CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CADIZ Y LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXX Y LA UNIVERSIDAD XX XXXXX EN MATERIA DE DESARROLLO TURÍSTICO.
REUNIDOS
De una parte, Dña. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Presidenta del PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO XX XXXXX, en nombre y representación de éste, domiciliado en Cádiz, en el Xxxxxxx Provincial de la Diputación Provincial xx Xxxxx, sito en la Plaza de España, s/n de Cádiz, en el ejercicio de las facultades que le atribuye su nombramiento para tal cargo y como Presidenta de la Excma. Diputación Provincial xx Xxxxx, por acuerdo del Pleno de 27 xx xxxxx de 2019 y en cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas a tenor de lo dispuesto en los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo, publicados en el BOP xx Xxxxx nº 33, de 18 de febrero de 2020.
Y de otra, D. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxx, con domicilio en Xxxxx Xxxxxx XXX xx 0, xx Xxxxx, en nombre y representación de la misma, según nombramiento de la Presidencia de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto número 498/2019, de 17 xx xxxxx (BOJA núm. 117, de 20 xx xxxxx) y de conformidad con las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad xx Xxxxx, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 207, de 28 de octubre) y modificados por el Decreto 2/2005, de 11 de enero, el Decreto 4/2007, de 9 de enero, el Decreto 233/2011, de 12 de julio y el Decreto 197/2017, de 12 de diciembre.
Ambas partes intervienen en el ejercicio de las facultades que le están conferidas y se reconocen capacidad y legitimidad suficientes para suscribir el presente CONVENIO DE COLABORACIÓN. Por todo ello,
MANIFIESTAN
Primero. - La subvención solicitada por la Universidad xx Xxxxx (UCA), con NIF Q1132001G corresponde a una subvención nominativa contemplada en el artículo
22.2 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta subvención ha sido aprobada en los Presupuestos de la Diputación Provincial xx Xxxxx para el año 2022 en Sesión Plenaria de fecha 15 de diciembre de 2021 (BOP Cádiz de 21/01/2022). Por su parte, el artículo 28.1 de la LGS establece que “los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, o en los de las corporaciones locales, sin perjuicio de lo que a este respecto establezca su normativa reguladora”.
El convenio regulador, según dispone el artículo 65.3 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS, tendrá´ el carácter de bases reguladoras de la concesión, y en él se recogerán los extremos tales como la determinación del objeto y de sus beneficiarios, el crédito presupuestario al que se imputa el gasto y cuantía de la subvención, compatibilidad o no con otras subvenciones para la misma finalidad, plazos y régimen de pagos y garantías, así como la forma y plazo para la justificación de la misma; aspectos todos ellos incluidos en el presente Convenio.
Segundo. - El art. 36 de la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local, establece que son competencias propias de la Diputación, entre otras, la cooperación en el fomento del desarrollo económico y social en el territorio provincial.
Tercero.- Que el Patronato Provincial de Turismo de la Diputación Provincial xx Xxxxx, tiene entre sus competencias y objetivos previstos en los Estatutos del Patronato Provincial de Turismo, publicados en el BOP xx Xxxxx nº 33, de 18 de febrero de 2020 la promoción, fomento y desarrollo del turismo en la Provincia xx Xxxxx , mejorar la imagen turística, promover el estudio y desarrollo de las peculiaridades en el ámbito turístico e impulsar la colaboración tanto pública como privada, en interés de la promoción turística, y, en cumplimiento de ello, considera de especial interés la colaboración en el desarrollo de acciones conjuntas con la Universidad xx Xxxxx en el ámbito de sus respectivas competencias en el ámbito del turismo de la provincia xx Xxxxx.
Cuarto. - Que la UCA Universidad xx Xxxxx para la atención de las funciones que se le encomiendan en orden a la prestación del servicio público de la educación superior, tiene los siguientes fines, en los términos expresados en el artículo segundo de sus Estatutos, aprobados por Decreto 281/2003, de 7 de octubre, BOJA nº 207 de 28 de octubre:
1. Proporcionar formación y preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación del conocimiento y del método científico, así como para la creación artística.
2. Impulsar los estudios avanzados y la formación de doctores, así como la actualización permanente de conocimientos de su personal.
3. La creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y la cultura y su integración en el patrimonio intelectual heredado.
4. Fomentar la investigación y promover la aplicación práctica del conocimiento al desarrollo social, cultural y económico, y al bienestar de la sociedad y de las personas que la componen.
5. Difundir el conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida, promoviendo el acercamiento entre las culturas humanística y científica.
6. Acoger, defender y promover los valores sociales e individuales que le son propios, tales como la libertad, el pluralismo, la igualdad entre mujeres y hombres, el respeto de las ideas y el espíritu crítico, así como la búsqueda de la verdad.
7. Promover la conciencia solidaria mediante la sensibilización, la formación y la actuación ante las desigualdades sociales, apoyando y promoviendo la participación y el voluntariado, e impulsando proyectos de cooperación y de innovación social.
8. Impulsar políticas y emprender acciones en favor de valores como la cultura de la paz, el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, así como de la práctica deportiva considerada como instrumento de formación y de adquisición de hábitos de vida saludable.
9. Atender y apoyar todos aquellos aspectos relativos al desarrollo científico, técnico y cultural de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en especial a los vinculados más directamente a la provincia xx Xxxxx.
10. Fomentar la calidad y excelencia en sus actividades, estableciendo sistemas de control y evaluación.
Quinto. - Que, para contribuir de manera efectiva a favor de lo manifestado anteriormente, es intención de ambas partes celebrar este Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. - Objeto de la Subvención.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre el Patronato Provincial de Turismo de la Diputación Provincial xx Xxxxx y la Universidad xx Xxxxx, en el desarrollo de las actividades que le son propias y la financiación de las mismas mediante subvención nominativa.
En concreto, el objeto del presente convenio es la realización de acciones que mejoren el conocimiento y las experiencias de los grupos de investigación en turismo de la Universidad xx Xxxxx para que pueda ser transferido al sector turístico de la provincia xx Xxxxx a través de la mejora de la información y la gestión de las administraciones públicas de ámbito provincial y con competencia en turismo.
Las organizaciones que suscriben este convenio participan en su interés y preocupación por el desarrollo y sostenibilidad del sector turístico, de gran calado e importancia en la economía nacional y provincial, así como de la conveniencia, aunando esfuerzos, de realizar acciones que ayuden a minimizar el impacto ambiental, maximizando el desarrollo económico y mejora competitiva.
En concreto, ambas instituciones en el ámbito de sus competencias declaran la voluntad de realizar las siguientes acciones se contemplan en el Anexo 1 con la memoria de actividades y su correspondiente presupuesto desglosado:
A. Plan Estratégico de Turismo de la provincia xx Xxxxx (Investigación).
B. Observatorio turístico (Innovación).
C. Premios (AURA) de turismo sostenible para la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG), Trabajos Fin de Máster (TFM) y tesis doctorales sobre el turismo en la provincia xx Xxxxx (Excelencia).
Este programa se desarrollará en tres líneas de ejecución:
A) Plan Estratégico de Turismo de la provincia xx Xxxxx (Investigación)
Se plantea la elaboración de un Plan Estratégico que incorpore todos los aspectos valorados del Plan de Acción y que proponga un modelo turístico para la provincia, junto con las líneas estratégicas de los próximos años. Para ello se plantea el siguiente cronograma:
ETAPA | ACCIONES | DURACIÓN | |
1 | PROPOSITIVA BASE (elaboración del documento del Plan Estratégico) | Cronograma. Plan de financiación. Indicadores de ejecución y seguimiento. | 10 semanas |
Aplicación SEIT. |
Reuniones con actores | |||
2 | PROPOSITIVA EXTENSA | Presentación del documento Difusión del plan Foro provincial de turismo Plan de seguimiento y evaluación. | 8 semanas |
B) Observatorio turístico (Innovación).
El Observatorio Turístico del Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx tiene el objetivo de mejorar el sistema de análisis, diagnóstico y evaluación del turismo de la provincia xx Xxxxx, adaptándose a los nuevos parámetros y formatos y promoviendo un sistema de inteligencia turística, capaz de analizar y evaluar la ingente cantidad de información y datos que se pueden obtener actualmente con los nuevos medios y sistemas tecnológicos.
Para ello se realizarán estudios y trabajos específicos sobre la provincia xx Xxxxx:
- La metodología para medir el impacto económico del Turismo residencial en destinos turísticos y su aplicación en un caso específico
- También se asesorará al Patronato sobre la gestión del Observatorio y la futura integración del Sistema de Inteligencia Turística de la Diputación.
- Se organizará una ponencia específica que se consensuará con la comisión de seguimiento de este convenio.
C) Se convocará la II edición de los premios (AURA) de turismo sostenible para la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG), Trabajos Fin de Máster (TFM) y tesis doctorales sobre el turismo en la provincia xx Xxxxx.
Estos premios reconocerán la calidad y excelencia investigadora de trabajos realizados sobre turismo en la provincia, fomentando la investigación en turismo e involucrando a la comunidad científica.
La dotación será económica. También se presentarán las investigaciones premiadas en un acto público organizado por ambas instituciones. Habrá un premio en cada modalidad por convocatoria. Se dará difusión de los trabajos a través de la web del Patronato Provincial de Turismo.
Los estudios, análisis, informes y trabajos realizados al amparo del este convenio serán de uso público y, por tanto, estarán disponibles en la plataforma pública del Observatorio de Turismo de la Provincia xx Xxxxx y accesibles para el sector del turismo o para la sociedad en general, sin perjuicio de la propiedad intelectual que corresponda.
Segunda. - Beneficiario. Obligaciones.
El beneficiario de la presente subvención nominativa otorgada por el Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx es UCA Universidad xx Xxxxx.
Por el presente Convenio, la Universidad xx Xxxxx se compromete a lo siguiente:
• Estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Diputación Provincial xx Xxxxx, así como no hallarse incurso en procedimiento de reintegro con ésta o el Patronato de Turismo por subvenciones anteriormente concedidas.
• Presentar declaración responsable por su representante legal de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
• Acreditar mediante certificación estar al corriente en los pagos con la Seguridad Social, o en su defecto, acuerdo de aplazamiento (conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones) así como de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Estado y la Comunidad Autónoma.
• No estar incurso en los supuestos recogidos en el art. 34.4 de la Ley General de Subvenciones, según el cual «En ningún caso podrán realizarse pagos anticipados a beneficiarios cuando se hayan solicitado la declaración de concurso, hayan sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, se hallen declarados en concurso, estén sujetos a intervención judicial o hayan sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso, hayan sido declarados en quiebra, en concurso de acreedores, insolvente fallido en cualquier procedimiento o sujeto a intervención judicial, haber iniciado expediente de quita y espera o de suspensión de pagos o presentado solicitud judicial de quiebra o de concurso de acreedores, mientras, en su caso, no fueran rehabilitados.»
• Aportar la documentación que el Patronato Provincial de Turismo le requiera y que guarde relación con la subvención objeto del presente convenio.
• Realizar las actividades contempladas en la Memoria Inicial de Actuaciones presentada, para la que se ha concedido la subvención y presentar la justificación correspondiente en la forma prevista en la cláusula 8ª del presente convenio.
• A asumir toda la responsabilidad que pudiera derivarse de la organización y desarrollo del proyecto, de tal forma que el Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx quede exonerada de cualquier clase de responsabilidad.
• Por otra parte, la Universidad xx Xxxxx deberá hacer constar en la actuación objeto de este Convenio, la colaboración del Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx mediante la inserción de la imagen corporativa en todos los soportes que sean utilizados.
Asimismo, el beneficiario se compromete a justificar el desarrollo de la actividad subvencionada y el empleo de los fondos públicos concedidos. En su caso deberá
comunicar cualquier eventualidad que altere, dificulte o impida la aplicación de la ayuda a la finalidad para la que se le otorgó.
Tercera. - Aportación económica.
El Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx se compromete a colaborar con CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €) para el cumplimiento del objetivo indicado en el punto primero, mediante una subvención nominativa de carácter económico, otorgada mediante el procedimiento de concesión directa recogido en el artículo 22.2.a) LGS, a fin de contribuir con las actividades descritas en la memoria inicial presentada por la UCA.
A los efectos previstos en las Bases de Ejecución 32ª y 33ª del Presupuesto para el ejercicio 2022, y con carácter previo a la suscripción del presente Convenio, el expediente completo previo a la aprobación del convenio ha sido sometido a la fiscalización de la Intervención del patronato en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 214 del RD Leg 2/2004, de 5 xx xxxxx, del TRLRHL, habiendo sido valoradas las consideraciones aquí indicadas y cualquier otra estimada procedente sobre la supeditación del convenio al estricto cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera exigidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 xx xxxxx, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (art.7.3).
Ambas instituciones se comprometen a aportar los recursos humanos y medios técnicos necesarios para el desarrollo de las acciones propias de este convenio.
Cuarta. - Compatibilidad con otras subvenciones.
La presente subvención será compatible con la obtención de otras subvenciones o ayudas para esta misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que la suma de
todas ellas no supere el coste total de la actuación objeto del presente convenio. En caso contrario, la Universidad xx Xxxxx deberá reintegrar el exceso correspondiente.
Dichas aportaciones o colaboraciones deberán ser comunicadas obligatoriamente al Patronato Provincial de Turismo.
Por otra parte, y de conformidad con el artículo 29 de la LGS, se prevé la posibilidad de subcontratar hasta el 100% de la actividad que constituye el objeto de la subvención.
En el caso que el beneficiario lo sea también de otras subvenciones concedidas por la Diputación, otra administración o entidades privadas u otros ingresos, deberá presentar cumplimentado el Anexo 2.
Quinta. - Pago de la subvención. Pagos anticipados.
Con el fin de atender a la liquidez necesaria para afrontar los gastos inherentes al objeto del convenio, se admite la posibilidad de proceder a un pago anticipado del 50% de la subvención concedida. Dicho pago se efectuará una vez firmado el presente Convenio, previa tramitación del correspondiente expediente. El resto de la cantidad otorgada (50 %) se liquidará antes de finalizar el año 2022 previa justificación de la realización de la actividad para la que se concedió la subvención.
Sexta. - Régimen de Garantías
De conformidad con lo estipulado en el art. 42.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, la entidad beneficiaria queda exonerada de la constitución de garantía.
Séptima. - Plazo de ejecución y vigencia del convenio.
Se establece como plazo límite de ejecución de la actividad subvencionada y vigencia del convenio el 15 de noviembre de 2022.
Octava. - Justificación de la subvención.
En el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde la finalización del plazo concedido para la ejecución del proyecto subvencionado, la entidad beneficiaria queda obligada a justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y la aplicación de los fondos percibidos, hasta el cómputo de la aportación económica realizada por el Patronato Provincial de Turismo.
No obstante, lo anterior, habrá un plazo xx xxxx días hábiles para la subsanación de cualquier anomalía detectada en la justificación, a contar desde el momento en el que el Patronato Provincial de Turismo le comunique a la entidad, a través de correo electrónico facilitado por esta, los elementos a subsanar.
El incumplimiento del presente convenio dará lugar a la pérdida del derecho al cobro del mismo, total o parcialmente, sin prejuicio de las sanciones que pudieran derivarse conforme a lo establecido en los artículos 52 y ss. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
A) Forma de justificación.
Consistirá en la aportación de facturas y/o cualquier otro documento de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, a nombre siempre de la entidad beneficiaria, en original o fotocopia compulsada. En este último caso (fotocopia compulsada), será necesaria la presentación de los documentos originales para proceder al estampillado a que se refiere el párrafo siguiente, siendo devueltos a continuación a la entidad beneficiaria, que deberá conservarlos durante un período de al menos cuatro años.
Al objeto de proceder al debido control de la concurrencia de subvenciones, los justificantes originales presentados se marcarán con una estampilla, indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención. En este último caso se indicará además la cuantía exacta que resulte afectada por la subvención.
Las facturas habrán de reunir los requisitos que exigen la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la Factura electrónica, el RD 1619/2012, que regula las obligaciones de facturación, y demás disposiciones legales.
No se admitirán relación de gastos, dietas y desplazamientos emitidos por el beneficiario sin la factura acreditativa de los mismos. Es decir, son válidas las facturas de desplazamiento (como vuelos, trenes, gasolina siempre que dicha factura sea acreditación efectiva de la realización del desplazamiento acorde con la fecha en que tiene lugar el desarrollo de la actividad, lo cual debe quedar debidamente acreditado). Como regla general, no se admitirán como justificantes tickets o recibos que no tengan la condición de factura (por ejemplo, de parkings o
peajes). En caso de los mencionados tickets o recibos tengan la condición de facturas simplificadas, éstas deberán llevar el nombre de la asociación o entidad beneficiaria de la subvención. Sin este requisito, no serán admitidas.
Extracto o certificaciones bancarias acreditando suficientemente el destino del pago y el importe.
B) Otros documentos a presentar.
• Cuenta justificativa- Contenido.
La acreditación de la realización del proyecto o actividad subvencionada, así como la justificación de que los fondos recibidos han sido aplicados a la finalidad para la cual fueron concedidos, se efectuará mediante la cumplimentación del Anexo 3. Justificación de la Subvención y la entrega de la siguiente documentación:
1. Memoria final de actuación detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, que describirá los objetivos y resultados conseguidos conforme a la subvención concedida.
2. Una memoria económica justificativa, que incluirá:
• Certificado de la entidad perceptora de que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto concedido y proyecto presentado.
• Relación numerada secuencialmente de los gastos realizados (Anexo 4. Cuenta justificativa).
• Declaración de las actividades realizadas, con descripción detallada de aquellas que han sido financiadas, además de con esta subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos. Deberá acreditarse en la justificación, como mínimo, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, de conformidad con lo dispuesto en lo dispuesto en el punto 30.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
• Declaración responsable que acredite que la subvención se ha aplicado a la finalidad prevista y que, por consiguiente, los justificantes aportados no han servido para justificar otras subvenciones.
• Declaración responsable de que en ningún caso la subvención o subvenciones recibidas han superado el coste de las actividades realizadas.
• En su caso, certificado del perceptor acreditativo del importe, procedencia y aplicación de subvenciones distintas a la provincial que han financiado actividades objeto del proyecto.
• La totalidad de los recibos, facturas, nóminas, tributos y cuotas a la Seguridad Social y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, cuyo importe haya sido abonado con cargo a la subvención concedida. En los casos en que de los documentos citados anteriormente no se desprendiera la acreditación del pago, deberá presentarse además la documentación necesaria para verificarlo, bien mediante extracto bancario, sellado por la entidad, bien mediante documento de cobro sellado por la entidad bancaria.
• Justificación del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones.
• En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos.
• Gastos realizados con anterioridad a la firma del Convenio.
Los gastos realizados con anterioridad a la suscripción del Convenio, que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la subvención, serán imputables a la cuantía prevista en el mismo, siempre que estén debidamente justificados y se hayan realizado a partir del 1 xx xxxxx de 2022.
• Otros gastos subvencionables
Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales y los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos serán subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma, con excepción de lo estipulado en el art. 31.7 de la Ley 38/2003).
Serán imputables al Convenio aquellos gastos realizados dentro del plazo que se establece en la cláusula séptima de ejecución de la actividad subvencionada y que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y cuyo pago se realice con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de justificación del convenio.
Novena. - Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento, control de la ejecución e interpretación del presente Convenio se creará una Comisión de Seguimiento y Control que estará formada por dos representantes de la Universidad xx Xxxxx y dos representantes del Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx. También formará parte de esta comisión el administrador general del Patronato en calidad de presidente de la comisión.
Décima. - Notificaciones Electrónicas.
Se elige como medio de notificación preferente la vía electrónica, mediante comparecencia en la Sede electrónica de la Diputación xx Xxxxx (xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/), previo aviso, en el correo electrónico y número de teléfono móvil facilitado, indicándole que acceda a la sede electrónica para consultar el contenido de la notificación.
Decimoprimera. - Pérdida del derecho de cobro.
Se producirá la pérdida del derecho de cobro total o parcial de la subvención en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de algunas de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
El procedimiento para declarar la procedencia de la pérdida del derecho del cobro de la subvención será el establecido en el artículo 42 de la Ley General de Subvenciones.
Decimosegunda. - Reintegro de subvenciones.
Procederá el reintegro de las subvenciones tras la declaración judicial o administrativa de nulidad o anulación de la resolución de concesión, así como cuando medie cualquiera de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.
Procedimiento de reintegro.
El órgano competente para el otorgamiento de la subvención lo es también para la tramitación y resolución, en su caso, del correspondiente expediente de reintegro, de acuerdo con las siguientes reglas:
a) El procedimiento se inicia de oficio por acuerdo del órgano competente, debiendo reconocer, en todo caso, a las personas interesadas el derecho a efectuar alegaciones, proponer medios de prueba y el preceptivo trámite de audiencia previo a la propuesta de resolución.
b) El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciación. Dicho plazo podrá suspenderse y ampliarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común.
c) Si transcurre el plazo para resolver sin que se haya notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.
d) Si como consecuencia de reorganizaciones administrativas se modifica la denominación del órgano concedente, o la competencia para la concesión de las subvenciones de la línea o programa se atribuye a otro órgano, la competencia para acordar la resolución y el reintegro corresponderá al órgano que sea titular del programa o línea de subvenciones en el momento de adoptarse el acuerdo de reintegro.
e) La resolución de reintegro será notificada a la entidad con expresión de los recursos que procedan contra la misma e indicándole el lugar, forma y plazo para realizar el ingreso; advirtiéndole que, en el caso de no efectuar el reintegro en plazo, se aplicará procedimiento de recaudación en vía de apremio o, en los casos que sea pertinente, de compensación.
f) Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se materialice el reintegro, el órgano concedente de la subvención dará traslado del expediente a la Tesorería de la Corporación para que inicie el procedimiento de apremio. Cuando la obligada a reintegrar sea una Entidad pública no apremiable, el expediente pasará al Área de Hacienda para la compensación de deudas.
Decimotercera. - Orden jurisdiccional.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, será sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Decimocuarta. - Protección de datos.
De acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personal y garantía de los derechos digitales, los datos aportados por la entidad se utilizarán, con carácter único y exclusivo, para los fines previstos en el procedimiento o actuación de que se trate. En ningún caso los referidos datos serán objeto de tratamiento o cesión a terceros si no es con el consentimiento inequívoco del afectado.
En cumplimiento de lo dispuesto en la citada Ley Orgánica 3/2018, el cedente de los datos podrá en cualquier momento ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
La firma del presente convenio implicará la aceptación de la cesión de los datos contenidos en la misma, así como lo relativo a la subvención concedida a efectos de estudios, estadísticas, evaluación y seguimiento que se realicen desde el Patronato Provincial de Turismo.
Y para que conste a los efectos oportunos en prueba de conformidad, se firma el presente convenio por las partes implicadas.
Decimoquinta.- Registro electrónico de Convenios y Protocolos.
El presente convenio se remitirá tras su firma automáticamente al Registro Electrónico de Convenios y Protocolos de la Diputación xx Xxxxx bajo la superior dirección de la Secretaría General.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, para el fiel cumplimiento de lo acordado y con el más amplio sentido de colaboración, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada una de las partes firmantes, obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben el presente convenio en la fecha de la firma electrónica por todas las partes suscribientes del presente documento.
Por el Patronato de Turismo Por la Universidad xx Xxxxx
La Presidenta El Rector
Xx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx X. Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx
ANEXO 1 MEMORIA INICIAL DE ACTUACIONES DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD XX XXXXX Y EL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO SOBRE TURISMO EN LA PROVINCIA XX XXXXX 2022.
• Justificación
La colaboración entre la Universidad xx Xxxxx y el Patronato Provincial de Turismo de la Diputación Provincial en el ámbito turístico ha sido intensa en la última década. Los nuevos estudios implantados en la Universidad xx Xxxxx (UCA) en los distintos niveles académicos (grado, máster y doctorado) abren nuevas líneas de colaboración entre el Patronato Provincial de Turismo y la UCA. Por ello, se considera de interés aprovechar las sinergias que en la investigación sobre turismo en la provincia xx Xxxxx puedan generarse entre ambas instituciones.
En este sentido, se propone un convenio institucional, que promueva la excelencia, la investigación y la innovación. Todas estas líneas deben priorizar las áreas temáticas de mayor interés para la provincia xx Xxxxx, como son el Turismo Azul, el Turismo Cultural y Turismo Sostenible.
• Objetivo
Esta propuesta pretende concretar la colaboración entre ambas instituciones en el ámbito del turismo en la provincia xx Xxxxx. Para ello se plantean tres grandes ámbitos de actuación:
1 Plan Estratégico de Turismo de la provincia xx Xxxxx (Investigación). 2 Observatorio turístico (Innovación).
3 Premios (AURA) de turismo sostenible para la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG), Trabajos Fin de Máster (TFM) y tesis doctorales sobre el turismo en la provincia xx Xxxxx (Excelencia).
• Desarrollo de los programas del convenio
Este programa se desarrollará en tres líneas de ejecución:
1 Plan Estratégico de Turismo de la provincia xx Xxxxx (Investigación)
Se plantea la elaboración de un Plan Estratégico que incorpore todos los aspectos valorados del Plan de Acción y que proponga un modelo turístico para la provincia, junto con las líneas estratégicas de los próximos años. Para ello se plantea el siguiente cronograma:
ETAPA | ACCIONES | DURACIÓN | |
PROPOSITIVA BASE (elaboración del documento del Plan Estratégico) | Cronograma. Plan de financiación. Indicadores de ejecución y seguimiento. Aplicación SEIT. Reuniones con actores | 10 semanas | |
PROPOSITIVA EXTENSA | Presentación del documento Difusión del plan Foro provincial de turismo Plan de seguimiento y evaluación. | 8 semanas |
2 Observatorio turístico (Innovación).
El Observatorio Turístico del Patronato Provincial de Turismo de la Diputación xx Xxxxx tiene el objetivo de mejorar el sistema de análisis, diagnóstico y evaluación del turismo de la provincia xx Xxxxx, adaptándose a los nuevos parámetros y formatos y promoviendo un sistema de inteligencia turística, capaz de analizar y evaluar la ingente cantidad de información y datos que se pueden obtener actualmente con los nuevos medios y sistemas tecnológicos.
Para ello se realizarán estudios y trabajos específicos sobre la provincia xx Xxxxx:
• La metodología para medir el impacto económico del Turismo residencial en destinos turísticos y su aplicación en un caso específico
• También se asesorará al Patronato sobre la gestión del Observatorio y la futura integración del Sistema de Inteligencia Turística de la Diputación.
• Se organizará una ponencia específica que se consensuará con la comisión de seguimiento de este convenio.
3 Premios Aura (Excelencia)
Se convocará la II edición de los premios (AURA) de turismo sostenible para la realización de Trabajos Fin de Grado (TFG), Trabajos Fin de Máster (TFM) y tesis doctorales sobre el turismo en la provincia xx Xxxxx.
Estos premios reconocerán la calidad y excelencia investigadora de trabajos realizados sobre turismo en la provincia, fomentando la investigación en turismo e involucrando a la comunidad científica.
La dotación será económica. También se presentarán las investigaciones premiadas en un acto público organizado por ambas instituciones. Habrá un
Código Seguro de Verificación | IVULWLIPJQE4XZEPXT4V4L3AMU | Fecha | 29/06/2022 17:18:56 |
Normativa | Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo. | ||
Firmante | XXXXX XXXXXX XXXXXX | ||
Firmante | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ||
Url de verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XXXXXXXXXXX0XXXXXX0X0X0XXX | Página | 14/24 |
premio en cada modalidad por convocatoria. Se dará difusión de los trabajos a través de la web del Patronato Provincial de Turismo.
• Resultados esperados
Línea | Producto | Entrega del producto |
1 | Constitución del Foro provincial de turismo | Informe de las reuniones |
Documento del Plan Estratégico de Turismo en la provincia xx Xxxxx | Documento PDF | |
Difusión en la web del Patronato del PETPCA y redes sociales | Informe de las publicaciones | |
Difusión en cursos | Informe de las publicaciones | |
2 | Un Informe específico por determinar. | 1 Informe |
Ponencia sobre turismo en la provincia | Informe del acto | |
3 | Convocatoria II edición premios AURA de turismo xx Xxxxx | Informe de la organización y resolución de los premios |
Acto de entrega de premios AURA | Informe del acto |
4. Ámbito temporal y vigencia del convenio
Los trabajos para el desarrollo de estas actividades se realizarán desde el 1 xx xxxxx al 15 de noviembre de 2022.
Cronograma*
Producto | Entrega del | Fecha entrega |
Código Seguro de Verificación | IVULWLIPJQE4XZEPXT4V4L3AMU | Fecha | 29/06/2022 17:18:56 |
Normativa | Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo. | ||
Firmante | XXXXX XXXXXX XXXXXX | ||
Firmante | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ||
Url de verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XXXXXXXXXXX0XXXXXX0X0X0XXX | Página | 15/24 |
producto | ||
Realización del Foro provincial de turismo | Celebración del evento | 3 xx xxxx de 2022 |
Informe/ acta del foro | 30 mayo de 2022 | |
Documento del plan estratégico de turismo en la provincia xx Xxxxx | Documento PDF | Final septiembre 2022 |
Difusión en web del PETPCA | Informe de impacto las publicaciones | 30 de octubre |
Difusión redes sociales | Informe de impacto las publicaciones | 30 de octubre |
1 Informe específico | Informe Turismo Residencial (1) | 15 noviembre |
Ponencia Día del Turismo | Celebración de la ponencia | Segunda quincena de septiembre |
Informe del acto | 15 de noviembre | |
Convocatoria II edición premios AURA de turismo xx Xxxxx | Convocatoria | 1 de julio al 30 de septiembre |
Informe de la organización y resolución de los premios | 30 de septiembre | |
Acto de entrega de premios AURA | Celebración del acto | 7 al 11 de noviembre |
Informe del acto | 15 de noviembre |
* Algunas fechas son orientativas y a acordar con la comisión de seguimiento del convenio
(1) La temática de los informes se acordará al inicio del convenio por la comisión de seguimiento.
Código Seguro de Verificación | IVULWLIPJQE4XZEPXT4V4L3AMU | Fecha | 29/06/2022 17:18:56 |
Normativa | Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo. | ||
Firmante | XXXXX XXXXXX XXXXXX | ||
Firmante | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ||
Url de verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XXXXXXXXXXX0XXXXXX0X0X0XXX | Página | 16/24 |
4. Presupuesto
Los gastos planificados para alcanzar los objetivos marcados son
Línea | Concepto | Descripción gasto | Coste (€) |
Plan Estratégico | Organización de la participación y Difusión documento | Reuniones en Cádiz x Xxxxx. Gastos distribuidos en Alquiler espacios/ Protocolo/ organización de eventos | 9.000 |
Material fungible | 3.500 | ||
Observatorio | Informes específicos | Realización de 1 informe | 18.000 |
Ponencia | Pago ponencia alojamiento y desplazamiento ponente | 2.500 | |
Premios | Dotación económica y presentación pública | Pago Premios/Protocolo/ Organización del evento | 7.000 |
TOTAL | 40.000 |
Este presupuesto será abordado íntegramente con la subvención del Patronato provincial de turismo.
4. Departamentos y centros implicados
El promotor de esta propuesta es Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, profesor Titular del Área de Análisis Geográfico Regional (responsable del Grupo de investigación HUM-117, miembro del Departamento de Historia, geografía y
Filosofía e Instituto Universitario de Investigación para el Desarrollo Social Sostenible). Las unidades vinculadas para desarrollar esta propuesta son: Departamento de Historia, Geografía y Filosofía, Facultad de Ciencias Sociales y de la Comunicación, EIDEMAR (Escuela Internacional de Doctorado de Estudios del Mar) y EDUCA (Escuela de Doctorado de la Universidad xx Xxxxx) por parte de la Universidad xx Xxxxx, Instituto Universitario de Investigación para el Desarrollo Social Sostenible (INDESS) y Área de coordinación y desarrollo estratégico, productivo y social y Patronato Provincial de Turismo por parte de la Diputación Provincial xx Xxxxx.
El equipo de trabajo estará formado por:
Miembro | Centro |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx | Facultad de Filosofía y Letras |
Xxxxxx Xxxxx Xxxx | Facultad de Filosofía y Letras |
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx | Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales |
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx | Facultad de Filosofía y Letras |
Xx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxx | Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales |
Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Facultad de Ciencias sociales y de la Comunicación |
Xxxxx xx Xxxxxx Xxxxxx | Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales |
Xxxxx Maestro Xxxx-Xxxxxx, | Facultad de Ciencias del Mar y Ambientales |
Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx | Facultad de Filosofía y Letras |
ANEXO 2. Subvenciones concedidas por la Diputación, otra administración o entidades privadas u otros ingresos
Fecha | Administración/ Ente Público/ Entidades Privadas / Otros | Importe |
TOTAL |
ANEXO 3. JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN (art. 72 RD 887/2006)
DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD | ||||
Nombre o razón social | ||||
Domicilio a efectos de notificación: | ||||
Correo electrónico a efectos de notificación electrónica: | ||||
Localidad | Provincia | C.P. | Tlf. | Fax |
Representada por su Secretario/persona que tenga responsabilidad:
Apellidos y Nombre:
• CERTIFICA que se ha realizado el programa denominado
, subvencionado con
y presenta los siguientes documentos adjuntos:
1º Memoria justificativa del proyecto, con las siguientes especificaciones como mínimo:
• Fecha de ejecución del programa.
• Actuaciones realizadas.
• Resultados obtenidos.
• Balance económico en el que se especifica los gastos e ingresos definitivos del coste total de la actividad (incluida la parte no aportada por la Diputación).ç
• Conclusiones.
2º Originales o copias compulsadas de Facturas (que reúnan los requisitos fijados en el RDL 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación) o demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente (art. 30.3 Ley 38/2003), que acrediten el destino de la aplicación de los fondos subvencionados. Se ha de justificar el importe total al que asciende el proyecto/programa aprobado.
3º Informe justificativo de cumplimiento de lo dispuesto en el artículo
31.3 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
4º Certificados vigentes del estar al día en la Seguridad social y las Haciendas publicas estatal y autonómica.
• CERTIFICA que la subvención concedida ha financiado como máximo el % del gasto total efectuado en la actividad/proyecto objeto de subvención, y que los fondos se han aplicado a la finalidad para la cual fueron concedidos.
• Igualmente CERTIFICA que no se ha recibido ninguna otra subvención para la misma finalidad o, en caso contrario, que
conjuntamente no superan el coste total del proyecto/actividad subvencionada.
• SOLICITANDO la aprobación de la cuenta justificativa para proceder, bien al pago de la subvención correspondiente conforme a la misma, bien al REINTEGRO de la cantidad no ejecutada que asciende a un total de € (para caso de pagos anticipados).
Se adjunta detalle de ingresos y gastos
EL SECRETARIO/A
PRESIDENTE
(PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDAD)
Firma Firma
Nombre y apellidos,
DNI
Sello de la entidad DNI
Url de verificación | Firmante | Firmante | Normativa | Código Seguro de Verificación |
xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XXXXXXXXXXX0XXXXXX0X0X0XXX | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | XXXXX XXXXXX XXXXXX | Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo. | IVULWLIPJQE4XZEPXT4V4L3AMU |
Página | Fecha | |||
23/24 | 29/06/2022 17:18:56 |
ANEXO 4. CUENTA JUSTIFICATIVA SUBVENCIONES
Nº Orden | Fecha justificante/Fra. | Nº Justif./Fra. | Proveedor | Descripción/Concepto | Importe Justificante | Importe imputado al Patronato | Importe imputados otros | |
Importe total gastos justificados | ||||||||
Importe Subvención | ||||||||
Resultado |
Relación de gastos / Inversiones efectuadas con cargo al proyecto / Actividad subvencionada Relación de gastos / Inversiones efectuadas con cargo al proyecto / Actividad subvencionada
EL SECRETARIO/A (PERSONA QUE TENGA LA RESPONSABILIDAD) PRESIDENTE
Firma Firma
Nombre y apellidos, Nombre y apellidos,
Código Seguro de Verificación | IVULWLIPJQE4XZEPXT4V4L3AMU | Fecha | 29/06/2022 17:18:56 |
Normativa | Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico administrativo. | ||
Firmante | XXXXX XXXXXX XXXXXX | ||
Firmante | XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXX | ||
Url de verificación | xxxxx://xxxx.xxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxx/xxxx/XXXXXXXXXXX0XXXXXX0X0X0XXX | Página | 24/24 |
DNI
Sello de la entidad
DNI