LAS CUENTAS CORRIENTES
LAS CUENTAS CORRIENTES
1. CUENTAS CORRIENTES
1.1. DEFINICIÓN
Un contrato de cuenta corriente es un acuerdo entre dos partes con relaciones comerciales frecuentes, por el que ambas se comprometen a ir apuntando el importe de las operaciones que hagan entre ellos para liquidarlas juntas en la fecha que señalen. Pueden pactarse estas cuentas corrientes entre empresas o particulares, pero donde más se usan son en las relaciones entre los bancos y sus clientes. Estas serán motivo de estudio en esta unidad.
1.2. CUENTAS CORRIENTES bancarias
Cuentas corrientes con interés.
En este caso los capitales producen interés por el período que media entre la fecha valor de la operación y la fecha de liquidación de la cuenta.
Las cuentas corrientes con interés más usadas en la práctica son las ban- xxxxxx, que relacionan al banco con el cliente o titular de la cuenta. Estas serán objeto de estudio detallado a continuación.
Por supuesto que puede pactarse el uso de una cuenta corriente con interés entre comerciantes pero no es lo más habitual.
En las cuentas corrientes con interés, éste puede ser:
- Recíproco: cuando a los capitales deudores y a los acreedores se les aplica el mismo interés.
- No recíproco: cuando el tanto aplicado a los capitales deudores no es el mismo que el aplicado a los capitales acreedores.
Para liquidar estas cuentas no bastarán con calcular la diferencia entre las sumas del Debe y del Haber sino que deberemos hallar también el Interés. Para hallar el interés de varios capitales utilizaremos la expresión:
INTERÉS = SUMA DE NÚMEROS comerciales / DIVISOR FIJO
Donde la suma de números es el producto del capital por los días y el divisor fijo el cociente entre 365 ó 360 y el tipo de interés.
NOTA: lo anterior es la aplicación del método abreviado para el cálculo del interés para la ley de interés simple estudiado en unidades anteriores.
Es decir que si los capitales fueran A, B, .... H y los tiempos a, b h
el interés sería:
INTERÉS =
A a B b + ... + H h DIVISOR FIJO
, donde el Divisor fijo = (365 x 100) / i% ó 365 / (i/100).
En el caso que nos ocupa los capitales los conocemos y el tanto de inte- rés se fija de antemano, luego sólo nos falta hallar el tiempo durante el cuál produce intereses cada capital; para ello podemos seguir tres métodos: DIRECTO, INDIRECTO Y HAMBURGUÉS.
1.3. INFORMACIÓN BÁSICA EN LAS CUENTAS BANCARIAS
Ya hemos visto como suele disponerse la información en las cuentas corrientes sin interés vamos a ver ahora como se hace en el caso de las cuentas bancarias. Por regla general los detalles básicos a tener en cuenta se disponen en el siguiente rayado:
Clase de cuenta (1) Número de cuenta (2) Titular (3) Disponibilidad (4) Fecha de liquidación (5) Tipo de interés (6) | |||
Fecha (7) | Concepto (8) | Capital (9) | Fecha valor (10) |
Su significado es:
(1) Clase de cuenta: Corriente, de ahorro, supercuenta, de crédito, etc.
La cuenta corriente funciona mediante talonario de cheques. Admite todo tipo de operaciones, domiciliaciones de pago, cobro, etc.
La cuenta de ahorro funciona mediante libreta en la que se anotan todas las operaciones. Actualmente funcionan muchas con parte de las atribuciones de las cuentas corrientes.
La supercuenta o cuenta de alta rentabilidad se llama así porque ofrece un tipo de interés superior al de la cuenta corriente, en función del saldo medio. Algunas no permiten la existencia de saldo deudor. De todos modos, aunque lo permitan, no conviene tener saldo deudor porque dejarían de ser de alta rentabilidad.
La cuenta de crédito funciona como una cuenta corriente, pues admite las mismas operaciones que esta, pero utilizando el dinero del banco, hasta el límite del crédito que éste le ha concedido. El titular pagará intereses del dinero que use, y comisiones por diversos conceptos.
(2) Número de cuenta: se refiere al que asigna el banco a esa cuenta.
(3) Titular: aquí aparece el nombre de la persona o personas a cuyo nombre se abre la cuenta.
(4) Disponibilidad: hace referencia a quien puede disponer del dinero de la cuenta, y puede ser:
*Indistinta: Significa que cualquiera de los titulares, sin autorización alguna del resto, puede usar el dinero de la cuenta.
*Conjunta: en este caso cualquier titular precisa la autorización escrita de los otros para usar el dinero de la cuenta.
(5) Fecha de liquidación: es el día que se fija para hacer liquidación de la cuenta, es decir para calcular los intereses de la misma y el saldo a cuenta nueva.
(6) Tipo de interés: aparecerá aquí el tanto % que van a producir los capitales anotados en la cuenta que, como dijimos, puede ser el mismo para el debe que para el haber o distinto.
(7) Fecha de la operación: es el día en que se anota el importe de la operación en la cuenta.
(8) Concepto: es el nombre que se da a la operación que se realiza. Debemos tener muy claro que vamos a situarnos en el lugar del banco y que por tanto haremos las anotaciones desde el punto de vista de éste. Algunos de los conceptos más usuales que utilizan son:
- Abonaré s/entrega en efectivo: indica que el titular de la cuenta u otra persona, ha entregado en el banco una cantidad de dinero en billetes o monedas para que se lo abonen en cuenta.
- Recibo a su cargo: el banco carga en la cuenta del titular el importe de un recibo enviado por cualquier entidad a la que previamente se lo ha ordenado el titular. Ejemplos: el recibo de la luz, agua, teléfono, etc.
- Cheque de c/c: el titular extiende un cheque contra su propia cuenta para que el banco le pague a él o a otra persona el importe que allí figure.
- Su orden de cheque: el titular de la cuenta solicita del banco que extienda un cheque contra su propia cuenta para entregárselo a otra persona o entidad.
- Cheque a compensar: significa que el titular le lleva al banco un cheque del cuál es el beneficiario para que el banco le abone el importe a su cuenta.
- Su orden de transferencia: quiere decir que el titular de la cuenta ordena al banco que pase o transfiera una cantidad de dinero a la cuenta de otro -el beneficiario- cargándose el importe en la cuenta del ordenante.
- Transferencia a s/favor: en este caso el titular de la cuenta es el beneficiario de una transferencia que una tercera persona ha ordenado. Por lo tanto al titular le abonaran el importe en su cuenta.
- Compra de valores: el titular ordena a través del banco la compra de unos valores inmobiliarios con cargo a la cuenta.
- Venta de valores: el titular ordenó a través del banco la venta de unos valores mobiliarios, y el importe líquido se lo abona el banco en la cuenta.
- Administración y custodia de valores: indica el importe que el banco carga en la cuenta del titular por guardarle y administrarle los valores mobiliarios.
- Dividendo activo: en este caso el banco abona en la cuenta del titular el importe de los dividendos que le han correspondido de los títulos que tiene depositados en ese banco.
- Dividendos pasivos: significa que el banco carga en la cuenta del titular la cantidad que tenía pendiente de pagar de una compra de títulos que había realizado anteriormente y de la que solo había pagado una parte.
- Su compra de moneda extranjera: es el importe que el banco carga en la cuenta del titular correspondiente a la moneda extranjera que éste le ha mandado comprar más las comisiones aplicadas.
- Su venta de moneda extranjera: es el importe que el banco abona en la cuenta del titular, correspondiente a la moneda extranjera que éste le ha mandado vender menos las comisiones aplicadas.
- Su remesa: quiere decir que el titular lleva al banco varios efectos -letras de cambio- de los cuales él es librador para negociarlos. Inicialmente el banco le abona en su cuenta el nominal total de todos los efectos
- Gastos de remesa: el banco le carga en cuenta la suma de los intereses más comisiones y otros gastos que ha originado la negociación de los efectos del punto anterior.
- Efecto devuelto: significa que alguno de los efectos negociados anteriormente ha resultado impagado por el librado y que el banco carga su importe en la cuenta al titular.
- Letra a su cargo: en este caso el titular de la cuenta es el librado de una letra que ha domiciliado en el banco y éste le carga el importe en la cuenta.
- Anulación de apunte: significa que el banco corrige una anotación que hizo con anterioridad de forma indebida. Este concepto no tiene carácter estrictamente deudor ni acreedor. Si no que será contrario al de la anotación mal hecha.
- Saldo anterior deudor: indica que cuando se hizo la liquidación anterior el titular era deudor del banco por dicho importe. Este concepto se recoge en el Debe.
- Saldo anterior acreedor: en este caso al hacer la liquidación anterior, el titular era acreedor del banco, y por ese importe se abonará la cuenta al iniciar un nuevo período.
- Intereses a nuestro favor: indica los intereses que cuando se liquida la cuenta son a favor del banco. Se ponen en el Debe.
- Intereses a su favor: indica los intereses que cuando se liquida la cuenta son a favor del cliente del cliente. Se anotan en el Haber.
- Comisión por apuntes: indica las cantidades que a veces cobra el banco por el hecho de hacer las anotaciones en la cuenta.
(9) Capital: es el importe de la operación. Dicho capital se anotará en el Debe cuando ese concepto suponga que al titular de la cuenta le queda menos dinero en el banco y se anotará en el Haber cuando la operación implique que el titular de la cuenta tiene más dinero en el banco.
(10) Fecha valor: es el día desde que produce intereses el capital. Generalmente los conceptos deudores vencen el mismo día en que se cumplimenten y los acreedores el día hábil siguiente. Anexo IV Circular BE 8/1990.
1.4. LIQUIDACIÓN DE CUENTAS CORRIENTES MÉTODO HAMBURGUÉS ESCALAR
Dicho método sigue el procedimiento de que antes de comenzar la liquida- ción se ordenan los conceptos en función de los Vencimientos o fecha valor. De este modo se elimina la posibilidad de que puedan aparecer los días negativos.
Actualmente todas estas operaciones se registran a través de ordenador y éste, cuando recibe la información, la coloca siguiendo este criterio.
En la práctica es el método utilizado por las instituciones financieras para liquidar las cuentas con sus clientes.
Ejemplo
Liquidar por el método Hamburgués Escalar, al 0'10 % de interés para el Haber y al 25% para el Debe, la siguiente cuenta corriente:
FECHA | XXXXXXXX | XXXXXXX | XXX. |
00-0 | Xxxxxxx | 300.000.- | 12-3 |
14-3 | Letras/cargo | 60.000.- | 5-3 |
26-3 | Transferencia s/favor | 180.000.- | 27-3 |
30-3 | Dividendo pasivo | 450.000.- | 2-4 |
10-4 | S/entrega en efectivo | 200.000.- | 11-4 |
Fecha liquidación 30-4. Meses y años naturales. IRC 25 %.
Solución
Procederemos a hacer las anotaciones en la cuenta siguiendo el orden de los vencimientos y así resultará:
Fecha | Concepto | Capital | Vto. | Días | Saldo | Números comerciales | ||
D | H | D | H | |||||
14-03 | Letra a s/cargo | 60.000 | 05-03 | 7 | 60.000 D | 420.000 | --------- | |
00-00 00-00 30-03 | Abonaré Transf. S/favor Dividendo pasivo | --------- --------- 450.000 | 300.000 180.000 ---------- | 00-00 00-00 00-00 00-00 | 15 6 9 | 240.000 H 420.000 H 30.000 D | ----------- ---------- 270.000 | 3.600.000 2.520.000 ------------ |
10-04 | S/entrega efvto. | --------- | 200.000 | 30-04 | 19 | 170.000 H | ----------- | 3.230.000 |
30-04 | Intereses s/favor | --------- | 26 | 30-04 | ---- | 170.026 H | ----------- | ------------ |
00-00 00-00 | Intereses n/favor IRC 25% | 473 7 | ---------- ---------- | 00-00 00-00 | ---- ---- | 169.553 H 169.546 H | ----------- ----------- | ------------ ------------ |
Saldo cta. s/f | 169.546 | ---------- | -------------- | ----------- | ------------ | |||
TOTALES | ||||||||
680.026 | 680.026 | 690.000 | 9.350.000 |
Cálculos de los intereses del Debe y Xxxxx:
INTERESES DEL DEBE = Números Debe/Divisor fijo = 690.000/(36.500/25)=
= 473u.m.
INTERESES DEL HABER = Números Haber/Divisor fijo =
= 9.350.000/(36.500/0´1)= 26 u.m.