EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA –UNAD-
ACUERDO NÚMERO 039 DEL 29 DE NOVIEMBRE DE 2022
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Por el cual se adopta el Presupuesto xx Xxxxxx y Gastos de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD- para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA –UNAD-
En uso de sus atribuciones legales y estatutarias y,
CONSIDERANDO:
Que la Universidad Nacional Abierta y a Distancia –UNAD-, creada por la Ley 52 de 1981, transformada por: la Ley 396 de 1997 de Unidad Universitaria del Sur de Bogotá, en Universidad Nacional Abierta y a Distancia, y por el Decreto No.2770 de 2006 en ente universitario autónomo del orden nacional, con régimen especial en los términos de la Ley 30 de 1992, personería jurídica, autonomía académica, administrativa y financiera; patrimonio independiente y capacidad para gobernarse, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, conservando la misma denominación.
Que la Ley 30 de 1992 en su Artículo 28 establece, que la autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia, reconoce a las universidades entre otros, el derecho a darse y modificar sus estatutos y designar sus autoridades académicas y administrativas; así mismo, en el Artículo 65 literal b) consagra como función del Consejo Superior Universitario, definir la organización académica, administrativa y financiera de la institución, y en el literal f) aprobar el presupuesto de la institución.
Que el Decreto No.2770 de 2006 señala: “Artículo 3°. Autonomía financiera y presupuestal. La Universidad Nacional Abierta y a Distancia, UNAD, tiene autonomía para usar, gozar y disponer de los bienes y rentas que conforman su patrimonio y para programar, aprobar y ejecutar su propio presupuesto, de acuerdo con la normatividad vigente”.
Que el artículo 5, del Acuerdo No. 002 del 29 xx xxxxxx de 2006, por el cual se expidió el Estatuto Presupuestal y Financiero, define el Presupuesto Anual como el
Que el literal I, del artículo 17, del Acuerdo No. 014 del 23 de julio de 2018, por el cual se expidió el Estatuto General, establece como una de las funciones del Consejo Superior Universitario aprobar el presupuesto de la Universidad, a propuesta del Rector.
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instrumento de planificación y gestión de corto plazo que contiene los estimativos de ingresos y gastos efectivos de la respectiva vigencia fiscal, con el fin de garantizar el funcionamiento normal para el cumplimiento de los objetivos y metas previstas.
Que el artículo 28, ibidem, establece que el Consejo Superior de la Universidad deberá aprobar el presupuesto de la siguiente vigencia antes del 31 de diciembre de cada año.
Que el Acuerdo No. 021 del 14 de septiembre de 2016 “Por medio del cual se compila y se articula la gestión organizacional, jurídica, administrativa, financiera de la UNAD Florida como seccional en el ámbito internacional de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD- y se dictan otras disposiciones”, ordena la articulación del presupuesto de la seccional UNAD Florida para que este sea parte integral del Presupuesto de la UNAD.
Que el Estatuto Presupuestal y Financiero de la Universidad, en su artículo 31 establece: “Desagregación. La responsabilidad de la desagregación del Presupuesto de ingresos y de gastos, corresponde al representante legal. La resolución de desagregación del Presupuesto anual deberá ser expedida antes del 1 de enero.”
Que el Consejo Superior en sesión ordinaria adelantada el 29 de noviembre de 2022 aprobó el Presupuesto xx Xxxxxx de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia
-UNAD-, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023. Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA: PRIMERA PARTE
ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el Presupuesto xx Xxxxxx de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD-, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:
PRESUPUESTO XX XXXXXX
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F U E N T E S | 2023 | |
1. RECURSOS PROPIOS | $ 537.451.097.872 | |
a. Ingresos Corrientes | $ 535.951.097.872 | |
Pregrado | $ 406.681.241.057 | |
Especialización | $ 00.000.000.000 | |
Maestria | $ 00.000.000.000 | |
Educacion Permanente | $ 00.000.000.000 | |
Educación Continua | $ 00.000.000.000 | |
Invil | $ 3.172.440.000 | |
ITP | $ 1.639.910.860 | |
SUA | Matricula individual | $ 2.600.000.000 |
$ 100.000.000 | ||
CONVENIOS | $ 2.500.000.000 | |
UNAD Florida | $ 3.365.879.000 | |
Convenios generales | Convenios otros CAMPO UNAD | $ 00.000.000.000 |
$ 00.000.000.000 | ||
$ 00.000.000.000 | ||
Ingresos proyección social | $ 3.859.905.377 | |
Otros Ingresos | $ 10.000.000.000 | |
b. Recursos de Capital Rendimientos Financieros | ||
$ 1.500.000.000 | ||
$ 1.500.000.000 | ||
2. APORTES DE LA NACION | $ 105.435.373.639 | |
a. Funcionamiento | $ 102.455.332.263 | |
Valor aumento IPC | $ 00.000.000.000 | |
Descuento Electoral | $ 00.000.000.000 | |
Art. 87 | $ 3.702.000.000 | |
b. Inversion | $ 2.980.041.376 | |
Inversión | $ 2.980.041.376 | |
TOTAL PRESUPUESTO ( 1 + 2 ) | $ 642.886.471.511 |
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SEGUNDA PARTE PRESUPUESTO DE GASTOS
ARTÍCULO SEGUNDO: Adoptar el Presupuesto de Gastos de la Universidad Nacional Abierta y a Distancia -UNAD-, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:
C O N C E P T O | PROGRAMADO 2023 | ||
RECURSOS NACIÓN | RECURSOS PROPIOS | TOTAL | |
A. FUNCIONAMIENTO | 102.455.332.263 | 312.221.324.202 | 414.676.656.465 |
B. DEUDA | 6.500.000.000 | 6.500.000.000 | |
C. INVERSION | 2.980.041.376 | 218.729.773.670 | 221.709.815.046 |
TOTAL PRESUPUESTO (A+B +C) | 105.435.373.639 | 537.451.097.872 | 642.886.471.511 |
PARTICIPACIÓN | 16,4% | 83,6% | 100,0% |
PARÁGRAFO 2: El valor correspondiente a la Deuda se proyecta de acuerdo con las condiciones del contrato suscrito con el Banco Bogotá y las proyecciones macroeconómicas.
PARÁGRAFO 1: El crecimiento del presupuesto 2023 con relación a la línea base de 2022 corresponde al 14,81%.
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ARTÍCULO TERCERO: Para la vigencia 2023, se incorporan para su ejecución las cuentas por pagar y reservas dentro del Flujo de Caja aprobada para iniciar la ejecución de estas.
ARTÍCULO CUARTO: Los gastos generados por efecto de convenios solo podrán ejecutarse una vez el ingreso haya sido efectivamente recibido en la caja de la UNAD.
PARÁGRAFO ÚNICO: Dado que la gestión de los convenios está sujeta a las voluntades de los directivos de las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales del orden nacional e internacional, se autoriza al Rector para incrementar o reducir por Resoluciones la partida establecida inicialmente en el Presupuesto xx Xxxxxx y Gastos para convenios.
ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo queda sujeto a lo aprobado por la Ley General de Presupuesto en cuanto a los recursos aportados por la nación, asignados al Ministerio de Educación Nacional para la respectiva distribución a las entidades de Educación Superior adscritas a dicho organismo.
ARTÍCULO SEXTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y la ejecución del presupuesto a partir del 1° de enero de 2023.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de 2022.
XXX XXXXXX XXXXXXXX XXXX XXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX XXXXXX
Presidente Secretaria General
Revisó: Dra. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx. Gerente Administrativa y Financiera. Revisó: Dra. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx. Coordinadora Grupo de Contabilidad. Revisó: Dra., Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx. Coordinadora Grupo de Presupuesto.
Revisó: Xx. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Coordinador Grupo de Cuentas y Tesorería. Elaboró: Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, Jefe Oficina Asesora de Planeación.