CONTRATO DE SERVICIOS
CARÁTULA
CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento abierto
Expediente nº: P20025100
Objeto: “SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE REFORMA DEL AREA VESTIBULAR EN LA ESTACION DE ATXURI ETS-RFV, PARA ALBERGAR DIVERSAS AREAS FUNCIONALES DE EUSKOTREN”
CARÁTULA
I.- CARACTERÍSTICAS DE LA PRESTACIÓN
1.- OBJETO DEL CONTRATO
1.1.- Definición: SERVICIO PARA LA REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO DE REFORMA DEL AREA VESTIBULAR EN LA ESTACION DE ATXURI ETS-RFV , PARA ALBERGAR
DIVERSAS AREAS FUNCIONALES DE EUSKOTREN, en los términos que figuran en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
1.2.- División por lotes: no
1.3.- Código CPV:
Objeto | Código principal |
Servicios de arquitectura, ingeniería y planificación | 71240000-2 |
1.4.- Otros sistemas de clasificación de actividades: no
1.5.-Tracto: único
El número de unidades de prestación que integran el objeto del contrato se define con exactitud: sí
1.6.- Otras características específicas: no
2.- DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL
Los indicados en la cláusula 2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
3.- PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN
3.1.- El presupuesto base de licitación del contrato es de 90.000,00 euros, más 18.900,00 euros de IVA, resultando un total de 108.900,00 euros, y se imputa a la(s) siguiente(s) anualidad(es):
- Año 2024: 90.000,00 € + 18.900,00 € (de IVA) = 108.900,00 euros
Los costes y gastos tenidos en cuenta para su cálculo son los indicados en el ANEXO I.1. 3.2.- Aplicación presupuestaria: 61100-00/90 Proyectos
3.3.- Tramitación anticipada: no
3.4.- El gasto está cofinanciado: no
4.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
4.1.- El valor estimado del contrato es de 90.000,00 euros.
4.2.- Método de cálculo:
Presupuesto de licitación (sin IVA) | 90.000,00 € |
Importe de las modificaciones previstas (sin IVA) | 0,00 € |
Importe de los premios o primas pagaderos a las licitadoras (sin IVA) | 0,00 € |
Importe de las opciones eventuales (sin IVA) | 0,00 € |
Prórroga (sin IVA) | 0,00 € |
TOTAL VALOR ESTIMADO | 90.000,00 € |
5.- PRECIO Y PAGOS
5.1.- Sistema de determinación del precio: combinación de varios sistemas
Las ofertas que superen el presupuesto base de licitación (sin IVA) que es de 90.000,00 euros serán rechazadas.
5.2.- Modalidad de pago del precio: pagos parciales que se efectuarán con la siguiente periodicidad: certificaciones mensuales
5.3.- Existen operaciones preparatorias: no.
5.4.- Revisión de precios: no
5.5.- Cláusula de variación del precio en función del cumplimiento o del incumplimiento de determinados objetivos de plazos o de rendimiento: no
6.- VIGENCIA DEL CONTRATO: DURACIÓN DEL CONTRATO O PLAZO DE EJECUCIÓN. PRÓRROGA
6.1.- Duración total o plazo de ejecución total o fecha límite: SEIS (6) meses
6.2.- Fecha de inicio: el día de la firma del acta de inicio de los trabajos
6.3.- Plazos parciales: no
6.4.- Prórroga del contrato: no
7.- GASTOS DE PUBLICIDAD
No existen.
8.- GARANTÍAS
8.1.- Garantía provisional: no
8.2.- Garantía definitiva: sí, por un importe del 5% del precio de adjudicación, IVA excluido.
8.3.- Garantía complementaria: sí, en caso de que la oferta adjudicataria hubiera estado inicialmente incursa en presunción de temeridad por su bajo importe, el porcentaje será del 5% del precio de adjudicación.
8.4.- Está permitido constituir las garantías mediante retención del precio: no
8.5.- En el supuesto de recepción parcial, la contratista podrá solicitar la devolución o cancelación de la parte proporcional de la garantía: no
8.6.- Las garantías se constituirán a favor de: EUSKAL TRENBIDE SAREA – RED FERROVIARIA VASCA NIF: S0100001G
9.- SEGUROS.
La contratista deberá tener los seguros obligatorios, así como el/los siguiente/s seguro/s específico/s cuya contratación debe acreditar la/s adjudicataria/s antes de la formalización del contrato: sí, los siguientes:
- Tipo de póliza: Póliza de seguro de Responsabilidad General, y/o de Responsabilidad Civil Profesional con Responsabilidad Civil post- trabajos, según corresponda.
- Condiciones específicas:
- Se incorporará bien en los certificados de los seguros, o bien mediante declaración responsable del legal representante de la empresa la estipulación de que la Compañía Aseguradora, antes de proceder a la alteración o cancelación de la póliza de RC, lo notificarán por escrito con, al menos 60 días de antelación, siendo nula dicha cancelación o alteración en caso de no cumplirse el referido aviso.
- En los indicados contratos de seguros se establecerá una cláusula de renuncia a los derechos de subrogación contra la Administración, Euskal Trenbide Sarea (ETS) y/o el personal a su
servicio por parte de las Compañías Aseguradoras, con exención de responsabilidad y sin repetición de la entidad que asuma el riesgo contra la Administración y Euskal Trenbide Sarea y/o el personal a su servicio.
- Previa a la formalización del contrato, la adjudicataria deberá acreditar su contratación en un plazo de 10 días hábiles a contar desde la fecha de acuse de recibo del requerimiento de la documentación, aportando copia íntegra de la póliza y de los recibos, pudiendo además ETS solicitar, en todo momento, que el adjudicatario le acredite documentalmente la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros. Esta póliza se mantendrá en vigor durante el curso del presente contrato. Excepcionalmente, caso justificado de imposibilidad de puesta a disposición de la misma por el adjudicatario, se aportará certificado amplio de la compañía aseguradora que incorpore extracto detallado de las coberturas y exclusiones.
- Las pólizas de los contratos de seguro específicamente exigidos deberán incluir a la contratista, subcontratista y al poder adjudicador indicado en la cláusula 19.1 de la carátula xxx xxxxxx, como asegurados adicionales, sin perder por ello la condición xx xxxxxxx.
- En defecto de responsabilidad solidaria del contratista respecto a actos de sus subcontratistas, debe aportarse declaración responsable con el compromiso de remisión de las pólizas de los subcontratistas, antes de procederse a la subcontratación y/o entrada en obra.
10.- INFORMACIÓN SOBRE SUBROGACIÓN: no procede
En el ANEXO I-2 “Datos sobre las condiciones de los contratos de trabajo” las operadoras económicas pueden obtener la información sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras que actualmente están realizando la prestación y que ha/n aportado la/las empleadora/as que en la actualidad presta/n el servicio.
Dicha información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el art. 130 LCSP.
11.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
Siempre que estén vinculadas al objeto del contrato, en el sentido del artículo 145 de la LCSP, no sean directa o indirectamente discriminatorias, sean compatibles con el Derecho de la Unión Europea y se indiquen en el anuncio de licitación.
11.1.- De tipo social o relativo al empleo:
11.1.1.- Las recogidas en la cláusula 28.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 7 de la Ley 3/2016, de 7 xx xxxxx, para la inclusión de determinadas cláusulas sociales en la contratación pública.
11.1.2.- Para la igualdad de mujeres y hombres en cumplimiento del apartado VIII de la Instrucción sobre incorporación de cláusulas para la igualdad retributiva de mujeres y hombres y medidas contra la brecha salarial en la contratación pública, aprobada por el Consejo de Gobierno en sesión de 5 xx xxxxx de 2019 y publicada en el Boletín Oficial del País Xxxxx nº 87, de 10 xx xxxx de 2019.
Se garantizará el uso no sexista del lenguaje en la totalidad de los documentos emitidos, en cumplimiento de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la igualdad de Mujeres y Hombres. Al amparo de la citada Ley, en las imágenes que pudieran publicarse, no se exhibirá a las personas como inferiores o superiores en dignidad humana en función de su sexo, o como meros objetos sexuales, se evitarán los estereotipos sexistas y se potenciará la diversificación sexual, de roles y de identidad de género.
11.1.3.- Otras: no
11.2.- De tipo medioambiental: las establecidas en la cláusula 28.5 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
11.3.- De tipo ético: no
11.4.- De tipo lingüístico: las establecidas en la cláusula 28.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
11.5.- En materia de protección de datos: las establecidas en la cláusula 28.4 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
11.6.- Otras: no
11.6.1.- Pagos a subcontratistas y suministradores: las establecidas en la cláusula 28.3 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
En el caso de que los hubiera, todas las condiciones especiales de ejecución serán exigidas a todas las subcontratistas.
12.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES DEL CONTRATO Y OTRAS OBLIGACIONES EN MATERIA MEDIOAMBIENTAL, SOCIAL O LABORAL:
12.1.- Obligaciones contractuales esenciales cuyo incumplimiento es, de conformidad con lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 de la LCSP, causa de resolución del contrato:
12.1.1.- Las condiciones especiales de ejecución indicadas en la cláusula 11 de la carátula xxx xxxxxx.
12.1.2.- Adscribir a la ejecución del contrato los medios indicados, en su caso, en el cuadro de la declaración responsable que figura en el ANEXO II-2 “Compromiso de adscripción de medios”, así como aquellos medios humanos y/o materiales cuya posesión y/o disponibilidad, en su caso, se haya/n acreditado en el procedimiento de adjudicación a efectos de cumplir los requisitos de solvencia técnica o profesional.
12.1.3.- La obligación de realizar la propia contratista determinadas partes de la prestación o trabajos concretos de conformidad con las cláusulas 14.1 y 18.3 de la carátula xxx xxxxxx.
12.1.4.- Las condiciones para proceder a la subcontratación indicadas en la cláusula 14.1 de la carátula xxx xxxxxx, la acreditación de la aptitud del subcontratista de conformidad con la cláusula 34.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares y la acreditación de las circunstancias determinantes de la situación de emergencia o de urgencia a las que se refiere la letra c) del art. 215.2 LCSP.
12.1.5.- En materia de protección de datos personales, si la ejecución del contrato requiere el tratamiento por la contratista de datos personales por cuenta de la/del responsable del tratamiento, aquella deberá:
12.1.5.1.- Cumplir con la finalidad recogida en este pliego para la cual se han cedido los datos.
12.1.5.2.- No modificar la ubicación de los servidores y el lugar de prestación de los servicios asociados a ellos, indicados por la contratista mediante declaración presentada antes de la formalización del contrato, sin previa comunicación al órgano de contratación. Por lo tanto, el/la responsable del tratamiento deberá comunicar cualquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la información facilitada en la declaración a la que se refiere este punto.
12.1.5.3.- No modificar la/las subcontratista/s, indicada/s por la contratista en su oferta con la/las que se hayan subcontratado los servidores o los servicios asociados a los mismos, sin previa comunicación al órgano de contratación.
12.1.5.4.- Todas aquellas que en relación con esta materia se hallan previstas en la normativa de contratación pública.
12.1.6.- Otras: no
El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales esenciales constituye infracción grave a efectos del art. 71.2 c) LCSP.
12.2.- Otras obligaciones en materia medioambiental, social o laboral: 12.2.1.- Obligaciones en materia medioambiental: no
12.2.2.- Obligaciones en materia social o laboral: sí
12.2.2.1- Cumplir las condiciones salariales de las personas trabajadoras conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación, a los efectos del art. 122.2 LCSP.
12.2.2.2- Otros: no
13.- PENALIDADES
13.1.- Se establecen penalidades adicionales a las previstas en la cláusula 31.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares: no
13.2.- Se establecen importes de penalidad diferentes de los dispuestos en el art. 193.3 y 193.4 LCSP por demora en el cumplimiento de plazos: no
14.- SUBCONTRATACIÓN
14.1.- Se establecen limitaciones a la posibilidad de subcontratar: no existen limitaciones
14.2.- Obligación de las operadoras económicas de facilitar la siguiente información y/o documentación:
a) Las operadoras económicas deben cumplimentar la sección D de la parte II del DEUC de manera que indiquen los siguientes datos: parte(s) de la prestación que prevén subcontratar, el porcentaje de esa parte o de cada una de las partes que tenga previsto subcontratar y el nombre de la o de las subcontratista/s.
b) DEUC de cada una de las subcontratistas que prevén subcontratar (con las secciones A y B de la parte II y la parte III debidamente cumplimentadas).
c) En el caso de que la ejecución del contrato requiera el tratamiento por la contratista de datos personales por cuenta de la/del responsable del tratamiento, indicación en el ANEXO VI.2 de si tiene previsto subcontratar los servidores o los servicios a ellos asociados, así como el nombre o el perfil empresarial de la/las subcontratistas (definido por referencia a las condiciones de solvencia profesional o técnica de la/s subcontratista/s) y la ubicación de los servidores y servicios asociados, mediante el ANEXO V.6.
15.- COMPROBACIÓN DE LA EJECUCIÓN, RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA
15.1.- Forma de constatación de la correcta ejecución de la prestación: informe de comprobación de la persona responsable del contrato.
15.2.- Plazo para la recepción: UN (1) mes 15.3.- Existen recepciones parciales: no 15.4.- Plazo de garantía: no se establece
15.5.- Liquidación: se aplica el párrafo segundo del artículo 309.1 de la LCSP.
16.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Posibilidad de modificación del contrato: no
17.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN ESPECÍFICAS
Se establecen causas de resolución adicionales a las previstas en la cláusula 38 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares: no
18.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS A LA PRESTACIÓN OBJETO DEL CONTRATO
18.1.- Obligación de la contratista de presentar el programa de trabajo que dispone la cláusula 25.2 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares: sí
El programa de trabajo reviste la condición de documento contractual: no
18.2.- El contrato conlleva tratamiento o acceso a datos personales: no
En el caso de que conlleve tratamiento o acceso a datos personales, será de aplicación lo establecido en la cláusula 29 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
18.3.- Se exige que partes de la prestación o trabajos concretos sean realizados por la propia contratista de conformidad con lo dispuesto en el art. 75.4 LCSP: no
18.4.- Otras: no
II.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
19.- ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS Y REGISTROS
19.1.- Poder adjudicador: EUSKAL TRENBIDE SAREA – RED FERROVIARIA VASCA
19.2.- Identificación de órganos.
19.2.1.- Órgano de contratación: Comisión Delegada del Consejo de Administración en materia de contratación
19.2.2.- Órgano destinatario: EUSKAL TRENBIDE SAREA – RED FERROVIARIA VASCA
Código DIR3: A-16019929
19.2.3.- Responsable de la licitación: Gestor de proyectos Nº Agente 10
19.2.4.- Órgano competente en materia de contabilidad: Dirección Financiera
19.2.5.- Central de Contratación. El órgano que adjudica el contrato actúa para otra entidad: no
19.2.6.- Composición de la mesa de contratación:
TITULARRA / TITULAR | ORDEZKOA / SUPLENTE | |
LEHENDAKARIA | Zuzendari Nagusia | Erosketa eta Kontratazio |
PRESIDENTE | Director General | burua |
Jefatura de Compras y | ||
Contratación | ||
IDAZKARIA | Erosketa eta Kontratazio | Erosketa eta Kontratazio |
SECRETARIA / | zerbitzuburua | teknikaria |
KIDEA | Jefa de servicio de Compras y | Técnica/o de Compras y |
VOCAL | Contratación | Contratación |
KIDEA VOCAL | Zuzendari korporatiboa Director Corporativo | Finantza Xxxxxx Xxxxxxx / Jefatura del Área Financiera |
KIDEA | Plangintza eta proiektuen zuzendaria | Plangintza eta proiektuen |
VOCAL | Director de Planificación y Proyectos | burua |
Jefa de Planificación y | ||
Estudios |
19.2.7.-Comité de personas expertas/organismo técnico especializado: no
19.3.- Unidad administrativa encargada de tramitar el procedimiento de adjudicación:
Departamento de Contratación
19.4.- Contacto para atender consultas sobre aspectos técnicos:
- dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxx-xxx.xxx
- nº de teléfono: 00 000 00 00
Las consultas se remitirán, en el plazo descrito en la cláusula 26.1. de la carátula, a los contactos descritos. No obstante, las cuestiones planteadas y las respuestas a las mismas serán publicadas posteriormente en el Perfil del Contratante.
19.4. bis.- Contacto para atender consultas sobre licitación electrónica:
- nº de teléfono: 000 000 000.
19.5.- Contacto para atender consultas sobre aspectos jurídicos:
- dirección de correo electrónico: xxxxxxxxxxxx@xxx-xxx.xxx
- nº de teléfono: 00 000 00 00
19.6.- Registros:
19.6.1.- Registro de presentación de ofertas:
Registro Telemático de Contratación Electrónica. (Ver cláusula 12.2.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares).
19.6.2.- Registro de presentación de certificaciones y facturas: telemáticamente
Dependiendo de la tipología del contrato y a criterio de ETS se actuará:
a) La contratista deberá enviar previamente la relación valorada de trabajos a ETS dentro de los dos (2) días siguientes a su realización. ETS debe aprobar la certificación de servicios dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de registro y remitir la aprobación a la contratista ese mismo día, mediante correo electrónico.
b) ETS remitirá a la contratista la certificación de servicios, y éste la devolverá firmada dentro de los dos (2) días siguientes.
En todos los casos, la contratista presentará la factura en el servicio de facturación electrónica del Gobierno Xxxxx con el DIR3 A16019929 xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxxxxxxx-xxxxxxxxxxx- electronica/web01-sede/es/. Sólo se admitirá factura electrónica y no se aceptarán facturas sin número de contrato.
20.- TRAMITACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
20.1.- Contrato sujeto a regulación armonizada: no
20.2.- Tramitación: ordinaria
20.3.- Procedimiento: abierto
20.4.- Información sobre la división en lotes: no procede
20.5.- Medios de tramitación: electrónicos
20.6.- Subasta electrónica: no
20.7.- Contrato reservado a Centros Especiales de Empleo de iniciativa social y empresas de inserción o incluido en el marco de programas de empleo protegido: no
20.8.- Contrato reservado a determinadas organizaciones por tratarse de un contrato de servicios de carácter social, cultural o de salud de conformidad con la disposición adicional cuadragésima octava de la LCSP: no
21.- SOLVENCIA, CLASIFICACIÓN, HABILITACIÓN Y ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS
21.1.- Obligación de disponer de unos requisitos mínimos de solvencia: sí, de conformidad con la cláusula 21.2 de la carátula xxx xxxxxx
21.2.- Solvencia: las operadoras económicas deben disponer de la siguiente solvencia:
• Económica y financiera. Requisito(s):
- Volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. El importe del volumen anual de negocios del año de mayor volumen será igual o superior a 135.000,00 € (IVA excluido).
• Técnica o profesional. Requisito(s):
- La empresa licitadora deberá haber realizado al menos 3 trabajos similares al objeto del presente contrato, entendiéndose como tal un trabajo de REDACCIÓN DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO, de presupuesto igual o superior a 63.000,00 euros durante los últimos tres (3) años.
En el caso de operadoras económicas de nueva creación (antigüedad inferior a cinco
(5) años) deberán disponer de la siguiente solvencia técnica o profesional:
Sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo de la cláusula 11.4 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, estos requisitos de solvencia deben ser acreditados solamente por la licitadora que haya presentado la mejor oferta mediante los documentos indicados en la cláusula
25.1 de la carátula xxx xxxxxx.
21.3.- Clasificación: no procede
21.4.- Habilitación empresarial o profesional: no
21.5.- Las personas jurídicas deben aportar los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación: en el supuesto de que se hubiera requerido adscripción de medios en la cláusula 21.6 de la carátula del PCAP.
21.6.- Adscripción obligatoria de medios: sí, de conformidad con el Cuadro “Compromiso de adscripción de medios” del ANEXO II.2
• Autor/a del proyecto: Titulación Ingeniero/a CCP y/o Arquitecto/a Superior, Experiencia mínima 15 años en Proyectos y Obras de rehabilitación de Oficinas
La efectiva disponibilidad de estos medios debe ser acreditada solamente por la licitadora que haya presentado la mejor oferta mediante los documentos indicados en la cláusula 25.2 de la carátula xxx xxxxxx.
22.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
22.1.- Existe un único criterio de adjudicación: no
22.2.- Existe una pluralidad de criterios de adjudicación: sí
22.2.1.- Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: sí
• Criterio: Metodología y oferta Técnica propuesta por el Licitador para su ejecución Ponderación: entre 0 y 22 puntos
Descripción del método de valoración del criterio: Se valorará el enfoque que cada licitador proponga para el desarrollo de los trabajos a realizar, así como las propuestas al alcance, definición y organización de los trabajos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, en las fases de redacción del estudio de alternativas y redacción del proyecto constructivo.
Se valorará la incorporación de un plan de trabajos detallado en la oferta, el cual no deberá estar vinculado a la propuesta económica. Dicho plan habrá de prever un mes para la supervisión del proyecto por parte de ETS (1 semana para el estudio de alternativas y 3 semanas para el proyecto constructivo). Se valorará la secuencia de trabajos y su coherencia con la metodología propuesta. No se podrá plantear la reducción del plazo, provocando ello que no se puntuase el apartado descrito.
• Criterio: Se valorarán las propuestas de distribuciones del área vestibular de la estación de Atxuri con las diversas áreas funcionales para EuskoTren
Ponderación: entre 0 y 14 puntos
Descripción del método de valoración del criterio: se valorarán las propuestas de distribución de las nuevas áreas funcionales de Euskotren dentro del área vestibular del inmueble de Estación, así como su integración en el entorno actual de las oficinas de EuskoTren y urbano, y cuya ejecución sea compatible con el mantenimiento del uso actual del edificio durante su construcción.
• Criterio: Se valorarán las propuestas del proceso rehabilitador del inmueble de estación Ponderación: entre 0 y 13 puntos
Descripción del método de valoración del criterio: se valorarán las propuestas en materia de rehabilitación precisas en este inmueble, catalogado como de protección especial dentro del PGOU Bilbao.
22.2.2.- Criterios evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas:
• Criterio: oferta económica Ponderación: entre 0 y 36 puntos
Fórmula: Se valorará este aspecto con el criterio de otorgar los puntos resultantes de la aplicación de la siguiente formula:
▪ PB = Presupuesto Base de Licitación
▪ OB = Oferta más baja
▪ PR = Presupuesto de la oferta
36 ∗ √𝑃𝐵 − 𝑃𝑅
𝑃𝐵 − 𝑂𝐵
En el caso de que el número de ofertas admitidas a licitación sea 1, se le otorgará la máxima puntuación establecida para este apartado.
• Criterio: equipo propuesto Ponderación: entre 0 y 15 puntos
Fórmula: se otorgarán 5 puntos por cada acreditación del/la Autor/a del Proyecto propuesto/a con indicación de su experiencia en trabajo similar al objeto del contrato, hasta un máximo de 15 puntos. Se otorgará 0 puntos a quien no lo acredite.
22.3.- Ofertas anormalmente bajas: se establecen los siguientes parámetros o límites para su apreciación:
Dentro del ámbito de la discrecionalidad técnica que ofrece el artículo 149.2.b) de la LCSP, se fija, de entre los criterios de adjudicación establecidos en la presente cláusula, la oferta económica como criterio para delimitar la anormalidad.
22.3.1.- En cuanto al precio: no
22.3.2.- En cuanto a la oferta considerada en su conjunto: sí
Parámetros objetivos que permiten apreciar su carácter anormal:
Siendo varios los criterios de adjudicación, los parámetros para determinar las ofertas anormalmente bajas son los siguientes:
• Cuando la puntuación obtenida tanto en los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor como en aquellos criterios evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas distintos de la propuesta económica (máximo de 64 puntos) se sitúe entre 0 y 22 puntos, para determinar la situación de baja se tendrá en cuenta el porcentaje de baja del precio respecto de la media aritmética de las ofertas admitidas superior al 15%. En caso de única oferta, respecto del presupuesto base de licitación.
• Cuando la puntuación obtenida tanto en los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor como en aquellos criterios evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas distintos de la propuesta económica (máximo de 64 puntos) se sitúe entre 22,01 y 64 puntos, para determinar la situación de baja se tendrá en cuenta el porcentaje de baja del precio respecto de la media
aritmética de las ofertas admitidas superior al 10%. En caso de única oferta, respecto del presupuesto base de licitación.
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo (entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio) presenten distintas proposiciones, individualmente o en UTE, a la licitación del contrato objeto del presente Pliego, se tendrá en cuenta, únicamente, para aplicar el método de apreciación de ofertas anormalmente bajas, la oferta económica más baja de entre todas las presentadas por dichas empresas o por las UTE de que formen parte.
23.- CRITERIOS ESPECÍFICOS DE DESEMPATE: no se establecen
24.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR EN CADA SOBRE
Los documentos exigidos para tomar parte en el procedimiento se presentarán dentro de los archivos electrónicos o sobres que se indican a continuación.
24.1.- SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS
En este sobre se deben presentar los documentos que se indican en la cláusula 13.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares.
Respecto a la parte IV del DEUC, la operadora económica se limitará a cumplimentar la sección
α: sí
24.2.- SOBRE B: OFERTA EVALUABLE AUTOMÁTICAMENTE A TRAVÉS DE FÓRMULAS
En este sobre debe/n presentarse el/los siguiente/s documento/s:
• Oferta económica con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.1.
• Precios unitarios con arreglo al modelo que figura en el XXXXX XXX.2.
• Justificación del presupuesto con arreglo al modelo que figura en el ANEXO III.3.
• Certificados que acrediten la experiencia.
24.3.- SOBRE C: OFERTA PARA CUYA EVALUACIÓN SE REQUIERE EFECTUAR UN JUICIO DE VALOR: sí
En este sobre deben presentarse los siguientes documentos:
•Denominación documento: Metodología y oferta técnica
•Criterio al que se asocia: Metodología y oferta Técnica propuesta por el Licitador para su ejecución
•Información o datos que se han de incluir en el documento: el documento ha de presentar la metodología propuesta para el desarrollo de los trabajos, junto con una descripción de la situación actual. También se valorará la incorporación de un plan de trabajos detallado.
• Denominación documento: Propuestas de nuevas distribuciones en el área vestibular del Edificio de estación Atxuri para albergar diversas áreas funcionales de EuskoTren
•Criterio al que se asocia: propuestas de distribuciones del área vestibular de la estación de Atxuri con las diversas áreas funcionales para EuskoTren
•Información o datos que se han de incluir en el documento: el documento ha de presentar una o varias alternativas, las cuales serán explicadas lo más detalladamente posible y deberán venir acompañadas de planos o croquis descriptivos.
•Denominación documento: Propuestas de Procesos en Materia de Rehabilitación del edificio de estación Atxuri
•Criterio al que se asocia: propuestas del proceso rehabilitador del inmueble de estación
•Información o datos que se han de incluir en el documento: el documento ha de presentar una o varias alternativas, las cuales serán explicadas lo más detalladamente posible y deberán venir acompañadas de planos o croquis descriptivos.
No se contabilizarán como páginas las portadas, ni los índices; sí computarán como páginas los currículos, anexos, y demás documentación.
En el caso de incumplimiento del límite de páginas dispuesto, la oferta no será excluida, pero no se valorará la parte de la oferta que aparezca en las páginas que excedan al mínimo establecido.
En el caso de incumplimiento en el formato del texto (tipo de letra, tamaño, interlineado,….) la oferta no será excluida, pero no se tendrá en cuenta para la valoración de la oferta el texto que incumpla dichos parámetros.
En los Sobres A y C no deberá incluirse ningún dato económico, ni aquellos que sean objeto de valoración de acuerdo a los criterios evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas establecidos en la carátula. En caso de detectar dicha documentación, la oferta presentada quedará excluida.
La modificación en todo o en parte de las mediciones significará la descalificación de la licitadora.
En caso de contradicción entre el presupuesto del proyecto de licitación recogido en formato editable (como BC3 o Presto), y el presupuesto en formato PDF, prevalecerá lo prescrito en este último.
24.4.- Se admiten variantes: no
25.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LA LICITADORA QUE HA PRESENTADO LA MEJOR OFERTA
Junto con el resto de documentación indicada en la cláusula 21.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares, se deben presentar, en su caso, los siguientes documentos:
25.1.- Documentación al objeto de acreditar los requisitos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional recogidos en la cláusula 21.2 de la carátula xxx xxxxxx: sí, los siguientes:
• Solvencia económica y financiera:
- Declaración de la persona responsable de la empresa indicando el volumen de negocios global de la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios y el importe neto de la cifra de negocios que aparece en las partidas del Haber de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, presentando completas las Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro
Mercantil, o Registro oficial que corresponda, de los tres últimos ejercicios económicos. Alternativamente, certificado emitido por el Registrador Mercantil acreditativo del importe neto de la cifra anual de negocios. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de Inventario y Cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Alternativamente, Modelo 390 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
• Solvencia técnica o profesional:
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres (3) años que incluyan importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando la destinataria sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración de la /del empresaria/o o profesional correspondiente acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
25.2.- Documentación a efectos de acreditar la disponibilidad de los medios materiales y humanos a los que se refiere la cláusula 21.6 de la carátula xxx xxxxxx: sí, son los siguientes:
Respecto a los medios humanos, la licitadora deberá acreditar que el equipo propuesto forma parte de la plantilla de la operadora económica, mediante el informe de datos para la cotización (Idc) relativo a cada persona trabajadora, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o en su caso, para acreditar los medios externos, se deberán presentar compromisos o cartas de colaboración acreditativa de su adscripción al equipo de trabajo.
Además, relación nominal de todas las integrantes del equipo de trabajo y titulación académica o certificado del Colegio respectivo, así como Currículum Vitae, donde se acredite la experiencia y conocimientos exigidos.
26.- CLÁUSULAS ADICIONALES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO
26.1.-Información adicional sobre los pliegos y documentación complementaria:
26.1.1.- Fecha límite para su solicitud: 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas
26.1.2.- Fecha límite para su obtención: 3 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas
26.1.3.- Carácter vinculante de las aclaraciones sobre los pliegos o resto de documentación:
sí
26.2.- Se prevé una forma específica de compensación para los casos de renuncia a la celebración del contrato y de desistimiento del procedimiento por el poder adjudicador: no
26.3.- Plazo máximo para adjudicar el contrato distinto al establecido en el art. 158.2 LCSP: dos (2) meses a contar desde la apertura de las ofertas evaluables automáticamente mediante fórmulas.
26.4.- Documentación adicional a la indicada en la cláusula 23.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares a presentar con carácter previo a la formalización: no
III.- OTRAS ESPECIFICACIONES.
27.- CESIÓN DEL CONTRATO. Se prevén otros supuestos de cesión del contrato además de los previstos en la cláusula 35.1.1 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Particulares: no
28.- CUADRO DE SEGUIMIENTO DE LA INCORPORACIÓN DE ASPECTOS SOCIALES, MEDIOABIENTALES Y RELATIVOS A OTRAS POLÍTICAS PÚBLICAS INCORPORADAS EN EL PROCEDIMIENTO Y EN EL CONTRATO.
Aspectos: | SOCIALES O RELATIVAS AL EMPLEO | MEDIOAMBIENTALES | LINGÜÍSTICOS | |||
EN PARTICULAR | OTRAS | |||||
Inserción laboral | Igualdad de mujeres y hombres | Prevención de riesgos laborales | ||||
Objeto del contrato | ||||||
Requisitos de solvencia | ||||||
Especificaciones técnicas | ||||||
Criterios de adjudicación | ||||||
Condiciones especiales de ejecución | Sí | Sí | Sí | Sí |