SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SUNAT
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
SUNAT
ADJUDICACIÓN DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA CONVOCATORIA
PRORROGAR EL CONTRATO POR SERVICIO DE ALQUILER DEL INMUEBLE UBICADO EN SARGENTO XXXXX N° 134, UTILIZADO COMO ALMACÉN DE BIENES EMBARGADOS, COMISADOS Y OTROS POR LA INTENDENCIA REGIONAL LORETO.
2004
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA CONVOCATORIA
BASES
I. ENTIDAD CONVOCANTE
Artículo 1°.- La presente Adjudicación de Menor Cuantía, es convocada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, con arreglo a estas Bases y a lo siguiente:
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley N° 26850, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2004. Ley N° 28128.
Decreto Supremo N° 196-2002-EF.
Resolución de Superintendencia N° 187-2002/SUNAT.
Resolución de Superintendencia N° 068-2001/SUNAT.
Resolución de Superintendencia N° 121-2001/SUNAT.
Resolución de Superintendencia N° 123-2001/SUNAT.
Resolución de Superintendencia N° 240-2004/SUNAT.
II. OBJETO DEL PROCESO
Artículo 2°.- Prorrogar el contrato por servicio de alquiler del inmueble ubicado en Sargento Xxxxx N° 134, utilizado como Almacén de Bienes Embargados, Comisados y Otros por la Intendencia Regional Loreto; de acuerdo a las Especificaciones Técnicas de las presentes Bases.
III. VALOR REFERENCIAL
Artículo 3º.- El valor referencial asciende a S/. 140,400.00 (Ciento Cuarenta Mil Cuatrocientos y 00/100 Nuevos Soles), con un costo mensual de S/. 3,900.00 (Tres Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles) que incluye todos los impuestos xx Xxx.
IV. FINANCIACION
Artículo 4°.- Recursos propios de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria.
V. CALENDARIO DEL PROCESO
Artículo 5°.- El presente proceso se desarrollara de acuerdo al siguiente Cronograma:
1.- Entrega de Bases |
22-10-2004 |
2. Presentación de propuestas |
27-10-04 |
3. Evaluación de propuestas |
28-10-04 |
4. Otorgamiento de la Buena Pro |
28-10-04 |
5. Firma del Contrato |
29-10-04 |
La recepción de la propuesta será hasta el día 27 de Octubre del 2004 de 09:00 a 17:30 horas en la Oficina de Administración de la I. R. Loreto 3er. piso en: Xx. Xxxxxxxx Xx 000
Xxx xxx al N° 000-000000, email xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx, xxxxxx@xxxxx.xxx.xx, efernan2@sunat,xxx.xx, en caso de presentar su propuesta por estos medios hacerla llegar físicamente también, a las dirección indicada.
El resultado será publicado en el primer piso de nuestra sede sito en Jr. Putumayo N° 154-160-Iquitos el día 28 de Octubre del 2004, así como será notificado a CONSUCODE y a PROMPYME.
VI. DE LAS PROPUESTAS
Artículo 6°.- °.- La propuesta deberá ser dirigida a nombre del Comité Especial de la Intendencia Regional Xxxxxx y presentadas en un (01) sobre cerrado, en la cual se incluirán la Propuesta Técnica y Económica en la dirección indicada en el artículo anterior, sólo en original.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA TECNICA
Artículo 7°.- En este sobre el Postor deberá presentar lo siguiente:
Índice de la Propuesta Técnica.
Declaración Jurada según modelo del Anexo N° 01.
Promesa de consorcio, de ser el caso.
Declaración Jurada según modelo del Anexo N° 02.
Declaración Jurada en la que señala que conoce y acepta lo señalado en el numeral 3 del artículo 119° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que señala que la SUNAT podrá resolver unilateralmente el contrato, sin reconocer al postor ninguna suma por concepto de indemnización.
Declaración Jurada Notarial en la que se compromete a mantener la merced conductiva mensual hasta finalizado el contrato, sujetándose únicamente a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al por Mayor a Nivel Nacional, que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI
Indicación del domicilio del propietario, empresa postor o representante legal según corresponda.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONOMICA
Artículo 8°.- La Propuesta deberá contener lo siguiente:
Índice de la propuesta Económica.
Renta mensual del alquiler, expresado en nuevos soles, incluido impuestos.
El plazo de validez de la oferta, el mismo que deberá ajustarse a lo señalado en el artículo 11° de las presentes Bases.
Monto total de propuesta, la cual deberá incluir todos los impuestos xx Xxx.
La Forma de Pago, que deberá sujetarse a lo establecido en el Artículo 13° de las presentes Bases.
VII. VIGENCIA Y VALIDEZ DE LA OFERTA
Artículo 9°.- Las ofertas presentadas se entenderán vigentes hasta la firma de prórroga de contrato.
Artículo 10°.- Para ser considerada válida una propuesta deberá cumplir con lo establecido en las presentes Bases. En la documentación presentada por el postor no deberá haber borradura, enmendadura o corrección alguna.
VIII. FORMA Y CONDICIONES DE PAGO
Artículo 11°.- El postor deberá considerar que la SUNAT efectuará los pagos correspondientes, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de los documentos que acrediten la Conformidad, según lo indicado en el numeral XVII (CONFORMIDAD) de las presentes Bases y la presentación de los comprobantes de pago respectivo.
Los pagos serán efectuados:
Mediante abonos en Cuenta Corriente o Cuenta de Ahorros del proveedor, en el Banco que establezca la SUNAT, o
Mediante la emisión de un Cheque de Gerencia a recabar por el proveedor en el Banco que establezca la SUNAT.
IX. GARANTIA
Artículo 12°.- Conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 122° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM, se eximirá al postor ganador de entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
En caso el propietario que obtenga la buena pro solicite un pago por concepto de garantía, deberá presentar a la SUNAT una carta fianza de carácter irrevocable, incondicional, solidaria y de realización automática, emitida por una entidad supervisada y controlada por la Superintendencia de Banca y Seguros, por un monto equivalente a la suma solicitada en calidad de garantía, la misma que deberá tener vigencia hasta 30 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento a ser suscrito. La carta fianza deberá especificar que la misma garantiza la devolución a SUNAT del monto entregado al propietario en calidad de garantía dentro de los 10 (diez) días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento del contrato de arrendamiento suscrito por ambas partes.
X. ADVERTENCIAS
Artículo 13°.- Para formular su propuestas de prórroga de arrendamiento, tendrá en cuenta lo dispuesto en el TUO de la Ley N° 26850 y su Reglamento, en las Presentes Bases y, en particular lo siguiente:
LA SUNAT se reserva el derecho de verificar la información que presente. En caso de detectarse falsedad en la información proporcionada, será descalificado, aplicándosele además lo establecido en el artículo 26°.
Todos los documentos que presente, como parte de su propuesta, deberán estar en idioma español o traducidos, salvo la nomenclatura técnica que deberá mantenerse en su idioma original.
Si la propuesta no se ajusten a todos los requisitos y obligaciones establecidas en estas Bases, se tendrán por no presentadas.
No tener sanción vigente, según Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
De acuerdo al artículo 33° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, modificado por la Ley N° 27738 no se considerará válida la propuesta si excede en más del 10% del valor referencial ni aquella inferior al 70% del valor referencial, cuyos montos son los siguientes:
-
DESCRIPCION
TIEMPO
110% DEL VALOR REFERENC
70% DEL VALOR REFERENC
Prórrogar el contrato por servicio de alquiler del inmueble ubicado en Sargento Xxxxx N° 134, utilizado como Almacén de Bienes Embargados, Comisados y Otros por la Intendencia Regional Loreto
03 AÑOS
S/. 154,440.00
S/. 98,280.00
Si la propuesta no se ajusta a todos los requisitos y obligaciones establecidas en el TUO de la Ley N° 26850 y su Reglamento, se tendrá por no presentada.
De acuerdo a lo establecido en el rubro 700-06 de las normas de Control Interno para una cultura de integridad, transparencia y responsabilidad en la función pública aprobado por Resolución de Contraloría N° 123-2000, LA SUNAT se compromete a no permitir que ningún funcionario o servidor de la institución solicite o reciba regalos, premios, comisiones o sobornos de cualquier postor o tercero, con el objeto de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección, en concordancia con lo dispuesto según el numeral 7) del Anexo N° 02.
Artículo 14°.- Se deberá suscribir la prórroga del contrato, a los cinco (05) días siguientes al consentimiento de la Buena Pro, previa entrega de:
Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Propuesta: Esta será exigida únicamente si la propuesta económica del postor ganador hubiera sido inferior en más del 20% el Valor Referencial. La garantía será por un monto equivalente a la diferencia entre el Valor Referencial y la propuesta económica.
La(s) garantía(s) deberán ser solidarias, incondicionales, irrevocables, de realización automática al solo requerimiento de la entidad, y sin beneficio de excusión, debiendo indicar que "Garantizan el fiel cumplimiento del contrato correspondiente a la AMC N° 022-2004-SUNAT/2Q0000. Las garantías deberán ser otorgadas por cualquiera de las empresas autorizadas y sujetas al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros.
En caso que el plazo de vigencia del contrato que se suscriba sea ampliado, la vigencia de las Cartas fianza señaladas en el presente artículo deberán ser ampliadas por el mismo plazo.
XI. ACTO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
Artículo 15°.- La presentación de la propuesta se llevará a cabo en el lugar, fecha y hora establecidos en las bases.
Artículo 16°.- Si el día señalado para la recepción del sobre fuera feriado no laborable, la fecha se entenderá postergado para el primer día hábil siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar.
XII. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS
Artículo 17°.- La propuesta deberá cumplir con las Especificaciones Técnicas que forman parte de las presentes bases, caso contrario, se tendrán como no presentadas.
Artículo 18°.- La Evaluación de las propuestas Técnica y Económica, se efectuarán de acuerdo con los Criterios de Evaluación contenidos en el Anexo N° 05 de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850, su reglamento y modificatorias.
XIII. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO
Artículo 19°.- El Comité hará de conocimiento el Otorgamiento de la Buena Pro, según se indica en las bases.
XIV. PRÓRROGA DEL CONTRATO
Artículo 20°.- La vigencia de la prórroga del contrato será de 03 años ó hasta que el pago por el servicio otorgado alcance el valor referencial fijado. La prórroga del contrato iniciará el 01 de noviembre del 2004.
XV. CONFORMIDAD
Artículo 21°.- Cuando se requiera efectuar un pago, será necesaria una conformidad de parte de la SUNAT, para lo cual tendrá en consideración que el proveedor haya cumplido con todos los requisitos establecidos en el contrato de arrendamiento correspondiente.
Artículo 22°.- En caso de haber observaciones, se comunicará por escrito el sentido de éstas, y el proveedor tendrá un plazo máximo de entrega equivalente a 2 días hábiles, siempre que dichas observaciones no constituyan obligaciones esenciales del contratista. De vencer el plazo otorgado sin que el proveedor hubiera cumplido con subsanarlas, la SUNAT podrá dar por concluido el contrato y ejecutar las garantías referidas en el artículo 14° (de corresponder).
.
Artículo 23°.- Una vez vencida la vigencia del contrato y se haya dado la conformidad de la SUNAT, se procederá con la liquidación del contrato y luego de ello se devolverán la(s) garantía(s) señaladas en el artículo 14° de las presentes Bases (de corresponder).
XVI. CESIÓN Y/O SUBCONTRATACIÓN
Artículo 24°.- No podrá subcontratar o transferir parcial ni totalmente las obligaciones que por contrato asumiría, y tendrá la responsabilidad directa y total por la ejecución y cumplimiento del mismo.
XVII. SANCIONES Y PENALIDADES
Artículo 25°.- Si se negara a suscribir la prórroga del contrato, la SUNAT se lo comunicará al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado a fin de que imponga la sanción de suspensión o inhabilitación del postor. Similar acción procede si se detectara falsedad en la información presentada.
Artículo 26°.- En caso de incumplimientos de plazos establecidos o que se establezcan, la SUNAT aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al cinco por ciento (5%) del monto contractual, según lo establecido en el artículo 142° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850.
XVIII.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 27°.- Si se incumpliera alguna de las obligaciones asumidas en las cláusulas de la prórroga del contrato, o se detectara falsedad en la información presentada, la SUNAT podrá resolver el contrato. Además La SUNAT, por convenir a sus intereses podrá resolver el contrato previa cumplimiento de remitir la comunicación notarial con los días de anticipación fijados en el contrato.
XIX. DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Artículo 28°.- Las discrepancias relacionadas con actos administrativos producidos desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato podrán dar lugar a la interposición de los recursos de apelación y de revisión.
La interposición y tramitación de tales recursos se regirán por lo establecido Título IV del Reglamento (aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM), teniendo para ello en cuenta que la más alta autoridad administrativa de la SUNAT es el Intendente Nacional de Administración.
Los conflictos, discrepancias o controversias que se generen de la interpretación o ejecución del contrato derivado de la presente Adjudicación Directa Selectiva, se resolverán mediante conciliación o arbitraje y de conformidad con lo establecido en el artículo 53° del TUO de la Ley N° 26850.
EL COMITÉ ESPECIAL
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA XXXXXXXXXXXX
XXXXX Xx 00
DECLARACION JURADA
Postor: ..........................................................................................................................
Inscripción en Registros Públicos.................................................................................
Domicilio Legal: .............................................................................................................
RUC N° : ..................................................................................................................................
Representante Legal: Sr. ................................................................................ identificado con (L.E., DNI) N° ........., según poder inscrito en el asiento ........ ficha ........ del Registro Mercantil de .............
Atentamente,
(Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA XXXXXXXXXXXX
XXXXX Xx 00
DECLARACIÓN JURADA
Postor: ........................................................................................
Iquitos, de del 2004.
Señores
Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria
Ciudad.-
De mi (nuestra) consideración:
Para efectos de la AMC N° ......................, convocada para adquirir/contratar ......................., declaro (xxxx) bajo juramento, que:
1.- No estamos impedidos de participar en el proceso de selección ni de contratar con el Estado, conforme al artículo 9° del Texto Único Ordenado de la Ley 26850.
2.- Conocemos, aceptamos y nos sometemos a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección.
3.- Somos responsables de la veracidad de los documentos e información que presentamos para efectos del concurso.
4.- Nos comprometemos a mantener nuestra oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.
5.- Conocemos las sanciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 y en su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2001-PCM.
6.-Que no tenemos sanción vigente, según Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado.
7.-Me(Nos) comprometemos a no ofrecer o entregar, personalmente o a través de terceros, regalos, premios, comisiones o sobornos a ningún funcionario o servidor de SUNAT con el objeto de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección, de concordancia con lo dispuesto en el inciso h) del artículo 12° de las bases del presente proceso de selección.
De acuerdo a lo establecido en el rubro 700-06 de las normas de Control Interno para una cultura de integridad, transparencia y responsabilidad en la función pública aprobado por Resolución de Contraloría N° 123-2000, LA SUNAT se compromete a no permitir que ningún funcionario o servidor de la institución solicite o reciba de cualquier postor o tercero, en concordancia con lo dispuesto en este Anexo.
Atentamente,
(Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA XXXXXXXXXXXX
XXXXX Xx 00
DECLARACIÓN JURADA
(para el caso de PYMES)
Postor: ........................................................................................
RUC ................................................
Iquitos, de del 2004.
Señores
Comité Especial
SUNAT
Ciudad.-
De mi (nuestra) consideración:
Para efectos de la Adjudicación de Menor Cuantía AMC N° , convocada para adquirir/contratar ................................., declaro (xxxx) bajo juramento, que:
1.- Que calificamos como pequeña y/o microempresa (PYME) según las normas que regulan la materia.
Atentamente,
(Nombre, Sello y Firma del Representante Legal)
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO N° 04
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
I. EVALUACIÓN TÉCNICA
1. Declaración Jurada Notarial en la que se compromete a mantener la merced conductiva mensual hasta finalizado el contrato, sujetándose únicamente a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al por Mayor a Nivel Nacional, que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI
Total Evaluación Técnica: 100 puntos.
II. EVALUACIÓN ECONÓMICA
A fin de determinar el puntaje del postor en la evaluación económica, se procederá según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. 013-2001-PCM.
A la propuesta de menor monto se le asignará el máximo puntaje (100 Puntos) y al resto según la siguiente fórmula:
Pi = 2 (PMPE) – (Oi/Om) x PMPE
Donde:
Pi : Puntaje de la Oferta Económica i.
Oi : Oferta Económica i.
Om : Oferta Económica de monto o precio más bajo.
PMPE : Puntaje máximo de la propuesta económica.
i : Propuesta.
III.- PONDERACIÓN FINAL ( 3 decimales )
En atención a la puntuación que se establece en el artículo 68° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; donde se establece que tanto la evaluación técnica como la evaluación económica se califican sobre cien (100) puntos. El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula:
PTPi = C1PTi + C2Pei)
donde:
PTPi = Costo Total del Postor i
Pi = Costo Total señalado por el postor
PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor
PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor
C1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica
C2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica
Para el caso de la AMC N° 022-2004-SUNAT/2Q0000
C1 = 0.60
C2 = 0.40
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
XXXXXXX XXXXXXXXXXXX
XXXXX Xx 00
XXXXXXXX XX XXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXXX
Xxxxxx por el presente documento, el Contrato de Prestación de Servicios que celebran de una parte la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, en adelante LA SUNAT, con RUC N° 20131312955, con domicilio en Xx. Xxxxxxxxx xx xx Xxxx Xx 0000, Xxxx, debidamente representada por el Intendente Regional Xxxxxx, Señor Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, identificado con DNI N° 00000000, nombrado según Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos Nº 009-2004/SUNAT del 11.02.2004, y facultado según Resolución xx Xxxxxxxxxxx N° 121-2001/SUNAT; y de la otra parte XXXXXXXX X. XXXXXX XXXXXX, en adelante EL ARRENDADOR, con RUC N° 15155429345 identificado con CE Nº 75854, con domicilio en Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xx 000 – Xxxxx – Xxxxxxx; en los términos y condiciones que se indican en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES
Con fecha 01 de noviembre de 2003 LA SUNAT y EL ARRENDADOR, suscribieron un contrato para la prestación del servicio de alquiler del inmueble ubicado en Sargento Xxxxx N° 134 – Iquitos, al adjudicarse el proceso ADS N° 004-2003-SUNAT/2Q0000-S Segunda Convocatoria, siendo el monto mensual contratado, según la cláusula tercera del contrato de arrendamiento, de S/. 3,780.00 (Tres Mil Setecientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles).
La vigencia del presente, según la cláusula segunda del contrato de arrendamiento fue de un (01) año, plazo que se computó a partir del 01 de noviembre del 2003 hasta el 30 de octubre del 2004.
Con Resolución de Superintendencia N° 240-2004/SUNAT, del 14 de octubre de 2004 y publicada en el Peruano el 16 de octubre de 2004, autorizan ejecutar el proceso de menor cuantía, para prorrogar por tres (03) años, el contrato de arrendamiento de inmueble utilizado por la Intendencia Regional Xxxxxx como almacén de bienes embargados, comisados y otros.
Con Adjudicación de Menor Cuantía N° 022-2004-SUNAT/2Q0000, del 22 de octubre de 2004 se procedió a ejecutar lo autorizado con Resolución de Superintendencia N° 240-2004/SUNAT.
Por tanto, en mérito a lo señalado con Resolución de Superintendencia N° 240-2004/SUNAT y al subsistir la necesidad del servicio, se hace necesario prorrogar el contrato de arrendamiento, ampliar el monto contractual, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19° y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105°, 113° y 116° de su Reglamento.
LA SUNAT y EL ARRENDADOR acuerdan prorrogar el contrato suscrito el 01 de noviembre de 2003 por tres (03) años renovables, por el período comprendido entre el 01 de noviembre de 2004 y el 31 de octubre de 2007; modificando además, los alcances de las siguientes Cláusulas:
CLAUSULA SEGUNDA: PLAZO
El plazo de duración del presente contrato de arrendamiento es de un (01) año, plazo computado a partir del 01 de noviembre de 2003 hasta el 30 de octubre de 2004, prorrogándose por tres (03) años renovables, por el período comprendido entre el 01 de noviembre de 2004 y el 31 de octubre de 2007, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 240-2004/SUNAT.
CLAUSULA TERCERA: CONTRAPRESTACION
La renta mensual de EL INMUEBLE es de S/. 3,900.00 (Tres Mil Novecientos y 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos; variación que se encuentra conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del Artículo 119° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
El monto mensual contratado está sujeto a los reajustes que pudieran acordarse al Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
EL ARRENDADOR se compromete a remitir a LA SUNAT los respectivos comprobantes de pago con siete (07) días de anticipación a la fecha de su vencimiento.
CLAUSULA QUINTA: RESOLUCION
LA SUNAT, por convenir a sus intereses podrá resolver el presente contrato, sin expresión de causa alguna, mediante comunicación por escrito cursada por vía notarial, con una anticipación de treinta (30) días calendarios, sin reconocimiento de lucro cesante ni daño emergente.
Si EL ARRENDADOR, decide efectuar la venta del inmueble, LA SUNAT, se compromete a retirarse del mismo, dentro de los sesenta (60) días calendarios, de comunicado éste, sin reconocimiento de lucro cesante ni daño emergente.
Los demás términos y condiciones del contrato señalado en los antecedentes del presente documento permanecerán vigentes.
Suscrito en la ciudad de Iquitos a los 01 día del mes de noviembre del 2004
p. LA SUNAT p. LA EMPRESA
ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA AMC Nº 022-2004-SUNAT-2Q0000
PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO N° 07
PRINCIPALES FUNCIONARIOS DE SUNAT VINCULADOS AL PRESENTE PROCESO DE ADJUDICACIÓN
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx
INTENDENTE NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN
Xxxxxx Xxxxxxxx Saca Xxxxxxx
Intendente Regional Xxxxxx
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Miembros del Comité Especial Permanente de la Intendencia Regional Xxxxxx
Titulares:
Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx – Presidente
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxx Xxxxxx – Titular
Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx – Titular
Suplentes:
Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxx
Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
Xxxxx X. Xxxxxxx Xxxxxxx
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