a través del perfil del contratante de la Sociedad en la página web de la Plataforma de Contratación del Estado.
El anuncio se publicará en la página indicada por un plazo mínimo xx xxxx días naturales, salvo que la urgencia de contratación requiera un plazo más breve.
9 DURACIÓN DEL ACUERDO XXXXXx
10 PROPIEDAD DE LA DOCUMENTACIÓN
Tanto la documentación final como toda aquella que, a lo largo del desarrollo del Contrato se genere, tiene la consideración de propiedad de EMGRISA y no podrá ser difundida ni entregada para uso a terceros sin su previa autorización.
Los trabajos objeto de este acuerdo marco no podrán utilizarse por el adjudicatario sin permiso expreso de XXXXXXX, debiendo entregarse los originales de los documentos con anterioridad a la finalización del Contrato.
11 EXISTENCIA DE CRÉDITO Y DIVISIÓN EN LOTES
Existe el crédito preciso para atender las obligaciones económicas que se deriven de los contratos específicos a que se refiere el presente Acuerdo Marco.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre interpretación, cumplimiento y ejecución del contrato, serán resueltas por los Juzgados y Tribunales de Madrid, a cuya jurisdicción se someterán las partes, renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder.
El contrato se divide en 4 lotes dada la diferente tipología de los medios requeridos para el transporte de los residuos incluidos en cada uno de los lotes.
12 LOTES
La presente licitación se divide en 4 lotes dado que el objeto del contrato lo permite y promociona la máxima concurrencia de licitadores.
Todos los lotes están clasificados bajo el código CPV 90512000-9 - Servicios de transporte de desperdicios y los lotes 3 y 4, además, bajo el código CPV 90513000-6 (Servicios de tratamiento y eliminación de desperdicios y residuos no peligrosos). Se adjunta a continuación cuadro resumen (ver cuadro detallado en Anexo I).
Lote 1. CAMIÓN Cisterna 24 tn | |||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad |
Xxxxxxx de San Xxxx | Guarromán | Requiere bomba de aspiración | Porte |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Porte | |
Mérida | Algeciras | Porte | |
Mérida | Guarromán | Porte | |
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | |
Santiago del Campo | Casarrubios del Monte | Porte | |
Guareña | Casarrubios del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte |
Lote 2. CAMIÓN Plataforma tipo tauliner 24 tn | |||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Requiere ADR | Porte |
Xxxxxxx de San Xxxx | As Somozas | Porte | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxx de San Xxxxxxx | Porte | |
Xxxxxx | Xxxxx de la Frontera | Porte | |
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | |
Mérida | Getafe | Porte | |
Mérida | As Somozas | Porte | |
Mérida | Nerva | Porte | |
Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | |
Villacañas | Jerez de la Frontera | Porte | |
Cañaveral | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx | Porte | |
Lote 3. CAMIÓN de aspiración a vacío y gestión de residuos asociados | |||
Servicio | Unidad | ||
Vaciado y limpieza de fosa séptica en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Ud | ||
Tratamiento del residuo LER 200203 Lodos de Fosa séptica | Tn | ||
Tratamiento del residuo LER 190805 Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas | Tn | ||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Hora | ||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 80 m3 | Hora | ||
Lote 4. CAMIÓN portacontenedores y gestión de residuos asociados | |||
Servicio | Unidad | ||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 7 ó 10 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | ||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 30 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | ||
Traslado de contenedor de 30 m3 desde instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores hasta El Xxxxxxxxx | Ud | ||
Alquiler mensual contenedor 7 ó 10 m3 | Contenedor | ||
Alquiler mensual contenedor 30 m3 | Contenedor | ||
Tratamiento del residuo LER 170202 Vidrio (con tierra) | Tn | ||
Tratamiento del residuo LER 170201 Xxxxxx | Xx | ||
Tratamiento del residuo LER 170203 Plásticos | Tn |
Las empresas adjudicatarias de cada uno de los lotes formarán parte del acuerdo marco; posteriormente se celebrarán pedidos basados, sin convocatoria de nueva licitación, en base al precio de transporte y a su disponibilidad, una vez estén definidas de manera más precisa los términos de la contratación.
13 REQUISITOS EXCLUYENTES
Los transportistas deben estar en posesión de inscripción en registro o autorización administrativa para la realización de actividades de transporte de residuos en vigor para los residuos y servicios a los que concurre. Si para alguno de los servicios solicitados no posee dicha autorización deberá indicarse expresamente en su oferta. La omisión de esta información puede ser causa de rescisión del contrato en caso de resultar adjudicatario.
14 MEDIOS
El adjudicatario deberá aportar los medios humanos, técnicos y materiales necesarios para la correcta ejecución del servicio. Se incluirá un breve dossier del transportista, incluyendo los medios humanos y materiales con los que cuenta, así como una relación de los principales servicios o trabajos similares realizados por la empresa en los tres años anteriores, incluyendo las correspondientes referencias contrastadas y justificativas de los mismos.
15 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO DEL ACUERDO XXXXX
15.1 PRECIO
El precio de adjudicación del contrato será el que resulte de la oferta efectuada por el licitador adjudicatario, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que en cualquier caso pueda corresponder, de conformidad con la Ley reguladora de dicho impuesto, y que se indicará como partida independiente.
En los documentos que se presenten al cobro el IVA deberá ser repercutido como partida independiente, sin que el importe global del contrato experimente incremento como consecuencia de la consignación del tributo repercutido.
15.2 PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El Presupuesto Base de Licitación (IVA incluido) para cada uno de los lotes es el siguiente:
Lote 1. CAMIÓN Cisterna 24 tn | ||||||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Total sin IVA (€) |
Xxxxxxx de San Xxxx | Guarromán | Requiere bomba de aspiración | Porte | 15 | 651 | 9.765,00 |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte | 10 | 473 | 4.730,00 |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 10 | 578 | 5.780,00 | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Porte | 20 | 473 | 9.460,00 | |
Mérida | Algeciras | Porte | 20 | 935 | 18.700,00 | |
Mérida | Guarromán | Porte | 8 | 840 | 6.720,00 | |
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | 10 | 788 | 7.880,00 | |
Santiago del Campo | Casarrubios del Monte | Porte | 30 | 704 | 21.120,00 | |
Guareña | Casarrubios del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte | 50 | 966 | 48.300,00 |
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA no incluido) | 132.455,00 | |||||
IVA | 10% | |||||
IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 1 (IVA incluido) | 145.700,50 | |||||
Lote 2. CAMIÓN Plataforma tipo tauliner 24 tn | ||||||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Total sin IVA (€) |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 30 | 466 | 13.980,00 | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Requiere ADR | Porte | 10 | 466 | 4.660,00 |
Xxxxxxx de San Xxxx | As Somozas | Porte | 20 | 1.099 | 21.980,00 | |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxx de San Xxxxxxx | Porte | 5 | 473 | 2.365,00 | |
Xxxxxx | Xxxxx de la Frontera | Porte | 10 | 620 | 6.200,00 | |
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | 10 | 599 | 5.990,00 | |
Mérida | Getafe | Porte | 5 | 599 | 2.995,00 | |
Mérida | As Somozas | Porte | 8 | 1.134 | 9.072,00 | |
Mérida | Nerva | Porte | 8 | 504 | 4.032,00 | |
Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 10 | 599 | 5.990,00 | |
Villacañas | Jerez de la Frontera | Porte | 6 | 882 | 5.292,00 | |
Cañaveral | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx | Porte | 10 | 683 | 6.830,00 | |
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA no incluido) | 89.386,00 | |||||
IVA | 10% | |||||
IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 2 (IVA incluido) | 98.324,60 | |||||
Lote 3. CAMIÓN de aspiración a vacío y gestión de residuos asociados | ||||||
Servicio | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Total sin IVA (€) | ||
Vaciado y limpieza de fosa séptica en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Ud | 70 | 347 | 24.290,00 | ||
Tratamiento del residuo LER 200203 Lodos de Fosa séptica | Tn | 2.000 | 16 | 32.000,00 | ||
Tratamiento del residuo LER 190805 Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas | Tn | 1.000 | 16 | 16.000,00 | ||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Hora | 200 | 126 | 25.200,00 | ||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 80 m3 | Hora | 100 | 95 | 9.500,00 | ||
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 3 (IVA no incluido) | 106.990,00 | |||||
IVA | 10% | |||||
IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 3 (IVA incluido) | 117.689,00 | |||||
Lote 4. CAMIÓN portacontenedores y gestión de residuos asociados | ||||||
Servicio | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Total sin IVA (€) | ||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 7 ó 10 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | 80 | 168 | 13.440,00 | ||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 30 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | 20 | 210 | 4.200,00 | ||
Traslado de contenedor de 30 m3 desde instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores hasta El Xxxxxxxxx | Ud | 30 | 368 | 11.040,00 | ||
Alquiler mensual contenedor 7 ó 10 m3 | Contenedor | 180 | 53 | 9.540,00 | ||
Alquiler mensual contenedor 30 m3 | Contenedor | 100 | 84 | 8.400,00 | ||
Tratamiento del residuo LER 170202 Vidrio (con tierra) | Tn | 150 | 100 | 15.000,00 | ||
Tratamiento del residuo LER 170201 Madera | Tn | 10 | 21 | 210,00 | ||
Tratamiento del residuo LER 170203 Plásticos | Tn | 12 | 130 | 1.560,00 | ||
TOTAL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 4 (IVA no incluido) | 63.390,00 | |||||
IVA | 10% | |||||
IMPORTE DEL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN LOTE 4 (IVA incluido) | 69.729,00 |
CUALQUIER OFERTA QUE REBASE EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN POR CADA LOTE SERÁ EXCLUIDA DE LA LICITACIÓN.
15.3 VALOR ESTIMADO
El valor estimado del acuerdo marco es el importe total pagadero (IVA excluido) e incluye, además de los costes derivados de la aplicación de normativas laborales, aquellos que se derivan de la ejecución material de los servicios, los gastos generales de estructura y el beneficio industrial: (i) la opción eventual y posibles prórrogas del contrato; (ii) la cuantía de las primas o pagos a los licitadores cuando así se prevea (iii) las modificaciones contractuales.
El valor estimado incluye los requerimientos contemplados en el Artículo 101 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
VALOR ESTIMADO | |
LOTE | IMPORTE SIN IVA (€) |
Lote 1. CAMIÓN Cisterna 24 tn | 132.455,00 |
Lote 2. CAMIÓN Plataforma tipo tauliner 24 tn | 89.386,00 |
Lote 3. CAMIÓN de aspiración a vacío y gestión de residuos asociados | 106.990,00 |
Lote 4. CAMIÓN portacontenedores y gestión de residuos asociados | 63.390,00 |
Debido a la naturaleza del Acuerdo-Marco, no existe un programa de trabajos definitivo; éstos se llevarán a cabo en función de las necesidades de cada uno de los trabajos.
La adjudicación se realizará por precios unitarios siendo el importe de licitación, una estimación del presupuesto. En ningún caso EMGRISA tendrá la obligación de agotar en su totalidad el presupuesto, quedando limitado a las necesidades reales de la empresa.
EMGRISA únicamente generará obligación de pago por los servicios efectivamente realizados por las empresas que en cada caso hayan resultado adjudicatarias y formalmente declarados conformes por EMGRISA.
A todos los efectos, se entenderá que los precios unitarios ofertados por las empresas licitadoras incluyen todos los gastos que se produzcan hasta la entrega de los bienes en el lugar que designe EMGRISA, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, transportes internos y desplazamientos, honorarios del personal técnico a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos que sean de aplicación según las disposiciones vigentes en los casos que sea de aplicación.
16 IMPORTES DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS CELEBRADOS AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO
El precio de cada uno de los contratos específicos celebrados al amparo del Acuerdo Xxxxx será el que resulte en cada momento de la adjudicación de los mismos, e incluirá como partida independiente, el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En el precio de los contratos específicos se considerarán incluidos los demás tributos, tasas y cánones de cualquier índole, que sean de aplicación, así como todos los gastos que se originen para la persona adjudicataria como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en el presente pliego.
El importe global del conjunto de contratos específicos derivados no podrá ser superior al valor máximo estimado del Acuerdo Marco.
17 PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS: SOBRES
Las ofertas deberán ser entregadas en un único sobre cerrado, dirigidas a EMGRISA con anterioridad a las
10.30 a.m. horas del día 11 de julio de 2024 en las oficinas de EMGRISA sitas en la Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx X.x 00, 00000 xx Xxxxxx indicando en el sobre la referencia completa del expediente consignado en el anuncio de licitación y número de expediente, en horario de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes, no siendo admitidas todas aquellas que no obren en poder de EMGRISA a las 10.29 a.m. horas del último día del plazo, aun cuando hubieran sido enviadas por correo dentro del plazo y se hubiere justificado la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 159.4.c) de la LCSP.
Del mismo modo no se tendrán en consideración ninguna oferta que se haya recibido mediante procedimiento que no permita garantizar el secreto de esta hasta la celebración del acto de apertura.
Una vez entregada o remitida la correspondiente oferta, no podrá ser retirada, salvo motivo justificado y en todo caso antes del acto de apertura, momento a partir del cual, no será devuelta ninguna documentación presentada por los ofertantes hayan resultado o no adjudicatarios.
En general, cada licitador no podrá presentar más de una oferta. Sólo se permitirá presentar varias ofertas económicas cuando el licitador disponga de varias plantas de tratamiento con diferentes costes de explotación y precios de tratamiento. En ese caso, en las ofertas económicas deberán indicar específicamente la planta a la que se refieren los precios de tratamiento, así como su ubicación para el cálculo de la distancia al centro origen del residuo. Los licitadores no podrán suscribir otra oferta en agrupación temporal con otros empresarios si lo han hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por él suscritas.
Las ofertas se ajustarán a lo previsto en este Pliego y su presentación supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional de las cláusulas o condiciones incluidas en él y el de las prescripciones técnicas que rigen el presente contrato, y demás documentación contractual y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las cláusulas exigidas contratar con la Sociedad sin salvedad alguna. Todos los licitadores deben entregar la documentación contenida en los sobres en castellano.
Las ofertas de los licitadores constarán de 3 sobres que deberán introducirse en sobres independientes cerrados, numerados del 1 al 3, firmados por el interesado o persona que lo represente y en los que deberán
figurar el número de identificación del expediente de licitación, numero de sobre y denominación. En el interior de los sobres se deberá introducir un índice de la documentación aportada, que para cada sobre será la indicada a continuación.
Toda la información entregada por los licitadores en sus propuestas debe estar escrita en castellano. En caso de empresas extranjeras, los certificados u otra documentación administrativa a presentar, deberá de ser aportada en original, o copia con carácter de auténtica, y junto a la misma una traducción jurada al castellano.
En cada uno de los sobres se incluirá la documentación requerida en papel y en formato digital (CD, pendrive) teniendo en cuenta que, en este soporte, los documentos serán copia fiel de los presentados en papel, por lo que, en caso de que los documentos contengan firmas, deberán incluirse las mismas. En caso de discrepancia entre la información contenida en los distintos soportes utilizados, prevalecerá la que se presente en papel.
El plazo máximo, en el supuesto que fuera necesario subsanar será el día 16 de julio de 2023 a las 10.30 a.m. en el lugar y horario antes indicado.
Para formar parte el presente Acuerdo Xxxxx, los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia que a continuación se especifican.
Para los pedidos específicos no se exigirá ningún requisito adicional de solvencia económica o financiera, técnica o profesional salvo la de mantener actualizadas y en vigor las autorizaciones de gestor de residuos, las pólizas de seguros y encontrarse al corriente de pago con la Agencia Tributaria y Seguridad Social.
18 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
La documentación deberá ser suficiente para poder valorar la solvencia y cumplir con todos los requerimientos presentes, y en particular lo expresado en los siguientes puntos:
Las ofertas tendrán TRES (3) sobres:
18.1 SOBRE N.º 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE N.º 1
LOTES A LOS QUE CONCURRE
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO
EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F)
Datos de contacto (persona; teléfono y correo electrónico), fecha y firma
El sobre de documentación administrativa deberá contener, al menos, la documentación que se detalla en los subapartados siguientes. La documentación deberá estar ordenada y provista de su índice. De acuerdo con lo indicado en la cláusula 10 (PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS), se deberá incluir la documentación requerida tanto en formato papel como en digital (CD o pendrive), teniendo en cuenta
que las copias en digital de los documentos serán copia fiel de los presentados en papel, por lo que, en caso de que los documentos contengan firmas, éstas deberán figurar también en los archivos digitales correspondientes.
La documentación a aportar por los licitadores para acreditar su aptitud, capacidad y solvencia se detalla a continuación:
18.1.1 Aptitud, capacidad y solvencia para el contrato xxxxx.
Para formar parte del presente Acuerdo Marco, las personas empresarias deberán acreditar su capacidad y estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia que se especifican a continuación
18.1.1.1 Aptitud para contratar
Están facultadas para participar en esta licitación y suscribir, en su caso, el contrato correspondiente, las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que reúnan las siguientes condiciones: Tener capacidad de obrar, No estar incursa en alguna de las circunstancias de prohibición para contratar previstas en el art. 71 de la LCSP, acreditar la solvencia requerida en el presente pliego.
Asimismo, deberán tener la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del Acuerdo Marco.
En caso de personas jurídicas, las prestaciones objeto de este contrato deben estar comprendidas dentro de sus fines, objeto o ámbito de actividad, según resulta de sus estatutos o reglas fundacionales.
Para las empresas comunitarias, no comunitarias y uniones temporales, se estará a lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 69 de la LCSP, respectivamente,
Las personas empresarias que concurran agrupadas en uniones temporales quedarán obligadas solidariamente y deberán nombrar a una persona representante o apoderada única de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se Deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, deberán indicar los nombres y circunstancias de las que la constituyan y la participación de cada una, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del Acuerdo Marco.
Las circunstancias relativas a la capacidad, solvencia y ausencia de prohibiciones de contratar a las que se refieren los apartados anteriores, deberán concurrir en la fecha final de presentación de ofertas y subsistir en el momento de perfección del contrato.
Se deberá aportar una Declaración responsable que deberá estar firmada por los representantes en la que los licitadores pongan de manifiesto lo siguiente:
— No se encuentran comprendidos en ninguna de las circunstancias de incapacidad o de prohibición de contratar, que establece el Art. 71 del LCSP y que
— Tiene conocimiento de la normativa de EMGRISA, ubicado en el Portal de Transparencia en la página web de EMGRISA y hace constar su compromiso a cooperar de buena fe frente a todo posible incumplimiento que en su caso se pudiera detectar, y en especial que acepta trabajar siguiendo los requerimientos y protocolos de EMGRISA, o exigidos por el cliente final o propiedad, en materia de seguridad y salud.
— Cuenta con la habilitación empresarial o profesional exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del Acuerdo MarcoEl Órgano de contratación podrá comprobar en cualquier momento la veracidad y exactitud de esta declaración, estimándose su falsedad como causa de exclusión del concurso y, en su caso, de resolución del contrato.
Documento justificativo del alta, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, en el Impuesto de Actividades Económicas, referido al ejercicio corriente, o del último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exenta la entidad, deberá presentar el alta en el Impuesto, en los términos anteriores, y declaración responsable de estar exento.
Las empresas que hubieran participado previamente en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato o hubieran asesorado a EMGRISA durante la preparación del procedimiento pueden participar en la licitación, siempre que se garantice que su participación no falsea la competencia.
18.1.1.2 Capacidad de obrar de los oferentes
Las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras podrán acreditar su capacidad de obrar en los términos previstos en el artículo 84 del TRLCSP.
o Documentos acreditativos de la personalidad jurídica y capacidad.
a) Persona física: Los empresarios individuales deberán presentar fotocopia legitimada notarialmente del documento nacional de identidad o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
c) Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ante EMGRISA. Asimismo, señalan el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar adjudicatarias del contrato.
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos (Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas) o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones
comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estada en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. En estos supuestos habrán de presentar también una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitador o candidato.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con EMGRISA en forma sustancialmente análoga. En estos supuestos habrán de presentar también una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir el contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al licitador o candidato.
Las empresas deberán acreditar la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato
o Documentos que acrediten, en su caso, la representación.
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto y copia del documento nacional de identidad, o del que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
18.1.1.2.1 Solvencia para el acuerdo xxxxx
Para formar parte del presente Acuerdo Marco, las personas empresarias deberán acreditar estar en posesión de todas las condiciones mínimas de solvencia que se especifican a continuación:
18.1.1.2.2 Solvencia económica y financiera para contratar
Sólo podrán celebrar contratos con EMGRISA quienes acrediten estar en posesión de todas las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica determinados por el Órgano de Contratación en atención a lo dispuesto en la Ley, siendo estos los siguientes:
• Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual a una vez y media al valor estimado del contrato (para cada lote/lotes a los que concurra).
• Certificado emitido por la entidad bancaria de titularidad de cuenta bancaria.
• Certificado oficial de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con una antigüedad de emisión no superior a los 10 días anteriores a la presentación de la oferta.
• Certificado oficial de hallarse al corriente de las obligaciones de la Seguridad Social con una antigüedad de emisión no superior a los 10 días anteriores a la presentación de la oferta.
• Seguros de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El adjudicatario deberá disponer de una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil general asociada a la actividad objeto del contrato, con cobertura de riesgos profesionales por un importe mínimo de 600.000 euros.
Medio de acreditación tenencia del seguro: Se acreditará mediante la certificación de la compañía aseguradora donde consten los importes asegurados y la fecha de vencimiento del seguro o copia de la póliza, así como justificante de estar al corriente de pago de la misma (salvo que esto se indique en el certificado emitido por la compañía). En el caso de unión temporal, al menos uno de los miembros debe disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo indicado. Dicha póliza deberá mantenerse en vigor durante la duración del acuerdo marco.
Respecto a los Certificados oficiales de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, estos deberán presentarse con periodicidad anual durante la vigencia del Acuerdo Marco. Asimismo, con carácter anual, y durante la vigencia del Acuerdo Marco, deberá presentarse justificante de hallarse al corriente de pago de los seguros con la cobertura indicada. Será causa de resolución tanto la no presentación de los certificados como el incumplimiento de las obligaciones tributarias o de la seguridad social.
El cumplimiento de estas condiciones no limitará las responsabilidades de la licitadora, directivos, empleados, agente y subcontratistas, debiendo responder totalmente de los daños y perjuicios causados a EMGRISA o a terceros.
La solvencia técnica del empresario se acreditará mediante el cumplimiento de TODOS los requisitos siguientes:
o Relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe y destinatario (en ambos casos, en caso de no incurrir en conflictos de confidencialidad) público o privado y fechas, de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes o declaración jurada firmada por el oferente/representante.
o Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, acreditado mediante declaración jurada y firmada por el oferente/representante.
Si el licitador es una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años), su solvencia técnica se acreditará por el resto de los medios sin que en ningún caso sea aplicable lo relativo a la ejecución de un número determinado de servicios.
18.1.2 Aptitud, capacidad y solvencia para los contratos específicos.
Durante toda la vigencia del Acuerdo Marco, las empresas seleccionadas deberán mantener plena su aptitud para contratar con EMGRISA en cuanto a capacidad de obrar, solvencia económica y financiera, solvencia técnica o profesional y que no se encuentran incursas en causa de prohibición de contratar.
Las empresas seleccionadas deberán comunicar a EMGRISA las variaciones que afecten a su aptitud para contratar con EMGRISA relativas a su capacidad de obrar, prohibición de contratar y solvencia en el plazo máximo de cinco días hábiles desde que se produzca la variación.
La capacidad financiera y económica se deberá renovar y presentar a EMGRISA cada 12 meses.
No aplica
18.2 SOBRE N.º 2: DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE N.º 2
LOTES A LOS QUE CONCURRE
LOTE AL QUE CORRESPONDE ESTE SOBRE 2
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
CRITERIOS NO CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE
REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN Y NUMERO DE EXPEDIENTE.
LICITADOR: (Nombre y C.I.F)
Datos de contacto (persona y correo electrónico), fecha y firma
La documentación que deberá contener el sobre 2 se indica a continuación:
o Descripción de los medios empleados para garantizar la calidad y el correcto transporte de los residuos.
o Autorización administrativa o inscripción en registro de transportista de residuos en vigor que le habilite al transporte de todos los lotes a los que opte. Las empresas que opten a los lotes 3 y 4 deberán aportar autorización (propia o de terceros) de gestor de residuos en vigor que incluya los códigos LER recogidos en el Anexo I.
PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA EN EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN LA DOCUMENTACIÓN CONTENIDA EN ESTE SOBRE NO DEBE CONTENER NINGÚN DATO QUE PERMITA IDENTIFICAR A LA EMPRESA LICITADORA (A EXCEPCIÓN DE AQUELLA DOCUMENTACIÓN NOMINATIVA QUE SEA EXPLÍCITAMENTE REQUERIDA EN EL PLIEGO).
Se deberá incluir la documentación requerida tanto en formato papel como en digital (CD o pendrive), teniendo en cuenta que las copias en digital de los documentos serán copia fiel de los presentados en papel, por lo que, en caso de que los documentos contengan firmas, éstas deberán figurar también en los archivos digitales correspondientes.
La inclusión en el sobre 2 de la oferta económica, así como de cualquier información de la oferta de carácter relevante evaluable de forma automática y que, por tanto, se deba incluir en el sobre 3, comportará la exclusión de la empresa licitadora, cuando se vulnere el secreto de las ofertas o el deber de no tener conocimiento del contenido de la documentación relativa a los criterios de valoración objetiva antes de la relativa a los criterios de valoración subjetiva.
18.3 SOBRE N.º 3: PROPOSICIÓN ECONÓMICA
En forma bien visible, y sin que sea preciso para su lectura abrir el sobre, se consignará lo siguiente:
SOBRE N.º 3
LOTES A LOS QUE CONCURRE LOTE/S AL QUE CORRESPONDE EL SOBRE
CRITERIOS CUANTIFICABLES AUTOMATICAMENTE REFERENCIA COMPLETA DEL EXPEDIENTE CONSIGNADO
EN EL ANUNCIO DE LICITACIÓN Y NUMERO DE EXPEDIENTE. LICITADOR: (Nombre y C.I.F)
Datos de contacto (Persona y correo electrónico) fecha y firma
La propuesta económica deberá estar firmada por el representante legal de la empresa ofertante. Las cantidades recogidas en dicha propuesta deberán expresarse con y sin IVA y se presentará según el modelo de cuadro de precios incluido como Xxxxx X.
Los precios aportados serán fijos durante todo el periodo de validez del contrato (31/12/2025), aunque se podrían aplicar las revisiones trimestrales en el precio del transporte por carretera en función de la variación del precio del combustible recogidas en el Artículo 38 Real Decreto-ley 3/2022, de 1 xx xxxxx, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras siempre que estén debidamente justificadas y siempre que el citado Real Decreto-ley se encuentre en vigor.
No serán admitidas aquellas empresas que superen el valor estimado del lote al que se presenten.
Los ofertantes podrán ofertar cuantos lotes estimen oportuno, siendo requisito imprescindible que presenten propuesta económica para todos los residuos incluidos en el lote correspondiente.
Del mismo modo que en los sobres anteriores, la documentación deberá estar organizada y provista de un índice de contenido, debiéndose incluir la documentación requerida tanto en formato papel como en digital (CD o pendrive).
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá el licitador suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él presentadas.
No se aceptarán proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
19 APERTURA, EXAMEN, VALORACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
A efectos de la calificación de la documentación de carácter general administrativo aportada por los licitadores en el sobre 1 se procederá a su examen por el órgano de contratación en el día especificado en el cuadro resumen que figura en el anuncio de la licitación, dejándose constancia de su resultado en el acta que necesariamente deberá levantarse, y que contendrá las ofertas rechazadas por contener defectos no subsanables y la relación de las que contienen defectos susceptibles de subsanación.
Si el órgano de contratación observase defectos u omisiones subsanables se notificará en la dirección de correo electrónico que el licitador indique como datos de contacto en el sobre 1; concediendo un plazo para que se corrijan o subsanen los defectos u omisiones ante el órgano de contratación de contratación.
Tras el resultado de la calificación recogido en el acta levantada, se procederá del siguiente modo: En el supuesto de que se utilicen otros criterios de valoración además del precio.
o Se solicitará, en su caso, del equipo técnico de trabajo designado para asistir al órgano de contratación en la realización del análisis, estudio y valoración de la documentación técnica conforme a las condiciones de valoración técnica cuyo resultado se recogerá en el correspondiente informe. Dicho informe debe ser remitido a los miembros del órgano de contratación con anterioridad al día fijado para la apertura de las ofertas económicas, fecha que se habrá especificado en el Cuadro de Características.
o Si se ha exigido alcanzar un umbral mínimo de puntuación no se abrirán las proposiciones económicas de aquellos licitadores que no hubieran superado alguno de esos umbrales. La existencia de esos umbrales estaría en su caso recogida en el Cuadro de Características.
o El órgano de contratación podrá solicitar, antes de formular su propuesta y en los términos que estime pertinentes, cuantos informes técnicos considere precisos y se relacionen con el objeto de la oferta.
o El órgano de contratación a la vista del resultado de la calificación técnica y de los documentos aportados por los licitadores a los que se requirió subsanar defectos, acordará la relación definitiva de licitadores admitidos y excluidos o rechazados dejándose constancia de su resultado en el acta que necesariamente deberá levantarse sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. En caso de que el órgano de contratación conviniese un acuerdo de exclusión éste será notificado al licitador o licitadores afectados por escrito en la dirección de correo electrónico que el licitador indique como datos de contacto en el sobre 1.
El órgano de contratación, en sesión privada realizará la apertura de la oferta económica de los licitadores admitidos y la lectura de las correspondientes proposiciones económicas.
Por aplicación de los criterios de valoración económica que se recogen en las condiciones administrativas
particulares de cada licitación a cada oferta admitida y teniendo en cuenta la valoración técnica la unión de ambas determinará la valoración final de cada una de ellas y se procederá a su incorporación al informe técnico definitivo, ordenándose las ofertas por orden decreciente de valor, determinándose como oferta económicamente más ventajosa aquella que ha obtenido la mayor puntuación, la que será propuesta al Órgano de Contratación para que se acuerde en su favor ser la oferta más ventajosa.
Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal por su bajo importe en relación con la prestación, el órgano de Contratación recabará la información necesaria para determinar si efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la prestación y por ello debe ser rechazada, o, si, por el contrario, la citada oferta no resulta anormalmente baja, y por ello debe ser tomada en consideración para realizar el servicio. Para ello el órgano de Contratación solicitará al licitador por escrito las precisiones que considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica y sus justificaciones.
o Si en el plazo establecido en la comunicación no se recibieran las justificaciones, se considerará que la proposición no puede ser cumplida y, por tanto, la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de selección.
o Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, éstas serán sometidas al informe técnico del servicio correspondiente que será remitido al órgano de Contratación quien decidirá bien la aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha oferta.
El Órgano de Contratación podrá declarar desierta la licitación del Acuerdo Xxxxx si como resultado de la misma no fueran seleccionadas un mínimo de cuatro (4) empresas o en el caso de que se quedasen tres (3) o más lotes desiertos.
Empate entre varias ofertas
En cumplimiento en materia Social y Laboral de lo dispuesto en Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 147.2 LCSP, el empate entre varias ofertas tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
• Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad en la plantilla de cada una de las empresas.
• Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
• Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
20 CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para cada uno de los lotes, la valoración de las ofertas se realizará únicamente en base a criterios de adjudicación evaluables de forma automática, con un máximo de 100 puntos.
PRECIO DE TRANSPORTE O SERVICIO HASTA UN MÁXIMO DE 100 PUNTOS
La oferta económica constituye el criterio evaluable de forma automática y que representa hasta un máximo de 100 puntos. Se otorgará la máxima puntuación al licitador que formule el precio más bajo admisible, es decir, que no sea anormalmente bajo y que no supere el presupuesto base de licitación.
La asignación de la puntuación al resto de licitadores se realizará aplicando la siguiente fórmula:
Fórmula ponderativa: Vi= (Omin x Vmax) /Oi
Dónde:
Vi: Puntuación del licitador i; VMAX: Puntuación máxima (100);Oi : Oferta económica del licitador; O MIN: Oferta mínima presentada
Si un licitador presentara una oferta que iguale el presupuesto máximo de licitación, quedará admitida pero no obtendrá ninguna puntuación, por no tratarse de ninguna mejora económica. Si un licitador presentara una oferta superior al presupuesto base de licitación, quedará automáticamente excluida.
21 ADJUDICACIÓN DEL ACUERDO MARCO
Una vez recibida la documentación requerida y valorada la documentación recibida de la empresa o empresas licitadoras para formar parte del presente Acuerdo Marco, el Órgano de Contratación resolverá la selección de empresas y adjudicación del Acuerdo Marco y se iniciará el procedimiento de adjudicación de los encargos que se traten en cada momento entre las empresas adjudicatarias.
De esta forma, tras la elaboración de la programación de encargo de acuerdo a las necesidades que identifique EMGRISA, se asignará a los adjudicatarios los encargos en función de los siguientes criterios:
1. Condiciones económicas concretas para cada tipo de encargo.
2. Disponibilidad de los medios.
3. Disponibilidad temporal de los recursos en el periodo que los requiere EMGRISA.
La resolución deberá estar motivada y será notificada por correo electrónico a la dirección “habilitada” que las personas licitadoras o candidatas hubiesen designado al presentar sus proposiciones a las empresas adjudicatarias y restantes empresas licitadoras. Del mismo modo, será publicada en el perfil de contratante.
El órgano de contratación podrá desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
22 FORMALIZACIÓN DEL ACUERDO MARCO
El Acuerdo Xxxxx se perfecciona con su formalización y salvo que se indique otra cosa en su clausulado se entenderá celebrado en el lugar donde se encuentre la sede del órgano de contratación. El Acuerdo Marco
se formalizará en documento administrativo que se ajustará con exactitud a las condiciones de la licitación no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a las licitadoras o candidatas.
Los adjudicatarios quedarán obligado a suscribir el correspondiente documento administrativo de formalización del contrato.
El contrato incluirá como mínimo las siguientes menciones:
o La identificación de las partes
o La acreditación de la capacidad de los firmantes para suscribir el contrato
o La definición del objeto del contrato.
o Responsabilidades y obligaciones de las partes.
o Plazo de ejecución.
o Ejecución de los trabajos.
o Calidad de los trabajos.
o Penalizaciones: incumplimientos.
o Seguros.
o Precio y forma de pago.
o Ordenes de suspensión y modificación
o Impuestos
o Confidencialidad y protección de datos.
o Personal. Obligaciones sociales y laborales del contratista.
o Obligaciones fiscales del contratista.
o Seguridad y salud laboral
o Obligaciones del adjudicatario en materia de medioambiente.
o Fuerza mayor.
o Resolución del contrato
o Documentos contractuales
x Xxx aplicable y jurisdicción
o Vigencia del contrato
23 ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS (PEDIDOS ESPECÍFICOS) AL AMPARO DEL ACUERDO XXXXXx
Al amparo del Acuerdo Xxxxx EMGRISA celebrará contratos conforme a sus necesidades durante el período de vigencia del mismo siguiendo el procedimiento que se detalla en el presente apartado.
Durante la vigencia del presente Acuerdo Marco, en función de las necesidades concretas de cada servicio, EMGRISA podrá pedir a una o varias de las empresas adjudicatarias del acuerdo la ejecución los trabajos. La consulta no supondrá una nueva licitación.
23.1 CRITERIO DE ADJUDICACIÓN DE LOS PEDIDOS ESPECÍFICOS PARA LOS ADJUDICATARIOS DEL ACUERDO XXXXXx
Independientemente del número de adjudicatarios con los que se concluya el acuerdo marco, la selección de adjudicatarios, para cada uno de los lotes, se efectuará sin una nueva licitación, en base a los criterios precio de transporte/servicio y disponibilidad temporal para la realización del servicio.
De manera previa a la firma del contrato basado, la empresa más ventajosa será informada mediante correo electrónico del servicio de transporte a realizar, incluyendo el tipo y la cantidad estimada de residuos a transportar y las ubicaciones de las instalaciones de carga y descarga así como la fecha propuesta para su realización, disponiendo esta de un (1) día hábil, a contar desde el día siguiente a la comunicación por parte de EMGRISA, para confirmar por la misma vía (correo electrónico) su disponibilidad para realizar el servicio.
En el caso de no poder realizarlo, se informará por correo electrónico al segundo mejor valorado, disponiendo este, igualmente, de un (1) día hábil, a contar desde el día siguiente a la comunicación por parte de EMGRISA, para confirmar por la misma vía su disponibilidad para realizar el servicio. Y así, sucesivamente.
Una vez concluida esta fase, se propondrá la adjudicación del correspondiente pedido basado en el acuerdo marco. Cada pedido se adjudicará al licitador o licitadores mejor valorados.
Las empresas a las que se les solicite la prestación de un servicio objeto del Acuerdo marco estarán obligadas a presentarla. Si se incumple esta obligación en tres o más ocasiones, se podrá excluir al adjudicatario del Acuerdo Marco.
24 GARANTÍA DEFINITIVA Y PLAZO
No aplica.
No se considera necesario establecer una garantía definitiva (ni en el establecimiento del Acuerdo Marco ni tampoco en los contratos derivados del mismo) en virtud del artículo 107 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público al tratarse de prestaciones cuya entrega se realiza con anterioridad al pago de los mismos. Por otro lado, al establecerse una facturación de carácter mensual, la no conformidad a la misma supone una retención del pago como garantía para la correcta ejecución del servicio objeto del contrato.
25 SUBCONTRATACIÓN
En las comunicaciones de subcontratación, la empresa licitadora deberá indicar en su oferta el porcentaje del servicio que va a subcontratar y nominar a la empresa subcontratada o/y actividad a subcontratar.
Estas subcontrataciones estarán autorizadas, siempre y cuando EMGRISA dé su consentimiento a las mismas.
26 FORMA DE PAGO
La facturación se realizará en función del trabajo realmente ejecutado, valorado a los precios ofertados. En ningún caso EMGRISA tendrá la obligación de agotar en su totalidad el presupuesto ni el plazo, quedando limitado a las necesidades reales de la empresa.
Los días de pago son los días 10 y 25 de cada mes, lo que deberá tenerse en cuenta para los plazos de pago. El pago se realizará a SESENTA (60) días fecha factura.
Los pagos se realizarán en EUROS, mediante transferencia bancaria, desde una cuenta corriente de EMGRISA domiciliada en Madrid (España), por lo que todas las facturas deberán indicar:
• Titular de la cuenta
• Nombre del banco
• IBAN o codificación unívoca equivalente.
• SWIFT o BIC (Cuando aplique)
Todas las facturas que se emitan deberán remitirse por correo electrónico a xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx y contener los siguientes datos obligatoriamente:
• Código de proyecto y/o de pedido.
• Referencia al acuerdo marco EMG 111/24 y Lote correspondiente.
• Nº de factura o serie.
• Fecha de expedición.
• Nombre y apellidos, razón o denominación social
• Número de Identificación Fiscal
• Descripción de la/s operación/es.
• Tipo impositivo o exención del mismo si procede.
• La cuota tributaria que, en su caso se repercuta, que deberá consignarse por separado.
El importe de las penalizaciones, si existiesen, se harán efectivas mediante la correspondiente deducción en la siguiente factura emitida por la empresa adjudicataria. EMGRISA informará de la aplicación de dicha
penalización al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria, para que se contemple dicha deducción por este concepto en la correspondiente factura
27 CONFIDENCIALIDAD
Los adjudicatarios podrán designar como confidenciales alguno o algunos de los documentos aportados, en particular aquellos relacionados con secretos técnicos o comerciales. Esta circunstancia deberá reflejarse claramente en el propio documento designado como tal.
Cuando así se le comunique al adjudicatario, éste estará obligado a guardar confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no habiendo sido públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato, o que hubiera conocido con ocasión de su ejecución. Dicho carácter de confidenciales existirá, en todo caso, respecto de toda aquella información que, por su propia naturaleza, deba ser tratada como tal.
28 PENALIZACIONES: INCLUMPLIMIENTO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo hubiere incumplido las obligaciones contractuales EMGRISA ejecutará las siguientes penalizaciones por incumplimiento:
28.1 INCUMPLIMIENTO DE LOS TRABAJOS OBJETO DE CONTRATO
Se aplicará una penalización correspondiente al veinte (20%) por ciento del importe total del contrato específico (pedido) por el incumplimiento de cualquiera de las tareas objeto del contrato. EMGRISA informará de esta situación al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria para que, en el plazo máximo de dos (2) días, alegue lo que considere oportuno.
Una vez recibidas las alegaciones por parte de EMGRISA, en caso de desestimarlas, en el plazo máximo de cuatro (4) días, informará sobre la aplicación de dicha penalidad o sobre la rescisión anticipada del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor de la empresa adjudicataria. Las comunicaciones entre EMGRISA y la empresa adjudicataria se realizarán siempre por escrito.
Las penalidades por incumplimiento de los trabajos, en caso de superar el veinte (20%) por ciento del importe total del contrato, habilitarán a EMGRISA para proceder a la rescisión anticipada del contrato.
28.2 EJECUCIÓN DEFECTUOSA DE LOS TRABAJOS
Se aplicará una penalidad xxx xxxx (20%) por ciento del importe total del pedido concreto por la ejecución defectuosa de los trabajos. EMGRISA informará de esta situación al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria para que, en el plazo máximo de dos (2) días, alegue lo que considere oportuno.
Una vez recibidas las alegaciones por parte de EMGRISA, en caso de desestimarlas, en el plazo máximo de cuatro (4) días, informará sobre la aplicación de dicha penalidad o sobre la rescisión anticipada del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor de la empresa adjudicataria. Las comunicaciones entre EMGRISA y la empresa adjudicataria se realizarán siempre por escrito.
Las penalidades por ejecución defectuosa de los trabajos en caso de superar el veinte (20%) por ciento del importe del contrato, habilitará a EMGRISA para proceder a la rescisión anticipada del contrato.
28.3 XXXX EN LA ENTREGA DE LOS TRABAJOS
Se aplicará una penalidad xxx xxxx (10%) por ciento del importe total pedido concreto cuando se produzca, por causas imputables a la empresa adjudicataria, un retraso en la entrega de los trabajos. EMGRISA informará de esta situación al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria para que, en el plazo máximo de dos (2) días, alegue lo que considere oportuno.
Una vez recibidas las alegaciones por parte de EMGRISA, en caso de desestimarlas, en el plazo máximo de cuatro (4) días, informará sobre la aplicación de dicha penalidad o sobre la rescisión anticipada del contrato, sin derecho a indemnización alguna a favor de la empresa adjudicataria. Las comunicaciones entre EMGRISA y la empresa adjudicataria se realizarán siempre por escrito.
Las penalidades por ejecución defectuosa de los trabajos en caso de superar el veinte (20%) por ciento del importe del contrato, habilitará a EMGRISA para proceder a la rescisión anticipada del contrato.
28.4 EJECUCIÓN DE LAS PENALIZACIONES
Las penalidades mencionadas se harán efectivas mediante la correspondiente deducción en la siguiente factura emitida por la empresa adjudicataria. XXXXXXX informará de la aplicación de dicha penalidad al coordinador nombrado por la empresa adjudicataria, para que se contemple dicha deducción por este concepto en la correspondiente factura, de no ser así, EMGRISA se reserva el derecho a aplicar dicha penalización en la última factura emitida por el contratista.
28.5 COMUNICACIÓN DE LAS PENALIZACIONES
Las comunicaciones por escrito se realizarán al correo electrónico facilitado por el contratista, siendo responsabilidad del mismo el mantenimiento de dicha cuenta, así como la consulta y lectura de los correos emitidos. En el caso de cambiar la dirección de correo electrónico, el contratista deberá de notificarlo por escrito a EMGRISA (xxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xxx), en caso de no hacerlo las comunicaciones emitidas al correo facilitado tendrán la consideración de comunicación escrita a los efectos de oportunos.
En caso de incumplimiento por parte del contratista, de sus obligaciones con la Seguridad Social, abono de salarios a sus trabajadores en el caso de empresas y obligaciones en materia de PRL, se podrá rescindir anticipadamente el contrato, así como realizar retenciones en concepto de penalización en las facturas emitidas.
29 EXTINCIÓN DEL ACUERDO MARCO Y CONTRATOS ESPECÍFICOS
El Acuerdo Xxxxx y sus contratos específicos se extinguen por cumplimiento o resolución.
29.1 EXTINCIÓN POR CUMPLIMIENTO.
El Acuerdo Xxxxx y contratos específicos se extinguen por el cumplimiento de las personas contratistas de la totalidad de la prestación, cumplido el plazo de vigencia del Acuerdo Marco, de acuerdo con las condiciones establecidas en el mismo.
29.2 EXTINCIÓN POR RESOLUCIÓN DEL ACUERDO MARCO.
Además de las generales previstas en el derecho privado, y las previstas en las Instrucciones Internas de Contratación de EMGRISA, serán causas que posibiliten la resolución del presente contrato, las siguientes:
• El mutuo acuerdo de las partes, con los efectos que en el mismo se establezcan.
• El incumplimiento por parte del adjudicatario de cualesquiera de las estipulaciones del presente contrato.
• El incumplimiento por parte del adjudicatario del plazo y/o programa de trabajo establecido, con independencia de las penalizaciones que sean aplicables.
• El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones laborales o de las normas de Seguridad y Salud.
• La falta de presentación o renovación de la acreditación de solvencia económica/financiera con la periodicidad establecida
• Incumplimiento de normas y/o especificaciones.
• La suspensión de los trabajos objeto de este contrato por un plazo superior a una semana, debido a actos u omisiones imputables al adjudicatario.
• La extinción de la personalidad jurídica de cualquiera de las partes, salvo en los supuestos de fusión de empresas.
• La declaración de concurso de acreedores de cualquiera de las partes contratantes, sin perjuicio de los derechos y acciones que a cada una puedan corresponder, así como el embargo judicial o administrativo de bienes utilizados en las obras o destinados a las mismas.
• La notificación a EMGRISA o a sociedades de su grupo de embargos judiciales, administrativos o tributarios contra el adjudicatario.
• El incumplimiento injustificado por EMGRISA de la obligación del pago de facturas.
Cualquiera de las causas de resolución antedichas, a excepción del mutuo acuerdo, dará derecho a la otra parte, que no hubiese incurrido en ella o no la hubiese provocado, a resolver el contrato, sin más requisito que la simple comunicación por escrito a la otra parte, así como a la indemnización de los daños y perjuicios derivados tanto del incumplimiento como de la resolución.
EMGRISA podrá dejar de hacer efectivas las cantidades pendientes de pago hasta establecer la liquidación de los trabajos efectuados hasta dicho momento y del saldo resultante se detraerán el importe estimado de
los daños y perjuicios que XXXXXXX haya sufrido o pueda sufrir como consecuencia de la resolución en sí y de las causas que la hayan motivado.
Si el saldo resultante de la liquidación no bastara para cubrir estos gastos, daños y perjuicios, EMGRISA procederá a reclamar al adjudicatario la diferencia por las vías que estime más oportunas.
Todo lo anterior, se entiende sin perjuicio de las responsabilidades del adjudicatario frente a EMGRISA y la Propiedad por razón de los trabajos que hubiera realizado hasta el momento de la resolución
La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del adjudicatario, en su caso, mediante procedimiento tramitado en la siguiente forma:
o Informe del responsable técnico del contrato.
o Propuesta del órgano de contratación.
o Audiencia del Adjudicatario por plazo xx xxxx días naturales, caso de propuesta de oficio.
o Acuerdo de resolución, en su caso, del órgano de contratación.
En los casos de resolución por incumplimiento culpable al adjudicatario, éste deberá indemnizar a EMGRISA los daños y perjuicios ocasionados.
Cuando la resolución del contrato sea por causas imputables al contratista EMGRISA. ejecutará, si así procediese y a su sola discreción, la fianza/garantía constituida haciendo suyo su importe. En ese momento EMGRISA tomará posesión de los trabajos realizados
30 DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DEL CONTRATO
Los Derechos y obligaciones derivados de este contrato serán los que establecen este Pliego, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y demás normas sobre contratación con el Sector Público.
El adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se hubiese dado el referido carácter, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.
Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del contrato, el empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, seguridad social, y seguridad y salud en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario no implicara responsabilidad alguna para la sociedad EMGRISA.
En todo aquello que no se encuentre expresamente previsto en el Pliego, será de aplicación lo establecido en las Instrucciones Internas de Contratación de EMGRISA.
ANEXO I
MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
MODELO DE ANEXO I
D/Dña. _con N.I.F. nº en su condición de apoderado de la sociedad _, con C.I.F. N.º _ y domicilio fiscal en
, declara que, habiendo tenido conocimiento de las condiciones y los requisitos que se exigen para poder ser empresa adjudicataria del contrato para llevar a cabo la celebración de Acuerdo Marco de prestación de servicios de transporte de residuos para la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A., S.M.E,
M.P. con expediente nº EMG 1XX/24 LOTE XX, se compromete a ejecutarlo con estricta sujeción a los requisitos y condiciones estipulados en los pliegos y en el mismo contrato, por la cantidad total de [XXXXXXXXXXXXXXXXXX] (el letras y en números) IVA NO INCLUIDO correspondiendo éste al PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN PARA EL LOTE …
Lote 1. CAMIÓN Cisterna 24 tn | |||||||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Coste unitario (con IVA) | Total con IVA (€) |
Xxxxxxx de San Xxxx | Guarromán | Requiere bomba de aspiración | Porte | 15 | 0,00 | ||
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte | 10 | 0,00 | ||
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 10 | 0,00 | |||
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Porte | 20 | 0,00 | |||
Xxxxxx | Xxxxxxxxx | Porte | 20 | 0,00 | |||
Mérida | Guarromán | Porte | 8 | 0,00 | |||
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | 10 | 0,00 | |||
Santiago del Campo | Casarrubios del Monte | Porte | 30 | 0,00 | |||
Guareña | Casarrubios del Monte | Requiere bomba de aspiración | Porte | 50 | 0,00 | ||
TOTAL LOTE 1 (IVA incluido) | 0,00 | ||||||
Lote 2. CAMIÓN Plataforma tipo tauliner 24 tn | |||||||
Localidad origen | Localidad destino | Especificaciones particulares | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Coste unitario (con IVA) | Total con IVA (€) |
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 30 | 0,00 | |||
Xxxxxxx de San Xxxx | Getafe | Requiere ADR | Porte | 10 | 0,00 | ||
Xxxxxxx de San Xxxx | As Somozas | Porte | 20 | 0,00 | |||
Xxxxxxx de San Xxxx | Xxxxxxx de San Xxxxxxx | Porte | 5 | 0,00 | |||
Xxxxxx | Xxxxx de la Frontera | Porte | 10 | 0,00 | |||
Mérida | Casarrubios del Monte | Porte | 10 | 0,00 | |||
Mérida | Getafe | Porte | 5 | 0,00 | |||
Mérida | As Somozas | Porte | 8 | 0,00 | |||
Mérida | Nerva | Porte | 8 | 0,00 | |||
Xxx Xxxxxx | Xxxxxxxxxxx del Monte | Porte | 10 | 0,00 | |||
Villacañas | Jerez de la Frontera | Porte | 6 | 0,00 | |||
Cañaveral | Xxxxxxx xx Xxxxxxxxx | Porte | 10 | 0,00 | |||
TOTAL LOTE 2 (IVA incluido) | 0,00 | ||||||
Lote 3. CAMIÓN de aspiración a vacío y gestión de residuos asociados | |||||||
Servicio | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Coste unitario (con IVA) | Total con IVA (€) | ||
Vaciado y limpieza de fosa séptica en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Ud | 70 | 0,00 | ||||
Tratamiento del residuo LER 200203 Lodos de Fosa séptica | Tn | 2.000 | 0,00 | ||||
Tratamiento del residuo LER 190805 Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas | Tn | 1.000 | 0,00 | ||||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 20 m3 | Hora | 200 | 0,00 | ||||
Hora de desplazamiento y trabajo camión de aspiración a vacío de 80 m3 | Hora | 100 | 0,00 | ||||
TOTAL LOTE 3 (IVA incluido) | 0,00 | ||||||
Lote 4. CAMIÓN portacontenedores y gestión de residuos asociados | |||||||
Servicio | Unidad | Cantidad estimada | Coste unitario (sin IVA) | Coste unitario (con IVA) | Total con IVA (€) | ||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 7 ó 10 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | 80 | 0,00 | ||||
Suministro, cambio o retidara de contenedor de 30 m3 en instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores | Ud | 20 | 0,00 | ||||
Traslado de contenedor de 30 m3 desde instalación industrial ubicada en el término municipal de Cinco Casas (Ciudad Real) con camión portacontenedores hasta El Xxxxxxxxx | Ud | 30 | 0,00 | ||||
Alquiler mensual contenedor 7 ó 10 m3 | Contenedor | 180 | 0,00 | ||||
Alquiler mensual contenedor 30 m3 | Contenedor | 100 | 0,00 | ||||
Tratamiento del residuo LER 170202 Vidrio (con tierra) | Tn | 150 | 0,00 | ||||
Tratamiento del residuo LER 170201 Madera | Tn | 10 | 0,00 | ||||
Tratamiento del residuo LER 170203 Plásticos | Tn | 12 | 0,00 | ||||
TOTAL LOTE 4 (IVA incluido) | 0,00 |