LICITACIÓN ABREVIADA Nº 284998/1
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 284998/1
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES QUE REGIRÁ EN EL LLAMADO A LICITACIÓN ABREVIADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE CALL CENTER DE LA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO.
NORMATIVA.
En todo lo no previsto por el presente Xxxxxx, rige lo dispuesto por el Tocaf y por el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros y Servicios no Personales.
Forma parte de este pliego el ANEXO I LISTADO DE EQUIPOS.
ARTICULO 1º - OBJETO.
El objeto de la presente convocatoria es la contratación del servicio de MANTENIMIENTO TECNICO INTREGRAL para garantizar la operación continua, confiable y eficiente del SISTEMA DE CALL CENTER de la I.M. que incluye los equipos detallados en el ANEXO 1 de este pliego, con una modalidad de atención de 7 días a la semana las 24 horas del día los 365 días al año.
El detalle de los equipos a los que se le contratará el mantenimiento solicitado se especifica en el ANEXO I.
ARTÍCULO 2º - TIPO DE SERVICIO
A) TAREAS PREVIAS AL MANTENIMIENTO
Dentro del primer mes de haber iniciado el contrato, el proveedor tendrá las reuniones necesarias con los técnicos de la Unidad TELECOMUNICACIONES de la I. de M., con el objeto de definir y dejar en claro el alcance, las tareas a realizar, cronogramas, procedimientos, informes y todo elemento que llegue a considerarse necesario. En base a
estas consideraciones durante la vigencia del contrato el proveedor podrá realizar sugerencias y mejoras.
REPORTE INICIAL
Como parte inicial del contrato de mantenimiento, el proveedor deberá realizar un informe detallado del estado actual del sistema de Call Center. El mismo deberá indicar estado del hardware actual y condiciones físicas y ambientales de los mismos, resumen de la configuración y del software de los distintos módulos o componentes de los equipos. Además eventuales medidas correctivas a tomar para la conectividad física, piezas de hardware o software y configuración si correspondiera.
El reporte deberá indicar como mínimo lo siguiente:
◦ fecha en que se realizó el trabajo
◦ dirección y teléfono de la empresa
◦ responsable por el proveedor de realizar el informe técnico.
◦ detalle del estado de los equipos (hardware, software, configuración)
◦ observaciones sobre posibles reparaciones, sugerencias, mejoras (en software, hardware, configuración) así como cualquier comentario o alerta que puedan realizarse a fin de tener el servicio operativo en las mejores condiciones.
ACCESO REMOTO
Como tarea inicial y previa al mantenimiento, el proveedor deberá establecer una VPN con la I. de M. ya sea en modalidad LAN-to-LAN o de acceso con cliente SSL o IPSEC a efectos de tener un acceso rápido a la red y los equipos de la I. de M. y poder realizar tareas de diagnóstico y mantenimiento básico en forma rápida.
La VPN se regirá por las políticas establecidas por el área de SEGURIDAD y TELECOMUNICACIONES de la D.T.I de la I. de M. en lo que respecta a confidencial, usuarios, protocolos, estándares y demás temas relacionados. Una vez terminado el contrato la VPN y todo los elementos relacionados a la misma serán eliminados.
B) MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Se refiere a la atención por parte del proveedor de toda solicitud de servicio hecha por la I. de M., con el fin de resolver la ocurrencia de una falla de los equipos señalados en el ANEXO 1.
Las solicitudes se realizarán mediante reporte escrito (fax o correo electrónico) o por vía telefónica en caso de suma urgencia. Es responsabilidad del proveedor el registro de los datos necesarios por parte de quien reciba la llamada.
El proveedor deberá suministrar los datos de contacto necesarios según las diferentes modalidades de notificación.
El oferente deberá especificar los datos de contacto de la guardia :
• Teléfono fijo (no se admite teléfono celular) para contacto las 24 horas 365 días al año.
• Dirección de correo electrónico y horario por el que se recepcionan reclamos por este medio.
• Numero de Fax y horario por el que se recepcionan reclamos por este medio.
NIVELES Y TIEMPOS DE RESPUESTA
Las solicitudes de mantenimiento correctivo se deberán atender en tiempo y forma de acuerdo a los siguientes niveles:
a) Informativo:
Se requiere información o asistencia sobre productos, capacitación, instalación o configuración. Hay poco o ningún impacto en la operación inmediata de negocio de la I. de M.
Las partes destinarán recursos durante horario de oficina para proveer información o asistencia.
Asistencia: remota
Tiempo de respuesta: menos de veinticuatro (24) horas hábiles luego de realizada la solicitud.
Tiempo de restauración del servicio: no aplica
b) Bajo:
El funcionamiento del sistema de Call Center esta deteriorado pero la mayoría de las operaciones y servicios funcionan correctamente.
Las partes destinarán recursos durante horario de oficina para restaurar el servicio a nivel satisfactorio.
Asistencia: remota o en sitio según se resuelva en común acuerdo
Tiempo de respuesta: menos de cuatro (4) horas luego de realizada la solicitud Tiempo de restauración del servicio: menos de doce (12) horas luego de realizada la solicitud
c) Medio:
El funcionamiento del sistema de Call Center está seriamente deteriorado o aspectos significativos de la operación de negocio están siendo impactados negativamente por un nivel de funcionamiento no adecuado de la red.
Las partes están obligadas a destinar recursos a tiempo completo en horario de oficina para resolver la situación.
Asistencia: en sitio
Tiempo de respuesta: menos de dos (2) horas luego de realizada la solicitud Tiempo de restauración del servicio: menos de seis (6) horas luego de realizada la solicitud
d) Alto:
El sistema de Call Center está caido o existe un impacto crítico en los negocios y/o servicios informáticos de la I. de M. atendidos por ese sistema.
Las partes destinarán recursos a tiempo completo para resolver la situación.
Asistencia: en sitio
Tiempo de respuesta: menos de una (1) hora luego de realizada la solicitud
Tiempo de restauración del servicio: menos de cuatro (4) horas luego de realizada la solicitud.
SUMINISTROS, PARTES Y REPUESTOS
Las partes (de hardware y/o software) y repuestos necesarias para efectuar la reparación de los equipos deberán ser proporcionadas por el proveedor, sin costo ni pago extra para la I. de M. Antes de proceder a la reparación de un equipo el mismo será diagnosticado adecuadamente, evaluando con técnicos de la Unidad TELECOMUNICACIONES el problema y sus posibles alternativas de solución. Se deberán realizar los respaldos que correspondan antes de hacer algún cambio.
El equipo deberá ser sustituido por otro nuevo en caso de daño parcial o total en componentes electrónicos, y será reparado en caso de daño de software y/o configuración de acuerdo con el nivel de servicio que se haya definido.
El debe garantizar a la I. de M. que cuenta con los recursos necesarios para importar, en caso necesario, los repuestos.
En caso de ser necesario importar partes o repuestos, el proveedor dispondrá de un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles para importar los repuestos. En dicho caso el proveedor deberá proporcionar un equipo similar al averiado (de iguales o superiores características) con el fin de que el equipo y/o el servicio que éste ofrece permanezcan en operación.
El proveedor no podrá instalar ninguna parte o repuesto si no cuenta con la autorización por escrito de personal de la Unidad TELECOMUNICACIONES o la persona que se asigne por parte de la I. de M. a tales efectos.
Si la I. de M. considera como no aceptable la reparación, el proveedor estará obligado a reemplazar completamente el equipo correspondiente (de iguales o superiores características) de forma que restablezca su funcionamiento a la mayor brevedad.
REPORTES
Una vez efectuado cada mantenimiento, el proveedor suministrará a la I. de M. un reporte técnico indicando el trabajo realizado, las medidas correctivas tomadas, y las sugerencias o recomendaciones si correspondieran.
El reporte deberá indicar como mínimo lo siguiente:
• número de reporte
• fecha en que se realizó el trabajo
• dirección y teléfono de la empresa
• responsable por el proveedor de realizar el mantenimiento.
• marca/modelo/serie de el(los) equipo(s) atendiendo(s)
• detalle de los trabajos realizados en cada equipo
• observaciones sobre posibles reparaciones, sugerencias, mejoras (en software, hardware, configuración) así como cualquier comentario o alerta que puedan realizarse a fin de tener el servicio operativo en las mejores condiciones.
• responsable designado por parte de la I. de M.
ARTICULO 3º - CONDICIONES GENERALES PARA EL MANTENIMIENTO.
LUGAR DE SERVICIO
El servicio se realizará el los Centros de Datos de la I. de M., ubicados en el Edificio Sede de la
IM, Av. 18 de Julio 1360, en los pisos
• Datacenter 1 - piso 1 y ½
• Datacenter 2 - 2do subsuelo.
• Datacenter 3 - piso 3 y ½
ACCESOS
El personal técnico del proveedor deberá tener identificación que lo acredite como personal autorizado para atender el mantenimiento, y así poder tener acceso a las instalaciones donde se encuentra el equipo. Se deberán respetar los sistemas de control y administración que el centro de operaciones de la División Tecnología de la Información (D.T.I.) tenga vigentes.
TRANSPORTE
En caso de ser necesario el traslado de personal o equipos hacia o desde las áreas de la
I. de M., el proveedor deberá contar con locomoción propia. Deberá además hacerse responsable ante cualquier siniestro al equipo, tanto durante el transporte como en la permanencia en sus instalaciones.
MANO DE OBRA
El proveedor deberá suministrar la mano de obra calificada, y los materiales e implementos necesarios en la aplicación del mantenimiento correctivo mínimo solicitado, en satisfacción de los requerimientos especificados en el presente pliego.
COSTOS
La revisión en general, cambio de partes, o cualquier tarea efectuada como causa del mantenimiento y que pueda afectar el funcionamiento normal de los equipos será sin costo adicional para la I. de M.
DISPONIBILIDAD DE SERVICIOS
Las tareas de mantenimiento procurarán realizarse en días y horarios disponibles con el fin de no afectar la operación normal de la I. de M. En caso que dichas tareas impliquen una interrupción total o parcial de servicios, se deberán prever con al menos una semana de antelación para poder coordinar con las demás áreas de la I. de M. todo lo necesario respecto al corte y la vuelta en servicio.
GARANTÍA DEL MANTENIMIENTO
El proveedor deberá comprometerse a brindar garantía a los trabajos realizados por concepto de mantenimiento correctivo, durante la vigencia del contrato.
En la oferta deberá constar por escrito la garantía que el proveedor brinda sobre el mantenimiento correctivo, y la descripción de la cobertura de esa garantía, indicando cualquier aspecto relevante que defina claramente los alcances de la garantía ofrecida. La garantía deberá ser extendida por el proveedor, no resultando válida la indicación de otra persona física o jurídica que no sea parte legitimada en el contrato.
ARTICULO 4º - GARANTÍA DEL EQUIPAMIENTO.
Los equipos utilizados como repuestos no podrán tener una fecha de EoS (End Of Sale) declarada por el proveedor al momento de su instalación.
Todo equipo incluido en el ANEXO 1 se considera dentro del contrato de mantenimiento, y se le brindará cobertura durante la vigencia del contrato.
Las partes y refacciones que se requieran para los servicios de mantenimiento al equipo deberán ser originales y nuevas en todos los casos y proporcionados por el proveedor, quien extenderá una garantía por su duración, resistencia y funcionamiento. Las piezas reemplazadas pasarán a ser propiedad de la I. de M.
Al terminar el contrato vigente, el proveedor expedirá a la I. de M. un certificado que garantice que los equipos se encuentran en óptimas condiciones de funcionamiento, conforme a las especificaciones señaladas en el presente pliego, así como un reporte donde se indiquen todos los servicios y cambios de partes y refacciones de que fue objeto. El proveedor deberá mantener en forma integra y en calidad de confidencial dicha información.
ARTICULO 5º - CERTIFICACIONES DE LA EMPRESA Y EL PERSONAL.
La empresa proveedora deberá presentar la documentación que demuestre estar calificada para el mantenimiento de soluciones Asterisk y de la solución IPContact.
ARTICULO 6º – CONFIDENCIALIDAD.
La información técnica, así como configuraciones de equipos, arquitectura de red, etc. es propiedad de la IM, por lo que el proveedor no podrá utilizarla, copiarla ni reproducirla sin el consentimiento expreso de ésta.
ARTICULO 7º - DATOS.
Los licitantes deberán establecer en su propuesta todas las características completas del servicio ofrecido incluyendo todo otro dato que juzguen de interés para el mejor estudio de las ofertas.
Se sobreentenderá que todos los datos de esta manera suministrados tendrán un carácter de compromiso, vale decir que en el momento de la prestación del servicio la I. de M. exigirá absoluta identidad entre lo ofrecido en la propuesta y el servicio prestado.
ARTICULO 8º – ANIGÜEDAD / ANTECEDENTES.
El oferente deberá acreditar en su oferta, mediante presentación de documentación probatoria suficiente, una antigüedad en plaza en el giro, no menor de cinco (5) años. Cuando se trate de oferentes inscriptos en el Registro de Proveedores de la IM, dicha antigüedad se podrá verificar en el mencionado Registro.
El oferente debe aportar cartas de referencia de clientes, donde demuestre su experiencia en mantenimiento correctivo de sistemas Asterisk e IPContac, de prestaciones iguales o superiores a los indicados en el ANEXO 1, en una red de igual o mayor porte a la de la I. de M.
En dicha carta deberá incluirse:
• Fecha de emisión de la carta.
• Nombre de la institución o empresa del servicio: dirección, número de teléfono y fax.
• Breve descripción del servicio realizado.
• El período de realización el servicio contratado.
• La satisfacción del cliente por el servicio recibido.
• Nombre y cargo de quién firma la carta de referencia.
Las cartas solicitadas deberán presentarse en original o en fotocopia, esta última será considerada únicamente si está autenticada por escribano dando fe de que ese documento es copia fiel del original. La I. de M., se reserva el derecho de corroborar la información que contienen las cartas de referencia cuando lo considere oportuno.
ARTICULO 9º – FORMALIDADES DE LAS PROPUESTAS.
Las propuestas serán redactadas en idioma español, en forma clara y precisa, estarán firmadas por el oferente o su representante y foliadas en el margen inferior. El texto deberá ser impreso a través de cualquier medio idóneo, NO en forma manuscrita, y se agregará a la oferta una copia simple en papel, y otra copia digital, con excepción del material gráfico que la empresa suministre, el cual podrá ser presentado en una sola vía.
Las ofertas podrán presentarse personalmente en el Servicio de Compras, o enviarse por correo contra recibo, o por FAX al 00000000, no siendo de recibo si llegaren con posterioridad a la hora dispuesta para el comienzo del acto de apertura. Las ofertas que se presenten antes del acto de apertura, deberán dejarse en el buzón en el día correspondiente a la apertura.
Las ofertas y los sobres deberán venir correctamente identificados con nombre del oferente, número proveedor y/o número de R.U.T., tipo y número de licitación, fecha y hora de apertura.
ARTICULO 10º – MANTENIMIENTO DE OFERTA.
Las ofertas serán mantenidas por un plazo mínimo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del siguiente al acto de apertura de ofertas.
ARTICULO 11º – VISITA OBLIGATORIA.
Los interesados en participar en esta licitación deberán concurrir a visitar las instalaciones donde se realizará el servicio solicitado, hasta tres días hábiles antes del plazo fijado para la apertura de ofertas. Se deberá coordinar la visita con el área de TELECOMUNICACIONES de la I. de M. a la dirección de correo xxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx o por el teléfono 1950 - 8010, entre las 10 y 17 horas.
Por dicha visita se les dará una constancia.
El oferente adjuntará a su oferta fotocopia de dicha constancia.
De comprobarse que no fué realizada la visita la oferta será rechazada sin derecho a reclamación alguna.
ARTICULO 12º – PRECIO.
La cotización deberá formularse en pesos uruguayos o en dólares estadounidenses, por el costo mensual del servicio solicitado.
En la oferta se deberá detallar si los impuestos se encuentran incluidos o no en el precio; en caso que no se aclare se entenderá que dichos impuestos se encuentran incluidos en el precio cotizado.
DESCUENTO PRONTO PAGO: La empresa deberá establecer el descuento pronto pago que ofrece para el caso de cobrar dentro de los primeros 10 días de presentada la factura en Contaduría de la Intendencia y el descuento que ofrece si cobra entre los 11 y los 20 días de presentada la factura. Dicho descuento será evaluado por el Departamento de Recursos Financieros al momento del pago.
ARTICULO 13º – AJUSTE DE PRECIOS.
El precio establecido en dólares estadounidenses, permanecerá fijo durante la vigencia del contrato.
Los precios en moneda nacional se ajustarán en forma semestral, de acuerdo a la variación del Indice General de Precios al Consumo (IPC), establecido por la Dirección de Estadísticas, entre el mes anterior a la fecha de la apertura de la licitación y el vigente al mes anterior al semestre que corresponde el reajuste.
ARTICULO 14º – FORMA DE PAGO.
El pago del servicio de mantenimiento se realizará por facturación mensual en Tesorería General.
La I. de M. abonará en un plazo de (30) treinta días calendario, contados a partir de la presentación de cada factura en la Contaduría General.
La factura por el ajuste de precios en moneda nacional, si correspondiera, se presentará por separado de la factura principal correspondiente y se abonará también dentro del plazo antes establecido.
Dichas facturas podrán abonarse con cheques de pago diferido, acordándose en su momento con el adjudicatario las condiciones de los mismos.
En caso que el pago se efectúe a partir de los 30 (treinta) días, contados desde la presentación de la factura en Contaduría, se aplicará el 50% de la tasa media de interés trimestral para empresas, para operaciones con plazos menores de un año publicada con por el Banco Central del Uruguay (Art. 15 ley 14.095 Circular 1695) vigente en el mes de vencimiento de los antes referidos 30 días y solamente por los días que superen este plazo.
No se liquidan intereses para pagos en moneda extranjera. ARTICULO 15º – EVALUACION Y COMPARACIÓN DE OFERTAS.
Antes de proceder a la evaluación detallada, la Intendencia determinará si cada oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la licitación.
De no ajustarse será rechazada, no admitiéndose correcciones posteriores que modifiquen la misma.
Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable, se podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el oferente suministre la información faltante.
Se adjudicará la licitación al oferente cuya oferta sea la de menor precio, sin considerar descuento pronto pago.
La comparación se realizará respecto al precio global del servicio de mantenimiento solicitado sin tener en cuenta el descuento pronto pago.
En caso de empate en el precio, se definirá teniendo en cuenta la mayor cantidad de antecedentes; todo ello sin perjuicio de lo previsto en el artículo siguiente.
A los efectos de la comparación de ofertas, las cotizaciones en dólares estadounidenses, se tomarán como cotizadas en moneda nacional al arbitraje y/o tipo de cambio Interbancario vendedor del cierre de la mesa de cambios del Banco Central del Uruguay operado al día anterior al de la apertura.
ARTICULO 16º – MEJORAMIENTO DE OFERTAS Y NEGOCIACIONES.
La I. de M. podrá, al amparo de lo establecido en el artículo 66 del T.O.C.A.F recurrir a los institutos de mejoramiento de ofertas y/o entablar negociaciones con la finalidad de conseguir mejores condiciones técnicas, de calidad y/o precio.
ARTICULO 17º – ADJUDICACIÓN.
La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación y de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
ARTICULO 18º – CONTROLES DE LA TAREA Y EL CONTRATO.
Es privativo de la Unidad TELECOMUNICACIONES (salvo resolución superior en contrario) el control de las tareas, documentación, asistencia, materiales, maquinaria y todo otro elemento que se considere necesario para el buen cumplimiento de lo acordado.
ARTICULO 19º – DISPOSICIONES LABORALES.
a) Ley 18.098. La parte contratante se obliga a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de esta actividad laboral en materia de salarios, categorías de labor, pago y suplementos por horas extraordinarias, primas por nocturnidad, incentivos por asistencia, viáticos y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones establecidas por la legislación laboral común, así como las demás normas de trabajo vigentes, contenidas en los Convenios Internacionales y sus reglamentaciones. En caso que los laudos vigentes queden sin efecto la remuneración mínima será un Salario Mínimo Nacional.
La I. de M., en oportunidad de la selección de ofertas y con relación a la adjudicataria, durante el plazo contractual y en su caso la prórroga, tendrá especialmente en cuenta el cumplimiento estricto de esta disposición.
En ese sentido, en oportunidad del estudio de las propuestas serán rechazadas aquellas en las que se pueda constatar que algún oferente no cumpliera con lo exigido. Si dicho incumplimiento se verificara con posterioridad a la celebración del contrato, la I. de M. se reserva el derecho de rescindirlo en la forma y condiciones previstas en este pliego.
La I. de M. se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada la documentación que acredite estar al día en el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los comprobantes que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de trabajo y de las contribuciones a la seguridad social, como requisito previo al pago de los servicios prestados. En caso que la I. de M. lo solicite, las empresas adjudicatarias deberán informarle los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación del servicio, con la finalidad de efectuar los controles correspondientes. La I. de
M. tiene la potestad de retener, de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada.
El incumplimiento, por parte de una empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones a los trabajadores asignados al cumplimiento de las tareas contratadas será causal de rescisión del contrato por responsabilidad imputable al adjudicatario.
b) Ley 18.099 y Ley 18.251.
La adjudicataria está obligada a cumplir con todas las obligaciones con los organismos previsionales o fiscales originadas por su vínculo con los trabajadores asignados al servicio contratado y que se generen como consecuencia de la prestación del servicio adjudicado.
La adjudicataria queda obligada a resarcir e indemnizar a la I. de M. por cualquier responsabilidad, pérdida, daño, honorarios de abogados, costas o gastos administrativos o judiciales relacionado con reclamaciones de terceros por cobro de salarios, impuestos, contribuciones a la seguridad social, seguros de accidentes de trabajo, daños y perjuicios ocasionados a terceros.
Los antes referidos gastos serán reembolsados a la I. de M. ajustados por el Indice de Precios al Consumo.
ARTICULO 20º – OBLIGACIONES.
El adjudicatario está obligado a la ejecución de todos los trabajos establecidos en su propuesta, realizándose en un todo de acuerdo con este pliego de condiciones, detalles a entregarse en el transcurso de los trabajos y con las instrucciones verbales y/o escritas que personalmente dará quien se designe como Supervisor Técnico. La omisión o errores de cálculo en la presentación de la propuesta no le otorgarán derechos para actuar contrariamente a lo establecido.
ARTICULO 21º – PLAZO DE LA CONTRATACIÓN.
Los servicios serán contratados por el plazo de 2 (dos) años contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación. y podrá prorrogarse por iniciativa de la I.M. y con acuerdo de partes, por el mismo plazo. En caso de no existir acuerdo por parte de la empresa adjudicataria en la aprobación de la prórroga, estará obligada a continuar con los trabajos adjudicados por un período máximo de tres (3) meses a partir del vencimiento del plazo contractual.
ARTÍCULO 22°: PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. NOTIFICACIÓN.
El contrato se entenderá perfeccionado con la notificación de la Resolución de Adjudicación, previa intervención del TCR.
La notificación del acto de adjudicación se operará según el caso, de la siguiente forma:
a) Con la recepción de la Orden de Compra en el domicilio del adjudicatario.
b) Con la recepción de la Resolución de adjudicación y/o la Orden de Compra, en la Sección Atención a Proveedores del Servicio de Compras.
En caso que corresponda notificar por la Unidad Atención a Proveedores, el adjudicatario deberá concurrir al Servicio de Compras, dentro de los tres días hábiles contados a partir de la fecha en que reciba la citación o fax que se le remitirá. Si así no lo hiciera, la I. de M.
podrá, sin perjuicio de la anulación de la adjudicación, aplicar las sanciones que correspondan, así como iniciar las acciones por incumplimiento y/o daños y perjuicios que estime pertinentes.
En caso que el adjudicatario no pueda o no quiera aceptar la adjudicación, se rescindiese el contrato o se revocase la resolución de adjudicación, la I. de M. podrá adjudicar el contrato entre los oferentes que hubieren calificado favorablemente, siguiendo el orden de prelación.
ARTICULO 23º – GARANTÍA DEL FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
En caso de adjudicaciones por importes superiores al previsto por el articulo 64 del TOCAF, se deberá presentar garantía de fiel cumplimiento del contrato. El adjudicatario ya notificado, dispondrá de un plazo de cinco días hábiles para realizar el referido depósito. El mismo ascenderá al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado, pudiendo efectuarse en cualquiera de las formas establecidas en el art. 18 xxx Xxxxxx Unico. Si el depósito se realiza mediante cheque, el mismo deberá estar certificado por la entidad bancaria correspondiente.
La garantía deberá estar vigente durante todo el plazo del servicio y hasta la extinción definitiva de todas y cada una de las obligaciones emergentes del contrato. Si se estableciere un plazo, deberá preverse la renovación automática del mismo por periodos sucesivos, salvo manifestación en contrario de la Administración mediante la entrega del documento al adjudicatario.
Cuando se constate el cese de actividades o la suspensión de la habilitación o autorización para funcionar otorgada por el Banco Central de las empresas de intermediación financiera y/o aseguradoras que fueron otorgantes de la garantía, el Adjudicatario deberá sustituir la misma, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendarios, quedando suspendidos todos los derechos que pudieran corresponderle hasta tanto ello suceda. Su incumplimiento podrá dar lugar sanciones por incumplimiento. La garantía no podrá ser devuelta hasta que ambas partes otorguen en documento apropiado que nada más tienen que reclamarse con relación a esta licitación.
ARTICULO 24º – RIESGO Y RESPONSABILIDAD.
Será de exclusivo cargo del adjudicatario todo riesgo y responsabilidad derivados del contrato ya sea como consecuencia de daños causados a terceros, a la administración o a sus empleados, con motivo de la ejecución de los trabajos cuando resulten de:
- Incumplimiento a los términos y condiciones establecidos en el presente pliego.
- Inobservancia a las recomendaciones que I. de M. le haya dado por escrito.
- Actos con dolo, mala fe o negligencia.
- La pérdida de una pieza o refacción de difícil sustitución.
- Detrimento grave en los equipos.
- Uso de sustancias peligrosas.
- En general por actos u omisiones imputables al oferente o al personal que emplee.
Ninguna de las partes será responsable por cualquier retraso o incumplimiento del contrato que resulte de caso fortuito o de fuerza mayor. Una vez superados estos eventos se reanudarará la prestación de los servicios objetos de la presente licitación si así lo manifiesta la I. de M.
ARTICULO 25º – INCUMPLIMIENTO.
Una vez terminado el plazo señalado en cada tipo (nivel) de servicio para la reparación del equipo, si ésta no se lograra, el adjudicatario se obliga a proporcionar, sin cargo alguno un equipo propio de características iguales o superiores para que la I. de M. pueda continuar su normal operación de negocios y servicios. En el caso de no proporcionarse los equipos se aplicará una multa diaria que será equivalente al 1% (uno por ciento) diario del monto total de la licitación; si el atraso llegará a 15 (quince) días podrá rescindirse el contrato con pérdida de la garantía de fiel cumplimiento.
ARTICULO 26º – RESCISIÓN DE CONTRATO.
La I. de M. se reserva el derecho de rescindir la contratación en cualquier momento, situación que será comunicada con 15 (quince) días de anticipación al adjudicatario, en cuyo caso se le abonarán los servicios realizados, sin otra compensación o indemnización de especie alguna, y especialmente en los siguientes casos:
- Si el adjudicatario no ejecutare oportuna y eficazmente los trabajos de acuerdo con lo convenido por las partes.
- Si suspendiere injustificadamente la ejecución de los trabajos o si no les diera la debida atención por medio del personal competente.
- Si no realizare los trabajos objeto de la presente licitación eficiente y oportunamente.
- Si cediere, traspasare o en cualquier forma enajenare, total o parcialmente el contrato, salvo los derechos de cobro en cuyo caso se deberá realizar conforme a lo establecido en el Digesto Municipal.
-En general, por cualquier causa imputable al adjudicatario o a su personal que implique incumplimiento, total o parcial, a lo previsto en el presente pliego particular.
ARTICULO 27º – INCUMPLIMIENTOS LABORALES.
La persona designada a tales efectos por la Unidad TELECOMUNICACIONES supervisará la prestación del servicio, y en caso que se constate que se realiza deficientemente, se intimará al adjudicatario por escrito para que preste el servicio como corresponde.
1) La penalización diaria por incumplimiento cuando la demora en la reparación de una falla supere el tiempo establecido en el artículo 2 del presente pliego, será equivalente al 1% (uno por ciento) diario del monto total de la licitación.
Dependiendo además del impacto que ocasione la falla, a juicio de la I. de M. podrá aumentar la sanción al 5 % (cinco por ciento) diario.
ARTICULO 28º – XXXX.
La xxxx en el cumplimento de las obligaciones asumidas por el contratista, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos cualquiera sea la modalidad y carácter de los mismos, o por el hecho de hacer lo contrario a lo estipulado o no hacer lo debido, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna.
ARTICULO 29º – SANCIONES.
La falta de cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, habilitará a la I. de M. a proceder a la anulación de la adjudicación o rescisión del contrato en su caso, sin prejuicio de las sanciones genéricas que podrá aplicar, en razón de los daños causados o los antecedentes del proveedor, y
que podrán ser desde un apercibimiento hasta la eliminación del Registro de Proveedores.
La rescisión por incumplimiento del Contratista aparejará su responsabilidad por los daños y perjuicios ocasionados a esta Administración, sin perjuicio del pago de las multas correspondientes.
ARTICULO 30º – CESIÓN DEL CONTRATO.
El Adjudicatario no podrá ceder su contrato en todo o en parte, sin el consentimiento expreso por escrito de la IM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 75 del TOCAF y los artículos R 1010 a R 1013 y R 159.8 del Digesto Municipal.
ARTICULO 31º – CERTIFICADO ÚNICO MUNICIPAL.
La IM exigirá a toda persona física o jurídica que con ella haya contratado, en el momento de hacer efectivo los haberes que se le adeuden, la exhibición del Certificado Único Municipal o Certificado Único de Proveedor al día expedido a su nombre y en el que conste que dicho proveedor no tiene deudas tributarias con la IM.
Dicho certificado será expedido por el Servicio de Gestión de Contribuyentes, piso 1 ½ del Edificio Sede (artículo 24 Decreto 27.803 de la Junta Departamental).
ARTICULO 32º – CONSULTAS Y ACLARACIONES.
Los interesados en participar podrán realizar consultas o solicitar aclaraciones sobre el texto de este pliego, hasta tres (3) días hábiles antes del plazo fijado para
la apertura de ofertas, no considerándose las realizadas con posterioridad al plazo señalado.
Las consultas se harán por escrito y se presentarán personalmente en el Servicio de Compras, Sector Santiago de Chile del Edificio Sede, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en el horario de 10:15 a 15:30 horas o por e-mail a xxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxx.xxx.xx o vía FAX 0000 0000.
Tales preguntas y sus correspondientes respuestas tendrán carácter vinculante y por ende, pasarán a formar parte de las bases de este llamado.
La Intendencia de Montevideo, responderá las solicitudes que reciba y enviará copia escrita de sus respuestas a todos los interesados que hayan retirado el pliego directamente del Servicio de Compras, Unidad Atención a Proveedores de la Intendencia de Montevideo, incluyendo la pregunta sin identificar su origen.
Las consultas y respuestas podrán ser visualizadas además, en la página web de la Intendencia de Montevideo (xxx.xxxxxxxxxx.xxx.xx entrar en Servicios on line – Cartelera de Compras y buscar el número de la licitación) y en el sito web de Compras Estatales xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
En el mismo plazo y de la misma forma indicada para las consultas, los adquirentes xxx xxxxxx, podrán solicitar prórroga de fecha de apertura de ofertas.
ARTICULO 33º – RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS.
La recepción y apertura de propuestas se realizará en el local del Servicio de Compras, ubicado en el Sector Santiago de Chile del Edificio Sede de la IM, con acceso sobre la Avenida 18 de Julio, en la fecha y hora establecidos en la publicación del presente
llamado en el Sitio Web de Compras Estatales.
ANEXO 1 – LISTADO DE EQUIPOS
Equipamiento y software que forma parte del sistema de call center de la IM
1. 1 servidor IBM x3250M2 rackeable
2. 2 servidores IBMx3200 (4363-4DU torre) software IPContact Avanzado