CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALIA DE DEPORTES DESTINADAS A CLUBES DEPORTIVOS Y FEDERACIONES DEPORTIVAS PARA LA REALIZACION DE EVENTOS Y COMPETICIONES DEPORTIVAS.
Xxxxxxx Municipal de los Deportes
X/ Xxx Xxxxx x/x 00000 Xxxxxx - Xxxxxxxx
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALIA DE DEPORTES DESTINADAS A CLUBES DEPORTIVOS Y FEDERACIONES DEPORTIVAS PARA LA REALIZACION DE EVENTOS Y COMPETICIONES DEPORTIVAS.
CONVOCATORIA 2019
ARTÍCULO 1. - REGULACIÓN.-
Las subvenciones objeto de la presente convocatoria se regirán, además de por lo previsto en la misma, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Reglamento que desarrolla dicha Ley de Subvenciones, aprobado por R.D. 887/2006, de 21 de julio, por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, aprobada por Ayuntamiento Pleno, en sesión de 30 de enero de 2013 (BOPA de 00 xx xxxx xx 0000) x xxx xx Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx General de Subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, anexos deportes, aprobada por Ayuntamiento Pleno, en sesión de 4 xx xxxxx de 2017 (BOPA de 4 de julio de 2017).
ARTÍCULO 2. - CUANTÍA MÁXIMA DE LA CONVOCATORIA.-
En el presupuesto de Deportes del año 2019, el importe destinado a la Convocatoria de Subvenciones a Clubes Deportivos y Federaciones Deportivas para la realización de eventos y competiciones deportivas, con cargo a la partida 420 3410 489990 asciende a
151.000 €.
ARTÍCULO 3. - OBJETO.
Es objeto de la presente Convocatoria la concesión de subvenciones a Clubes Deportivos xx Xxxxxx, Federaciones Deportivas, para favorecer la organización de competiciones y eventos deportivos que se desarrollen en el xxxxxxx xx Xxxxxx.
ARTÍCULO 4.- ACTIVIDADES A SUBVENCIONAR.
Organización de competiciones y eventos deportivos realizados en el xxxxxxx xx Xxxxxx.
ARTÍCULO 5. - GASTOS SUBVENCIONABLES.
Se consideran gastos subvencionables, a los efectos previstos en esta Convocatoria, aquellos que, de manera indubitada respondan a la naturaleza y objeto de la actividad subvencionada y se realicen en el ejercicio de la presente convocatoria. Se considera gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación, tales como: gastos de personal de la entidad, derechos federativos, arbitrajes y jueces, gastos de desplazamientos y alojamientos para los participantes en el evento, transportes, prestación de servicios de profesionales, ambulancias sin servicios médicos, gastos de las pólizas de seguros, material deportivo, trofeos y premios, comunicación y material de oficina, imprenta, publicidad y propaganda, etc..
Para los gastos de las características de los señalados en los apartados 3 y siguientes del art. 31 de la Ley General de Subvenciones, se estará a lo previsto en la misma.
ARTÍCULO 6.- BENEFICIARIOS.
Podrán optar a ser beneficiarios de las subvenciones que se concedan por medio de esta convocatoria los Clubes Deportivos xx Xxxxxx y las Federaciones Deportivas, que además de reunir los requisitos señalados en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones, cumplan los siguientes:
1.- Los Clubes Deportivos, deben de estar constituidos de conformidad con la normativa vigente, e inscritos en el Registro de Entidades Deportivas del Principado xx Xxxxxxxx como: clubes elementales o clubes básicos; según lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 2 / 94 de 29 de diciembre, del Deporte.
- Tener su domicilio social y fiscal en el xxxxxxx xx Xxxxxx.
- Estar inscritos en la Federación Deportiva del Principado xx Xxxxxxxx correspondiente.
- Estar dados de alta en Hacienda y poseer el correspondiente C.I.F.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad del Ayuntamiento xx Xxxxxx, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.
- Haber realizado actividad deportiva durante el año anterior al de la convocatoria.
2.- En cuanto a las Federaciones Deportivas deberán de estar legalmente constituidas y reconocidas por la Dirección General de Deportes del Principado xx Xxxxxxxx o por el Consejo Superior de Deportes.
- Estar dadas de alta en Hacienda y poseer el correspondiente C.I.F.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- Haber justificado debidamente las subvenciones municipales que puedan haber obtenido con anterioridad del Ayuntamiento xx Xxxxxx, salvo que no haya vencido su plazo de justificación.
3.- En la presente convocatoria se excluyen como beneficiarias a las Entidades que ya dispongan, en el ejercicio económico 2019, de una asignación de carácter nominativo o
convenio en el Presupuesto Municipal, para idénticos fines a los establecidos en el artículo 3.- de esta Convocatoria.
ARTÍCULO 7.- OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.
Con independencia de las obligaciones generales que recoja la Ley de Subvenciones y la Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento xx Xxxxxx, serán obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones reguladas por esta Convocatoria, las siguientes:
a) Realizar la actividad deportiva para la que se solicita subvención cumpliendo los objetivos expuestos en el art. 3. de esta Convocatoria.
b) Justificar ante el órgano concedente, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención en la forma señalada en el art.19 de esta Convocatoria.
c) Xxxxxxxse a las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a efectuar por el órgano concedente y por su orden, por los responsables de los servicios promotores de la subvención y a las de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios; aportando cuanta documentación les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.
d) Comunicar al órgano concedente, la obtención de subvenciones concedidas por otros organismos oficiales, que financien las actividades ya subvencionadas en esta Convocatoria, así como las alteraciones a las que hace referencia el apartado 1 del art. 18 de esta Convocatoria.
Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en los términos fijados en el R.D.887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
En los casos previstos en el art. 24 del citado Reglamento, la presentación de declaración responsable sustituirá a la presentación de las certificaciones exigidas con carácter general y que figuran en los Art. 22.2 y 3 del citado Reglamento.
f) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.
g) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
h) Hacer constar en toda información, publicación o publicidad que se efectúe de la actividad, que la misma está subvencionada por el Ayuntamiento xx Xxxxxx.
i) Insertar el logotipo establecido en el ANEXO VI de las presente Convocatoria, en lugar preferente en los carteles, dípticos y folletos que edite el Club o Federación, en referencia a las actividades objeto de subvención en la presente convocatoria.
j) Incluir al Ayuntamiento xx Xxxxxx en cuantos actos oficiales de presentación de equipos y/o eventos que organice el Club o Federación.
k) Xxxxxxxx al reintegro de los fondos percibidos cuando concurran las causas de reintegro a que hace referencia la Ley General de Subvenciones, así como al reintegro parcial en los términos señalados en el art. 20 de esta convocatoria.
ARTÍCULO 8.- FINANCIACIÓN DE LAS SUBVENCIONES.
La subvención que se conceda de acuerdo con la presente Convocatoria, será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público o privado, de conformidad con el art. 19.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, y demás normativa de aplicación.
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.
ARTÍCULO 9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Sólo serán objeto de subvención aquellas competiciones y eventos cuyos proyectos tengan una repercusión en la promoción del deporte y/ o de la imagen deportiva de la ciudad xx Xxxxxx.
El Ayuntamiento xx Xxxxxx distribuirá las subvenciones entre los Clubes o Federaciones solicitantes que cumplan los requisitos exigidos en el art. 6, en relación con los siguientes criterios objetivos de otorgamiento:
Se valorará hasta un máximo de 100 puntos, en atención a los siguientes criterios:
a) Xxxxxxxx y ámbito territorial de la competición, atendiendo a los siguientes
niveles:
- Xxxxx 0: Competición Internacional Oficial,……………………………………. 70 puntos.
- Xxxxx 0: Competición Nacional Oficial,..................................................... 40 puntos.
- Xxxxx 0: Competición Regional/Autonómica Oficial, 20 puntos.
- Nivel4: Competiciones no incluidas en los Calendarios Oficiales de las Federaciones,..…
10 puntos.
b) Duración del evento, atendiendo a los siguientes niveles:
- Xxxxx 0: Dos o más días,… 10 puntos.
- Xxxxx 0: Un día, 5 puntos.
c) Presupuesto, implantación, repercusión e interés social del evento, atendiendo a los siguientes niveles:
- Xxxxx 0: Muy alta, 15 puntos.
- Xxxxx 0: Alta, 10 puntos.
- Xxxxx 0: Media, 5 puntos.
d) Antigüedad de la prueba, atendiendo a los siguientes niveles:
- Xxxxx 0: + de 5 años de manera ininterrumpida,… 5 puntos.
- Xxxxx 0: + de 3 años de manera ininterrumpida,… 2,5 puntos.
Solamente serán objeto de concesión de subvención aquellas solicitudes cuya valoración alcance un mínimo de 25 puntos.
Para la concesión de las diferentes subvenciones, será de aplicación el siguiente baremo:
Puntuación | Importe |
100 puntos | 45.000 |
De 91 a 99 puntos | 30.000 |
De 81 a 90 puntos | 20.000 |
De 71 a 80 puntos | 15.000 |
De 61 a 70 puntos | 10.000 |
De 51 a 60 puntos | 7.000 |
De 41 a 50 puntos | 5.000 |
De 31 a 40 puntos | 1.500 |
De 25 a 30 puntos | 500 |
En el supuesto de que, el crédito destinado a esta convocatoria no se ajuste al importe total propuesto para todas las solicitudes que, hayan alcanzado un mínimo de 25 puntos (por exceso o por defecto), se aplicará un coeficiente corrector, de acuerdo con la siguiente fórmula:
(a/b) x c = d
Donde:
a = crédito de la convocatoria
b = suma de las cantidades que resulten de aplicar el baremo de puntuación a todas las solicitudes valoradas, que hayan alcanzado un mínimo de 25 puntos
c = cantidad que resulte de aplicar el baremo de puntuación a cada una de las solicitudes valoradas.
d = cantidad a conceder a cada solicitud
ARTÍCULO 10.- PUBLICACION DE LA CONVOCATORIA.
A los efectos previstos en el art. 45.1 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP), la publicación de la convocatoria de las subvenciones, así como las demás previstas en esta Convocatoria, se realizarán en el B.O.P.A., en la Base Nacional de Subvenciones, tablón de anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxx y, en su caso, en el tablón de anuncios de la Sección de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxx (Xxxxxxx Municipal de los Deportes. C/ Río Dobra, s/n.) Así como en los términos de la Ley General de Subvenciones.
Adicionalmente, el Ayuntamiento difundirá la Convocatoria, así como las demás publicaciones a que se hace referencia en las mismas, por los medios que considere oportunos.
ARTÍCULO 11.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS SOLICITANTES.
1.- Las entidades deportivas interesadas en acceder a las subvenciones reguladas por esta Convocatoria, deberán presentar, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOPA, la siguiente documentación.
a) Hoja de Solicitud (Anexo I), debidamente cubierta en todos sus apartados y firmada y sellada por las personas que tengan capacidad legal para representar a la entidad solicitante.
b) Fotocopia del CIF de la entidad.
c) Fotocopia del Registro de la Entidad en el Registro de Entidades Deportivas del Principado xx Xxxxxxxx
d) Documento acreditativo de estar inscritos en el Registro de la Federación Territorial correspondiente
e) Certificado del Tesorero de los gastos e ingresos De la Entidad Deportiva durante 2018.
f) Certificado del Tesorero del Presupuesto de gastos para el año 2019, desglosado por conceptos.
g) Memoria de la competición o evento deportivo a desarrollar, con todos los datos: Nombre o título, fecha, lugar o recorrido, participantes, categorías, organización, colaboraciones, premios (con datos exactos), sponsorizaciones, patrocinadores, etc. De acuerdo con el modelo recogido en el anexo II.
h) Presupuesto detallado y desglosado de la actividad a desarrollar
i) Documento de la Federación, que acredite que se trata de una competición oficial y el carácter de la misma.
j) Certificado acreditando la existencia o no de otras subvenciones, además de la municipal. En caso de existencia, se indicará entidad y cuantía. (Anexo III)
k) Declaración responsable según el modelo (Anexo IV) del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, así como del cumplimiento del resto de obligaciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones diferentes a las ya expuestas.
l) Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
m) Cesión de datos (Anexo V).
2.- No obstante, el solicitante podrá acogerse a lo establecido en el art. 53.1 de la Ley 39/2015 (LPACAP)de 1 de Octubre, en relacion con el derecho a no presentar documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento, debiendo aportar entonces las certificaciones en los términos establecidos por los arts. 22 y 24 del RD887/2006 del 21 de Xxxxx por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerir al solicitante su presentación, o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
3.- La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano competente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Tesorería Municipal, a través de certificaciones telemáticas, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación.
No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces las certificaciones en los términos establecidos en el R.D.887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
ARTÍCULO 12.- LUGAR DE PRESENTACION.
La documentación para participar en la convocatoria deberá presentarse en el Registro Electrónico del Ayuntamiento xx Xxxxxx (xxx.xxxxxx.xx) en los términos del art 14
de la Ley 39/2015 de 1 Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
ARTÍCULO 13.- SUBSANACIÓN DE ERRORES.
1.- Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el art. 68 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
2.- Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento podrá instarse al club deportivo o Federación solicitante que cumplimente cualquier otro requisito o trámite omitido, de acuerdo con lo previsto en el art. 73 de la Ley 39/2015 (LPACAP), concediendo a tal efecto un plazo xx xxxx días hábiles a partir de la notificación, con expreso apercibimiento de que de no hacerlo así, se le podrá declarar decaída en el derecho a la tramitación de su solicitud. Sin embargo, se admitirá la actuación de la interesada y producirá sus efectos legales si se produjera antes o dentro del día en que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.
ARTÏCULO 14.- REGIMEN DE CONCESION.
La concesión de estas subvenciones se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva.
ARTÏCULO 15.- ORGANOS COMPETENTES.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Concejalía Delegada de Deportes y para la concesión la Junta de Gobierno Local.
El órgano competente para la instrucción realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución
Una vez evaluadas las solicitudes, se dará traslado de la propuesta al órgano colegiado al que se refiere el apartado 1 del art. 16 de la Ordenanza General de Subvenciones, que deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.
La aportación de datos por parte de los solicitantes que no se ajusten a la realidad supondrá la exclusión automática, reservándose el Ayuntamiento el derecho de emprender las acciones legales correspondientes para exigir las responsabilidades a que hubiese lugar
.
ARTÍCULO 16.- TRAMITE DE AUDIENCIA.
La Concejalía delegada competente en materia de Deportes, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en, su caso, en el tablón de anuncios de la Sección de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxx
(Xxxxxxx Municipal de los Deportes, c/ Río Dobra, s/n), concediéndose un plazo de 10 días para presentar alegaciones.
ARTÍCULO 17.- RESOLUCIÓN.
1.- Examinadas las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, se formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes para los que se propone la concesión de la subvención y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.
El expediente de concesión de subvenciones contendrá el informe del órgano instructor en el que conste que de la información que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
2.- Una vez aprobada la propuesta de resolución definitiva de acuerdo con lo previsto en el art. 88 de la LPACAP y en la correspondiente convocatoria, la Junta de Gobierno resolverá el procedimiento, previo informe de la Intervención General Municipal.
3.- La resolución, además de contener el solicitante o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, hará constar, en su caso, de manera expresa la desestimación del resto de las solicitudes, así como la no concesión por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida.
En el caso de las subvenciones concedidas se indicará la cuantía correspondiente, así como la referencia a los criterios de valoración tomados en consideración para determinar dicha cuantía.
En el caso de las subvenciones desestimadas se indicará el precepto de la Convocatoria en el que se fundamenta la desestimación.
4.- El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.
5.- El vencimiento del plazo máximo, sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados se entenderá desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
6.- La resolución del procedimiento se notificará al interesado y pondrá fin a la vía administrativa.
ARTÍCULO 18.- VARIACIONES EN LAS SUBVENCIONES.
1.-Toda modificación en las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internaciones, dará lugar a la modificación de la resolución de concesión
2.- Las solicitudes de modificación, deberán de estar suficientemente motivadas y deberán formularse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que lo justifiquen y en todo caso, con anterioridad al momento en el que finalice el plazo de ejecución del programa subvencionado, todo ello conforme a los términos previsto por el art.
17.3 de la Ley General de Subvenciones y el art. 64 de su Reglamento.
En cualquier caso las solicitudes de modificación deberán de respetar el objeto, condiciones y finalidad de la subvención, así como los criterios de valoración establecidos
respecto de las solicitudes o peticiones, tal y como dispone el art. 27.3 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre General de Subvenciones.
Las resoluciones de las solicitudes de modificación se dictaran por el titular del Órgano convocante en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de presentación de aquellas en el Registro. Transcurrido este plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el art. 25.5 de la Ley General de Subvenciones y por la Ley 39/2015 (LPACAP).
3.-La cuantía de la subvención deberá de ser objeto de reducción cuando, debido a la acumulación de subvenciones o ayudas recibidas para el mismo fin, el conjunto de estas supere el coste total de la actividad subvencionada y por el importe que exceda del coste efectivo.
ARTÍCULO 19. - JUSTIFICACIÓN.
1.- La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención se realizarán en los términos previstos en el art. 30 de la Ley General de Subvenciones, en su Reglamento, así como en la Ordenanza general de Subvenciones salvo la regulación específica recogida en esta Convocatoria.
2.- La justificación se realizará ante el ente concedente, dentro del plazo de un mes a contar desde el día del cobro de la subvención o de la fecha en que finalizó la actividad o programa que dio lugar a la misma, sin que dicho plazo pueda exceder de un mes, a su vez, de la finalización del ejercicio económico al que corresponda. Para la ampliación del plazo de justificación se estará a lo previsto en el art 25.2 de la Ordenanza.
3.- La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del beneficiario en el que se deben incluir, bajo la responsabilidad del declarante, los siguientes documentos:
3.1.- Certificación del representante legal de la entidad en la que conste la realización de las actividades, programas o adquisiciones efectuadas así como sobre el importe de los fondos que cofinancian el proyecto, su procedencia, finalidad y aplicación a las actividades subvencionadas. Se ajustará al modelo que figura en la convocatoria (Xxxxx XXX).
3.2.- Memoria de actuación, justificativa de la aplicación de las subvenciones concedidas y explicativas de la realización de cada actividad subvencionada que se ajustará al modelo que figura en la convocatoria. (Anexo VIII)
3.3.- Justificación del gasto mediante facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa de acuerdo con las normas y modelo que figura en la convocatoria en función del concepto de gasto subvencionado (Anexo IX).
La acreditación del gasto también podrá hacerse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.
En cualquier caso, deberán de aportarse también, los correspondientes documentos acreditativos de los pagos.
3.4.- En el caso de adquisición de equipamiento, se acompañará certificado de recepción de lo adquirido y su inclusión en el inventario de la entidad (Anexo X)
3.5.- Acta o informe de la comprobación material practicada, si procede. 3.6.- Carta de pago del reintegro en caso de remanente no aplicado
4.- Transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado la misma ante el órgano administrativo competente, se requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de quince días sea presentada.
Cuando el órgano administrativo competente para la comprobación de la subvención aprecie la existencia de omisiones y/o defectos subsanables en la justificación presentada por el beneficiario, lo pondrá en su conocimiento, concediéndole un plazo xx xxxx días para su corrección.
Si, transcurridos los plazos a que hace referencia este apartado, no se hubiese procedido a presentar la justificación o subsanar las omisiones y/o defectos de la justificación presentada, se iniciará el procedimiento para el reintegro de la subvención, con independencia de la aplicación del régimen de sanciones previsto en esta Ordenanza, si procediese.
ARTÍCULO 20.- SUBCONTRATACIÓN
Las actividades a subvencionar no podrán ser objeto de subcontratación
ARTÍCULO 21.- ABONO.
1.- Dadas las características de las entidades destinatarias: de carácter local, con limitados recursos económicos; la cuantía de las subvenciones concedidas, así como la naturaleza de las iniciativas objeto de subvención, habitualmente de programación anual; las subvenciones concedidas se librarán de una sola vez con carácter previo a la justificación de las mismas, conforme a lo establecido en el procedimiento de gestión presupuestaria.
2.- No podrá realizarse el pago de la subvención hasta tanto no resulten acreditados los siguientes extremos:
2.1.- Que el beneficiario se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en el caso de las municipales en los términos fijados en las Bases de ejecución del Presupuesto.
2.2.- Que se halla al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
2.3.- Que no tiene pendiente de justificar ninguna subvención municipal concedida con anterioridad, salvo que no haya vencido el plazo de justificación.
2.4.- Que no sea deudor por resolución de procedencia de reintegro.
3.- Cuando el beneficiario sea deudor con motivo de una deuda vencida, líquida y exigible, el Alcalde y por delegación el Concejal de Economía, podrá acordar la compensación.
ARTÍCULO 22.- REINTEGRO.
1.- El régimen jurídico del reintegro de las subvenciones será el previsto en el Título II de la Ley General de Subvenciones y por el Título III de su Reglamento.
2.- En todo caso, cuando el cumplimiento del beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada por la aplicación de los siguientes criterios:
a) Cuando sean subvencionados varios proyectos de una misma entidad y alguno de ellos no cumpla la obligación establecida en el art. 7.a, se promoverá el reintegro del total de la subvención destinada a ese proyecto.
b) En el caso de incumplimiento de algunas otras de las obligaciones establecidas en el art. 7, se promoverá el reintegro total o parcial de la subvención concedida.
ARTÍCULO 23.- INFRACCIONES Y SANCIONES.
El régimen jurídico de las infracciones y sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones recogidas en esta Convocatoria será el previsto en el TITULO IV de la Ley General de Subvenciones.
ARTÍCULO 24.- CESION DE DATOS.
La presentación de solicitud de subvención, implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, así como de los datos relativos a la subvención, en su caso concedida que, a efectos de estadística, evaluación y seguimiento puedan realizarse a favor de otras Administraciones y Organismos Públicos.
ANEXO I
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALIA DE DEPORTES DESTINADAS A CLUBES DEPORTIVOS Y FEDERACIONES DEPORTIVAS PARA LA REALIZACION DE EVENTOS Y COMPETICIONES DEPORTIVAS AÑO 2019
HOJA DE SOLICITUD
DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD:
DATOS DE REGISTRO:
ENTIDAD SOLICITANTE | |
C.I.F. DE LA ENTIDAD SOLICITANTE |
DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD A EFECTOS DE COMUNICACIÓN EN LA PRESENTE CONVOCATORIA:
DIRECCIÓN: | |||
LOCALIDAD: | C. POSTAL: | ||
CORREO ELECTRÓNICO DE CONTACTO: |
DATOS DE LA ENTIDAD:
PRESIDENTE: | |||
SECRETARIO: | |||
TESORERO: | |||
Nº de Registro en la D.G.D. | TELÉFONOS DE CONTACTO: | -- |
CUENTA BANCARIA DE LA ENTIDAD:
BANCO | ||||||||||||||||||||||||
DIRECCIÓN: | ||||||||||||||||||||||||
IBAN CUENTA : | E | S |
DOCUMENTACIÓN DE PRESENTACIÓN OBLIGATORIA EN CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE CONVOCATORIA:
(Se deberá marcar con una X la casilla de la documentación entregada de forma simultánea con la presente Hoja de Solicitud)
Hoja de Solicitud (Anexo I), debidamente cubierta en todos sus apartados. Fotocopia del CIF de la Entidad.
Fotocopia del Registro de la Entidad en el Registro de Entidades Deportivas del Principado xx Xxxxxxxx.
Documento acreditativo de estar inscritos en el Registro de la Federación Territorial correspondiente.
Certificado del Tesorero de los gastos e ingresos de la Entidad durante 2018, desglosado por conceptos.
Certificado del Tesorero del presupuesto de gastos para el año 2019, desglosado por conceptos
Memoria de la competición o evento deportivo a desarrollar. (Anexo II)
Documento de la Federación acreditativo de que se trata de una competición oficial y el carácter de la misma..
Declaración responsable según el modelo (Anexo IV) del cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones, así como del cumplimiento del resto de obligaciones del art. 13 de la Ley General de Subvenciones diferentes a las ya expuestas.
Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social relativo al cumplimiento de las obligaciones frente a la Seguridad Social.
Cesión de datos (Anexo V).
No autorizo al Ayuntamiento para poder obtener datos de la Agencia Tributaria y de la Tesorería Municipal.
En Oviedo, a...........de...........................................de..........
El/la representante legal de la entidad
Fdo.: .........................................................
Sello de la Entidad
ANEXO II
DATOS GENERALES DE LA COMPETICION O EVENTO DEPORTIVO
DENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDAD:
CATEGORÍA (local, regional, nacional o internacional:
FECHA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN:
INSTALACIÓN O RECORRIDO:
PARTICIPANTES Y CATEGORÍAS:
ORGANIZACIÓN:
COLABORADORES:
PREMIOS Y TROFEOS:
PRESUPUESTO DE LA ACTIVIDAD:
GASTOS : | Publicidad | |
Trofeos | ||
Dietas | ||
Premios | ||
Megafonía | ||
Otros gastos | ||
TOTAL GASTOS | ||
INGRESOS : | Subvención Ayuntamiento | |
Otras subvenciones | ||
Aportación de la entidad | ||
Otros ingresos | ||
TOTAL INGRESOS |
*Muy Importante
Este impreso se acompañara de una descripción más detallada de la actividad y de un presupuesto detallado de la misma, que deberá de recoger toda la relación de gastos e ingresos previstos.
En Oviedo, a...........de de 2019
El/la representante legal de la entidad Fdo.: .........................................................
ANEXO III
CERTIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA O NO DE OTRAS SUBVENCIONES, ADEMÁS DE LA MUNICIPAL.
D. /Xx ..................................................................................................., con N.I.F.
número………................................, como representante de la entidad
........................................................................, CERTIFICA que:
1.- Que para el desarrollo de las actividades solicitadas en la presente Convocatoria (organización de competiciones y eventos deportivos que se desarrollen en el xxxxxxx xx Xxxxxx, año 2019) SI – NO (táchese lo que no proceda) se han obtenido subvenciones de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados.
2.- (Cubrir solo en el caso de que el apartado anterior sea afirmativo) Las subvenciones obtenidas de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados, para los programas subvencionados por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, han sido por los importes que se indican:
Concepto | Entidad concedente | Importe Subvención |
TOTAL OTRAS SUBVENCIONES OBTENIDAS |
(La entidad se compromete a aportar cuantos documentos sean requeridos por el Ayuntamiento para la verificación de lo expuesto, así como cuantas inspecciones considere oportuno realizar)
En Oviedo, a...........de 2019
El/la representante legal de la entidad Fdo.: .........................................................
ANEXO IV
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN LAS PROHIBICIONES DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY GENERAL DE SUBVENCIONES Y DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES POR REINTEGRO DE SUBVENCIONES
D. /Xx..................................................................................................., con N.I.F.
número………................................, como representante de la entidad , DECLARA que:
Esta entidad no está incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones y no tiene pendiente ninguna actuación relacionada con el cumplimiento de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Y para que así conste a los efectos oportunos, de acuerdo con la convocatoria, se expide la presente DECLARACIÓN,
En.................... a....... de 2019
Fdo.: ................................................
ANEXO V
En cumplimiento con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos facilitados mediante la hoja de solicitud de subvenciones pasarán a formar parte de un fichero, propiedad del Ayuntamiento xx Xxxxxx, con la finalidad de remitir dicha solicitud al Servicio de Deportes, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en las dependencias del Registro General, sitas en la calle Xxxxxxxx, nº 6 – 33007 – Oviedo.
Los datos recogidos en el impreso de solicitud de subvenciones deben de ser correctos y convenientes a efectos del envío y recepción de las notificaciones que, de este expediente se deriven.
Club o Entidad Deportiva:……………………………………………………………
C.I.F.: ………………………………………….
Representante:………………………………………………………………………
N.I.F.: …………………………………………
En Oviedo, a...........de de 2019
El/la representante legal de la entidad Fdo.: .........................................................
ANEXO VI
LOGOTIPO PARA CARTELES, DIPTICOS, FOLLETOS, ETC.
ANEXO VII
CERTIFICACIÓN DE REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES, PROGRAMAS O ADQUISICIONES CON CARGO A LA SUBVENCIÓN Y DE POSIBLE COFINANCIACIÓN
D. /Xx..................................................................................................., con N.I.F.
número………................................, como representante de la entidad , CERTIFICA que:
1. En la convocatoria de Subvenciones de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento xx Xxxxxx destinadas a la organización de competiciones y eventos deportivos que se desarrollen en el xxxxxxx xx Xxxxxx, año 2019, la Entidad ……………………………………………………………………………….
ha sido subvencionado por el Ayuntamiento xx Xxxxxx en los siguientes importes: 1.1. .................................................................................................
1.2. .................................................................................................
1.3. .................................................................................................
2.- Que para idéntico fin SI – NO (táchese lo que no proceda) se han obtenido subvenciones de otras Administraciones Públicas o entes públicos o privados.
3.- (En caso afirmativo) Que las subvenciones obtenidas de otras Administraciones Públicas o entes públicos, para los programas subvencionados por el Ayuntamiento xx Xxxxxx, han sido por los importes que se indican:
CONCEPTO | Entidad concedente | Importe Subvención |
TOTAL OTRAS SUBVENCIONES OBTENIDAS |
(La entidad se compromete a aportar cuantos documentos sean requeridos por el Ayuntamiento para la verificación de lo expuesto, así como cuantas inspecciones considere oportuno realizar)
En Oviedo, a...........de 2019
El/la representante legal de la entidad
Fdo.: .........................................................
ANEXO VIII
MEMORIA A PRESENTAR PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN OBTENIDA EN LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DESTINADAS A CLUBES DEPORTIVOS Y FEDERACIONES DEPORTIVAS PARA LA REALIZACION DE EVENTOS Y COMPETICIONES DEPORTIVAS:
Deberá contener al menos los siguientes apartados:
1. Denominación completa de la competición
2.- Fechas y lugar en los que tuvo lugar, detallando recorridos y etapas en caso de las hubiere.
3.- Participantes:
Número de participantes y en el caso de competiciones por equipos o clubes, la denominación de los mismos, explicitando:
a) Carácter: Internacional, Nacional, Autonómica o Local
b) Categorías de los participantes
c) Carácter libre u Open de las inscripciones
4.- Actividades paralelas realizadas, detallando sus contenidos, lugares y fechas de realización
5.- Clasificaciones de la competición, en caso de que las hubiera.
6.- Xxxxxx, tríptico, programa o cualquier otro medio por el que se publicite la prueba, en el que deberá figurar el logotipo oficial del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
7.- Fotocopias de recortes de prensa, si los hubiera, donde se haga mención a la prueba o competición objeto de justificación.
8.- Balance económico de la prueba o competición, indicando los diferentes apartados de ingresos y gastos.
ANEXO IX
NORMAS SOBRE LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
1.- GASTOS DE PERSONAL. Se incluirán los gastos derivados del pago de retribuciones al personal de la entidad (vinculado al programa/proyecto subvencionado) mediante contrato laboral; así como as correspondientes cuotas de seguros sociales a cargo de la entidad. La documentación que deberá portarse es original y copia de: recibos de nómina; documentos derivados del Sistema de liquidación directa de cotizaciones a la Seguridad Social (SLD): Recibo de liquidación de cotizaciones (RLC) y Relación nominal de trabajadores (RNT) o, en su caso, boletines acreditativos de cotización a la Seguridad Social (TC1 y TC2); e impresos 111 y 190 de ingresos por retenciones de IRPF. Se relacionarán las nóminas de cada persona trabajadora mes a mes, reflejándose el líquido imputado y la cuota a la Seguridad Social a cargo de la empresa, según modelo
Relación de nóminas:
Entidad: ................................................................................
Concepto para la que se otorga la Subvención: ...........................
Nombre del trabajador | Mes | Líquido a imputar | IRPF | Seguridad Social a cargo de la empresa que se imputa | TOTAL |
TOTAL IMPORTE JUSTIFICADO |
2.- GASTOS DE ORGANIZACIÓN DEL EVENTO. Se incluirán los gastos derivados directamente de la realización del programa subvencionado, tales como: derechos federativos, arbitrajes y jueces, gastos de desplazamientos y alojamientos para los participantes en el evento, transportes, prestación de servicios de profesionales, ambulancias sin servicios médicos, gastos de las pólizas de seguros, material deportivo, trofeos y premios, comunicación y material de oficina, imprenta, publicidad y propaganda, etc... La documentación que deberá aportarse es original y copia de las facturas que deberán cumplir los requisitos establecidos en el R.D.1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Además, en el caso de prestación de servicios de profesionales deberá aportarse los impresos 111 y 190 del ingreso por retenciones de IRPF. Y en el supuesto de gastos ocasionados por el arrendamiento de inmuebles, los impresos 115 y 180 del ingreso de retenciones de IRPF.
3.- DIETAS Y GASTOS DE VIAJES INDIVIDUALES. Se refiere exclusivamente al personal contratado laboralmente y al personal voluntario que intervienen en los programas subvencionados. La documentación a presentar será una liquidación individual de cada dieta o gasto de viaje ocasionado, en la que constarán los datos y la firma del perceptor, los conceptos de gasto y los datos de la Entidad subvencionada y la firma de su representante legal. En lo referido a gastos de desplazamientos no serán considerados los que excedan de 0,19 € por kilómetro recorrido, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento. En cuanto a los gastos de manutención, no podrán exceder de 18 € por comensal.
4.- PROYECTOS DE REALIZACIÓN DE OBRAS Y ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO. .. La
documentación que deberá aportarse es original y copia de las facturas que deberán cumplir los requisitos establecidos en el R.D.1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. En el supuesto de adquisición de equipamiento se acompañará certificación del representante de la Entidad en el que conste la recepción de lo adquirido y su inclusión en el inventario de la Entidad.
5.- Como norma general para la justificación de todos los gastos, no solo se debe de acreditar el gasto, sino también se debe de acreditar el pago.
6.- Con independencia de la forma de justificar el gasto: facturas, nominas, seguridad social etc., se requiere la aportación de los documentos acreditativos de haber realizado el pago, con las siguientes indicaciones:
• Los gastos por importe igual o superior a 500,00€ no podrán realizarse en efectivo o en metálico, por lo no serán aceptadas los gastos que incumplan este requisito.
• El pago de gastos superiores a dicha cantidad debe de realizarse por transferencia bancaria o domiciliación bancaria, o tarjeta bancaria, debiendo de acompañarse al justificante de gasto el correspondiente justificante de pago bancario: extracto bancario, movimientos bancario etc. El pago debe de realizarse siempre con cargo a una cuenta de la entidad deportiva.
• Cuando el pago de la factura se haya hecho mediante entrega en efectivo, deberá aportarse recibo en el que conste que al emisor le han satisfecho el importe, con identificación de la factura a la que corresponde.
• Si se realiza mediante talón, tarjeta o cheque deberá de aportarse, además, fotocopia del mismo, e igualmente extracto o movimiento bancario que acredite el destino del mismo.
• No es obligatorio el uso de una cuenta única para la realización de pagos, aunque si es aconsejable. Igualmente, además de presentar los justificantes bancarios individuales, se recomienda la aportación de movimientos de la cuanta/s que comprenda todo el periodo de ejecución del proyecto.
MODELO DE LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA
Se cumplimentará una relación de justificantes para cada uno de los conceptos subvencionados. A cada justificante de gasto la Entidad asignará un número de orden, que será el mismo con el que figure relacionado en el modelo siguiente.
RELACIÓN DE JUSTIFICANTES
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX DESTINADAS A CLUBES DEPORTIVOS DEL XXXXXXX XX XXXXXX.
ENTIDAD:..................................................................................
Nº de orden | Proveedor | CIF/NIF Proveedor | Nº factura | Fecha factura | Importe (*) | Relación con el concepto subvencionado |
TOTAL IMPORTE JUSTIFICADO |
D/Xx. ....................................................................... Representante de la Entidad, certifica la veracidad de todos los datos reflejados en la presente Memoria.
Xxxxxx, x..... De 2019
Fdo.: .....................................................
(*) Únicamente deberá reflejarse el importe imputable a la subvención.
ANEXO X
CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DE BIENES INVENTARIABLES
D/D.ª.……………………………………………………… con N.I.F ,
En calidad de… … … … … … … …., de la Entidad Deportiva………………………………… … … … … … … … … … … … … … … … … … …
… …
C E R T I F I C O:
Que el material…………………………………………………………………………………..
adquirido a la Empresa …………………………………………………………………..........
especificado en la factura/s adjunta/s número/s por
importe de euros, ha sido recibido de conformidad.
Los materiales a los que hace referencia este documento han quedado depositados en el domicilio social de la entidad , y
han sido dados de alta en el Inventario de la misma.
En Oviedo, a… de 2019