CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET DE BANDA ANCHA FIJA EN MODALIDAD POSPAGO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA EMPRESA PEGASO PCS, S.A. DE C.V. (“MOVISTAR”) Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYOS DATOS SE ESTABLECEN EN LA CARÁTULA (“EL...
Datos registrales otorgados por la PROFECO: 283-2019 de fecha 29 xx xxxxxx de 2019
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET XX XXXXX ANCHA FIJA EN MODALIDAD POSPAGO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA EMPRESA PEGASO PCS, S.A. DE C.V. (“MOVISTAR”) Y POR LA OTRA, LA PERSONA CUYOS DATOS SE ESTABLECEN EN LA CARÁTULA (“EL CLIENTE”), CONFORME A LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:
PRIMERA. DEFINICIONES.
Para efectos del presente Contrato la razón social, domicilio, datos de localización y Registro Federal de Contribuyentes de MOVISTAR y del CLIENTE se encuentran establecidos en la carátula.
Activación: Es el proceso mediante el cual el CLIENTE instala y activa el Equipo Terminal Módem en el
Domicilio del Servicio para utilizar los servicios provistos por MOVISTAR.
Anexo de servicios adicionales: se refiere al documento que forma parte del Contrato y que contiene los datos de los servicios contratados por el CLIENTE que por su extensión no quedaron asentados en la Carátula y los cuáles se regirán conforme al presente Contrato.
Carátula: Documento en el que se establecen, entre otros, los Datos Generales del CLIENTE, de Movistar, Descripción del Plan tarifario Contratado, Tarifas previamente registradas ante el IFT, Modalidad de Contratación, en su caso datos del Equipo Terminal Módem, Plazo Forzoso, Garantía(s) de Pago, fecha, lugares y métodos de pago, consentimientos de la normatividad vigente aplicable, Página de internet y teléfono para consulta de los procedimientos de cancelación, aclaración, reclamaciones y quejas, Penas convencionales, Servicios Adicionales contratados y número de registro del Contrato ante la PROFECO, así como la página de internet para su consulta.
Carta de los Derechos de los Usuarios: Documento emitido por el IFT y la PROFECO, que contiene los derechos mínimos que debe conocer el CLIENTE, la cual está disponible en los CAC, la página web (xxx.xxxxxxxx.xxx.xx) y será entregada a través de medios electrónicos al momento de contratar.
Centro de Atención a Clientes (CAC): Establecimiento propio de MOVISTAR en donde se lleva a cabo la comercialización de los servicios y/o productos que son ofrecidos al público en general. En estos también se brinda atención al CLIENTE. En caso de requerir información de alguno de los CAC, el CLIENTE podrá obtenerla llamando al 000-0000000.
Ciclo de Facturación: Período de utilización de los Servicios para efectos del cobro que le será asignado al
CLIENTE al momento de contratar y podrá ser consultado por el CLIENTE en la Factura.
Cliente: La persona física o moral que utiliza los Servicios.
Cobertura de Servicio: Áreas geográficas determinadas del territorio nacional dentro de las cuales MOVISTAR podrá prestar los Servicios xx Xxxxx Ancha Fija. Los mapas están disponibles en los CAC y la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Contrato de Adhesión: Es el presente clausulado que cumple con los requisitos establecidos por la NOM- 184-SCFI-2018 y ha sido autorizado por la PROFECO para su utilización.
Domicilio del Servicio: Lugar físico determinado en el que el CLIENTE hará uso de los Servicios
contratados, el cual, no podrá ser modificado sin previo consentimiento de MOVISTAR.
Equipo Terminal Módem: Equipo de transmisión (router) homologado comercializado por MOVISTAR que sirve para recibir los servicios provistos. Dependiendo la oferta comercial y la factibilidad este podrá ser adquirido de contado o en venta a plazos.
Factura: Comprobante mensual que cumple con los requisitos fiscales aplicables al momento de su emisión y que incluye el Estado de Cuenta, dicha Factura se entregará gratuitamente en el domicilio del CLIENTE, con al menos 10 días naturales previos a la Fecha Límite de Pago del Servicio contratado, o en su caso, conforme el medio electrónico elegido por el CLIENTE y establecido en la Carátula.
Fecha límite de pago: Es la fecha mensual establecida en la Factura que tiene el CLIENTE para realizar el pago y no caer en morosidad.
Garantía de Pago: Medios establecidos por MOVISTAR para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas por el CLIENTE, la cual forma parte de los requisitos de contratación.
Garantía de Equipo: Póliza emitida por el Fabricante cuya duración será de al menos 90 días naturales contados a partir de la compra que cubre cualquier desperfecto o falla técnica de fabricación que presente el Equipo Terminal Módem.
GSMA: Sistema Global para las comunicaciones móviles.
IFT: Instituto Federal de Telecomunicaciones.
LFTyR: Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Medios de Atención: Aquellos en los cuales el CLIENTE podrá realizar contrataciones, aclaraciones, reclamaciones y quejas como son los CAC, la línea 800-8008366 o en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Plan Tarifario: Oferta comercial disponible de Servicios xx Xxxxx Ancha Fija en Modalidad Pospago, previamente registrada ante el IFT que podrá ser contratada por el CLIENTE por un pago mensual por Servicio y cuyas características se detallan en la Carátula del presente contrato y los cuales se podrán consultar en xxxx://xxxxxx.xxx.xxx.xx/xxx_xxxxx/ o por medio de la página web xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
Plazo Forzoso: Plazo mínimo de contratación al que se compromete el CLIENTE a cambio de la adquisición de un Equipo Terminal Módem en venta a plazos.
Profeco: Procuraduría Federal del Consumidor.
Servicios xx Xxxxx Ancha Fija: Servicios de acceso a datos xx xxxxx ancha fija en (adelante el “Servicio”).
Servicios Adicionales Propios o de Terceros: Aquellos Servicios opcionales que Movistar o un tercero no vinculado a él puede ofrecer al CLIENTE de manera adicional al Plan Xxxxxxxxx contratado.
SEGUNDA. OBJETO.
El presente Contrato tiene por objeto establecer los términos y condiciones bajo los cuales MOVISTAR prestará el Servicio contratado y el CLIENTE se obliga a hacer uso de ellos bajo la Modalidad Pospago, es decir, el Servicio se pagará de manera posterior a su utilización.
MOVISTAR prestará el Servicio, a través del Equipo Terminal Modem que el CLIENTE deberá adquirir (de contado o en venta a plazos), la entrega del equipo al CLIENTE no podrá exceder de 10 días hábiles a partir de la firma del Contrato. La activación en el Domicilio del Servicio dependerá exclusivamente del CLIENTE.
MOVISTAR será el único responsable frente al CLIENTE por la prestación de los Servicios, ya sea al momento de la contratación o en cualquier momento posterior.
MOVISTAR prestará el Servicio de acuerdo con el Plan Tarifario contratado en condiciones equitativas a todo aquel que lo solicite, sin establecer privilegios o distinciones respecto de otros consumidores en la misma área de cobertura y en las mismas condiciones de contratación.
MOVISTAR iniciará el cobro de los Servicios contratados una vez que se dé la activación del Equipo Terminal Módem dentro del Domicilio del Servicio.
MOVISTAR tendrá disponibles diversos canales, físicos o electrónicos, para la compra o cancelación de los Servicios, asegurando en todo momento que, conforme a la normativa vigente, en cada uno de estos obtenga el consentimiento del CLIENTE a través de medios físicos o electrónicos y se le envíe el Contrato, así como la Carta de Derechos Mínimos de los Usuarios de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
TERCERA. GARANTÍA(S) PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO
MOVISTAR podrá solicitar al CLIENTE el establecimiento de las siguientes Garantías de Pago, tomando en cuenta los resultados del análisis crediticio que realice, la forma de pago elegida por el CLIENTE y si la contratación es con Plazo Forzoso por haberse provisto un Equipo Terminal Módem, dicha Garantía se ejecutará al segundo mes de adeudo sin pago por parte del CLIENTE.
1. Fianza: Es la Garantía de Pago requerida por MOVISTAR al CLIENTE por cada Servicio contratado para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato como pueden ser adeudos relacionados con cargos por el uso del Servicio, Servicios Adicionales Propios o de Terceros, cargos mensuales por Equipo Terminal Módem y/o penalizaciones correspondientes, entre otros. La Fianza debe estar vigente durante toda la vigencia del Contrato. Por tanto, el CLIENTE tendrá las siguientes opciones: i) adherirse como afianzado a la Fianza Maestra contratada por MOVISTAR a una Institución de Fianza Autorizada o bien, ii) presentar al momento de la contratación una Póliza de Fianza individual con la Institución Afianzadora de su elección que cumpla con los requisitos que se establecen en el inciso
b) siguiente.
a) Fianza Maestra MOVISTAR: Es el convenio de afianzamiento celebrado entre Movistar y la Institución Afianzadora el cual, le permite la adhesión de sus CLIENTES a dicha Fianza sin mayores requisitos que el pago de una prima para que permanezca vigente, la cual será facturada por MOVISTAR cada 12 (doce) meses al CLIENTE debiendo cubrir la primera anualidad al momento de la contratación. Toda vez que la Prima de la Fianza debe ser pagada cada 12 (doce) meses por el CLIENTE, MOVISTAR notificará a este dentro de la Factura del mes previo al cobro, que este cargo se verá reflejado en el siguiente Ciclo de Facturación.
MOVISTAR trasladará el monto pagado correspondiente a la(s) prima(s) de los Servicio(s) señalados en la Carátula del presente Contrato a la Institución Afianzadora junto con la solicitud de adhesión a fin de que le emita al CLIENTE el certificado de afianzamiento respectivo con vigencia de 12 (doce) meses a partir de la fecha de contratación, el cual le será enviado en un plazo no mayor de 45 días naturales contados a partir de dicha fecha.
Toda vez que bajo esta figura el CLIENTE se adhiere a la Fianza Maestra contratada por MOVISTAR, este no podrá cancelarla o darla de baja. Por lo que la baja del CLIENTE de dicha Fianza sólo podrá ser requerida por MOVISTAR una vez que se cancele el presente contrato y MOVISTAR identifique la no existencia de adeudos para proceder a su ejecución. En caso de que existan primas no devengadas, el CLIENTE deberá acudir con MOVISTAR para solicitar la devolución correspondiente a través del procedimiento que se encuentra descrito en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx.
b) Fianza contratada por el CLIENTE en favor de MOVISTAR: Este deberá adquirir una Fianza con la Institución Afianzadora de su preferencia, siempre y cuando cumpla al menos con los siguientes requisitos:
i. Que la institución afianzadora cuente con la debida autorización de conformidad con la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas vigente;
ii. Contar con registro de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas;
iii. Que se identifique como beneficiario de esta a MOVISTAR;
iv. Amparar cualquier adeudo por las obligaciones contraídas como son el uso del Servicio, Servicios Adicionales Propios o de Terceros, cargos mensuales por Equipo Terminal Módem y/o penalizaciones correspondientes o demás relacionados y derivados del presente Contrato.
v. Tener una vigencia de 12 (doce) meses contados a partir de la fecha de contratación.
vi. Ejecutable en un primer requerimiento hecho por MOVISTAR a la Afianzadora tras la cancelación por incumplimiento de pago que lleve a cabo MOVISTAR con la emisión de la última Factura que refleje el adeudo total.
Para este caso, el CLIENTE se obliga a entregar al momento de la contratación de los Servicios
la póliza de fianza respectiva. Movistar revisará la validez de la Fianza previo a la contratación
del Servicio. De igual forma se obliga a renovar la misma por períodos iguales durante todo el tiempo en que haga uso de los Servicios materia del Contrato. El CLIENTE acepta con la firma de este Contrato que cuando MOVISTAR no reciba la renovación correspondiente 30 días naturales antes del término de su vigencia de la Fianza provista por el CLIENTE, MOVISTAR lo incorporará a la Fianza Maestra reflejando en la siguiente factura mensual, el cargo por concepto de prima anual por Fianza.
En caso de que este Contrato se cancelara por adeudos pendientes de pago conforme a la Cláusula Décima Tercera, MOVISTAR procederá a trasladar el derecho de cobro a la Afianzadora respecto de la deuda generada por el CLIENTE, para que esta ejecute las gestiones de cobranza.
2. Depósito en Garantía: Cantidad monetaria que MOVISTAR podrá requerir al CLIENTE al momento de la contratación, de acuerdo con el resultado del análisis crediticio que se le realice, el cual tendrá como finalidad disminuir el riesgo correspondiente a las obligaciones periódicas de pago del Equipo Terminal Módem. En cuanto se cancele el presente Contrato, sin importar la razón, MOVISTAR aplicará el monto de dicho Depósito en Garantía a cualquier adeudo pendiente de cubrir por parte del CLIENTE. En caso de que no existan adeudos el Depósito en Garantía, le será devuelto al CLIENTE en un periodo de 5 días hábiles siguientes a la emisión de la última Factura.
MOVISTAR asegura que el monto que requiera como Depósito en Garantía en ningún caso será desproporcionado, inequitativo o abusivo, respecto de las obligaciones de pago que el CLIENTE adquiera por virtud del presente Contrato.
CUARTA. CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Al momento de contratar los Servicios, el CLIENTE deberá adquirir un Equipo Terminal Módem para hacer uso de estos.
Para el caso de que el CLIENTE contrate los servicios junto con la adquisición a plazos de un Equipo Terminal Módem, el Contrato quedará sujeto a un Plazo Forzoso. El CLIENTE deberá realizar un pago inicial del costo de dicho, el cual le será determinado al momento de la contratación conforme a los resultados de su análisis crediticio y, el remanente del costo total le será diferido en mensualidades con el concepto de Cargo por Equipo durante el Plazo Forzoso.
El Equipo Terminal Módem que se entrega al CLIENTE está bloqueado para ser utilizado únicamente en la red de MOVISTAR. Cuando sea cubierto el costo total del equipo, el CLIENTE podrá solicitar en el CAC su desbloqueo de manera gratuita.
En caso de que el CLIENTE opte por utilizar los servicios contratados con un equipo terminal de su propiedad, MOVISTAR no se hará responsable de la calidad o imposibilidad de la prestación de los servicios derivado de sus características técnicas y/o funcionalidades. Asimismo, el CLIENTE será responsable de cualquier daño que pudiera ocasionarse en la red de MOVISTAR derivado de su uso, en caso de que este no se encuentre homologado ante el IFT.
QUINTA. PLAN TARIFARIO
Al momento de la contratación el CLIENTE elegirá el Plan Tarifario de su preferencia elección, cuyos servicios y tarifas se encuentran detallados en la Carátula y anexos de este Contrato. Dicha oferta comercial constituye los servicios contratados que resultan en el mínimo necesario para que el presente Contrato permanezca vigente, por lo que, si el CLIENTE solicita la cancelación del Plan Tarifario, se entenderá como la cancelación del presente Contrato.
Durante la vigencia del presente Contrato, el CLIENTE podrá solicitar a MOVISTAR la modificación del Plan Xxxxxxxxx contratado a uno de mayor o menor costo, la cual se realizará conforme a los siguientes términos:
• La modificación se hará efectiva al inicio del siguiente Ciclo de Facturación.
• En caso de solicitar la modificación durante el Plazo Forzoso se podrá ejecutar, siempre y cuando, el CLIENTE realice previamente el pago del remanente del Costo Total del Equipo Terminal Módem. Una vez liquidado el equipo, se aplicará dicha modificación y se tendrá por concluido el Plazo Forzoso.
SEXTA. SERVICIOS ADICIONALES Y SERVICIOS PROVISTOS POR TERCEROS.
Durante la vigencia del presente Contrato, MOVISTAR podrá ofrecer Servicios Adicionales Propios o de Terceros a través de cualquiera de los canales disponibles para ello, siempre y cuando sea acordado entre las partes y el CLIENTE lo solicite o autorice a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita.
Los Servicios Adicionales Propios o de Terceros pueden ser de cobro recurrente, lo que significa que una vez contratados, MOVISTAR incluirá en la Factura del CLIENTE el cargo mensual recurrente respectivo, hasta que este solicite su cancelación, la cual en su caso ejecutará en un plazo de 5 días naturales contados a partir de la solicitud realizando un último cobro proporcional del cargo recurrente mensual por los días del Ciclo de Facturación en que hubiera sido utilizado el servicio.
Asimismo, MOVISTAR cuenta con Servicios Adicionales Propios o de Terceros cuyo cobro sólo se realiza por única ocasión al momento de su contratación, sin que se establezca al CLIENTE la obligación de pago de un cargo mensual recurrente y sin que se requiera de su cancelación posterior.
MOVISTAR no podrá obligar al CLIENTE a contratar estos servicios adicionales como condición para la celebración del Contrato o para asegurar la continuidad de la prestación de los Servicios.
Cuando MOVISTAR ofrezca cualquiera de estos servicios de manera gratuita o como promoción temporal al CLIENTE, al finalizar el plazo gratuito ofrecido, estos se cancelarán automáticamente salvo que el CLIENTE haya otorgado su consentimiento expreso de forma previa o posterior a la aplicación de dicha promoción, por cualquier medio físico o electrónico disponible para la aplicación del cargo mensual recurrente correspondiente.
Los términos, condiciones y tarifas correspondientes a los Servicios Adicionales de telecomunicaciones provistos por MOVISTAR, deberán estar previamente registrados ante el IFT.
Para el caso en que se utilicen medios electrónicos o canales no presenciales para la contratación de Servicios Adicionales Propios o de Terceros, MOVISTAR estará obligado a recabar el consentimiento expreso del CLIENTE a través de cualquier medio telefónico o electrónico disponible, así como a enviar a más tardar en un plazo de 5 días hábiles a través de un medio fehaciente, las características, tarifas y términos y condiciones aplicables al servicio contratado.
MOVISTAR contará con la opción de ofrecer al CLIENTE cada Servicio Adicional de telecomunicaciones o producto por separado, para cualquier CLIENTE que así lo solicite; debiendo dar a conocer al CLIENTE los términos, condiciones y tarifas aplicables a los mismos previo a su contratación.
SÉPTIMA. GARANTÍA DEL EQUIPO TERMINAL MÓDEM
MOVISTAR está obligado a informar al CLIENTE al momento de la contratación y adquisición del Equipo Terminal Módem, el período de Garantía que se le otorga sobre el mismo la cual no puede ser inferior a 90 (noventa) días naturales contados a partir de la compra del Equipo Terminal Módem, así como el procedimiento para hacerla efectiva directamente en los CAC, de conformidad con los términos y condiciones contenidos en la Póliza de Garantía otorgada por el fabricante o importador del Equipo Terminal Módem.
MOVISTAR informará al momento de la contratación si la vigencia de la Garantía del Equipo Terminal Módem es menor al Plazo Forzoso contratado y le proporcionará al CLIENTE la información para gestionar las reparaciones directamente ante el fabricante una vez que la vigencia de la Póliza de Garantía haya vencido.
Todas las sustituciones del Equipo Terminal Módem serán a cargo de MOVISTAR siempre y cuando, el daño no haya sido ocasionado por causas imputables al CLIENTE. En caso contrario, el CLIENTE deberá pagar el costo de un nuevo Equipo Terminal Módem para continuar gozando de los Servicios.
En caso de que el Equipo Terminal Módem sea objeto de robo, extravío o destrucción, será obligación del
CLIENTE adquirir un nuevo equipo para continuar con la prestación de los Servicios.
OCTAVA. FACTURACIÓN DEL SERVICIO
Los cargos por el Servicio provisto se facturarán a partir de que se dé la activación del Equipo Terminal Módem en el Domicilio del Servicio. La Factura que MOVISTAR emita al CLIENTE, cumplirá con todos los requisitos fiscales señalados en la normativa aplicable y además estará acompañada de un Estado de Cuenta que al menos incluirá lo siguiente:
a) Ciclo de Facturación,
b) Fecha Límite de Pago,
c) Número de Cuenta que identifica al CLIENTE,
d) Los cargos realizados por la prestación de Servicios y de otra índole provistos por MOVISTAR como son: (i) cargo mensual correspondiente al Plan Tarifario contratado, (ii) otros cargos mensuales recurrentes o de una sola ocasión correspondientes a Servicios Adicionales provistos por MOVISTAR,
e) El Cargo Mensual por Equipo, en caso de contratación con Plazo Forzoso,
f) Los cargos correspondientes a Servicios Adicionales provistos por Terceros,
g) El consumo total de datos dentro del Ciclo de Facturación,
h) Cualquier ajuste que MOVISTAR haya realizado,
i) Las referencias bancarias para realizar los pagos y
j) Los datos para Consultas y Aclaraciones.
Adicionalmente, MOVISTAR puede utilizar de forma eventual la Factura como medio de notificación para enviar información importante para la prestación de los Servicios al CLIENTE.
La Factura será enviada de forma gratuita en el domicilio del CLIENTE con 10 (diez) días naturales de anticipación a la Fecha Límite de Pago. El CLIENTE podrá pactar para que, en sustitución de la obligación antes referida, pueda elegir otro medio de envío, mismo que quedará establecido en la Carátula del presente Contrato.
MOVISTAR estará facultada para suspender el Plan Tarifario contratado en caso de que a la Fecha Límite de Pago no se reciba pago alguno o exista un pago parcial que cubra al menos el monto de cobro correspondiente al Plan Tarifario. En este caso, dicho servicio no será reestablecido hasta en tanto no se liquide el adeudo pendiente por este concepto.
El CLIENTE podrá solicitar la aclaración de cualquier cargo contenido en la Factura que no reconozca, a través de cualquiera de los canales de atención disponibles. MOVISTAR le otorgará un número de folio con el que podrá identificar dicha reclamación y darle seguimiento.
MOVISTAR contará con un plazo máximo de 15 días naturales para dar respuesta sobre la procedencia o improcedencia de la aclaración. En caso de que la aclaración resultara procedente, MOVISTAR estará obligado a devolver el monto del cargo reclamado en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir de la determinación de procedencia, así como el 20% adicional sobre dicho monto por concepto de bonificación. Dicho ajuste se verá reflejado en la Factura correspondiente en el Ciclo de Facturación inmediato siguiente.
En caso de que la reclamación no resultara procedente y que el CLIENTE haya omitido el pago de dicho concepto, MOVISTAR le notificará lo anterior a fin de que este realice el pago de manera inmediata para evitar la suspensión de los Servicios por xxxx de pago.
NOVENA. MEDIOS DE PAGO
El CLIENTE podrá realizar el pago de sus Facturas, a través de los siguientes medios:
a) Pago en Ventanilla: pago en efectivo, o con cargo a alguna tarjeta de débito o crédito en cualquier CAC o establecimiento autorizado, así como a través del *612.
b) Cargo automático a la Tarjeta de Crédito (TDC) cuyos datos hubiera entregado el CLIENTE y que se encontrarán reflejados en la Carátula.
c) Domiciliación a cuenta CLABE o Cargo automático a la Tarjeta de Débito (TDD) cuyos datos hubiera entregado el CLIENTE y que se encontrarán reflejados en la Carátula.
En el supuesto en que la TDC, TDD o Cuenta CLABE elegida como Medio de Pago por el CLIENTE sea cancelada o sustituida por otra, será obligación del CLIENTE proporcionar un nuevo Medio de Pago a MOVISTAR antes de la fecha xx xxxxx del Ciclo de Facturación corriente, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con sus obligaciones de pago.
Cuando por cualquier situación la Institución Emisora de la TDC o TDD rechace el cargo que MOVISTAR intente realizar, se ejecutarán hasta 2 (dos) intentos posteriores para que el cargo sea procedente. En caso de no proceder a más tardar en la Fecha Límite de Pago, se generará un cobro por gestión de cobranza a cargo del CLIENTE, mismo que se incluirá en la Factura del periodo siguiente, además de reflejarse el adeudo pendiente. Este cargo por gestión de cobranza también será aplicable a los CLIENTES que elijan Pago en Ventanilla y que en la Fecha Límite de Pago no lo realicen. Dicho cargo por gestión de cobranza no será inequitativo y se encuentra reflejado en la Carátula y registrado ante el IFT.
El CLIENTE podrá realizar modificaciones al Medio de Pago elegido, conforme a las siguientes reglas:
a) Si el Medio de Pago fuere el cobro automático a una TDC, TDD o Cuenta CLABE, podrá sustituirla por otro medio.
b) Si el medio de Pago fuere el pago en ventanilla, podrá modificarlo a cobro automático a TDD, TDC o Cuenta CLABE.
DÉCIMA. CAMBIO DE DOMICILIO DEL SERVICIO
El CLIENTE podrá solicitar a MOVISTAR el cambio de domicilio en el que se prestan los Servicios, para lo cual, Movistar informará al CLIENTE de manera inmediata si el nuevo domicilio se encuentra dentro de la cobertura habilitada para poder prestar el Servicio. En caso de que el cambio de domicilio sea procedente, MOVISTAR reiniciará remotamente el Equipo Terminal Módem para que posteriormente el CLIENTE lleve a cabo la conexión del mismo en el nuevo domicilio.
En caso de que no exista cobertura para prestar el SERVICIO en el nuevo domicilio, el CLIENTE podrá dejar dar por terminado el presente Contrato.
DÉCIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN DEL SERVICIO
MOVISTAR suspenderá el Servicio, sin responsabilidad alguna de su parte en los siguientes casos:
a) Por solicitud del CLIENTE, en caso de robo o extravío del equipo, hasta en tanto no solicite su reactivación;
b) Por la realización por parte del CLIENTE de Prácticas consideradas como Prohibidas, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Vigésima del presente Contrato;
c) Porque se identifique la utilización de un Equipo Propiedad del CLIENTE no homologado o
d) Por solicitud de autoridad competente con el objetivo xx xxxxx la comisión de delitos.
MOVISTAR notificará al CLIENTE, a través de medios físicos, electrónicos y/o digitales que tenga disponibles, la suspensión realizada, así como el motivo por el cual se realizó. Una vez subsanada la causa de la suspensión, la reactivación de los Servicios se realizará en un periodo no mayor a 48 horas. El CLIENTE acepta que la suspensión no implica la terminación del Contrato.
El CLIENTE acepta que la suspensión no implica la terminación del Contrato, por lo que MOVISTAR continuará realizando los cargos por los servicios contratados de manera normal, así como el cargo mensual por Equipo Terminal Módem que corresponda, por lo que deberá cubrirlos en tiempo y forma.
DÉCIMA SEGUNDA. SUSPENSIÓN POR ROBO O EXTRAVÍO DEL EQUIPO TERMINAL
Será responsabilidad del CLIENTE realizar el reporte a MOVISTAR en caso de robo o extravío del Equipo Terminal Módem con el que se utilicen los Servicios. Para tal efecto, MOVISTAR pondrá a disposición del CLIENTE medios telefónicos y electrónicos para realizar dicho reporte. Una vez generado el mismo, MOVISTAR procederá en forma inmediata a la suspensión de los Servicios.
MOVISTAR aplicará un ajuste del cobro proporcional de los Servicios contratados por un máximo de 10 días naturales seguidos a la generación del reporte y suspensión o por el tiempo que haya durado dicha suspensión en caso de ser menor, el cual se verá reflejado en el siguiente Ciclo de Facturación de los Servicios.
Adicionalmente, el CLIENTE podrá solicitar a MOVISTAR el bloqueo del Equipo Terminal Módem proporcionando el IMEI para su inclusión en la lista de negra de equipos reportados como robados administrada por GSMA (por sus siglas en inglés), a efecto de que el mismo no pueda ser utilizado en la red de ningún proveedor de servicios.
DÉCIMA TERCERA. CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente Contrato podrá darse por terminado por las siguientes causas:
1. Por solicitud del CLIENTE:
El CLIENTE tiene el derecho a solicitar la terminación del Contrato en cualquier momento, para ello podrá utilizar medios telefónicos, electrónicos y/o presenciales. Una vez realizada la solicitud, MOVISTAR le proporcionará un Folio y se procederá a cancelar el Servicio de forma inmediata, independientemente de la existencia de obligaciones de pago por cualquier saldo adeudado del CLIENTE.
En caso de que la solicitud se realice durante la vigencia del Plazo Forzoso, MOVISTAR ejercerá la Pena Convencional señalada en la Cláusula Décima Cuarta.
2. Por causas atribuibles al CLIENTE:
a) Falta de pago de 2 Facturas consecutivas;
b) Por uso indebido del Equipo Terminal Módem, para evitar cualquier daño a la Red de
Movistar,
c) Por muerte o fallecimiento del CLIENTE;
d) Cuando proceda la disolución, liquidación o concurso mercantil del CLIENTE;
e) Por ceder el Contrato sin previa autorización de MOVISTAR y
f) Por la comisión reiterada de una o varias Prácticas consideradas como Prohibidas conforme a lo establecido en la Cláusula Vigésima.
3. Por causas atribuibles a MOVISTAR:
a) Por modificar los términos y/o las condiciones pactadas en el Contrato sin previo consentimiento del CLIENTE;
b) Cuando MOVISTAR no realice en el plazo la compensación y bonificación por fallas a las que se refiere la Cláusula Décima Quinta y
c) Cuando MOVISTAR no preste los Servicios contratados en la forma y términos pactados, ofrecidos o publicitados.
En cualquiera de los supuestos anteriores, el CLIENTE no estará obligado al pago de la Pena Convencional en caso de aplicar, sin embargo, sí deberá liquidar el remanente del costo total del Equipo Terminal Módem, así como cualquier otro cargo pendiente de cobro al momento de la terminación.
Una vez que se presente la baja del Servicio por cualquiera de los supuestos contemplados en los numerales 1., 2, o 3. anteriores, MOVISTAR emitirá una última Factura en el siguiente corte de facturación en el que reflejará los siguientes cargos: i) cargos proporcionales por Servicios utilizados previo a la baja, ii) cualquier otro adeudo y iii) el costo remanente del Equipo Terminal Módem así como la Pena Convencional, en caso de que la cancelación resultara en la terminación anticipada del Plazo Forzoso.
Asimismo, en dicha Factura se reflejará cualquier saldo a favor del CLIENTE que a esa fecha exista. Una vez realizada la consolidación correspondiente, podrán presentarse cualquiera de los siguientes escenarios:
a) Que dicha Factura arroje un saldo a pagar por parte del CLIENTE. En este caso, será obligación del CLIENTE cubrir el saldo en la Fecha Límite de Pago de esa última Factura. En caso de no pago, MOVISTAR estará facultada para ejecutar la Fianza conforme a lo establecido en la Cláusula Tercera, así como para reportar dicho adeudo ante las instituciones de análisis crediticios.
b) Que dicha Factura arroje un saldo a favor del CLIENTE, que será devuelto por MOVISTAR a través del Medio de Pago que el CLIENTE haya elegido para el cobro de los Servicios, en un plazo máximo de 10 días hábiles a partir de que el CLIENTE lo solicite.
DÉCIMA CUARTA. PENA CONVENCIONAL
En caso de que la terminación del Contrato se actualice por cualquiera de las partes durante la vigencia de algún Plazo Forzoso, se aplicara una Pena Convencional. La cual puede ser el monto equivalente a 2 cargos mensuales del Plan Tarifario o bien, el 20% del monto total de los meses pendientes de facturar xx xxxxx mensual de Servicio relativos al Plazo Forzoso descrito en la Carátula del Contrato. En este supuesto de cancelación, Movistar aplicará a decisión del CLIENTE la Pena Convencional que resulte menor.
DÉCIMA QUINTA. OBLIGACIONES DE COMPENSACIÓN
MOVISTAR estará obligado a compensar al CLIENTE en los siguientes supuestos:
1. Por la interrupción total de la prestación de los Servicios por causas imputables a MOVISTAR, salvo en caso de interrupciones por periodos menores a 72 horas por caso fortuito o de fuerza mayor. En este caso, MOVISTAR compensará al CLIENTE la parte proporcional del cargo mensual del Plan Xxxxxxxxx contratado por el tiempo que haya durado la interrupción.
2. En caso de que MOVISTAR suspenda el servicio al CLIENTE por supuesta falta de pago de la Factura y que este si lo hubiere realizado en tiempo. MOVISTAR compensará al CLIENTE el monto proporcional al cargo mensual del Plan Xxxxxxxxx contratado por el periodo que se hayan suspendido indebidamente los Servicios.
En todos los casos, MOVISTAR aplicará adicionalmente una bonificación del 20% sobre el monto de compensación resultante. Tanto la compensación como la bonificación correspondiente se verá reflejada y ajustada en alguno de los próximos dos Ciclos de Facturación.
DÉCIMA SEXTA. VIGENCIA
Este Contrato tendrá vigencia indefinida. En caso de que el CLIENTE adquiera en cualquier momento de su vigencia un Equipo Terminal Módem en venta a plazos, se pactará un Plazo Forzoso de contratación para el cumplimiento de las obligaciones de pago correspondientes, mismo que será señalado en la Carátula.
MOVISTAR comunicará por cualquier medio disponible y fehaciente al CLIENTE con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación, la conclusión del Plazo Forzoso al que estuviera sujeto, momento en el cual MOVISTAR dejará de cobrar el Cargo de Equipo correspondiente.
Una vez concluido el Plazo Forzoso la vigencia del presente Contrato será por tiempo indefinido respecto de la prestación de los Servicios en tanto el CLIENTE continúe usando y pagando los Servicios contratados originalmente, por lo que MOVISTAR estará facultado para continuar con el cobro de los cargos mensuales correspondientes al Plan Tarifario y a cualquier otro Servicio Adicional Propio o de Tercero que tenga contratado.
En caso de que durante la vida del Contrato y cuando ya haya fenecido el Plazo Forzoso originalmente comprometido, el CLIENTE podrá solicitar a MOVISTAR la adquisición de un nuevo Equipo Terminal Módem en venta a plazos, situación por la que MOVISTAR establecerá un nuevo Plazo Forzoso de contratación.
DÉCIMA SÉPTIMA. MODIFICACIONES A LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN
MOVISTAR estará facultada para llevar a cabo la modificación de las condiciones de contratación contenidas en la Carátula, siempre y cuando lleve a cabo la notificación de dichos cambios, cuando menos con 15 días naturales de antelación a la aplicación de estos. MOVISTAR deberá dar dicho aviso, a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra nueva tecnología que lo permita. El CLIENTE estará en posibilidad de oponerse a dicho cambio de condiciones durante el Ciclo de Facturación siguiente a que haya sido aplicado. Asimismo, el CLIENTE podrá solicitar la terminación del Contrato en cualquier momento, lo que no lo eximirá del pago de cualquier adeudo, cobros proporcionales por cargos mensuales del Plan Tarifario y cualquier otro Servicio Adicional Propio y de Terceros contratado y utilizados.
En caso de que la modificación que se realice implique la reducción del precio o el aumento en la cantidad de servicios del Plan Tarifario, no será necesario que MOVISTAR realice el aviso al que se refiere el párrafo anterior.
MOVISTAR estará impedida para realizar cualquier modificación a las condiciones de contratación contenidas en la Carátula, durante el tiempo en que el CLIENTE se encuentre sujeto a un Plazo Forzoso, a excepción de que las mismas impliquen un beneficio para el CLIENTE.
DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES AL CLAUSULADO DEL CONTRATO
MOVISTAR estará facultada para llevar a cabo modificaciones al presente clausulado o bien para sustituirlo por uno nuevo siempre y cuando obtenga la autorización y registro del contrato modificado por parte de la PROFECO. En este supuesto, MOVISTAR deberá llevar a cabo la notificación de dichos cambios al CLIENTE con al menos 15 días naturales de antelación a la aplicación de estos. El aviso que realice podrá ser notificado al CLIENTE a través de medios físicos o electrónicos o digitales o de cualquier otra naturaleza disponibles.
En caso de oposición del CLIENTE a la aplicación de las modificaciones al clausulado, podrá exigir el cumplimiento forzoso del contrato bajo las condiciones en que se firmó el mismo, o contará con el derecho a solicitar la terminación del Contrato dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes al aviso, en el entendido de que si se encuentra sujeto a un Plazo Forzoso no le será aplicable el pago de la Pena Convencional correspondiente. En cualquier caso, el CLIENTE estará obligado al pago de cualquier adeudo, cobros proporcionales por cargos mensuales del Plan Tarifario y cualquier otro Servicio Adicional Propio y de Terceros contratado ya utilizados.
En caso de que MOVISTAR lleve a cabo alguna modificación al clausulado en cumplimiento de alguna disposición legal, reglamentaria o administrativa, o bien, por determinación de autoridad competente, no será aplicable el derecho de oposición del CLIENTE.
DÉCIMA NOVENA. CESIÓN DE DERECHOS
Toda vez que algunos de los requisitos de contratación como lo son el establecimiento de las Garantías de Pago, así como la determinación del monto del costo del Equipo Terminal Módem que el CLIENTE pagaría a plazos fueron establecidos conforme al resultado de la evaluación crediticia realizada sobre el CLIENTE, así como que el Servicio se encuentra limitado a cierta cobertura; no estará permitida la cesión de los derechos y obligaciones del presente Contrato. Lo anterior no implica que una vez terminado el Contrato el CLIENTE pueda ceder los derechos del Servicio en favor de un tercero para su utilización mediante un nuevo Contrato.
VIGÉSIMA. PRÁCTICAS PROHIBIDAS EN LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los Servicios provistos por MOVISTAR bajo el presente Contrato son para uso sin fines de comercialización o venta, por lo que cualquier uso distinto al establecido en el presente Contrato facultará a MOVISTAR en un primer momento a suspender el Servicio hasta por 30 días naturales, a fin de realizar el análisis respectivo y determinar si se deberá proceder a la terminación del Contrato.
A fin de que el CLIENTE conozca estas prácticas identificadas, MOVISTAR pondrá a su disposición la página xxx.xxxxxxxx.xxx.xx para poderlas consultar. En este sentido, MOVISTAR declara que conforme a los términos y condiciones del Plan Tarifario dichas prácticas no son condiciones contrarias al Contrato.
En caso de detectarse que el CLIENTE incurre en cualquiera de las conductas señaladas, MOVISTAR se reserva el derecho de ejercer las acciones administrativas, civiles y/o penales que conforme a derecho correspondan; incluyendo, las correspondientes a la reparación de daños y perjuicios ocasionados a MOVISTAR, pudiendo en su caso, suspender o dar por terminado el presente Contrato.
VIGÉSIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES Y DOMICILIOS
MOVISTAR y el CLIENTE señalan como sus domicilios los asentados en la Carátula para efectos de cualquier notificación que deba realizarse en los mismos. Por su parte, MOVISTAR pondrá a disposición del CLIENTE los Medios de Atención descritas en la Cláusula Primera para recibir notificaciones.
El CLIENTE deberá indicar a MOVISTAR un domicilio para efectos fiscales y/o correspondencia, el cual, quedará asentado en la Carátula y será válido para cualquier notificación. El CLIENTE deberá notificar a MOVISTAR cualquier cambio de domicilio, dentro de un plazo no mayor a 5 días naturales a partir de haber sucedido. En caso contrario, las notificaciones surtirán sus efectos en el domicilio primeramente señalado.
VIGÉSIMA SEGUNDA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES
Los datos personales del CLIENTE serán tratados conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y las disposiciones que de ella emanen y serán protegidos de conformidad con el Aviso de Privacidad Integral el cual se puede consultar en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx. El uso de la información del CLIENTE para fines mercadotécnicos transferir la información del CLIENTE a terceros y de publicidad dependerá del consentimiento expreso establecido en la Caratula.
VIGÉSIMA TERCERA. CONSENTIMIENTO PARA PUBLICIDAD
El CLIENTE puede otorgar su consentimiento expreso a MOVISTAR dentro de la Carátula para que se le realicen llamadas y envío de información por medios digitales con fines mercadotécnicos y publicitarios propios y de terceros a su número telefónico y/o directamente al Equipo Terminal Módem.
En caso de que desee revocar su consentimiento, podrá realizarlo a través de los Medios de Atención. En este supuesto, MOVISTAR contará con un plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la solicitud para detener el envío de esta información.
VIGÉSIMA CUARTA. USUARIOS CON DISCAPACIDAD
Con la finalidad de que los términos y condiciones comerciales establecidos en el Contrato, sean del conocimiento y alcance de las personas con discapacidad, MOVISTAR pondrá a su disposición personal capacitado para informarle los términos y condiciones con el objetivo de que tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones.
Adicionalmente, el Contrato estará disponible en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx página que cuenta con funcionalidades de accesibilidad en cumplimiento a la normativa emitida por el IFT.
VIGÉSIMA QUINTA. JURISDICCION, COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTOS CONCILIATORIOS.
Tanto MOVISTAR como el CLIENTE reconocen la competencia de la PROFECO en la vía administrativa. Asimismo, acuerdan someterse a la jurisdicción de los Tribunales Competentes renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder en razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa.
Una vez iniciado algún procedimiento conciliatorio ante la PROFECO, MOVISTAR no podrá interrumpir el Servicio prestado, en el entendido de que esto no exime al CLIENTE del cumplimiento de sus obligaciones de pago, salvo cuando se haya determinado su improcedencia.
El presente contrato fue celebrado por ambas partes en el lugar y fecha señalado en la Carátula.
Este modelo de Contrato de Adhesión, se encuentra registrado en la Procuraduría Federal del Consumidor, con el número 283-2019 de fecha 29 del mes xx xxxxxx de 2019.
Asimismo, el SUSCRIPTOR podrá consultar dicho registro en xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx.xxx.xx/xx_xxx/Xxxxxx PCS S.A. de C.V.!!Movistar 283- 2019.pdf y en el siguiente código: