PROYECTO DE ACUERDO N°
PROYECTO DE ACUERDO N°
“POR EL CUAL SE CONCEDE UNA XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXX XXX XXXXXXXX, PARA SUSCRIBIR UNOS CONTRATOS DE COMODATO".
El Alcalde Municipal de San Xxxx Del Guaviare, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el articulo 313 numeral 3 de la Constitución Política, el artículo 32 de la Ley 136 xx xxxxx 2 de 1994 y el artículo 38 de la ley 9ª de 1989.
CONSIDERANDO
Que en cada Municipio habrá un Alcalde Municipal quien ejercerá la autoridad política, es el jefe de la Administración Local y Representante Legal de la entidad territorial dentro de su jurisdicción.
Que es atribución legal del Concejo Municipal reglamentar la autorización al Alcalde de la Ciudad para contratar, señalando los casos en que se requiere autorización previa del Concejo Municipal según lo dispuesto por el artículo 32, numeral 3 de la Ley 136 de 1994.
Que corresponde al Alcalde ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el Plan de Desarrollo y con el presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables, según lo preceptuado en el artículo 91 literal D, numeral 5 de la Ley 136 de 1994, y la Ley 80 de 1993.
Que mediante Acuerdo 001 de enero 27 de 2017, se concedió facultades al Alcalde Municipal para contratar y suscribir convenios y reglamentar la autorización al ejecutivo para contratar.
Que el mencionado Acuerdo Municipal en su artículo segundo, establece que el Alcalde Municipal requerirá autorización previa del Concejo Municipal para celebrar contratos en los que incluye en su literal f), el comodato de bienes inmuebles.
Que el artículo 2200 del Código Civil define “El comodato o préstamo de uso es un contrato en que la una de las partes entrega a la otra gratuitamente una especie mueble o raíz, para que haga uso de ella, y con cargo de restituir la misma especie después de terminar el uso” y a su vez el artículo 38 de la Ley 9 de 1989 establece que “Las entidades públicas no podrán dar en comodato sus inmuebles sino únicamente a otras entidades públicas, sindicatos, cooperativas, asociaciones y fundaciones que no repartan utilidades entre sus asociados o fundadores ni adjudiquen sus activos en el momento de su liquidación a los mismos, juntas de acción comunal, fondos de empleados y las demás que puedan asimilarse a las anteriores, y por un término máximo de cinco (5) años, renovables”.
Que por lo anterior se hace necesario hacer acotaciones respecto a los diferentes sustentos normativos que permiten describir de manera detallada la procedencia de la suscripción de contratos de comodatos de los diferentes bienes inmuebles del municipio así:
De acuerdo a la Ley 1098 de 2006 en su artículo 29 estipula el derecho “(…) al desarrollo integral en la primera infancia. La primera infancia es la etapa del ciclo vital en la que se establecen las bases para el desarrollo cognitivo, emocional y social del ser humano. Comprende la franja poblacional que va de los cero (0) a los seis (6) años de edad”. Desde esta perspectiva la
Administración Municipal, en cumplimiento de sus competencias constitucionales y legales, estableció como meta del Plan de Desarrollo Un Gobierno de Acción y Paz 2016 – 2019, “Formular e implementar una (1) estrategia para la protección integral de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el municipio de san Xxxx del Guaviare” como acción prioritaria del subprograma Compromiso con la Primera Infancia, la Adolescencia y la familia en el marco del cumplimiento de la política pública para la atención integral de la primera infancia, infancia y adolescencia del municipio.
Que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF-, en el marco del desarrollo de la estrategia “Xx Xxxx a Siempre”, suscribió Contrato de Aporte No 9501252017 del 04 de diciembre de 2017 con La Fundación para el Desarrollo y la Gestión Social y Ambiental MARAMA Sin Ánimo de Lucro; cuyo objeto es “prestar el servicio de educación inicial en el marco de la atención integral a niñas y niños menores de 5 años, o hasta su ingreso al grado de transición, de conformidad con los manuales operativos de la modalidad y las directrices establecidas por el ICBF, en armonía con la política de estado para el desarrollo integral de la primera infancia "xx xxxx a siempre", en el servicio centros de desarrollo infantil” en el municipio de San Xxxx del Guaviare, a través de los Centros de Desarrollo Infantil del municipio de San Xxxx del Guaviare.
Que es necesario para tal fin, que el Concejo municipal autorice al señor Alcalde para la suscripción de un contrato de comodato para la entrega de los inmuebles donde operan dichos Centros de Desarrollo Infantil del municipio de San Xxxx del Guaviare.
Que los inmuebles que se entregarán en comodato fueron construidos en un predio propiedad del Municipio de San Xxxx del Guaviare y consiste en tres Centros de Desarrollo Infantil con capacidad para 435 niños, ubicados así, CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO GUARDIANES DE LA SELVA ubicado en la Xxx. 00 Xx 00-00 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx, con un lote de área construida de 1.500 m2, según se encuentra establecido en informe de Descripción Técnica y Espacial hecha por la Secretaría de Obras Públicas, CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PROGRESO, ubicado en la dirección Xxx 00 X 00 X 00 según se encuentra establecido en informe de Descripción Técnica y Espacial hecha por la Secretaría de Obras Públicas y CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL SAN XXXXX, ubicado en la dirección Xxx 00 Xx 00-00, según se encuentra establecido en informe de Descripción Técnica y Espacial hecha por la Secretaría de Obras Públicas.
Que dichos inmuebles se entregaran en comodato a la Fundación MARAMA, fundación con la que el ICBF suscribió Contrato de Aporte No 9501252017 del 04 de diciembre de 2017 para la prestación del servicio en los (CDI) Centros de Desarrollo Infantil.
Que, en virtud de lo anterior, es necesario para tales fines, que el Concejo Municipal autorice al señor Alcalde la suscripción de los siguientes contratos de comodato para la entrega de:
- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO GUARDIANES DE LA SELVA,
ubicado en la Xxx. 00 Xx 00-000 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx inmueble construido en predio propiedad del Municipio de San Xxxx del Guaviare, identificado bajo el código catastral No 01-00-0114-0005-000, y con matricula inmobiliaria No 480-10728, con un área construida de 1500 m2, y que está compuesto de: 7 habitaciones destinadas para lo siguiente: 1 oficina de coordinación, 1 cuarto de enfermería, 1 oficina para vigilancia, 3
cuartos para almacenamiento de alimentos, 5 unidades sanitarias para adultos, 1 sala comedor, 1 cocina integral, 1 bodega, 3 áreas/cuartos de aseo, 4 unidades sanitarias para niños y niñas múltiple (sanitarios y duchas), 1 zona verde al aire libre, 4 aulas múltiples con 2 unidades sanitarias cada una, 1 aula biblioteca múltiple.
- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PROGRESO, ubicado en la dirección Xxx 00 X 00 X 00, inmueble construido en predio propiedad del Municipio de San Xxxx del Guaviare, identificado bajo el código catastral No 01-00-0187-0015-000, y matricula inmobiliaria 480- 002, con un área construida de 120 m2, y que está compuesto de: 4 habitaciones destinadas a: 1 oficina de coordinación, 1 depósito de material didáctico, 1 cuarto para almacenamiento de alimentos, 1 cuarto de aseo, 2 aulas múltiples, 1 cocina integral, 1 sala comedor múltiple, 1 unidad sanitaria para niños y niñas múltiple (sanitarios y duchas)
- CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL SAN XXXXX, ubicado en la dirección Xxx 00 Xx 00-00 inmueble construido en predio propiedad del Municipio de San Xxxx del Guaviare, identificado bajo el código catastral No 01-00-0350-0001-000, y matricula inmobiliaria No 480-5995, con un área construida de 148 metros cuadrados, y que está compuesto de: 3 habitaciones destinadas a: 1 oficina de coordinación, 1 cuarto de aseo, 1 cuarto para depósito de material didáctico, 7 aulas múltiples, 1 cocina integral, 1 sala comedor, 1 xxxx xxxxx, 0 xxxxxx recreativo, 1 unidad sanitaria múltiple para niños y niñas (sanitarios y duchas) y 1 unidad sanitaria para adultos.
Que el ejecutivo municipal justificó la necesidad de autorización para suscribir los contratos de comodato para la entrega de los anteriores inmuebles.
En mérito de lo expuesto el Concejo Municipal,
ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Facúltese al señor Alcalde Municipal para suscribir con la fundación MARAMA identificada con NIT: 900202440-1, los siguientes contratos de comodato:
• Contrato de comodato para la entrega del CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO GUARDIANES DE LA SELVA, ubicado en la Xxx. 00 Xx 00-00 Xxxxxx Xx Xxxxxxxxx identificado bajo el código catastral N° 01-00-0114-0005-000, y con matricula inmobiliaria No 480-10728, por el término de Seis (06) meses.
• Contrato de comodato para la entrega del CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL PROGRESO, ubicado en la dirección Xxx 00 X 00 X 00 barrio el Progreso, identificado bajo el código catastral N° 01-00-0187-0015-000, y matricula inmobiliaria 480-002, por el término de Seis (06) meses.
• Contrato de comodato para la entrega del CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL SAN XXXXX, ubicado en la dirección Xxx 00 Xx 00-00 xxxxxx Xxx Xxxxx, identificado bajo el código catastral No 01-00-0350-0001-000, y matricula inmobiliaria N° 480-5995, por el término de Seis (06) meses.
ARTICULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en San Xxxx del Guaviare, a los diecinueve (19) días del mes de febrero de 2018.
XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Alcalde Municipal
Ordenó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Digitó: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx/ Profesional de Apoyo Infancia Secretaría Administrativa Aprobó: Xxxxxx Xxxxxxxx / Secretario Administrativo y de Desarrollo Social
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx/ Secretario Jurídico Municipal
Revisó: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx/ Profesional de Apoyo Secretaría Xxxxxxxx Xxxx
PROYECTO DE ACUERDO N°
“POR EL CUAL SE CONCEDE UNA XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXX XXX XXXXXXXX, PARA SUSCRIBIR UNOS CONTRATOS DE COMODATO".
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Plan de Desarrollo Municipal 2016-2019 propuso como misión transformar nuestro Municipio en una ciudad alegre, innovadora, que proporcione a sus habitantes bienestar y desarrollo integral, en este sentido y teniendo en cuenta que la mayoría de población de nuestro Municipio es perteneciente a la religión católica y atendiendo la libertad de culto constitucionalmente reconocida, junto con las solicitudes tanto de la Diócesis de San Xxxx del Guaviare como de la comunidad de la Parroquia La Sagrada Familia , se hace necesario y conveniente entregar a título de comodato el lote donde dicha parroquia funciona; es de anotar que dicho predio corresponde a zona de equipamiento en el barrio, lugar donde se deben ejecutar proyectos de público interés; de la misma manera es importante resaltar que dicho predio ha sido entregado bajo la misma figura jurídica desde hace varios años, beneficiando así a toda la comunidad del sector Xxxxx Xxxxxx, y demás feligreses que la frecuentan.
Por otra parte, y en pro de dar cumplimiento a los programas de primera infancia definidos en el plan de desarrollo municipal, a través de su programa Desarrollo Social Para la construcción xx Xxx, el Municipio ve conveniente entregar a título de comodato los inmuebles donde actualmente operan los Centros de Desarrollo Infantil del Municipio a la Fundación para el Desarrollo y la Gestión Social y Ambiental MARAMA, esto teniendo en cuenta que el Municipio de San Xxxx del Guaviare dentro de sus recursos físicos posee bienes inmuebles de características específicas y apropiadas para el funcionamiento y operatividad del programa de atención a la primera infancia, y que por sus espacios y ubicación, pueden prestar un gran aporte al desarrollo de objetos sociales de entidades sin ánimo de lucro, actividades que se pueden concretar a través de la entrega de estos bienes bajo la figura del comodato a asociaciones, fundaciones, cooperativas y Juntas de Acción Comunal, instituciones estas que para el desarrollo de su actividad requieren de espacios físicos que les facilite adelantar su gestión comunitaria y de desarrollo social.
Es de apuntar que actualmente La Fundación MARAMA es la encargada de operar dichos Centros de Desarrollo Infantil, con ocasión al contrato de Aporte No 9501252017 del 04 de diciembre de 2017 suscrito con el ICBF, atendiendo y beneficiando más de 500 niños de nuestro Municipio, principalmente pertenecientes a población vulnerable con asistencia y atención de calidad en búsqueda del desarrollo integral de los niños y niñas del municipio de San Xxxx del Guaviare.
Lo anterior expuesto es el fundamento para solicitar a ustedes que sea analizado y aprobado por la Honorable Corporación el presente proyecto de acuerdo en el que se propone autorizar al
Alcalde para suscribir unos contratos de comodato, para tal fin me permito adjuntar los siguientes documentos:
- Copia de la Escritura Pública Nº 304 y Folio de Matricula Inmobiliaria No 480-10728
- Copia matricula inmobiliaria N° 480-002
- Copia matricula inmobiliaria N° 480-5995
- Copia del Contrato de Aporte No 9501252017 del 04 de diciembre de 2017 celebrado entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF- Regional Guaviare y la Fundación MARAMA, Entidad Sin Ánimo de Lucro – NIT: 900202440-1.
- Copia de Informe Descriptivo e Inventario de Obra del Centro de Desarrollo Infantil Temprana C.D.I.T Guardianes de la Selva, Centro de Desarrollo Infantil C.D.I Sueños de Libertad barrió San Xxxxx, Centro de desarrollo Infantil C.D.I del barrio Progreso dado por la Secretaria de Obras Públicas Municipal.
- Copia xx Xxxxxx de Comercio de la Fundación MARAMA, Entidad Sin Ánimo de Lucro – NIT: 900202440-1.
SUSTENTO LEGAL Y JURISPRUDENCIAL
Como soporte legal y jurisprudencial del presente proyecto se relacionan los siguientes apartes normativos y jurisprudenciales, así:
Artículo 2220 Código Civil Colombiano Artículo 32 Ley 80 de 1993
Artículo 38 Ley 9 de 1989
Concepto 150 del 24 de Julio de 2003, Consejo de Estado, MP Dra Xxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxxxxx.
XXXXXX XXXXXX XXXXXX
Alcalde Municipal
Cordialmente,
Ordenó: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Digitó: Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx/ Profesional de Apoyo Infancia Secretaría Administrativa Aprobó: Xxxxxx Xxxxxxxx / Secretario Administrativo y de Desarrollo Social
Revisó: Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx/ Secretario Jurídico Municipal
Revisó: Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx/ Profesional de Apoyo Secretaría Xxxxxxxx Xxxx