PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Organismo Contratante: UNIVERSIDAD NACIONAL DEL LITORAL
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Contratación Directa 115/2016
Clase: Sin Clase
Modalidad: Sin Modalidad
Motivo contratación directa: Por Monto - hasta $ 1.300.000
Expediente: EXP : 655469/2016
Objeto de la contratación: Compra de autoclave para la FBCB
Rubro: Equipos
Lugar de entrega único: FBCB - Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas (Ciudad
Universitaria (3000) SANTA FE, Santa Fe)
Retiro xxx xxxxxx | Consulta xxx xxxxxx |
Dirección: Xx. Xxxxxxxxxx 0000, (0000), XXXXX XX, Xxxxx Xx Xxxxx y horario: de 7:30 a 13:30 durante el período de presentación de ofertas. Costo xxx xxxxxx: $ 0.00 | Dirección: Xx. Xxxxxxxxxx 0000, (0000), XXXXX XX, Xxxxx Xx Xxxxx y horario: de 7:30 a 13:30 durante el período de presentación de ofertas. |
Presentación de ofertas | Acto de apertura |
Dirección: Xx. Xxxxxxxxxx 0000, (0000), XXXXX XX, Xxxxx Xx Fecha de inicio: 06/12/2016 Fecha de 15/12/2016 a las 11:00 hs. finalización: | Lugar/Dirección: Xx. Xxxxxxxxxx 0000 - 0x Xxxx xxx Xxxx, (0000), XXXXX XX, Xxxxx Xx Xxx y hora: 15/12/2016 a las 11:00 hs. |
RENGLONES
Renglón | Descripción | Unidad de medida | Cantidad |
1 | Autoclave con ciclos de esterilización clase B pre-programados de ejecución automática, que puedan re-programarse. Deben poseer control digital de tiempo y temperatura, monitoreo continuo de presión, vacío y temperatura de trabajo, algún tipo de indicación ya sea visual y/o auditiva de nivel de agua, puerta cerrada, cancelación y finalización de ciclo y sistemas de seguridad activados automáticamente por excesos de presión y temperatura. Como característica fundamental se requiere el pre y post vacío en el proceso. Característica Técnicas: - Temperatura de esterilización programable entre 105 y 137ºC. - Programa - usuario: que pueda ser modificado y grabado desde el panel de control. - Ciclos de esterilización pre-programados de ejecución automática. - Pre-vacío y pos vacío multifraccionado. - Vacuómetro para indicar el nivel de vacío. - Alarma visual y auditiva de finalización de ciclo. - Alta precisión de control de temperatura con resolución de 0.1ºC. - Monitoreo permanente de presión, temperatura y etapas de ciclo. - Sistemas de seguridad activados por exceso de presión, temperatura o tiempo. - Cierre de seguridad que impida la apertura de la puerta con el autoclave presurizado. - Cámara de esterilizado, bandejas, y mano de extracción construidas en acero inoxidable quirúrgico. Tipo: Vertical Dimensiones de la cámara: Ø 38 cm. Capacidad aproximada: entre 60 y 80 litros. Dimensiones exteriores aproximadas: (Frente x Altura x Prof.) 66x94.6x65cm Tensión de alimentación 230V/50Hz Consumo de potencia 4000- 5000W Consumo de corriente 15-20ª | UNIDAD | 1.00 |
CLAUSULAS PARTICULARES
ARTÍCULO 1: Normativa aplicable
Rigen para la presente contratación: el Decreto N° 1.023/01 y sus modificaciones, el Régimen de Compras y Contrataciones (aprobado por Res. CS Nº 392/12 y modificatorias), las normas que se dicten en consecuencia del mencionado régimen, Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la oferta, las muestras que se hubieran acompañado, la adjudicación,la orden de compra, de venta o el contrato, sin perjuicio de la aplicación directa de las normas del Título III de la Ley 19.549 y sus modificaciones en cuanto fuere pertinente, la ley Nº 25.551 ("Compre Trabajo Argentino", Decreto Reglamentario Nº 1600/02 y demás disposiciones legales en vigor sobre la materia). Supletoriamente se aplicarán las normas de derecho privado por xxxxxxxx.Xx citada normativa puede obtenerse del sitio web de la UNL (xxx.xxx.xxx/xx).
ARTÍCULO 2: Presentacion de ofertas
Los sobres conteniendo las propuestas serán abiertos en la Dirección de Compras y Contrataciones
de la Universidad Nacional del Litoral - Xx. Xxxxxxxxxx 0000, 0xx. Xxxx - (0000) Xxxxx Xx, el día del acto de apertura previsto, y si ese día fuera inhábil será diferido el acto para el primer día laborable siguiente a la misma hora.
Los sobres de las ofertas se recepcionarán exclusivamente en el lugar y la dirección citados en el párrafo anterior; la UNL no se responsabiliza por la entrega de los mismos en otra dependencia, sin derecho a reclamo alguno por parte del oferente, en caso de no cumplir con esta obligación.
Las consultas y/o modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones Particulares deberán efectuarse por escrito, como mínimo hasta 72hs antes de la fecha fijada para la apertura, en la Dirección de Compras y Contrataciones o a la siguiente dirección de correo electrónico: xxxxxxx@xxx.xxx.xx
En oportunidad de realizar una consulta y/o modificación al pliego, los consultantes que no lo hubieran hecho con anterioridad, deberán suministrar obligatoriamente su nombre o razón social, domicilio, fax y dirección de correo electrónico en los que serán válidas las comunicaciones que deban cursarse hasta el día de apertura de las ofertas.
No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquéllas que se presenten fuera de término.
ARTÍCULO 3: Oferta
1- Las propuestas deberán ser dirigidas al lugar indicado ut supra.
La propuesta COMPLETA deberá ser presentada en ORIGINAL y COPIA en sobres separados, identificándose cada uno de ellos con la leyenda “ORIGINAL” o “COPIA”, según corresponda. Ambos sobres serán introducidos en uno que contenga los datos completos de la contratación (Nº de expediente - Nº de contratación - fecha y hora de apertura-DATOS COMPLETOS DEL OFERENTE). En caso de haber diferencias entre el original y la copia se estará a la oferta realizada en el original sin derecho a reclamo alguno por parte del oferente, siendo exclusiva responsabilidad de este la discordancia entre las mismas. La falta de presentación de la “Copia” no es causal de desestimación de la oferta.
CONTENIDO DE LA OFERTA:
1) Propuesta económica - Anexo I
2) Garantía oferta: 5% del mayor monto presupuestado (Siempre y cuando resulte obligatoria su presentación, cuando la mayor oferta presentada supere los $100.000.-)
LOS PUNTOS 1) y 2) DEBERÁN CUMPLIMENTARSE AL MOMENTO DE PRESENTAR LA OFERTA, CASO CONTRARIO, SERA CAUSAL DE DESESTIMACIÓN DE LA MISMA SIN DERECHO A RECLAMO ALGUNO POR PARTE DEL OFERENTE.
3) Constancia Inscripción Sistema de Información de Proveedores de la UNL y/o SIPRO, o pre inscripción, De acuerdo a lo reglamentado en el art. 202 del RCyC de la UNL - Tramitar por: xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx - link: “proveedores”.
4) Copia constancia inscripción AFIP
5) Certificado Fiscal Vigente (Obligatoria su presentación para aquellas ofertas que superen los $ 50.000.-)
6) Declaración jurada (Anexo) mediante la cual se acredita la calidad y tipo de empresa y si los bienes son o no de origen nacional, en cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 25551 ("Compre Trabajo Argentino") y Decreto Reglamentario Nº 1600/02.
LA FALTA DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SOLICITADA en los puntos 3) a 6) ACARREA LA DESESTIMACIÓN DE LA OFERTA, NO OBSTANTE SE OTORGA UN PLAZO DE DOS (2) DIAS HÁBILES A PARTIR DE LA COMUNICACIÓN PARA SU PRESENTACIÓN.
LA OFERTA ESPECIFICARÁ:
a) El precio unitario y cierto (IVA Y FLETE INCLUÍDO), en números, con referencia a la unidad de medida establecida en las cláusulas particulares, el precio total del renglón, en números, las cantidades ofrecidas y el total general de la oferta, expresado en letras y números, determinados en PESOS
En caso de que los bienes sean de origen NACIONAL NO PODRÁ COTIZARSE LOS MISMOS EN MONEDA EXTRANJERA, se aceptará únicamente en PESOS (IVA y flete incluidos)
Sólo se aceptaran cotizaciones en MONEDA EXTRANJERA cuando los bienes cotizados no sean de fabricación nacional, los precios unitarios igualmente deben incluir IVA Y FLETE.
Las cotizaciones en moneda nacional no podrán referirse, en ningún caso, a la eventual fluctuación de su valor (de ser IVA EXENTO aclarar tal situación).
No se admitirá bajo ningún concepto que los citados montos contengan condiciones de reajuste según la variabilidad de la cotización de moneda extranjera.
EL PRECIO COTIZADO SERÁ EL PRECIO FINAL QUE PAGARÁ EL ORGANISMO LICITANTE.
b) El proponente podrá formular oferta por todos los renglones o por algunos de ellos.
Después de haber cotizado por renglón, podrá efectuar un descuento el el precio, por el total de los renglones o por grupo de renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.
c) Las micro, pequeñas y medianas empresas, podrán presentar ofertas por parte del renglón, en un porcentaje que no podrá ser inferior veinte por ciento (20%) ni superior al treinta y cinco por ciento (35%) del total del renglón.
d) El organismo Licitante optará si se adjudica por renglón o en forma global de acuerdo a sus necesidades y conveniencias, no generando ello derecho a reclamo alguno por parte de los oferentes.
e) El origen del producto cotizado se indicará en el Anexo Adjunto debiendo identificarse por renglón de acuerdo a lo solicitado en el mismo.
f) La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación de las cláusulas que rigen el llamado a contratación, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos con la oferta.
ARTÍCULO 4: Alternativas/Variantes
Se acepta la presentación de ofertas alternativas y variantes
ARTÍCULO 5: Consultas varias
Por consultas técnicas comunicarse con Xxxxxxxxx Xxxxxxx - xxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxx.xxx
Cualquier consulta administrativa debe realizarse exclusivamente via e-mail (xxxxxxx@xxx.xxx.xx) o personalmente.
ARTÍCULO 6: Vista de las actuaciones
Toda persona que acredite algún interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a una contratación, desde la apertura de las ofertas hasta la finalización del contrato, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas.
Las “copias” de las ofertas serán exhibidas a los oferentes por el término de DOS (2) días, contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de la apertura. Los oferentes podrán solicitar copias a su xxxxx.
ARTÍCULO 7: Mantenimiento de la oferta
Los proponentes mantendrán sus ofertas por el término de sesenta (60) días CORRIDOS a contar desde la fecha de la apertura que se indica en el punto 2º. Si el oferente no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima xx xxxx (10) días al vencimiento del plazo estipulado, aquella se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente.
ARTÍCULO 8: Comunicaciones
Deberá tomarse como comunicación FEHACIENTE del Dictamen de Evaluación y adjudicación las realizadas por la Universidad personalmente, por acceso directo de la parte interesada, por presentación espontánea de la misma, por cédula, por carta documento, por correo postal, por FAX, CORREO ELECTRÓNICO, mediante difusión en el sitio de internet de la UNL y/o de la ONC (art. 47 del RCyC), dirigida a la dirección de correo electrónico, número de fax o domicilio indicado por el oferente en su presentación, para ello deberá detallar en forma clara los siguientes datos: Domicilio completo – fax/Te- e mail- Estos datos constituirán el lugar y/o dirección donde la UNL realizará las notificaciones de la presente licitación a los oferentes o adjudicatarios, los mismos deberán responsabilizarse por la presencia de personal durante los horarios establecidos para el comercio. LAS PREADJUDICACIONES Y ADJUDICACIONES SE COMUNICARÁN EN LA PÁGINA WEB DE LA UNIVERSIDAD (xxx.xxx.xxx.xx), sin
derecho a reclamo alguno por parte de los oferentes.
ARTÍCULO 9: Criterios de evaluacion
A los fines de evaluar las ofertas se considerará 1º) los aspectos técnicos solicitado y 2º) cotizaciones económicas
ARTÍCULO 10: Analisis de ofertas
La adjudicación se realizará en favor de la oferta más conveniente para la UNL, teniendo en cuenta los criterios de evaluación establecidos en el presente PBCP.
ARTÍCULO 11: Impugnaciones
El Régimen de Compras y Contrataciones de la UNL, prevé que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de dos (2) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNL. Se resolverá con el acto administrativo de adjudicación.
En el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato.
Si no se aconsejare la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.-
Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario)
t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificación.
ARTÍCULO 12: Reconocimiento de cargos
La Universidad no reconocerá ningún gasto que no esté taxativamente indicado en la oferta.
ARTÍCULO 13: Clausulas adicionales
No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que modifiquen o condicionen las cláusulas estipuladas en el presente PBCP y/o implique apartarse de la filosofía aplicada.
ARTÍCULO 14: Revocacion del procedimiento
La Universidad se reserva el derecho de dejar sin efecto unilateralmente el procedimiento de contratación en cualquier momento anterior al perfeccionamiento del Contrato.
ARTÍCULO 15: Multas/Penalidades
En caso de que la Unidad Requirente acepte, a pedido del adjudicatario, la prórroga del plazo de entrega estipulado, se aplicará, en forma automática una multa xxx xxxx coma cinco (0,5) por ciento del valor de lo satisfecho fuera de término por cada diez (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de cinco (5) días hábiles. La entrega de la mercadería fuera de los plazos estipulados contractualmente acarrea la aplicación de idéntica multa. Dicha penalidad se afectará de oficio a las facturas al cobro emergente del contrato o de otros contratos pendientes con la UNL.
ARTÍCULO 16: Rescision
La Universidad se reserva la facultad de rescindir el contrato para el supuesto de que el adjudicatario incurra en incumplimientos de cualquiera de las obligaciones a su cargo, pudiendo exigir indemnización de daños y perjuicios.
Si a criterio de la UNIVERSIDAD no correspondiere la continuación o prosecución de este contrato, operará la resolución del mismo de pleno derecho. La UNIVERSIDAD no abonará indemnización alguna por ningún concepto, pudiendo exigir a LA CONTRATANTE los que se originen en su incumplimiento.
ARTÍCULO 17: Lugar de entrega
El equipamiento ofrecido deberá ser nuevo y entregarse libre de TODO gasto dentro de los treinta (30)) días hábiles de recibida la orden de compra en: Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas- Ciudad Universitaria - Xxxxxx Xx Xxxx - (0000) Xxxxx Xx.
Cuando en la oferta se incluyan plazos de entrega diferentes al estipulado no se considerarán como válidos. Vencido el plazo de entrega la Universidad procederá a su reclamo, vencido el plazo xx xxxx (10) días hábiles de recepcionada dicha comunicación automáticamente el proveedor será considerado deudor moroso de la UNL hasta tanto cumpla con dicha obligación, al mismo tiempo se girarán las actuaciones a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la UNL a los fines de que determine las penalidades correspondientes.
Recepción provisora: esta recepción tiene carácter provisional y NO constituye conformidad del bien o servicio entregado y los remitos o recibos que se firmen quedan supeditados al control y conformidad posterior de la Comisión de Recepción definitiva.
Recepción definitiva: a los efectos de la conformidad definitiva la UNL se tomará un plazo xx XXXX (10) días contados a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los elementos solicitados o de prestados los servicios.
En caso de silencio, una vez vencido dicho plazo, el proveedor podrá intimar la recepción. Si la UNL no se expidiera dentro de los diez (10) días siguientes al de la recepción de la intimación, los bienes o servicios se tendrán por recibidos de conformidad.
ARTÍCULO 18: GARANTÍAS
DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: 5% del mayor valor propuesto DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: 10 % del monto total adjudicado
CONTRAGARANTÍA: por el equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto.
DE IMPUGNACIÓN: El 3% - En los casos de impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas FORMAS DE GARANTÍAS: art. 92 RCyC de la UNL.
Las garantías podrán constituirse de las siguientes formas, o mediante combinaciones de ellas:
a) En efectivo, mediante depósito bancario en una cuenta de la UNL, o giro postal o bancario.
b) Con cheque certificado contra una entidad bancaria, con preferencia del lugar donde se realice el procedimiento de selección o del domicilio de la UNL Ésta deberá depositar el cheque dentro de los plazos que rijan para estas operaciones. LA UNL NO ACEPTA ESTA FORMA DE GARANTÍA
c) Con títulos públicos emitidos por el ESTADO NACIONAL con posterioridad al 31 de diciembre de 2001. Los mismos deberán ser depositados en el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA a la orden de la UNL, identificándose el procedimiento de selección de que se trate. El monto se calculará tomando en cuenta la cotización de los títulos al cierre del penúltimo día hábil anterior a la constitución de la garantía en la Bolsa o Mercado correspondiente. Se formulará cargo por los gastos que ocasione la ejecución de la garantía. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías.
d) Con aval bancario; fianza en los términos del artículo 1574, 1590, 1591 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación,a satisfacción de la UNL.
e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, extendidas a favor de la UNL y cuyas cláusulas se conformen con el modelo y reglamentación que a tal efecto dicte la Autoridad de Aplicación. Se podrán establecer los requisitos de solvencia que deberán reunir las compañías aseguradoras, con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución. La UNL deberá solicitar al oferente o adjudicatario la sustitución de la compañía de seguros, cuando durante el transcurso del procedimiento o la ejecución del contrato la aseguradora originaria deje de cumplir los requisitos que se hubieran requerido.
f) Mediante la afectación de créditos líquidos y exigibles que el proponente o adjudicatario tenga en entidades de la Administración Nacional, a cuyo efecto el interesado deberá presentar, en la fecha de la constitución de la garantía, la certificación pertinente y simultáneamente la cesión de los mismos al organismo contratante.
g) Con pagarés a la vista, cuando el importe que resulte de aplicar el porcentaje que corresponda, según se trate de la garantía de mantenimiento de oferta, de cumplimiento de contrato o de impugnación, o bien el monto fijo que se hubiere establecido en el pliego, no supere la suma de treinta (30) Módulos. Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el presente artículo.
La elección de la forma de garantía, en principio, queda a opción del oferente o cocontratante.
Todas las garantías deberán cubrir el total cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo constituirse en forma independiente para cada procedimiento de selección.
EXCEPCIONES PRESENTACIÓN GARANTÍAS: cuando el monto de la garantía no fuere superior a cinco
(5) módulos- equivalente a $ 5.000.- NO SERÁ OBLIGATORIA SU PRESENTACIÓN.
Transcurridos diez (10) días de notificado el acto de adjudicación las garantías de oferta que se hubiesen presentado podrán ser retiradas en la Tesorería General de la Universidad Nacional del Litoral, sita en Xx. Xxxxxxxxxx 0000 – Xxxxxx Xxxx (xx el horario de 8 a 12 hs.), de conformidad a la normativa vigente y previa solicitud de su devolución vía e-mail a la Dirección de Compras y Contrataciones (xxxxxxx@xxx.xxx.xx) Si las garantías no fuesen retiradas dentro del plazo de 180 días corridos contados desde la fecha de la presente notificación, implicará la renuncia tácita a favor de la Universidad de lo que constituya la garantía (Arts. 95 y 96).
ARTÍCULO 19: Forma de pago
Pago de facturas: treinta (30) días corridos desde la presentación de la factura y obtenida la conformidad definitiva.
Las facturas deberán presentarse indefectiblemente en la Dirección de Compras y Contrataciones de la UNL, una vez recibida la conformidad, dicha situación dará comienzo al plazo fijado para el pago.
El plazo para el pago de las facturas será de treinta (30) días corridos.
La facturación deberá reunir los requisitos legales dispuestos por la AFIP, además deberá referenciar: nº de expediente-nº de licitación- nº de orden de compra-
El pago se operará luego de operada la conformidad definitiva respectiva.
No se podrá estipular el pago en moneda distinta a la establecida en el presente pliego de bases y condiciones particulares.
De no cumplirse con lo detallado la Dirección de Compras y Contrataciones no se hace responsable por pérdidas y demoras en el pago.
ARTÍCULO 20: Agente de retencion
LA UNIVERSIDAD toma a su cargo la obligación de actuar, en todos los casos, como agente de retención del impuesto a las ganancias, de las cargas previsionales, así como de cualquier otro aporte que pudiera corresponder en virtud de la naturaleza del pago.
ARTÍCULO 21: Jurisdiccion
Se deja expresamente establecido que para resolver conflictos que resultaran de la interpretación y/o ejecución de la presente contratación que no pudieran ser resueltos de común acuerdo, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Santa Fe.
ANEXO
"Declaración Jurada"
Contratación Directa Nº /16
Expediente Nº ….............
Nombre Empresa:
CUIT Nº:
Te./e-mail:
Por la presente declaro bajo juramento conocer los alcances y términos de la Ley Nº 25551/01 reglamentada por el Decreto Nº 1600/02, "Compre Trabajo Argentino".
“El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal”(art. 15 Ley 25.551/01).
Sr. Proveedor: Deberá marcar en los recuadros correspondientes determinando que tipo de empresa es y si los bienes son nacionales o no nacionales
Tipo de empresa en los términos de la Ley 25300 y su reglamentación: (marcar con X la opción que corresponda)
Micro, Pequeña y Mediana Empresa.......
Otro tipo de empresa........
Para la calificación de Micro, Pequeña y Mediana Empresa se estará a lo establecido en la Resolución Nº 21/10 de la Secretaría de Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional-
Tipo de empresa en los términos de la Ley 18875: (marcar con X la opción que corresponda) Nacional .......
Extranjera.......
Será considerada empresa local si ha sido creada o autorizada a operar de conformidad con la legislación argentina. Tiene domicilio legal en la República Argentina y acredita que el 80% de sus directores, personal directivo y profesional tienen domicilio real en el país. En lo que se refiere a las empresas proveedoras de Servicios de Ingeniería y Consultoría, se exige además que no medien vínculos de dependencia con entidades extranjeras.
Oferta integrada por Bienes y o servicios de origen (*):
Nacional...
No nacional y Cuenta con stock propio de bienes.....
No nacional y No cuenta con stock propio de bienes....
(*)En caso de ofertar renglones de diferente origen especifique el origen de cada renglón.
Se considera que un bien es de origen nacional cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados NO SUPERE el 40% de su valor bruto de producción (art. 2º), valor de venta sin I.V.A. En aquellos casos en los cuales un oferente proponga proveer bienes que no sean de origen nacional y de los cuales no tenga "stock" propio, deberá garantizar la nacionalización de los bienes importados a que se refiere el art. 4º de la Ley 25551, mediante la entrega de una caución, a favor del contratante. En consideración a que no se encuentra regulada esta figura por la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), será reemplazada por la garantía de cumplimiento del contrato, de carácter obligatorio en caso que se cumpla esta situación .
En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización.
Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° de la ley 25.551 a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas.
La falta de presentación del presente será considerado incumplimiento por parte del declarante.
Firma Aclaración
OBSERVACIONES GENERALES
El precio cotizado debe incluir IVA y flete hasta la Facultad de Bioquímica y Ciencias Biológicas.
Garantía de los bienes: 12 meses como mínimo