CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Nº 001-2007-MPCH
CONTRATO DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE Nº 001-2007-MPCH
Conste por el presente documento contrato de suministro de Combustible que celebran de una parte la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA, con RUC Nº 20174790320, con domicilio Legal en el Jr: Xxxx Nº 390 Chupaca debidamente representado por su Alcalde Abog.. XXXX XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXX con D.N.I 19903787, quien en adelante se denominará MUNICIPALIDAD y de otra parte el GRIFO SUGA S.A.C. "REPSOL", Representado por la Xxx. XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX, identificado con DNI Nº 00000000 y R.U.C N° 20230085138, domicilio legal en el C.C. KM 8.8 San Xxxxxxx xx Xxxxx, quien en adelante se denominará EL PROVEEDOR bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO: Al amparo del acuerdo de Consejo Nº 07-2007-MPCH de fecha 14 de febrero del año 2007.
la MUNICIPALIDAD contrata los Servicios del Grifo SUGA S.A.C..”REPSOL” de Propiedad de la Xxx. XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX, para el suministro de combustible, quien proveerá en forma diaria a las Unidades vehiculares con que cuenta la Municipalidad Provincial de Chupaca debiendo abastecer con gasolina de 84 octanos, Petróleo Diesel Nº 02.
SEGUNDO:
El presente contrato entra en vigencia a partir de la firma del presente hasta la entrega del combustible o vencimiento del plazo siendo en 200 galones de gasolina de 84 octanos y 3,500 galones de petróleo diesel Nº 02, en los almacenes de la MPCH pudiendo ser renovado por necesidad institucional y/o por acuerdo de las partes.
TERCERO:
La Municipalidad Pagará al Proveedor por el suministro de combustible materia del presente contrato los siguientes montos el cual se encuentran incluidos los Impuestos xx Xxx, siendo el siguiente:
Galón Gasolina de 84 Octanos. S/. 10.00
Galón Petróleo Diesel Nº 02 S/. 10.14
El precio estará sujeto a la variación de ajustes de Petroperú, previa comunicación del PROVEEDOR.
CUARTO:
El pago al Proveedor por concepto de suministro será a la quincena del mes, previa presentación de las Notas de Pedido debidamente autorizados y afectados el cual sustente la factura.
QUINTO:
El Abastecimiento de combustible a las Unidades Móviles de la Municipalidad se efectuará previa presentación de la Nota de Pedido indicando la Cantidad de combustible debidamente autorizado por la oficina de Abastecimiento, almacén y O.P.P; firmado por quien lo solicita y quien lo recepcione.
SEXTO:
El presente contrato podrá resolverse en caso de incumplimiento de alguna de las partes para el cual bastará la comunicación escrita por parte de la Municipalidad al Proveedor a fin de que surta todos sus efectos aplicándose las sanciones que corresponden sin perjuicios de las acciones legales.
Las partes contratantes declaran estar de acuerdo con el contenido del presente contrato en virtud de lo cual lo suscriben en la Ciudad de Chupaca a los dieciséis días del mes de febrero del año 2007
PROVEEDOR
XXXXX XXX XXXXXXX XXXXXX
DNI Nº 00000000