CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2024
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2024
Conste por el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS AÑO 2024 que suscriben de una parte, la Asociación Institución Educativa Privada “LA ANUNCIATA” con RUC Nº 20479988839 autorizada mediante la Resolución R.D.R.S. Nº 0450 – 2005 – GR- LAMB/ED y Licencia de Funcionamiento Nº 00287, debidamente representada por su Director(a) Hna. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx con DNI 00000000 señalando ambos con domicilio en Av. Xxxxx S/N Urb. Xxxxxx Xxxxx y a quien en adelante denominaremos EL COLEGIO y de otra parte Sr(a) ........................................................................................................................................... con DNI
Nº….............................. señalando domicilio en ............................................................................................ en el Distrito de
………………………………… con correo electrónico :………………………………...................................................................................
celular:………………………. debidamente representado por xxx
………………………………………………………………………………………………………………
con DNI Nº ………………………..Según poder por escritura pública que corre inscrita en la partida electrónica Nº ….… de la SUNARP o documento judicial o extrajudicial, o carta poder con firmas notarialmente legalizadas otorgado por ambos padres, a quien en adelante se denominará EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO quienes firman el presente en las siguientes condiciones y cláusulas:
I. DE LOS SUJETOS DEL COMPROMISO
1.1. EL COLEGIO es una Institución Educativa de carácter privado autorizado mediante a Resolución R.D.R.S. Nº 0450 – 2005 – GR- LAMB/ED, para impartir educación escolarizada en los niveles inicial, primaria y secundaria, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación Ley Nº 28044, sus Reglamentos, la Ley de Centros Educativos Privados - Ley Nº 26549 y su modificatoria en el Decreto de Urgencia N° 002-2020, Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en centros y programas educativos privados, Ley N° 27665, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2021-MINEDU, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, sus Reglamentos, Código de Defensa y Protección del Consumidor y el Reglamento Interno de EL COLEGIO.
1.2. EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO del menor cuyos datos se consignan en el punto II d en el presente CONTRATO ha solicitado matricular al estudiante para el presente año escolar 2024.
1.3. TUTOR LEGAL O APODERADO en adelante, “las partes”.
II. DEL OBJETO MATERIA DEL COMPROMISO: Por el presente EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, contrata los SERVICIOS EDUCATIVOS que brinda EL COLEGIO, en consecuencia procede a matricular como estudiante(s) del Colegio a (llenar la tabla de acuerdo al número de hijos):
N° | Nombre y apellidos del estudiante | Xxxxx | Edad o Grado/Sección |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 |
III. TIPO DE SERVICIOS EDUCATIVOS:
En mérito a la Resolución Ministerial N° 587-2023-MINEDU que aprueba la Norma Técnica “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las Instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2024”, EL COLEGIO brindará un servicio educativo presencial, salvo que las autoridades correspondientes dispongan lo contrario. La descripción del tipo de servicio presencial antes indicado se detalló en el documento denominado Boletín Informativo “Condiciones de la Prestación del Servicio Educativo 2024” que fue remitido vía plataforma a EL REPRESENTANTE LEGAL en diciembre de 2023.
IV. EL MONTO, NÚMERO Y OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA MATRÍCULA Y DE LAS PENSIONES, ASÍ COMO DE LOS POSIBLES INCREMENTOS.
4.1. EL COLEGIO en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes y con el propósito que los Padres de Familia dispongan de toda la información respecto al costo del servicio educativo, características del servicio, puso en conocimiento de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO, antes de finalizar el año lectivo 2023, antes y durante el proceso matrícula 2024 (mediante comunicado de diciembre de 2023 y a través de la página web de la Institución), así como el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del Colegio y por lo tanto, sus fines y objetivos establecidos en el Reglamento Interno de la Institución, el mismo que se encuentra a disposición del padre de familia en la página web de EL COLEGIO expresando su compromiso de observar y respetar dicho marco doctrinal, axiología ,ideario ,estilo educativo
,fe católica y Reglamento. Toda esta información es conocida por EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL, REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO de forma oportuna, relevante, accesible, suficiente, veraz, objetiva y de buena fe, lo cual le ha permitido tomar la decisión de acuerdo a sus intereses de contratar libremente los servicios de EL COLEGIO
4.2. Costo del Servicio Educativo: Como contraprestación por los servicios materia del presente contrato y bajo la denominación de MATRÍCULA y PENSIÓN DE ENSEÑANZA, cuyo costo anual se cancelará en DIEZ MENSUALIDADES POR PENSIÓN DE ESTUDIOS, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL, REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO abonará por cada uno de sus menores hijos a la Institución Educativa los siguientes conceptos:
a) MATRÍCULA (MONTO)
CONCEPTO | INICIAL | PRIMARIA | SECUNDARIA |
MATRICULA | S/. 300.00 | S/. 320.00 | S/. 335.00 |
b) PENSIÓN (MONTO)
SERVICIO EDUCATIVO PRESENCIAL
CONCEPTO | INICIAL | PRIMARIA | SECUNDARIA |
PENSIÓN MENSUAL | S/. 300.00 | S/. 320.00 | S/. 335.00 |
4.3. Forma y oportunidad del pago: Todos los pagos por estos conceptos se efectuarán por medio del sistema financiero, Banco Scotiabank. El concepto de MATRÍCULA se abonará conforme al rol o cronograma que se publicó en el portal del COLEGIO o se puso en conocimiento en el comunicado de fin de año 2023 al PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO.
CRONOGRAMA DE PENSIONES ESCOLARES 2024
MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO | MENSUALIDAD | FECHA DE VENCIMIENTO |
MARZO | 31 XX XXXXX | AGOSTO | 31 XX XXXXXX |
XXXXX | 30 XX XXXXX | SEPTIEMBRE | 30 DE SETIEMBRE |
MAYO | 31 XX XXXX | OCTUBRE | 31 DE OCTUBRE |
JUNIO | 30 XX XXXXX | NOVIEMBRE | 30 DE NOVIEMBRE |
JULIO | 31 DE JULIO | DICIEMBRE | 20 DE DICIEMBRE |
4.4. Posibles Aumentos: El monto de las pensiones de enseñanza bajo la modalidad del servicio educativo presencial durante el año 2024 se mantendrá, sólo serán incrementadas de acuerdo con las necesidades institucionales, la inflación y/o aumento de precios de los bienes y servicios, previa Resolución emitida por la Autoridad competente del Ministerio de Educación, con la que se establezca la cuota extraordinaria, de acuerdo a la verificación de los motivos justificados que dieran lugar a estos incrementos.
4.5. Interés Moratorio: El interés moratorio anual es el establecido por el BCRP para las operaciones ajenas al sistema financiero.
V. LA PROPUESTA PEDAGÓGICA, EL PLAN DE ESTUDIOS, Y LOS SISTEMAS DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LOS ESTUDIANTES
5.1. La propuesta pedagógica: Trabajamos con un Plan Curricular que se actualiza constantemente, de acuerdo a los dispositivos emanados por el Ministerio de Educación para la Educación Básica Regular, según el Currículo Nacional y otros dispositivos comprendidos en la Norma Técnica denominada: “Orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2024 en Instituciones y Programas educativos de la Educación Básica” (RM N° 587-2023 - MINEDU)l y la Propuesta Educativa de la Congregación Hermanas Dominicas de la Anunciata.
5.2. El plan de estudios: se les entregará en marzo. Está desarrollado en la Guía Educativa 2024 que se publica en la página web del colegio antes de iniciar la matrícula y responde a la normativa vigente y la propuesta pedagógica institucional (Modelo Educativo Anunciatista).
5.3. Sistema de evaluación : Es permanente, porque la meta es el desarrollo de capacidades y habilidades para llegar a las competencias. Durante el presente año, regirán las normas para la promoción, recuperación o permanencia en el grado, según disposiciones dadas por el Ministerio de Educación a través de sus disposiciones normativas, las mismas que se encuentran publicadas oportunamente en la web del COLEGIO (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx).
El COLEGIO exige a sus estudiantes que observen un NIVEL ACADÉMICO ÓPTIMO, para tal efecto informará por escrito al padre de familia, tutor legal o apoderado la deficiencia académica o conductual y dispondrá las indicaciones y sugerencias destinadas a superar el bajo nivel del estudiante.
Si luego del seguimiento respectivo el estudiante no supera la deficiencia advertida, el padre de familia suscribirá un compromiso (recomendaciones, terapias, etc.) que garantice y asegure el monitoreo, participación efectiva y control a su hijo, condicionando a la recuperación de su nivel académico y conductual óptimo; Si mediado el compromiso señalado en el párrafo que antecede el estudiante no supera la deficiencia por omisión por parte de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO de dicho compromiso; EL COLEGIO informará a la UGEL del sector dicha omisión de participación asertiva y activa en el proceso educativo de su menor hijo y además aplicará la medida dispuesta en el numeral 3 del punto X del presente contrato.
5.4. Control de los estudiantes: Está desarrollado en el reglamento interno del Colegio y en la agenda escolar, en los ítems sobre los derechos y obligaciones del estudiante, las faltas, medidas disciplinarias y las normas de convivencia escolar.
Los numerales antes descrito fueron desarrollados en el Boletín Informativo “Condiciones de la Prestación del Servicio Educativo 2024” que fue remitido vía plataforma a EL PADRE, TUTOR O APODERADO y también se encuentra publicado en la plataforma del colegio.
VI. HORARIO DE CLASES POR AULA
6.1. Horario de clases durante el año escolar: Ver Guía Educativa 2024.
6.2. El número de alumnado por aula varía dependiendo del nivel académico
INICIAL | PRIMARIA | SECUNDARIA |
POR AULA | POR AULA | POR AULA |
36 | 40 | 40 |
VII. SERVICIOS DE APOYO AL ESTUDIANTE
Para el apoyo del estudiante existe:
• Servicio de tópico que cuenta con una enfermera.
• Coordinación de Psicología, con dos psicólogos, que atenderán los estudiantes de inicial, primaria y secundaria
• Coordinación de Pastoral apoyando la parte espiritual.
• Seguro escolar contra accidentes que rige las 24 horas del día (dentro y fuera del colegio).
• Biblioteca.
VIII. VIGENCIA DEL CONTRATO:
8.1. La vigencia del presente CONTRATO es anual y corresponde al AÑO ESCOLAR (lectivo)2024, siendo renovable previo acuerdo de las partes. En consecuencia, no existirá renovación automática.
8.2. Las partes acuerdan que no habrá renovación automática del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, previo la suscripción anual de las partes.
8.3. Sin perjuicio de lo anterior, las partes establecen que no existirá renovación del contrato, en los siguientes supuestos:
a) EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO ha observado morosidad en el pago de pensiones durante el año escolar y o culmine el año escolar 2023 con deuda, ha refinanciado el pago de las mismas y no ha cumplido con dicho refinanciamiento.
b) Mantiene deudas del año anterior al momento de la matrícula.
c) No se matriculó en las fechas fijadas en el cronograma de matrícula 2024.
d) Lo establecido en el numeral 2 y 3 del punto 10 del presente contrato.
e) Las demás establecidas en el reglamento interno del Colegio.
IX. OBLIGACIONES DE LAS PARTES
9.1. Son obligaciones del COLEGIO:
a) Brindar los SERVICIOS EDUCATIVOS, a favor del estudiante cuyos datos se consignan en el punto II del presente, conforme a lo establecido en el Reglamento Interno de la Institución; el pago de la Pensión de Estudios no incluye los servicios o actividades extra curriculares (talleres) que brinda el Colegio fuera de la jornada escolar (las participaciones en dichos talleres son opcionales).
b) Informar al PADRE DE FAMILIA, TUTOR O APODERADO sobre los resultados del proceso educativo y formativo de su hijo, dando las indicaciones y orientaciones destinadas a superar las deficiencias académicas o de comportamiento.
c) Xxxxxxx la información que requiera EL PADRE DE FAMILIA TUTOR O APODERADO respecto al proceso educativo de su menor hijo de conformidad al reglamento interno del EL COLEGIO.
d) Las demás obligaciones contenidas en el Reglamento Interno que regulan las condiciones y características del servicio educativo que ofrece EL COLEGIO.
e) Emitir el comprobante de pago por el servicio educativo.
f) La emisión de los comprobantes de pago del servicio educativo se realiza de manera electrónica y se envía a la dirección de correo electrónico registrada por el responsable de pago, cuya cancelación se sustenta con el documento otorgado por la entidad financiera donde realizó el depósito.
9.2. Son obligaciones DEL PADRE DE FAMILIA TUTOR O APODERADO:
a) Participar activamente en el proceso educativo de su menor hijo (a) como son:
a) Actividades académicas presente en el momento de la matrícula, entrega de hojas informativas, libretas de notas, asistir a las reuniones convocadas por los Directivos, Profesores y/o Departamento de ps icología, Tutor, Escuela de Padres, etc., seguir las recomendaciones dadas por las autoridades del Colegio (Director, Docente, Tutor y Psicólogo)
b) Actividades formativas: Actividades Pastorales, preparación de Sacramentos, Escuela de Padres (Asistir a la Escuela de Padres en los días programados)
c) Actividades recreativas y/o familiares.
b) Cumplir con las obligaciones y recomendaciones asumidas en los casos de terapias conductuales de su menor hijo (a), tales como terapia de lenguaje de su menor hijo (a), terapia ocupacional de su menor, terapia de habilidades sociales, terapias familiares, etc., y presentación de los informes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicológico de EL COLEGIO.
c) Autorizar a EL COLEGIO las evaluaciones psicopedagógicas que estimen conveniente.
d) Cumplir oportunamente con el pago de las Pensiones escolares conforme al cronograma de pago de pensiones que se le entregó e informó al finalizar el año escolar 2023, antes y durante el proceso de matrícula o ratificación del año lectivo 2024.
e) El incumplimiento del pago de las pensiones de enseñanza dará lugar a un interés moratorio establecido por el Banco Central de Reserva del Perú para las operaciones entre personas ajenas al Sistema Financiero.
f) Acatar las medidas disciplinarias y correctivas que disponga EL COLEGIO en aplicación del Reglamento Interno de la Institución.
g) Participar de las reuniones presenciales e Ingresar a las reuniones virtuales o concurrir al colegio cada vez que sea citado para recibir la información y/o tratar asuntos relacionados con la formación de su hijo/a (académica y conductual)
h) Consignar con veracidad la información requerida en la Declaración Jurada de Datos al momento de la matrícula, debiendo comunicar en su oportunidad cualquier variación en especial lo referente al domicilio, teléfonos y correos.
i) Concurrir a las citaciones de manera presencial o virtual que se le cursen por falta de puntualidad de pago de pensiones escolares, a efecto de dar a conocer su situación económica vigente y firmar los compromisos necesarios para el cumplimiento de su obligación según disponga el colegio.
j) A respetar el marco doctrinal, axiología y la fe católica que sustenta la educación del COLEGIO. En caso profese una fe distinta a la católica, puede solicitar la exoneración por escrito a la Dirección del colegio al momento de la matrícula o antes de iniciar el periodo lectivo. De no hacerlo la institución asumirá que el estudiante sea atendido en el área curricular de Formación y Celebración de la Fe según la planificación curricular del docente.
k) Aceptar que si uno de los padres tiene la tenencia legal de su menor hijo(a), NO LIMITA de modo alguno el ejercicio de la patria potestad del otro padre del alumno(a) quien goza de todos sus derechos como padre del alumno (a), entre los cuales se encuentra el acceso a la información sobre el estado académico, conductual y administrativo del alumno(a).
l) A no involucrar a EL COLEGIO, en los procesos judiciales o extrajudiciales, sobre asunto de tenencia, alimentos, régimen de visitas y otros, de su menor hijo (a) o hijos (as).
m) A presentar el poder de representación de su menor hijo (a), contenido en escritura pública, debidamente inscrito en registros públicos, resolución judicial o documento extrajudicial, o carta poder con firmas notarialmente legalizadas otorgado por ambos padres, según corresponda, en caso, es representado en el acto de matrícula 2024 de su menor hijo (a) u otros actos que requieran su presencia o asistencia.
n) Cumplir con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interno del Colegio.
o) Durante el proceso de matrícula, los padres de familia deberán:
Actualizar información respecto a la salud de sus menores hijos sobre alergias, medicación, enfermedades existentes y los PP. FF del nivel inicial presentar la constancia de tamizaje de hemoglobina y la copia de la cartilla CRED. En caso de no presentarlo firmará un compromiso para realizarlo en los siguientes 3 meses.
p) Revisar el Manual de Normas de Convivencia e involucrarse en su cumplimiento y aplicación. De acuerdo con la Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, el REPRESENTANTE LEGAL debe cumplir su rol formativo y establecer condiciones fundamentales (físicas, afectivas y emocionales) que favorezcan los aprendizajes
q) A no fomentar, promover o propiciar mediante redes sociales, actos xx xxxxxx educativo, o de afectación a la moral y buenas costumbres educativas.
9.3. Servicios de carácter voluntario- extra curriculares (talleres): EL COLEGIO ofrece a favor de EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO otros servicios adicionales –extra curriculares, su acceso es voluntario y su solicitud constará por escrito. Los costos de estos servicios no están comprendidos dentro de los conceptos de matrícula ni pensiones escolares. Para tal efecto al inicio del año escolar 2024 y durante el año se informará los costos de los talleres extracurriculares que brindará el COLEGIO en el año escolar 2024.
9.4. Omisión de participación en el proceso educativo:
Los padres deben velar porque sus hijos reciban los cuidados necesarios para su adecuado desarrollo integral.
En ese sentido, EL COLEGIO informará a las autoridades competentes sobre la omisión de participar en el proceso educativo de sus menores hijos en forma asertiva, en los casos que EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO incurra en los siguientes casos:
a) No asiste a las reuniones que EL COLEGIO o alguna autoridad de EL COLEGIO lo convoque.
b) No presente los informes de acompañamientos externos de su menor hijo o hijos en las fechas solicitadas por el Departamento Psicológico de EL COLEGIO.
c) No realiza las recomendaciones en los casos de terapias conductuales de su menor hijo, terapia de lenguaje de su menor hijo, terapia ocupacional de su menor, terapia de habilidades sociales, terapias familiares.
d) En caso de no informar su situación económica estando atrasado en el pago de pensiones.
X. MEDIDAS QUE ADOPTA EL COLEGIO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DEL PAGO DE LAS PENSIONES ESCOLARES
El colegio tiene la facultad de:
1) Retener los certificados de estudios correspondientes a los grados de estudios no pagados de conformidad al numeral 16.1 del artículo 16 xx Xxx 27665 modificado por Decreto de Urgencia 002-2020
2) No renovar el contrato de prestación de servicio (no convenir en la prestación del servicio educativo) a favor del alumno para el año siguiente 2025, por falta de puntualidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondientes al servicio educativo proporcionado en el año lectivo 2024. sin perjuicio del derecho a interponer las acciones que considere conveniente para conseguir el pago de la retribución pendiente. Es decir, la no continuidad del servicio educativo del año lectivo 2025 a favor del estudiante, cuando el padre de familia, tutor o apoderado haya incumplido con sus obligaciones de índole económico, incurriendo en morosidad en el pago de las pensiones de enseñanza correspondiente al servicio educativo proporcionado durante el año lectivo 2024.
3) Xxxxxse a renovar para el siguiente año lectivo 2025, la matrícula de los estudiantes cuyos padres o tutores legales o apoderados hayan incumplido con sus obligaciones pactadas en el presente contrato.
4) Informar a las Centrales de Riesgo (Infocorp - Equifax, Certicom, etc.) las deudas por incumplimiento en el pago del costo de servicio educativo en el caso que se adeude dos (02) o más pensiones escolares sean consecutivas o alternas.
XI. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO EN PLENO PROCESO ESCOLAR
Quedará disuelto el presente contrato al no haber cumplido con el pago puntual de las pensiones, disponiendo de la vacante conforme al Art. 1428 y 1430 de Código Civil previa notificación notarial de Resolución de Contrato conforme lo establece el Código Civil peruano vigente.
XII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS:
12.1. De no mediar RENOVACIÓN DEL CONTRATO o de RESOLVERSE el mismo en aplicación de las condiciones establecidas en el presente contrato o en el reglamento interno; EL COLEGIO dispondrá de la vacante en forma inmediata.
12.2. Por razones de caso fortuito y/o fuerza mayor, el Colegio se viera imposibilitado de cumplir con las prestaciones a su cargo no será imputable por dicho incumplimiento y/o los daños que se hubiera generado, en los términos establecidos en el artículo 1315 del Código Civil. Asimismo, el Colegio no será responsable en los supuestos que haya actuado con la diligencia ordinaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 1314 del Código Civil.
12.3. De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, dentro del marco de la diversificación curricular y la libre disponibilidad del tercio curricular de horas, a que está facultada la Institución Educativa, durante el año lectivo puede variarse el cuadro de distribución de horas, en procura de optimizar el servicio educativo, asegurando que se cumplan con las horas mínimas establecidas para cada nivel educativo.
12.4. El colegio se reserva el derecho de modificar la plana docente, por motivos de fuerza mayor o por disponibilidad del docente (profesor), garantizando que la calidad del curso no sea afectado.
12.5. El Colegio podrá resolver el presente Contrato si el estudiante incurre en una falta (que afecte la moral, agresiones físicas entre otras faltas que dañen las buenas relaciones con sus compañeros o personal de la institución educativa) que conlleva la separación definitiva del colegio conforme a su Reglamento Interno y las normas establecidas en el código penal cumpliendo con efectuar la denuncia que corresponde ante el Ministerio Público.
12.6. - LA CUOTA DE INGRESO: Es el pago único que realiza el Padre de Familia al momento en el que su hijo ingresa como alumno nuevo a la Institución, y constituye una garantía mutua mediante la cual, EL COLEGIO garantiza la vacante a favor del estudiante más no su permanencia; por tanto, el derecho a la vacante y la permanencia se pierde por incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente CONTRATO y Reglamento. La forma de devolución en caso de retiro o traslado se efectuará conforme lo establecido en el D. LEG 1476-2020.
La forma y procedimiento de devolución de la cuota de ingreso se regirá de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2021-MINEDU
12.7. LA MATRÍCULA: Es el pago que se realiza una vez por cada año académico y previa suscripción del CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS 2024.
12.8. LAS PENSIONES ESCOLARES: El costo del servicio educativo es anual y se divide el pago en diez cuotas de pensiones que se deben cancelar y una por cada mes lectivo del año escolar.
El monto de las pensiones de enseñanza durante el año 2024, podrán ser incrementadas de acuerdo a las necesidades institucionales, la inflación y/o aumento de precios de los bienes y servicios, previa Resolución emitida por la Autoridad competente del Ministerio de Educación, con la que, se establezca el cobro de una cuota extraordinaria
12.9. En caso de incumplimiento de pago de pensiones escolares, EL COLEGIO cursará cartas de cobranza de pagos de pensiones, sea vía courier, correo electrónico, cartas notariales, o vía judicial
12.10.COMUNICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO: Sin perjuicio de lo establecidos en el presente CONTRATO, el padre de familia autoriza al COLEGIO a cursarle todo tipo de comunicaciones al correo electrónico consignado en la introducción del presente y en la Declaración Jurada de Datos.
12.11.Según el Reglamento Interno el colegio se reserva el derecho de cambiar a todo el alumnado de aula atendiendo situaciones pedagógicas, disciplinarias, orden interno, etc.
00.00.Xx Institución Educativa no promueve los viajes de Promoción. Éstos están prohibidos según Reglamento interno. Xxxxxxx promueve reuniones con padres de familia o estudiantes no contemplados en la programación del colegio y/o que no se respete el cuidado de la salud integral según lo establecido por las autoridades sanitarias.
12.13.En todo lo no estipulado en el presente contrato será aplicado lo establecido en el reglamento interno del COLEGIO.
12.14.El Colegio deja establecido el costo de la educación presencial, en atención a la inversión del Colegio en la implementación de las herramientas tecnológicas necesarias para el desarrollo del servicio educativo para el presente año lectivo 2024, estando conforme las partes.
Las comunicaciones que se efectúen por los medios señalados se tendrán por recepcionadas y notificadas debidamente.
XIII. PERSONA OBLIGADA AL PAGO DE MATRÍCULA Y PENSIONES DE ENSEÑANZA:
SR(A):………………………………………………………………………………………………………… identificado con DNI Nº
…………………. con domicilio en……………………………………………………………………..… y ………………………… ……
………………………………………………identificado con DNI N° ……………………………… con domicilio en…………
…………………………………………………………………………………………………………………….. (Padres de familia o tutor legal o apoderado, debidamente acreditado con poder otorgado por escritura pública, mandato judicial o acuerdo extrajudicial).
En caso el responsable de pago para el año lectivo 2024 es una persona distinta a los padres de familia, EL PADRE DE FAMILIA, APODERADO O TUTOR LEGAL deberá remitir al correo institucional de EL COLEGIO (… ) la declaración jurada
con firma legalizada de la aceptación del RESPONSABLE ECONÓMICO (PERSONA OBLIGADA AL PAGO DE LA CUOTA DE MATRICULA Y PENSIONES DE ENSEÑANZA, en forma presencial o vía correo electrónico, adjuntando copia del Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería del responsable del pago. El cambio de responsable de pago solo podrá ser tramitado en caso no existan deudas pendientes.
XIV. AUTORIZACIÓN FOTOGRAFÍAS:
EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO autoriza dentro y fuera del país que las fotografías y videos de las actividades educativas, artísticas, pastoral, recreativas, concursos, deportivas, paseos, etc., así como de la Primera comunión y confirmación, día de la madre, día del padre, día del maestro, aniversario del colegio, clausura, entre otras, realizadas por el colegio y en las que aparezca su menor hijo(a) sean publicadas en el Boletín Informativo que la Institución sin fines de lucro, la revista, agenda escolar, representaciones audiovisuales, materiales de enseñanza, publirreportajes, folletos, trípticos de difusión y axiología del colegio, así como en la página web, Facebook institucional o en alguna revista o página web de alguna otra institución, medios de comunicación y publicitarios, en el cual su menor hijo (a) participe en representación de EL COLEGIO.
XV. DECLARACIÓN DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS
EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO declara que antes del proceso de matrícula 2024, le ha sido entregado los siguientes instrumentos:
• Reglamento Interno del Colegio.
• El plan curricular
• Boletín informativo “Condiciones de la prestación del Servicio Educativo 2024”
• Plan de Convivencia
• La propuesta pedagógica
Asimismo, El PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO declara que los documentos antes descritos pueden ser descargados de la plataforma contratada por el COLEGIO y también se encuentran detallados en la GUIA EDUCATIVA 2024.
XVI. DECLARACIÓN DEL DOMICILIO:
Las partes declaran como sus respectivos domicilios los indicados en el presente documento, lugares que se consideran válidos para la remisión de documentos, comunicaciones, instrucciones y notificaciones, los mismos que deberán ser entregados por cualquier medio escrito.
Las Partes se obligan a comunicar cualquier cambio de sus domicilios por escrito dentro de los cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha en que se hará efectiva la modificación. En tanto los cambios no sean comunicados conforme a esta cláusula, las comunicaciones y/o notificaciones realizadas a los anteriores representantes y/o domicilios se tendrán válidamente realizadas.
El PADRE DE FAMILIA TUTOR LEGAL O APODERADO declara que el domicilio y/o residencia habitual de su menor hijo(a) es el consignando en la parte introductoria del presente CONTRATO. (si fuera distinto deberá señalar):
……………………………………………………………………………………………………………
XVII. DATOS PERSONALES
De conformidad con los dispuesto por la Ley N° 29733, EL PADRE DE FAMILIA, TUTOR LEGAL O APODERADO autoriza a El COLEGIO (por si mismos o por terceros) la utilización y/o tratamiento de sus datos personales (que podrían contener datos sensibles) proporcionados para únicamente recibir información vinculada al COLEGIO tales como comunicados, invitaciones, materiales e información del COLEGIO, requerimientos entre otros.
Asimismo, autoriza a EL COLEGIO a compartir y/o usar y /o almacenar y/o transferir su información a terceras personas, estrictamente con el objetivo a realizar actividades antes mencionadas.
Se hace de su conocimiento que la I.E.P La Anunciata cuenta con una página web (xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx) y una plataforma educativa, cuya base de datos se alojan en Hostings, con la finalidad de tener seguridad y optimización del servicio.
XVIII. CUMPLIMIENTO IRRESCTRICTO DEL CODIGO DEL NIÑO Y DE LOS ADOLESCENTES.
El Colegio asegura que adoptará medidas inmediatas de protección respecto a hechos que puedan afectar a los niños y adolescentes conforme lo establece el Código del Niño y de los adolescentes, en aplicación del Principio del Interés superior del niño y del adolescente.
Asimismo, el Colegio y el Padre de Familia, tutor legal, apoderado o representante legal se comprometen a cumplir lo dispuesto por la Ley 30403: Ley que prohíbe el uso del castigo físico y humillante contra los niños, niñas y adolescentes y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2018-MIMO, normas que se encuentra publicada en la página web de EL COLEGIO.
XIX. SOBRE LA PREVISIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR ENTRE ESTUDIANTES.
Xxxx y comentar con EL ESTUDIANTE sobre los alcances de: La ley 29719, que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, que promueven la convivencia sin violencia, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2012- ED.
• Resolución Ministerial N° 274-2020-MINEDU, que actualiza el Anexo 03:” Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”, del apartado XI de los lineamientos contra la Gestión de la convivencia escolar, la prevención y la atención de la violencia contra los niñas, niños y adolescentes, aprobados por Decreto Supremo 004-2018-MINEDU.
• Las normas de convivencia a nivel institucional y a nivel del aula.
• Supervisar el uso adecuado de información electrónica y medios de comunicación como: correo electrónico, redes sociales, blogs, mensajería instantánea, mensajes de texto, teléfonos móviles y websites empleados por el estudiante en el hogar y otros lugares.
• Asistir a las reuniones que le convoca las autoridades del colegio con motivo de un caso de violencia escolar.
• Colaborar con el Colegio para:
▪ Corregir las conductas.
▪ Apoyar las medidas de convivencia que se adoptan.
▪ Entregar los informes externos respectivos y continuar con las acciones necesarias que el Colegio determine.
XX. LEY APLICABLE, SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y COMPETENCIA
Las Partes acuerdan expresamente que todas las disposiciones del Contrato se someten a las leyes de la República del Perú.
Las Partes acuerdan que cualquier disputa o controversia que se derive de este Contrato o que tengan relación con él, incluidas las relativas a su existencia, validez, incumplimiento o terminación, así como las vinculadas al presente convenio arbitral, serán resueltas por los jueces o juezas del Distrito Judicial de Lambayeque
XXI. PLATAFORMA VIRTUAL
a) En el supuesto que al inicio o en el transcurso del año, se dispusiera legalmente que la INSTITUCIÓN preste los servicios educativos a distancia o de forma semipresencial, la INSTITUCIÓN brindará los servicios educativos a través de unas plataformas que garanticen la calidad educativa y sea pedagógicamente idónea.
b) La capacidad de internet depende de la banda ancha que cada USUARIO haya contratado con su proveedor de internet. EL USUARIO comprende y acepta que LA INSTITUCIÓN no es responsable en el supuesto que la plataforma de comunicación virtual presente alguna vez o veces, deficiencias en su funcionamiento, puesto que ello no se encuentra dentro de su esfera de control.
XXII. DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD: EL PADRE, TUTOR O APODERADO declara tener pleno conocimiento de las condiciones y características del servicio que brinda el colegio, las que encuentra a su entera satisfacción.
Las partes declaran que en la suscripción del presente no ha mediado dolo ni presión que lo invalide, siendo su contenido la espontánea expresión de su voluntad. En ese sentido, el presente Contrato es de cumplimiento obligatorio para las Partes, por lo que, leído en todas y cada una de sus partes, EL PADRE, TUTOR O APODERADO lo ratifica firmándolo en señal de conformidad.
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx..…… de de 2024.
HUELLA
DIGITAL
Firma del Padre de Familia
Nombres y apellidos:…………………………
…………………………………………………… DNI Nº: ………………………………..
HUELLA DIGITAL
Firma de la Madre de Familia
Nombres y apellidos:…………………..……
…………………………………………………… DNI Nº: …………………………..
Hna. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx DIRECTORA
DNI: 00000000
AUTORIZACIÓN DE CONSENTIMIENTO DEL PADRE DE FAMILIA/TUTOR LEGAL/APODERADO PARA EL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES E IMÁGENES (FOTOGRAFÍAS) Y VIDEOS
1. LA NSTITUCION EDUCATIVA PRIVADA “LA ANUNCIATA” identificada RUC Nº 20479988839 autorizada mediante la Resolución Ministerial. R.D.R.S. Nº 0450 – 2005 – GR- LAMB/ED, debidamente debidamente representada por su Director(a) Hna. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx con DNI N°00000000 señalando ambos con domicilio en Nro. S/N Av Xxxxx Norte (pasando 4 Cdras de la Av Chiclayo) Lambayeque - Chiclayo - Xxxx Xxxxxxxx, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, en adelante “la Ley”, y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº003-2013- JUS, en adelante “reglamento”, requiere la aceptación expresa y libre del padre de familia, apoderado o tutor legal de los estudiante:
N° | Nombre y apellidos del estudiante | Xxxxx | Edad o Grado/Sección |
1 | |||
2 | |||
3 | |||
4 | |||
5 |
para el tratamiento de:
I. Los datos personales del padre de familia, apoderado o tutor legal.
II. Las imágenes (fotografía)s y/o videos del padre de familia, apoderado o tutor legal, las mismas que sonobtenidas de las diferentes actividades educativas que brinda EL COLEGIO,
2. TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
Por tratarse de datos personales que son necesarios para la preparación, celebración y ejecución de los servicios educativos que EL COLEGIO brinda, el tratamiento de dichos datos se encuentra exceptuado de la obtención del consentimiento de conformidad a lo establecidoen el inciso 5 del artículo 14 de la Ley.
2.1. Tratamiento de datos sensibles de estudiantes:
2.1.1. Es necesario y legítimo que el Colegio cuente con la información del estado de salud de sus estudiantes con el propósito de garantizar la integridad de toda la comunidad educativa.
2.1.2. Conforma a las disposiciones del MINEDU, durante el proceso de matrícula se requiere recopilar información respecto a la salud de los estudiantes, tales como alergias, medicación y otros que afecten el normal desarrollo de sus actividades académicas. 2.1.3
2.1.3. Es por ello, que al momento de la matrícula se solicitará:
a) Constancia de haber realizado el tamizaje de hemoglobina.
b) Copia de cartilla de crecimiento y desarrollo (CRED), en los primeros grados de educación básica.
c) Declaración Jurada de salud.
d) Declaración Jurada de salud condiciones y comorbilidades y la demás información que establezca el MINEDU. Las urgencias, dependiendo su complejidad, serán trasladadas a un hospital o clínica para su mejor atención.
2.2. Ficha Psicológica del estudiante:
2.2.1. El Colegio como parte de su labor educativa realiza un monitoreo constante del desarrollo psicopedagógico y emocional de los estudiantes, para contribuir mejor con el proceso de aprendizaje, para lo cual el Colegio se encuentra legitimado para desarrollar fichas psicológicas de los estudiantes los cuales tienen el carácter de confidencial y se encuentran protegidos por el secreto profesional de los especialistas en psicología.
2.2.2. El Colegio se encuentra en la obligación de realizar seguimiento y análisis psicológico y emocional de los estudiantes con la finalidad de brindar un ambiente educativo saludable de conformidad a la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, el D.S 004-2018-MINEDU y demás normas conexa.
2.2.3. Se deja constancia que El Colegio garantiza la confidencialidad de la información de salud física y psicológica proporcionada, la cual solo será utilizada con propósitos limitados y para los fines expresamente detallados.
2.2.4. Los datos sensibles permanecerán almacenados por un periodo indeterminado, hasta que el Representante Legal en representación del estudiante ejerza su derecho de cancelación
3. IMÁGENES (FOTOGRAFÍAS) Y VIDEOS DEL ESTUDIANTE.
3.1. Los datos personales, los datos sensibles y las imágenes (fotografía) y/o videos, las mismas que son obtenidas de las diferentes actividades que brinda el Colegio.
3.2. Se encontrarán almacenadas en un Banco de Datos Personales a cargo del responsable del Banco de Datos Personales de EL COLEGIO, por lo que, le informamos que EL COLEGIO ha adoptado las medidas de seguridad legales y técnicas necesarias para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los datos personales, videos y/o imágenes. En virtud del principio de información contemplado en la Ley, se les notificará, en caso exista algún cambio de responsable.
3.3. El COLEGIO, como parte de su gestión administrativa y plan de trabajo, realiza una serie de actividades académicas, formativas, deportivas, culturales y religiosas propias del servicio educativo que brinda bajo los diferentes tipos de servicios educativos (semipresencial y presencial). Estas actividades son compartidas a través de la toma de imágenes (FOTOGRAFÍAS) y videos Estas tomas pueden incluir la captación directa de los PADRES DE FAMILIA en imágenes fotografía y videos., los mismos que son publicitados a través de medios electrónicos, comunicaciones expresas o cualquier otro medio de comunicación.
3.4. Como consecuencia de lo expuesto en el numeral precedente, el padre de familia, apoderado o tutor legal conoce que EL COLEGIO usa dentro y fuera del país las imágenes (fotografías) donde aparece él; en ese sentido, se solicita al PADRE DE FAMILIA, APODERADO O TUTOR LEGAL , de manera libre, voluntaria, previa, inequívoca y expresa otorgue su consentimiento para el uso de las imágenes (fotografías) y videos donde aparece él, marcando expresamente una de las alternativas indicadas con una “X” en cada actividad descrita a continuación:
En la página web del colegio xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y redes sociales oficiales del Colegio (Facebook, Instagram, Twitter, YouTube, etc). | SI | NO |
Reportes, comunicados, boletines elaborados por el Colegio en sus diversas actividades educativas. | SI | NO |
Grabaciones y fotografías de las actividades que se realiza en el Colegio para fines pastorales (Primera Comunión, Confirmación, proyectos sociales entre otras), culturales, documentales, recreativas, deportivas, y entre otras actividades realizadas por el Colegio. | SI | NO |
Como parte de la Revista institucional, folletos, trípticos de difusión en los fines y axiología del Colegio, presentaciones audiovisuales, materiales de enseñanza, publirreportaje entre otras, avisos publicitarios. | SI | NO |
Para que sean parte de los murales o banners exhibidos por el Colegio. | SI | NO |
Deportivas: ADECORE (padres) y entre otros (sea promovido por la promotora del colegio, colegios y/o entidad pública o privada). | SI | NO |
Para que aparezcan en alguna revista o página web de alguna otra institución pública o privada, medios de comunicación y publicitarios, en el cual el estudiante participe en representación de EL COLEGIO. | SI | NO |
Para que aparezcan en la página WEB de la entidad promotora de EL COLEGIO. | SI | NO |
3.5. En tal sentido, otorgo mi consentimiento de manera libre, voluntaria, previa, inequívoca y expresa a EL COLEGIO, para la utilización dentro y fuera del país imágenes (fotografías) y videos. Asimismo, AUTORIZO el uso de las imágenes (fotografías) y videos donde aparece mi hijo(a)/menor en las siguientes actividades:
▪ En la página web del colegio xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, redes sociales xxxxx://xxx.xxxxxxxx.xxx/ , y otras redes sociales del Colegio.
▪ En los reportes, comunicados y/o boletines elaborados por el Colegio en sus diversas actividades educativas. En las grabaciones de las actividades que se realiza en el Colegio, para fines pastorales (Primera Comunión, Confirmación, proyectos sociales entre otras), culturales, documentales, recreativas, deportivas y entre otras actividades realizadas por el Colegio.
▪ En las actividades didácticas, formativas o escolares realizadas por los profesores como parte de folletos, trípticos de difusión en los fines y axiología del Colegio, presentaciones audiovisuales, materiales de enseñanza, publirreportajes, entre otras.
▪ Para que sean parte de los murales o banners exhibidos por el Colegio. Deportivas: Adecore, Juegos Deportivos Escolares Nacionales y entre otros (sea citado o compartido con otra asociación, colegio, y/o entidad).
▪ Para que aparezcan en alguna revista o página web de alguna otra institución pública o privada, medios de comunicación y publicitarios, en el cual su menor hijo(a) participe en representación de EL COLEGIO a fin de ofrecerles un mejor servicio educativo de calidad.
4. Tratamiento de los datos personales de alumnos (menores de edad), que podrían contener datos sensibles.
▪ Usar y/o almacenar los datos personales de alumnos (menores de edad) y Padres de Familia (titular).
▪ Transferir la información a terceras personas de los datos personales de alumnos y Padres de Familia (titular), salvo mandato judicial.
▪ La utilización y/o tratamiento de los datos personales de padres de familia - titular (que podrían contener datos sensibles) serán para recibir información vinculada al COLEGIO tales como comunicados, invitaciones, materiales, e información (reportes académicos, conductuales), requerimientos, entre otros.
▪ EL COLEGIO informa que ha sido declarada a la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, mediante su inscripción en el Registro Nacional de Protección de Datos personales con la denominación “PADRES DE FAMILIA”.
5. EL COLEGIO se obliga a respetar el principio de información consagrado tanto en la Ley de Protección de Datos Personales como en su Reglamento, por lo que, le brinda los siguientes medios a fin de que ustedes como representantes legales de los alumnos y titulares de los datos personales(padres de familia), puedan ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición contemplados en la Ley Nº 29733 “Ley de Protección de Datos Personales” y su respectivo reglamento: (i) Puede solicitarlo de forma presencial en nuestra sede ubicada en Av. Xxxxx S/N distrito de Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx, provincia de Chiclayo y departamento de Lambayeque, en el horario de 08:00 am a 14:30 pm de lunes a viernes; puede llamarnos al teléfono 000000000.
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx..…… de de 2024
HUELLA DIGITAL
Firma del Padre de Familia
Nombres y apellidos:…………………………
……………………………………………………
DNI Nº: ………………………………..
HUELLA
DIGITAL
Firma de la Madre de Familia
Nombres y apellidos:…………………..……
……………………………………………………
DNI Nº: …………………………..
Hna. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx DIRECTORA
DNI: 00000000
AUTORIZACIÓN PARA REVISIÓN DE LAS PERTENENCIAS DEL ESTUDIANTE - AÑO ESCOLAR 2024.
Por medio de la presente, identificado (a) con DNI N.°……………………………………domiciliado en
……………………………………..,en mi calidad de padre de familia/madre de familia/apoderado del estudiante
…………………………………….. quien cursa el ………año/grado de primaria/secundaria de la I.E.P
………………, en adelante “El colegio”, AUTORIZO para el año escolar 2024, la revisión periódica de las pertenencias (mochilas, maletas, loncheras, casilleros, lockers u otras pertenencias) de mi menor hijo (a):
I. Durante la jornada escolar y en las instalaciones del colegio.
II. Fuera de la jornada escolar y/o fuera de las instalaciones del colegio.
III. En caso participe en un taller o evento extracurricular.
IV. En caso represente al colegio en algún evento deportivo o artístico sea dentro o fuera de las instalaciones del colegio.
V. En caso asista alguna actividad, jornada, viaje de estudios, visitas, retiro, charla, paseos u otra actividad programada por el colegio.
La revisión periódica tiene como finalidad:
• Supervisar el ingreso de sustancias perjudiciales para la salud del estudiante y de objetos distractores para el desarrollo óptimo de sus labores académicas.
• Supervisar el ingreso de objetos (armas) de conformidad a la guía de prevención, detección y actuación ante la presencia xx xxxxx en las instituciones educativas.
• Salvaguardar la vida y la integridad de los integrantes de la comunidad educativa. Además, prevenir situaciones de violencia escolar durante el año escolar 2024.
Está revisión estará a cargo de su tutor y/o coordinador de convivencia escolar y/o coordinador del nivel u otra persona designada por el colegio.
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxx..…… de de 2024
HUELLA DIGITAL
Firma del Padre de Familia
Nombres y apellidos:…………………………
…………………………………………………… DNI Nº: ………………………………..
HUELLA DIGITAL
Firma de la Madre de Familia
Nombres y apellidos:…………………..……
…………………………………………………… DNI Nº: …………………………..
Hna. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx
DIRECTORA
DNI: 00000000