Contract
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA CONTRATACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO , TRAMITACIÓN URGENTE, DE LAS OBRAS DE INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA).
1.- OBJETO Y CALIFICACION DEL CONTRATO.
El objeto del contrato es la realización de las obras consistentes en : instalaciones eléctrica Y contra incendios en la Residencia de Ancianos, obras incluidas en el proyecto denominado “ACONDICIONAMIENTO Y TERMINACIÓN DE PARTE DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL XXXXX XX XX XXXXXXXX X/X XX XX XXXXXXXX (CÓRDOBA), que deberá estar
finalizada a 31/12/2017,
2.- CALIFICACION DEL CONTRATO
El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras tal y como establece el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre( TRLCSP), cuyos códigos CPV son los siguientes:
- Instalación eléctrica.- 45310000-3
- Instalación sistemas de alarma contra incendios.- 45312100-8
3.-ÓRGANO DE CONTRATACIÓN.
El órgano competente para contratar es el Sr. Alcalde-Presidente, de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional 2ª del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El mencionado órgano tiene la facultad para adjudicar el correspondiente contrato administrativo y, en consecuencia, ostenta las prerrogativas de interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su ejecución, modificarlo y acordar su resolución, con sujeción a la normativa aplicable. Los acuerdos que a este respecto dicte serán ejecutivos, sin perjuicio del derecho del contratista a su impugnación ante la Jurisdicción competente.
4.- PRECIO DEL CONTRATO.
El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 45.018,61 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 9.453,91 euros, lo que supone un total de 54.472,52 euros.
Figura en el expediente documento contable RC emitido por la Sra. Secretaria- Interventora del que resulta la existencia de crédito adecuado y suficiente para la financiación del presente contrato con cargo al presupuesto vigente.
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En ningún caso la cantidad a desembolsar por el Ayuntamiento podrá exceder del coste del contrato, por lo que la prestación del suministro se interrumpirá en el momento en que se agote el crédito presupuestario correspondiente.
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Dicha cuantía se encuentra subvencionada por la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxxxx con cargo al Plan Plurianual de Inversiones Locales cuatrienio 2016-2017.
El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 231.622.00 del vigente Presupuesto Municipal; existiendo crédito suficiente quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contratoi.
5.- REVISIÓN DE PRECIOS.
El presente contrato no está sujeto a revisión de precios, debiendo el contratista mantener los precios ofertados durante toda la vigencia del contrato.
6.- PAGO DEL PRECIO DE ADJUDICACIÓN.
El abono de los suministros se realizará mensualmente, previa entrega de los mismos en el lugar, forma y plazos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y de conformidad con lo establecido por la legislación vigente.
7.-GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.
A )Garantía Provisional: No se exige garantía provisional.
B) Garantía definitiva:
El empresario que resulte adjudicatario deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 96 del TRLCSP.
8.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN.
La forma de adjudicación del contrato de suministro e instalación de la “ Climatización del interior de la planta baja y planta semisótano (fase 4.5) de de la Residencia de Ancianos de La Victoria sita en el Paseo de La Victoria s/n La Victoria (Córdoba), será el procedimiento abierto, en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato, de acuerdo con el Artículo 157 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
La licitación seguirá la tramitación urgente prevista en los artículos 112 y 144 del TRLCSP en lo relativo a la reducción de plazos.
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Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a un solo criterio de adjudicación, que de conformidad con el Artículo 150 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, deberá ser necesariamente el del precio más bajo.
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9.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija esta Ley, se encuentren debidamente clasificadas.
Los que contraten con la Administración pueden hacerlo por sí o mediante representación de persona autorizada, con poder debidamente bastanteado por la Sra. Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de la Victoria. En estos casos deberá incluirse el poder otorgado a favor de quien o quienes suscriban la proposición, junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o de los apoderados.
10.-PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición por lote. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
La proposición se presentará en el Registro General del Ayuntamiento en horas de oficina (de nueve a catorce horas de lunes a viernes) en un plazo de ocho días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia.
La presentación de proposiciones económicas cuando se utilice el sistema de envío por correo puede realizarse a cualquier hora del último día del plazo, pero se rechazarán las proposiciones remitidas cuando no se justifique la fecha de imposición y se anuncie mediante fax remitido al 000000000 la remisión de la proposición por correo, antes de expirar el plazo de presentación de proposiciones.
En todo caso, transcurridos tres días hábiles siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida
La proposición se presentará en dos sobres cerrados denominados “SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA” y “SOBRE B: PROPOSICIÓN
ECONOMICA” figurando en cada uno de ellos la inscripción “ CONTRATO DE OBRAS DE INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL XXXXX XX XX XXXXXXXX X/X XX XX XXXXXXXX (XXXXXXX)”.
"SOBRE A: DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA" XXXXX X, deberá contener
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la siguiente documentación:
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1.- Declaración responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, que deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo I del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
El licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación, deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
En todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento podrá recabar, en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
“SOBRE B: PROPOSICIÓN ECONOMICA”, deberá contener la siguiente documentación:
Oferta económica, que deberá ajustarse al modelo establecido en el Anexo II del presente Pliego de
de Cláusulas Administrativas Particulares
11.-CRITERIO DE ADJUDICACION .
Se establece el precio como único criterio de adjudicación , de forma que el contrato se adjudicará, al licitador que ofrezca un menor importe.
En caso de empate se aplicarán los criterios de desempate establecidos en la Cláusula 14ª.
12.- MESA DE CONTRATACION.
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
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-D Xxxxxx Xxxxx Acero Xxxxxxxx (Concejal de Obras), que actuará como Presidente de la Mesa.
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-Xx. Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Vocal (Secretaria-Interventora de la Corporación).
-X. Xxxx Xx Xxxxx Xxxxxxx, Vocal (Concejal de Hacienda).
-X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Arquitecto Municipal).
-X. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxx, Vocal (Arquitecto Técnico Municipal).
- Xx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx (Auxiliar administrativo), que actuará como Secretaria de la Mesa.
13.-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.
1.- Apertura de proposiciones y determinación de la oferta económicamente más ventajosa.
La apertura de las proposiciones deberá efectuarse en el plazo máximo de una semana contado desde la fecha de finalización del plazo para presentar las ofertas.
La Mesa de Contratación se reunirá tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, y calificará la documentación administrativa contenida en los sobres
«A» en acto no publico. Si fuera necesario, la Mesa concederá un plazo no superior a tres días para que el licitador corrija los defectos u omisiones subsanables observados en la documentación presentada, en caso de que sean no subsanables, no serán admitidas.
Posteriormente se reunirá la Mesa de Contratación para proceder a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, y efectuará pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
En acto público procederá en primer lugar a manifestar el resultado de la calificación de los documentos presentados, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de su rechazo. Y, posteriormente, procederá a la apertura y examen de los sobres «B», - “proposición económica “, de aquellas empresas que hayan sido admitidas en el procedimiento.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para efectuar la valoración de las ofertas, pudiendo solicitar al efecto cuantos informes técnicos considere precisos. Igualmente, podrá solicitar estos informes cuando considere necesario verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas de los pliegos, de conformidad con el Artículo 160.1 del R.D.L 3/2011 de 14 noviembre.
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Una vez valoradas las proposiciones conforme a los criterios de valoración de ofertas establecidos en el presente pliego, la Mesa de Contratación, en el plazo máximo de QUINCE días naturales contados desde la apertura de los sobres nº B, procederá a formular la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación competente a favor de los licitadores cuyas proposiciones hayan resultado la más ventajosas económicamente, a la que se habrá llegado teniendo en cuenta el
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precio más bajo. clasificándolas en orden decreciente; propuesta que no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión
Se considerará oferta económicamente más ventajosa, la que ofrezca un menor importe total
. A estos efectos se considerarán ofertas con valores anormales o desproporcionados las que resulten por aplicación de los artículos 152 del TRLCSP en relación con el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas
2.- Criterios de desempate: En caso de empate entre dos o más proposiciones se resolverá por sorteo que tendrá lugar en el mismo acto.
3.- Requerimiento de documentación. - Una vez determinada la oferta económicamente más ventajosa, el órgano de contratación requerirá al oferente para que, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se notifique aquélla, presente la siguiente documentación:
1º) Documentos acreditativos de la personalidad jurídica del Empresario: Los empresarios individuales, copia auténtica del DNI.
Los empresarios personas jurídicas, la escritura o documentos en que conste la constitución o modificación de la entidad, en su caso , inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable; si no lo fuere, la escritura o documentos de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso , en el correspondiente Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate ( art.72.1 y art.
146.1 a) TRLCSP).
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales le sean propios, cuestión que deberá quedar acreditada en la documentación aportada.
2º) Documentos acreditativos de la representación:
Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, presentarán poder de representación bastanteado por el Secretario/a General de la Corporación.
Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil.
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Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente de su Documento Nacional de Identidad, o en su defecto, el documento que haga sus veces.
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3º) Constitución formal de la Unión Temporal de Empresarios - (UTE), cuando dos o más empresarios acudan a una licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban y la participación de cada uno de ellos ( art. 59 TRLCSP y 24 RGLCAP)
4º) Documentos acreditativos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
La solvencia económica y financiera podrá acreditarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 75 del TRLCSP.
La solvencia técnica o profesional podrá acreditarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 78 del TRLCSP.
5º) Documento acreditativo de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 60 del TRLCSP (ANEXO III).
6º) Documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o en su caso autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello.
a) Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
Certificación positiva, expedida por la Entidad Local contratante justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario.
b) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.
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7º) Documentación adicional exigida a todas las empresas extranjeras: Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España,
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declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante,
8º) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Cuando se ejerzan actividades sujetas al Impuesto de Actividades Económicas, justificante de estar dado de alta en el ejercicio corriente y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración responsable de encontrarse exento.
9º) Aquellos empresarios que se encuentren inscritos en el registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado y en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía ( Decreto 39/2011 de 00 xx xxxxxxx XXXX Xx 52 DE 15/03/2011) no necesitan aportar los documentos a que se refieren los apartados 1º), 2º) y 3º) anteriores, aportando tan solo la certificación expedida por dichos registros acompañada por una declaración responsable formulada por el licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas no han experimentado variación, conforme a los modelos de los ANEXOS IV y V.
10º) Garantía definitiva.
El empresario que resulte adjudicatario deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 por ciento del importe de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El propuesto como adjudicatario, estará exento de presentar la documentación que conste en el Ayuntamiento, siempre que estuviese vigente, debiendo a tal efecto, formular declaración responsable haciendo constar que dicha documentación se encuentra vigente y no ha sufrido ninguna modificación.
4.- Adjudicación del contrato.
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Una vez presentada la documentación a que se refiere el punto anterior el órgano de contratación adjudicará el contrato a la oferta económicamente más ventajosa en relación al mismo, dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
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La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación, con el contenido que señala el apartado cuarto del artículo 151 de Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
1. En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
2. Con respecto a los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su
oferta.
3. En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes
licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario. En particular, podrá efectuarse por correo electrónico a la dirección que los licitadores o candidatos hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en la Ley 11/2007, de veintidós xx xxxxx, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Sin embargo, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los efectos previstos en Real Decreto Legislativo
3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, será de cinco días.
5.- Formalización del contrato.
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo que se ajuste con exactitud a las condiciones de la licitación, constituyendo el documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos.
En ningún caso se podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la adjudicación. Al propio tiempo, el adjudicatario suscribirá los Pliegos.
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Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la
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forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. En estos casos el órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiere recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato. De igual forma se procederá cuando el órgano competente para la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión.
En los restantes casos, la formalización del contrato deberá efectuarse en el plazo máximo de OCHO DIAS HABILES , contados desde el siguiente al de la recepción por el adjudicatario de la notificación de la adjudicación.
14.-CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
1.- El contratista está obligado a ejecutar el contrato de conformidad con lo establecido en el presente Xxxxxx, en el Pliego de Prescripciones Técnicas y en el resto de normativa que resulte de aplicación.
2.- El contrato no se entenderá cumplido por el contratista hasta que no haya realizado la totalidad de su objeto, ejecutándose a su riesgo y xxxxxxx.
3.- El incumplimiento por el contratista de cualquier cláusula contenida en el contrato, autoriza a la Administración para exigir su estricto cumplimiento, pudiendo imponer las correspondientes penalidades conforme a la Cláusula 17ª y en su caso acordar la resolución del mismo.
4.- El Ayuntamiento de la Victoria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
210 y siguientes del TRLCSP, podrá interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificaros por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
5.- El contratista está obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato, de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
15.-RESPONSABLE DEL CONTRATO.
Se designa al Arquitecto Municipal, responsable del contrato pudiendo adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, señalando el ritmo de ejecución conveniente, así como reforzar el control del cumplimiento del mismo y agilizar la solución de las diversas incidencias que pueden surgir durante su ejecución, y en particular:
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a) Promover y convocar las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente en la ejecución del objeto del contrato en los términos que mejor convenga a los intereses públicos
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b) Resolver las incidencias surgidas en la ejecución del contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 97 del RGCAP.
c) Informar en expedientes de reclamación de daños y perjuicios y de incautación de la garantía definitiva.
d) Proponer la imposición de penalidades (señalando su graduación), de conformidad con lo dispuesto en el art. 212.8 del TRLCSP.
e) Proponer, en su caso, la prórroga del contrato.
f) Informar con carácter previo a los pagos parciales y/o totales.
g) Informar en expedientes de devolución o cancelación de garantías.
h) Ejercitar todas las prerrogativas que en la Cláusula 16.2 del presente Xxxxxx se conceden al Ayuntamiento e informar la documentación aportada por el contratista en base a la referida cláusula.
i) Proponer el ejercicio de las prerrogativas contenidas en el art. 194 y ss de la LCSP, incluyendo la revisión de actos administrativos, y la determinación de los daños y perjuicios, e informar sobre los expedientes que a tal efecto se incoen.
j) Informar sobre el cumplimiento de plazo de garantía.
k) Informar sobre el cumplimiento de las condiciones especiales y esenciales señalas para la ejecución del contrato.
l) Informar sobre solicitudes de buena ejecución de prestaciones contratadas para la expedición de certificaciones.
m) Establecer las directrices oportunas en cada caso, pudiendo requerir al adjudicatario, en cualquier momento, la información que precise acerca el estado de ejecución del objeto del contrato, de las obligaciones del adjudicatario, y del cumplimiento de los plazos y actuaciones.
n) Acordar, en caso de urgente necesidad, las medidas precisas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, o cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, debiendo dar cuenta al órgano de contratación.
o) Proponer e informar respecto de la suspensión de la ejecución de la prestación.
p) Suscribir el documento que acredite la conformidad o disconformidad en el cumplimiento, y en su caso dar o no la conformidad con las facturas presentadas.
q) Xxxxxxx instrucciones al contratista siempre que no suponga una modificación del objeto del contrato ni se oponga a las disposiciones en vigor o a las derivadas de los Pliegos y demás documentos contractuales.
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r) Inspeccionar y ser informado, cuando lo solicite, del proceso de realización o elaboración del servicio que haya de ser entregado, o se esté prestando, pudiendo ordenar o realizar por sí mismo análisis, comprobaciones, estudios, encuestas, ensayos, pruebas, o explicaciones sobre la metodología o elementos que se siguen o se emplean, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido.
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s) Emitir informe en expedientes de cesión del contrato.
t) Xxxxxxxx informado al órgano de contratación de las actuaciones que haya realizado como el responsable del Contrato.
u) Y todas aquellas otras acordadas por el órgano de contratación.
16.-SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO.
El incumplimiento por parte del concesionario de cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato dará lugar a su responsabilidad.
En caso de incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario el Ayuntamiento podrá imponer al contratista, previa audiencia del mismo, una sanción de hasta 300 euros.
El importe de las sanciones deberá abonarse por el contratista de conformidad con la normativa vigente, en caso de falta de pago en periodo voluntario podrá detraerse de la fianza definitiva.
La falta de pago de dos o más sanciones en periodo voluntario dará derecho al Ayuntamiento a resolver el contrato con incautación de la garantía definitiva.
17.- EJECUCIÓN DEL CONTRATO.
El contratista está obligado a cumplir el contrato en el plazo de tres meses desde la firma del contrato .
El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del presente pliego y a las de Prescripciones Técnicas particulares y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere la Administración al contratista.
El contratista será responsable de la calidad de los suministros y trabajos de colocación que entregue, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración o para terceros por las omisiones, errores o métodos inadecuados en la ejecución del contrato.
Se incluye en el presente contrato el suministro, transporte y puesta en obra de la instalación de climatización y ventilación.
18.- OBLIGACIÓN DE PRESENTAR FACTURA E IDENTIFICACIÓN DE ÓRGANOS.
Según dispone el artículo 293 del TRLCSP, el contratista tendrá derecho al abono del pre cio de los bienes efectivamente entregados y formalmente recibidos por el Ayuntamiento.
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Conforme a la Disposición Adicional Trigésimo Tercera del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, (según redacción dada por la Disposición Adicional 7.5 de la Ley 11/2013 de 26 de Julio de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo) el contratista tendrá obligación
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de presentar la factura que haya expedido por los bienes entregados ante el correspondiente registro administrativo a efectos de su remisión al órgano administrativo o unidad a quien corresponda la tramitación de la misma.
A las facturas se adjuntarán los albaranes de entrega, debidamente cumplimentados y con el recibí/conforme del responsable y/o encargado del contrato de suministro.
Así mismo en las facturas, los suministros realizados irán detallados por el grupo y lote donde están clasificados en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
19.-MODIFICACION DEL CONTRATO.
Una vez perfeccionado el contrato, el órgano de contratación sólo podrá introducir modificaciones en el mismo por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Estas modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato.
Las modificaciones del contrato deberán acordarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 y siguientes del TRLCSP y disposiciones concordantes y formalizarse de conformidad con el artículo 156 de la misma.
20.-RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.
Las causas de resolución del contrato serán las determinadas en los artículos 223 y 299 del TRLCSP, así como cualquier otra legalmente procedente.
A los efectos del artículo 223 f) del TRLCSP se consideran obligaciones contractuales esenciales, cuyo cumplimiento supone la resolución del contrato y la incautación de la garantía, las siguientes:
El incumplimiento de los plazos de entrega previstos en la Cláusula 5ª xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, por un periodo superior al 25 % del plazo inicialmente fijado. El que los elementos suministrados no respondan a las especificaciones previstas en los Pliegos o en la oferta.
A los efectos del artículo 223 h) del TRLCSP se establecen expresamente las siguientes causas de resolución:
Los incumplimientos reiterados de las obligaciones contractuales. Supone reiteración el incumplimiento de una misma obligación contractual en más de una ocasión o tres incumplimientos contractuales, con independencia de la obligación incumplida en cada caso. En ambos casos los incumplimientos deben haber sido sancionados de conformidad con la Cláusula 17ª.
La falta de pago de dos o más sanciones en periodo voluntario.
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La resolución se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 224 del TRLCSP y en el presente Pliego o en el documento contractual.
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Los efectos de la Resolución serán los determinados en los Artículos 225 y 300 del TRLCSP y en el presente Pliego o en el documento contractual.
21º. PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de un (1) año y comenzará a partir de la fecha de la recepción de la instalación .
22.-RÉGIMEN JURÍDICO.
En lo no previsto en este Pliego de Condiciones y en el de Prescripciones Técnicas, se aplicarán los preceptos del TRLCSP; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; RD 817/2009, de ocho xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la ley 30/2007 de 00 xx xxxxxxx, xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx; Ley 7/85, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Decreto de 17 xx Xxxxx de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, así como las demás disposiciones concordantes, y en especial Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de Contratos del Estado.
23.- JURISDICCIÓN COMPETENTE.
El órgano jurisdiccional competente para resolver las cuestiones litigiosas que se planteen en el desenvolvimiento del presente contrato, serán los Tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con sede en Córdoba.
La Victoria
….
La Secretaria Interventora.
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Fechado y firmado electrónicamente.
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SOBRE A. DECLARACION RESPONSABLE.
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. …………………………………………………… vecino de ………………………
…………………… provincia de …………………, con domicilio en …………… …………………….
nº ……, y Documento Nacional de Identidad nº ………………….
TELEFONO…………………………………………………… y e mail
……………………………………
En nombre, propio o de la empresa ………………………………………………………. a la que representa, y con domicilio a efectos de notificaciones en
…………………………………………………………………………………………enterado de las condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del contrato de obras de “ INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL XXXXX XX XX XXXXXXXX X/X XX XX XXXXXXXX (XXXXXXX)”.” (Xxxxxxxxxx0000 /017).
SOLICITA LA PARTICIPACIÓN en dicho procedimiento, ajustándose en todo al Pliego de Xxxxxxxxx Administrativas Particulares y al de Prescripciones T é c n i c a s que declara conocer y DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD
1.- Que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.
2.- Que en el caso de que recaiga a su favor la propuesta de adjudicación, se compromete a acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.
3.- Que en todo caso el órgano de contratación, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar en cualquier momento anterior a la adopción de la propuesta de adjudicación, que los licitadores aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones establecidas para ser adjudicatario del contrato.
4.- Que el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
En La Victoria a de de 2017
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Fdo:
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SOBRE B. OFERTA ECONOMICA.
D. …………………………………………………… vecino de ………………………
…………………… provincia de …………………, con domicilio en calle
…………………………………. N.º. ……, y Documento Nacional de Identidad N.º ……………………
En nombre, propio o de la empresa a la que representa, y enterado de las
condiciones y requisitos que rigen en la adjudicación del contrato de obras de “ INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA)”.” (Expediente1860 /017).
Se compromete, en nombre (propio o de la empresa que representa), a realizar el suministro que constituye el objeto del presente contrato con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas particulares y al de Prescripciones Técnicas, por el siguiente precio IVA excluido:
(en letra y en número) €.
En La Victoria a de de 2017
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4C20E8519082DCB70F30
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XXXXX XXX DECLARACIÓN RESPONSABLE
D. …………………………………………………… vecino de
…………………………………………… provincia de …………………, con domicilio en calle
…………………………………. N.º ……, y Documento Nacional de Identidad nº ………………….
En nombre propio o en representación de la empresa (tachar lo que no proceda)
………………………………………………………, y en relación al contrato de de “ INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA)”.” (Expediente1860 /017).
,, declara bajo su responsabilidad:
- Tener plena capacidad de obrar.
A) No encontrarse incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
B) No haber sido adjudicataria o haber participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato.
En La Victoria, a de de 2017
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Fdo:
Código seguro de verificación (CSV):
4C20 E851 9082 DCB7 0F30
4C20E8519082DCB70F30
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ANEXO IV
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO OFICIAL DE LICITADORES Y EMPRESAS CLASIFICADAS DEL ESTADO.
Proyecto: “ACONDICIONAMIENTO Y TERMINACIÓN DE PARTE DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA”
Expediente GEX1490/ 2017
D. con residencia en , calle
, provincia de , según Documento Nacional de Identidad N.º , en nombre, propio o de la empresa inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Estado, al objeto de participar en la contratación del“de “ INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA)”.”
(Expediente1860 /017),”, bajo su personal responsabilidad declara:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que, de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En la Victoria, a de de 2017
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Firma del licitador:
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ANEXO V
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIGENCIA DE LOS DATOS ANOTADOS EN EL REGISTRO DE LICITADORES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA.
Proyecto: “ACONDICIONAMIENTO Y TERMINACIÓN DE PARTE DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA VICTORIA S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA)”.
Expediente GEX1490/ 2017
D. con residencia
en , calle
, provincia de , según Documento Nacional de Identidad N.º , en nombre, propio o de la empresa inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y empresas clasificadas del Estado, al objeto de participar en la contratación de “ INSTALACION ELECTRICA Y CONTRA INCENDIOS DEL INTERIOR DE LA PLANTA BAJA Y PLANTA SEMISÓTANO (FASE 4.5) DE LA RESIDENCIA DE ANCIANOS SITA EN EL PASEO DE LA
XXXXXXXX S/N DE LA VICTORIA (CÓRDOBA)”.” (Expediente1860 /017),”, bajo su personal responsabilidad declara:
A) Que los datos de esta empresa que constan en el Registro de Licitadores no han sido alterados en ninguna de sus circunstancias y que se corresponden con el certificado del Registro.
B) Que, de los datos de esta empresa anotados en el citado Registro de Licitadores, han sufrido variación los que a continuación se indican, según se acredita mediante los documentos que se adjuntan, manteniéndose los demás datos sin ninguna alteración respecto del contenido del Certificado del Registro.
Datos que han sufrido variación:
Documentación justificativa que se adjunta:
En la Victoria, a de de 2017
pie_firma_corto_dipu_01
Firma del licitado
Código seguro de verificación (CSV):
4C20 E851 9082 DCB7 0F30
4C20E8519082DCB70F30
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Código seguro de verificación (CSV):
4C20 E851 9082 DCB7 0F30
4C20E8519082DCB70F30
Este documento constituye el resguardo del original presentado en el registro electrónico de entrada. Podrá verificarse en nuestra sede electrónica en xxxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx/xxxx
Firmado por Señora Secretaria Interventora Dña. XXXXXX XXXXX XXXXXXXXXX el 11/4/2017
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