CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
CONCURSO PÚBLICO SUMARIO CPSI/DGRM-SGA/012/2019 CONTRATACIÓN DE POLIZAS DE MANTENIMIENTO PARA
HERRAMIENTAS Y LICENCIAMIENTO DE SEGURIDAD INFORMÁTICA
Anexo 1a
CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR (PERSONAS FÍSICAS Y XXXXXXX)
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes referido.
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del participante
(Persona física o representante de la persona moral)
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Anexo 1b
MANIFESTACIÓN DEL DOMICILIO LEGAL (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E
(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para recibir y oír las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación CPSI/DGRM-SGA/012/2019, mediante (especificar e incluir copia simple y original para cotejo de predial, agua o CFE), así como las relacionadas con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el
ubicado en Xxxxx xxxxxx xxxxxxxx , xxxxxx xxxxxxxx ,
Xxxxxxx , Xxxxxxxxxx o Municipio , Código Postal , Ciudad .
Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante legal
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Anexo 2a (Anexo Técnico)
INFORMACIÓN GENERAL
Pólizas de mantenimiento para las herramientas y licenciamiento de Seguridad Informática de la SCJN:
• Correlación de eventos, herramienta 19M ORadar
• Análisis de vulnerabilidades, herramienta Tenable Security Center
• Monitoreo de aplicaciones, licenciamiento SolarWinds XXX
Las componentes que deben ser proporcionados para el presente proyecto son:
Partida | Descripción | Subpartidas |
1 | Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar | 1.1 Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar |
1.2 Servicio de mantenimiento preventivo único | ||
2 | Póliza de mantenimiento para la herramienta Tenable Security Center | 2.1 Póliza de mantenimiento para la herramienta Tenable Security Center |
2.2 Servicio de mantenimiento preventivo único | ||
3 | Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds | 3.1 Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds |
3.2 Servicio de mantenimiento preventivo único |
Partida 1 Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar
1.1 Póliza de mantenimiento para la Herramienta IBM QRadar
La póliza de mantenimiento/garantía deberá contará con un periodo de vigencia de 12 meses e integrará los siguientes alcances:
• Garantía extendida y soporte con fabricante IBM para el equipo SIEM XX005 G3 con número de serie 780180 contra cualquier falla física o lógica.
• Acceso a actualizaciones y soporte de la aplicación IBM QRadar e IBM QRadar Event Capacity
2.5 K EPS (E0NBALL y E0NBILL).
1.2 Servicio de mantenimiento preventivo único.
El servicio de mantenimiento se integrará de las siguientes actividades:
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• Un servicio de mantenimiento físico al equipo de cómputo.
o Revisión, diagnostico, limpieza integral, actualización de software interno; así como sustitución de piezas o componentes del equipo en caso de ser requerido.
• Actualización de la plataforma de correlación de eventos IBM QRadar a su última versión liberada por el fabricante.
o Migración de las configuraciones a la versión más reciente del fabricante.
o Instalación y configuración de agentes para envió de eventos con la última versión del software.
o Actualización xx xxxxxxx de eventos.
o Revisión, edición y actualización de configuraciones para la correcta operación del servicio de correlación de eventos.
o Instalación y configuración de módulos DSM.
o Respaldo y depuración de eventos.
Partida 2 Póliza de mantenimiento para la Herramienta Tenable Security Center
2.1 Póliza de mantenimiento para la Herramienta Tenable Security Center.
La póliza de mantenimiento/garantía deberá contará con un periodo de vigencia de 12 meses e integrará los siguientes alcances:
• Garantía extendida y soporte con fabricante DELL para el equipo servidor con número de serie 5ZKBGK2 contra cualquier falla física o lógica.
• Acceso a actualizaciones de la aplicación interna Tenable Security Center con licencia número 017141250009, actualización de firmas de vulnerabilidades y módulos ARC.
• Acceso a actualizaciones de Sistema Operativo interno Red Hat Enterprise Linux Server.
2.2 Servicio de mantenimiento preventivo único.
El servicio de mantenimiento se integrará de las siguientes actividades:
• Un servicio de mantenimiento físico al equipo de cómputo.
o Revisión, diagnostico, limpieza integral, actualización de software interno; así como sustitución de piezas o componentes del equipo en caso de ser requerido.
• Actualización de la plataforma Tenable Security Center y Sistema Operativo Red Hat a su última versión liberada por el fabricante.
o Migración de las configuraciones a la versión más reciente del fabricante.
o Revisión, edición y actualización de configuraciones para la correcta operación del servicio de análisis de vulnerabilidades.
o Instalación y configuración de módulos ARC.
o Respaldo y depuración de análisis previos.
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Partida 3 Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds
3.1 Póliza de mantenimiento de la licencia SolarWinds XXX ALX.
La póliza de mantenimiento/garantía deberá contará con un periodo de vigencia de 12 meses de integrará los siguientes alcances:
• Servicio de acceso a actualizaciones y nuevas versiones del software SolarWinds XXX ALX de la licencia de la SCJN con el ID de SolarWinds SW22240946.
3.2 Servicio de mantenimiento preventivo único.
El servicio de mantenimiento se integrará de las siguientes actividades:
• Actualización del software SolarWinds XXX XXX a su última versión liberada por el fabricante.
o Respaldo y depuración de base de datos.
o Revisión, edición y actualización de configuraciones para la correcta operación del servicio de monitoreo.
Consideraciones Generales
La vigencia de las pólizas de mantenimiento será por 12 meses, contados a partir de la entrega de la documentación técnica correspondiente.
La SCJN a través de su área técnica, únicamente proporcionará los siguientes elementos para los servicios de mantenimiento:
• Acceso a centro de datos (con supervisión de personal de la SCJN).
• Acceso remoto o en sitio a equipo correspondiente.
El participante adjudicado deberá contar con sus herramientas, personal y equipo que requiera para los servicios de mantenimiento de la presente convocatoria.
Exclusiones específicas
La SCJN no proporcionará ningún accesorio o complemento que sea requerido para los servicios requeridos.
Entrega de los servicios
En un plazo a más tardar de 10 días naturales posterior a la firma del contrato el prestador de servicios adjudicado deberá acreditar la activación de la póliza correspondiente mediante la entrega de la siguiente documentación a la Dirección General de Tecnologías de la Información:
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• Documento oficial emitido por el fabricante del equipo y/o software de la póliza correspondiente, donde se indique los alcances y vigencia solicitados.
• Documento donde e indique los medios de contacto con el fabricante para soporte y atención de incidentes del equipo y/o licenciamiento correspondiente.
En un plazo a más tardar de 10 días naturales posterior a la firma del contrato el prestador de servicios adjudicado deberá iniciar con el servicio de mantenimiento preventivo único correspondiente, teniendo un plazo máximo de 20 días naturales posterior al inicio del servicio para finalizar las actividades de mantenimiento y hacer entrega de la siguiente documentación:
• Memoria técnica del servicio de mantenimiento preventivo único.
Es decir, el prestador de servicios adjudicado contará con 30 días naturales a partir de la firma del contrato para iniciar, realizar y concluir el servicio de mantenimiento preventivo correspondiente.
Documentación comprobatoria
El participante deberá incluir de manera obligatoria la siguiente documentación técnica, que permita acreditar que cuenta con la capacidad técnica para la prestación de los servicios requeridos por la SCJN:
7.1 Distribuidor autorizado / Certificaciones
Medio de comprobación electrónica o carta emitida por el fabricante de la herramienta de seguridad correspondiente, que acredite a la empresa participante como distribuidor autorizado de sus productos y servicios.
Certificado o carta emitida por el fabricante de la herramienta de seguridad correspondiente, que acredite que el personal del prestador de servicios participante cuenta con los conocimientos y experiencia en el uso y configuración de la herramienta de seguridad correspondiente, el documento deberá ser válido durante la vigencia del servicio.
Póliza | Fabricante |
Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar | IBM |
Póliza de mantenimiento para la herramienta Tenable Security Center | Tenable |
Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds | SolarWinds |
7.2 Experiencia comprobable
El prestador de servicios participante deberá presentar la caratula de al menos 2 contratos a su nombre, en los que haya proporcionado servicios similares a los requeridos por cada póliza de mantenimiento según corresponda, los contratos pueden ser de cualquiera de los años 2019, 2018, 2017 o 2016.
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Lugar de entrega de los servicios y documentación.
La entrega de la documentación técnica para la comprobación de la prestación de los servicios será realizada en el Edificio 16 de Septiembre, en la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Los servicios de mantenimiento se realizarán conforme a lo siguiente:
Póliza | Edificio |
Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar | Edificio Sede |
Póliza de mantenimiento para la herramienta Tenable Security Center | Edificio 16 de septiembre |
Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds | Edificio 16 de septiembre |
El domicilio de los inmuebles de la SCJN se describe a continuación:
Nombre de inmueble | Domicilio |
Edificio Sede | Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx número 2, colonia Centro Histórico de la Ciudad de México, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
Edificio 16 de septiembre | 00 xx xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
Garantías
Cada póliza de mantenimiento/garantía tendrá una vigencia de 12 meses.
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Anexo 2b
CARTA NORMAS NACIONALES E INTERNACIONALES
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA:
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN PRESENTE
(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa participante) actuando a nombre y representación de (Nombre de la empresa participante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido en las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial que mi representada cumple con las Normas Nacionales e Internacionales respecto de las pólizas de mantenimiento para herramientas y licenciamiento de seguridad informática conforme lo establece la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y, demás disposiciones aplicables, según se indica a continuación:
I. Normas Nacionales
II. Normas Internacionales
ATENTAMENTE
Nombre y firma del representante legal
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Anexo 3
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)
FECHA DE LA PROPUESTA ECONÓMICA: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL PARTICIPANTE:
Partida | Subpartida | Descripción de los bienes/servicios | Unidad de medida | Columna “A” | Columna “B” | Columna “X” | Xxxxxxx “X” | Xxxxxxx “E” |
Cantidad | Precio Unitario | Precio Total (“A” por “B”) | Impuesto aplicable (“C” por 16%”) | Total Neto “C”+”D” | ||||
1 | 1.1 | Póliza de mantenimiento para la herramienta IBM QRadar | Servicio | 1 | ||||
1.2 | Servicio de mantenimiento preventivo único | Servicio | 1 | |||||
2 | 2.1 | Póliza de mantenimiento para la herramienta Tenable Security Center | Servicio | 1 | ||||
2.2 | Servicio de mantenimiento preventivo único | Servicio | 1 | |||||
3 | 3.1 | Póliza de mantenimiento de la licencia del software de monitoreo SolarWinds | Servicio | 1 | ||||
3.2 | Servicio de mantenimiento preventivo único | Servicio | 1 | |||||
Totales | Sumas | Sumas | Sumas |
Las operaciones aritméticas se deberán efectuar con redondeo a dos decimales.
Importe total de la partida completa en letra:
Forma de pago: A los 15 días hábiles a partir del día hábil siguiente de la presentación del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) correspondiente en ventanilla única de la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa validación de la realización de la totalidad de los servicios, así como la entrega de la documentación requerida por el área técnica.
Plazo de entrega del servicio:
En un plazo a más tardar de 10 días naturales posterior a la firma del contrato el prestador de servicios adjudicado deberá acreditar la activación de la póliza correspondiente mediante la entrega de la siguiente documentación a la Dirección General de Tecnologías de la Información:
• Documento oficial emitido por el fabricante del equipo y/o software de la póliza correspondiente, donde se indique los alcances y vigencia solicitados.
• Documento donde e indique los medios de contacto con el fabricante para soporte y atención de incidentes del equipo y/o licenciamiento correspondiente.
En un plazo a más tardar de 10 días naturales posterior a la firma del contrato el prestador de servicios adjudicado deberá iniciar con el servicio de mantenimiento preventivo único correspondiente, teniendo un plazo máximo de 20 días naturales posterior al inicio del servicio para finalizar las actividades de mantenimiento y hacer entrega de la siguiente documentación:
• Memoria técnica del servicio de mantenimiento preventivo único.
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Es decir, el prestador de servicios adjudicado contará con 30 días naturales a partir de la firma del contrato para iniciar, realizar y concluir el servicio de mantenimiento preventivo correspondiente.
Lugar de entrega de los servicios y documentación:
La entrega de la documentación técnica para la comprobación de la prestación de los servicios será realizada en el Edificio 16 de Septiembre, en la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Los servicios de mantenimiento se realizarán conforme a lo siguiente:
Xxxxxxx | Xxxxxxxxx |
0 | Xxxxxxxx Xxxx, ubicado en: Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx xxxxxx 0, xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
2 y 3 | Edificio 16 de Septiembre, Ubicado en: 00 xx xxxxxxxxxx xxxxxx 00, xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, código postal 00000, Xxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx. |
Vigencia de la propuesta: 60 días hábiles.
Los precios ofertados no serán sujetos a ningún ajuste y cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del ofertante.
Los precios se mantendrán firmes hasta el cumplimiento total del contrato. En el precio se deberán considerar todos los requerimientos del Anexo 2a.
Razón Social R.F.C.
Domicilio Nombre y firma del representante o apoderado legal
Domicilio para firma del contrato respectivo: Señalar en su propuesta que en caso de resultar adjudicado, el representante legal deberá presentarse a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Xxxxx Xxxxxxx 00, xxxxxx xxxx, Xxxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Código Postal 06000, Alcaldía Xxxxxxxxxx, Ciudad de México, en horario de 9:00 a 17:00 horas.
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Anexo 4
Proyecto de contrato Simplificado
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo “Suprema Corte" por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que:
I.1.- Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
I.2.- La presente contratación fue autorizada por el titular de la Dirección General de Recursos Materiales, mediante concurso público sumario, de conformidad con lo previsto en los artículo 39, fracción III, 42, 43, fracción III y 82 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal.
I.3.- El Director General de Recursos Materiales está facultado para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 12 del Acuerdo General de Administración VI/2008.
I.4.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el ubicado en la Calle de Xxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx número 2, colonia Centro de la ciudad de México, delegación Xxxxxxxxxx, código postal 06060, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
II.- El “Prestador de Servicios” por conducto de su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que:
II.1.- Se encuentra legalmente constituido conforme a las leyes mexicanas, e inscrito en el Registro Público correspondiente, para personas físicas que sea ciudadana mexicana y cuente con credencial para votar vigente expedida por el Instituto Nacional Electoral.
II.2.- Conoce perfectamente las especificaciones técnicas y de operación de los servicios requeridos por “la Suprema Corte” y cuenta con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para realizarlos a satisfacción de ésta.
II.3.- No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48, fracciones I,II,II, IV, V,VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del Acuerdo General de Administración VI/2008.
II.4.-Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Alto Tribunal.
II.5.- Para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como su domicilio el indicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado denominado “Prestador de Servicios”.
III.- La “Suprema Corte” y el “Prestador de Servicios” declaran que:
III.1.- Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.4 y II.5 de este instrumento.
X X X X X X X X X
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Primera. Condiciones Generales. El “Prestador de Servicios” se compromete a proporcionar el servicio descrito en la carátula del presente instrumento y respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida carátula, durante y hasta el cumplimiento total del objeto de este acuerdo de voluntades.
El pago señalado en la presente cláusula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual “la Suprema Corte” no tiene obligación de cubrir ningún importe adicional.
Segunda. Pena Convencional. Las penas convencionales serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en función del incumplimiento decretado, conforme lo siguiente:
En caso de incumplimiento en cualquiera de las obligaciones establecidas en el instrumento contractual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación aplicará al (los) adjudicatario(s), en forma proporcional, una pena convencional hasta por un 10% (diez por ciento) del monto que corresponda al valor de los servicios (sin incluir impuestos) que no se hayan entregado, o bien, no se hayan recibido a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de que el prestador de servicios no pueda realizar la activación de la póliza correspondiente en el plazo especificado, se aplicara una penalización del 1% por cada día natural de retraso hasta por el 10% (diez por ciento) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, del total de la póliza correspondiente.
En caso de que el prestador de servicios no pueda iniciar, realizar o finalizar las actividades del servicio de mantenimiento preventivo único en los plazos especificados, se aplicara una penalización del 1% por cada día natural de retraso hasta por el 10% (diez por ciento) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, del total del servicio de la póliza correspondiente.
Las penas convencionales no podrán exceder del 10% del monto total contratado (sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Las penas anteriores podrán descontarse de los adeudos pendientes de cubrir por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al “Prestador de Servicios”.
Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales el “Prestador de servicios” deberá presentar la o las facturas a nombre de la “Suprema Corte” según consta en la cédula de identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, indicando el domicilio señalado en la declaración I.4 de este instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar, así como copia del instrumento contractual y evidencia de que se realizó los servicios a satisfacción en su totalidad, en su caso, copia de la garantía de cumplimiento con dictamen favorable emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos..
Cuarta. Modificaciones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el presente instrumento podrán ser objeto de modificación en términos de lo previsto en el artículo 143 fracción I, del referido Acuerdo General VI/2008. Quinta. Inexistencia de relación laboral. El “Prestador de servicios”, como empresario y patrón del personal que ocupe para los servicios profesionales materia de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social, por lo que responderá de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o de la “Suprema Corte”, en relación con los servicios motivo de este contrato.
La “Suprema Corte” estará facultada para requerir al “Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS.
En caso de que alguno o algunos de los trabajadores del “Prestador de Servicios”, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de la “Suprema Corte”, el “Prestador de Servicios” deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue la “Suprema Corte” por concepto de traslados, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a la “Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido.
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Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por la “Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer.
Sexta. Subcontratación. Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación, para la prestación del servicio motivo del presente procedimiento; cualquier incumplimiento de esta cláusula será causa de rescisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan, así como los procedimientos administrativos correspondientes.
Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione al “Prestador de servicios”, con motivo de la celebración de este contrato, es propiedad de la “Suprema Corte”, por lo que el “Prestador de servicios”, por sí o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resultado o dato obtenido de los servicios o trabajos prestados a la primera.
Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que la “Suprema Corte” podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial, en caso de que el “Prestador de servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
Antes de declarar la rescisión, la “Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas al “Prestador de servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que estime conveniente y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competente de la “Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará al “Prestador de servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.5 de este instrumento.
Novena. Supuestos de terminación de contrato, diversos a la rescisión. El presente contrato podrá darse por terminado, al cumplimentarse su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008.
Décima. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en que, el presente instrumento, constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1, 70, 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta.
De conformidad con lo establecido en el artículo 71, del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, el “Prestador de servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar, por ningún medio, aún electrónico, ni por conferencias y/o informes, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento, “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto xx xxxx convencional.
Décima Primera. Resolución de controversias. Para efecto de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, el “Prestador de servicios” se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la “Suprema Corte” renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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Décima Segunda. Legislación aplicable. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; y, en lo no previsto, en éste, por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, en lo conducente.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS
Nombre | Firma | Fecha |