CONTRATO DE ADJUDICACIÓN
Sant Xxxx Xxxxx a 10 de 08 de 2020.
CONTRATO DE ADJUDICACIÓN
De una parte, Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxxx, que interviene, como Administradora Única, en nombre y representación de la CORPORACIÓ XXXXXXXX XX XXXXXXX AUDIOVISUALS, S. A. con domicilio a efectos de este contrato en Xxxx Xxxx Xxxxx, xxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, 0, y con NIF A-08849622. (En adelante la CCMA, SA).
Y de la otra, Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx, que interviene, como Administrador Único, en nombre y representación de DRAC BROADCAST SERVICES, SL, con domicilio en Xxxxxx, x/ Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, 00, y con NIF B-84658418. (En adelante el ADJUDICATARIO).
ANTECEDENTES
I.- Que la CCMA, SA ha realizado la concurrencia pública de ofertas con número de expediente 1911AM01, relativo a la celebración de un Acuerdo Marco para el alquiler de unidades móviles para sus producciones de televisión fraccionados en 4 lotes (en adelante el contrato).
II.- Que el órgano de contratación de la CCMA SA ha acordado adjudicar el contrato correspondiente al Lote Número 1: alquiler de unidades móviles de definición estándar (SD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, en el ámbito territorial de Cataluña. por un importe máximo de 100.000.- euros. -€), IVA no incluido, a las siguientes empresas:
VAV COMPAÑÍA DE PRODUCCIONES, SL DRAC BROADCAST SERVICES, SL SERVICIOS AUDIOVISUALES OVERON, SL SOBATECH GROUP, SL
III.- Que las partes se reconocen mutuamente capacidad suficiente este acto y proceden a la formalización del Acuerdo marco, que queda sujeto las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. - Mediante el presente documento las partes formalizan el contrato correspondiente al Lote Número 1 que se regirá por las condiciones que se fijan en este documento, en el de cláusulas administrativas particulares, en el pliego de prescripciones técnicas y a la oferta presentada.
El servicio se iniciará el día 1 de septiembre de 2020.
SEGUNDA. - La adjudicación que se formalizará por medio del presente documento, no genera ningún derecho de realización de prestaciones concretas, tal como se prevé en el de Cláusulas Administrativas Particulares.
Y, en prueba de conformidad con el contenido del presente contrato, las partes lo firman por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.
Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxxxxxx Xxxxx X. Xxxxx Xxxxxxx
CORPORACIÓN CATALANA DRAC BROADCAST
XX XXXXXXX AUDIOVISUALS, SA SERVICES, SL
Anexo: PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONCLUSIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA EL ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES PARA LAS PRODUCCIONES DEL MEDIO TELEVISIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓ XXXXXXXX XX XXXXXXX AUDIOVISUALS, S.A.
-ACUERDO XXXXX - EXPEDIENTE Nº 1911AM01
PRIMERA.- RÉGIMEN JURÍDICO
El contrato se regirá por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (en adelante LCSP), el Decreto Ley 3/2016, de 31 xx xxxx, de medidas urgentes en materia de contratación pública, el Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el cual se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público y adicionalmente también se rige por las normas aplicables a los contratos del sector público en el ámbito de Cataluña.
La Corporació Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Audiovisuals, S. A. de conformidad con el artículo
3.3 apartado d) de la LCSP y a los efectos de su actividad contractual, tiene la consideración de poder adjudicador y, por lo tanto, tiene reconocida la capacidad de convocar esta concurrencia pública de ofertas.
En todo caso este contrato tiene la consideración de privado y se somete a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
El desconocimiento por parte del contratista de las condiciones establecidas en este pliego de condiciones administrativas particulares y de cualquier otro documento que pueda tener aplicación en la ejecución de la cosa pactada, no eximirá a los licitadores de su cumplimiento.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de esta concurrencia es la contratación por parte de la Corporació Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Audiovisuals, S. A. (en adelante CCMA, S. A.), mediante la conclusión de un acuerdo marco, con un máximo de cuatro proveedores para cada uno de los lotes siempre que sea posible, del alquiler de unidades móviles para sus producciones de televisión.
Los requerimientos técnicos del suministro se describen en el de Prescripciones Técnicas.
La codificación de la Clasificación estadística de Productos por Actividades (CPA) es la 59111 y la correspondiente nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea es la 64228000-0.
División del contrato en lotes:
El objeto del contrato se divide en cuatro lotes:
- Lote 1: Alquiler de unidades móviles de definición estándar (SD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, en el ámbito territorial de Cataluña.
- Lote 2: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, en el ámbito territorial de Cataluña.
- Lote 3: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad a partir de 7 cámaras, 2 sistemas de almacenamiento y repetición de jugadas y con posibilidad de 1 sistema super slow motion, en el ámbito territorial de Cataluña.
- Lote 4: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, fuera del ámbito territorial de Cataluña.
Los licitadores podrán optar por presentar oferta uno, para dos, para tres o para los cuatro lotes de manera independiente.
TERCERA.- VALOR DEL CONTRATO
El valor del contrato para toda la duración prevista, prórrogas incluidas, es de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA MIL euros (2.190.000,00 €), IVA no incluido.
- El valor del contrato para toda la duración prevista, prórrogas incluidas, del Lote 1 es de TRESCIENTOS MIL euros (300.000,00 €), IVA no incluido.
- El valor del contrato para toda la duración prevista, prórrogas incluidas, del Lote 2 es de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL euros (1.500.000,00 €), IVA no incluido.
- El valor del contrato para toda la duración prevista, prórrogas incluidas, del Lote 3 es de TRESCIENTOS MIL euros (300.000,00 €), IVA no incluido.
- El valor del contrato para toda la duración prevista, prórrogas incluidas, del Lote 4 es de NOVENTA MIL euros (90.000,00 €), IVA no incluido.
CUARTA.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
El presupuesto base de licitación es de SETECIENTOS TREINTA MIL euros (730,000,00 €), más el 21% de IVA eso hace un total de OCHO CIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS euros (883.300,00 €).
- El presupuesto base de licitación del Lote 1 es de CIEN MIL euros (100.000,00
€), más el 21% de IVA eso hace un total de CIENTO VEINTIÚN MIL euros (121.000,00 €).
- El presupuesto base de licitación del Lote 2 es de QUINIENTOS MIL euros (500.000,00 €), más el 21% de IVA eso hace un total de SEISCIENTOS CINCO MIL euros (605.000,00 €).
- El presupuesto base de licitación del Lote 3 es de CIEN MIL euros (100.000,00
€), más el 21% de IVA eso hace un total de CIENTO VEINTIÚN MIL euros (121.000,00 €).
- El presupuesto base de licitación del Lote 4 es de TREINTA MIL euros (30.000,00 €), más el 21% de IVA eso hace un total de treinta y seis mil trescientos euros (36.300,00 €).
Estos son los precios máximos que pueden ofrecer las empresas que concurran a la licitación de este contrato.
QUINTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración inicial de un año y se prorrogará automáticamente por anualidades, hasta sumar un máximo de tres años, a menos que alguna de las partes manifieste a la otra parte, con una antelación mínima de 90 días a la fecha de finalización del periodo inicial o del prorrogado, su voluntad de no prorrogar el contrato.
SEXTA.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Podrán contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar, no estén incluidas en ninguna de las circunstancias descritas en el artículo 71 de la LCSP y acrediten su solvencia económica, financiera, técnica y profesional.
Los concurrentes tendrán que estar habilitados profesionalmente para la realización de la actividad que constituye el objeto del contrato según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales.
La CCMA, S. A. podrá contratar con Uniones de Empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de estas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación a su favor. Estos empresarios quedarán obligados solidariamente delante de CCMA, S. A. y tendrán que nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
A los efectos de la licitación, los empresarios que quieran concurrir integrados en una unión temporal tienen que indicar los nombres y las circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, como también que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal si resultan adjudicatarios del contrato. En las uniones temporales de empresarios cada uno de los que la componen tiene que acreditar su capacidad y solvencia de acuerdo con lo que establece el presente . A efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal, se acumulan las características acreditadas para cada uno de sus integrantes.
La duración de las Uniones Temporales de Empresarios tendrá que ser, como mínimo, la duración del contrato hasta su extinción.
SÉPTIMA.- ACREDITACIÓN DE LA CAPACIDAD DE OBRAR
Los licitadores acreditarán su capacidad de obrar de la siguiente manera:
1. Las empresas españolas personas jurídicas acreditarán la capacidad de obrar mediante:
▪ La escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil, cuando sea exigible conforme a la legislación mercantil y cuando no lo sea, se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional, en la que consten las normas que regulan su actividad, inscritos, si procede, en el correspondiente registro oficial.
▪ El NIF de la empresa.
▪ Documento acreditativo del poder de representación mediante escritura pública cuando se comparezca o firme en nombre de otro.
▪ Documento Nacional de Identidad de quien firma la oferta.
2. Las empresas españolas personas físicas acreditarán la capacidad de obrar con la presentación del NIF.
3. Los empresarios no españoles nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo lo acreditarán mediante la inscripción en los registros profesionales o mercantiles adecuados de su Estado Miembro de establecimiento o la presentación de una declaración jurada o una de las certificaciones que se indican en el anexo XI de la Directiva 2014/24/UE.
4. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras de Estados no miembros de la Unión Europea ni signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se acredita con la aportación de un informe emitido por la misión diplomática permanente o por la oficina consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el cual conste, previa acreditación la empresa, que figuran inscritas en el registro local profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades que abarca el objeto del contrato.
OCTAVA.- ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA
SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA:
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante los documentos siguientes:
1. Volumen anual de negocio de la empresa referido al mejor ejercicio de entre los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de inicio de actividades de la empresa, igual o superior a:
Lote 1: 25.000,00 €
Lote 2: 125.000,00 €
Lote 3: 25.000,00 €
Lote 4: 7.500,00€
El volumen anual de negocio se acreditará mediante la presentación de la documentación siguiente:
a) Sociedades que tengan obligación de presentar cuentas anuales:
- Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, correspondientes a cada uno de los 3 últimos ejercicios con inclusión del comprobante del depósito de las cuentas en el registro.
Las cuentas tendrán que estar revisadas por un auditor de cuentas siempre y cuando no estén exceptuados de esta obligación, circunstancia que tendrán que acreditar convenientemente.
b) Empresarios y otras entidades con personalidad jurídica que no tengan obligación de presentar cuentas anuales:
- Impuesto de Sociedades correspondiente a cada uno de los 3 últimos ejercicios.
En cualquier caso cuando la sociedad presente en las últimas cuentas una situación de desequilibrio patrimonial, tendrá que presentar un balance cerrado a la fecha de presentación de la declaración responsable auditado que certifique que en esta fecha se ha restituido el equilibrio patrimonial.
SOLVENCIA TÉCNICA:
La solvencia técnica se acreditará mediante la documentación siguiente:
1. Relación de los principales suministros de características parecidas al objeto del contrato, separados por lotes, realizados por el licitador en los últimos tres años (2017, 2018 y 2019).
2. Tres certificados de buena ejecución – uno correspondiente al año 2017, uno al 2018 y uno al 2019- expedidos por las empresas, cada uno de los lotes en los que se presente.
3. Perfiles profesionales de los operadores xx xxxxxx, en los que tendrá que constar, además de sus conocimientos y experiencia, su participación demostrable en un mínimo de 3 producciones de televisión indicando el nombre de la producción, la fecha y el trabajo realizado, cada uno de los lotes en los que se presente.
4. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa durante los últimos 3 años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente
5. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Integración de la solvencia con medios externos:
Las empresas licitadoras pueden recurrir para la ejecución del contrato a las capacidades de otras entidades, con independencia de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, con el fin de acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional, siempre que estas entidades no estén incursas en prohibición de contratar y que las empresas licitadoras demuestren, que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrán efectivamente de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de las entidades mencionadas. En las mismas condiciones, las UTE pueden recurrir a las capacidades de los participantes en la unión o de otras entidades.
Mientras el contrato esté en vigor, la CCMA, S. A. podrá pedir en cualquier momento al adjudicatario los documentos que acrediten la vigencia de los datos de solvencia
económica y financiera así como de la técnica y profesional. La no acreditación de la solvencia por parte del adjudicatario implicará la resolución automática del contrato.
NOVENA.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
9.1. De acuerdo con la disposición adicional 15.3 LCSP, los licitadores tienen que presentar sus proposiciones en tres sobres, por medios electrónicos. En este sentido, la Orden VEH/172/2017, de 25 de julio, de aprobación de las aplicaciones de la Plataforma de servicios de contratación pública y del Sobre Digital aprueba la aplicación de Sobre digital integrado en la PSCP(Plataforma de Servicios de Contratación Pública).
La aplicación de “Sobre digital” es accesible para las empresas licitadoras desde la dirección electrónica de la PSCP (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx). Desde esta dirección, la empresa licitadora puede acceder a la herramienta de presentación de proposiciones que le permite preparar y presentar las proposiciones mediante Sobre digital.
Una vez accedan a través de este enlace a la herramienta web de sobre Digital, las empresas licitadoras tendrán que rellenar un formulario para darse de alta en la herramienta y, a continuación, recibirán un mensaje, en el/los correo/s electrónico/s indicado/s en este formulario de alta, de activación de la oferta.
Las direcciones electrónicas que las empresas licitadoras indiquen en el formulario de inscripción de la herramienta de Sobre Digital, que serán las empleadas para enviar correos electrónicos relacionados con el uso de la herramienta de Sobre Digital, tienen que ser las mismas que las que designen en su DEUC para recibir los avisos de notificaciones y comunicaciones mediante el e-NOTUM.
Las empresas licitadoras tienen que conservar el correo electrónico de activación de la oferta, ya que el enlace que se contiene en el mensaje de activación es el acceso exclusivo del que dispondrán para presentar sus ofertas a través de la herramienta de Sobre Digital.
En el momento de hacer el envío de la proposición, la empresa licitadora se identifica y firma la oferta con un certificado digital de firma electrónica avanzada basada en un certificado cualificado o reconocido de firma electrónica emitido o admitido por el Consorcio AOC. La firma del resumen de la oferta en PDF comporta la firma de todos los documentos que la integran.
La presentación de proposiciones por medio del Sobre digital se basa en una aplicación web mediante la cual se realiza la de las proposiciones antes de ser enviadas y son las empresas licitadoras las que custodian las claves con las cuales se inicia el proceso de descifrado de las proposiciones presentadas. Debe tenerse en cuenta la importancia de custodiar correctamente esta o estas claves (pueden ser la misma todos los sobres o diferentes para cada uno de ellos), ya que sólo las empresas licitadoras la/las tienen (la herramienta de Sobre Digital no guarda ni recuerda las contraseñas introducidas) y son imprescindibles para el descifrado de las ofertas y, por lo tanto, el acceso a su contenido.
Una vez cumplimentada toda la documentación de la oferta y adjuntados los documentos que la conforman, se hará la presentación propiamente dicha de la oferta. A partir del momento en el que la oferta se haya presentado, ya no se podrá modificar la documentación enviada. En la apertura de los sobres se validan todas las firmas mediante la Plataforma de servicios de identificación y firma (PSIS) del Consorcio AOC.
Se puede encontrar tanto el material de sobre cómo preparar una oferta mediante la herramienta de sobre digital como las especificaciones técnicas necesarias para la presentación electrónica de ofertas en el apartado de “Licitación electrónica” de la Plataforma de Servicios de Contratación Pública, a la dirección web siguiente:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx_xxxxx/XxxXxxx/xxxxx/xxxxx/xxxxxxxx/xxx ex.xhtml.
De acuerdo con lo que dispone el apartado 1.h de la Disposición adicional 16 de la LCSP, el envío de las ofertas mediante la herramienta de sobre Digital se podrá hacer en dos fases, transmitiendo primero la huella electrónica de la documentación de la oferta, dentro del plazo de presentación de ofertas, con la recepción de la cual se considerará efectuada su presentación a todos los efectos, y después haciendo el envío de la documentación de la oferta propiamente dicha, en un plazo máximo de 24 horas. En caso de no efectuarse esta segunda remisión en el plazo de 24 horas, se considerará que la oferta ha sido retirada.
Si se hace uso de esta posibilidad, hay que tener en cuenta que la documentación enviada en esta segunda fase tiene que coincidir totalmente con aquella respecto de la que se ha enviado la huella digital previamente, de manera que no se puede producir ninguna modificación de los ficheros electrónicos que configuran la documentación de la oferta. En este sentido, hay que señalar la importancia de no manipular estos archivos (ni, por ejemplo, hacer copias, aunque sean de contenido idéntico) con el fin de no variar la huella electrónica, que es la que se comprobará para asegurar la coincidencia de documentos en las ofertas enviadas en dos fases.
Las ofertas presentadas tienen que estar libres de virus informáticos y de cualquier tipo de programa o código nocivo, ya que en ningún caso se pueden abrir los documentos afectados por un virus con las herramientas corporativas de la Generalitat de Catalunya. Así, es obligación de las empresas contratistas pasar los documentos po un antivirus y, en caso de llegar documentos de sus ofertas con virus, será responsabilidad de ellas que la Administración no pueda acceder al contenido de estos.
En caso de que algún documento presentado por las empresas licitadoras esté estropeado, en blanco o sea ilegible o esté afectado por algún virus informático, la Mesa de contratación valorará, en función de cuál sea la documentación afectada, las consecuencias jurídicas respecto de la participación de esta empresa en el procedimiento, que se tengan que derivar de la imposibilidad de acceder al contenido de alguno de los documentos de la oferta. En caso de tratarse de documentos imprescindibles para conocer o valorar la oferta, la mesa podrá acordar la exclusión de la empresa.
9.2 De acuerdo con la Disposición adicional decimoquinta de la LCSP, la tramitación de esta licitación comporta la práctica de las notificaciones y comunicaciones que deriven por medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
Las comunicaciones y las notificaciones que se hagan durante el procedimiento de contratación y durante la vigencia del contrato se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificación e-NOTUM, de acuerdo con la LCSP y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. A estos efectos, se enviarán los avisos de la puesta a disposición de las notificaciones y las comunicaciones a las direcciones de correo electrónico y a los
teléfonos móviles que el licitador haya indicado al efecto, momento a partir del cual la empresa podrá acceder a la notificación mencionada.
Los plazos a contar desde la notificación se computarán desde el aviso de notificación siempre que el acto objeto de notificación se haya publicado el mismo día en el Perfil del contratante del órgano de contratación. En caso contrario los plazos se computarán desde la recepción de la notificación el interesado.
Con el fin de recibir toda la información relativa a esta licitación, las empresas que lo quieran y en todo caso, los licitadores interesados, se tienen que suscribir como interesadas a través del servicio de suscripción a las novedades del espacio virtual de licitación que a tal efecto se pone a disposición a la dirección del contratante del órgano de contratación. Esta suscripción permitirá recibir aviso de manera inmediata a las direcciones electrónicas de las personas suscritas de cualquier novedad, publicación o aviso relacionado con esta licitación.
Asimismo, determinadas comunicaciones que se tengan que hacer con ocasión o como consecuencia del procedimiento de licitación y de adjudicación del presente contrato se realizará mediante la publicación en el perfil del contratante, regulado en el artículo 347 LCSP.
La publicación en el perfil del contratante deja constancia fehaciente de la autenticidad, la integridad y la fecha y hora de la publicación.
9.3. Los licitadores tendrán que presentar sus propuestas antes de las 13.00 horas del día 17 de enero del 2020.
Las proposiciones presentadas fuera de plazo no serán admitidas bajo ningún concepto.
Las proposiciones serán secretas y su presentación presume la aceptación incondicionada por parte de la empresa licitadora del contenido del presente y de todos y cada uno de los documentos que formen parte de la contratación.
Las personas interesadas en el procedimiento de licitación podrán dirigirse a la CCMA,
S. A. para solicitar aclaraciones sobre los o el resto de documentación, a través del apartado de preguntas y respuestas del tablón de avisos del espacio virtual de la licitación. Estas preguntas y respuestas serán públicas y accesibles a través del tablero mencionado, residenciado en el perfil de contratante de la CCMA, S. A.:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxx_xxxx/XxxXxxx/xxxxxx/XXXXXX
Las empresas interesadas podrán formular consultas a la CCMA, S. A. hasta el día 8 de enero de 2020.
La CCMA, S. A. podrá pedir a los candidatos y licitadores que presenten la totalidad o una parte de los documentos justificativos cuando considere que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración, cuando resulte necesario el buen desarrollo y, en todo caso antes de adjudicar el contrato.
Los licitadores tendrán que presentar su propuesta debidamente indexada de acuerdo con el orden establecido en los apartados siguientes.
La información que no se encuentre dentro de su correspondiente apartado no será valorada la Mesa de contratación.
En caso de que los documentos aportados por los licitadores en cada uno de los sobres no se puedan ver porque no se pueda descifrar el documento o bien el archivo esté corrupto o estropeado, la Mesa de Contratación pedirá a la empresa licitadora una copia de la documentación en físico electrónico (USB o lápiz de memoria) y comprobará las huellas electrónicas (hashos) de la documentación aportada con las huellas recogidas en la herramienta. Se comprobarán las huellas electrónicas de los documentos a través de la herramienta de Sobre digital, con el fin de verificar que los documentos aportados son los mismos que los que se incluyeron en la oferta.
9.4. Contenido de los sobres:
1.- Contenido del Sobre A: Documentación general (común a los cuatro lotes).
a) Formulario del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) el cual se adjunta como Anexo a este .
En el caso de empresas que concurran a la licitación con el compromiso de agruparse en una unión temporal si resultan adjudicatarias del contrato, cada una tiene que acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, y presentar un DEUC separado. Además del DEUC, tienen que aportar un documento donde conste el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
Los licitadores tendrán que llenar únicamente las Partes y apartados siguientes del
DEUC:
▪ Parte I: Información sobre el procedimiento de contratación y el poder adjudicador o la entidad adjudicadora.
▪ Parte II: Información sobre el operador económico:
A: Información sobre el operador económico: Sólo hay que llenar el apartado de Identificación y Lotes, el resto de apartados no.
B: Información sobre los representantes del operador económico.
C: Información sobre el Recurso a la Capacidad de otras entidades.
D: Información relativa a los subcontratistas en la capacidad de los cuales no se basa el operador económico.
▪ Parte III: Motivos de exclusión:
A: Motivos referidos a condenas penales.
B: Motivos referidos al pago de impuestos o de cotizaciones a la seguridad social.
C: Motivos referidos a la insolvencia, los conflictos de intereses o la falta profesional.
▪ Parte IV: Criterios de selección:
B: Solvencia económica y financiera: Apartados 1a) y 5.
C: Capacidad técnica y profesional: Apartados 1b) y 8.
2.- Contenido del Sobre B: Documentación relativa a los criterios de valoración subjetiva.
2.1. INFORMACIÓN TÉCNICA:
Como requisito previo a la valoración de los criterios subjetivos y como información técnica sobre los requerimientos solicitados en el de prescripciones técnicas los licitadores tendrán que aportar la documentación siguiente en el sobre B que en ningún caso será puntuada:
Lista que contenga el detalle de todo el equipamiento que el licitador asignará al alquiler, de acuerdo con los requerimientos solicitados en el de prescripciones técnicas, según Anexo 1A (lote 1), Anexo 1B (lote 2), Anexo 1C (lote 3) y Anexo 1D (lote 4).
La información contenida en los Anexos tiene que coincidir con la de la/s unidad/es móvil/es que el licitador ponga a disposición del contrato. Tendrá que indicarse el modelo y la matrícula del vehículo.
La CCMA, S. A. verificará in situ que la información contenida en la lista es cierta.
Si a partir de la documentación aportada los licitadores o de la revisión ocular, se ve que no se superan los umbrales mínimos de calidad exigibles por no reunir los requerimientos técnicos mínimos solicitados, se considerará que la propuesta no es válida y será excluida del procedimiento. La CCMA, S. A., en caso de exclusión, informará de manera razonada en un informe técnico los motivos de esta exclusión.
2.2. VALORACIÓN:
Para valorar los criterios cualitativos de la cláusula décima, los licitadores tendrán que aportar la documentación siguiente:
Documento en el que se detalle:
2.2.1. El aspecto exterior y la confortabilidad de la Unidad Móvil.
2.2.2. El equipamiento técnico ofertado de características superiores a los requerimientos obligatorios.
Se tendrá que aportar esta información para cada uno de los lotes en los que se participe.
3.- Contenido del Sobre C: Documentación relativa a los criterios de valoración cuantificable de forma automática.
A) Oferta Económica:
El importe de la oferta económica se adecuará a los modelos:
Lote 1: Anexo 2A
Lote 2: Anexo 2B
Lote 3: Anexo 2C
Lote 4: Anexo 2D
En el importe se entenderán comprendidos a todos los efectos los impuestos y gastos de cualquier índole que la ejecución del servicio, salvo el IVA que se desglosará aparte.
No se aceptarán las ofertas que tengan omisiones, enmiendas o errores que impidan conocer claramente lo que se considera fundamental para valorarlas.
Cada licitador sólo podrá presentar una única proposición por lote.
DÉCIMA.- MESA DE CONTRATACIÓN
Los miembros que constituirán la Mesa de contratación de este expediente son los siguientes:
• Presidencia: Xxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, dirección servicios jurídicos.
• Vocal: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, dirección de explotación de televisión
• Vocal: Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, dirección de producción
• Vocal: Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, producción de deportes
• Vocal: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, explotación de televisión
• Vocal: Xxxx Xxxxx Xxxxxx, dirección económica financiera.
• Secretaría: Xxxx Xxxxxxx Xxxx, dirección de compras.
• Suplente: Xxx Xxxxxxxxx Ors, servicios jurídicos.
• Suplente: Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, departamento de compras.
La Mesa de contratación calificará la documentación contenida en el Sobre A y, en caso de observar defectos enmendables, lo comunicará a las empresas licitadoras afectadas para que los enmienden en el plazo de tres días.
Una vez enmendados, si procede, los defectos en la documentación contenida en el Sobre A, la mesa la evaluará y determinará las empresas admitidas a la licitación y las excluidas, así como, en su caso, las causas de la exclusión.
UNDÉCIMA.- VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
La Mesa, calificada la documentación general, seleccionará el licitador que en conjunto haga la mejor proposición en base a la relación calidad precio, teniendo en cuenta los criterios de valoración siguientes, válidos para los cuatro lotes:
CRITERIS DE VALORACIÓ | PUNTUACIÓ |
Criteris de valoració subjectiva | Fins a 45 punts |
Oferta econòmica | Fins a 55 punts |
11.1. Valoración de las ofertas:
A) Valoración de la oferta económica (Hasta 55 puntos):
Para hacer la valoración económica se considerarán las casuísticas como ejemplo de alquiler que se detallan a continuación según los anexos correspondientes dependiendo del lote/lotes en el cual se presenten.
Lote 1:
Para valorar la propuesta económica de los licitadores del Lote 1, se solicita el precio del supuesto del alquiler de una Unidad Móvil SD (según modelo del Anexo 2A) de iguales características y necesidades a las descritas en el de prescripciones técnicas, pero concretando con 4 cámaras, con 4 trípodes y 3 ópticas 18x y 1 óptica 40x, para la emisión de un partido de fútbol en el campo de deportes de Lleida. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 3.500,00 €. (Hasta 55 puntos)
El precio incluye:
- Transporte: desplazamiento ida y vuelta de la unidad móvil y del equipo técnico.
- Instalación y desinstalación.
- Retransmisión o grabación del partido.
- Cualquier otro gasto asociado a la ejecución del servicio.
Lote 2:
Para valorar la propuesta económica de los licitadores del Lote 2, se solicita el precio de tres supuestos para la emisión de partidos de fútbol en el campo de deportes de Lleida, según modelo del Anexo 2B:
▪ Precio del alquiler de la Unidad Móvil HD de iguales características y necesidades a las descritas en el de prescripciones técnicas, pero concretando con 4 cámaras HD con 4 trípodes y 3 ópticas 18x y 1 óptica 40x. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 3.800,00 €. (Hasta 20 puntos)
▪ Precio del alquiler de la Unidad Móvil HD de iguales características y necesidades a las descritas en el de prescripciones técnicas, pero concretando con 5 cámaras HD con 5 trípodes y 4 óptiques 18x y 1 óptica 40x. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 4.200,00 €. (Hasta 20 puntos).
▪ Precio del alquiler de la Unidad Móvil HD de iguales características y necesidades en las descritas en el de prescripciones técnicas, pero concretando con 6 cámaras HD con 6 trípodes y 5 ópticas 18x y 1 óptica 40x. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 4.500,00 €. (Hasta 15 puntos).
El precio incluye:
- Transporte: desplazamiento ida y vuelta de la unidad móvil y del equipo técnico.
- Instalación y desinstalación.
- Retransmisión o grabación del partido
- Cualquier otro gasto asociado a la ejecución del servicio.
Lote 3:
Para valorar la propuesta económica de los licitadores del Lote 3, se solicita el precio del supuesto de alquiler de una Unidad Móvil HD (según modelo del Anexo 2C) de iguales características y necesidades a las descritas en el de prescripciones técnicas,
pero concretando con 7 cámaras HD con 7 trípodes, 6 ópticas 18x, una óptica 40x y una Super Slow, para la emisión de un acontecimiento deportivo de duración de 3 horas que tiene que tener lugar en Lleida. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 15.000,00 € (Hasta 55 puntos).
El precio incluye:
- Transporte: desplazamiento ida y vuelta de la unidad móvil y del equipo técnico.
- Instalación y desinstalación.
- Retransmisión o grabación del acontecimiento deportivo de duración de 3 horas
- Cualquier otro gasto asociado a la ejecución del servicio
Lote 4:
Para valorar la propuesta económica de los licitadores del Lote 4, se solicita el precio de un supuesto de alquiler de una unidad móvil HD (según modelo del Anexo 2D) de iguales características y necesidades descritas en el de prescripciones técnicas, pero concretando con 4 cámaras y 4 ópticas (1 óptica 42x y 3 ópticas entre 18 y 22x o superiores) y considerando el caso que es bastante habitual, que la unidad móvil se tenga que desplazar a Valencia. Hay que incluir, también, su operación.
El precio máximo de licitación es de 4.000,00 € (Hasta 55 puntos).
El precio incluye:
- Transporte: desplazamiento ida y vuelta de la unidad móvil y del equipo técnico.
- Instalación y desinstalación.
- Retransmisión o grabación del partido
- Cualquier otro gasto asociado a la ejecución del servicio.
Para valorar el criterio objetivo de la oferta económica, las ofertas serán puntuadas recibiendo la máxima puntuación la oferta más baja y el resto disminuyendo la puntuación proporcionalmente al aumento de las respectivas ofertas y de acuerdo con la siguiente fórmula: p=N·(m/n) donde p representa la puntuación resultante, N es la puntuación máxima que se puede obtener, m es la oferta más económica y n el precio de la oferta que se está puntuando.
En caso de que un licitador o más ofrezcan alguno de los conceptos a valorar sin coste (0 €) se le otorgarán 0 puntos en aquel apartado.
B) Valoración de los criterios de valoración subjetiva (Hasta 45 puntos):
La valoración subjetiva se hará a partir de la información que la CCMA, S. A., obtenga del documento redactado por los licitadores describiendo cada uno de los aspectos solicitados en cada apartado y de la observación en directo de la unidad móvil, que los licitadores pongan a disposición del contrato y para cada uno de los lotes a los que se presenten.
La CCMA, S. A. verificará “in situ” la información facilitada, en lo referente a los aspectos a valorar de manera subjetiva.
B.1) Aspecto exterior y confortabilidad de la Unidad Móvil. (Hasta 10 puntos).
Se valorará para cada uno de los lotes:
- El estado general de la unidad móvil y que esté equipada con los asientos, las condiciones de clima y otros elementos que favorecen unas buenas condiciones ambientales de trabajo.
El licitador describirá en el documento los aspectos solicitados en este apartado.
B.2) Aspectos técnicos. (Hasta 35 puntos).
Se valorará para cada uno de los lotes:
- Capacidad de la mesa de sonido para generar más de un programa y que tenga capacidad de importar audios (Hasta 10 puntos)
- Sistemas de comunicación adecuados para la adecuada realización del servicio, pidiéndose (Hasta 15 puntos):
- Cada canal de comunicación tiene que ser individualizado
- Líneas separadas por la adecuada realización del servicio con redactores- comentaristas, cámaras, operadores de audio, operador de replay y técnica
- Sistema de replays de cada una de las móviles (hasta 10 puntos)
El licitador describirá en el documento los aspectos solicitados en este apartado.
La valoración subjetiva se hará a partir de la información que la CCMA, S. A., obtenga del documento redactado por los licitadores describiendo cada uno de los aspectos solicitados en cada apartado y de la observación en directo de la unidad móvil, que los licitadores pongan a disposición del contrato.
El número de páginas máximo del documento que incluya la descripción de los puntos B.1 y B.2 -separadamente para cada uno de los lotes- es de dos, escritos con letra Arial 10. No se valorarán las hojas que excedan este máximo.
Valoración en caso de empate:
En caso de empate en las puntuaciones obtenidas por las ofertas de las empresas licitadoras, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato y por el siguiente orden de prelación:
a) La proposición de la empresa con mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) La proposición de la empresa con menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) La proposición de la empresa con mayor porcentaje de mujeres empleadas en plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar al desempate.
11.2. Ofertas con valores anormales o desproporcionados:
En relación al criterio de la oferta económica, cuando una oferta sea inferior al 20% de la media de las ofertas presentadas, y de acuerdo con lo que se establece en el artículo
149 de la LCSP, la Mesa de Contratación apreciará, en su caso, que esta proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión de valores anormales o desproporcionados.
En este supuesto, la Mesa de Contratación pedirá a la empresa afectada, un informe justificativo de la viabilidad de su oferta, que tendrá que ser entregado en el plazo máximo de cinco días hábiles desde la notificación. A la vista de este informe y del que elaborarán los servicios técnicos de la CCMA, S. A., la Mesa de Contratación podrá declarar la oferta anormalmente baja y, por lo tanto, la excluirá de la clasificación.
Para valorar si una oferta es anormal o desproporcionada se tomará como referencia, cada uno de los precios presentados por las móviles a valorar para cada lote. Si estos son inferiores al 20% de la media se considerará la temeridad de la propuesta.
Las solicitudes de justificación se llevarán a cabo a través de la funcionalidad que a este efecto tiene la herramienta de Sobre Digital, mediante la cual se dirigirá un correo electrónico a la dirección o las direcciones señaladas por las empresas licitadoras en el formulario de inscripción, con el enlace para que accedan al espacio de la herramienta en el que tienen que aportar la documentación correspondiente.
Este requerimiento se comunicará a la empresa mediante comunicación electrónica a través de l'e-NOTUM, integrado con la Plataforma de Servicios de Contratación Pública.
DOCEAVA.- RENUNCIA Y DESISTIMIENTO
El órgano de contratación podrá renunciar a la adjudicación o a la celebración del contrato, por razones de interés público debidamente justificadas y con la correspondiente notificación a las empresas licitadoras, antes de la formalización del contrato.
También podrá desistir del procedimiento, antes de la formalización del contrato, cuando se aprecie una infracción no enmendable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.
En ambos supuestos se compensará a las empresas licitadoras por los gastos en los que hayan incurrido y que estén debidamente justificados.
La decisión de no adjudicar o suscribir el contrato y el desistimiento del procedimiento de adjudicación se publicará en la Plataforma electrónica de contratación pública de la Generalitat de Catalunya.
DECIMOTERCERA.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
El órgano de contratación, previa valoración de la Mesa, adjudicará el contrato en el plazo máximo de 15 días a contar desde el día siguiente a la apertura de las proposiciones.
Durante este periodo, la CCMA, S. A. podrá pedir de las empresas concurrentes las informaciones complementarias y aclaraciones que considere convenientes.
De no producirse la adjudicación dentro del plazo señalado, los licitadores tendrán derecho a retirar su propuesta.
DECIMOCUARTA.- DOCUMENTACIÓN PREVIA A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La CCMA, S. A. comunicará al licitador seleccionado su propuesta de adjudicación mediante la funcionalidad que a este efecto tiene la herramienta de Sobre Digital.
Este requerimiento se efectuará mediante notificación electrónica a través de l'e- NOTUM, integrado con la Plataforma de Servicios de Contratación Pública.
El licitador seleccionado aportará en el plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en el que reciba la comunicación, los documentos siguientes:
A) Empresas no inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya (RELI) o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE).
a) Acreditación de la capacidad de obrar y de la personalidad jurídica del licitador.
b) Acreditación de la solvencia económica y financiera.
c) Acreditación de la solvencia técnica y profesional.
d) Certificado positivo de la Agencia Tributaria que acredite que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias y no tiene deudas de naturaleza tributaria. La fecha del certificado tendrá que ser posterior a la fecha de la comunicación de la propuesta de adjudicación enviada por la CCMA, S. A.
e) Certificado positivo de la Tesorería de la Seguridad Social que acredite que está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social. La fecha del certificado tendrá que ser posterior a la fecha de la comunicación de la propuesta de adjudicación enviada por la CCMA, S. A.
f) Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). El licitador propuesto como adjudicatario tendrá que presentar el documento de alta del impuesto relativo al ejercicio corriente en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, el último recibo del impuesto o si procede, documento o declaración responsable que acredite que el licitador se encuentra en alguno de los supuestos legales de exención del impuesto.
B) Empresas inscritas en el Registro Electrónico de Empresas Licitadoras de la Generalitat de Catalunya (RELI) o en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (ROLECE).
Las empresas inscritas en el RELI o en el ROLECE estarán exentas de aportar la documentación requerida en el apartado anterior y sólo estarán obligadas a aportar la siguiente documentación:
a) Declaración responsable que acredite la vigencia de los datos inscritos en el registro y la ficha resumen del registro.
b) Acreditación de la solvencia técnica y profesional
La aportación de documentación se llevará a cabo a través de la funcionalidad que a este efecto tiene la herramienta de Sobre Digital, mediante la cual se enviará un correo electrónico a la dirección o las direcciones señaladas por las empresas licitadoras en el formulario de inscripción, con el enlace para que accedan al espacio de la herramienta en la que tienen que aportar la documentación correspondiente.
Si no se cumplimenta de manera adecuada por parte del licitador seleccionado el requerimiento de presentar la documentación solicitada en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta y se procederá a pedir la documentación al licitador siguiente, atendiendo el orden de clasificación de las ofertas.
Si se detectan defectos u omisiones enmendables en la documentación aportada sobre la capacidad de obrar, la solvencia económica y el resto de documentación, se comunicará al licitador seleccionado para que lo enmiende en un plazo no superior a tres días hábiles.
DECIMOQUINTA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La adjudicación del contrato se formalizará mediante documento privado en un plazo no superior a 5 días una vez transcurridos 15 días hábiles desde que se envíe la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
DECIMOSEXTA.- CONTRATOS DERIVADOS
La adjudicación del presente contrato no genera ningún derecho de realización de prestaciones concretas.
La CCMA, S. A. podrá desarrollar, durante la vigencia del contrato, la convocatoria de procedimientos de adjudicación de contratos derivados para los suministros que necesite.
Para la adjudicación de los contratos derivados, la CCMA, S. A. actuará de la siguiente manera:
1.- De manera habitual y preferente, por cada contrato derivado que se tenga que iniciar, se comunicará por escrito a todos los adjudicatarios del lote que corresponda del acuerdo marco las características del suministro y se establecerán los criterios de selección que se considere oportunos.
Se concederá un plazo suficiente para que todos los licitadores presenten las ofertas relativas a cada contrato específico, que puede ser variable teniendo en cuenta factores como la inmediatez de la necesidad, la complejidad del objeto del contrato y el tiempo necesario para el envío de la oferta.
2.- Las ofertas se presentarán en el tiempo y forma que se habrán indicado en la solicitud del suministro. Se adjudicará al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa, valorada según los criterios que se indicarán en la solicitud del servicio. Si no se especifican otros, el criterio que prevalecerá será el económico.
DECIMOSÉPTIMA.- PAGO DEL PRECIO
La CCMA, S. A. efectuará los pagos por transferencia bancaria en la cuenta indicada por el adjudicatario, el día 30 de cada mes, una vez transcurridos 30 días de la fecha de factura. La factura tendrá que llevar, como máximo, la fecha del último día del mes en el que se haya realizado el suministro y tendrá que ser recibida por parte de la CCMA, S. A., antes del día 5 del mes siguiente a la fecha de la factura. Esta factura se tendrá que emitir de forma electrónica y entregar a la CCMA, S. A. a través del punto de entrada de la Administració Oberta de Catalunya, y tendrá que incluir, necesariamente, el número de pedido o el número de contrato que figurará al pie de página.
No tendrán la obligación de presentar la factura electrónica las personas y casos en los que la normativa reguladora lo exceptúe.
No procederá la revisión de precios.
DECIMOCTAVA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista será responsable de la calidad de las prestaciones realizadas como también de las consecuencias que se deduzcan para la CCMA, S. A. o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
El contratista ejecutará el contrato a su riesgo y xxxxxxx y estará obligado a indemnizar los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, excepto en el caso de que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la CCMA, S. A.
Otras obligaciones:
a) Obligaciones de carácter laboral:
• La empresa adjudicataria está obligada en la ejecución del contrato al cumplimiento de las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social, laboral que establezcan el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado, y en particular las que establece el anexo V de la LCSP.
• La empresa adjudicataria se obliga a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores de conformidad con el convenio colectivo sectorial aplicable.
• La empresa adjudicataria seleccionará y asignará el personal necesario para atender sus obligaciones. El mencionado personal dependerá exclusivamente del contratista, por lo cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y tendrá que cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de prevención de riesgos laborales y de la seguridad social referidas al personal propio a su cargo.
• La empresa contratista está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo. En especial, y antes del inicio de la prestación del servicio, tiene que
aportar una relación del personal que adscriba a la ejecución del contrato, así como, cuando proceda, del nuevo personal que contrate, y acreditar su alta y afiliación a la Seguridad Social, mediante la presentación de los TC2 correspondientes.
• La CCMA, S. A. podrá solicitar al adjudicatario que acredite documentalmente, si procede, que cumple con las prescripciones establecidas en el convenio colectivo que les sea de aplicación. Se procederá de igual forma par el resto de profesionales adscritos al servicio que no les sea de aplicación el convenio de referencia.
• El adjudicatario tendrá que dar la formación profesional necesaria a sus empleados, con el fin de actualizar los conocimientos tecnológicos y profesionales que se vayan produciendo durante la ejecución del contrato.
• El contratista será responsable de la vigilancia y dirección del trabajo de sus empleados, así como de su correcta formación para las tareas a realizar en ejecución del contrato de servicios. Los trabajadores del adjudicatario únicamente recibirán órdenes de los responsables superiores jerárquicos de su empresa, sin que les esté permitido atender órdenes de trabajo impartidas directamente por personas vinculadas laboralmente a la CCMA, S. A.
• El contratista designará a un coordinador general de servicio que será el encargado de mantener el enlace con la persona responsable de la CCMA, S.
A. y de determinar la organización, la adecuación y funcionamiento del servicio contratado.
• El adjudicatario estará obligado a cumplir la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, la normativa que se deriva y las normas internas de la CCMA, S.A. con la finalidad de garantizar unos adecuados niveles de seguridad y salud, y específicamente el RD 171/2004, que desarrolla el artículo 24 de la ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de coordinación de actividades empresariales.
• Una vez comunicada la adjudicación, el contratista dispondrá de 20 días hábiles para presentar la documentación de Prevención de Riesgos Laborales siguiente:
- Informe de evaluación de riesgos laborales con los riesgos y medidas preventivas del servicio adjudicado.
- Certificados de formación en prevención.
- Certificados de aptitud médica o renuncia de los trabajadores.
- Certificados de entrega de los equipos de protección individual, si procede.
Esta documentación se tendrá que presentar antes del inicio de la actividad y hará referencia a todos los trabajadores que prestarán el servicio.
Si se trata de un contratista que ya ha realizado esta acción con anterioridad, sólo habrá que revisar que el contenido de la coordinación existente sea aplicable a la nueva situación.
b) El contratista se obliga a aplicar, al ejecutar las prestaciones propias del servicio, las medidas destinadas a promover la igualdad entre hombres y mujeres.
c) La empresa tendrá que utilizar preferentemente el catalán en sus relaciones con la CCMA, S. A.
d) Confidencialidad:
El contratista será responsable del tratamiento confidencial de las tareas y prestaciones que desarrolle, y se hará igualmente responsable de que sus trabajadores asuman esta confidencialidad. El contratista se comprometerá a utilizar la información que reciba, única y exclusivamente para desarrollar los servicios objeto del contrato.
Los documentos y los datos presentados por los licitadores se pueden considerar de carácter confidencial si incluyen secretos industriales, técnicos o comerciales y/o derechos de propiedad intelectual, y cuándo su difusión a terceras personas pueda ser contraria a sus intereses comerciales legítimos y/o perjudicar la competencia xxxx entre las empresas del sector; o bien cuando su tratamiento pueda ser contrario a las previsiones de la normativa en materia de protección de datos de carácter personal.
Si procede, los licitadores tienen que presentar una declaración de privacidad que tiene que ser necesaria y proporcional a la finalidad o interés que se quiere proteger y tiene que determinar de forma expresa y justificada los documentos y/o los datos facilitados que consideren confidenciales. No se admiten declaraciones genéricas o no justificadas del carácter confidencial.
Sin perjuicio de la declaración de privacidad de los licitadores, ante una petición de información corresponderá al órgano de contratación valorar si esta calificación es correcta, de acuerdo con los principios de publicidad y de transparencia que rigen la actuación del sector público, y corregirla si procede, previa audiencia de los licitadores.
En ningún caso tienen carácter confidencial la propuesta económica, los datos del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC) que constan en registros públicos, los datos de los anexos relativos a la solvencia y los datos de la propuesta técnica que el licitador no haya considerado de manera justificada como confidenciales.
e) El contratista no podrá ceder a terceros, los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato, sin la autorización expresa y escrita de la CCMA,
S. A.
Documentación a entregar por parte del adjudicatario:
a) Documentación que acredite que el adjudicatario ha entregado a sus empleados un documento donde conste:
- Los servicios contratados y las actividades a realizar, la metodología y los procedimientos de trabajo.
- Que los empleados asignados a la prestación del servicio, estarán sometidos de forma exclusiva al poder de dirección y organización del adjudicatario.
- El coordinador de su plantilla, indicando que toda interlocución, ya sea de carácter técnico o laboral, se hará por medio de este.
- Que para acceder a las instalaciones de la CCMA, S. A. tendrán que ir, en todo momento, claramente identificados como empleados del adjudicatario y, en su caso, adecuadamente uniformados.
b) Inventario de todos los elementos que el adjudicatario aportará de su organización.
c) Nombre de la persona que actuará como coordinador.
d) Datos de identificación suficientes (nombre, apellidos, DNI) para tramitar el acceso como personal externo.
e) Si se requiere la presencia continuada del personal del adjudicatario, acreditación conforme ha dado de alta como centro de trabajo el implante establecido en las dependencias de la CCMA, S. A.
DECIMONOVENA.- PROTECCIÓN DE DATOS
Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este contrato, el personal del adjudicatario no puede acceder a los datos de carácter personal que figuran en los archivos, documentos y sistemas informáticos de la CCMA, S. A. No obstante, cuando el personal de la entidad adjudicataria acceda a los datos personales incidentalmente, estará obligado a guardar secreto incluso después de la finalización de la relación contractual, sin que en ningún caso pueda utilizar los datos ni revelarlos a terceros.
El adjudicatario informará y formará sobre confidencialidad y protección de datos a su personal y facilitará a todos sus trabajadores los protocolos de seguridad que la CCMA, S. A. le facilite. En este caso, el adjudicatario tendrá que poner en conocimiento de los trabajadores afectados las medidas de los protocolos de seguridad y conservar la acreditación del cumplimiento de este deber.
El adjudicatario tendrá que poner en conocimiento de la CCMA, S. A. de forma inmediata, cualquier incidencia que se produzca durante la ejecución del contrato que pueda afectar a la integridad o la confidencialidad de los datos de carácter personal tratados por el adjudicatario, la cual tendrá que anotarlo en el Registro de incidencias.
El incumplimiento de lo que se establece en este apartado puede dar lugar a que el adjudicatario sea considerado responsable del tratamiento, a los efectos de aplicar el régimen sancionador y de responsabilidades previsto en la normativa de protección de datos.
VEINTEAVA.- TRANSPARENCIA
Principios éticos y reglas de conducta a los cuales los licitadores y los contratistas tienen que adecuar su actividad:
1.- Los licitadores y los contratistas adoptarán una conducta éticamente ejemplar y actuarán para evitar la corrupción en cualquiera de todas sus posibles formas.
2.- En este sentido –y al margen de aquellos otros deberes vinculados al principio de actuación mencionado en el punto anterior, derivados de los principios éticos y de las reglas de conducta en los cuales los licitadores y los contratistas tienen que adecuar su actividad- asumen particularmente las obligaciones siguientes:
a) Comunicar inmediatamente al órgano de contratación las posibles situaciones de conflicto de intereses.
b) No solicitar, directamente o indirectamente, que un cargo o empleado público influya en la adjudicación del contrato.
c) No ofrecer ni facilitar a cargos o empleados públicos ventajas personales o materiales, ni para aquellos mismos ni para personas vinculadas con su entorno familiar o social.
d) No realizar cualquier otra acción que pueda vulnerar los principios de igualdad de oportunidades y de libre concurrencia.
e) No realizar acciones que pongan en riesgo el interés público.
f) Respetar los principios de libre mercado y de concurrencia competitiva, y abstenerse de realizar conductas que tengan por objeto o puedan producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia, como por ejemplo los comportamientos colusorios o de competencia fraudulenta (ofertas de resguardo, eliminación de ofertas, asignación de mercados, rotación de ofertas, etc.). Asimismo, denunciar cualquier acto o conducta dirigidos a aquellas finalidades y relacionados con la licitación o el contrato de los cuales tuviera conocimiento.
g) No utilizar información confidencial, conocida mediante el contrato, para obtener, directamente o indirectamente, una ventaja o beneficio económico en interés propio.
h) Observar los principios, las normas y los cánones éticos propios de las actividades, los oficios y/o las profesiones correspondientes a las prestaciones contratadas.
i) Colaborar con el órgano de contratación en las actuaciones que este realice para el seguimiento y/o la evaluación del cumplimiento del contrato, particularmente facilitando la información que le sea solicitada para estas finalidades.
j) Denunciar los actos de los cuales tenga conocimiento y que puedan comportar una infracción de las obligaciones contenidas en esta cláusula.
3.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el anterior apartado 2 por parte de los licitadores o de los contratistas, será causa de resolución del contrato, sin perjuicio de aquellas otras posibles consecuencias previstas en la legislación vigente.
VIGÉSIMAPRIMERA.- SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario podrá concertar con terceros, sin limitación presupuestaría, la realización parcial de la prestación.
La empresa contratista tendrá que comunicar por escrito a la CCMA, S. A. en el momento de enviar la documentación relativa a la solvencia técnica la intención de suscribir subcontratos, indicando la parte de la prestación que pretende subcontratar y la identidad, los datos de contacto y el representante o representantes legales de la empresa subcontratista, justificando suficientemente la aptitud de esta para ejecutarla por referencia, a los elementos técnicos y humanos de que dispone y a su experiencia, y acreditando que no se encuentra incursa en prohibición de contratar.
Si la empresa subcontratista tiene la clasificación adecuada para realizar la parte del contrato objeto de la subcontratación, la comunicación de esta circunstancia es suficiente para acreditar su aptitud.
Aunque se produzca la subcontratación consentida, será considerado únicamente y a todos los efectos como único contratista la empresa adjudicataria y responderá de la ejecución del contrato. En caso de que la responsabilidad tuviera el origen en la prestación de los servicios subcontratados, será el adjudicatario el que responderá primero delante de la CCMA, S. A., sin perjuicio de la responsabilidad solidaria del subcontratista.
El adjudicatario durante la vigencia del contrato únicamente podrá cambiar de empresa subcontratada con la autorización expresa y escrita de la CCMA, S. A. En caso de que el adjudicatario incumpliera esta obligación la CCMA, S. A. podrá resolver automáticamente el contrato sin que tenga que indemnizar a la otra parte por ningún concepto.
VIGÉSIMASEGUNDA.- DOCUMENTACIÓN CON CARÁCTER CONTRACTUAL
Este p de cláusulas administrativas y técnicas que rigen la presente concurrencia tienen carácter contractual.
La presentación de ofertas supone la aceptación incondicionada de las cláusulas de este y la declaración responsable que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la CCMA, S. A.
Las proposiciones presentadas por los licitadores serán vinculantes para los mismos hasta la adjudicación del contrato.
VIGÉSIMATERCERA.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato sólo se podrá modificar por razones de interés público, en los casos y en la forma que se especifican en esta cláusula y de conformidad con lo que se prevé en los artículos 203 a 207 de la LCSP.
Modificaciones no previstas:
Las modificaciones del contrato no previstas en esta cláusula sólo podrán efectuarse cuando se cumplan los requisitos y concurran los supuestos previstos en el artículo 205 de la LCSP, de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 191 de la LCSP y con las particularidades previstas en el artículo 207 de la LCSP.
Las modificaciones del contrato se formalizarán por escrito.
VIGÉSIMACUARTA.- RESOLUCIÓN
En caso de que alguna de las partes incumpla cualquiera de sus obligaciones, la parte que hubiera cumplido podrá optar entre exigir el cumplimiento a la otra o resolver el contrato, reservándose la parte cumplidora el derecho a reclamar las indemnizaciones de daños y perjuicios que correspondan.
Especialmente se considerarán causas de resolución del contrato, las siguientes:
a) Incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del presente contrato.
b) La falta de calidad suficiente en la ejecución de las actividades previstas que frustren el objetivo de este contrato.
c) La muerte o incapacidad sobrevenida del contratista individual o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
d) La declaración de concurso del adjudicatario o la declaración de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
e) El mutuo acuerdo de las partes.
f) Las establecidas expresamente en el contrato.
g) La imposibilidad de realizar el suministro en los términos inicialmente pactados y cuando no sea posible la modificación del contrato.
h) El impago, durante la ejecución del contrato, de salarios por parte del adjudicatario a los trabajadores que estén participando en el contrato, el impago de las cuotas a la Seguridad Social o la falta de ingreso de las retenciones a cuenta del IRPF del personal adscrito al servicio o el incumplimiento de las condiciones establecidas en los Convenios colectivos en vigor por estos trabajadores también durante la ejecución del contrato.
i) El incumplimiento de los principios éticos y de las reglas de conducta recomendables en la contratación pública.
j) Las que señale de manera general todos los contratos y específicamente cada categoría de contrato la LCSP.
La aplicación y los efectos de estas causas de resolución serán las que se establecen en los artículos 212, 213 y 307 de la LCSP.
La CCMA, S. A. no estará obligada a indemnizar por ningún concepto, en caso de que la resolución del contrato sea imputable al adjudicatario.
VIGÉSIMAQUINTA.- RÉGIMEN DE RECURSOS
este contrato y los actos previstos en la LCSP procederá el recurso especial en materia de contratación en los términos que prevé el artículo 44 y siguientes de esta norma.
VIGÉSIMASEXTA.- RÉGIMEN DE INVALIDEZ
Este contrato está sometido al régimen de invalidez previsto en los artículos 38 a 43 de la LCSP.
VIGÉSIMASÉPTIMA.- FUEROS
El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que surjan entre las partes en relación con la preparación, adjudicación y modificaciones contractuales, cuando la impugnación de estas últimas se base en el incumplimiento de lo que establecen los artículos 204 y 205 de la LCSP, cuando se entienda que dicha modificación tenía que haber sido objeto de una nueva adjudicación.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos y extinción de este contrato.
Las partes se someten expresamente, con renuncia expresa de sus propios fueros en caso de tenerlos, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona.
Xxxx Xxxx Xxxxx, noviembre de 2019
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE RIGE LA CONCLUSIÓN DE UN ACUERDO MARCO PARA LA CONTRATACIÓN DEL ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES PARA LAS PRODUCCIONES DEL MEDIO TELEVISIÓN DE LA SOCIEDAD MERCANTIL CORPORACIÓ XXXXXXXX XX XXXXXXX AUDIOVISUALS, SA
EXPEDIENTE Nº 1911AM01
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de esta concurrencia es la contratación por parte de la Corporació Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Audiovisuals, S. A. (en adelante CCMA, S. A.), mediante la conclusión de un acuerdo marco, con un máximo de cuatro proveedores para cada uno de los lotes siempre que sea posible, del alquiler de unidades móviles para sus producciones de televisión.
El objeto del contrato se divide en cuatro lotes:
- Lote 1: Alquiler de unidades móviles de definición estándar (SD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, en el ámbito territorial de Cataluña.
El inicio de vigencia del lote 1, será el 1 de septiembre de 2020, fecha en la que finaliza la vigencia del expediente 1908AM01.
- Lote 2: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, en el ámbito territorial de Cataluña.
- Lote 3: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad a partir de 7 cámaras, 2 sistemas de almacenamiento y repetición de jugadas y con posibilidad de 1 sistema super slow motion, en el ámbito territorial de Cataluña.
El inicio de vigencia de los lotes 2 y 3 se prevé que sea el 26 xx xxxxx de 2020, fecha en la que finaliza la vigencia del primer periodo de licitación del expediente 1710AM01.
- Lote 4: Alquiler de unidades móviles de alta definición (HD) con capacidad hasta 6 cámaras (incluido) y 1 sistema para almacenaje y repetición de jugadas, fuera del ámbito territorial de Cataluña.
El inicio de vigencia del lote 4, será el 19 de octubre de 2020, fecha en la que finaliza la vigencia del expediente 1904OB02.
Independientemente de las diferentes fechas de inicio entre lotes, todos ellos acabarán su vigencia, en la misma fecha, cuando se cumplan los tres años de duración establecidos de manera genérica en la cláusula quinta del de cláusulas administrativas.
2.- REQUERIMIENTOS OBLIGATORIOS
La CCMA, S. A. verificará “in situ” la información facilitada con respecto a los requerimientos obligatorios que tiene que cumplir la móvil. Por este motivo, la CCMA, S. A., acordará con los licitadores un día para hacer esta revisión, que se hará en las instalaciones del licitador. La manera de hacer efectiva esta visita se acordará previamente a conveniencia entre las dos partes. Esta visita también servirá para verificar la información a valorar.
La móvil mostrada por los licitadores tendrá que ser la que pongan a disposición del contrato.
2.1. REQUERIMIENTOS DEL EQUIPAMIENTO LOTE 1.- ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES DE DEFINICIÓN ESTÁNDAR (SD) CON CAPACIDAD HASTA 6 CÁMARAS (incluido) I 1 SISTEMA PARA ALMACENAMIENTO Y REPETICIÓN DE JUGADAS, DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CATALUÑA
El licitador tendrá que acreditar la capacidad de asignar un mínimo de una unidad móvil con las siguientes características:
1.- Formato de trabajo
• Vídeo de definición estándar SD-SDI con formato panorámico 16:9 nativo, y audio estéreo
2.- Captación de imagen
Ópticas
• Una óptica cada xxxxxx xx xxxxxx con calidad broadcast certificada por el fabricante, full servo, completas con todos los accesorios, y con los remotos xx xxxx y zoom y visores pequeño y grande
• Suministro de dos ópticas 40x, 2 angulares y 2 17x. Al menos uno de los angulares tiene que llevar filtro polarizador.
Cámaras
• Como requerimiento obligatorio, las UM ofertadas tendrán que disponer hasta 6 cadenas (incluido) xx xxxxxx de 2/3” con calidad broadcast completas con todos los accesorios
• Elementos de captación: 3 sensores CCD, CMOS, o MOS de 2/3” formato 16:9
• Relación de aspecto 16:9 Trípodes
• Hasta 6 trípodes (incluido) completos con todos los accesorios 3.- Monitorización de vídeo
• Sistema multi pantalla, o equivalente para la gestión de la monitorización de todas las señales de la producción
• Puente de monitorización técnica compuesto por monitor de forma de , vectorscop, y monitor grado 1, o sistema equivalente.
4.- Grabación
• 1 servidor de vídeo para almacenamiento y repetición de jugadas tipo EVS o equivalente con un mínimo de 6 entradas configurables
• Otros sistemas de grabación/reproducción digital tipo Betacam Digital DVW- 500P o equivalente
• 1 lector/grabador de tarjetas P2
• Hacer copias de los partidos con un lápiz de memoria (4 simultáneas)
5.- Mezclador de vídeo
• Mezclador de vídeo digital con un mínimo de 12 entradas y 4 salidas con posibilidad de hacer efectos
6.- Entradas y salidas
• Entradas: capacidad para sincronizar 2 señales exterior en cualquier formato
• Salidas: capacidad para producir 2 programas con imbricadores de 6 señales audio cada uno y formado 16:9
• 4 salidas auxiliares
7.- Audio
• Mezclador de audio calidad broadcast de 24 canales
• Audio digital o analógico con conversores
• Delay audio
• 2 Micros de mano inalámbricos
• 2 Retorno inalámbricos
• 1 micro inalámbrico con una percha 8.- Otro equipamiento
Intercom
• Programable con posibilidad de tener conversaciones independientes
• 1 terminal RDSI para coordinación con los estudios centrales de San Xxxx Xxxxx
• 1 terminal híbrido para GSM para hacer la coordinación con los estudios centrales de Sant Xxxx Xxxxx (la SIM del sistema estará de dotación en la UM)
Generador de caracteres y grafismo
• Titulador de caracteres
• 1 PC que incorpore el software de V-Mix y OCR para generar el grafismo de marcador (tiempo, puntuación, posesión, faltas, etc.)
Sintonizador TDT
• Capacidad para sintonizar canales HD y canales SD
Posición comentarista
• 2 Monitores de vídeo SD con formato 16:9 nativo
• 2 Consolas comentaristas para hacer los comentarios del partido y con posibilidad de entrada para recibir órdenes y talk-back
• 2 Microcascos
• Cualquier otro material accesorio y complementario para la posición de comentarista
9.- Infraestructura
La UM dispondrá de toda la infraestructura necesaria tanto de cableado (carretes, vídeo, audio, fibra óptica, etc.) como de comunicaciones (Walky Talky, teléfonos móviles, etc.) y cualquier otro material relacionado y accesorio para poder llevar a cabo el servicio.
Igualmente, el proveedor facilitará que se puedan sincronizar señales de otros proveedores designados por la CCMA, S. A.
10.- Equipo profesional
El alquiler incluirá el equipo profesional necesario para llevar a cabo la ejecución del contrato.
2.2. REQUERIMIENTOS DEL EQUIPAMIENTO LOTE 2.- ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES DE ALTA DEFINICIÓN (HD) CON CAPACIDAD HASTA 6 CÁMARAS Y 1 SISTEMA PARA ALMACENAMIENTO Y REPETICIÓN DE JUGADAS, DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CATALUÑA
El licitador tendrá que acreditar la capacidad de asignar un mínimo de una unidad móvil con las siguientes características:
1.- Formato de trabajo
Vídeo de alta definición HD-SDI,1080i50, y audio estéreo 2.- Captación de imagen
Ópticas
• Una óptica cada xxxxxx xx xxxxxx con calidad broadcast HD certificada por el fabricante, full servo, completas con todos los accesorios, y con los remotos xx xxxx y zoom y visor grande y pequeño
• Suministro de dos ópticas 40x, 2 angulares y 2 17x. Al menos uno de los angulares tiene que llevar filtro polarizador.
Cámaras
• Como requerimiento obligatorio, las UM ofertadas tendrán que disponer hasta 6 (incluido) xxxxxxx xx xxxxxx de 2/3” HD con calidad broadcast completas con todos los accesorios
• Elemento de captación: 3 sensores CCD, CMOS, o MOS de 2/3” formato 16:9
• Resolución de captura: 1920x1080
Trípodes
• Hasta 6 trípodes (incluido) completos con todos los accesorios 3.- Monitorización de video
• Sistema multi pantalla o equivalente para la gestión de la monitorización de todas las señales de la producción
• Puente de monitorización técnica HD compuesto por monitor de forma de , vectorscop y monitor grado 1 o sistema equivalente.
4.- Grabación, almacenamiento y repetición de jugadas
• 1 servidor de vídeo para el almacenamiento y repetición de jugadas tipo EVS o equivalente, con un mínimo de 6 entradas configurables en el caso de móviles de 4 cámaras y con un mínimo de 8 entradas configurables para el resto de móviles, y capacidad para volcar y coger ficheros en encapsulado Quicktime MOVE y codec DVCPro100.
• Otros sistemas de grabación/reproducción HD tipo DVCPro HD o equivalente
• 1 lector/grabador de tarjetas Panasonic P2
• Hacer copias de los partidos con un lápiz de memoria (4 simultáneas)
5.- Mezclador de vídeo
• Mezclador de vídeo HD de 30 entradas, 16 salidas, y 2 M/E HD
6.- Entradas y salidas
• Entradas: capacidad para sincronizar 2 señales exterior en cualquier formato
• Salidas: capacidad para producir 2 programas con imbricadores de 6 señales audio cada uno y formato 16:9
• 4 salidas auxiliares
7.- Audio
• Mezclador de audio calidad broadcast de 24 canales
• Audio digital o analógico con conversores
• Imbricadores y desimbricadores de audio
• Posibilidad de desembricar audio de las 4 señales exteriores
• Generador de efectos
• Delay audio
• 3 Micros de mano inalámbricos
• 3 Retornos inalámbricos
• Sistemas de reproducción ficheros MP3 o equivalente
• 1 micro inalámbrico con una percha 8.- Otro equipamiento
Intercom
• Programable con posibilidad de tener conversaciones independientes
• 1 terminal RDSI para coordinación con los estudios centrales de San Xxxx Xxxxx
• 1 terminal híbrido para GSM para hacer la coordinación con los estudios centrales de Sant Xxxx Xxxxx (la SIM del sistema estará de dotación en la UM)
Generador de caracteres y grafismo
• Titulador de caracteres
• 1 PC que incorpore el software de V-Mix y OCR para generar el grafismo de marcador tiempo, puntuación, posesión, faltas, etc.)
Sintonizador TDT
• Capacidad para sintonizar canales HD y canales SD
Posición comentarista
• 3 Monitores de vídeo HD nativos de 19” como mínimo
• 2 Consolas comentaristas para hacer los comentarios del partido y con posibilidad de entrada para recibir órdenes
• 3 Microcascos
• Cualquier otro material accesorio y complementario para la posición de comentarista
9.- Infraestructura
La UM dispondrá de toda la infraestructura necesaria tanto de cableado (carretes, video, audio, fibra óptica, etc.) como de comunicaciones (Walky Talky, teléfonos móviles, etc) y cualquier otro material relacionado y accesorio para poder llevar a cabo el servicio.
Igualmente, el proveedor facilitará que se puedan sincronizar señales de otros proveedores designados por la CCMA, S. A.
10.- Equipo profesional
El alquiler incluirá el equipo profesional necesario para llevar a cabo la ejecución del contrato.
2.3. REQUERIMIENTOS DEL EQUIPAMIENTO LOTE 3: ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES DE ALTA DEFINICIÓN (HD) CON CAPACIDAD A PARTIR DE 7 CÁMARAS, 2 SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y REPETICIÓN DE JUGADAS Y CON POSIBILIDAD DE 1 SISTEMA XX XXXXXX SUPER SLOW MOTION, DENTRO DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CATALUÑA
El licitador tendrá que acreditar la capacidad de asignar un mínimo de una unidad móvil con las siguientes características:
1.- Formato de trabajo
Vídeo de alta definición HD-SDI,1080i50 con formato panorámico 16:9 nativo, y audio estéreo
2.- Captación de imagen
Ópticas
• Una óptica para cada xxxxxx xx xxxxxx con calidad broadcast HD certificada por el fabricante, full servo, completas con todos los accesorios, y con los remotos xx xxxx y zoom y visores grandes y pequeños
• Suministro de dos ópticas 40x, 2 angulares y 2 17x. Al menos uno de los angulares tiene que llevar filtro polarizador
• Suministro de una óptica 40x, y el resto de ópticas posibilidad de suministrar diferentes tipos: angular (11x), estándar (18x, 22 x) y tele objetivo (40x, 72x), o similares en función del acontecimiento concreto.
Cámaras
• Como requerimiento obligatorio, el licitador tendrá que disponer de un mínimo de 7 cámaras e infraestructura y capacidad hasta 10 xxxxxxx xx xxxxxx de 2/3” HD, con calidad broadcast completas con todos los accesorios
• Elemento de captación: 3 sensores CCD, CMOS, o MOS de 2/3” formato 16:9
• Resolución de captura: 1920x1080
• 3 Minicámaras de 10X
Trípodes
• Un mínimo de 7 trípodes y capacidad para suministrar hasta 10, completos con todos los accesorios
3.- Monitorización de vídeo
• Sistema multi pantalla o equivalente para la gestión de la monitorización de todas las señales de la producción
• Puente de monitorización técnica HD compuesto por monitor de forma de , vectorscop y monitor grado 1 o sistema equivalente.
4.- Grabación, almacenamiento y repetición de jugadas
• Servidores de vídeo para el almacenamiento y repetición de jugadas marca EVS, con un mínimo de 8 canales configurables en el caso de móviles de 7 cámaras. En caso de una UM de 10 cámaras un EVS de 10 canales configurables y con capacidad para volcar IP Director o X File.
• Otros sistemas de grabación/reproducción HD tipo DVCProHD o equivalente
• 1 lector/grabador de tarjetas Panasonic P2
• 4 DVD USB Recorders
• Hacer copias de los partidos con un lápiz de memoria (4 simultáneas)
5.- Sistema xx xxxxxx Súper Slow Motion EVS Compuesto por:
• Un servidor de vídeo EVS XT3HD de 8 canales con la opción “Mix in one channel” más un remoto EVS
• Una xxxxxx xx xxxxxx super slow motion (cámara 3x+CCU+RCP)
• Trípodes, accesorios, fibra óptica y todo lo necesario para su correcto funcionamiento
• Una óptica tipo 86x o similar, hoja servo con todos los mandos y accesorios
• Monitores necesarios para operar el EVS
Este sistema estará instalado dentro de la misma UM, o en un vehículo auxiliar. 6.- Mezclador de vídeo
▪ Mezclador de vídeo HD de 30 entradas, 16 salidas, y 2 M/E HD
7.- Entradas y salidas
• Entradas: capacidad para sincronizar 10 señales exteriores en cualquier formato
• Salidas: capacidad para producir 3 programas HD simultáneos, diferenciados, con 4 señales de audio cada uno
8.- Audio
• Mezclador de audio calidad broadcast de 48 faders
• Audio digital o analógico con conversores
• Imbricadores y desimbricadores de audio
• Posibilidad de desembricar audio de las 10 señales exteriores
• Generador de efectos
• Delay audio
• 3 Micros de mano
• 3 Retorno inalámbricos
• Sistemas de reproducción ficheros MP3 o equivalente
• 1 micro inalámbrico con una percha 9.- Otro equipamiento
Intercom
• Programable con posibilidad de tener conversaciones independientes
• 1 terminal RDSI para coordinación con los estudios centrales de Sant Xxxx Xxxxx
• 1 terminal híbrido GSM para hacer la coordinación con los estudios centrales de Sant Xxxx Xxxxx (la SIM del sistema estará de dotación en la UM)
Generador de caracteres y grafismo
• Titulador de caracteres
• 1 PC que incorpore el software de V-Mix y OCR para generar el grafismo de marcador (tiempo, puntuación, posesión, faltas, etc.)
Generador de Time Code
• 1 Generador de Time Code Sintonizador TDT
• Capacidad para sintonizar canales HD y canales SD Posición comentarista
• 3 Monitores de vídeo HD nativos de 19” como mínimo
• 4 Consolas comentaristas para hacer los comentarios del partido y con posibilidad de entrada para recibir órdenes
• 4 Microcascos
• Cualquier otro material accesorio y complementario para la posición de comentarista
10.- Infraestructura
La UM dispondrá de toda la infraestructura necesaria tanto de cableado (carretes, video, audio, fibra óptica, etc.) como de comunicaciones (Walky Talky, teléfonos móviles, etc.) y cualquier otro material relacionado y accesorio para poder llevar a cabo el servicio.
Igualmente, el proveedor facilitará que se puedan sincronizar señales de otros proveedores designados por la CCMA, S. A.
11.- Equipo profesional
El alquiler incluirá el equipo profesional necesario para llevar a cabo la ejecución del contrato.
2.4. REQUERIMIENTOS DEL EQUIPAMIENTO LOTE 4: ALQUILER DE UNIDADES MÓVILES DE ALTA DEFINICIÓN (HD) CON CAPACIDAD HASTA
6 CÁMARAS (INCLUIDO) Y 1 SISTEMA PARA ALMACENAMIENTO Y REPETICIÓN DE JUGADAS, FUERA DEL ÁMBITO TERRITORIAL DE CATALUÑA
Los licitadores tendrán que disponer de, como mínimo una unidad móvil con las características que se detallan a continuación.
Los requerimientos obligatorios de este lote son los mismos que se solicitan para el lote
2. La diferencia es que en este caso las peticiones serán para fuera del ámbito territorial de Cataluña (ámbito España).
3. ESPECIFICACIONES COMUNES A LOS CUATRO LOTES
3.1 REQUERIMIENTOS
El servicio incluirá, a petición de la CCMA, S. A. y para cada acontecimiento en concreto, otros servicios de producción audiovisual, como por ejemplo:
• Servicio de alquiler de un sistema xx xxxxxx RF.
• Servicio de alquiler de alimentación con grupos electrógenos.
• Servicio de alquiler de equipamiento de audio.
• Servicio de serigrafía.
• Servicio DSNG (sólo para el lote 4)
3.2 ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO
El equipo profesional asignado tendrá que cumplir siempre y en todo momento, el nivel de solvencia acreditado durante el proceso de licitación. La CCMA, S. A. podrá pedir en cualquier momento los documentos que acrediten el nivel de esta solvencia.
Todo el personal que integre los equipos, tendrá que ir uniformado e identificado con los signos distintivos propios del contratista.
Con respecto a la planificación del material, el adjudicatario será el responsable de llevarla a cabo de manera que siempre mantenga los compromisos asumidos con la CCMA, S. A.
El adjudicatario será el único responsable de cualquier desperfecto que afecte al material de su propiedad y tendrá que contar con el seguro de daños materiales que cubra cualquier daño, pérdida o robo que pueda sufrir.
Dado que el proveedor tendrá que realizar por sus medios el trabajo que se le encarga, tendrá que desplazar a los lugares de las producciones indicados por la CCMA, S. A. el equipamiento necesario y será el único responsable en caso de pérdida o deterioro.
La CCMA, S. A. podrá pedir cambios en el servicio en caso de detectar alguna anomalía, ya sea por el incumplimiento de los plazos de entrega de los servicios solicitados, por una inadecuada prestación del servicio o por cualquier otra causa justificada.
3.3 INTERLOCUCIÓN
El adjudicatario nombrará un/a coordinador/a de servicio que será el único interlocutor válido entre el responsable de la CCMA, S. A. y la empresa adjudicataria.
Los técnicos prestarán sus servicios siguiendo las instrucciones del coordinador/a designado/a por el adjudicatario, sin que les esté permitido atender órdenes de trabajo fuera de la operativa habitual establecida con el coordinador/a.
Se establecerán reuniones de coordinación entre el coordinador/a del servicio propuesto por el adjudicatario y el responsable del servicio de la CCMA, S. A. para hacer un seguimiento de la prestación adecuada del servicio.
3.4.SERVICIO 24X7
La empresa licitadora tendrá que disponer de un centro de atención telefónica 24 horas y 365 días el año para cubrir cualquier petición de alquiler o incidencia que se pueda producir fuera de los horarios de oficina.
Este servicio tiene que permitir hacer todas las operaciones posibles a cualquier hora del día y de la noche.
4 FACTURACIÓN
Será responsabilidad del adjudicatario la facturación de los alquileres, garantizando la correcta aplicación de las tarifas acordadas. La factura tendrá que hacer constar el desglose detallado de las partidas incluidas. La detección de una aplicación malintencionada de los precios se considerará motivo suficiente para la extinción del contrato.
Xxxx Xxxx Xxxxx, noviembre del 2019