BASES TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN EN PLATÓ PARA LA PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE CANAL EXTREMADURA.
BASES TÉCNICAS QUE REGIRÁN LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OPERACIÓN EN PLATÓ PARA LA PRODUCCIÓN DE PROGRAMAS DE CANAL EXTREMADURA.
1.OBJETO.
Es objeto de las presentes bases, regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación del Servicio de Operación en Plató para la producción de programas de Canal Extremadura, teniendo en cuenta el contenido de las Bases Jurídicas que igualmente resultan de aplicación.
La ejecución de los servicios objeto de licitación, cuya responsabilidad asumirá el adjudicatario, se realizará a iniciativa de Canal Extremadura y siempre bajo la supervisión del Responsable del Contrato o las personas en las que este delegue.
2.SERVICIOS SOLICITADOS.
La empresa adjudicataria, deberá poner a disposición de la entidad adjudicante, al menos, los siguientes servicios:
Servicios de operación técnica en plató para los servicios informativos.
Servicios de operación técnica en plató para los programas de producción interna y programas especiales.
SERVICIOS DE TIPO “A”
Se entiende por “Servicio de tipo A”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 2 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU y rotulista.
Periodo semanal: De lunes x xxxxxxx
Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 13:00 H a 15:00 H
Duración por servicio: 120´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 365
Segunda anualidad: 365
Total dos anualidades: 730 servicios
SERVICIOS DE TIPO “B”
Se entiende por “Servicio de tipo B”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 3 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU, rotulista, sonido en plató y regiduría.
Periodo semanal: lunes, martes y miércoles (periodo de alta producción)
Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 19:30 H a 22:00 H
Duración por servicio: 150´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 117
Segunda anualidad: 116 Total dos anualidades: 233
SERVICIOS DE TIPO “C”
Se entiende por “Servicio de tipo C”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 2 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU, rotulista, sonido en plató y regiduría.
Periodo semanal: lunes, martes, miércoles (temporada baja xx xxxxxx o fuera de la programación habitual) + jueves sin programa especial+ viernes, sábados y domingos.
Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 19:30 H a 21:30 H
Duración por servicio: 120´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 212
Segunda anualidad: 211 Total dos anualidades: 423
SERVICIOS DE TIPO “D”
Se entiende por “Servicio de tipo D”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 3 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU, rotulista, sonido en plató y regiduría.
Periodo semanal: jueves (con programa especial) Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 19:00 H a 22:00 H Duración por servicio: 180´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 36
Segunda anualidad: 38 Total dos anualidades: 74
SERVICIOS DE TIPO “E”
Se entiende por “Servicio de tipo F”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 3 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU, rotulista, sonido en plató y regiduría.
Periodo semanal: De lunes a viernes
Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 08:00 H a 10:30 H
Duración por servicio: 150´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 195 Segunda anualidad:196 Total dos anualidades: 391
SERVICIOS DE TIPO “F”
Se entiende por “Servicio de tipo G”, aquel que incluye la operación de un mínimo de 2 operadores xx xxxxxx y 1 gruista, mezclador, técnico CCU y rotulista.
Periodo semanal: jueves
Xxxxxx xxxxxxx del servicio: 17:30 H a 19:00 H
Duración por servicio: 90´
Nº de servicios:
Primera anualidad: 37 Segunda anualidad:36 Total dos anualidades: 73
Dentro de los 15 días siguientes a la formalización del contrato, se entregará al Responsable del Contrato de CANAL EXTREMADURA un protocolo de actuación en el que se recogerán los procedimientos a seguir para el desarrollo de los trabajos encomendados. Este documento será supervisado, durante el proceso de elaboración, por el citado representante o representantes que efectuarán, en su caso, las correcciones que estimen oportunas.
3.OTROS REQUISITOS.
Todas las ofertas presentadas, deberán estar completamente detalladas y desglosadas, reflejando los precios de todos y cada uno de los conceptos por servicios, según el modelo de presupuesto del Anexo I de las Bases Jurídicas.
Por necesidades xx xxxxxxxx, los programas podrán ver alterado su horario, sin que ello se considere una modificación del contrato.
La entidad que resulte adjudicataria se obliga a prestar un servicio de coordinación, a fin de que pueda ser requerido en cualquier momento por el Responsable del contrato para la organización y asignación del servicio, así como para atender a las peticiones extraordinarias. Si la empresa que resulte
adjudicataria debiera prestar un servicio extraordinario, el Responsable del contrato informará con 48 horas de antelación, acerca de la necesidad adicional.
LUGAR DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS
Los servicios se prestarán, con carácter general, en el centro de emisión de Canal Extremadura.
No obstante, ocasionalmente los servicios podrán prestarse en otras localizaciones a las que se desplace la producción o la emisión de programas cuando las necesidades lo requieran, en cuyo caso, serán por cuenta de la entidad adjudicataria.
DIRECCIÓN DE LOS TRABAJOS
Semanalmente, la entidad adjudicataria entregará al Responsable del Contrato de CANAL EXTREMADURA un informe sobre los servicios prestados, así como en su caso, de las incidencias si las hubiere.
Corresponderá al Responsable del Contrato, la dirección de los trabajos o servicios contratados. La empresa adjudicataria asumirá y aceptará los plazos establecidos por Canal Extremadura para la consecución y el cumplimiento en tiempo de la planificación establecida.
4.COMUNICACIONES.
Canal Extremadura impartirá las instrucciones a la empresa que resulte adjudicataria a través del Responsable del Contrato, o de las personas en quienes éste delegue, que informará y consultará con aquel todas aquellas cuestiones sobre las que tenga que tomar decisiones que afecten al desarrollo de la prestación del servicio.
5.INSPECCIONES.
El Responsable del Contrato, o las personas designadas al efecto por Canal Extremadura podrán solicitar, y se les deberá facilitar por el Adjudicatario, toda la documentación pertinente y precisa con el fin de comprobar la correcta ejecución del presente contrato, así como realizar las correspondientes
auditorías sobre los costes efectivamente incurridos en la prestación del servicio.
6.PENALIDADES.
La entidad que resulte adjudicataria del servicio será penalizada con la cantidad de MIL (1.000,00€) EUROS por cada ocasión en la que se retrase el inicio de la grabación del programa por causa imputable a la entidad adjudicataria.
No obstante, la entidad que resulte adjudicataria será penalizada con la cantidad de DOS MIL (2.000,00€) EUROS por cada ocasión en que por causa imputable a la entidad adjudicataria se hiciese imposible la producción del programa, sin perjuicio, de las cantidades que pudieran reclamarse en concepto de indemnización por los daños causados.
El incumplimiento reiterado de las obligaciones del adjudicatario, así como la falta de diligencia en la prestación del servicio, facultará a la entidad adjudicante a resolver el contrato, sin perjuicio de exigir la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios producidos. A tal efecto, se considerará incumplimiento reiterado al menos, tres faltas descritas anteriormente dentro de un periodo de TREINTA (30) días naturales.
7.MEDIOS HUMANOS.
La entidad adjudicataria deberá subrogarse, siempre que así proceda conforme a la normativa laboral vigente, como empleador en los contratos de trabajo cuyas condiciones se facilita a los licitadores interesados a continuación.
Esta información sobre el personal técnico detallada en las presentes Bases ha sido suministrada por el actual prestatario del servicio. La entidad adjudicante queda expresamente exonerada de toda responsabilidad que pudiera tratar de imputársele, así como de cualquier reclamación directa o subsidiaria que pudiera exigírsele en tal sentido por la inexactitud de los datos facilitados por la actual prestataria del servicio, en relación con los datos del personal a subrogar.
La entidad adjudicataria se obliga a mantener las condiciones laborales de los trabajadores, de conformidad con lo establecido en el convenio colectivo de aplicación, durante toda la vigencia del contrato. Esta condición se establece como condición esencia de ejecución, siendo causa de resolución contractual su incumplimiento.
NUMERO DE OPERARIOS | CATEGORÍA PROFESIONAL | TIPO CONTRATO | ANTIGÜEDAD | % JORNADA | SALARIO BRUTO MENSUAL (PLUS INCLUIDO) | PLUSES |
TRABAJADOR Nº 1 | Op.cámara nº 1 | Indefinido | 21/05/2014 | 100,00% | 1.576,30 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 2 | Op.cámara nº 2 | Indefinido | 21/05/2014 | 61,00% | 902,79 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 3 | Productora nº 1 | Indefinido | 11/07/2014 | 100,00% | 1.935,51 € | ----------------- ---- |
TRABAJADOR Nº 4 | Ayudante de sonido nº 1 | Obra/Servicio | 01/10/2017 | 35,70% | 498,11 € | ----------------- ---- |
TRABAJADOR Nº 5 | Ayudante de realización nº1 | Indefinido | 02/05/2014 | 62,00% | 1.505,52 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 6 | Rotulista/auxiliar de realización n º1 | Indefinido | 02/05/2014 | 75,00% | 1.250,39 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 7 | Rotulista/auxiliar de realización nº2 | Obra/Servicio | 19/05/2016 | 45,00% | 915,34 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 8 | Op.cámara nº3 | Indefinido | 02/05/2014 | 61,00% | 830,68 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 9 | Tec.CCU nº1 | Indefinido | 06/05/2014 | 100,00% | 1.410,60 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 10 | Regidora nº1 | Obra/Servicio | 13/11/2017 | 55,00% | 731,20 € | ----------------- ---- |
TRABAJADOR Nº 11 | Ayudante de sonido nº2 | Obra/Servicio | 22/12/2017 | 63,00% | 701,21 € | ----------------- ---- |
TRABAJADOR Nº 12 | Op.cámara nº4 | Cir.producción | 29/09/2017 | 100,00% | 1.229,96 € | ----------------- ---- |
TRABAJADOR Nº 13 | Ayudante de realización nº 2 | Indefinido | 02/05/2014 | 58,00% | 1.520,83 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 14 | op.cámara nº 5/ coordinador | Indefinido | 01/07/2015 | 100,00% | 1.634,60 € | Coordinador |
TRABAJADOR Nº 15 | Tec.CCU nº 2 | Indefinido | 02/05/2014 | 100,00% | 1.452,05 € | Disponibilidad |
TRABAJADOR Nº 16 | Op.cámara nº6 | Indefinido | 02/05/2014 | 100,00% | 1.558,22 € | Disponibilidad |
El salario mensual incluye la prorrata de pagas extraordinarias.
El incumplimiento de la obligación de subrogación del personal a subrogar de conformidad con la normativa laboral aplicable, así como los compromisos de adscripción de medios personales establecidos en las Bases Técnicas para la ejecución del contrato será causa de resolución del contrato.